picture_as_pdf 2023-02-27

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado 6 de Rosario y en autos: CESPEDE, GABRIEL ALEJANDRO c/LESCANO MERELES, CANDIDO y Otros s/Daños y perjuicios” CUIJ Nro. 21-11884008-6, Trib. Coleg. Resp. Extracontractual - 6ta. Nom. Se hace saber que se dictó lo siguiente: “Rosario, 27 de Diciembre de 2022. Desígnese fecha de realización de audiencia para designar defensor en los términos del art. 597 del CPC para el día 2 de Marzo del 2023 a las 9.30 horas. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA Y POR EDICTOS. Fdo.: Dr. Ignacio Aguirre, Juez - Dra. Valeria Bartolomé, Prosecretaria.

$ 40 494236 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición de la señora Jueza de trámite del Tribunal Colegiado de Familia de la 4ta. Nominación de Rosario, Dra. María Paula Mangani, dentro de los autos caratulados “ESTABRE MELISA CELIA C/FRANCO CRISTIAN OSVALDO S/Alimentos y Litis” Expte. N° 434/2011, CUIJ N° 21-10911345-7, se notifica al demandado Señor Cristian Osvaldo Franco de la siguiente resolución: “Rosario, 28/12/2022. N° 4992. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.- Ordenar la inscripción del Cristian Osvaldo Franco, D.N.I. N° 30.831.957, en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, librándose comunicación informática por Secretaría a sus efectos. 2.- Oficiar al M.P.A. a fin que investigue la presunta comisión del delito previsto y reprimido por la Ley 13.944 de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. Insértese y hágase saber” Fdo.: Dra. Mariela C. Barbieri, Secretaria Trib. Col. de Familia N° 4, en suplencia; Dra. María Paula Mangani, Jueza. Rosario, 15 de Febrero 2023. Dra. Rebola, Secretaria.

$ 40 494218 Feb. 27 Mar. 1

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Autos caratulados: CAJA SEGURIDAD SOCIAL ARTE DE CURAR C/ MERCADO, ROMINA S/ APREMIO, CUIJ 21-02885968-3, en trámite por ante el Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8 nominación de Rosario, se ha dictado la siguiente resolución: "N° 2175 Rosario, 25.08.2017. Y VISTOS: ...; RESUELVO: 1) Por presentado, con domicilio ad-litem constituído y en el carácter invocado. Por iniciada la acción que expresa. Hágase saber que se autoriza al profesional interviniente a suscribir cédulas y oficios atento lo dispuesto por el artículo 25 incisos 1 y 2 del Código Procesal Civil y Comercial, debiendo las reparticiones oficiadas dar curso a los mismos, con transcripción del presente párrafo. Cítese de remate al accionado por tres días bajo apercibimientos de ley. 2) Trábese inhibición general del accionado hasta cubrir la suma reclamada de $ 61.936,17, con más la del 30% estimada provisoriamente para intereses y costas, líbrándose a sus efectos los recaudos de ley. 3) Intímese al profesional a que acompañe boleta colegial en el término de 5 días, bajo apercibimiento de comunicar su incumplimiento al Colegio de Abogados de Rosario, a la Caja Forense de la 2da. Circunscripción y a la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, a los fines que correspondan. 4) Se autoriza al profesional interviniente a suscribir cédulas y oficios atento lo dispuesto por el Art. 25 incs. 1 y 2 del CPCC, debiendo las reparticiones oficiadas, dar curso a los mismos, con transcripción del presente párrafo. Insértese y hágase saber." Fmdo: SANTIAGO MALÉ FRANCH (Secretario) LUCIANO D. JUÁREZ (Juez). Y otro: "Rosario, 2 de febrero de 2022. Agréguese la contestación de oficio. Téngase presente el nuevo domicilio denunciado." Fmdo: MARÍA JOSÉ CASAS (Secretaria) sin cargo.

S/C 494443 Feb. 27 Mar. 01

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Autos caratulados: "CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR DE LA PROVINCIA DE SANTA FE C/ GALLO, FERNANDO JUAN S/ APREMIO" CUIJ 21-02883989-5, en trámite por ante el Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 13ra. Nom. de Rosario, se ha dictado el siguiente decreto: "En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta n°14 de fecha 13-05-20 pto. XV) se provee: Advirtiéndose en este estado que se ha incurrido en un error en el decreto de fecha 26 de julio de 2017, revoquese parcialmente el mismo en la parte que dice “Cítese de remate al accionado por el término y bajo apercibimiento de ley.”. Al escrito cargo n° 17032/22 se provee: Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que el demandado Fernando Juan Gallo no ha comparecido a estar a derecho, declárasele rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos." Fmdo: LUCAS MENOSSI, Secretario Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13ª Nom. Rosario — Santa Fe; DRA. VERONICA GOTLIEB Jueza Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13ª Nom. Rosario — Santa Fe Sin cargo.

S/C 494442 Feb. 27 Mar. 01

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Autos caratulados: "CAJA SEG SOC PROF ARTE D CURAR C/ RETAMAL,NATALIA ANALIA S/ APREMIO" CUIJ 21-02886273-0, Radicado en: Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 13ra. Nom. de Rosario, se ha dictado la siguiente sentencia: "Resolución 1089. Rosario, 02.12.2022. ANTECEDENTES: ...; FUNDAMENTOS: ... ; RESUELVO: Mandar llevar adelante la ejecución contra la demandada hasta tanto la actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses indicados en los considerandos precedentes. Costas a la demandada (art. 251 CPCC). Insértese y hágase saber." Fmdo: LUCAS MENOSSI (Secretario Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13ª Nom. Rosario — Santa Fe), VERONICA GOTLIEB (Jueza Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13ª Nom. Rosario — Santa Fe) sin cargo.

S/C 494444 Feb. 27 Mar. 01

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Se notifica a: CYR CONSTRUCCIONES S.A. CUIT N° 33-70984781-9; ALEJANDRO MARCOS BAEZ - DNI N° 13.588.485 y a SONIA IRIS PORTA - DNI N° 3.894.026 Que en los autos caratulados: “BANCO COINAG S.A. C/CYR CONSTRUCCIONES S.A. y Otros s/Demanda Ordinaria” CUIJ N° 21-02887447-9, que tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 5ta. Nominación de Rosario; a cargo de la Dra. Mantello, Secretaría de la Dra. Rubulotta, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 26 de diciembre de 2022. Autos para sentencia. Notifíquese por cédula. Firmado: Dra. Lucrecia Mantello (Jueza)- Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 13 de Febrero de 2023.

$ 40 494199 Feb. 27 Mar. 1

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En los autos caratulados: MUTUAL AGINCO c/FRANCIA MONELLA ALBERTO y Ot. s/Ejecutivo - CUIJ N° 21-01562052-5, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario. A cargo del Dr. Quaglia, Secretaria de la autorizante, se ha dictado lo siguiente: Rosario 27 de octubre de 2022 Con los autos a la vista se provee el escrito cargo N ° 17684/2022: Agréguense las constancias acompañadas. Téngase presente cambio de denominación social informado y recaratúlense por Secretaría las presentes actuaciones dejándose constancia en los registros informáticos del Juzgado. Agréguese la documentación que en copia acompaña. Téngase por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, a mérito del poder general que en copia acompaña y que oportunamente deberá certificar por Secretaría. Désele la participación que por derecho corresponda. Téngase presente la actualización de planilla practicada. De manifiesto por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula con expresión de monto. Firmado: Dr. Quaglia (Juez) - Dra. Beltrame (Prosecretaria). Otro Decreto: Rosario 28 de diciembre de 2022 Con los autos a la vista se provee el escrito cargo N ° 21766/2022: Agréguese constancia acompañada. Téngase presente lo manifestado. Publíquense edictos como lo solicita debiendo acompañar despachos correspondientes. Firmado: Dr. Quaglia (Juez) - Dra. Arreche (Secretaria Subrogante). Se hace saber que la planilla actualizada asciende a $56.552,04.-Rosario, 14/02/2023.

$ 40 494200 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb, Secretaría a cargo de Lucas Menossi, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos del fallido Dante Marcelo Arturo Coronato, DNI 14.510.965, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley en autos: CORONATO, DANTE MARCELO ARTURO s/Quiebra, CUIJ 21-01510668-6, conforme el decreto que se transcribe: “En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta n° 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) se provee: Téngase presente lo informado. Citase y emplácese a los herederos de Dante Marcelo Arturo Coronato a comparecer a estar a derecho unificando personería, bajo apercibimientos de ley. Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Lucas Menossi (Secretario)“. Tres publicaciones sin cargo.

S/C 494232 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Juez Dr. Marcelo Quaglia, Secretaría de la Dra. María Karina Arreche, en autos caratulados: “RURALCO SOLUCIONES C/ROMANO, MARCOS ALFREDO s/Juicio Ejecutivo”, CUIJ: 21-02944095-3, se ha dictado lo siguiente: Nº 59. Rosario, 14/02/23, Y Vistos: Los presentes autos caratulados “RURALCO SOLUCIONES c/ROMANO, MARCOS ALFREDO s/Juicio Ejecutivo” Expte. N° 417/2021, Y CONSIDERANDO: Que en el apartado II de la sentencia N°155/2022 recaída en autos, se distinguen los intereses compensatorios y moratorios a aplicar en autos. Que dichos intereses corresponden a las deudas en pesos, debiendo hacerse una salvedad respecto a las deudas en dólares. En tal sentido cabe ampliar la misma atento que las deudas de valor -en las que queda comprendido el capital reclamado en dólares-, se aplicará al monto determinado una tasa pura (en el caso 8% anual) desde la mora y hasta su efectivo pago. En cuanto a las deudas de dinero en los que queda incluido los gastos del juicio se aplicará la tasa determinada en el apartado II) de los considerandos vertidos en la referida sentencia. RESUELVO: 1) Tener por aclarada la sentencia N° 155 de fecha 16/03/2022 en cuanto a la tasa de interés aplicable a las deudas contraídas en dólares y la correspondientes a gastos, todo ello de acuerdo a los considerandos vertidos. 2) Practíquese planilla de acuerdo a lo establecido en la presente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Marcelo Quaglia (Juez), Dra. María Karina Arreche (Secretaria). Rosario, 16 de Febrero de 2023.

$ 60 494241 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial 7ma. Nominación de la ciudad de Rosario en autos: GIRAUDO, ANALIA VERONICA c/RIZZERA, MIGUEL ANGEL s/Prescripción Adquisitiva” (CUIJ. Nº 21-02960545-6) se dispuesto notificar por edictos el decreto que a continuación se transcribe la parte pertinente: “Rosario, 26/12/2022. Por iniciado Juicio de Prescripción Adquisitiva. Atento las constancias de autos y de conformidad a lo normado por el art. 597 CPCC, cítese y emplácese a los herederos de Miguel Angel Rizzera para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley, notificándose por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Fdo.: Juez: Dr. Marcelo N. Quiroga, Secretaría de Dra. Lorena A. González.” Sin perjuicio de ello emplácese a quienes detenten la propiedad y/o a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble sito en calle Alsina N° 1985 de la ciudad de Funes (Prov. de Santa Fe), cuyo dominio se encuentra inscripto al Tomo 373 Folio 270 N° 147764. Dra. González, Secretaria.

$ 40 494222 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS C/BACELLI GINO JESUS s/Apremio Municipal”, Expte. CUIJ N° 2122767537-O, se ha dictado lo siguiente: “Nro. 72. Arroyo Seco, 15 FEBR de 2022. VISTA: ... RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia digitalizada acompaña, y que deberá ser suscripta por el presentante; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $4.060.- en concepto de capital, con más la suma de $4.060.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7.Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Tener presente las constancias invocadas en el punto d) del petitorio agregadas en copias simples. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Arroyo Seco, 20 de Octubre de 2022. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

$ 52,50 494121 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos “COMUNA DE GENERAL LAGOS C/VICTOR HUGO FLORES S/Apremio Municipal”, Expte. CUIJ N° 21-22766836-6, se ha dictado lo siguiente: “Nro 222. Arroyo Seco, 10 MARZO de 2021. VISTA:… RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, en el carácter invocado, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña, la que deberá ser suscripta por el presentante; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $2.757,67.- en concepto de capital, con más la suma de $2.757,67.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6.Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7.Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley.- 8. Tener presente las constancias invocadas en los puntos c) y d) del petitorio agregadas en copias simples. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Arroyo Seco, 23 de Noviembre de 2022. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

$ 52,50 494131 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a. cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. MARCHISIO, NICOLAS MIGUEL (DNI N° 39.568.015) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MARCHISIO, NICOLAS MIGUEL s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13897980-3): Nro.: 1255 Rosario (31/08/2022), Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de MARCHISIO, NICOLAS MIGUEL hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $11.529,96 (Once mil quinientos veintinueve pesos con 96/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27-21307016-4-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $12.505,73 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 mc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 l), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese. Fdo.: Dra. Silvina López Pereyra -Secretaria- 1ra. Inst. Ejec. Civil de Circuito la. Nom. Rosario - Dra. Mariana P. Martínez -Jueza- 1ra. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ra. Nom. Rosario.

$ 35 493961 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11a Nominación de Rosario, a cargo de Juez Luciano Carbajo y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: MATAS, HERNÁN CESAR S/PEDIDO DE QUIEBRA -CONV. EN CONCURSO PREVENTIVO” Expte. Nro. 72/2018, se ha dispuesto hacer saber lo siguiente: “N° 34 - Rosario, 08/02/2023... RESUELVO: 1.- Homologar el acuerdo preventivo presentado en autos por la concursada y aprobado por las mayorías exigidas en los términos del art. 52 de la ley 24.522. 2.- Publíquense edictos por un día en el BOLETÍN OFICIAL y en un diario oportunamente designado, debiendo acreditar la concursada el cumplimiento de tal recaudo en el plazo de treinta días. Cópiese, insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Luciano Carbajo (Juez); Dra. Noelia E. Mondini (Prosecretaria).

$ 40 494117 Feb. 27

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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 10 de Rosario y en autos LIGIRDA FEDERICO JAVIER c/MORE CEFERINO ISMAEL s/Demanda Ejecutiva, 21-02956521-7 se hace saber que se dicto lo siguiente: N° 1448 Rosario 21/12/2022: RESUELVO: 1) ordenar seguir adelante la ejecución contra CEFERINO ISMAEL MORE hasta tanto la actora FEDERICO JAVIER LIGIRDA, se haga integro cobro de la suma reclamada de pesos ciento ochenta y dos mil seiscientos ochenta ($182.680) con mas los intereses indicados en los considerandos de la presente. 2) costas a la demandada (art. 251 CPCC). 3) honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Maulion Dr. Bonato. Dra. Rocci En Suplencia.

$ 35 493933 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 14 de Rosario y en DI BEN EDETTO ROSA s/Declaratoria de herederos se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 21 de Diciembre de 2022: proveyendo escrito cargo N° 21364/22: atento el fallecimiento de CAYETANO CARUSO- conforme declaratoria de herederos que obra conexo a los presentes, emplácese (por edictos) a los herederos de CAYETANO CARUSO para que comparezcan a estar a derecho por el termino de ley bajo apercibimientos de ley. FIRMADO: DRA. ARRECHE DR. QUAGLIA, por lo tanto se hace saber que se cita y emplaza a los herederos de CAYETANO CARUSO para que comparezcan a estar a derecho por el término de tres días, venciendo el término cinco días después desde la última publicación. Dra. Rocci En Suplencia.

$ 35 493937 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 15 de Rosario y en HSBC BANK ARGENTINA S.A. C/OXRUD SOFIA JUDITH S/Demanda ejecutiva, 21-02900857-1, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario por presentada, con domicilio constituido y en el carácter invocado a merito del poder especial acompañado que se agrega en autos y que deberá certificarse previamente por Secretaria, por iniciada acción que expresa. Resérvese en Secretaria la documental acompañada. cítese y emplácese a la parte demandada para que en el termino de ley, comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Téngase presente. Decrétese la inhibición general de la demandada hasta cubrir la suma reclamada de $20.000 con más la del 30% estimada provisoriamente para intereses y costas oficiándose a esos fines con las facultades y recaudos de ley. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Firmado: Dr. Cadierno Dra. Parera. Rosario 28 de Diciembre de 2018: No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el termino para hacerlo, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese. Fdo.: Dra. Sapei – Dr. Cadierno. Dra. Rocci En Suplencia.

$ 35 493934 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juzgado en lo Civil y Comercial 13 de Rosario y en KREIMER ROMINA y Otros c/COMERCIALCO SACIEI S/Escrituración 21-02954833-9, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario en la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSFE Acta N° 14 de fecha 13/05/2020 punto XV) se provee: Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que la demandada no ha comparecido a estar a derecho, decláresela rebelde y procédase a sortear defensor de oficio previa notificación mediante la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Firmado Dr. Menosi Dra. Gotlieb.

Dra. Rocci En Suplencia.

$ 35 493936 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, hace saber que en el expediente caratulado: “SODINI, OSVALDO s/Concurso Preventivo” (CUIJ 21-01312551-9 - Expte. Nº 1491/2005), por auto N° 1088 del 25/10/2022, se dispuso: 1) Declarar cumplido el acuerdo preventivo homologado en el concurso preventivo de Osvaldo Sodini (DNI 6.038.214). 2) Ordenar el aseguramiento de los créditos eventualmente impagos a través de la fianza personal requerida... 4) Regular los honorarios del abogado Jorge Lisandro Cataudella en la suma de pesos veintiún mil seiscientos setenta y tres con 68/100 ($21.673,68) y los del curial Juan Pablo Funes en la suma de pesos siete mil doscientos veinticuatro con 56/100 ($7.224,56). 5) Acreditada la cancelación de honorarios y aportes y cumplidos los puntos anteriores: ... 5.2) Oficiar a fin de hacer saber la presente al Registro de Procesos Universales, y 5.3) Disponer el cese de todos los efectos y restricciones del concurso, personales y patrimoniales, incluido el levantamiento de la inhibición general dispuesta en el auto de apertura, a cuyo fin se deberá oficiar a las reparticiones públicas correspondientes. Fdo: Luciano Juárez (Juez), María José Casas (secretaria).

$ 60 494147 Feb. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario en los autos caratulados: “ORAZI, LUIS c/ORAZI, MARCELA MONICA s/Juicios Ordinarios” CUIJ: 21-02910021-4 se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 10 de Febrero del 2021. Agréguense las constancias acompañadas. Téngase presente lo informado. A tenor de lo normado en el Art. 597 CPCC, emplácese por edictos a los herederos del demandado, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de ley, bajo apercibimiento de nombrar curador que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda. Firmado: Dra. Gabriela B. Cossovich (Secretaria) y Dr. Ezequiel M. Zabale (Juez).

$ 40 494100 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Señor Juez a cargo Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 03 de la ciudad de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: “ASOCIACION ITALIANA DE AYUDA MUTUA DE ZAVALLA c/PALAZZESI GINO y Otros s/Otras diligencias - CUIJ 21-02902688-9” se cita y emplaza a los Señores Gino Palazzesi,; Aldo Raffaeli;; Alberto Luis Grondona, y Gregorio Raúl Ansalas, y/o quien se resultare propietario y/o titular registral y/o se considere con derecho sobre los inmuebles que serán individualizados como Lote 5 Manzana “C”; Lote 4 Manzana “C” y Lote 3 Manzana “F”, según plano Nro. 78502/1974 todos ubicados en el “Barrio Parque Primavera” en la zona de quintas de San Zavalla, inscriptos al dominio al T° 352C F° 1897 N° 167945 Departamento Rosario, de fecha 12 de noviembre de 1973, Registro General Rosario, y/o sus herederos o sucesores por cualquier titulo, para que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Rosario, Febrero de 2023. Dra. Muré, Prosecretaria.

$ 33 494145 Feb. 27

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. GOMEZ, EMILSE DEL VALLE (DNI N° 38.483.929) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GOMEZ, EMILSE DEL VALLE s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-13914229-9): ROSARIO, 06 de Diciembre de 2021. Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. Hágase saber a las partes que deberán indicar correo electrónico para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p. 11. Designase al/la peticionante como DEPOSITARIO/A judicial (art. 261 y 263 Código Penal) de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de tres días. Atento acompañar la documental fundante digitalizada, designase a la parte actora como depositaria judicial (art. 261 y 263 Código Penal). Previo al dictado de sentencia, deberá la parte actora acompañar documental fundante en original presentada con escrito cargo respectivo, conforme las facultades dispuestas por la C.S.J.S.F., punto 12” del reglamento de inicio electrónico de demandas (http://www.justiciasantafe.gov.ar/INCIO%20ELECTR%C3%93NICO%20DE%20DEMANDAS/10.6.2020/REGLAMENTO%20MEUE.pdf). Dra. María Elvira Longhi -Secretaria- Juzgado 1a. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. - Rosario Dr. Luciano A. Ballarini –Juez - Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. - Rosario. Dra. Longhi, Secretaria.

$ 35 493941 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. SANCHEZ, VICTOR GERMAN (DNI N° 35.772.268) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/SANCHEZ, VICTOR GERMAN s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-138994373): ROSARIO, 05/10/2020. Por presentado, domiciliado, en el carácter que expresa. Por parte, por iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada a que comparezca a estar a derecho por el término de tres (03) días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Resérvese en Secretaría la documental acompañada, glosándose copia en autos. Trábese embargo -previa reposición, si correspondiere- sobre bienes libres del ejecutado, siempre que no se tratare de haberes previsionales, hasta cubrir la suma de $23.400, estimada provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas, librándose el despacho correspondiente, con facultades de Ley, debiendo la Actora concurrir a la entidad bancaria a los fines de abrir cuenta para estos autos y a disposición de esta Juzgado, y comunicar el número de CBU en el oficio respectivo. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Firmado: Dr. Luciano Alberto Ballarini (Juez) - Dr. Maria Elvira LonGHI (Sec.). Rosario, 14 de Diciembre de 2022.

$ 35 493940 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. ARRUA, BRISA MAGALI (DNI N° 42.271.183) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ARRUA, BRISA MAGALI s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13918346-8): Rosario, 07 de Julio de 2022. Por parte, domiciliada y por iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de tres días. Notifíquese por cédula bajo firma de profesional (art. 25 C.P.C.C.). Resérvese la documental acompañada. Hágase saber a las partes que deberán indicar Correo Electrónico para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N ° 7 p. 11. Designase al/la peticionante como DEPOSITARIO/A judicial (art. 261 y 263 Código Penal) de las CÉDULAS originales que se diligenciarán a futuro y que deberán remitirse al juzgado en copia escaneada, en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto 13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar.. Dra. María Elvira Longhi -Secretaria- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2a. Nom. – Rosario, 14 de Diciembre de 2022. Dr. Luciano A. Ballari - Juez - Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom.

$ 35 493939 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Dra. Susana Silvina Gueiler, notifica al Sr. ORTIGOZA, NICOLÁS, DNI N° 38.1 32.795, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ORTIGOZA, NICOLÁS s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02919150-3): “N° 1583. ROSARIO, 02/11/2022. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Regular los honorarios de la Dra. Roxanna Knafel en la suma de $ 26.701,97.- (equivalente a 1,85 jus) - (Art. 7 inc 2 b Ley 6767), la que será actualizada conforme el valor jus hasta tanto la presente quede firme. Los honorarios regulados serán abonados por quien corresponda y devengarán desde la mora un interés que se fija en la lasa activa promedio mensual capitalizada que publica el Nuevo Banco de Santa Fe SA (Fallo: “Pereyra Mario Simón c/Municipalidad de Rafaela - Recurso Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción s/Incidente de Apremio por Honorarios” Expte. 135/2011 - T°284 - F°452/455 18.12.2018 Corte Suprema de Justicia de Santa Fe). Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Susana Silvina Gueiler (Juez), Dra. Patricia Beade (Secretaria). Rosario, 8 de Noviembre de 2022. Dra. Lobay, Prosecretaria.

$ 35 493938 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. CORONEL, DANIEL GUSTAVO (DNI N° 20.536.097) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/CORONEL, DANIEL GUSTAVO s/EJECUTIVO, CUIJ N° 21-13910337-5): ROSARIO, 17 de Noviembre de 2022. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dra. María Elvira Longhi, Secretaria - Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. Rosario, 7 de Diciembre de 2022.

$ 35 493948 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2, Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. RIVEROS, LUCIO (DNI N° 94.351.631) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/RIVEROSI LUCIO s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13914132-3): Rosario, 09 de Noviembre de 2022. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dra. María Elvira Longhi, Secretaria. Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. Rosario, 7 de Diciembre de 2022.

$ 35 493947 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. ZAPATA, ANA MARIA (DNI N° 13.794.520) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ZAPATA, ANA MARIA s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13909938-6): Rosario, 17 de Noviembre de 2022. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dr. María Elvira Longhi - Secretaria - Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. Rosario, 7 de Diciembre de 2022.

$ 35 493946 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. SANCHEZ, MAXIMILIANO JAVIER (DNI N° 23.716.675) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/SANCHEZ, MAXIMILIANO JAVIER s/Ejecutivo, CUIJ N° 2113903675-9): Rosario, 28 de Agosto de 2019. Por presentado, domiciliado, en el carácter que expresa Por parte, por iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada a que comparezca a estar a derecho por el término de tres (03) días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Resérvese en Secretaría la documental acompañada, glosándose copia en autos. Trábese embargo -previa reposición, si correspondiere- sobre bienes libres del ejecutado, siempre que no se tratare de haberes previsionales, hasta cubrir la suma de $24800, estimada provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas, librándose el despacho correspondiente, con facultades de Ley, debiendo la Actora concurrir a la entidad bancaria a los fines de abrir cuenta para estos autos y a disposición de esta Juzgado, y comunicar el número de CBU en el oficio respectivo. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. CUIJ N° 21-13903675-9” Firmado: Luciano Alberto Ballarini (Juez), María Elvira Longhi (Sec.). Otro: Rosario, 18 de Noviembre de 2020. Agréguese la cédula acompañada. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dra. María Elvira Longhi (Secretaría) - Dr. Luciano A. Ballarini (Juez).

$ 35 493945 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. ORTIZ, HERNAN EZEQUIEL (DNI N° 37.572.378) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ORTIZ, HERNAN EZEQUIEL s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13910024-4): Rosario, 05 de Octubre de 2020 Por presentado, domiciliado, en el carácter que expresa. Por parte, p6r iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada a que comparezca a estar a derecho por el término de tres (03) días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Oportunamente, acompañe documental original. Trábese embargo -previa reposición, si correspondiere- sobre bienes libres del ejecutado, siempre que no se tratare de haberes previsionales, hasta cubrir la suma de $53.500, estimada provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas, librándose el despacho correspondiente, con facultades de Ley, debiendo la Actora concurrir a la entidad bancaria a los fines de abrir cuenta para estos autos y a disposición de esta Juzgado, y comunicar el número de CBU en el oficio respectivo. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Dra. Elvira Longhi (Secretaría) Dr. Luciano A. Ballarini (Juez). Rosario, 14 de Diciembre de 2022.

$ 35 493944 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. FRUTOS, EDGARDO FABIAN (DNI N° 17.943.480) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/FRUTOS, EDGARDO FABIAN s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-139136885): ROSARIO, 27 de Octubre de 2021. Por parte, domiciliada y por iniciada DEMANDA EJECUTIVA. ‘Hágase saber a las partes que deberán indicar CORREO ELECTRÓNICO para recibir correos de cortesía de notificaciones digitales, si no lo hubieran realizado, sin perjuicio de resultar igualmente notificadas conforme al art.14 del Acuerdo Corte Suprema de Justicia 7.3.2019, Acta N° 7 p. 11. CÍTESE Y EMPLÁCESE a la parte demandada bajo apercibimiento de REBELDÍA y de seguirse el juicio sin su representación en caso que no comparezca a estar a derecho en el término de DIEZ días. Atento las constancias de autos, trábese EMBARGO sobre los HABERES del demandado, en proporción de ley (dec.484187), por el monto y los conceptos que a continuación del presente se detallan. Previa reposición de SELLADO DE EMBARGO, si correspondiere, líbrese oficio al empleador respectivo. Se hace saber al EMPLEADOR QUE SI FUERAN HABERES JUBILATORIOS la medida NO debe efectivizarse, comunicando dicha circunstancia a este proceso. Los MONTOS EMBARGADOS deberán ser depositados en CUENTA JUDICIAL DEL BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO, SUC. 80 -CAJA DE ABOGADOS DE ROSARIO conforme los datos que surgen de la CONSTANCIA DE CUENTA JUDICIAL ADJUNTADA al oficio. La PARTE ACTORA deberá abrir CUENTA BANCARIA a la orden de este Juzgado y a nombre de estos autos, si aún no lo hubiera realizado, y ADJUNTAR DIRECTAMENTE AL OFICIO la constancia del número de Cuenta Judicial y C.B.U., correspondiente a los presentes autos. El EMPLEADOR DEBERÁ VERIFICAR PREVIO AL DEPÓSITO de las sumas embargadas, que el número de cuenta bancaria y de C.B.U., que se adjunta al oficio se corresponda con estos autos y se encuentre a nombre de esta dependencia judicial ante el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados. A los fines de posibilitar la transferencia bancaria, se debe utilizar como ASOCIADO A LA CUENTA JUDICIAL respectiva el C.U.I.T. NRO. 33-99918181-9 perteneciente al Banco Municipal de Rosario. El EMPLEADOR DEBERÁ COMUNICAR al Juzgado de la causa la realización de los depósitos respectivos o, en su caso, cualquier motivo que impidiere cumplimentar la medida ordenada dentro de los treinta días de recibido el oficio, bajo apercibimientos de astreintes por incumplimiento de la medida.——. Parte Demandada: FRUTOS, EDGARDO FABIAN D.N.I Nro.: 17943480 El MONTO TOTAL por el que DEBE CUMPLIMENTARSE la PRESENTE MEDIDA ORDENADA y en relación a la PARTE DEMANDADA, en concepto de capital, intereses y costas futuras estimadas prudencialmente SE DETERMINA EN LA SUMA DE: $80.510,55 (Ochenta mil quinientos diez pesos con 551100 cent.) Se encuentran facultados para diligenciar el presente, el profesional que se indica a continuación y/o quien/es éste autorice: KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27-21307016-4 Atento acompañar la documental fundante digitalizada, designase a la parte actora como depositaria judicial (art. 261 y 263 Código Penal). PREVIO AL DICTADO DE SENTENCIA, deberá la parte actora acompañar DOCUMENTAL fundante en ORIGINAL presentada con escrito cargo respectivo, conforme las facultades dispuestas por la C.S.J.S.F., punto 12 del REGLAMENTO DE INICIO ELECTRÓNICO DE DEMANDAS (http:llwww.justiciasantafe.gov.ar/INCIO/20ELECTR%C3/93NICO%20DE%20DEMAN DAS/1 0.6.2020/REGLAMENTO%2OMEUE.pdf) Dra. María Elvira Longhi -Secretaria- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. - Rosario Dr. Luciano A. Ballarini -Juez- Juzgado 1ra. Inst. Ejecución Civil de Circuito 2da. Nom. - Rosario, 14 de Diciembre de 2022.

$ 55 493943 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. MEDINA, ARMANDO ADELMAR (DNI N° 32.834.374) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MEDINA, ARMANDO ADELMAR s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-13911824-0): ROSARIO, 06 de Abril de 2021. Por presentado, domiciliado, en el carácter que expresa. Por parte, por iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada 4 que comparezca a estar a derecho por el término de tres (03) días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Hágase saber que deberá acompañar el original de la documental invocada y acompañada en copia previo al dictado de sentencia. Trábese embargo -previa reposición, si correspondiere- sobre bienes libres del ejecutado, siempre que no se tratare de haberes previsionales, hasta cubrir la suma de $78.400.-, estimada provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas, librándose el despacho correspondiente, con facultades de Ley, debiendo la Actora concurrir a la entidad bancaria a los fines de abrir cuenta para estos autos y a disposición de esta Juzgado, y comunicar el número de CBU en el oficio respectivo. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. María Elvira Longhi, Secretaria - Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. Rosario, 14 de Diciembre de 2022.

$ 35 493942 Feb. 27 Mar. 1

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. ENCINA, MARIA DEL LUJAN (DNI N° 29.209.097) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ENCINA, MARIA DEL LUJAN s/EJECUTIVO - CUIJ N° 21-13909934-3): Nro.: 1238 Rosario (29/08/2022), Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de ENCINA, MARIA DEL LUJAN hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $59.063,97 (Cincuenta y nueve mil sesenta y tres pesos con 97/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27-21307016-4 - I.V.A. INSCRIPTO - en la suma de $28.888,24 equivalentes a 2,31 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 Ley nro. 6.767 t.o. Ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese. Fdo.: Dra. Silvina López Pereyra -Secretaria- 1ra. Inst. Ejec. Civil de Circuito la. Nom. Rosario - Dra. Mariana P. Martínez -Jueza- 1ra. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1ra. Nom. Rosario.

$ 35 494004 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juzgado Ira. Inst. Civil y Comercial 1ra. Nominación de Rosario, en los autos caratulados “CABALLI, CARLOS ALBERTO y Otros c/GATTI, GUALBERTO s/Prescripción Adquisitiva” (CUIJ 21-02870727-1) y no habiendo comparecido a estar a derecho los herederos de GUALBERTO GATTI, a pesar de encontrarse debidamente notificados por edictos y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebeldes, y prosiga el juicio sin su representación. Para sorteo de Defensor de Oficio, desígnese nueva fecha de audiencia el día 13 de Marzo de 2023 a las 10 hs. Notifíquese por edictos por el término de ley. Fdo: Dra. Lorena Pieristei (Prosecretaria). Rosario, 9 de Febrero de 2023. Dr. Audano, Secretario.

$ 35 493930 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juez Eduardo Arichuluaga, en autos tramitados por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito de la 2da Nom. de Rosario caratulados: “CORREA MARISA c/SUCESORES, HEREDEROS, LEGATARIOS DE ESTRAN HUGO s/Otras Diligencias”, CUIJ 21-12628000-6, se ha ordenado citar por edictos a todos los herederos y/o, sucesores de los Sres. MATEO ESTRAN titular del DNI 5.961.005 y de ISABEL BEATRIZ ESTRAN, titular del DNI 5.588.362, a fin de NOTIFICARLOS DEL PRESENTE JUICIO y Notificarles que se los cita y emplaza para que comparezcan a estar a derecho, por sí o por apoderado, por el termino y bajo apercibimientos de ley. Se le emplaza a que tomen la intervención que les correspondan bajo apercibimientos de rebeldía. Rosario, 23 de Diciembre de 2022. Dr. Chena, Secretario.

$ 35 493975 Feb. 27 Mar. 1

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Dentro de los autos caratulados: GONZALEZ, NORMA INES y Otros C/TOZZINI, ITALO FRANCISCO ERNESTO y Otros s/Prescripción Adquisitiva CUIJ 21-02916936-2, Expte Nro.780/2019 en tramite por ante el JUZGADO de 1ra. Instancia de Circuito N°3 de Rosario, a cargo de la Dra. Cecilia A. Camaño se ha dispuesto, notificar por edictos el siguiente decreto que se transcribe: “Rosario, 30 de Noviembre de 2022.- Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente la Actuarla que el demandado Antonio Larzabal y/o sus herederos y/o legatarios no han comparecido a estar a derecho, decláreselos rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Firmado: Dra. Alejandra J. Martínez, secretaria; Dra. Cecilia A. Camaño, Jueza. Rosario, Diciembre de 2022. Dra. Muré, Prosecretaria.

$ 40 494032 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición de la Señor Juez de de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, en el Juzgado de la Primera Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, Dr. Ricardo Alberto Ruiz dentro de los autos caratulados: DALFINO STELLA MARIS C/ ALEGRE PEDRO JESÚS y/u OTROS S/ Prescripción Adquisitiva” Expte N 346/2010, se transcriben las providencias dictadas al efecto: Rosario, 25 de Octubre de 2022: Por notificada. Agréguese la respuesta de la Cámara Nacional Electoral acompañada. Téngase presente. Líbrese edicto como se solícita y está ordenado. Fdo: Dr. Arturo Audano (Secretario). OTRO: Rosario, 29 de Diciembre de 2022: Agréguese la constancia de publicación del edicto y las cédulas acompañadas. Desígnese nueva fecha para sorteo de Defensor de Oficio para el día 07 de marzo de 2023 a las 10:00 horas. Se hace saber que entenderá en los presentes el Dr. Ricardo Alberto Ruiz, quien ha sido designado como titular de/Juzgado. Notifíquese por cédula (art. 62 inc. 8, C.P.C.C.). Fdo: Dr. Ricardo Alberto Ruiz (Juez) DR. ARTURO AUDANO (Secretario). OTRO: ROSARIO, 06 de Febrero de 2023: No habiendo comparecido las Sras. MARÍA GRACIELA DEL CARMEN DE DIOS, MARIA CANDELARIA ALEGRE y MARÍA PAULA ALEGRE (herederas de Pedro Miguel Alegre, quien fuera a su vez heredero del demandado Pedro Jesús Alegre) a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificadas y vencido el término para hacerlo, decláraselas rebelde, y prosiga e/juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Se hace saber que entenderá en los presentes el Dr. Ricardo Alberto Ruiz, quien ha sido designado como titular del Juzgado. Notifíquese por cédula (art. 62 inc. 8, C.P.C.CJ. Fdo: Dr. Ricardo Alberto Ruiz (Juez) DR. ARTURO A UDANO. Asimismo, se hace saber que: 1) entenderá en los presentes el Dr. Ricardo Alberto Ruiz, quien ha sido designado como titular del Juzgado; 2) Designado nueva fecha para sorteo de Defensor de Oficio para el día 7 de marzo de 2023 a las 10:00 horas; y 3) Se han declarado rebeldes a las Sras. MARIA GRACIELA CARMEN DE DIOS, MARÍA CANDELARIA ALEGRE y MARÍA PAULA ALEGRE (heredera de edro Miguel Alegre, quien fuera a su vez heredero del demandado Pedro Jesús Alegre). DALFINO STELLA MARIS c/ALEGRE PEDRO JESUS y/u Otros S/Prescripción Adquisitiva” Expte. Nº 346/2010, CUIJ Nº 21-00758982-1. Dr. ARTURO AUDANO. Rosario, Febrero de 2023.

$ 60 494005 Feb. 27 Mar. 1

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La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de la ciudad de Rosario, en autos caratulados: ALEGRE, ANDRES EZEQUIEL C/FERMANI, BIBIANA DANIELA Y OTROS S/Demanda Ejecutiva; CUIJ 21-02944267-0, ha dispuesto se publiquen edictos (Art. 77 del C.P.C. y C.), por 2 veces en 2 días, notificando a la Sra. Bibiana Daniela Fermani, D.N.I. 26.375.757 el decreto que se transcribe: “Rosario, 29 de noviembre de 2022. Agréguese. Se deja constancia que en el día de la fecha se procedió a corroborar en la página web del BOLETÍN OFICIAL la publicación de edictos cuya constancia obra agregada a fs. 52 de autos, procediéndose en este mismo acto a su certificación por la Actuaria. Informada verbalmente la actuaria que la parte demandada José Angel Odisio y Bibiana Liliana Fermani no ha comparecido a estar a derecho decláraselos rebeldes. Notifíquese por cédula A José Angel Odisio y por edictos a Bibiana Liliana Fermani. Fdo. Dra. Ma. Fabiana Genesio, Juez; Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria. Dra. Accinelli, Secretaria.

$ 40 493996 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, Dr. Marcelo Quiroga Juez, Secretaría a cargo de la Dra. Lorena A. González, en los autos caratulados “DIAZ Y FORTI S.A. S/Concurso Preventivo” CUIJ. N° 21-02938805-6 - se hace saber que mediante auto resolutorio n° 1651 de fecha 08/02/2023, se han fijado las siguientes fechas: Se fija Audiencia Informativa para el día 21/03/2023 a las 10 hs y, se fija como fecha de vencimiento del período de exclusividad: hasta el día 28/03/2023; publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL - Dra. Lorena A. González, Secretaria. Dra. Rossi, Prosecretaria.

$ 170 493925 Feb. 27 Mar. 3

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos COMUNA DE GENERAL LAGOS c/OSCAR JOSÉ FARRUGGIA s/Apremio municipal; Expte. CUIJ N° 21-22767133-2, se ha dictado lo siguiente: Nº 94. Arroyo Seco, 17 Febrero de 2022. Vista:... Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia digitalizada acompaña, y que deberá ser suscripta por el presentante; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 4.380,00 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.380,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Tener presente las constancias invocadas en el punto d) del petitorio agregadas en copias simples. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Arroyo Seco, 14 Octubre 2022. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

$ 52,50 494130 Feb. 27 Mar. 01

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos COMUNA DE GENERAL LAGOS c/RONDAN NICOLAS s/Apremio municipal; Expte. CUIJ N° 21-22767153-7, se ha dictado lo siguiente: Nº 90. Arroyo Seco, 17 Febrero de 2022. Vista: ... Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia digitalizada acompaña, y que deberá ser suscripta por el presentante; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 8.760,00 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.760,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Tener presente las constancias invocadas en el punto d) del petitorio agregadas en copias simples. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Arroyo Seco, 13 de Octubre de 2022. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

$ 52,50 494129 Feb. 27 Mar. 01

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos COMUNA DE GENERAL LAGOS c/CALIANI ENRIQUE UBALDO s/Apremio municipal; Expte. CUIJ N° 21-22767538-9, se ha dictado lo siguiente: Nº 80. Arroyo Seco, 15 Febrero de 2022. Vista: ... Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia digitalizada acompaña, y que deberá ser suscripta por el presentante; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 5.256 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.256 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Tener presente las constancias invocadas en el punto d) del petitorio agregadas en copias simples. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Arroyo Seco, 20 de Octubre de 2022. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

$ 52,50 494120 Feb. 27 Mar. 01

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos COMUNA DE GENERAL LAGOS c/VELEZ OSCAR LUIS s/Apremio municipal; Expte. CUIJ N° 21- 22767481-9, se ha dictado lo siguiente: Nº 57. Arroyo Seco, 15 Febrero de 2022. Vista: ... Resuelvo: 1. Admitir la demanda y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia se agrega a los autos y la que deberá ser suscripta por el presentante; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Agregar las constancias que en copias simples se acompañan invocada en el punto c) del petitorio. 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 8.760 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.400 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado —lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 7. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Arroyo Seco, 13 de Octubre de 2022. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

$ 52,50 494127 Feb. 27 Mar. 01

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos COMUNA DE GENERAL LAGOS c/HERNÁN GABRIEL FALL s/Apremio municipal; Expte. CUIJ N° 21-2276742-4, se ha dictado lo siguiente: Nº 92. Arroyo Seco, 17 Febrero de 2022. Vista: ... Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia digital izada acompaña, y que deberá ser suscripta por el presentante; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 30.660,00 en concepto de capital, con más la suma de $ 15.330,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Tener presente las constancias invocadas en el punto d) del petitorio, agregadas en copias simples. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Arroyo Seco, 13 de Octubre de 2022. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

$ 52,50 494125 Feb. 27 Mar. 01

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos COMUNA DE GENERAL LAGOS c/REINALDO ESMERALDINO s/Apremio municipal; Expte. CUIJ Nº 21-22767530-3, se ha dictado lo siguiente: Nº 82. Arroyo Seco, 16 Febrero de 2022. Vista: ... Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general acompañada y la que deberá ser suscripta por el presentante. 3. Admitir el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Agregar las constancias que en copia simple se acompañan invocada en el punto c) del petitorio. 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 5.256 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.200, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 7. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Arroyo Seco, 13 de Octubre de 2022. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

$ 52,50 494124 Feb. 27 Mar. 01

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos COMUNA DE GENERAL LAGOS c/LARROSA JOSE ISMAEL s/Apremio municipal; Expte. CUIJ N° 21-22767137-5, se ha dictado lo siguiente: Nº 123. Arroyo Seco, 21 Febrero de 2022. Vista: ... Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia digitalizada acompaña, y que deberá ser suscripta por el presentante; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 4.380,00 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.380,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Tener presente las constancias invocadas en el punto d) del petitorio agregadas en copias simples. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Arroyo Seco, 24 de Octubre de 2022. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

$ 52,50 494123 Feb. 27 Mar. 01

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos COMUNA DE GENERAL LAGOS c/LOPEZ ROBERTO ANIVAR s/Apremio municipal; Expte. CUIJ Nº 21-22767144-8, se ha dictado lo siguiente: Nº 89. Arroyo Seco, 17 Febrero de 2020. Vista: ... Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia digitalizada acompaña, y que deberá ser suscripta por el presentante; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 24.528,00 en concepto de capital, con más la suma de $ 12.264,00 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Tener presente las constancias invocadas en el punto d) del petitorio agregadas en copias simples. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Arroyo Seco, 24 de Octubre de 2022. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

$ 52,50 494122 Feb. 27 Mar. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes RUBEN ENRIQUE DAVICINO D.N.I. 6.033.706 y HILDA NORMA BIRIBIN DNI 3.759.435 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DAVICINO, RUBEN ENRIQUE Y OTROS S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” (CUIJ 21-02948716-9)

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10. Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Don MELILLI HORACIO HUMBERTO, DNI 10726270, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ MELILLI, HORACIO HUMBERTO S/ Declaratoria de Herederos” CUIJ 21-02874811-3 Rosario, de Febrero de 2023.- $ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causante OSCAR CESAR MALIANDI, D.N.I. Nº 5.985.820, y BEATRIZ LUCIA SOLA, DNI 5.529.182, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “MALIANDI, OSCAR CESAR Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02952750-1). Fdo. MARIANA MICHELETTI, Pro Secretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante BISETTI, EUGENIO (D.N.I. 5.980.445), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BISETTI, EUGENIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02961232-0), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MONTES, GERARDO (D.N.I. 6.165.912) y SEGOVIA, ZULEMA (DNI 0.906.551), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MONTES, GERARDO Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02958500-5), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante BELTRAMONE, JORGE ALBERTO (D.N.I. 6.047.035), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BELTRAMONE, JORGE ALBERTO S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02964996-8), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante GRANDOLIO, MARGARITA ALICIA (D.N.I. 6.143.304), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GRANDOLIO, MARGARITA ALICIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02961166-9), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante LINGUA, MIGUEL ANGEL (D.N.I. 10.067.628), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “LINGUA, MIGUEL ANGEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02964478-8), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante BIZZOTTO, JORGE DANIEL (D.N.I. 13.449.096), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BIZZOTTO, JORGE DANIEL S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02959345-8), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FERNANDO ALBERTO FRONTINI (DNI 6.057.044) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “FRONTINI, FERNANDO ALBERTO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02963624-6 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MANUEL PEDRO NONINO (DNI 13.903.815) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “NONINO, MANUEL PEDRO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02960366-6 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS DANIEL BRUSA (DNI 17.958.045) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “BRUSA, CARLOS DANIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02959070-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIA ROSA HUARA (DNI 14.081.600) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “HAUARA, MARIA ROSA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02961794-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALVARO RICARDO SENDON (DNI 12.480.372) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SENDON, ALVARO RICARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02964591-1 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS NOLBERTO ROMERO, D.N.I. 28.331.347 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ROMERO, LUIS NOLBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21-02960391-7). Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JORGE OSVALDO PONCE (D.N.I.. 13.428.706) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “'PONCE, JORGE OSVALDO S/ SUCESORIO - 21-02965074-5'” . Rosario.-

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS JOSE PIACENZI (D.N.I.. 6.092.111) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PIACENZI LUIS JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - 21-02964111-8'” .

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HECTOR MARIO CACCURI D.N.I. 12.113.995 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CACCURI, HECTOR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02964432-9). Fdo. Dra. Vanina Carla Grande, Secretaria.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SIMON BALDOMERO RAMÍREZ (DNI 5.948.513) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “RAMIREZ, SIMON BALDOMERO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02961453-6 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ELCIRA LUISA FIORENZA (D.N.I. 2.274.283), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FIORENZA, ELCIRA LUISA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02964599-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Aldo Emilio Bortolotti (DNI 6.050.633) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BORTOLOTTI, ALDO EMILIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02964841-4.-

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante VILLARD, OSCAR HECTOR (DNI 6.034.148), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “VILLARD, OSCAR HECTOR S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02964469-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Rosa Lucia Mosca (DNI 2.443.089) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MOSCA, ROSA LUCIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02963146-5.-

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Juan Jose Leza (DNI 12.944.158) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: LEZA, JUAN JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02962335-7.-

$ 45 Feb. 27

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, se hace saber que en los autos “RANZUGLIA, MARÍA LUJAN s/Quiebra pedida por acreedor” (CUIJ 21-01286202-1), se ha dispuesto: “Santa Fe, 16 de Diciembre de 2022. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: Designar el día 03 de Abril de 2023 hasta la cual los acreedores podrán verificar sus créditos ante el Síndico, el día 19 de Mayo de 2023 para que el Síndico presente el Informe Individual, el día 26 de Julio de 2023 para que el Síndico presente el Informe General.- Publíquense los Edictos de Ley en el diario “El Alba” de la localidad de Venado Tuerto. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber.- Fdo. Dr. Darío Loto (Secretario); Dra. Laura Barco (Jueza). Se hace saber que el Síndico designado en autos es el CPN Cristián Bejer, con domicilio constituido en Independencia 1237 de la ciudad de Firmat, número de teléfono 0341 7925052, fijando días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 17.00 hs. Se pone a disposición correo electrónico de su letrado patrocinante: usandizagamanuelgmail.com. Firmat, 27 de Diciembre de 2022. Dr. Loto, Secretario Subr.

S/C 494139 Feb. 27 Mar. 3

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados “CASTAGNA FERNANDO DAVID C/TOLEDO ROXANA V S/Juicios Ejecutivo 21-23291395-6”, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 7 con asiento en la ciudad de Casilda, a cargo de la Dra. Laura S. Babaya, Secretaría de la Dra. Virginia L. Giani se ha dispuesto notificar a TOLEDO ROXANA y DN 23.585.160 la siguiente providencia, por el plazo de tres días según lo dispuesto por el Art 73 del CPCC : Casilda, 14 de Diciembre de 2022 Casilda, Tomo 114, Folio 34 y Resolución 1156... Y VISTOS: por notificado. Atento la respectiva constancia de inscripción fiscal que se halla agregada en autos, regúlense los honorarios de la Dra. Camila Dichiara en la suma de pesos cincuenta y dos mil setecientos treinta y nueve con veintinueve centavos ($ 52.739,21) equivalente a 3,65 jus por su actuación en el principal, en el Juzgado de Circuito N° 7 de Casilda e IVA si correspondiere, con el interés equivalente a una tasa igual a la tasa activa capitalizada que aplica el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., en operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la fecha en que adquiera firmeza la presente regulación, los que serán abonados por quien corresponda. Insértese y hágase saber. Dra. Giani, Secretaria.

$ 90 494007 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de NICOLAS JUAN PAPICH para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: “PAPICH NICOLAS JUAN S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.”, Expte. CUIJ Nº21-25862862-1 ) Casilda, 27/02/2023. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Prosecretaria)

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARIA EMILIA DELLA VECCHIA y JUAN CARLOS BENEDETTI para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: “MARÍA EMILIA DELLA VECCHIA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, Expte. CUIJ Nº21-25441475-9 ) Casilda, 27/02/2023. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Prosecretaria)

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ERNESTO CROGNALI para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: “CROGNALI ERNESTO S/ SUCESORIO”, Expte. CUIJ Nº21-26437216-7) Casilda, 24/02/2023. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Prosecretaria)

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JORGE OMAR GONZALEZ para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: “GONZALEZ JORGE OMAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, Expte. CUIJ Nº21-25862355-7 ) Casilda, 24/02/2023. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Prosecretaria)

$ 45 Feb. 27

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CAÑADA DE GÓMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de LACCHE ADALBERTO RAUL, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de SOSA MARIO AMBROSIO y NELIDA CATALINA MAURELLI , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de UMER GERARDO ANDRES , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de GODOY SANTOS REYES , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de CHIRI HECTOR FABIAN , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de MESTRE MARGARITA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de BRAVO NORMA ROSA , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de BENITEZ ALICIA ISABEL , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de GIMENEZ ALDO ATILIO y NORMA MARIA ADELA CRISPINA , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de GOROSITO FRANCISCO PABLO , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de FAVA TERESA IRENE , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Feb. 27

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2da Nominación de Cañada de Gómez, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NICOLAS NEMESIO DENIS, D.N.I 11.949.341, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DENIS, NICOLAS NEMESIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS.” (Cuij. 21-26029497-8) Fdo. Dra. María Laura Aguaya (jueza), Dr. Mariano Jesús Navarro (secretario). Cañada de Gómez, 24 de Septiembre de 2022.-"

$ 45 Feb. 27

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 2da. Nominación del Distrito Judicial N° 12 de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Stella Maris Bertune (Juez), Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria) en los autos caratulados: “AYALA KIARA AILIN S/Otras Diligencias” - Civil CUIJ 21-25441902-5, cita y emplaza a los interesados a formular oposición dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y ESTRADOS JUDICIALES y cuyo término vencerá quince días hábiles después de la última publicación. Se transcribe el decreto que así lo ordena: “San Lorenzo, 12 de Octubre de 2022. Por presentada, domiciliada y en el carácter que invoca, con patrocinio letrado. Por iniciada sumaria información de cambio de apellido (art. 69 sgtes. C. C. y C.). Por ofrecida prueba. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal una vez por mes, durante dos meses (art. 90 C. C. y C.), pudiendo formularse oposición dentro de los 15 días hábiles computados desde la última publicación. Ofíciese al Registro General de la Propiedad con el fin de que informe si existen medidas cautelares en nombre de la accionante. Dése intervención al Sr. Agente Fiscal.” Fdo. Dra. Stelia Maris Bertune (Juez), Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria). Para Defensoría General SIN CARGO. San Lorenzo.

S/C 494059 Feb. 27

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El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 1ra. Nominación del Distrito Judicial N° 12 de San Lorenzo, a cargo del Dr. Alejandro Marcos Andino (Juez), Dra. Luz M. Gamst (Secretaria) en los autos caratulados: QUIROGA TAMARA JAQUELINA s/Otras Diligencias - Civil - CUIJ 21-25442336-7, cita y emplaza a los interesados a formular oposición dentro del término y bajo los apercibimientos legales, por lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y estrados judiciales y cuyo término vencerá quince días hábiles después de la última publicación. Se transcribe el decreto que así lo ordena: “San Lorenzo, 03 de Febrero de 2023. Por presentada, domiciliada, con patrocinio letrado. Por iniciada Sumaria Información de cambio de apellido (artículo 69 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación) y por ofrecida prueba. Agréguese la documental acompañada. Imprimase el trámite sumarísimo. Dese intervención al Sr. Fiscal. De la presente petición, publíquense edictos en los estrados y en el boletín oficial una vez por mes, por el lapso de dos meses, pudiendo el interesado formular oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Ofíciese al Registro General de la Propiedad y al Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios a fin de que informen si posee medidas cautelares a su nombre o si posee algún bien a su nombre. Atento que la supresión del apellido del padre generaría que se rectifiquen partidas, títulos y asientos registrales, dese intervención a la Asesoría Letrada del Registro Civil. Fuese audiencia para oír a la Sra. Támara Jaquelina Quiroga el día 25 de abril de 2023, a las 10:30hs. Notifíquese. Fdo. Dr. Alejandro Marcos Andino (Juez), Dra. Luz M. Gamst (Secretaria). Para Defensoría General sin cargo. San Lorenzo. Dra. Aronne, Prosecretaria.

S/C 494056 Feb. 27

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El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 2da. Nominación del Distrito Judiia1 N° 12 de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Stella Maris Bertune (Juez), Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria) en los autos caratulados: RIVERO CLAUDIA BEATRIZ s/Otras Diligencias – Civil, CUIJ 2125441904-1, cita y emplaza a los interesados a formular oposición al trámite iniciado respecto de la menor N.A.A. Titular del D.N.I. N° 48.134.317 dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y ESTRADOS JUDICIALES y cuyo término vencerá quince días hábiles después de la última publicación. Se transcribe el decreto que así lo ordena: “San Lorenzo, 12 de Octubre de 2022. Por presentada, domiciliada y en el carácter que invoca, con patrocinio letrado. Por iniciada sumaria información de cambio de apellido (art. 69y sgtes. C. C. y C.). Por ofrecida prueba. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal una vez por mes, durante dos meses (art. 90 C. C. y C.), pudiendo formularse oposición dentro de los 15 días hábiles computados desde la última publicación. Notifíquese el inicio de los presentes al Sr. RICARDO ADOLFO AYALA por cédula, debiendo el notificador requerir de quien le atienda o vecinos si el demandado vive allí y, únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la diligencia, dejando constancia de todo lo actuado en la cédula. Ofíciese al Registro General de la Propiedad con el fin de que informe si existen medidas cautelares en nombre de las accionantes. Dése intervención al Sr. Agente Fiscal y a la Sra. Asesora de Menores.” Fdo. Dra. Stella Maris Bertune (Juez), Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria). Para Defensoría General sin cargo. San Lorenzo. Dra. Aronne, Prosecretaria.

S/C 494054 Feb. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, dentro de los caratulados: “POGLIACOMI ADELA ADA y Otros c/BORGHI ANA MARIA DE CASTAÑERA s/Prescripción Adquisitiva (21-25344031-4) se ha ordenado lø siguiente: Agréguese las constancias acompañadas. Atento lo peticionado: Cítese por edictos, que se publicarán tres veces, a los herederos de la Demandada Ana Maria Borghi de Castañeda, bajo apercibimientos de que si no comparecen en término, se nombrará un defensor de oficio, conforme art. 597 CPCC. San Lorenzo. Dra. Nadia M. Ronne, Prosecretaria.

$ 33 494049 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Dr. Alejandro Andino, Juez del Juzgado de 10 Instancia Civil y Comercial 1° Nominación, Distrito Judicial N°12, San Lorenzo, Secretaría de la Dra. Luz María Gamst, se hace saber que en los autos caratulados: CISNERO GUSTAVO GABRIEL s/Propia Quiebra, Expte. Nº 21-25441172-5, por auto N° 86, de fecha 13 de febrero de 2023, se ha resuelto lo siguiente: “Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Fijar como fecha máxima hasta la cual los acreedores podrán verificar sus créditos la del 31 de marzo de 2023. Y para la sindicatura fijar la fecha del 04 de mayo de 2023 para la presentación del informe individual y la del 05 de junio de 2023 para la presentación del informe general. 2) Ordenar la publicación de edictos por el término de cinco días, de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522. 3) Insértese, dese copia y hágase saber.” Firmado: Dr. Alejandro Andino-Juez - Dra. Luz M. Gamst, Secretaria. Asimismo, se informa que el síndico nombrado en autos es el CPN Ariel Leonardo Meneghetti, con domicilio en San Carlos 1260, de la ciudad de San Lorenzo. La presente publicación se hará sin previo pago. San Lorenzo. Dra. Luz María Gamst, Secretaria.

S/C 494070 Feb. 27 Mar. 3

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 14 de la ciudad de VILLA CONSTITUCION, Dr. Diógenes D. Drovetta, notifica al Sr. Reinoso, Alexis Jonatan, DNI Nº 37.579.591, lo declarado en autos CARATULADOS ELECTRÓNICA MEGATONE S.A C/REINOSO ALEXIS JONATAN s/Ejecutivo, CUIJ Nº 21-23485070-6. Villa Constitución, Por presentada, con domicilio ad litem constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que en fotocopia certificada acompaña y se agrega. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a los presentes el trámite del Juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía.. Por ofrecida prueba documental. Al pedido de sentencia, en su oportunidad, si correspondiere y previo debido proceso legal. Dra. Analía N. Vicente Secretario - Dr. Diógenes D. Drovetta, Juez. Otro: Villa Constitución. Atento a lo solicitado por la actora ante la insuficiencia de datos, el desconocimiento del domicilio actual del demandado y las constancias de autos, notifíquense los proveídos de autos por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL de acuerdo a lo dispuesto por el art. 73 del C.P.C.C. Dra. Analía N. Vicente Dr. Diógenes D. Drovetta Secretaría Juez.

$ 35 493957 Feb. 27 Mar. 1

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EL Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 14 de La ciudad de Villa Constitución, Dr. Diógenes O. Drovetta, notifica al Sr. Almiron, Diego Fabián, DNI N° 29.423.802, lo declarado en autos caratulados: ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. c/ALMIRON DIEGO FABIAN s/Ejecutivo, CUIJ Nº 21-23484811-6. Villa Constitución, 17/08/2022 Agréguese. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que La parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Notifíquese por edicto. Secretaría: Dra. Analía N. Vicente, Juez: Dr. Diógenes Diosdado Drovetta.

$ 35 493958 Feb. 27 Mar. 1

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de la ciudad Villa Constitución Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Griselda Ferrari (Jueza), Secretaría del Dr. Darío Mangeri llama a los herederos, acreedores o legatarios de los Sres. Díaz Jacinto Jesús y de Mabel Norma Guidoni por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Villa Constitución, AUTOS: “DIAZ JACINTO JESUS Y OTROS S/ SUCESORIO CUIJ Nº 21-25657635-7.

$ 45 Feb. 27

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El Sr. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. GRISELDA N. FERRARI, dentro de los caratulados “VILLARREAL, ABEL EDUARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25658049-4 llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por don ABEL EDUARDO VILLARREAL, por treinta días, para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos (art. 2.340 C.C.C.). Secretaría, Villa Constitución.- DR. DARIO MALGERI.-

$ 45 Feb. 27

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR DISPOSICIÓN DEL SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Nº 9 DE LA CIUDAD DE RUFINO SF A CARGO DEL DR. LUIS ALBERTO CIGNOLI, SECRETARIA UNICA A CARGO DEL DR. JORGE ESPINOZA, EN LOS AUTOS CARATULADOS: “SUCESORIO ANA MARIA SAÑKO” (EXPTE. CUIJ Nº 21-26364904-1), SE HA DISPUESTO CITAR Y EMPLAZAR A HEREDEROS, ACREEDORES Y LEGATARIOS DE DOÑA ANA MARIA SAÑKO; PARA QUE DENTRO DEL TERMINO DE 10 DIAS COMPAREZCAN POR ANTE ESTE JUZGADO A HACER VALER SUS DERECHOS.

$ 45 Feb. 27

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, se hace saber que en los autos caratulados: SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/PANTALEONE MANUEL GOBINO s/Apremios - Resp.” (CUIJ N° 21-16805139-2) se cita y emplaza por tres días a los posibles herederos de Don Manuel Gobino Pantaleone, para que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía en los términos del Art. 597.” Fdo. Gabriel Alberto Carlini (Juez) - Dr. Alejandro Walter Bournot (Secretario).

$ 33 494044 Feb. 27 Mar. 1

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Por disposición del Juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 2 de Venado Tuerto y en autos INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A. c/MARIA TERESA COMBUSTIBLES SRL s/Demanda ejecutiva; 21-24612466-0 se hace saber que se dictó lo siguiente: Venado Tuerto, 10 de Abril de 2019. Proveyendo cargo 2984/2019: Por presentados, domiciliados y parte, a mérito del poder que en fotocopia simple acompaña. Agréguese la documental que adjunta. Por iniciada la demanda ejecutiva que expresa. Resérvese en Secretaría un sobre con documental que presenta. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de DIEZ días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía.- Respecto de la cautelar, previo a todo trámite, aclare si solicita inhibición general o embargo preventivo de cuentas. A lo demás, téngase presente y oportunamente. Notifíquese por cédula. Fdo: DR. A Walter Bournot (Secretario). Fdo: Dr. Gabriel A. Carlini (Juez), Dr. A. Walter Bournot (Secretario). Venado Tuerto, 26/05/22. Proveyendo escrito 6758/2022: agréguese. Atento lo informado por a Jueza Comunitaria de Maria Teresa y las constancias de autos, procédase a notificar mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Notifíquese. Fdo: Dr. Gabriel A. Carlini (Juez), Dr. A. Walter Bournot (Secretario).

$ 40 494248 Feb. 27 Mar. 01

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don ERNESTO FRANCISCO MARTI L.E. 6.113.836 para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: “MARTI, ERNESTO FRANCISCO S/ SUCESORIO" CUIJ Nº 21-24617387-4” Venado Tuerto, Santa Fe.-FDO: Dr. Gabriel A. Carlini JUEZ – Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO.-

$ 45 Feb. 27

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto a cargo del Dr. Gabriel Carlini (Juez), Secretaría del Dr. Walter Bournot, se cita y se emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Doña RUBIES STELLA MARIS DNI Nº 22305457 para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley.- Autos: “RUBIES STELLA MARIS S/ SUCESORIO CUIJ Nº 21-24619023-9” Venado Tuerto, Santa Fe.-FDO: Dr. Gabriel A. Carlini JUEZ – Dr. Bournot Alejandro Walter SECRETARIO.-

$ 45 Feb. 27

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