picture_as_pdf 2023-02-08

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

RAQUEL ALICIA MUSITANO


Por disposición Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial 10ª Nominación de Rosario Secretaria del autorizante se dispone en autos MEDINA ANALIA-Quiebra; Expte. Nº 434/2005, que la Martillera Raquel Musitano C.U.I.T. N° 27-05088250-6 venda en pública subasta, el 14 de Febrero del año 2023, a las 12:30 horas, o el día hábil siguiente de resultar inhábil o feriado el propuesto, en el Colegio de Martilleros calle Moreno 1546 de Rosario. A los fines de evitar eventuales incidencias se deja sentado que se remata el 50% del inmueble, las condiciones de subasta de inmueble en cuestión son las siguientes: El inmueble sale por la Base establecida por la martillera de $ 3.500.000 siendo la última base de $ 2.600.000. El 50% del inmueble sito en calle Luis A. Vila n° 1739 de Rosario, inscripto en la matrícula N° 1627734. Descripción del inmueble: Ubicado en calle Luis Vila 1.739, de Rosario, entre calles Paviov y Rauch. Lote 20. Manz. 27. Superficie total 219,02 mts.2. Plano 89.675/50 -ubicado a los 16,10 ms. De calle Paviov hacia el Este. Mide 9 Mts. De frente al Norte, por 24,34 mts. De fondo. Lindando por su frente al Norte, con calle Luis Vila, al Sur, con lote 2, al Este, con el Lote 19, y al Oeste, con el lote 1, saldrá a la venta ocupado, según constataciones realizadas.

Impuestos, tasas, contribuciones (I.V.A. y gastos centrales, correspondiere) serán a cargo del adquirente, como así también todos los gastos e impuestos que implique la transferencia del dominio a favor del adquirente. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el diario El forense por el término de ley. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación A 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.), como asimismo la comunicación al AFIP si no se cumplimentase la comunicación A 5147 del B.C.R.A. Registra las siguientes inhibiciones, y embargos: Inhibición: Aforo 414911-0. Fecha de inscripción 10/12/2004. Sin monto. Tº 14- Letra IC. Autos: Medina Analía-su propia quiebra. 382/2004. Profesional Norberto Cosca. Civ. y Com. 10ª Nom. Oficio 4536. 30/11/2004. Hipoteca: 334.458. Primer grado. U$s. 18.800. A favor Banco Lloyds Bank. Embargo: $ 6.061. 22/5/98. GRACCI GRACIELA NANCY SUSANA c/MEDINA ANALIA. Civ. Y Com. 1ª Nom. Expte. 513/98. Embargo: Presentación 412644. 16/11/2204. U$S 21.319,70, Oficio 4749. 23/10/200. Juzgado C.C. Dist. 11. Nom. Lloyd bank c/ Medina y otro. s/Ejecución Hipotecaria. Expte. 1348/2000. Presentación 348059 25/06/2004. Cesión de crédito hipotecario al Banco Patagonia S.A. por esc. 693. 22/5/2009 Preinscripción de hipoteca al Banco Patagonia S.A. Expte. 434/05. Ofíciese A los Juzgados, que hubieren ordenado medidas cautelares, sobre el inmueble a Subastar, a fin que tomen conocimiento, a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación debiendo acompañarse constancia del diligenciamiento antes de la publicación de edictos y notifíquese al acreedor hipotecario; ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts. 494 y 495 CPCC y permanecer en Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. Desígnase los 3 días, anteriores a la subasta, a los fines de la exhibición del inmueble debiendo notificarse a los ocupantes con la debida antelación. Modalidad de pago: Quien resulte comprador deberá abonar el 3% de comisión del martillero, con más el 30% del precio de compra en el acto de subasta, en concepto de seña y a cuenta de precio en la siguiente modalidad: hasta la suma de $ 30.000, en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo restante para completar la seña deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia interbancaria indefectiblemente, a la cuenta judicial que se indicará a tales efectos, bajo estricto apercibimiento de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere. El saldo de precio deberá ser abonado una vez aprobada la subasta, bajo apercibimientos de ley, sin perjuicio por aplicación en su caso, de lo dispuesto por el art. 497 del C.P.C.C. No procederá la compra en comisión (atento modificación del art. 3936 CC, introducida por el art. 75 inc. c) de la ley 24.441). El adquirente en subasta deberá acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido. Hágase saber al martillero actuante que en los edictos a publicarse deberá dejarse expresa constancia de lo dispuesto en el art. 494 del CPCC. Se hace saber que el mandamiento diligenciado ingresado con cargo Nº 5503/22, ha sido debidamente vinculado a los presentes, y se encuentra visible en el sistema. Hágase saber a la profesional que deberá consignar los datos correspondientes a estos autos en los despachos a librarse y no los relacionados al incidente de concurso especial. Advirtiendo que existen fondos depositados para los autos BANCO PATAGONIA SUDAMERIS SA c/MEDINA ANALIA s/Concurso especial; Expte. 434/2005, y con el objeto de evitar su depreciación en uso de las facultades dispuestas por el art. 183 LCQ l oficio al Banco Municipal para que los fondos depositados en la cuenta N° 50326294 se transfieran a la cuenta abierta para estos autos N° 52199938 y se constituya un plazo fijo sobre tales montos. El mismo se renovará automáticamente cada 30 días y a su vencimiento se deberán incorporar los fondos existentes en la cuenta. Líbrese comunicación electrónica por Secretaría a tales fines. Se deja expresa constancia que la cuenta Judicial de los presentes se encuentra en el Banco Municipal Suc 80, Nº 52199938. Rosario, 23 de Nov. 2022. Téngase presente lo manifestado. Como lo solicita., déjese sin efecto la publicación de edictos en él diario El Forense. Fdo. Dra. Marianela Maulión, Secretaria.

S/C 493247 Feb. 08 Feb. 14

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