picture_as_pdf 2023-02-03

REGISTRADA BAJO EL Nº 14189


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Prorrógase en todos sus términos, por el plazo de dos (2) años, la vigencia de la Ley N° 13317 y sus modificatorias Leyes N° 13439, N° 13590, N° 13812 y N° 14028, contados a partir, de su vencimiento, a favor de la Cooperativa de Trabajó Naranpol Limitada.

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio correspondiente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de las disposiciones presentes.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTINUEVE DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.

PABLO GUSTAVO FARIAS

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

DRA. ALEJANDRA S. RODENAS

PRESIDENTA

CÁMARA DE SENADORES

LIC. GUSTAVO PUCCINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

DR. DIEGO L. MACIEL

SUBSECRETARIO

CÁMARA DE SENADORES


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 20 ENE. 2023

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.

Celia Isabel Arena

Ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos

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