REGISTRADA BAJO EL Nº 14190
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Autorízase, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 68 de la Constitución provincial, al señor Gobernador y a la señora Vicegobernadora de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2023.
El señor Gobernador o la señora Vicegobernadora informarán previamente a la Legislatura provincial en cada oportunidad en que se haga uso de esta autorización.
ARTÍCULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTITRÉS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.
PABLO GUSTAVO FARIAS
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
DRA. ALEJANDRA S. RODENAS
PRESIDENTA
CÁMARA DE SENADORES
LIC. GUSTAVO PUCCINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
DECRETO N° 0288
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 06 MAR 2023
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 14.190 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
PEROTTI
Celia Isabel Arena
38973
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