SAN JUSTO
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
PATRICIO EUGENIO ALEMAN
Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo (Sta. Fe), en autos caratulados “COMUNA DE LA CAMILA c/ COOPERATIVA TAMBEROS LTDA. LA CAMILA s/ APREMIO FISCAL” Expte. N° 21, Año 2015, CUIJ N° 21-26180009-5, que tramitan por ante el mencionado Juzgado, Secretaría única, se ha dispuesto, que el Martillero Público PATRICIO EUGENIO ALEMAN, matrícula N° 1026, Celular: 342-5279254, venda en pública subasta el día 28 de Abril de 2023 a las 11:00 hs., o el día hábil siguiente a la misma hora si este resultare inhábil, en las puertas de Juzgado de Pequeñas Causas de la localidad de Gobernador Crespo, Departamento San Justo, Provincia de Santa Fe, y por ante la Jueza Comunitaria de dicha localidad, el siguiente bien inmueble: “Un lote de terreno ubicado en el campo “La Clara” que es parte del Establecimiento “La Criolla”, ubicado en Estación Fives Lille Ferrocarril Nacional General Belgrano, Departamento San Justo, Provincia de Santa Fe, que es parte del lote número setenta y siete y setenta y ocho, según título y que se designa en el plano de subdivisión y mensura del ingeniero Geógrafo don José Roquier, inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia bajo el n° 58.520, como polígono A-B-C-D-A- y mide: cien metros de frente al Sud e igual contrafrente al Norte; por doscientos noventa nueve de fondo y frente al Oeste e igual medida al Este, lo que hace una superficie total de dos hectáreas, noventa y nueve áreas y linda: al Sud, camino público; al Este y Norte, con más terreno de los donantes y al Oeste, también con camino público”.- Dominio inscripto a nombre del demandado en autos bajo el N° 22.230, Tomo 119, Folio 771, Departamento San Justo del Registro General. De los informes previos surge: API informa que tributa al Impuesta Inmobiliario bajo partida N°060200-525195/0003-2, adeudando la suma de $14.068,19. La Comuna de La Camila informa que adeuda la suma de $57.875,36.- por tasa por hectárea, $216.629,93.- por contribución por mejoras y $ 112.453,45.- por desmalezado. El Registro General informa que registra embargos a nombre de la Cooperativa de Tamberos Limitada La Camila, correspondiente a estos autos, no registrando otro gravamen. De la constatación judicial practicada surge que el inmueble está ocupado por los esposos FABRE y CAMARGO junto con su hijo EMANUEL FABRE (24 años), constatando la Jueza: “Que la Sra. Camargo manifiesta que siguen viviendo en la casa de dicho predio en cuestión. Que dentro de dicho predio, hay en su parte de ingreso una construcción vieja y deteriorada que en apariencia es la Cremería de Tamberos. Que a unos 20 metros al fondo casi al final del predio y atravesado todo un patio, se encuentra la casa habitación, compuesta de una cocina comedor (parte más nueva) y 4 habitaciones, baño, conservando la misma apariencia y estado que años anteriores cuando realice otra constatación, con los deterioros normales del paso del tiempo, pero en general en buen estado de conservación y sin mejoras incorporadas actualmente. Que en dicho predio también se encuentran: jardín, animales de corral, cercos para los mismos (gallinas y chiqueros), que el patio está cubierto de pasto y bien cortado y mantenido. Que dentro del predio hay herramientas de trabajo rural y pegado en su lado norte de este predio hay un potrero que manifiesta la Sra. Camargo también forma parte de la Cremería y que en total forman unas 2 has. aproximadamente. Que convive con su esposo Miguel Francisco Fabre y su hijo Emanuel Fabre (24 años) que lo hacen en carácter de ocupantes de dicho inmueble, que el Sr. Fabre Miguel trabaja en la Comuna de la localidad y que su hijo hace tareas agrícolas. No siendo para más, al pie como acostumbra, por ante mí. Conste”.- El mismo saldrá a la venta con la base del Avalúo Fiscal y de no existir postores seguidamente con una retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes, se procederá a subastar sin base y al mejor postor.- Quien resulte comprador deberá abonar en dinero efectivo el 10% del importe a cuenta de precio y la comisión de ley del Martillero del 3%. El adquirente deberá efectivizar el saldo de precio indefectiblemente dentro de los 5 días de aprobada la subasta mediante depósito en el Banco de Santa Fe, Sucursal San Justo a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado y si intimado no cumplimenta con dicho pago, será de aplicación el Art. 497 del CPCC. Para el caso de que los adquirentes planteen la nulidad de la subasta deberán integrar el saldo del precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. No se admitirá la compra en comisión. Los impuestos, tasas y contribuciones que adeudare el inmueble son a cargo del adquirente a partir de la fecha de subasta como asimismo el impuesto a la compraventa y demás impuestos que en su caso correspondiere. Se encuentran agregados en autos, informes, constatación y demás documental informativa, sirviendo la misma de suficiente título, no admitiéndose reclamo alguno por falto e insuficiencias de los mismos después del remate. Publíquense edictos en el Boletín Oficial Ley 11.287 y acordada respectiva de Excma. Corte de Justicia, con dos avisos económicos en el diario El Litoral. Informes en Secretaria del Juzgado y/o al Martillero, Domicilio Legal 9 de Julio N° 2328, San Justo. San Justo, 29 de Marzo de 2023.- Susana C. Carletti, Secretaria.
$ 1450 496816 Mar. 31 Abr. 10
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