picture_as_pdf 2023-03-07

REGISTRADA BAJO EL Nº 14190


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1 - Autorízase, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 68 de la Constitución provincial, al señor Gobernador y a la señora Vicegobernadora de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2023.

El señor Gobernador o la señora Vicegobernadora informarán previamente a la Legislatura provincial en cada oportunidad en que se haga uso de esta autorización.

ARTÍCULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTITRÉS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.

PABLO GUSTAVO FARIAS

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

DRA. ALEJANDRA S. RODENAS

PRESIDENTA

CÁMARA DE SENADORES

LIC. GUSTAVO PUCCINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


DECRETO N° 0288


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 06 MAR 2023


VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 14.190 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

PEROTTI

Celia Isabel Arena

38973

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