picture_as_pdf 2023-02-01

CAMARA DE APELACIONES


En los autos caratulados COLEGIO DE PSICOLOGOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE c/CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR DE LA PROVINCIA DE SANTA FE s/Amparos Colectivos CUIJ N° 21-02870013-7 de trámite ante la Cámara Apelaciones Civil y Comercial (Sala IV) se han dictado las siguientes resoluciones: Nº 273 En la ciudad de Rosario, a los 12 días del mes de septiembre de 2019, se reúnen en Acuerdo los Jueces de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, Dres. Avelino José Rodil, Juan José Bentolila y Edgar José Baracat, a fin de dictar resolución en los autos caratulados: Colegio de Piscólogos de la Provincia de Santa Fe c/Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de la Provincia de Santa Fe si Amparo colectivo. Expte. 284/18. Vienen estos autos del Juzgado de P Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16 Nom. de Rosario, por los recursos interpuestos por la actora contra la sentencia Nº 2219/18 (fs. 686). Efectuado el estudio de la causa se resuelve plantear las siguientes cuestiones: 1) ¿Es nula la sentencia recurrida? 2) ¿Es justa? 3) ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar? A la primer cuestión... A la segunda cuestión ... A la tercera cuestión .... Con lo que terminó el Acuerdo y atento a los fundamentos y conclusiones del mismo, la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario RESUELVE: Rechazar los recursos interpuestos. Costas a los recurrentes (art. 17 ley 10456). Los honorarios de los profesionales que intervienen en esta instancia se regulan en el 50% de los que correspondan por la anterior instancia. El Juez Doctor Baracat, habiendo tomado conocimiento de los autos, invoca la aplicabilidad al caso de lo dispuesto por el art. 26, primera parte, ley 10.160. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 284/2018) Avelino j. Rodil Juan j. Bentolila Edgar j. Baracat (Art. 26, ley 10.160) N° 244 Rosario, 6 de octubre e 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... Por ello, la Sala IV de la cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, integrada, RESUELVE: 1) Declarar inadmisible el recurso de inconstitucionalidad deducido a fs. 759 y ss. por la actora, contra el Acuerdo N° 273, de fecha 12.09.2019, que luce a fs. 751 y ss., con costas. II) Los honorarios por los trabajos desplegados en el recurso de inconstitucionalidad se fijan en el 25% de los que corresponda regular por las tareas cumplidas en primera instancia. III) Insértese, agréguese copia y hágase saber. (AUTOS: Colegio de Psicólogos de la Provincia de Santa Fe c/Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar 2 CSJP SFe, 05.12.2016, ERCOLE, Rodolfo Luis c/ERCOLE, María Alejandra y otra -Ordinarios. Queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad, de la Provincia de Santa Fe s. Amparos colectivos, Expte. N° 284/2018, CUIJ N° 21-02870013-7). Juan j. Bentolila Edgar J. Barcat Gerardo f. Muñoz (art. 26, LOPJ).

S/C 492188 Feb. 1 Feb . 3

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La Sala III de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Rosario, compuesta por los Señores Jueces Dres. Mario E. Chaumet, Jéssica M. Cinalli y Marcelo J. Molina, hace saber que dentro de los autos caratulados CARRION NEREIDA s/Ausencia con presunción fallecimiento; CUIJ Nº 21-01447099-6 se ha dictado el siguiente Acuerdo Resolutorio: N° 102 En la ciudad de Rosario, a los 26 días del mes de Abril de 2022, se reunieron en Acuerdo los Sres. Jueces de la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Dres. Mario E. Chaumet, Jéssica M. Cinalli y Marcelo J. Molina, para dictar sentencia en los caratulados CARRION NEREIDA s/Ausencia con presunción de fallecimiento; CUIJ N° 21-014470996 ... Con lo que terminó el Acuerdo, y atento sus fundamentos y conclusiones, la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial; Resuelve: 1.-No hacer lugar a los recursos interpuestos y confirmar la resolución N° 185/20. 2.- Costas a la actora. 3.- Fijar los honorarios profesionales de alzada en el 50% de los que, en definitiva se regulen en primera instancia. Insértese y hágase saber. Fdo Dr. Jéssica M. Cinalli (Jueza) Dr. Mario E. Chaumet (Juez) — Dr. Marcelo J. Molina (juez) - Dra. Sabrina Campbell (Secretaria). Dra. Ana Paula Álvarez Barthaburu, prosecretaria.

$ 50 481795 Feb. 01

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia en lo Laboral 1ª Nominacion de Rosario, en autos caratulados LEVY FACHENA NICOLAS c/BARBERO FERN Y OTROS s/Juicio Sumarísimo - Extensión De Responsabilidad; Expte. CUIJ Nº 21-04178729-2, se hace saber que V.S. ha dispuesto notificar mediante edictos al codemandado Sr. Rodolfo Esteban Molina los decretos de fecha 29/12/2020 y 20/10/2022 obrante en los mencionados autos, los cuales rezan: Rosario, 29 de Diciembre de 2020 Por presentado, en el carácter invocado a mérito del poder acompañado. Désele la participación que por derecho le corresponde. Acéptese el domicilio constituido. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a los presentes el trámite sumarísimo (art. 413 CPCC). Por ofrecida la prueba que expresa, téngase presente. Acompañe la boleta colegial. Córrase traslado a la demandada por el término de diez días, bajo apercibimiento de dictar sentencia sin más trámite. Previo a notificar el presente, atento los términos de la procura arrimada, proceda la actora conforme art. 16 2do párr. CPL y acompañe poder con debida individualización de los distintos codemandados. Agréguese por cuerda a los autos Levy Fachena Nicolás c/Zona Alvear SRL y otros s/Cobro de Pesos; Expte. 752/2009. Se hace constar que, en caso de incomparendo, se la declarará rebelde designándose Defensor de oficio a su respecto (art. 86 y concs. CPC). Y ROSARIO, 20 de octubre de 2022 Agréguense las constancias acompañadas. Atento lo manifestado y la naturaleza de este proceso, notifíquese por edictos al codemandado Sr. Rodolfo Esteban Molina el decreto de fecha 29 de diciembre de 2020 haciéndose constar que, en caso de incomparendo, se lo declarará rebelde designándose Defensor de oficio a su respecto (art. 86 y concs. CPCC); Ambos decretos fueron firmados por la Dra. Barbara Serrat (Jueza) y el Dr. Sullivan Ricardo (Secretario).

$ 60 492237 Feb. 1 Feb. 3

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Dra. María José Campanella, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Juan Ramón Vera (D.N.I. 34.359.553) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados MEDINA JUAN DAVID-MEDINA M. s/Medida Excepcional De Derechos - 21-10859789-2 (1194/2015), que a continuación se transcribe: N° 3355. Rosario, 26 de septiembre de 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.-) Legitimar el acto administrativo de resolución definitiva de la medida de protección excepcional decidida por Disposición N° 109/2021 de fecha 03 de Agosto de 2021 de fs. 858 a 868, con respecto a los niños Máximo Damián Medina (D.N.I. N° 46.294.725), fecha de nacimiento el 30 de Noviembre de 2004; Juan David Medina (D.N.I. N° 48.320.605), fecha de nacimiento 5 de Marzo de 2008; Alexis Julián Vera (D.N.I. N° 47.137.473), fecha de nacimiento 13 de Julio de 2006 Y Uriel Vera (D.N.I. N° 53.035.568), nacido en fecha 10 de Marzo de 2013, todos hijos de la señora Elisabet Liliana Medina (D.N.I. N° 36.006.553), siendo que los niños Alexis Julián y Uriel Vera son hijos del señor Juan Ramón Vera (D.N.I. N° 34.359.553). 2.-) Otorgar al señor Manuel Horacio Medina la Guarda Judicial de Máximo Damián Medina (D.N.I. N° 46.294.725) Juan David Medina (D.N.I. N° 48.320.605), Alexis Julián Vera (D.N.I. N° 47.137.473), Y Uriel Vera (D.N.I. N° 53.035.568) de conformidad con lo establecido por el art. 104 y ccdtes. del CcyCN, quien deberá aceptar el cargo ante el Actuario en debida forma. 3.-) De conformidad con lo establecido por el art. 66 bis de la Ley 12967, Decreto Reglamentario y su modificatoria Ley N° 13237, respecto a la Tutela sugerida por la Dirección Provincial de Niñez, cítese a la progenitora señora Elisabet Liliana Medina y al señor Juan Ramón Vera, a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación, tal como lo ordena la mencionada norma. 4.-) Notifique la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y a la progenitora. 5.-) Notifíquese a la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. 7.-) Notifíquese al Defensor General. Insértese y hágase saber. Autos caratulados Medina Juan David Medina Y OTROS s/Control De Legalidad De Medidas Excepcionales Y Urgentes LEY 12.967, CUIJ N° 21-10859789-2. Fdo. Dra. Maria José Campanella, Jueza; dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria.

S/C 492105 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición de la Dra. María José Campanella, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Elisabet Liliana Medina (D.N.I. 36.006.365) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados: MEDINA JUAN DAVID-MEDINA M. s/Medida Excepcional De Derechos - 21-10859789-2 (1194/2015), que a continuación se transcribe: N° 3355. ROSARIO, 26 de septiembre de 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.-) Legitimar el acto administrativo de resolución definitiva de la medida de protección excepcional decidida por Disposición N° 109/2021 de fecha 03 de Agosto de 2021 de fs. 858 a 868, con respecto a los niños Máximo Damián Medina (D.N.I. N° 46.294.725), fecha de nacimiento el 30 de Noviembre de 2004; Juan David Medina (D.N.I. N° 48.320.605), fecha de nacimiento 5 de Marzo de 2008; Alexis Julian Vera (D.N.I. N° 47.137.473), fecha de nacimiento 13 de Julio de 2006 Y Uriel Vera (D.N.I. N° 53.035.568), nacido en fecha 10 de Marzo de 2013, todos hijos de la señora Elisabet Liliana Medina (D.N.I. N° 36.006.553), siendo que los niños Alexis Julián y Uriel Vera son hijos del señor Juan Ramón Vera (D.N.I. N° 34.359.553). 2.-) Otorgar al señor Manuel Horacio Medina La Guarda Judicial de Máximo Damián Medina (D.N.I. N° 46.294.725) Juan David Medina (D.N.I. N° 48.320.605), Alexis Julián Vera (D.N.I. N° 47.137.473), Y Uriel Vera (D.N.I. N° 53.035.568) de conformidad con lo establecido por el art. 104 y ccdtes. del CCyCN, quien deberá aceptar el cargo ante el Actuario en debida forma. 3.-) De conformidad con lo establecido por el art. 66 bis de la Ley 12967, Decreto Reglamentario y su modificatoria Ley N° 13237, respecto a la TUTELA sugerida por la Dirección Provincial de Niñez, cítese a la progenitora señora Elisabet Liliana Medina y al señor Juan Ramón Vera, a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación, tal como lo ordena la mencionada norma. 4.-) Notifique la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y a la progenitora. 5.-) Notifíquese a la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. 7.-) Notifíquese al Defensor General. Insértese y hágase saber. Autos caratulados Medina Juan David Medina Y OTROS s/Control De Legalidad De Medidas Excepcionales Y Urgentes LEY 12.967, CUIJ: N° 21-10859789-2. Fdo. Dra. Maria Jose Campanella, jueza; dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria.

S/C 492106 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2a Nominación de Rosario, Dr. Edgardo Bonomelli (Juez de Trámite), en autos caratulados: SANTOS CLAUDIA MARCELA c/VILLALBA MARION ANTONELLA Y OT s/Daños Y Perjuicios; (Expte. CUIJ 21-11886933-5), se hace saber que atento a que el demandado Villalba Marion Antonella no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. El decreto fue firmado por los Dres. Dra. Melody Kaffaman (Prosecretaria), y Dr. Edgardo Bonomelli (Juez de Tramite), debiendo notificarse el presente mediante edictos.

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Por disposición del Trib. Coleg. Resp. Extracontractual - 2da. Nominación de Rosario y en autos LUNA, EMANUEL MAXIMILIANO Y OTROS c/CORIZZO, RICARDO ARIEL s/Daños y Perjuicios. CUIJ 21-11884230-5 se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 23 de Noviembre de 2022. Venidos en la fecha se provee: Téngase presente lo manifestado. Previo a todo trámite, ofíciese al Registro de Procesos Sucesorios del lugar del último domicilio del demandado, a los fines de que informe si se ha iniciado declaratoria de herederos y/o sucesión respecto del mismo. Fecho, cítese a los herederos de Corizzo por el término de tres días a comparecer a estar a derecho en los presentes, bajo apercibimientos de rebeldía y por medio de edictos a publicarse en el diario “BOLETIN OFICIAL” y en el Hall Central del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario. Acompañe la correspondiente partida de defunción en original o copia debidamente certificada. Firmado: Dr. Edgardo Bonomelli (Juez), Dr. Christian Bitetti (Secretaria).

$ 35 492134 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 6ta Nominación de Rosario, dr. Ignacio Aguirre dentro de los autos caratulados: LOPEZ RAMON ALBERTO c/AREVALO FABIAN ANTONIO Y OTROS s/Daños, con CUIJ 21-00198933-9, se ha dispuesto notificar por Edictos la audiencia para Designar Defensor, con el siguiente decreto: Rosario, 06 de Diciembre de 2022 Desígnese fecha de realización de audiencia para Designar Defensor en los términos del art. 597 del CPC para el día 16 de Febrero del 2023 a las 9.00 horas. Notifíquese Por Cédula Y Por Edictos. Firmado: Dr. Ignacio Aguirre (juez) y Dra. Valeria Bartolome (Prosecretaria).

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Por disposición de la Dra. Mariana s. Varela, Jueza de trámite, del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Primera Nominación de Rosario, se cita y emplaza a las demandadas, Sra. Lorena Fernanda Udi (DNI 24.815.670) y Sra. Josefa Cristina Echagüe (DNI 5.154.715), para que comparezcan a estar a derecho en los autos: Escobar, Juan Jose c/Udi, Lorena y OtroS s/Daños y Perjuicios; Expte. CUIJ 21-11882058-1, dentro del término de veinte días y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. A continuación se transcriben los decretos que se ordenan: ROSARIO, 22 de Marzo de 2021. Por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a LORENA UDI y la citada en garantía BERKLEY SEGUROS para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nº 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al Hospital Roque Sáenz Peña, al Instituto Médico Axis, al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: a) el original de la demanda o escrito ratificatorio de la misma; b) originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial c) sobres con la documental original de la oportunamente ofrecida. En caso de haberse ofrecido documental fundante, pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 hs. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilio allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Mariana Varela. Fdo.: Dra. María Florencia Netri, Secretaria subrogante - Dra. Mariana Varela, jueza.

Otro: Rosario, 17 de Junio de 2021 Venidos los autos en el día de la fecha, se agregan escritos cargo Nº 12993/2021, 13225/2021 y 14816/2021. Al escrito cargo Nº 12993/2021 se provee: atento lo solicitado, amplíese el proveído de fecha 22 de marzo de 2021 teniendo por iniciada la demanda contra JOSEFA ECHAGÜE. Emplácese para que comparezca a estar a derecho y a contestar demanda, dentro del término de veinte días, bajo apercibimientos del art. 551 del CPCC, con entrega de copias. Procédase a la modificación del registro informático, agregándose como demandado a Josefa Echagüe. Notifíquese Por Cédula Conjuntamente Con Decreto De Fecha 22 de marzo de 2021. Al escrito cargo nro. 13225/2021: agréguese la boleta inicial que en copia acompaña. Habiéndose cumplimentado lo ordenado en fecha 11 de mayo de 2021, se provee escrito cargo Nº 11917/2021: por presentado, con domicilio constituido y en el carácter acreditado con copia de poder general que se agrega. Désele la participación legal correspondiente. Por contestada demanda y ofrecida prueba, si en tiempo y forma estuviere. Por acatada citación en garantía. Del pedido de aplicación del artículo 730 del Código Civil y Comercial de la Nación y de la reserva formulada: téngase presente y hágase saber. Se hace saber al presentante que al momento de celebrarse audiencia de vista de causa en las presentes actuaciones deberá acompañar copia certificada de poder general -o, en su defecto, exhibir por ante el actuario el poder general en original a los fines de la certificación del acompañado en autos-. Al escrito cargo Nº 14816/2021 se provee: estése a lo anteriormente decretado. Fdo.: Dra. Eliana c. Gutiérrez white - Dra. Mariana varela. Otro: Rosario, 03 de Noviembre de 2022. (...). A lo solicitado: atento domicilio informado de las demandadas Lorena Fernanda Udi y Josefa Cristina Echa güe por la Cámara Nacional Electoral en informe que en copia se agrega, domicilio oportunamente informado en relación a las referidas demandadas por el RENAPER mediante escrito cargo Nº 9254/2022 (fs. 62 a 64), lo informado por Oficial Notificador en cédulas sin diligenciar que en copia se acompañaron mediante escrito cargo Nº 15115/2022 (fs. 66 a 70) y lo informado por Oficial de Justicia en mandamiento obrante en autos a fs. 81 a 103 (escrito cargo Nº 23478/2022), notifíquese a las demandadas Lorena Fernanda udi (DNI 24.815.670) y Josefa Cristina Echagüe (DNI 5.154.715) mediante Edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P. B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber a las demandadas que se las cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberá transcribirse en el mismo decreto de fecha 22 de marzo de 2021, decreto de fecha 17 de junio de 2021 y el presente proveído. Fdo.: dra. Eliana C. Gutiérrez White, secretaria - Dra. Mariana S. Varela, jueza.

S/C 492186 Feb . 1 Feb. 3

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Responsabilidad Extracontractual de la 6ta. Nominación de Rosario, Dr. Ignacio V. Aguirre, Secretaría de la Dra. Valeria Bartolóme. dentro de los autos caratulados: PASCUA ALEJANDRO RUBEN Y OTRO c/LOPEZ MONTAÑA FERNANDO s/Daños y Perjuicios; Expte. Nº 21-11877023-1, se ha dispuesto citar y emplazar a Lopez Montaña Fernando, para que dentro del término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía, comparezca a estar a derecho. A continuación de transcribe el decreto pertinente: Rosario 29 de septiembre de 2022- atento que el demandado LOPEZ MONTAÑA FERNANDO, no compareció a estar a derecho ni contesto la demanda, pese a encontrarse debidamente notificado según publicación de edictos acompañada, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley declarárselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese por edictos Fdo. Dra. Valeria Bartolomé, prosecretaria. Dr. Ignacio V. Aguirre Juez.

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Por disposición del Trib. Coleg. Resp. Extracontractual - 2da. Nominación de Rosario y en autos LOPEZ, VALERIA FERNANDA C/INOSTROZJORGE HENRY Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; CUIJ Nº 21-11879011-9, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 20 de Octubre de 2022. Venidos en la fecha se provee: Por contestado traslado si en tiempo y forma estuviere, téngase presente. Atento lo solicitado y constancias en autos, cítese al codemandado García Nestor Hugo a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el Boletín Oficial por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Firmado: Dr. Edgardo Bonomelli (Juez), Dr. Christiari Bitetti (Secretaria).

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Por disposición de la Señora Jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual - 2da. Nom. de Rosario, Dra. Entrocasi, secretaria de la autorizante, dentro de los autos caratulados: BUREQUIS LUCAS c/GREGORIS CANDELA Y OTS s/Daños y Perjuicios, Expte. Nº 21.11878301.5, se dispuso: Atento que el demandado AUTINO MONICA EDIT - DNI 21.814.834 no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, declárese rebelde, Notifíquese por edictos. Rosario, 03/11/2022.

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Por disposición del sr. Juez el Juzgado de Responsabilidad Extracontractual de la 2da. Nominación de Rosario, Dra. Entrocasi, Secretaria de la Dra. Ibáñez, dentro de los autos caratulados: DORNES, JONATAN DANIEL Y OTROS c/PROPEZZI, JAVIER ALEJANDRO s/Daños y Perjuicios; 21-11877337-7, se ha dispuesto citar y emplazar a Javier Alejandro Propezzi, D.N.I. N° 27.750.336, para que dentro del termino de ley y bajo apercibimientos de rebeldía, comparezca a estar a derecho. A continuación de transcribe el decreto pertinente: TRIB. COLEG. RESP. EXTRACONTRACTUAL- 2DA. NOM. ROSARIO, ROSARIO, 09 de Agosto de 2022. Atento lo solicitado citase por edictos al Sr, Javier Alejandro Propezzi para que comparezca a estar a derecho, por sí o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley, publicándose los mismos en el diario “BOLETÍN OFICIAL” y en el Hall Central del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario. Entrocasi, Dra. Mayra Ibáñez Dra. Jorgelina Entrocasi Dado, sellado y firmado a los de de 2022.

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Sexta Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: DANTUR MARIA DE LOS ANGELES Y OTROS c/VINEIS, CIVITILLO RAUL SERAFIN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS; (CUIJ 21-00199601-8), se ha dispuesto notificar por Edicto lo siguiente: Rosario, 18 de Marzo de 2020. Atento que el demandado Raúl Serafin Civitillo, no compareció a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificado conforme surge de la publicación de edictos cuya copia se acompaña y agrega, y correspondiendo hacer efectivos lOS apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese con cédula y por edictos; Secretaria de la Dra. Ma. Guadalupe Gordillo y Juez de Tramite el Dr. Ignacio Aguirre.

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Por disposición de la Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la 3ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Silvina García (Jueza de trámite) en los autos caratulados: MONZON, CARMEN c/DUARTE, RAMON CLEMENTE s/Divorcio; 21-11384052-5, Tribunal Colegiado de Familia de la 3ª Nom., se ha ordenado lo siguiente: N° 4469. Rosario, de Diciembre de 2022. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1.-) Declarar el divorcio de los cónyuges Ramón Clemente Duarte (DNI N° 24.576.543) y Carmen Monzón (DNI N° 16.690.772). 2.-) Declarar disuelto el régimen de ganancias al 29 de Septiembre del 2022. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Analía D. Perrilli, Secretaria) - Dra. Silvina I. García (Jueza). El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil N° 3.- Secretaria, Rosario, de 2022.

S/C 492342 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición de la Dra. Silvina I. García, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Alejandra Milka Ayala (D.N.I. 39.750.973) la sentencia dictada dentro de los autos caratulados: AYALA, MARIA ESTHER Y OTROS s/Control De Legalidad De Medidas Excepcionales Y Urgentes Ley 12.967 - 21-11378866-3, que a continuación se transcribe: N° 4708. Rosario, 26 de Diciembre de 2022. VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Ratificar la resolución definitiva de la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción respecto de la niña Maria Esther Romero, D.N.I. N° 59.503.243, hija del señor Gabriel Antonio Romero, D.N.I. N° 16.985.254 Fallecido, y de la señora Alejandra Milka Ayala (D.N.I. N° 39.750.973), en cuanto sugiere la declaración en situación de adoptabilidad de la misma y la consecuente privación de responsabilidad parental de la señora Alejandra Milka Ayala (artículo 607 inc e. y 700 del CCCN) según surge de la Disposición N° 156/22 de 15 de Septiembre de 2022; 2) citar a la señora Alejandra Milka Ayala a fin de que se expida sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (artículo 66 BIS tercer párrafo de la ley 12.967); 4) Notifíquese al Defensor General a los fines legales correspondientes; 5) Notifíquese a la Dirección Provincial de Promociones de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia; 6) Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. García, jueza; Dra. Ríos Artacho, Secretaria.

S/C 492409 Feb. 1 Feb. 3

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, dentro del expediente HURTADO, EVA JULIA s/Supresión de apellido; CUIJ Nº 21-02955241-7, llama para que comparezcan dentro del plazo de 15 días hábiles quienes deseen formular oposición al cambio del apellido paterno (Hurtado) y sustitución por el apellido materno (Duran) respecto de la llamada Eva Julia Hurtado, D.N.I. Nº 39.951.479, para que la misma sea identificada como Eva Julia Duran, todo ello conforme a lo ordenado en autos mediante decreto que a continuación se transcribe: Rosario, 13 de abril de 2022. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, por derecho propio con patrocinio letrado, acuérdasele participación de ley. Agréguese la documental acompañada. Por iniciada la presente demanda de supresión de apellido paterno. Atento lo peticionado y conforme lo normado por el art. 70 del CCCN y 413 del C.P.C.C., imprímase al presente el trámite de Juicio Sumarísimo. Córrase traslado al Sr. Hurtado Fernando José, por el término y bajo apercibimientos de ley. A fin de recabar datos respecto de Hurtado Eva Julia: 1) Ofíciese a la Jefatura de Policía de Rosario a fin de que expida cinco fichas dactiloscópica del solicitante, y para que asimismo informe si registra antecedentes en esa repartición. Fecho acompañando una ficha dactiloscópica, ofíciese al Registro Nacional de Reincidencias y Estadística Criminal, a la Jefatura de Policía de la Provincia que correspondiere y a la Policía Federal a fin que informen a este tribunal si el peticionante registra antecedentes. 2) Ofíciese al Registro General de Propiedades de la 1ª y 2ª Circunscripción a fin de que informe embargos, inhibiciones, hipotecas y demás medidas cautelares, acompaño libre inhibición del presentante. Asimismo, al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. 3) Ofíciese al Banco Central a fin de saber si se encuentra moroso. 4) Ofíciese al Registro de Procesos Concursales. 5) Ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a fin de informar los datos que tenga de la compareciente. 6) Ofíciese a la MEU a fin de que informe si hay causas abiertas contra la peticionante. 7) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, Diario La Capital y en el Hall de Tribunales una vez por mes en el lapso de dos meses (art.70 CCCN). Si vivió antes en otra provincia, también deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial de la Nación. Ofrezca prueba testimonial, si así lo considera. Fecho, vista al Agente Fiscal y al Asesor del Registro Civil’ Fdo. Dra. Marianela Maulión- Secretaria. Dr. Mauro R. Bonato-Juez. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales, por el término de ley sin cargo.

S/C 491065 Feb. 01

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Por disposición de la jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, secretaría de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: CASTRO GONZALEZ TOMAS ENRIQUE s/Pedido De Quiebra; CUIJ 21-02961731-4, mediante Resolución Nº 1856 de fecha 23-12-2022, se ha ordenado: l) Declarando la quiebra de Tomas Enrique Castro Gonzalez DNI Nº 95.936.303, con domicilio en Córdoba 2150 Piso 3 Depto 2 de Rosario, provincia de Santa Fe. 2) Oficiando al Registro de Procesos Concursales a fin de comunicar la presente. 3) Oficiando al Registro General de la Propiedad, al Registro de la Propiedad del Automotor y/o que corresponda a los fines de anotar la inhibición general del fallido. 4) Intimando al deudor para que, dentro de las 24hs., entregue al Síndico la documentación relacionada a su actividad, y en el término de 10 días cumplimente con lo prescripto en el art. 86 1er. Párrafo LCQ. 5) Prohibiendo hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 6) Intimado al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder, a ponerlos a disposición del Síndico a designar. 7) Ordenado la intercepción de la correspondencia dirigida al deudor; entregándose la misma al Síndico y oficiándose a sus efectos a Correos Argentinos y repartición que corresponda. 8) Librando los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 LCQ. 9) Haciendo saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin previa autorización de este Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 LCQ, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. oficiándose a la Policía Federal (delegación Rosario), Dirección General de Migraciones y/o quien corresponda. 10) Desapoderar al fallido de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de esta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 106 Ss. y cc. LCQ). 11) Procediendo a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Designando como funcionario incautador al Síndico que resultare sorteado a fin de que proceda a efectuar, dentro del término de 15 días de notificado un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida- que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 LCQ. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al Síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 12) Clasificando al proceso en la categoría “B” a los fines de sorteo de Síndico a sus efectos designase la audiencia del día 8 de febrero de 2023 a las 10:00hs. Las fechas para cumplimiento de lo prescripto en el art. 88 última parte LCQ se fijarán por auto ampliatorio de la presente aceptado que fuere el cargo por el Síndico sorteado. 13) Disponiendo la comunicación de la presente al Registro Público de Comercio, al API (a los fines del art. 23 del Código Fiscal) a la DGI y a la Municipalidad de Rosario, y a quien corresponda oficiándose. 14) Ordenando la publicación de edictos conforme lo normado por el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. 15) Difiriendo el sorteo del martillero una vez presentado el Informe General (art. 39 LCQ) 16) Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. 17) Encomendando a la Sindicatura el pronto diligenciamiento de los despachos ordenados bajo responsabilidades de ley. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Susana S. Gueiler (Jueza) Dra. Patricia A. Beade (Secretaria). Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme arts. 89 y 182 LCQ. Rosario, 29 de Diciembre de 2022. Dra. Patricia A. Beade, secretaria subrogante.

S/C 492495 Feb. 1 Feb. 7

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16a. Nominación de Rosario ha ordenado la publicación del presente edicto dentro de los autos: AMAYA, MARIA CECILIA s/Solicitud de Propia Quiebra, Expte. CUIJ N° 21-02947447-5, a los efectos de hacer saber que por Resolución N° 943, del 28/11/22, se ha fijado como fecha límite para la presentación de acreencias el día 27/02/2023 y los días 27/03/2023 y 11/05/2023 para la presentación de Informe Individual y General en autos, respectivamente. Rosario, 29 de Diciembre de 2022. Dra. María Sol Sedita, Secretaria.

S/C 492469 Feb. 1 Feb. 7

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Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos FRANCO, MARIO NICOLAS s/Solicitud Propia Quiebra, Expte. N° 400/2022, CUIJ 21-02957783-5, se ha dictado la Resolución N° 1646 de fecha 12 de Diciembre de 2022 que ha ordenado lo siguiente: 1) Declarar la quiebra de Mario Nicolás Franco, D.N.I. N° 6.020.254, con domicilio real en calle Zeballos N° 2658 de la ciudad de Rosario y con domicilio legal en calle Zeballos N° 1898, de la ciudad de Rosario; y que se ha dictado Resolución N° 1749 de fecha 28 de Diciembre de 2022 que ha ordenado lo siguiente: 1) Fijar el día 21 de Marzo de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación a la Síndico Cesar German Zanassi con domicilio en calle Almafuerte N° 765, de la ciudad de Rosario, todos los días hábiles judiciales en el horario de 12:00 a 18:00 hs.; 2) Fijar el día 8 de Mayo de 2023 para la presentación por la Sindicatura del informe individual sobre los créditos, con las exigencias determinadas en el art. 35 2do. párr. L.C.Q.; 3) Fijar el día 21 de junio de 2023 para la presentación del informe general por la Sindicatura. 4) Ordenar publicar edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Marcelo C. M. Quaglia Juez en suplencia; María Amalia Lantermo Secretaria.

S/C 492439 Feb. 1 Feb. 7

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Por disposición del Juzgado de 1era. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, en los autos GALVEZ, MARIANA ALEJANDRA s/Propia Quiebra - 21-02955842-3, se ha dispuesto por Auto N° 1284 del 21/12/2022: Y VISTOS Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Fijar el día Martes 21 de Febrero de 2023 para la presentación del Informe General (cf. Arts. 35, 39 y 200 L.C.Q.); 2) Publíquese edictos en el BOLETÍN OFICIAL; 3) Notifíquese por cédula digital a la síndica; 5) Insértese y hágase saber. GALVEZ, Mariana Alejandra s/Propia Quiebra; CUIJ 21-02955842-3; Dra. Agustina Filippini, Secretaria.

S/C 492211 Feb. 1 Feb. 7

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la 5° Nominación, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello, Secretaría de la Dra. Silvina Rubulotta, dentro de los autos caratulados: TABORDA, SILVIA LORENA s/Solicitud Propia Quiebra, CUIJ 21-02959395-4, por auto N° 1082 de fecha 28/10/22 se ha Resuelto 1°) Fijar el día 01/02/23 como fecha tope para que los acreedores presenten los pedidos de verificación ante la sindicatura, debiendo acompañar los títulos justificativos de los mismos en los términos del artículo 200 de la LCQ. 2.1) Fijar el día 17/03/23 como término para que la sindicatura presente el informe individual; y el día 14/04/23 como fecha límite para la presentación del informe general. La sindicatura se encuentra a cargo de Nardoni, Fabiana María Sol, con domicilio en Suipacha 1243, de Rosario, horario de atención: de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 y de 17:00 a 19:00 hs. Lo que se publica por 5 días a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria.

S/C 492307 Feb. 1 Feb. 7

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Se hace saber que en los autos caratulados: SERPORT SRL s/CONCURSO PREVENTIVO; CUIJ 21-01561281-6 - Nº Expediente: 548/2012 que tramitan ante el Juzgado de 1ra. Inst. Civil y Comercial l4ta. Nom. de Rosario a cargo del Dr. Marcelo C.M. Quaglia, Secretaría única, Prosecretaria Valeria Beltrame, por Auto N° 1352 de fecha 21/12/2022 se resolvió: 1) Disponer la finalización del concurso preventivo por cumplimiento total del acuerdo homologado, con los efectos previstos en la Ley Concursal, debiendo cesar respecto del concursado los limitaciones previstas en los arts. 15 y 16 LCQ; 2) Tener por concluida la intervención del síndico actuante. 3) Ordenar la publicación de la resolución por edictos (art. 59 LCQ). 4) Comunicar al Registro de Procesos Universales y al RPC la conclusión del concurso, oficiándose a tales fines. 5) Regular los honorarios de la Sindicatura Trentini-Morin-Arditti en la suma de $ 7295,32. 6) Verificados que fueren el cumplimiento de los recaudos de ley, levántese la inhibición trabada en autos. Dra. Valeria Beltrame, prosecretaria.

$ 40 492236 Feb. 1

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Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 6 de Rosario y en autos BONEL, EDUARDO ANGEL s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra 21-02942723-9, se hace saber que se dicto lo siguiente: N° 1449 Rosario 16/12/2022: RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Eduardo Angel Bonel, DNI 28.524.157, con domicilio real en calle Bolivia 1764 de la ciudad de Rosario. 2) Calificar la presente causa como pequeña quiebra (artículo 288 de la LCQ). 3) Hacer saber que el Síndico liquidador será el mismo funcionario designado en el proceso concursa¡ preventivo, CP María Silvina Munuce. 4) Disponer el desapoderamiento de pleno derecho de los bienes del fallido existentes a la fecha y de los que adquiera hasta su rehabilitación, impidiéndosele el ejercicio de los derechos de disposición y administración (artículo 107 Ley 24.522). 5) Disponer que se comunique la presente sentencia al Registro de Procesos Universales, al Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe, al Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, y demás que correspondan, oficiándose a sus efectos. 6) Ordenar se anote la inhibición general de bienes del fallido, a cuyo fin se librarán los respectivos despachos al Registro General de Propiedades, al Registro Prendario y al Registro de la Propiedad Automotor. Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 7) Prohibir la realización de pagos al fallido, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. 8) Intimar al fallido y a los terceros que detenten bienes y documentos del primero, para que los pongan a disposición de la sindicatura. 9) Disponer se intercepte la correspondencia dirigida al fallido, y su posterior entrega a la Sindicatura, oficiándose a tales fines, haciéndole saber a la sindicatura que deberá cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 de la LCQ. 10) Hacer saber al fallido que sólo podrá salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la Ley 24.522, ordenando se efectúen las comunicaciones necesarias a los fines del cumplimiento de la citada disposición legal. 11) Proceder a la incautación de los bienes y papeles del fallido poniéndose en posesión de los mismos a la sindicatura, librándose los despachos pertinentes. 12) Ordenando la publicación de edictos prevista por el artículo 89 de la LCQ, en el Boletín Oficial. 13) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra el fallido, a los fines dispuestos por el artículo 132 de la Ley 24.522, librándose los despachos pertinentes a los juzgados en lo Civil y Comercial de Distrito, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual, y de Familia, a efectos de hacerles saber de la presente, y requerirles que informen si el fallido es actor o demandado en algún juicio tramitado por ante su dependencia, los datos del expediente, su ubicación actual y, de corresponder, se ordene la remisión a este juzgado. 14) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en Oficina y ordenar que todas las notificaciones por cédula se deberán realizar a través de Oficial Notificador, Juez Comunitario de Pequeñas Causas o por el procedimiento previsto en la Ley 22.172, según corresponda, pues por razones de transparencia, eficacia, idoneidad y seguridad, no se autorizará en ningún caso la notificación postal contemplada en el art. 66 del CPCCSF. 15) Notificar a la A.P.I. (a los fines del art. 29 del Código Fiscal), a la AFIP-DGI, a la Municipalidad del domicilio del fallido y demás reparticiones que fuere menester, de la presente resolución. 16) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo del fallido, a través del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. 17) Hacer saber al síndico que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución (AFIP-DGI, API, Municipalidad del domicilio del fallido, Registro Público de Comercio, Registro de Procesos Universales, Policía Federal, Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería Nacional, Prefectura, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Correo Oficial de la República Argentina, Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor, y Banco Central de la República Argentina) deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones para la fecha de presentación de los informes individuales, bajo apercibimientos de ley. 18) Librar mandamiento al Oficial de Justicia correspondiente para que conjuntamente con la sindicatura, realice un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la LCQ. 19) Disponer se proceda por Secretaría a la corrección de la carátula en la forma pertinente. Insértese y hágase saber. Dra. Sabrina Rocci, secretaria, Dr. Fernando Mecoli, juez.

S/C 492191 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civ y comercial 1 de Rosario y en autos HSBC BANK ARGENTINA SA c/PISANELLI MARIANO LUJAN s/Juicio Ejecutivo 21-02901756-2, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 05/12/2022: no habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Fdo. Dr. Audano, Dr. Bellizia. Sabrina Nercedes Rocci, secretaria (s).

$ 35 492122 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la Segunda Nominación de Rosario, en autos BANCO CREDICOOP C.L. c/GALVAN JESUS ISMAEL Y OTROS s/Juicio Ejecutivo; CUIJ 21-13910726-5, se hace saber a los Sres. Jesús Ismael Galván y Olga Edith Díaz, que se ha dictado el siguiente decreto Rosario, 27 de junio de 2022. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Firmado: Dr. Luciano A. Ballarini, Juez; Dra. María Elvira Longhi, Secretaria. Rosario, 19 de Agosto de 2022.

$ 40 492107 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 5 de Rosario y en autos CONTRERA, FELIZ URBANO Y OTROS c/LAUBHAN HILARIO EDMUNDO Y OTROS s/Juicios Ordinarios 21-01204174-5, se hace saber que se dicto lo siguiente: Nº 790 Rosario 31/08/2022: RESUELVO: 1. Tener presente el allanamiento de los codemandados Oliva Zárate y Hugo Alberto Gómez Fernández, costas en el orden causado. 2. Hacer lugar a la pretensión subrogatoria instaurada por los sres. Feliz Urbano Contrera y Cristina de Jesús Figueroa y, en consecuencia, condenar a los codemandados Bruno Dalmiro Gómez, Oliva Zarate y Hugo Alberto Gómez Fernández a concluir los trámites pertinentes del sucesorio de la sra. Isabel Saturnina Fernández y elevar a escritura pública el boleto de compraventa ut-supra mencionado a favor de los sres. Hilario Edmundo Laubhan y Teresa Etelvina Coronel, si ello fuera registralmente posible, en el término de treinta días contados desde que la presente quede firme y bajo apercibimiento de hacerlo por intermedio del Tribunal, a su nombre y cargo. Costas a cargo del codemandado Bruno Dalmiro Gómez (art. 251 CPC), sin perjuicio de lo precisado en el considerando VII sobre los honorarios de defensor de oficio. III. Acoger la pretensión de cumplimiento contractual y, en consecuencia, condenar a los codemandados de los sres. Hilario Edmundo Laubhan y Teresa Etelvina Coronel a elevar a escritura pública el boleto de compraventa ut-supra mencionado a su favor, si ello fuera registralmente posible, en el término de sesenta días contados desde que la presente quede firme y bajo apercibimiento de hacerlo por intermedio del Tribunal, a su nombre y cargo. Costas a los codemandados Laubhan y Coronel (art. 251 CPC), sin perjuicio de lo precisado en el considerando VII sobre los honorarios de defensor de oficio. IV. Honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. (autos: Contrera, Feliz Urbano y otros c/Laubhan Hilario Edmundo y otros s/juicios ordinarios, Expte. N° 21-01204174-5). Dra. Silvina L. Rubulotta; Dra. Lucrecia Mantello. Sabrina Mercedes Tocci, secretaria (S).

$ 40 492115 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 1 de Rosario y en autos FERREYRA MARCELO ANIBAL c/GODOY VICTOR MANUEL s/Demanda Ejecutiva; 21-02938285-6, se hace saber que se dicto lo siguiente: Nº 934 Rosario 29/11/2022: RESUELVO: Regular los honorarios correspondientes del Dr. Brian Wheeler en la suma de 80.164,89 equivalente a 5,55 Jus, (art. 7 inc. 2 b Ley 6767). Los estipendios se actualizarán de acuerdo con lo dispuesto el art. 32 ley 6767 (ley 12.851) y deberán ser abonados dentro del plazo de cinco (5) días de haber quedado firmes al valor actualizado a la fecha de pago. La conversión de la cantidad de unidades jus a pesos o moneda de curso legal deberá efectuarse conforme el valor vigente a la fecha en que la presente regulación adquiera firmeza (arg. Conf. CSJSF. 0108-2017, Municipalidad Santa Fe c. Bergagna, Edgardo s. Apremio Fiscal s. Recurso de inconstitucionalidad). En caso no verificarse el mismo del plazo fijado a los emolumentos les aplicará un interés moratorio equivalente a la tasa activa capitalizada del Nuevo Banco Santa Fe SA para las operaciones de descuento de documentos (arg- conf. CSFSF, 18/12/2018. Pereyra. Mario Simón c/de Rafaela -Recurso Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción s/incidente de Apremio por Honorarios (Regulación de Honorarios); la fecha de la mora y hasta su efectivo pago. Vista a la Caja Forense. Notifíquese. Insértese y hágase saber. Dr. Arturo Audano. Dr. Fabián Bellizia. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S).

$ 40 492118 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Juzgado de Distrito Nº 3 de Rosario dentro de los autos caratulados: LOPEZ, SILVIA MARIA s/Sanguineti, Francisco Santiago s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-02907909-6, Secretaria de la autorizante, se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: Rosario, 8 de Diciembre de 2022. Tomo 142 Folio 381. Nº 688. Nº Y VISTOS: Estos autos caratulados LOPEZ, SILVIA MARIA c/SANGUINETTI, FRANCISCO SANTIAGO s/Prescripción Adquisitiva, Expte. N° 21-02907909-6, de los que resulta: FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda interpuesta y, en consecuencia, declarar adquirido por usucapión a favor de la Sra. López Silvia Maria, DNI N° 14.440.712, en fecha 10 de diciembre de 2005 el inmueble descripto como: un lote de terreno sito en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, que está ubicado en los suburbios al Oeste de esta ciudad, en calle Florida, a los 57,566 mts. De calle Junín hacia el Sud, compuesto de 18,283 mts de frente al Oeste por 42 mts de fondo. Linda la Oeste con calle Florida, al Este con fondos del lote 7, al Sud con Rosa Sanguinetti de Sanguinetti y al Norte con el lote 2, inscripto en el Registro General al Tomo 130 Folio 940 Nº 58942; 2) Imponer las costas a la demandada vencida, sin perjuicio de lo establecido en el considerando 5to; 3) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto acompañen constancia actualizada de su situación ante A.F.I.P y se acredite la cuantía del pleito. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Federico Lema (Secretario); Dr. Ezequiel Zabale (Juez).

$ 40 492299 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 12 de Rosario y en autos ZARTI JUANA Y OTROS c/MUTUAL ASOCIACION Y AD. UNION Y PROGR. s/Juicio Ordinario; 21-01471698-7 se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 09 de mayo de 2022: previamente complete representación de los codemandados fallecidos Bisutti, Monti Y Taboada atento a no haber comparecido heredero alguno. Decláreselos rebeldes notificando el presente por edictos. Fecho, de no comparecer heredero alguno se le hará saber a la Defensora de Oficio sorteada para que asuma su representación. Asimismo, aclare la parte actora el carácter por el cual comparecen los SRES. SAYAGO Y HOFFER. Notifíquese la apertura de la causa a prueba a la Defensora por la representación que ejerce por la mutual. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (s).

$ 40 492119 Feb. 1 Feb.3

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Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 10 de Rosario y en autos CARNERO, MERCEDES CLEMENTINA c/CANALES, ANTONIO s/Prescripción Adquisitiva; 21-02895671-9, se hace saber que se dicto lo siguiente: Nº 679 Rosario 5/07/2022: RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda interpuesta y, en consecuencia, declarar operada la prescripción adquisitiva a favor de la actora Mercedes Clementina Carnero respecto del inmueble deslindado en la presente, que se describe como ubicado en calle Juez Zuviría 456 de la ciudad de Rosario, inscripto en el Registro General al Tomo 413 B, Folio 208, Nº 116053 en fecha 2 de abril de 1980, partida inmobiliaria Nº 16-03-16-299058/0107 señalado como lote 1 A 4 de la manzana 762 según plano Nº 105959 del año 1980 confeccionado por el agrimensor Juan Carlos López, ubicado en la calle Juez J. M. Zuviría a los 31,15m de calle Gral. J. J. de Urquiza en dirección al norte y a los 40,79m de calle Tucumán en dirección al sur. Mide 8,35m de frente al este por donde linda con calle Juez J.M. Zuviría; el lado norte mide 20,00m y linda con Oldani Carlos Daniel; el lado oeste mide 8,35m y linda con Carnero Mercedes C y el lado sur mide 20,00m y linda con lote pasillo, con todos sus ángulos de 90° 00° 00°, encerrando una superficie de 167,00m2, desde fecha 1 de enero de 2008, fijando tal día como fecha en la cual se ha cumplido el plazo de prescripción y, por lo tanto, se produjo la adquisición del derecho real respectivo a favor de quien, previo cumplimiento de los recaudos de ley, se le otorgará el título definitivo; 2) Costas a la actora; 3) Acreditado que fuere la situación fiscal de los profesionales intervinientes se regularán honorarios; 4) Notifíquese la presente por edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL en la forma prescripta por el art. 67 del C.P.C.C. modificado por ley Pcial 11.287. Insértese, agréguese copia y hágase saber. (Autos: CARNERO, MERCEDES CLEMENTINA c/CANALES, ANTONIO s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-02895671-9). Dra. Marianela Maulión; Dr. Mauro R. Bonato.

$ 40 492262 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 13 de Rosario y en autos OLIVER OSVALDO ROSENDO c/OLIVER ROSENDO Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva; 21-02884996-3, se hace saber que se dicto lo siguiente: en la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF ACTA N° 14 de fecha 13/05/20 punto XV), se provee: líbrense los despachos acompañados como lo solicita. Hágase saber que el emplazamiento por edictos ordenado en fecha 05 de agosto de 2021 se encuentra dirigido a los herederos de Rosendo José Oliver siendo el Dr. Zisele defensor de oficio del difunto, a quien, en su caso, podra extendérsele el rol de representante de los herederos rebeldes conforme art. 597 del CPCC. Firmado Dr. Menossi Dra. Gotlieb. Sabrina Mercedes Bocci, secretaria (S).

$ 35 492121 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 16 de Rosario y en autos VILLARROEL MARIA LIDIA c/MAGURNO MARIA ESTELA s/Prescripción Adquisitiva; 21-02883692-6 se hace saber que se dicto lo siguiente: N° 927 Rosario 17/11/2022: Fallo: 1) haciendo lugar a la demanda interpuesta y, en consecuencia, declarando operada la prescripción adquisitiva por imperio de lo normado en los arts. 4015, 4016 y cc del Código Civil (ley 340) a favor de Maria Lidia Villarroel, respecto del inmueble descripto en los considerandos. 2) declarando que la adquisición del derecho real se produjo en el mes de marzo de 1980 (Ley 26994). firme que quede la presente, ofíciese al Registro General de la Propiedad a fin de que proceda a inscribir el dominio a favor de la actora si ello fuera material y registralmente posible. 3) imponer las costas en la forma indicada en los considerandos. Honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Firmado Dra. Sedita Dr. Quiroga. Sabrina Mercedes Bocci, secretaria (S).

$ 35 492120 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14 Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo C. M. Quaglia juez y de la Dra. Valeria Beltrame prosecretaria, dentro de los autos VILLACRECES HERNAN RICARDO c/VEGA, JUAN FRANCISCO - SUCESORES - Y OTROS s/prescripción adquisitiva CUIJ 21-01562755-4, atento el fallecimiento denunciado del Sr. Juan Francisco Vega, cítese por edictos a sus herederos a tenor del art. 597 CPPCSF. Para que comparezcan dentro de los autos mencionado up supra. Rosario 09/09/2022. Dra. Valeria Beltrame, prosecretaria.

$ 35 492133 Feb. 1 Feb. 3

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EL Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 3º Nominación de Rosario, en la causa: Banco Municipal de Rosario c/RODRÍGUEZ, Santiago Mario s/Demanda Ordinaria, Expte. N° 691/2019, se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario. 26/09/2022. Estando debidamente notificado y no habiendo el demandado comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edicto. (Expte. Nº 691/2019). Fdo.: Dr. Zabale (Juez) - Dr. Lema (Secretario). Rosario, 20 de Octubre de 2022. Fdo. Dr. Federico Lema (Secretario Subrogante).

$ 40 492213 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 3 de Rosario y en autos FERRARI, CARLOS ALBERTO y FERRARI RAUL MANUEL c/LANZA Y PEDEMONTE, MARIA MERCEDES Y OTROS s/prescripción adquisitiva; 21-02891349-1, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 05/12/2022: Atento lo informado por el RENAPER, lo solicitado y a efectos de evitar futuras nulidades, amplíese el proveído del 16/09/2021: Emplácese a los Sres. María Mercedes Lanza y Pedemonte, Rosa Ángeles Lanza y Pedemonte y Bernardo Festice y/o sus sucesores y/o legatarios y/o quienes detenten la propiedad y/o a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble sito en Arengreen 5832 de la ciudad de Rosario, lote “A” y “B” de acuerdo al plano N° 221.921 del año 2019, inscripto al Tomo 22213 Folio 1029 Número 91595 del Registro de la Propiedad de Rosario, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimiento de ley. Notifíquese por edictos. Secretaría: Juez: Dr. Federico Lema; Dr. Ezequiel M. Zabale. Sabrina Mercedes Bocci, secretaria (S).

$ 40 492116 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del juzgado de circuito 4 de Rosario y en autos ZONTA ANGEL ALBERTO -SUS SUCESORAS- c/QUEVEDO GREGORIO MERCEDES s/Prescripción Adquisitiva; 21-02936217-0, en el cual se pretende la usucapión del inmueble sito en calle Ombú 2755 bis de la ciudad de Rosario, cuya descripción reza: un lote de terreno, situado en los suburbios al Sud de este Municipio, en el Barrio denominado Chacras y Quintas de El Saladillo, en la calle Ombú y la Avenida Cereseto y la calle Corralito, ubicado a los 42 metros 50 cm, de la Avenida Cereseto hacia el Este, compuesto de Ocho metros 50 cm. de frente al Norte, por Cuarenta metros 46 cm. de fondo: lindando al Norte, con la calle Ombú; al Oeste, con más terreno del vendedor; al Este, Con terrenos de Bordabehere Hnos; y al Sud, con el lote 2-; inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 119, Folio 35. Nº 737, año 1940; se hace saber que en el mismo, se dictó lo siguiente Rosario 18 de agosto de 2021: puestos los autos a despacho el día de la fecha, agréguese el escrita suelto cargo Nº 8631/2021: al escrito cargo Nº 8516/2021 (foja 49 vta) agréguese el sellado acompañado, Resérvese en Secretaría los sobres acompañados. Al escrito cargo N 8631/2021 (foja 51). Agréguese el sellado acompañado. Por iniciada formal demanda de Usucapión a la que se le imprime el trámite previsto para el juicio sumario (art. 540 y 408 del CPCCSF). Previamente: atento a que el domicilio del inmueble objeto de la presente acción denunciado en el escrito de demanda difiere del obrante en las constancias de autos: aclárese. Ofíciese al Registro General de Propiedades a fin de que informe actualizadamente a nombre de quien se encuentra inscripto el dominio del inmueble a usucapir adjuntando extracto de dominio o fotocopia de la matricula respectiva. Fecho: 1) Ofíciese al Registro Nacional de las Personas a los fines que informe el último domicilio, supervivencia o vigencia y demás datos personales con los que cuenta el demandado. 2) Ofíciese a la Dirección General de Catastro Provincial (API) a fin de que informe los datos catastrales del inmueble a usucapir. 3) Ofíciese a la Municipalidad de Rosario, al Superior Gobierno de Santa Fe, a la Fiscalía de Estado y a la Administración de Bienes del Estado (ex ONABE) a fin de que hagan saber a este tribunal si existe interés fiscal sobre el inmueble, 4) Ofíciese a la Municipalidad de Rosario para que informen los datos de empadronamiento, número de cuenta, ubicación (calle y número del inmueble), 5) libre mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que se constituya en el inmueble objeto de la presente y Constate el estado de ocupación del mismo. En caso de que el mismo se halle ocupado, intímese a los atendientes, inquilinos y/o terceros ocupantes a que justifiquen su ocupación mediante presentación en autos de los títulos correspondientes y en el término de 10 días, 6) Acompañe plano y Acta de mensura con citación de linderos, o en su caso ofíciese a la API a los efectos de que remita las copias respectivas. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Paula M. — secretaria.

$ 60 492125 Feb. 1 Feb. 3

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La Sra. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 2º Nominación de Rosario, en la causa: Banco Municipal de Rosario c/Borraz Alejandro Emanuel s/Demanda Ejecutiva; Expte. N° 173/2021, ha dispuesto citar y emplazar a Alejandro Emanuel Borraz DNI 31.9110.067, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días y bajo apercibimientos de rebeldía. Se transcribe el auto que lo ordena: N° 1129 Rosario. 06/09/2021 Y VISTOS: Los presentes caratulados —BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO c/BORRAZ ALEJANDRO EMANUEL s/Demanda Ejecutiva 173/2021: Y CONSIDERANDO: las constancias de autos: RESUELVO: agréguese. Proveyendo cargo N° 10479/21: Por presentado, con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 3 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al oficial Notificador que deberá intimar si el demandado vive allí y, sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese inhibición general sobre el demandado hasta cubrir la suma de $ 120,400, por todo concepto. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 173/2021). Fdo. Dra. Klebcar Juez – Dra. Godoy (Secretaria). Rosario de octubre de 2022. Fdo. Dra. Godoy Secretaria. Dra. Cecilia G. Vaquero, prosecretaria.

$ 40 492212 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 4ta. Nom. de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar al demandado Blanco, Santo Ignocente y/o a sus herederos universales para que en el término de tres días comparezcan a estar a derecho dentro de autos caratulados: ROTARY CLUB VILLA GOBERNADOR GALVEZ c/BLANCO, SANTO IGNOCENTE s/Escrituración; CUIJ 21-02900760-5, bajo apercibimientos de rebeldía. Rosario, 2022.

$ 40 492263 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Juez de Circuito Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar a estar a derecho por el termino y bajo apercibimiento de ley a los Sres. Roque Tangreda C.I. 512,687 y Angela Marchetti en Autos caratulados: CAGGIANO ANGEL Y OTROS c/TANGREDA ROQUE Y OTROS s/Otras Diligencias; CUIJ 21-02952183-9, atento decreto que se transcribe a continuación: ROSARIO, 2 de diciembre de 2022. Agréguense los edictos acompañados. A los fines de reordenar el procedimiento, se provee: atento a que de la documental acompañada mediante escrito cargo N° 14.524/22 surge que el demandado Roque Tangreda, C.I. N° 512.687 era de nacionalidad Italiana y que nació en el año 1902 -por lo que presumiblemente no se encontraría con vida al día de la fecha- cítese y emplácese a sus herederos y legatarios a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Ofíciese al Registro de Procesos Sucesorios a fin que informe si existe abierto juicio de declaratoria de herederos. A lo demás, oportunamente, si correspondiere. Notifiquese por edictos (art. 597 del CPCC), sin perjuicio de la notificación por cédula. Dra. Maria Luz Muredra. Cecilia A. Camaño Prosecretaria Jueza. Dra. Maria Luz Mure. Rosario, 20 de diciembre de 2022.

$ 40 492254 Feb. 1 Feb. 3

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En Autos Caratulados: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/BORDIGA, CARINA FABIANA s/APREMIO; CUIJ 21-02903578-1 que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario. Se ha dictado la siguiente Resolución: N° 203 ROSARIO, 08/03/2022. Y VISTOS: Estos autos caratulados CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL ARTE DE CURAR c/BORDIGA, CARINA FABIANA s/Apremio, Expte. N° 720/18, iniciados contra Bordiga, Carina Fabiana, DNI 21.942.060, por cobro de la suma de pesos doscientos ochenta y siete mil ochocientos tres con sesenta y un cvos. ($ 287.803,61), con más intereses y costas, provenientes de aportes adeudados por la demandada (fs. 11/12). La parte ejecutada fue debidamente citada de remate por edictos (fs, 41 vta.) y no opuso excepción legítima al progreso de la acción, por lo que los presentes quedaron en estado de resolver. Y CONSIDERANDO: En el presente apremio se pretende el cobro de una certificación de deuda cuyo original obra a fs. 05/10, emitida en la ciudad de Santa Fe el 05/07/18 a nombre de la demandada (Bordiga, Carina Fabiana) por los conceptos y períodos allí consignados, firmada por un tesorero y el presidente de la Caja, que reúne los requisitos para ser considerada título ejecutivo conforme ley 12.818, por lo que la vía ejecutiva resulta procedente. No habiéndose opuesto excepción legítima alguna, y no evidenciándose defectos formales extrínsecos en el título base del apremio, corresponde hacer lugar a la demanda y llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado. En cuanto a los intereses, se aplicará la tasa activa sumada que cobra el Banco de la Nación Argentina, desde la fecha del título y hasta su efectivo pago. Por tanto conforme el art. 507 CPCC y las precedentes consideraciones; FALLO: 1) Ordeno seguir adelante la ejecución contra Bordiga, Carina Fabiana, DNI 21.942.060, hasta tanto el actor se haga íntegro el cobro de la suma reclamada de pesos doscientos ochenta y siete mil ochocientos tres con sesenta y un cvos. ($ 287.803,61), con más los intereses fijados en los considerandos; 2) Costas al vencido (art. 251 CPCC); 3) Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Mónica Klebcar (Jueza) Dra. Marianela Godoy (Secretaria). Sabrina M. Rocci, secretaria (s).

S/C 492192 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 2 de Rosario y en autos BARONIO BEATRIZ ESTHER s/Sumaria Información, 21-02963580-0, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario Cargo 16165: por presentado, con domicilio legal constituido, con patrocinio letrado. Désele la participación legal correspondiente, por iniciada la acción que expresa. Designase depositaria de la documental al profesional y certifique copias. Desígnese audiencia a los fines de las testimoniales ofrecidas al día 13/03/2023 a las 11:00 hs horas. Publíquense edictos. Dese vista al Sr. Fiscal. Líbrese oficio al cementerio a fin de informar si se encuentran depositados los restos de las personas mencionadas indique silo solicitado se contrapone con las ordenanzas vigentes. Fdo. Dra. Godoy y Dra. Klebcar. Sabrina M. Rocci, secretaria (s).

$ 45 492226 Feb. 1

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13a Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Gerardo Diego Valls (D.N.I. N° 11.272.646), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados DONNOLA, ERNESTO ARIEL c/VALLS, GERARDO DIEGO s/Apremio; (CUIJ N° 21-02948841-7). Dr. Menossi. Rosario, 29 de Noviembre de 2022.

$ 35 492132 Feb. 1 Feb. 3

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En Auto Caratulados: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/AMPRIMO, ELIANA s/Apremio, CUIJ N° 21-02903542-0, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la 13º Nominación de Rosario Se ha dictado lo siguiente: Rosario, 19 de septiembre de 2018. Por presentado, con domicilio procesal constituido, en el carácter invocado, a mérito del poder acompañado en copia simple que deberá certificar. Otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida pretensión de apremio en los términos del art. 507 del CPCC por remisión del art. 47 de la ley 12818. Cítese a la parte demandada a comparecer a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley. A lo demás, téngase presente. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Dr. Lucas Menossi (Secretario). Rosario, 2 de julio de 2020. Pónganse los autos en casillero a disposición del postulante. Téngase presente la casilla de correo electrónico denunciada. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que el demandado Eliana Amprimo no ha comparecido a estar a derecho, declárasele rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Dr. Lucas lvíenossi (Secretario). Rosario, 22 de diciembre de 2020. Agréguese la constancia acompañada y téngase presente lo informado por el oficial notificador. Ofíciese al Registro Nacional de las Personas o a la Cámara Nacional Electoral a los fines peticionados. Fdo. Dr. Lucas Menossi (Secretario). Rosario, 4 de febrero de 2021. Líbrense los despachos acompañados como solicita. Fdo, Dr. Lucas Menossi (Secretario). Rosario, 16 de junio de 2021. Téngase presente el domicilio real denunciado. Practíquense las notificaciones al mismo debiendo el oficial notificador dejar constancia si la requerida reside en el lugar. “Fdo, Dr. Lucas Menossi (Secretario). Rosario, 3 de febrero de 2022. Agréguense las copias simples adjuntas, que oportunamente deberá certificar o acompañar en original para su agregación a las actuaciones. Procédase a efectuar la citación a comparecer a estar a derecho de la demandada Eliana Amprimo mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el Hall de Tribunales según dispone el art. 73 del CPCC. Fdo. Lucas Menossi (Juez). Sabrina Mercedes Bocci, secretaria (S).

S/C 492195 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a la codemandada Messulam Natalia Florencia, D.N.I. N° 34.492.331. Su publicación se hará tres veces, venciendo el término cinco días después de la última publicación. Todo ello ha sido ordenado conforme las providencias que transcribo a continuación: Nº 998 T. 105 F. 205. Rosario, 01 de septiembre de 2022. Y VISTOS: los autos citados precedentemente, RESUELVO: 1. Tener a la compareciente por presentada, por derecho propio y con domicilio legal constituido y agregar en forma virtual las constancias adjuntadas. 2. Tener por iniciado juicio de Apremio (art. 507 C.P.C.C.), citando de remate al deudor con la prevención de que, si dentro del término de tres días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución. 3. Trabar embargo sobre el inmueble denunciado hasta cubrir la suma de $ 300.000 por todo concepto, oficiándose con los recaudos de ley. 4. Dejar constancia de que la reposición de las tasas de justicia será requerida al finalizar el proceso (cfm. art. 279, Ley 3.456), no así la exigida por la cautelar, en tanto se trata de un Impuesto de Sellos (art. 19, inc. 7, ap. a), Ley Impositiva Anual). Insértese y hágase saber. Notifíquese por cédula. Rosario, 12/12/22 Atento constancias de autos y a lo normado por el art. 73 CPCC, cítese a la codemandada Natalia Messulam por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales por el término de ley, y bajo los apercibimientos previstos en los arts. 77, 78, 86 y cc CPCC (cfr. art. 508 CPCC). Autos caratulados: JARUF, MARIELA ALEJANDRA c/MESSULAM, CRISTINA ANDREA Y OTROS s/Apremio; (CUIJ N° 21-02960237-6). Firmado: Dr. Marcelo N. Quiroga, Juez; Dra. Lorena A. González, Secretaria. Dra. Dulce Sofia Rossi, prosecretaria.

$ 60 492232 Feb. 1 Feb. 3

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El. Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, Dr. Alejandro Marcos Andino, notifica al Sr. Ayala, Rodrigo Alejandro, DNI N° 39.686.710, lo declarado en autos: N° 848. San Lorenzo 11/6/18. Por presentada domiciliada en el carácter expresado a mérito del poder general acompañado que deberá certificar ante el actuario en día y hora hábil de audiencia. Resérvese en secretaria el sobre con documental acompañado. Por iniciada la presente demanda ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada a comparecer a estar a derecho en el término de 10 días y bajo los apercibimientos de ley. Ordénase el embargo sobre las remuneraciones que el demandado percibe como empleado en proporción de ley hasta cubrir la suma de $ 109887,56 con más la de $ 32966,26 estimados provisoriamente para intereses y costas. Ofíciese a la empleadora a fin de que retenga al efecto en el Nuevo Banco de Santa Fe de San Lorenzo Suc Tribunales a la orden de este legado y por estos autos, debiendo el peticionante de la cautelar una vez que la misma sea trabada notificar por cédula al cautelado dicha medida. Armado: Dra. Luz M Gamst () Dra. Stella Maris Bertune (juez en suplencia). Otros: San Lorenzo, 05/02/2019. Téngase presente lo manifestado. Agréguense la constancias acompañadas. Atento lo solicitado se decreta: No habiendo comparecido a estar a derecho la parte demandada, y haciendo efectivos los apercibimientos decretados, decláreselos rebeldes y prosiga el juicio sin otorgársele representación. (Expt. 317/2018). Firmado: Dra. Stella Maris Bertune (juez), Dra. Luz Maria Gamst. OTRO: SAN LORENZO, 16 de Mayo de 2022 Agréguese. Téngase presente lo manifestado, a lo peticionado, cítese al demandado por edictos conforme lo normado por el art. 73 cpccsf.- Firmado: dra. Luz m. Gamst secretario. Dra. Nadia M. Aronne, prosecretaria.

$ 35 492160 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. López, Nilda Olga (DNI N° 11.619.985) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/LOPEZ, NILDA OLGA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13912940-4): Rosario, 19 de Septiembre de 2022 Agréguese la cédula/edicto en copia acompañada. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “Presentacion Electronica De Escritos En Expedientes” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACION ES%2OELECTR%C3%93 N ICAS/Pautas%20 PEE%20a%20traves %20Autoconsulta%20-%20TO%20oct2021.pdfDra. Silvina Lopez Pereyra (Secretaria) Dra. Mariana Martinez (Juez).

$ 35 492174 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DR. Mariana Martínez, notifica al Sr. Sosa, Lucas Gabriel (DNI N° 40.704.955) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/SOSA, LUCAS GABRIEL s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13897928-5): Rosario, 04 de Noviembre de 2020. Téngase presente la certificación del poder. Atento haberse cumplimentado lo requerido, provéase el primer decreto de trámite: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre bienes muebles libres de la parte demandada hasta cubrir la suma de $ 21.279 estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente. Resérvese en Secretaría la documental original acompañada en sobre. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria) Dra. Mariana Paula Martínez (Juez).

$ 35 492175 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DR. Mariana Martínez, notifica al Sr. Riquelme, Graciela Leonor (DNI N° 27.758.900) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/RIQUELME, GRACIELA LEONOR s/EJECUTIVO CUIJ N° 21-13914117-9): Rosario, 19 de Septiembre de 2022 Agréguese la cédula/edicto en copia acompañada. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 26 1 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIQNES%2OELECTR%C3%93 NICAS/Pautas%20 PEE%20a%20traves %20Au toco nsulta%20-%20T0%20oct2021.pdf Dra. Silvina Lopez Pereyra (Secretaria) Dra. Mariana Martínez (Juez).

$ 35 492176 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DR. Mariana Martínez, notifica al Sr. Valdez, Walter Ricardo (DNI N° 22.889.537) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/VALDEZ, WALTER RICARDO s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13883245-4): Rosario, 20 de Septiembre de 2022 Informando verbalmente en este acto el Actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde siguiendo el juicio sin su participación. Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACION ELECTRONICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACION ES%2OELECTR%C3%93 NICAS/Pautas%20 PEE%20a %20traves%20Autoconsulta%20..%20T0%20oct202l.pdf Dra. Silvina Lopez Pereyra (Secretaria) Dra. Mariana Martinez (Juez).

$ 35 492177 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Ojeda, Gonzalo Daniel (DNI N° 31.571.193) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/OJEDA, GONZALO DANIEL s/ejecutivo; CUIJ N° 21-13891877-4): Nº 1252 Rosario (31/08/2022), Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Ojeda, Gonzalo Daniel hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 12.776,14 (Doce mil setecientos setenta y seis pesos con 14/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).—- III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemi - CUIT -27-21307016-4-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 12.505,73 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 l), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad us hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese. Firmado: Dra. Silvina López Pereyra -Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario Dra. Mariana p. Martínez -Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario.

$ 35 492178 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DR. Mariana Martínez, notifica al Sr. Zabala, Francisco Segundo (DNI N° 6.184.721) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE. c/ZABALA, FRANCISCO SEGUNDO s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13890675-9): Nro.: 1471 Rosario, 30 de septiembre de 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes De Zabala Francisco Segundo hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 10.074,52 (Diez mil setenta y cuatro pesos con 52/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 l), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que - acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—- Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. Mariana p. Martínez -(Jueza- 1a. lnst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario).

$ 35 492182 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DR. Mariana Martínez, notifica al Sr. Vega, Antonio Oscar (DNI N° 27.148.999) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/VEGA, ANTONIO OSCAR s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13886527-1): Nro.: 1486 Rosario, 3 DE octubre DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Vega, Antonio Oscar hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 8.374,12 (Ocho mil trescientos setenta y cuatro pesos con 12/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).—- III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad us hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—- Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. Mariana p. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario)

$ 35 492183 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Martínez, Juan Domingo (DNI N° 6.066.941) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MARTINEZ, JUAN DOMINGO s/Ejecutivo CUIJ N° 21.13911561-6): Rosario, 17 de Noviembre de 2022 Agréguese la cédula edicto en copia acompañada. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “1 3” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACI ON ES%2OELECTR%C3%93 N ICAS/Pautas%20 PEE%20a%20traves %20Autoconsulta%20-%20TO%20oct2021.pdf Dra. Silvina Lopez Pereyra (secretaria) dra. Mariana Martínez (Juez).

$ 35 492184 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DR. Mariana Martínez, notifica al Sr. Escobar, Gloria Mabel (DNI N° 10.908.577) lo declarado en autos: CFN S.A. c/ESCOBAR, GLORIA MABEL s/Ejecutivo CUIJ N° 21.13891506-6): Nro.: 1526 Rosario, 12 DE OCTUBBRE DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Escobar, Gloria Mabel hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $13.387,26 (Trece mil trescientos ochenta y siete pesos con 26/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).—- - III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemi - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 1), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese. Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- la. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. Mariana p. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario).

$ 35 492142 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DR. Mariana Martínez, notifica al Sr. Acevedo, Walter Daniel (DNI N° 30.234.622) lo declarado en autos: CFN S.A. c/ACEVEDO, WALTER DANIEL s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13879415-3): Nro.: 155 1 Rosario, 13 DE OCTUBRE DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Acevedo, Walter Daniel hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $ 17.969,80 (Diecisiete mil novecientos sesenta y nueve pesos con 80/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas. II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).III-Regular los honorarios del/la Dr/a. KNAFEL, ROXANNA NOEMI - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $ 14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 l), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad us hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese. Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria-1. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. MARIANA p. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a Nom. Rosario).

$ 35 492143 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Báez, Diego Gabriel (DNI N° 36.267.597) lo declarado en autos: CFN S.A. c/ BÁEZ, DIEGO GABRIEL s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13885958-1): Nro.: 1580 Rosario, 18 DE OCTUBBRE DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Báez, Diego Gabriel hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $14.962,88 (Catorce mil novecientos sesenta y dos pesos con 88/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).—- - 111-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 1), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—- Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. Mariana p. Martínez -(jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario).

$ 35 492145 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DR. Mariana Martínez, notifica al Sr. Acosta, juan (DNI N° 8.494.797) lo declarado en autos: CFN S.A. c/ ACOSTA, JUAN s/ Ejecutivo CUIJ N° 21 - 13881757-9): Nro.: 1570 Rosario, 18 De Octubre De 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Acosta, Juan hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $15.997,19 (Quince mil novecientos noventa y siete pesos con 19/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 25 1 CPCC).—- - III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT - 27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 1), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—- Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. Mariana P. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario)

$ 35 492144 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1a Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Riquel, Elvira Beatriz (DNI N° 18.264.045) lo declarado en autos: CFN S.A. c/ RIQUEL, ELVIRA BEATRIZ s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13880368-3): Nro.: 1579 Rosario, 18 De Octubre De 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Riquel, Elvira Beatriz hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $13.440,00 (Trece mil cuatrocientos cuarenta pesos con 00/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).—- - III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 1), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—- Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. MARIANA p. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario).

$ 35 492162 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. CASTAGNA, Irene Letizia (DNI N° 4.252.13 1) lo declarado en autos: CFN S.A. c/ CASTAGNA, IRENE LETIZIA s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13889523-5): Nro.: 1558 Rosario, 14 DE OCTUBBRE DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Castagna, Irene Letizia hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $21.117,40 (Veintiún mil ciento diecisiete pesos con 40/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $16.760,98 equivalentes a 1,16 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 l), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—- Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. Mariana p. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito la. Nom. Rosario)

$ 35 492163 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la l Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Toledo, Héctor Rafael (DNI N° 30.644.700) lo declarado en autos: CFN S.A. c/ TOLEDO, HECTOR RAFAEL s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13880361-6): Nro.: 1581 Rosario, 18 DE OCTUBBRE DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Toledo, Héctor Rafael hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $12.621,97 (Doce mil seiscientos veintiún pesos con 97/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemi - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 l), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—- Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito la. Nom. Rosario) Dra. Mariana p. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario)

$ 35 492165 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1 Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Ríos, Lilian Soledad (DNI N° 34.595.620) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ RIOS, LILIAN SOLEDAD s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13898729-6): Nro.: 1487 Rosario, 3 DE OCTUBRE DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Ríos, Lilian Soledad hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $12.150,74 (Doce mil ciento cincuenta pesos con 74/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 l), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—- Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria-1. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. MARIANA P. MARTINEZ -(Jueza- 1 a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario)

$ 35 492167 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, DR. Mariana Martínez, notifica al Sr. ROJAS, Hector Fernando (DNI N° 36.005.090) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ ROJAS, HECTOR FERNANDO s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13888359-8): Nro.: 1468 Rosario, 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Rojas, Héctor Fernando hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $8.870,57 (Ocho mil ochocientos setenta pesos con 57/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.— II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -2721 3070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 l), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—-Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito la. Nom. Rosario) Dra. Mariana p. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario)

$ 35 492168 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1º Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Sánchez, Flavia Cristina (DNI N° 35.131.328) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ SANCHEZ, FLAVIA CRISTINA s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13888391-1): Nro.: 1470 Rosario, 30 DE septiembre DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Sánchez, Flavia Cristina hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $12.547,08 (Doce mil quinientos cuarenta y siete pesos con 08/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.— II-Costas a la parte demandada vencida (art. 25 1 CPCC).III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -272 13070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 l), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad us hasta el momento en que quedaren firmes: desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—-Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. Mariana p. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario).

$ 35 492169 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1º Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Mussa, Mariano Nicolás (DNI N° 35.016.576) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ MUSSA, MARIANO NICOLAS s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13886286-8): Nro.: 1479 Rosario, 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Mussa, Mariano Nicolás hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $11.740,65 (Once mil setecientos cuarenta pesos con 65/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.— II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -272 13070164-I.V.A. Inscripto- en la suma de $14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—- Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. Mariana p. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario).

$ 35 492170 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1º Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Aranda, Lino Adrián (DM N° 25.827.278) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ ARANDA, LINO ADRIAN s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13898875-6): Rosario, 19 de Septiembre de 2022 Agréguese la cédula/edicto en copia acompañada. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas/edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto “13” del Reglamento de “PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE ESCRITOS EN EXPEDIENTES” - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACION ES%2OELECTR%C3%93 NICAS/Pautas%20 PEE%20a%20traves %20Autoconsulta%20-%20TO%20oct202 1. pdf Dra. Silvina Lopez PEREYRA (Secretaria) dra. Mariana Martínez (Juez)

$ 35 492172 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1º Nominación de Rosario, dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Maciel, Silvana Lorena (DNI N° 24.479.892) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ MACIEL, SILVANA LORENA s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-13893187-8): Nro.: 1475 Rosario, 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO FALLO: 1-Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Maciel, Silvana Lorena hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $19.389,01 (Diecinueve mil trescientos ochenta y nueve pesos con 01/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.—- II-Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).—- - III-Regular los honorarios del/la Dr/a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27213070164-I.V.A. INSCRIPTO- en la suma de $14.449,12 equivalentes a 1 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.85 l), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intímase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese.—- Dra. Silvina López Pereyra -(Secretaria- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario) Dra. Mariana p. Martínez -(Jueza- 1a. Inst. Ejec. Civil de Circuito 1a. Nom. Rosario).

$ 35 492173 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la l Nominación de Rosario, Dr. Luciano D. Juárez Juez en suplencia, notifica al Sr. Sánchez, Maria Rosa, DNI N° 22.300.886, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ SANCHEZ, MARIA ROSA s/ Ejecutivo (CUIJ N° 21-02947706-7): ROSARIO, FECHA 04/11/2022. Agréguese la constancia adjuntada No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Dr. Arturo Audano Secretario dr. Luciano d. Juárez .Juez en suplencia.

$ 35 492179 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de Rosario, DR. (Vacante), notifica al Sr. Pedemonte, Cristian Alberto, DNI N° 25.729.785, lo declarado en autos: FN S. A. c/ PEDEMONTE, CRISTIAN ALBERTO s/ Ejecutivo (CUIJ N° 21-02941 24-3 : ROSARIO, FECHA 04/11/2022 Agréguese el edicto que adjunta. Téngase presente. De manifiesto por el término de ley la liquidación practicada en autos. Al pedido de regulación de honorarios, autos. Notifíquese.-... Dr. Arturo Audano Secretario.

$ 35 492153 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de Rosario, DR. Maria Fabiana Genesio Juez en suplencia, notifica al Sr. Loza, Maximiliano Ariel, DNI N2 23.586.011, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ LOZA, MAXIMILIANO ARIEL s/ Ejecutivo CUIJ Nº 21-02933635-8): ROSARIO, FECHA 10/11/2022 Nº 891 y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más los intereses establecidos en los considerandos, desde la fecha de la mora (05/02/2020) y hasta el día de su efectivo pago; mas el IVA correspondiente. II) Imponer las costas al vencido (Art. 251 CPCC) III) 1 Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. IV) Notificar la presente al Ministerio Público Fiscal. Insértese y hágase saber... Dr. Arturo Audano Secretario dra. María e. Genesio Jueza en suplencia.

$ 35 492154 Feb. 1 Feb. 3

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EL Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9 Nominación de Rosario, dr. Maria Fabiana Genesio, notifica al Sr. Andrada, Roxan Beatriz, DNI N° 33.011.473, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ ANDRADA, ROXAN BEATRIZ s/ Ejecutivo ( CUIJ N° 21-02910953-9): “Rosario, 07/02/2019. Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado a mérito del poder que acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Roxan Beatriz Andrada (DNI 33.011.473), por cobro de la suma de $114.649,69.- más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Líbrese mandamiento de intimación de pago por la suma indicada con más la del 50% estimada provisoriamente para intereses y costas. En caso de no realizarse el pago, procederá a trabar embargo sobre los bienes libres propiedad del demandado hasta cubrir dichos importes, y a citarlo y emplazarlo para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Resérvese en Secretaria la documentación acompañada, dejándose copia digitalizada en el sistema informático. Manifieste el profesional su situación frente al IVA y acompañe constancia de inscripción en La AFIP. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la diligencia, bajo apercibimiento de nulidad de La misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada La información obtenida.- Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http://iurix- online.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_I NTERN ET/faces/internet/Inicio.jspx, con La clave: 3027 El actor podrá optar por realizar la citación y emplazamiento por cedula.- Firma: dra. Verónica a. Accinelli (secretaria), dr. Gabriel Oscar Abad (JUEZ).

$ 35 492180 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en Lo Civil y Comercial de la 9 Nominación de Rosario, dr. Maria fabiana genesio, notifica al Sr. Vargas, Rene Gaspar, DNI N° 35.624.087, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ VARGAS, RENE GASPAR s/ Ejecutivo ( CUIJ N° 21-02907703-4): Rosario, 22/11/2018. Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado a mérito del poder que en copia acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra René Gaspar Vargas, por cobro de la suma de $38.288,02.- más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Cítese y emplácese a La parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Ordeno trabar embargo sobre los haberes que percibe el demandado como dependiente de Gastronomía Pika SRL en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10 % del importe en que exceda este último y en el caso en que La remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20 % del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma demandada con más la del 50% estimada provisoriamente para intereses y costas. Líbrese oficio al empleador y hágasele saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, a la orden de este Juzgado. Certifíquese la copia del poder acompañada. Manifieste el profesional su situación frente al IVA y acompañe constancia de inscripción en la AFIP. Hágase saber al profesional que previo Librar el oficio de embargo deberá proceder a la apertura de una cuenta judicial en el Banco Municipal de rosario, Sucursal Caja de Abogados, a nombre de estos autos y a la orden de Juez.- De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien Lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en La web http://iurixonline.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/internet/Inicio.jspx, con la clave: 4603.-firma: Dra. Verónica A. Accinelli (secretaria), Dr. Gabriel Oscar Abad (juez).

$ 60 492181 Feb. 1 Feb. 3

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EL Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en Lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, dr. Maria Fabiana Genesio, notifica al Sr. Lávignasse Stella Maris, DNI N° 6.377.556, lo declarado en autos: CFN S.A. c/LAVIGNASSE, STELLA MARIS s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02909760-4): Rosario, 20 de Diciembre de 2018. Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado a mérito del poder que acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Stella Maris Lavignasse, por cobro de La suma de $ 53.204,91 más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Líbrese mandamiento de intimación de pago por la suma indicada con más la del 50% estimada provisoriamente para intereses y costas. En caso de no realizarse el pago, procederá a trabar embargo sobre los bienes libres propiedad del demandado hasta cubrir dichos importes, y a citarlo y emplazarlo para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. Resérvese en Secretaria la documentación acompañada, dejándose copia digitalizada en el sistema informático. Manifieste el profesional su situación frente al IVA y acompañe constancia de inscripción en la AFIP. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la diligencia, bajo apercibimiento de nulidad de La misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida.- El actor podrá optar por realizar la citación y emplazamiento por cédula. Se informa a Las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http://iurixonline.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/internet/IfliCiO.jSPX, con la clave: 7679 Firmado: Dra. Verónica a. Accinelli (Secretaria) Dr. Gabriel Oscar Abad (Juez).

$ 35 492141 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15º Nominación de Rosario, DR. Fabián Bellizia Juez en suplencia, notifica al Sr. Brest, Osvaldo Antonio, DNI Nº 27.306.972, lo declarado en autos: CFN S.A. c/BREST, OSVALDO ANTONIO s/Ejecutivo (CUIJ Nº 21-02933157-7): Rosario, Fecha 09/11/2022 Nº 950 Y VISTOS... CONSIDERANDO... FALLO: 1. Ordenar seguir adelante la ejecución contra Osvaldo Antonio Brest, DNI N° 27.306.972 hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada con más el interés determinado en los considerandos precedentes e IVA si correspondiera. 2. Costas a la vencida (art. 251 C.P.C.C.). 3. Los honorarios se regularán estimado que fuese el capital e intereses (art. 8 primer párr. Ley 6767). Insértese y hágase saber. Maria Eugenia Sapei Secretaria Dr. Fabián Bellizia Juez en suplencia.

$ 35 492147 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15 Nominación de Rosario, DR. Fabián Bellizia Juez en suplencia, notifica al Sr. Moreira, Guillermo Alberto, DNI Nº 29.142.300, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/MOREIRA, GUILLERMO ALBERTO s/Ejecutivo (EXPTE. Nº 119/2007): ROSARIO, FECHA 09/11/2022. Nº 949 Y VISTOS... CONSIDERANDO... FALLO: 1. Ordenar seguir adelante la ejecución contra Guillermo Alberto Moreira, DNI N° 29.142.300 hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada con más el interés determinado en los considerandos precedentes e IVA si correspondiera. 2. Costas a la vencida (art. 251 C.P.C.C.). 3. Los honorarios se regularán estimado que fuese el capital e intereses (art. 8 primer párr. Ley 6767). Insértese y hágase saber. Maria Eugenia Sapei Secretaria Dr. Fabian Bellizia Juez en suplencia.

$ 35 492185 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado De Primera Instancia De Circuito Judicial N° 4 Dr. Ragonese Claudia Alejandra, notifica al Sr. Andino, Nicolás Alejandro D.N.I Nº 31.339.187 lo declarado en autos: CFN S.A. c/ANDINO, NICOLAS ALEJANDRO s/Ejecutivo CUIJ N° 21-13894944-0): Rosario, 24 de Septiembre de 2021. Puestos los autos a despacho en el día de la fecha, se provee: Atento a lo manifestado y constancias de autos, y sin perjuicio de lo actuado. al respecto, emplácese al demandado Andino, Nicolás Alejandro por edictos para que comparezca a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía. Publíquese los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial.- Firmado: dr. Ragonese Claudia Alejandra (Juez), dra. Marcela Norma Barro (Sec.).

$ 35 492135 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado De Primera Instancia De Circuito Judicial N° 4 Dr. Ragonese Claudia Alejandra, notifica al Sr. Vaca, Jerónimo Martín D.N.I Nº 29.680.157 lo declarado en autos: CFN S.A. c/VACA, JERONIMO MARTIN s/Ejecutivo CUIJ N° 21-12620769-4): Rosario, 21 de Junio de 2022 Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Firmado: DR. Ragonese Claudia Alejandra (Juez), Dra. Paula Marina Heltner (Sec.).

$ 35 492137 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de primera instancia de distrito civil y comercial N° 3- nominación, DR. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. García, Fernando Raúl D.N.I N° 16.464.681 lo declarado en autos: CFN S.A. c/GARCIA, FERNANDO RAUL s/Ejecutivo CUIJ N° 21-02922901-2): Tomo: 131 Folio: 214 Resolución: 2430 ROSARIO, 21/10/2019. Y VISTOS: Por presentado, domiciliado y en el carácter que invoca, a mérito de la copia del poder general acompañada, la que deberá certificar por ante la Actuaría, acuérdasele la participación que por derecho le corresponda. Por promovida la acción que expresa, emplácese al demandado García Fernando Raúl a estar a derecho por el término de tres (3) días, bajo apercibimiento de seguir el trámite sin su intervención. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Acompañe informe comercial (NOSIS, Organización Veraz, etc.) e informe de BCRA, en relación al demandado. Hágase saber que para el caso de tratarse de una relación de consumo deberá integrarse la presente demanda con el contrato respectivo, todo ello atento a lo dispuesto por el art. 36 de Ley 24.240. Martes y viernes notificaciones en Secretaría. Notifíquese (art. 36 Ley 24240). Informe el presentante dirección de correo electróni4o a los fines de futuras notificaciones. Asimismo, trábese embargo sobre los haberes que perciba el demandado hasta cubrir la suma de $ 47.571,48 con más la suma de $ 14.271,44, para intereses y costas, con los límites dispuestos por el decreto ley 484/87. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos. Insértese y hágase saber. Firmada Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dra. Federico Lema (Sec.).

$ 35 492138 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10a Nominación de Rosario, DR. Mauro Bonato, notifica al Sr. Loffredo, Néstor Francisco, DNI N° 6.055.209, lo declarado en autos: CFN S.A. c/LOFFREDO, NESTOR FRANCISCO s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02909201-7): Rosario, 19/09/2022. Téngase presente lo manifestado. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho dentro del término de cinco días y bajo apercibimientos de ley; por edictos que se publicarán por tres días en el Boletín Oficial. (Art. 73 C.P.C.C.), bajo apercibimientos de rebeldía. Firma. Dra. Marianela Maulión (Secretaria), Dr. Mauro R. Bonato (Juez).

$ 35 492139 Feb. 1 Feb. 3

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EN LOS AUTOS CARATULADOS CFN SA c/BAZAN MARIANO RUBEN s/Ejecutivo CUIJ N ° 21-02869334-3. EL Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en Lo Civil y Comercial de La 14 Nominación de Rosario, DR. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. Bazan, Mariano Rubén, DNI N° 29.000.476, Lo declarado en autos: Rosario, 7 de septiembre de 2022 Proveyendo el escrito cargo N° 12863/22: Agréguense Los edictos acompañados. Informada verbalmente La Actuaria que el demandado no ha comparecido a estar a derecho, decláraselo rebelde y prosigan Las presentes actuaciones sin dársele representación. Notifíquese por edictos Firmado: Dra. Ma. Karina Arreche Secretaría Subrogante Dr. Marcelo Quaglia Juez.

$ 35 492146 Feb. 1 Feb. 2

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5º Nominación de Rosario, DR. Lucrecia Mantello, notifica al Sr. Babini, Ana Maria, DNI N° 14.440.030, lo declarado en autos: CFN S.A. c/BABINI, ANA MARIA s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02941533-9): rosario, 31 de Octubre de 2022 No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria) Dra. Lucrecia Mantello (Jueza).

$ 35 492149 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5a Nominación de Rosario, Dr. Lucrecia Mantello, notifica al Sr. González, Eric Maximiliano, DNI N° 35.290.777, lo declarado en autos: CFN S.A. c/GONZALEZ, ERIC MAXIMILIANO s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02928181-2): ROSARIO, FECHA 02/11/2022 N° 1100 Y VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1. Integrar el título ejecutivo con la documentación causal acompañada. 2. Declarar la nulidad del pacto de intereses compensatorios contenido en el contrato celebrado por las partes e incorporado al título ejecutivo. 3. Declarar la nulidad parcial de los intereses moratorios y punitorios estipulados. 4. Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 26.306,16, con más los intereses establecidos en una vez y media la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina y el I.V.A. correspondiente, desde la fecha de la mora y hasta el día de su efectivo pago. S. Imponer las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.). 6. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. 7. Notificar la presente sentencia al Ministerio Público Fiscal. Insértese y hágase saber... Dra. Silvina l. Rubulotta Secretario dra. Lucrecia Mantello Juez.

$ 35 492150 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5a Nominación de Rosario, DR. Lucrecia Mantello, notifica al Sr. Gomez, Dario Gustavo, DNI N° 26.940.258, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/Gómez, Dario Gustavo s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02918596-1): Rosario, 31 de octubre de 2022.- De manifiesto en oficina, por el término y apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. A la cautelar; denuncie empleador. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria).

$ 35 492171 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2 Nominación de Rosario, Dra. Mónica klebcar, notifica al Sr. López, Osvaldo Agustín, DNI N° 16.153.221, lo declarado en autos: CFN S.A. c/LOPEZ, OSVALDO AGUSTIN s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02909035-9): Rosario, FECHA 26/09/2022 Cargo 12727122: Por practicada planilla, póngasela de manifiesto por el término de ley. Notifíquese. Correspondiendo regular honorarios de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 mc 2 B) de la ley 6767, regúlase los honorarios profesionales de la Dra. Roxanna Knafel por los trabajos realizados en los presentes autos en la suma de 3,52 JUS (equivalente a $50790,77) convertidos a pesos desde la fecha que la presente adquiera firmeza (art. 772 CCC), más IVA, los que devengarán un interés equivalente a una vez y media la Tasa Activa Sumada)061 BNA desde la mora y hasta su efectivo pago. Dra. Marianela Godoy secretaria Dra. Mónica Klebcar jueza.

$ 35 492151 Feb. 1 Feb 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2º Nominación de Rosario, dra. Mónica klebcar, notifica al Sr. Díaz, Brian Nicolás, DNI Nº 38.905.242, lo declarado en autos: CFN S.A. c/DIAZ, BRIAN NICOLAS s/Ejecutivo (CUIJ Nº 21-02924530-1): Rosario, FECHA 04/11/2022 Cargo 14950/22: Agréguese. Por practicada planilla, póngasela de manifiesto por el término de ley. Notifíquese. Correspondiendo regular honorarios de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 inc 2 B) de la ley 6767, regúlase los honorarios profesionales de la Dra. Roxanna Knafel por los trabajos realizados en los presentes autos en la suma de 3,77 JUS (equivalente a $54528,81) convertidos a pesos desde la fecha que la presente adquiera firmeza (art. 772 CCC), los que devengarán un interés equivalente a una vez y media la Tasa Activa Sumada del BNA desde la mora y hasta su efectivo pago. Dra. Marianela godoy Secretaria Dra. Mónica Klebcar Jueza.

$35 492152 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4a Nominación de Rosario, DR. Nicolás Villanueva, notifica al Sr. Ayala, Cristian Ariel, DNI N° 37.359.640, lo declarado en autos: CFN S.A. c/AYALA, CRISTIAN ARIEL s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02945395-8): Rosario, FECHA 17/11/2022. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, no obstante estar debidamente notificada, así como que no existen escritos pendientes de agregación, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. (Art. 62 mc. 5 CPCC) DR. Norberto m. Alvarez Prosecretario. dr. Nicolás Villanueva juez.

$ 35 492158 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Mauro Bonato, Secretaría Dra. Marianela Maulión, se hace saber que dentro de los autos CFN SA c/CARDILLO, DANIEL RUBEN CUIJ 21-02934878-9 se ha ordenado citar y emplazar al demandado Cardillo, Daniel Rubén (DNI: 20.207.750) a fin que comparezca a estar derecho dentro del término de ley, bajo apercibimientos de ser declarado rebelde, citándose por edictos conforme lo normado por el art. 67 y 73 del CPCC, publicándose tres veces venciendo el termino cinco días después de la última publicación. Firma: Dra. Marianela Maulión (Secretaria), Dr. Mauro R. Bonato (Juez).

$ 35 492164 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez a cargo del juzgado De Primera Instancia De Circuito N° 5, DR. Maximiliano Cossari, notifica al Sr. Mansilla Juan Domingo D.N.I N° 0 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ MANSILLA, JUAN DOMINGO s/ Ejecutivo CUIJ N° 21-12622750-4): Rosario, 13 de Diciembre de 2018 Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado en autos, que deberá certificar en su original por Secretaría. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo de haberes a la parte demandada, en la proporción que indica el Decreto Ley 484187, hasta cubrir la suma expresada, con más el 30% estimados provisoriamente en concepto de intereses y costas futuras. Líbrese el despacho pertinente y deposítese en el Banco Municipal de Rosario (Sucursal 80, Caja de Abogados, Montevideo 2076, Rosario), consignando el número de Cuenta Judicial. Resérvese en Secretaría la documental acompañada en sobre. Hágase saber al profesional actuante que deberá agregar a éstos autos, copia de toda la documental obrante en el sobre bajo su firma (conf. art. 35 CPCC). Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Firmado: DR. Maximiliano Cossari (Juez), dra. Gabriela Patricia Almara (Sec.).

$ 35 492166 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito en lo civil y Comercial de 3ra. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Cecilia Camaño, secretaria de la autorizante, dentro de los autos BERNEZAR, RAÚL ALBERTO c/ITÁLICA SC POR ACCIONES s/Escrituración, CUIJ N° 21-02897001-0, se ha dispuesto notificar Auto Aclaratorio que se transcribe y dice. Nº 16. Rosario 29/11/2022. VISTOS Y CONSIDERANDO: Los presentes caratulados: BERNEZAR, RAÚL ALBERTO c/ITÁLICA SC POR ACCIONES s/Escrituración, Expte. N° 21-02897001-0, en los que la actora solicitó que se aclarara la sentencia N° 335 del 05/04/21, en el sentido que los datos correctos del inmueble son Tomo 150, Folio 162, N° 152.770 y no como por error se consignó. Atento a lo normado por el art. 248 del CPCC, corresponde aclarar la sentencia recaída en los presentes, en el sentido que los datos correctos de inscripción del inmueble son “Tomo 150, Folio 162, N° 152.770, y no como por error se consignó. Por lo expuesto, y de conformidad con lo normado por el art. 248 del C.P.C.C., RESUELVO: Aclarar la sentencia N° 335 del 05/04/21, en el sentido señalado en los considerandos precedentes. Insértese y hágase saber. Dra. Ana Belén Curá secretaria dra. Cecilia a. Camaño juez.

$ 40 492367 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Sr. Juez Dr. Maximiliano N. Cossari, en los autos caratulados: JUAREZ, GRACIELA CRISTINA c/BAÑA, JOSE Y OTROS s/Otras Diligencias, CUIJ N° 21-02938803-9 que tramita en el Juzgado de 1ª Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rosario y en el cual se inició acción de prescripción adquisitiva sobre el inmueble sito en calle Buenos Aires 5878 de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe, se cita y emplaza al demandado Sr. Baña, José y a los herederos de la demandada Sra. Juárez, Francisca Jorgelina para que comparezcan a estar a derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararla en rebeldía. Rosario, 30 de Septiembre de 2022. Dra. Gabriela p. Almara. (Secretaría).

$ 40 492392 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Juzgado de Instancia en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de la ciudad de Rosario, en los autos CASENOVE, VERONICA DANIELA DELV c/CASENOVE, MARIA GABRIELA y otros s/Filiación; (CUIJ 21-02858979-1), se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 26 de Febrero de 2021. Informando verbalmente el Actuario que se encuentra vencido el término sin que los co-demandados Saturnino Veron De Astrada, Stella Maris Veron De Astrada y los herederos de Héctor José Casenove hayan comparecido a estar a derecho, se los declara rebeldes siguiendo el juicio sin dársele representación. Respecto de Héctor José Casenove, ofíciese a los fines de proceder al sorteo de Defensor de Oficio, debiéndose publicar nuevamente los edictos. Notifíquese. Dr. Sergio a. González (secretario) DR. Luciano d. Carbajo (Juez). Otro: Nº Rosario, 29.06.2021. AUTOS Y VISTOS: El sorteo realizado en fecha 28/06/2021 el que fuera desansiculada la bolilla Nº 285; RESUELVO. Tener por designada Defensor De Oficio a la Dra. Nanci Lleila Rolando, domiciliada en calle Nicaragua 384 de Rosario, quien deberá aceptar el cargo dentro del término de tres días bajo los apercibimientos de ley. Insértese, y hágase saber. Fdo: DR. Sergio a. González Secretario; dr. Luciano Di Carvajo Juez). Rosario.

$ 52,50 492270 Feb. 1 Feb. 7

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Décima Nominación de Rosario y en autos: SOSA JAVIER ALEXIS c/ RODRIGUEZ BERNABE JOSE Y OTROS s/Apremios- 21-11881808-0, se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 03 de junio de 2022. Cítese y emplácese a los herederos y/o sucesores de Lattuca Marcelo Alfonso: Sras. Graciela Clara Barbagallo, Maria Florencia Lattuca, Juliana Lauuca Y Agustina Lucia Lattuca, al domicilio real que surge de los autos conexos y que es denunciado en éste acto, a fin que comparezcan en los presentes, a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Asimismo, notífiquese por edictos conforme lo normado por el art. 597 del C.P.C.C.. Firmado: Dr. Mauro Bonato (Juez), Dra. Marianela Maullon (Secretaria). Dra. Maullon, Secretaria.

$ 40 492734 Feb. 1 Feb. 3

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: GUERRA OLIVA, MICAELA DRUCIANA s/Otras Diligencias, Expte. CUIJ Nº 20-02958873-9, ha decretado lo siguiente: Rosario, 30 de Agosto de 2022. Por presentada, con domicilio ad litem constituido y en el carácter invocado, por derecho propio y con patrocinio letrado. Por ratificado lo actuado por la Sra. Mariela Oliva en escrito cargo N° 7481/21. Por iniciada la acción que expresa. En virtud de la naturaleza de la demanda incoada, imprímase a los presentes el trámite del juicio sumarísimo (art. 70 Cód. Civil y Com. de la Nación). Cítese y emplácese al Sr. Facundo Guerra a que conteste la demanda y ofrezca prueba por el término y bajo los apercibimientos de ley. Dése intervención al Sr. Fiscal. Notifíquese por cédula. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes, durante dos meses. Ofíciese al Registro de la Propiedad y al Registro Nacional de Reincidencia a fin de que informen respectivamente si existen medidas precautorias y antecedentes penales a nombre de Micaela Druciana Guerra y/o Micaela Druciana Guerra Oliva. Téngase presente la prueba ofrecida. Fecho, córrase vista al Asesor letrado del Registro Civil y al Fiscal. - Fdo: Dr. Luciano D. Juárez - Juez en suplencia- Dra. Daniela E. Jaime - Secretario. Secretaría. Rosario, 23 Diciembre de 2022.

$ 50 492442 Feb. 1 Feb. 2

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de la ciudad de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, o sus representantes cuya existencia se denuncie o que surja de constancias de la causa, acreedores y todos los que se consideren, con derecho a los bienes dejados por el causante Don Milano Domingo, LE Nº 3.69.775, para que comparezcan a este proceso por el término de 30 días, bajo apercibimiento de no ser incluidos en la declaratoria de herederos hasta tanto lo soliciten expresamente y cumplan con los recaudos correspondientes, Autos caratulados: MILANO DOMINGO s/Sucesión, CUIJ N° 21-01476333-0. Publíquese edicto por el término de un día en el BOLETÍN OFICIAL.

$ 45 Feb 1

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El Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, hace saber que dentro de los autos: NICOLOSI MELANY CHIARA s/Cambio de nombre; 21-02962430-2, que Nicolosi Melany Chiara DNI Nº 44.025.285 han solicitado el cambio de Nombre para pasar a llamarse Nicolosi Melanie Chiara. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales, durante el término de dos meses, a fin de que se formule oposición, dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S)

$ 45 491802 Feb. 01

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El Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, hace saber que dentro de los autos: FANTONI GARCIA BENITA s/Rectificación de partida; 21-02962770-0, que Javier Andrés Fantoni DNI Nº 25.328.567 y Constanza Susana Bertolino DNI Nº 26.739.614 han solicitado el cambio de apellido de de su hija menor de edad Benita Fantoni García, para pasar a llamarse Benita Fantoni Bertolino DNI. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales, durante el término de dos meses, a fin de que se formule oposición, dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S)

$ 45 491801 Feb. 01

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 4 de Rosario y en los autos ACOSTA FILIPPELLI LAUTARO LEONARDO s/Otras diligencias; 21-02963372-7 cita a toda persona que se crea con derecho a formular oposición para que lo acrediten dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la última publicación respecto del cambio de nombre de Acosta Filippelli Lautaro Leonardo N° 39.662.845 por el de Filippelli Lautaro Leonardo. De conformidad con lo previsto por el Art.70 del Cód. Civil y Com de la Nación. Publíquese edicto por un día en el lapso de dos meses en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S)

$ 45 491800 Feb. 01

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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial 17 de Rosario y en los autos VALLES RUT ANABEL s/Sumaria información; 21-02960649-5 cita a toda persona que se crea con derecho a formular oposición para que lo acrediten dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la última publicación respecto del cambio de nombre de VALLES RUT ANABEL N° 29311.096- por el de Valles Ruth Anabel. De conformidad con lo provisto por el Art70 del Cód. Civil y Com., de la Nación. Publíquese edicto por un día en el lapso de dos meses en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe. Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S).

$ 45 491799 Feb. 01

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: RAMIREZ, JESICA BEATRIZ s/Sumaria información; 21-02951387-9 ha dictado lo siguiente: Rosario, 07 de Diciembre de 2021. Por presentado, con domicilio constituido y con el patrocinio letrado de la Defensoría General Civil Nº 3. Désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, de la misma dese vista al Asesor del Registro Civil y al Sr. Agente Fiscal. A la prueba documental: téngase presente. Asimismo, de acuerdo a lo normado por el art. 70 del CCCN: publíquense edictos en el diario oficial una vez por mes, en lapso de dos meses; ofíciese al Registro de la Propiedad a los fines que informen si pesan sobre la interesada medidas cautelares. Fdo. Dra. Agustina Filippini (Secretaria), Dr. Fabián E. Daniel Bellizia (Juez). Rosario, noviembre de 2022.

$ 50 490903 Feb. 01

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Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de Primera Instancia de la 9ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. María Fabiana Genesio (Jueza), secretaria de la autorizante, en los autos caratulados MONTEROS MAURICIO JESICA GISEL s/Supresión de apellido; CUIJ Nº 21-02942255-6, llama a todos los que tengan interés respecto a la supresión de apellido patento de la Sra. Monteros Mauricio Jesica Gisel, DNI Nº 37.449.275 y del niño Monteros Mauricio Mateo, DNI Nº 58.590.562 para que comparezcan a éste Juzgado a hacer vales sus derecho bajo apercibimientos de ley por edictos, una vez por mes, en el lapso de dos meses, pudiendo formularse oposición dentro de los 15 días hábiles contados desde la última publicación. Todo ello por estar así ordenado en el siguiente decreto: Rosario, 29 de abril de 2021. Por presentado, con domicilio procesal constituido, por derecho propio y con patrocinio letrado, Agréguese la documentación en copia acompañada. Por iniciada la acción que expresa, la que tramitará por la vía del juicio sumarísimo (art. 70 CCCN). Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca, conteste demanda y ofrezca prueba dentro del término de diez días y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida. Ofíciese: a) al Registro General Rosario, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, al Registro Público de Comercio de Rosario y a una repartición que correspondiere -y que deberá denunciar por estar vinculada a los bienes o la persona de la peticionante, a los fines de que informen si existen medidas precautorias respecto de la interesada: b) al Registro de Procesos Universales para que informe si existe concurso o quiebra abierto a nombre de la actora, y c) al Registro Nacional de Reincidencias para que informe si la accionante presenta antecedentes penales. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL una vez por mes, en el lapso de dos meses pudiendo formularse oposición dentro de los 15 días hábiles contados desde la última publicación. Hágase saber: 1) Que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles -Acta 48/2017 de fecha 5/12/17 CSJSF. 2) Que las notificaciones previstas en el art. 61 CPCC se tendrán por producidas el primer martes o viernes posterior a la correspondiente carga del decreto o actuación en el sistema de Auto consulta de este Poder Judicial, sin necesidad de notificación alguna por parte de los órganos jurisdiccionales it través de cédula ni la concurrencia de los profesionales a las dependencias de este Tribunal (Acta Nº 13 de fecha 05.05.2020. Pto. XI, CSJSF). 3) Que se ha puesto en funcionamiento el sistema de notificaciones electrónicas con finita digital -Acta Acuerdo Nº 7. Punto II del 07.03.2019 y Acta N° 43 Punto 8 del 01.12.2020, CSJSF. A tales fines los profesionales deben denunciar dentro de los presentes un correo electrónico a los fines de recibir el aviso de cortesía previsto en el artículo 6 del Reglamento respectivo, obligándose a comunicar cualquier cambio bajo su entera responsabilidad. Téngase presente que la omisión de denunciar correo electrónico no obsta al cumplimiento de la notificación de conformidad al articulo 14 de dicha normativa; 4) Que deberá acompañar (previo al dictado de sentencia) la documental allegada en original y la partida de nacimiento del niño Mateo Monteros Mauricio, debiendo -además- aclarar (atento lo manifestado a fs. 8) si pretende la supresión de apellido respecto de su hijo. Notifíquese por cédula, con copia de la demanda, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC; Dése intervención al Ministerio Fiscal. Previo al dictado de sentencia se correrá vista a dicha repartición y a la Asesoría letrada del Registro Civil. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web con, la clave: 3927. Fdo.: Verónica A. Accinelli (Secretaria), María Fabiana Genesio (Jueza). Otro Acta Audiencia 02/12/2021. Habiendo escuchado a la compareciente S.S. Dijo: previo al dictado de la sentencia 1) Acredítese la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL conforme se ordenara por decreto del 29.04.2021. la que deberá contener también los datos del menor. 2) Hágase saber que en el certificado de reincidencias no es posible constatar la firma digital inserta en él. 3) Fecho: Córrase vista a la Fiscalía Extrapenal y a la Asesoría letrada del Registro Civil y Defensor General. 4) Con lo que no siendo para más, se da por finalizado el acto, firmado los presente y la Secretaria, después de S.S. de lo que certifico. Fdo. Dra. Maria Fabiana Genesio (Jueza), Dra. Verónica A. Accinelli (Secretaria). El presente Edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 10.

S/C 491441 Feb. 01

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Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de Primera Instancia de la 5ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello (Jueza), secretaria de la autorizante, en los autos caratulados: MILATICH GONZALEZ VALENTINO c/MILATICH LEONARDO ERNESTO JESUS s/Otras diligencias; CUIJ Nº: 21-02960442-5, llama a todos los que tengan interés respecto se ha solicitado la modificación de apellido del Sr. Milatich González Valentino, D.N.I. Nº 44.179.537, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer vales sus derecho bajo apercibimientos de ley por edictos, una vez por mes en el lapso de dos meses. Todo ello por estar así ordenado en el siguiente decreto: Rosario, 30 de agosto de 2022. Por presentado, en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Cumpla con la ley 10.244 y reponga sellado de ley. Por promovida samaria información a los fines peticionados. Téngase presente la prueba ofrecida. Para la testimonial ofrecida, fijase fecha para cualquier día y hora hábil de audiencia. Vista al fiscal y a la Asesoría letrada del Registro civil. A tenor del art. 70 C. CC., hágase saber que se ha solicitado la modificación de apellido mediante la publicación de edictos a efectuarse por dos meses, una vez por mes en el BOLETÍN OFICIAL, por cédula a los progenitores de la solicitante. Ofíciese al Registro General y Registro del Automotor a efectos de que informen respecto de medidas precautorias relacionadas con el peticionante. Ofíciese asimismo al Registro nacional de reincidencias a efectos de que informe respecto de antecedentes penales del peticionante, ofíciese al Banco Central a fin de saber si se encuentro moroso, al Registro de Procesos Concursales, al Registro Nacional de las Personas a fin de informar los datos que tenga de la compareciente, a la M.E.U. y al M.P.A. A fin de que informe si hay causas abiertas contra la peticionante. Fdo.: Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 02/12/22.

S/C 491542 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN CARLOS VEGA (DNI 7.614.917) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “VEGA, JUAN CARLOS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02959139-0). Fdo.DRA. María Alejandra Crespo – Secretaria Subrogante.-"

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HUGO ALBERTO HUBER, D.N.I. 6.179.565 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “HUBER, HUGO ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21-02962726-3)

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OMAR ADOLFO SIMÓN (DNI 12.324.735) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SIMÓN, OMAR ADOLFO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02958671-0 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DANIEL ALBERTO SCELLATO (DNI 12.700.735) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “SCELLATO, DANIEL ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02961150-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CARLOS ALBERTO ALBERA D.N.I. 10.866.592 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ALBERA, CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02959601-5). Fdo. Dra. Vanina Carla Grande, Secretaria.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANTONIO FELIPE LATTUCA (DNI 6.066.961) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LATTUCA, ANTONIO FELIPE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02962858-8 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CELESTINA MARÍA D´EMILIO (DNI 93.532.921) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “D'EMILIO, CELESTINA MARIA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02962448-5 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CARMEN LUISA MORICONI (DNI 5.134.627) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MORICONI, CARMEN LUISA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21-02962903-7). Fdo.DRA. María Alejandra Crespo – Secretaria Subrogante.-"

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante PATRICIA CAREAGA (DNI 5.685.897) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CAREAGA, PATRICIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N°21-02963031-0). Fdo.DRA. María Alejandra Crespo – Secretaria Subrogante.-"

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12ª. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes BONINFANTE, ANTONIO (D.N.I. Nro. 4.242.909); y DI CARLO, JOSEFA (D.N.I. Nro. 5.515.813) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BONINFANTE, ANTONIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-02960700-9). Fdo.Dra. Fernanda I. Virgolini (Prosecretaria).

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NOEMI AZUCENA SERRA ( D.N.I. 1.506.491) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados : " SERRA NoEMI AZUCENA s/ DECLARATORTA DE HEREDERoS ( CU|J Ne 21- 02961580-9). DRA. VANINA C. GRANDE ( Secretaria). Rosario, 23 de diciembre de 2022.-

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Miguel Angel Simón Litvac (DNI 8.444.948) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: LITVAC, MIGUEL ANGEL SIMON S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02963284-4.-

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Oscar Jose Lorenzoni (DNI 10.580.722) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: LORENZONI, OSCAR JOSE S/ SUCESORIO – 21-02961505-2.-

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Ana Teresa Ambrosetti (DNI 2.767.454) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: AMBROSETTI, ANA TERESA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02962531-7.-

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Sebastian Antonio Barone (DNI 6.009.289) y Elena Eufemia Casas (DNI 11.124.025) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BARONE, SEBASTIAN ANTONIO Y OTROS S/ SUCESORIO – 21-02958686-9.-

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Luisa Eusebia Fernandez (DNI 5.506.614) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: FERNANDEZ, LUISA EUSEBIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02959660-0.-

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Lidia Nicomedes Siddi (DNI 3.558.362) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: SIDDI, LIDIA NICOMEDES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02960895-1.-

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Juan Carlos Patane (DNI 6.038.086) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PATANE, JUAN CARLOS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02962786-7.-

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante SANCHEZ ALVAREZ, REINA SUSANA (DNI 11.868.641), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SANCHEZ ALVAREZ, REINA SUSANA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02963314-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante SOSA, CARLOS LUIS (DNI 10.651.837), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SOSA, CARLOS LUIS S/SUCESORIO" (CUIJ 21-02963989-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MUÑOZ, JUAN CARLOS FRANCISCO (D.N.I. 6.039.659), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MUÑOZ, JUAN CARLOS FRANCISCO S/ SUCESORIO" (CUIJ N.º 21-02963133-3), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante GROSSO, EDELMIRA CARMEN (LC 4.795.056), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GROSSO, EDELMIRA CARMEN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N.º 21-02964040-5), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante D'AGOSTINO, DOMINGO (LC 2.376.643), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "D'AGOSTINO, DOMINGO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N.º 21-02950547-8), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante FERNANDEZ, JUAN CARLOS (D.N.I. 6.034.040), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "FERNANDEZ, JUAN CARLOS S/ SUCESORIO" (CUIJ N.º 21-02964051-0), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante DI SAPIO, NEVILDA MARIA NUNCIA (D.N.I. 1.523.447), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DI SAPIO, NEVILDA MARIA NUNCIA S/ SUCESORIO" (CUIJ N.º 21-02962175-3), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MOINE, NELIO FLORENCIO (DNI 6.107.345), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "MOINE, NELIO FLORENCIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02964516-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante LEAL, JUSTO HIPOLITO (D.N.I. 6.016.974), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados:"LEAL, JUSTO HIPOLITO S/SUCESORIO" (CUIJ N°21-02963443-9), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante DI CARLO, MARIANO (DNI 6.010.591), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "DI CARLO, MARIANO S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-02963869-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante SANCHEZ, TERESA (DNI 3.542.237), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SANCHEZ, TERESA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02952148-1) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante MARCHETTI, ALBERTO MARCELO (DNI 5.996.314) y ANASTASIO, BEATRIZ ELDA (DNI 2.383.502), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "MARCHETTI, ALBERTO MARCELO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02962433-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante SOSA, RAFAEL RAMON (DNI 11.124.669), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SOSA, RAFAEL RAMON S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02961525-7) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSE MUÑOZ L.E. 5.969.364 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "MUÑOZ, JOSE S/SUCESORIO" (CUIJ N.º 21-02964629-2). Fdo. Dra. Vanina Carla Grande, Secretaria. Rosario,

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OSVALDO CULOTA D.N.I. 8.412.604 Y STELLA MARIS PEREZ D.N.I. 11.750.948 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CULOTA, OSVALDO Y OTROS S/ SUCESORIO" (CUIJ N.º 21-02963042-6). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria. Rosario,

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Juan Eddie Anfossi (DNI 6.042.040) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ANFOSSI, JUAN EDDIE S/DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02957084-9.-

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 1a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EMILIO JOSE PEDRO SOLARI (D.N.I.. 6.026.124), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "SOLARI, EMILIO JOSE PEDRO S/ SUCESORIO - 21-02964333-1” .Rosario, .-

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante CONDORI, DANIEL OSCAR (D.N.I. 22.468.966), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CONDORI, DANIEL OSCAR S/ SUCESORIO” (CUIJ N°21-02963747-1), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CLARA ERCILIA CORONELL D.N.I. 3.218.283 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CORONELL, CLARA ERCILIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02964467-2). Fdo. Dra. Vanina Carla Grande, Secretaria.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BEATRIZ MARINA GOMEZ (D.N.I. 3.787.842), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GOMEZ, BEATRIZ MARINA S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02964329-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Feb. 01

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ANTONIO RODOLFO MORELLA D.N.I. 6.040.818 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MORELLA, ANTONIO RODOLFO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02962451-5). Fdo. Dra. Vanina Carla Grande, Secretaria.

$ 45 Feb. 01

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia C. C. y L. de Distrito de Firmat, en autos PIERABELLA JUAN ENRIQUE s/concurso -preventivo; (CUIJ 21- 2639552 7-4) se ha dictado lo siguiente Y VISTOS: Los presentes caratulados PIERABELLA JUAN ENRIQUE s/Concurso Preventivo; (Expte. Nº 1037/2005), venidos a despacho con solicitud de declarar la conclusión del concurso (art. 59 L.C.Q.), Y CONSIDERANDO: Que a fs. 168 por Resolución N° 275 de fecha 12 de marzo de 2013 se homologa el acuerdo preventivo arribado en autos y se regulan honorarios, “...”, RESUELVO: 1) Declarar la conclusión del concurso preventivo de PÍERABELLA JUAN ENRIQUE, LE N° 6.114.963, domiciliado en zona urbana de la localidad de los Quirquinchos, Santa Fe; por cumplimiento del acuerdo preventivo en su totalidad y por haberse efectuado el pago a todos los acreedores; 2) Ordenar el levantamiento definitivo de las medidas cautelares dispuestas en el presente concurso; 3) Hacer cesar la intervención del síndico y de las limitaciones previstas en los arts. 15 y 16 de la L.C.Q. sobre el patrimonio concursal; 4) Publíquense los edictos de ley, Insértese, agréguese copia y hágase saber. Dra. Laura M. Barco (Juez) - Dr. Darío Loto (Secretario).

$ 300 492337 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito, de Firmat Dra. Laura M. Barco, secretaría del Dr. Darío Loto en autos: MARCELLO ALFREDO s/Concurso Preventivo; (CUIJ 21-26405931-0), se ha dictado lo siguiente: N° Firmat, Y VISTOS: Los autos MARCELLO ALFREDO s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; CUIJ 21-6405931-0, venidos a despacho con solicitud de declarar la conclusión de la quiebra y regular los honorarios de los funcionarios intervinientes, CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la conclusión de la quiebra por avenimiento. II) Regular los honorarios “...”, IV) Publíquense los edictos de ley por un día en el diario El Alba de Venado Tuerto, debiendo acreditarse el cumplimiento de tal recaudo en el plazo de 20 (veinte) días. Notifíquese por Secretaría a la fallida y a la sindicatura. V) Elévense los autos a la Exma Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto a los fines del art 272 in fine LCQ. VI) Fecho. Ordénese el levantamiento de las medidas cautelares, a tales efectos se librará los oficios correspondientes previo pago de aportes de ley. Insértese, agréguese copia en autos. Fdo: Dra. Laura M. Barco (Juez) - Dr. Darío Loto (Secretario).

$ 300 492336 Feb. 1 Feb. 3

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El Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, Provincia de Santa Fe, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Sr. Glavinovich, Bladimiro, Libreta de Enrolamiento N° 06.119.057, para que lo acrediten dentro del término de treinta (30) días ante este Juzgado, a los efectos de hacer valer sus derechos dentro de los caratulados: GLAVINOVICH, BLADIMIRO s/Declaratoria De Herederos (CUIJ N° 21-26421951-2).

Firmat, de Diciembre de 2022.

$ 45 Feb. 1

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El Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, Provincia de Santa Fe, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Sra. Alamanni, Nilda Teresa. DNI N° 04.889.536, para que lo acrediten dentro del término de treinta (30) días ante este Juzgado, a los efectos de hacer valer sus derechos dentro de los caratulados: ALAMANNI, NILDA TERESA s/Declaratoria De Herederos; (CUIJ N° 21-26421950-4). Firmat, de Diciembre de 2022.

$ 45 Feb. 1

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la localidad de Firmat, se ha dictado lo siguiente: Firmat, 03 de diciembre de 2018. Por presentada, con domicilio legal constituido, por derecho propio y patrocinio letrado de la Sra. Defensora General. Agréguese la documental acompañada. Téngase por iniciada la presente acción de supresión de apellido Paterno, la que se tramitara por vía de juicio ORDINARIO. Emplácese al demandado, Sr. Roa Orlando Isaias, DNI Nº 31.079.384., a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Téngase presente las pruebas ofrecidas. A lo demás oportunamente. Desígnese como defensor general Ad hoc a la Dra. Jesica Mussolino, quien deberá aceptar el cargo en cualquier día y hora hábil de audiencia, en el término y bajo apercibimientos de ley. Fdo. Jueza Dra. Barco Laura y Secretaria Dra. Dario Loto. 01 de diciembre de 2022. Dr. Dario Loto. Secretario subrogante.

$ 45 491798 Feb. 01

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de la ciudad de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Zulma Noelia Maria Romero, DNI 4.097.295, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles en los autos caratulados: ROMERO, ZULMA NOELIA MARIA s/Sucesiones-Insc. Tardías Sumarias. Volunt., CUIJ 21-15162494.4. Dr. Gerardo A.M. Marzi, Juez; Dra Sandra S. González, Secretaria. Casilda, 12 de Octubre de 2022. Dra. Sandra S. Gonzálaz, secretaria.

$ 45 Feb. 1

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Casilda, llama a los herederos, acreedores o legatarios del Sr. Roberto Gómez, DNI N° 6.144.007, para que dentro de los 30 días comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos conforme lo dispone el artículo 2340 del Código Civil y Comercial de la Nación. Autos caratulados GOMEZ ROBERTO s/Declaratoria De Herederos, CUIJ 21-25862654-8. Casilda, de Diciembre de 2022. Dra. Sandra González (Secretaria).

$ 45 Feb. 1

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de la ciudad de Casilda, a cargo del Dr. Gerardo Marzi, Secretaria a carga de la Dra. Sandra González, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y/o legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Juan José Torresani, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles en los autos caratulados MARCHEGIANI LIDIA GLADIS Y OTROS s/Declaratoria De Herederos, CUIJ 21-25862498-7; Expte. Nº 533/2022. Dr. Gerardo A.M. Marzi, Juez; Dra. Sandra S. González, Secretaria. Casilda, Diciembre de 2022.

$ 45 Feb. 1

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral N° 2 de la ciudad de Casilda, a cargo del Dr Gerardo Marzi, Secretaria a cargo de la Dra. Sandra González, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y/o legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Marchegiani Lidia Gladis, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles en los autos caratulados MARCHEGIANI LIDIA GLADIS Y OTROS s/Declaratoria De Herederos, CUIJ 21-25862498-7; Expte. Nº 533/2022 Dr. Gerardo A.M. Marzi, Juez; Dra. Sandra S. González, Secretaria. Casilda, Diciembre de 2022.

$ 45 Feb. 1

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Por disposición de la Sra. Jueza de primera instancia de distrito civuil comercial y laboral de la 2da Nominación de la ciudad de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante doña Marcela Beatriz Carobini DNI 22236429, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CAROBINI, MARCELA BEATRIZ s/Sucesión; Expte. Nº 603/2022 CUIJ Nº 21-23842634-0. Dra. Sandra s. González, secretaria Casilda 1 de diciembre de 2022.

$ 45 Feb. 1

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ALBERTO JOSE MARTINANGELI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: "MARTINANGELI ALBERTO JOSE S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT", Expte. CUIJ Nº21-25862226-7) Casilda, 29/12/2022. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Prosecretaria).

$ 45 Feb. 01

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La Sra. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de la ciudad de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados ROSSINI LUCIO LUIS c/MIGONI MARTIN LUIS ALFREDO y otros s/Prescripción adquisitiva; CUIJ N° 21-25987039-6, ha dispuesto lo siguiente: Cañada de Gómez, 20 de Diciembre de 2021. 1) Téngase presente el informe que antecede. 2) Atento al mismo, a las constancias de autos y observando en esta oportunidad que se encuentran debidamente notificados la parte demandada -cédula de fs. 38-, los demás titulares del Dominio, los eventuales herederos y/o terceros que se creyesen con derecho de acuerdo a la publicación de edictos que consta a fs. 41/42 y que estos no se han presentado y constancias de autos, declárelos rebeldes prosiguiendo el juicio adelante sin dárseles representación. De conformidad a lo dispuesto y según petición de parte, desígnase a los fines del sorteo de Defensor la audiencia del día 14 de marzo de 2022 a las 8:00 horas. 3) Téngase presente asimismo y a los fines ulteriores, que no se advierte comparendo de la Municipalidad de Armstrong ni el ADIFSE, a quienes se les han cursado las debidas notificaciones (cfrne. fs. 39 y 40). Notifíquese por edictos, según disposiciones de autos y por cédula. Fdo.: Dra. María Laura Aguaya, Juez; Dr. Mariano Navarro, Secretario. Cañada de Gómez, Febrero de 2022.

$ 52,50 492210 Feb. 01 Feb. 03

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Por disposición de la Jueza de 1º Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2º Nominación de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. Aguaya María Laura y secretario Navarro Mariano, se hace saber que en los autos caratulados: PARDO PEDRO TOMAS s/Sucesorio CUIJ 21-26027537-9 se cita y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Don Pardo Pedro Tomas, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los términos y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal.

$ 45 Feb. 1

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr. Marcelo Escoja, Secretaria Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: BORDA Y. s/Medida definitiva; 21-27875870-9 se notifica –de forma gratuita- a la Sra. Joana Georgina Fleita la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: T° 84, F° 150/151, N° 3544. San Lorenzo, 20/12/22. Y vistos... Y considerando... Resuelvo: 1) Hacer lugar al control de legalidad y ratificar el acto administrativo tal lo sostiene la Disposición N° 45/2022 del 3 de noviembre de 2022, en cuanto a la resolución definitiva de la situación del adolescente, tal lo expuesto. 2) Continúen actuando los equipos interdisciplinarios a efectos de hacer un seguimiento de la situación de Yain. Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Marcelo Escola (Juez), Dra. Mónica Muchiutti (Secretaria).

S/C 492326 Feb. 01 Feb. 03

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Por disposición del Juez de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Dr. Marcos Andino, Secretaria del autorizante, se hace saber que el día 27 de Febrero de 2023 a las 9.00 hs se realizada sorteo de defensor de oficio en autos caratulados SANMARTI LUISINA Y OTROS c/PAOLANTONIO NORA ELVIRA y otros s/Escrituración; CUIJ Nº 21-25346251-2. San Lorenzo, 4 de Diciembre de 2022. Dra. Luz Maria Gamst, secretaria.

$ 40 492230 Feb. 01 Feb. 03

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Autos: CFN SA c/CASÍFO MARTA ANGELICA s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-25436366-6. El Sr. Juez a cargo del Juzgado de primera instancia de distrito civil y comercial N°- 2ª Nominación de la ciudad de San Lorenzo, DR. Stella Maris Bertune, notifica al Sr. Castro, Marta Angélica, DNI N° 5.161.292, lo declarado en autos: San Lorenzo, 31 de octubre de 2022. Advirtiendo en este acto que se ha citado de remate a la demandada en fecha 23/8/22 sin haber decretado la rebeldía, revóquese por contrario imperio el proveído de dicha fecha y en su lugar se provee: Atento la incomparecencia del accionado a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga sin su representación. Notifíquese por edictos. Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria), Dra. Stella Maris Bertune (Juez).

$ 35 492159 Feb. 01 Feb. 03

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo, Dra. Melisa V. Peretti Secretaria, Dra. Stella Bertune, Juez, notifica al Sr. Resumi, Daniela Itatí, DNI N° 26.256.123, lo declarado en autos: N° 1629. San Lorenzo, 05/11/2019. Por presentada, domiciliada y en el carácter que invoca a mérito del poder general en copia que deberá certificase por Secretaría. Por iniciada demanda ejecutiva. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de 10 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifíquese por cédula. Atento lo solicitado, trábese embargo en proporción de ley sobre los haberes que perciba la demandada de su empleadora, hasta cubrir la suma de $ 107.741,18, con más la del 30% estimados para intereses y costas. Los montos retenidos deberán depositarse en el Banco de Santa Fe, Suc. San Lorenzo en una cuenta para estos autos y a la orden del Juzgado. A tal efecto, oficie Trabado el embargo deberá notificarse por cédula al domicilio real del embargado la medida cautelar ordenada, siendo carga y responsabilidad del embargante tal diligencia (art. 282 CPC). Firmado: Dra. Melisa V. Peretti (Sec), Dra. Stella Maris Bertune (Juez). CFN SA c/RESUMI DANIELA ITATI CUIJ 21.25437170-7. San Lorenzo, 24 de Septiembre de 2021 Agréguese la constancia acompañada. Cítese de a comparecer ala demandada Daniela Resumi Itatí con la prevención de que si dentro de 10 días no opone excepción legitima se llevará adelante la ejecución si más trámite, por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en los estrados del Tribunal por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación (Art. 73 CPCC). Firmado: Dra. Melisa V. Peretti, Secretaria; Dra. Stella Maris Bertune, Juez. Dr. Andrés Colombo, prosecretaria.

$ 35 492161 Feb. 01 Feb. 03

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La Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la ciudad de San Lorenzo, Dra. Hebe Alicia García Borras hace saber que Don Eduardo Antonio Paquez DNI Nº 6.026.703, falleció el día 20 de Octubre de 2020 y cita a sus herederos, acreedores, legatarios, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquese edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Dra. Hebe Alicia García Borras, Jueza, Dra. Gabriela A. Forlini, Secretaria. MONTERO VANESA EVELYN c/MEDICINA AMBULATORIA SA y otro s/Cobro de pesos - rubros laborales; Expte. CUIJ Nº 21-17068256-1. San Lorenzo, 26 de diciembre de 2022. Dra. Gabriela Forlini, secretaria.

$ 33 492360 Feb. 01 Feb. 03

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Circuito N° 12 de la ciudad de San Lorenzo, se hace saber que dentro de los autos caratulados CILIBERTI NÉSTOR OMAR c/COMATRA S.R.L. s/Ejecutiva; Expte. N° 667/18 CUIJ Nº 21-23395297-1, 21-23395297-1, se ha dispuesto poner de manifiesto en la Oficina y por el término y bajo los apercibimientos de ley la planilla de capital, intereses, gastos, honorarios y aportes proporcionales que alcanza la suma de setenta y cuatro mil ochocientos ochenta y un pesos con 88/100 ($ 74.881,88). Publíquese por tres días. Fdo. Dra. Jimena Muñoz (Secretaria). San Lorenzo, Diciembre de 2022.

$ 33 492362 Feb. 01 Feb. 03

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Por disposición del juez de primera instancia de distrito civil y comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado notificar por edictos según el art. 81 del CPCCYC a los demandados - Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Aceite de San Lorenzo- La sentencia de fecha 17/8/2021 T° 86, F° 203, N° 1043 la cual copiada dice así: ...Y vistos:... Y considerando:... Fallo: 1) Hacer lugar a la pretensión de usucapión interpuesta y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción el dominio, desde el 04/05/2006, a favor de la Asociación de Jubilados Aceiteros Pasivos y Afines y General de la ciudad De San Lorenzo, del inmueble consistente en un lote de terreno ubicado en la calle Tucumán 653 la ciudad de San Lorenzo, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe. Conforme la descripción que surge de la Memoria de Mensura el inmueble comprende una fracción de terreno situada en la Sección 01, Manzana 12, designado como Lote A en plano de mensura duplicado N° 790-SL, y se encuentra situado en la calle Tucumán a los 21.16mt de calle Gral. López hacia el este y a los 41.30mt de la Avenida San Martín hacia el oeste y mide 21.02mt de frente al norte sobre calle Tucumán, 43.10mt de fondo en su costado este en línea ligeramente inclinada, 43.10mt en su costado oeste, y 20.60mt de contrafrente al sur, con una superficie total de 896.91mt2, lindando al norte con calle Tucumán; al este con Jorge Bullan y otro, Rafael Juan Colautti y otro y Ana María Arias y otro; al sur con Silvia Aguirre y otro; al oeste con José Piccinelli y otra y Adela Mateo de Cavestri. Dominio inscripto al T° 78, Fº 188 N° 70688 - Departamento San Lorenzo, del Registro General de Propiedades de la ciudad de Rosario; 2) Imponer las costas a la demandada vencida; 3) Declarar que los honorarios del defensor oficial de la demandada son a cargo de la actora tanto como de la demandada representada, contra quien en definitiva deben pesar, pudiendo en caso de pagarlos la accionante, repetir. 4) Se deja constancia que a los fines regulatorios deberán acompañar los profesionales intervinientes valuación debidamente certificada del inmueble objeto del presente. 5) Firme el presente fallo y cumplimentado que fuera el art. 34 Ley 6767, ofíciese al Registro General y a los organismos administrativos correspondientes a fin de que se inscriba el dominio y se tome razón de dicha prescripción. Insértese y hágase saber. Los edictos se publicarán en el boletín oficial y en los estrados del Tribunal por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación. Autos caratulados ASOCIACION DE JUBILADOS Y PENSIONADOS ACEITEROS PASIVOS Y AFINES EN GENERAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO c/SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL ACEITE DE SAN LORENZO s/Usucapión y/o información posesorio; CUIJ Nº 21-25384930-1. Dra. Luz Maria Gamst, Secretaria. San Lorenzo, 19 de diciembre de 2022. Dra. Nadia M. Aronne, prosecretaria.

S/C 492189 Feb. 01 Feb. 03

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Por disposición del Señor Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nom. de San Lorenzo, Dra. Stella Maris Bertune, Secretaria de la Dra. Melisa V. Peretti, dentro de los autos caratulados COMUNA DE LUIS PALACIOS c/BERDEJO MANUEL y otros s/Apremio fiscal comunal; CUIJ Nº 21-25439657-2, Expte. N° 426/2021, se ha dictado lo siguiente: Tº 91, Fº 186, Nº 802; San Lorenzo, 06/07/2021. Por presentada, domiciliada y en el carácter que invoca a mérito del poder general en copia acompañado. Por iniciada demanda de apremio fiscal. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de 8 días no opone excepción legítima se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Ofíciese a los fines solicitados en el punto 3 del petitorio. Atento a lo solicitado trábese embargo sobre el bien sobre el que se reclaman las tasas, por el monto demandado con más el 30% estimado para intereses y costas. A tal efecto ofíciese. Notifíquese por cédula, debiendo el notificador requerir de quien le atienda o vecinos si el demandado vive allí y, únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la diligencia, dejándo constancia de todo lo actuado en la cédula. Firmado: Dra. Stella Maris Bertune (Juez) - Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria). Y SAN LORENZO, 25 de Agosto de 2021 Por ampliada demanda contra Lino Spini y Juan Spini. Recaratúlese. Ofíciese a los fines solicitados en el punto II. Al punto III: Estése al embargo ordenado en autos. Firmado: Dr. Alejandro Andino (Juez en suplencia) - Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria) Y: San Lorenzo, 31 de octubre de 2022 Por notificada. Agréguese informe del RPU. Acompañados que fueran los edictos de mención, se proveerá. Firmado: Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los estrados del tribunal por el término de tres días. Dra. Melisa Peretti, secretaria.

S/C 492424 Feb. 01 Feb. 03

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Por disposición de la Señora Jueza de Primer Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de San Lorenzo Dra. Stella Maris Bertune, Secretaria de la Dra. Melisa V. Peretti, dentro de los autos caratulados COMUNA DE LUIS PALACIOS c/CORDOBA LAUREPNO s/Apremio; CUIJ Nº 21-25375887-9, Expte. 1628/2010, se ha dictado la siguiente Sentencia: T° 91, F° 245, N° 845 26 JUL 2021 COMUNA DE LUIS PALACIOS c/CORDOBA LAUREANO s/Apremio; 21-25375887-9 juzg. de 1ª inst. civil y comercial – 2ª Nom. Y vistos:... Y considerando:... Resuelvo:... 1) Ordenar se lleve adelante la ejecución hasta tanto la parte actora haga íntegro el cobro del capital reclamado y los intereses. 2) Costas a la perdidosa (art. 251 CPC y C) 3) Diferir la regulación de honorarios hasta el momento de practicarse liquidación. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Stella Maris Bertune (Juez) - Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria). Y Tº 91, Fº 465, N° 1004 San Lorenzo 27 Ago 2021. Y vistos:... Considerando:... Resuelvo: Ampliar la resolución N° 845 del 26 de julio de 2021, incluyendo como codemandado al señor Martiniano Córdoba y en consecuencia, hacer lugar a la demanda interpuesta por la Comuna de Luis Palacios contra él, e imponerle las costas conjuntamente con el otro demandado con la extensión allí dispuesta respecto de los intereses y demás cuestiones. Insértese, hágase saber. Firmado: Dr. Alejandro Andino (Juez en suplencia) - Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los estrados del tribunal por el término de tres días.

S/C 492423 Feb. 01 Feb. 03

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AUTOS: ACOSTA VICTORIA c/SEQUERIA GUSTAVO ARIEL s/Otras Diligencias - Civil, CUIJ 21-23858869-0; Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 2 San Lorenzo. SAN LORENZO, 17 de Octubre de 2022 Acompañe el estampillado correspondiente de foja 0. Se proveé el escrito inicial: Por presentada, domiciliada y en el carácter que invoca, con patrocinio letrado. Por iniciada surnaria información de cambio de apellido (art. 69 y sgtes. C.C. y C.). Por ofrecida prueba. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal una vez por mes, durante dos meses (art. 90 C.C. y C.), pudiendo formularse oposición dentro de los 15 días hábiles computados desde la última publicación. Notifiquese el inicio de los presentes al Sr. GUSTAVO ARIEL SEQUEIRA por cédula, debiendo el notificador requerir de quien le atienda o vecinos si el demandado vive allí y, únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la diligencia, dejando constancia de todo lo actuado en la cédula. Ofíciese al Registro General de la Propiedad con el fin de que informe si existen medidas cautelares en nombre de las accionantes. Dése intervención al Sr. Agente Fiscal y a la Sra. Asesora de Menores. FIRMADO: DRA. MELISA V. PERETTI (secretario); DRA. STELLA MARIS BERTUNE (juez)

$ 33 493026 Feb. 1

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Por disposición del Juez de Circuito en lo Civil y Comercial de San Lorenzo, se ha ordenado notificar al Sr. Víctor Daniel Flores, para que sea citado y emplazado para que comparezca a estar a derecho en el plazo de ley, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde dentro de los autos caratulados GREGORIO MARIA MAGDALENA c/GOROSITO ROCIO ALDANA s/Desalojo; CUIJ Nº 21-23400494-5. Fdo. Dr. Sebastián J. Rupil (Juez).

$ 40 492258 Feb. 01 feb. 03

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia, Distrito Civil y Comercial, 1ª Nominación, de la ciudad de Villa Constitución (Sta. Fe); se hace saber por dos días que en los autos caratulados GAYOZO, GUSTAVO DANIEL s/Propia Quiebra; Expte. 184/2019 - CUIJ 21-25580874-2, ha sido presentado el Informe Final y el Proyecto de Distribución por parte de la Sindicatura (Art. 218 - Ley 24.522); y se han regulado los honorarios del Síndico en la suma de $ 1.792.220,10 y los de los abogados del fallido en la suma de $ 768.094,33; lo que se publica a los efectos previstos en el Art. 218 de la Ley 24522. Villa Constitución, 21 de Diciembre de 2022. Dr. Alejandro Danino, Secretario.

S/C 492202 Feb. 1 Feb. 2

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EN LOS AUTOS CARATULADOS CFN SA c/NAVARRO RUBEN DARIO s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-23484944-9; El Sr. Juez a cargo del Juzgado De Primera Instancia De Circuito Judicial N° 14 de La ciudad de Villa Constitución, Dr. DIOGENES D. DROVETTA, notifica al Sr. Navarro, Rubén Eduardo, DNI N° 33.474.681, lo declarado en autos: Villa Constitución- 29-12-2021 presentada, con domicilio ad Litem constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que en fotocopia certificada acompaña y se agrega. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a los presentes el trámite del Juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro deL término de diez (10) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Agréguese la copia impresa del pagaré acompañado. Por ofrecida prueba documental. Notifíquese por cédula que firmará La Actuaría (Art. 25 inc 3) CPCC). Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Dra. Analía n. Vicente Secretario Dr. Diógenes Diosdado Drovetta Juez. OTRO: Villa Constitución: Atento a lo solicitado por la actora y ante la inexistencia del domicilio del demandado, notifíquense los proveídos autos por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL de acuerdo a lo dispuesto por el art. 73 del C.P.C.C. Dra. Analía N. Vicente Secretaría.

$ 35 492155 Feb. 1 Feb. 3

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EN LOS AUTOS CARATULADOS CFN S.A c/LOPEZ SALVADOR s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-23483001-2; El Sr. Juez a cargo del Juzgado DE Primera Instancia De Circuito Judicial N° 14 de la ciudad de Villa Constitución, Dr. Diógenes D. Drovetta, notifica al Sr. López, Salvador, DNI N° 10.738.996, lo declarado en autos: FALLO: 1.- Mandando llevar adelante La ejecución contra LOPEZ SALVADOR hasta tanto C.F.N. S.A. se haga íntegro pago del capital reclamado, él que asciende a la suma de Pesos Doce mil ochocientos treinta y nueve con veintitrés centavos ($ 12.839,23), con más los intereses indicados en los considerandos del presente más IVA. 2.- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 del C.P.C.C.S.F.). 3.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Rosanna Noemí Knafel en la suma de pesos Catorce mil cuatrocientos cincuenta ($ 14.450), equivalente a una (1) unidad Jus, que se actualizará automáticamente, según el valor en moneda de curso legal que establezca la CSJSF al momento del efectivo pago. 4.- Fíjese para los honorarios un interés moratorio anual del 8%, sobre el monto nominal, desde la fecha de notificación de la presente y hasta su efectivo pago. Vista a Caja Forense. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Dra. Analía n. Vicente Dr. Diógenes Diosdado Drovetta Secretaria Juez.

$ 35 492156 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera instancia de distrito civil y comercial Nº 1 de Villa Constitución se hace saber que en los autos caratulados ANDRADA JACINTA c/RUBINICCI DANIELA s/Filiación Post Morten CUIJ 21-25565699-3 SE DICTO LO SIGUIENTE: VILLA CONSITUTCION 24/10/2022 Previo al dictado de sentencia 1) Repongase el poder especial acompañado por la actora a fs 2 consignando en el formulario API respectivo la fecha de otorgamiento de dicha procura a efectos de que la liquidación contenga los intereses correspondientes. 2) Vengan los caratulados ALFONZO JESUS s/ sucesión (Expte Nª 1158/2005), actuaciones que conforme se desprende del sistema informático se encuentran retiradas a nombre de Dr. Formentin. En su caso, intímese el reintegro por el término de 48 horas, bajo apercibimientos de ley. Notifíquesele por cedula. 3) Advirtiendo que, conforme las partidas de nacimiento glosadas a fs. 60/62, los sres Mirco Alfonso y Anahí Alfonso han alcanzado la mayoría de edad, hagaseles saber que en autos han sido representados por el Dr. Abdala, en virtud de la procura que fuere otorgada por su progenitora Daniela Rubinicci mientras eran menores de edad. Cítese y emplácese a los referidos para que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Notifíqueseles por cedula a su domicilio real. 4) Atento que la demanda se dirigió en relación a una persona fallecida, publíquense edictos en los términos del art. 597 CPCC 5) Atento que el Dr. Abdala al comparecer por Daniela Rubinicci fijo domicilio legal en calle San Martín 1272 en tanto al hacerlo por Adelquis Alfonso lo fijo en Belgrano 1115 ambos de esta localidad aclare al respecto. En su caso unifique domicilio legal. Notifíquesele electrónicamente. 6) Cumplimentados que sean los puntos anteriores, atento a que en los albores del proceso la demanda se dirigió contra menores de edad, habiendo tomado oportunamente intervención la Asesoría de Menores (fs 19); previo al dictado de sentencia: córrasele vista. Dr. Alejandro Danino, secretario.

$ 60 492260 Feb. 1 Feb. 3

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La Sra. Jueza del Juzgado de la. Instancia de Distrito N° l4 en Civil y Comercial de la 2da. Nom. Villa Constitución, dra. Griselda N. Ferrari (Juez) Secretaría a cargo del dra. Claudia Valoppi dentro de los “COMUNA DE PEYRANO c/ PEYRANO, ANDRES s/ Apremios Fiscales Municipales” CUIJ Nro. 21- 25616273-0 ha dispuesto publicar el siguiente decreto que se transcribe: Villa Constitución, 28 de Septiembre de 2020 Téngase al compareciente por presentado, con domicilio constituido, en el carácter invocado, a mérito del poder especial cuyo original deberá acompañar para su cotejo en Secretaría. Por promovida demanda de apremio fiscal. Cítese de remate al demandado para que oponga excepción legítima dentro del término de ocho días, bajo apercibimientos de ley (art 70 2da parte ley 5066 y modificatorias, art 473 del CPCC). Agréguese la documental acompañada. Al pedido de cautelar: previo líbrese oficio al Registro General de la Propiedad a fin de que informen la titularidad del inmueble en cuestión. A lo demás: oportunamente. Notifíquese por cédula. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifiquen indistintamente los empleados del Juzgado. Hágase saber al profesional que deberá acompañar original o fotocopia debidamente certificada de toda documental, cédulas, oficios, informes y demás constancias, antes de dictarse Sentencia. FIRMAN: DRa Analia Suarez Monaco (Secretaria) dra. Griselda n. Ferrari (Juez)

S/C 492725 Feb.1 Feb. 3

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Hago saber a Ud. que en el juicio "LINGIARDI, FABIANA ANDREA S/ SUCESORIO", CUIJ. Nro. 21-25658064-8, tramitado ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución a cargo de la Dra. AGUEDA. M. ORSARIA, Juez, Secretaría dela autorizante Dr. ALEJANDRO DANINO, se ha dispuesto lo siguiente: "Llamar, citar y emplazar por el término de treinta (30) días a los herederos, legatarios y/o acreedores de Doña. LINGIARDI, FABIANA ANDREA, D.N.I. Nro. 17.828.093, Para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos". AUTOS: "LINGIARDI, FABIANA ANDREA S/ NOMBRAMIENTO ADMINISTRADOR PROVISORIO DE HERENCIA", CUIJ. Nro. 21-25658064-8. Fdo. Dr. Alejandro Danino. Secretario.

$ 45 Feb. 01

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Hago saber a Ud. que en el juicio "MACEDO CABRERA NELLY s/ SUCESORIO", CUIJ. Nro. 21-25658099-0, tramitado ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución a cargo de la Dra. AGUEDA. M. ORSARIA, Juez, Secretaría de la autorizante Dr. ALEJANDRO DANINO, se ha dispuesto lo siguiente: "Llamar, citar y emplazar por el término de treinta (30) días a los herederos, legatarios y/o acreedores de Doña. MACEDO CABRERA NELLY, D.N.I. Nro. 92.149.473, Para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos". AUTOS: "MACEDO CABRERA NELLY s/ SUCESORIO", CUIJ. Nro. 21-25658099-0. Fdo. Dr. Alejandro Danino. Secretario.

$ 45 Feb. 01

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 Hago saber a Ud. que en el juicio "LUNA JOSE MARINO s/ SUCESORIO", CUIJ. Nro. 21-25657899-6, tramitado ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial de la Primera Nominación de Villa Constitución a cargo de la Dra. AGUEDA. M. ORSARIA, Juez, Secretaría de la autorizante Dr. ALEJANDRO DANINO, se ha dispuesto lo siguiente: "Llamar, citar y emplazar por el término de treinta (30) días a los herederos, legatarios y/o acreedores de Don. LUNA JOSE MARINO, D.N.I. Nro. 07.822.306, Para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos". AUTOS: "LUNA JOSE MARINO s/ SUCESORIO", CUIJ. Nro. 21-25657899-6. Fdo. Dr. Alejandro Danino. Secretario.

$ 45 Feb. 01

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino N° 9, Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaria del Dr. Jorge Andrés Espinoza, dentro de los autos caratulados: RASPO JOSE MIGUEL c/MARQUEZ, JUAN Y OTRO s/prescripción adquisitiva; (Expte. 903/2018),- CUIJ 21263600301, Se ha dictado lo siguiente: Rufino, 12 de diciembre de 2022: Informando verbalmente el Actuario en este acto que los heredero de Juan Raúl Márquez y Angélica Celia Vera no han comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificados, decláreselos rebeldes y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos y por cédula al último domicilio real de los causantes. Rufino, 23 de Diciembre de 2022.

$ 45 492467 Feb. 1 Feb.7

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia deDistrito N° 9 en lo civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de Rufino, Dr. Luis A Cignoli, secretaria del autorizante Dr. Jorge Espinoza, en autos caratulados: NIEVES CATIA; ENGEMANN DANIELA MARIEL; NIEVES MAGDALENA; Y BERTUCI CLARA VIVIANA s/Disolución de Sociedad de Hecho CUIJ 21-263655505-9 se hace saber del estado de disolución de la Sociedad de Hecho Suc. Nieves Hernán Oscar Art. 98 Ley Sociedades Comerciales). Agréguese por cuerda al presente los autos caratulados: NIEVES HERNAN OSCAR s/Sucesorio; (Exp. N° 110/2012), tomando razón Mesa de entrada en el Sisfe. Atento la existencia de un menor de edad, córrase vista a la Defensora General. Notifiquen indistintamente el Oficial Notificar y Oficial de Justicia indistintamente. Notifíquese. Firmado Dr. Luis A. Cignoli (Juez); Dr. Jorge Espinoza (Secretario).

$ 45 492402 Feb. 1

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Alejandro Héctor Lanata, Secretaría de la Dra. Analía Irrazábal, en autos caratulados: TOSCANINI, ANDREA FABIANA c/JUNCO OJEDA MATIAS s/Titularidad y Ejercicio de la Responsabilidad Parental; (CUIJ N° 21-26471883-7), (CUIJ N° 21-26468076-7), se ordena publicar el siguiente decreto: Melincué, 20 de Octubre de 2022. Por presentado, con domicilio legal constituido y por parte en el carácter invocado a mérito del poder especial que se agrega en autos. Téngase por iniciada la presente acción la que se tramitará por la vía ordinaria. Cítese y emplácese a la demandada a comparecer y estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley. A la prueba ofrecida, téngase presente. Fdo: Dr. Alejandro Héctor Lanata, Juez; Dra. Analía Irrazábal, Secretaria. y la siguiente Resolución: N° 1654 Melincué, 11 de Noviembre de 2022 Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Hacer lugar al recurso de revocatoria y dejar sin efecto la porción que establece otorgar a los presentes autos el trámite de ordinario y en su lugar establecer el trámite sumarísimo tal como lo dispone el art. 688 del CPCC. Fdo: Dr. Alejandro Héctor Lanata, Juez; Dra. Analía Irrazábal, Secretaria. En Melincué a los 25 días del mes de Diciembre de 2022.

$ 45 492243 Feb. 1 Feb. 6

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de Sr. Juez de Primera Instancia de Juzgado Laboral de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Jorge E. Verna (juez), Dra. Maria Laura Olmedo, (Secretaria) en los autos caratulados VICTOR ANDRES BARRAZA c/CARLOS MAYOR s/Cobro de Pesos - Rubros Laborales, (Expte. (CUIJ 21-17124583-1), se cita y emplaza a la codemandada la Srta: Melina Mayor D.N.I 41.359.993 con domicilio en calle Rivadavia N° 749 de la ciudad de Venado Tuerto (Pcia de Santa Fe), para que en el término de ley comparezca a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de rebeldía en los términos del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo. Dra. María Laura Olmedo (Secretaria). Venado Tuerto, 20 de Diciembre de 2022.

$ 33 492117 Feb. 1 Feb. 3

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. Jorgelina Daneri, en autos caratulados MATURANO ROSA INES c/RASCHETTI MELANIE MARIA Y OTROS s/Daños Y Perjuicios; (CUIJ N° 21-24614763-6) se ordena publicar el siguiente decreto: Venado Tuerto, 10 de Noviembre de 2022. Agréguese en autos edicto que se acompaña. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a la demandada Sra. Melina Raschetti y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por Edicto. Fdo: Dra. María Celeste Rosso, Juez; Dra. Jorgelina Daneri, Secretaria. En Venado Tuerto, a los días del mes de de 2022.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en la Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de- la Dra. Jorgelina Daneri, en los autos caratulados GÁRNERO NORBERTO JOSÉ s/Sucesorio; (CUIJ 21-246I7225-8), se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, señor Garnero Norberto José, DNI M.6.122188, para que comparezcan a hacer valer sus derechos lo que se publica por 5 (cinco) días. a los efectos legales. Venado Tuerto, 29 de Noviembre de 2022.

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Por disposición del Dr. Gabriel A. Carlini, Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, Secretaria del Dr. Alejandro W. Bournot, en el Expte. CUIJ Nº 21-24612399-O, autos caratulados “ALEJANDRO LUIS PERMINGEAT S.A. - S/RELATIVA A MATERIA SOCIETARIA”, en virtud del trámite de solicitud de rúbrica de libro de Registro de Acciones de la sociedad Alejandro Luis Permingeat S.A. por extravío, mediante proveído de fecha 08/05/2019 se ha dispuesto: “... Por iniciada la acción que expresa respecto de la denuncia de extravió de registro de acciones en los términos del art. 1876, ss y cc CCCN.- A tales efectos, publíquense edictos por el termino de 5 días_en el Boletín Oficial, diario El Informe y diario Clarín con las previsiones del art. 1877.”. ATENTO al estado de autos, CITESE a quienes pretenden derechos sobre las acciones de la sociedad ALEJANDRO LUIS PERMINGEAT S.A, para que se presenten dentro de los treinta días contados a partir del ultimo dia de la publicación del presente, ante el Perito Contador C.P.N. Carlos Enrique Cavallero, con domicilio fijado en Rivadavia 743 de la ciudad de Venado Tuerto, para alegar y probar cuanto estimen pertinente, bajo apercibimiento de resolverse con las constancias que se agreguen a las actuaciones, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 1877 del C.C. y C.N.

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El Juzgado de Familia de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Claudio Heredia, Juez, Secretaria de la Dra. Luciana Parenti, dentro de autos caratulados OCCHIPINTI LEONOR FABIANA c/JOFRE EMILIO JORGE s/Supresión Apellido Paterno; CUIJ 21-27722973-8, ha ordenado publicar edictos por el término de ley conforme Articulo 70 Código Civil y Comercial de la Nación Argentina a los fines de hacer saber que en los autos de referencia la menor Jofre Paula Isabella, DNI 49.927.077, mediante la representación de su madre, la Sra. Occhipinti Leonor Fabiana, ha solicitado cambio de apellido mediante supresión del apellido paterno “JOFRE”, pidiendo se consigne en la respectiva partida de nacimiento el apellido de su progenitora “OCCHIPINTI”. Podrán formularse oposiciones dentro de los quince días hábiles contados a partir de la última publicación de edictos.Venado Tuerto, 30 de Noviembre de 2022.

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Inst. de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nom. de Venado Tuerto, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. CALABRIN MARÍA ISABEL, DNI 17.104.753, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley dentro de los autos caratulados “CALABRIN MARÍA ISABEL S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-24619547-9).- Venado Tuerto, de de 2022. Firmado, Dr. Alejandro Walter Bournot, Secretario.

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel A. Carlini, Juez – Dr. A. Walter Bournot, Secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña IMELDA MARIA AZUCENA RODRIGUEZ, DNI 2.831.472, para que dentro del término de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Firmado: Dr. Gabriel A Carlini, Juez – Dr. A Walter Bournot, Secretario.- (autos: “Rodriguez, Imelda María Azucena s/Declaratoria de Herederos” (CUIJ 21-24619361-1 año 2022)

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