picture_as_pdf 2023-01-31

ALARMAS MAGA SRL


CONTRATO


Integrantes de la sociedad: GARCIA ISABEL BLANCA, argentina, nacida el 15 de Mayo 1961, DNI N° 14.392.108, de profesión comerciante, casada en primeras nupcias con MAGADAN ALDO, domiciliada en calle ITALIA 42 PISO 6, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, CUIT 27-14392108-0, MAGADAN MARIA EUGENIA,

argentina, nacida el 19 de Junio 1985, DNI N° 31.535.895, de profesión comerciante de estado civil soltera, domiciliada en ITALIA 42 PISO 6 la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, CUIT 27-31535895-2, MAGADAN LEANDRO VALENTIN, argentino, nacido el 02 de Octubre de 1991, DNI 36.003.610, de profesión comerciante, de estado civil soltero, domiciliado en calle Italia 42 Piso 6 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, CUIT 20-36003610-4 por si mismos y MAGADAN MARIA EUGENIA en carácter de apoderada según Escritura Nº 4 Folio 7- Poder General del 1 de Febrero de 2022 de MAGADAN MARIA FLORENCIA, argentina, nacido el 31 de Mayo de 1987, DNI 32.962.846, de profesión comerciante, de estado civil soltera, domiciliada en calle Italia 42 Piso 6 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, CUIT 27-32962846-4 únicos socios de ALARMAS MAGA SRL inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 20 de Diciembre de 2007 en contratos al tomo 158 Folio 31242 N° 2435, prorroga y aumento de capital inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 14 de Diciembre de 2012 en contratos al tomo 163 Folio 34926 N° 2171 y cesión de cuotas, reconducción y modificación socio gerente inscripta en el Registro Publico de Comercio con fecha 07 de Mayo de 2018 en contratos al tomo 169 Folio 3277 Nº 704, de común acuerdo, resuelven la prorroga, de la sociedad según reza el artículo 95 in fine de la ley 19.550, aumento de capital y ampliación de objeto.

CAPITULO 1: PLAZO-OBJETO

ARTICULO 2: La sociedad tendrá una duración de VEINTICINCO (25) años a contar desde la inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio, es decir hasta el 20 de Diciembre de 2043.

ARTICULO 3: La sociedad tendrá por objeto la comercialización de venta de alarmas, circuito cerrado de televisión, visores, telefonía celular, dispositivos de control de acceso, ampliando el objeto a cableado telefónico. A tal fin la Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar actos que no estén prohibidos por las leyes y el presente contrato.

CAPITULO II: CAPITAL

ARTICULO 4: El capital social originario es de ciento veinte mil pesos ($ 120.000) dividido en 120.000 cuotas de $ 1 (pesos uno) cada una totalmente todo integrado. Los socios deciden por unanimidad el aumento del capital social de ciento veinte mil pesos ($ 120.000) a quinientos diez mil pesos ($ 510.00), siendo el aumento de trescientos noventa mil pesos ($ 390.000).

ARTICULO 5: El presente aumento se suscribe en la siguiente proporción que seguidamente se detalla. La Señora GARCIA ISABEL BLANCA suscribe la cantidad de ciento noventa y cinco mil (195.000) cuotas de pesos uno ($ 1) cada una, es decir un capital de pesos ciento noventa y cinco mil ($ 195.000), la Señorita MAGADAN MARIA EUGENIA suscribe la cantidad de sesenta y cinco mil (65.000) cuotas de pesos uno ( $ 1) cada una, es decir un capital de pesos sesenta y cinco mil ($ 65.000), el señor MAGADAN LEANDRO VALENTIN suscribe la cantidad de sesenta y cinco mil (65.000) cuotas de pesos uno ($ l) cada una, es decir un capital de pesos sesenta y cinco mil ($ 65.000) y la Señorita MAGADAN MARIA FLORENCIA suscribe la cantidad de sesenta y cinco mil (65.000) cuotas de pesos uno ($ 1) cada una, es decir un capital de pesos sesenta y cinco mil ($ 65.000), El aumento de capital queda totalmente suscripto, e integrado en un 25% en dinero en efectivo, es decir noventa y siete mil quinientos pesos ($ 97.500), obligándose a completar la integración dentro de los 180 dias de la fecha de suscripción del presente, también en efectivo.

En consecuencia el capital social queda fijado en la suma de quinientos diez mil pesos ($ 510.000), representados en quinientas diez mil (510.000) cuotas sociales de pesos uno ($ 1), cada una, suscriptas de la siguiente manera. La Señora GARCIA ISABEL BLANCA la cantidad de doscientas cincuenta y cinco mil (255.000) cuotas de pesos uno ($ 1) cada una, que representan la suma de pesos doscientos cincuenta y cinco mil ($ 255.000), la Señorita MAGADAN MARIA EUGENIA la cantidad de ochenta y cinco mil (85.000) cuotas de pesos uno ($ 1) cada una, es decir un capital de pesos ochenta y cinco mil ($ 85.000), el señor MAGADAN LEANDRO VALENT1N la cantidad de ochenta y cinco mil (85.000) cuotas de pesos uno ($ 1) cada una, es decir un capital de pesos ochenta y cinco mil ($ 85.000) y la Señorita MAGADAN MARIA FLORENCIA la cantidad de ochenta y cinco mil (85.000) cuotas de pesos uno ($ 1) cada una, es decir un capital de peso ochenta y cinco mil ($ 85.000).

$ 210 493041 Ene. 31

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ACERIAS SAUCE VIEJO S.A.


ESTATUTO


Por decisión de Asamblea General Extraordinaria de fecha 13 de Octubre de 2022 se ha resuelto aprobar por unanimidad la modificación del artículo 4 del estatuto social de ACERIAS SAUCE VIEJO S.A., quedando redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 4: El capital social es de seiscientos mil pesos ($ 600.000) representado por seiscientas mil (600.000) acciones de un peso de valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la ley 19.550.

Carlos Eugenio Capisano, suscribe la cantidad de ciento veinticuatro mil quinientas diecinueve (124.519) acciones ordinarias, nominativas no endosables de Pesos Uno ($ 1,00) cada una, con derecho a un (1) voto por acción por un valor nominal total de Pesos Ciento Veinticuatro Mil Quinientos Diecinueve ($ 124.519); b). Juan Fernando Capisano, suscribe la cantidad de setenta y cuatro mil quinientas (74.500) acciones ordinarias, nominativas no endosables de Pesos Uno ($ 1,00) cada una, con derecho a un (1) voto por acción por un valor nominal total de Pesos setenta y cuatro mil quinientos ($ 74.500); c). Elida Graciela Capisano, suscribe la cantidad de veinticuatro mil ochocientas cincuenta y dos (24.852) acciones ordinarias, nominativas no endosables de Pesos Uno ($ 1,00) cada una, con derecho a un (1) voto por acción por un valor nominal total de Pesos veinticuatro mil ochocientos cincuenta y dos ($ 24.852); d) Edgardo Alberto Capisano, suscribe la cantidad de setenta mil ciento veintinueve (70.129) acciones ordinarias, nominativas no endosables de Pesos Uno ($ 1,00) cada una, con derecho a un (1) voto por acción por un valor nominal total de Pesos setenta mil ciento veintinueve ($ 70.129); e) Orlando Luis Castellani, suscribe la cantidad de doscientas noventa y cuatro mil (294.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables de Pesos Uno ($ 1,00) cada una, con derecho a un (1) voto por acción por un valor nominal total de Pesos dosçientos noventa y cuatro mil ($ 294.000).

$ 60 493042 Ene. 31

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BOLD PREFERIDA S.R.L


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: BOLD PREFERIDA S.R.L. s/Constitución De Sociedad que se tramita bajo el Expte. N° 5804/2022 Folio Año 2022 CUIJ N° 21-05531073-1 que se tramita por ante el “Registro Público” del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17º Nominación Rosario- Santa Fe, se hace saber:

NOMBRE: BOLD PREFERIDA S.R.L.

DATOS DE LOS SOCIOS: Olivieri Javier Augusto, de apellido materno Hiskin, de nacionalidad argentino, nacido el 03 de octubre de 1982, soltero, con domicilio en calle San Carlos N° 3643 planta alta, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, de profesión programador, DNI 29.662.702, CUIT 20-29662702-0; Corte Guillermo Oscar, de apellido materno Dutto, de nacionalidad argentino, nacido el 12 de enero de 1983, casado en primeras nupcias con Guzman Brenda; con domicilio en calle Italia Nº 562 7 A, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, de profesión Contador Público, DNI 29.953.69 CUIT 20-29953696-4;

DOMICILIO LEGAL: San Carlos 3643 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero.

DURACIÓN: La duración de la sociedad es de 20 (veinte) años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, ya sea en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a) Explotación de locales dedicados a la venta minorista y distribución de café, bebidas y comestibles; b) Fabricación, importación, exportación y/o comercialización de merchadising y productos de regalería; c) Organización de eventos gastronómicos, catas y similares; d) Dictado de cursos y talleres de. formación, e) Compraventa, comercialización, importación y exportación de café crudo y/o de cualquier otro insumo relacionado con la Industria del café crudo; f) Actividad industrial mediante el fraccionamiento de semillas de café para su procesamiento por medio de tostado en hornos; g) Compra, venta, importación y/o exportación de café procesado y o de cualquier otro insumo relacionado con la Industria del café procesado; h) Compra, venta, comercialización, importación y/o exportación de té en hebras sus derivados y accesorios; i) Dar y tomar franquicias y concesiones.

CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de $ 400.000,00 (pesos cuatrocientos mil, dividido en 1.000 cuotas de $ 400,00(pesos cuatrocientos) valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: el socio 1. Olivieri Javier Augusto suscribe 320 (trescientos veinte) cuotas de capital o sea $ 320.000,00 (pesos trescientos veinte mil) de los cuales integra en este acto en efectivo el 25% (veinticinco por ciento por ciento), es decir $ 80.000,00 (pesos ochenta mil) y el 75% (setenta y cinco por ciento) restante lo integra dentro de dos años; y el socio 2. Corte Guillermo Oscar suscribe 80 (ochenta) cuotas de capital o sea $ 80.000,00 (pesos ochenta mil) de los cuales integra en este acto en efectivo el 25% (veinticinco por ciento), es decir $ 20.000,00 (pesos veinte mil) y el 75% (setenta y cinco por ciento) restante lo integra dentro de dos años; según lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley General de Sociedades 19.550 y sus modificatorias.

FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO COMERCIAL: La sociedad cerrará su ejercicio comercial el día 31 de Agosto de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales n materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también el estado de resultados del ejercicio.

ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de: Olivieri Javier Augusto a quien se los designa como socio gerente y como gerente suplente al socio Corte Guillermo Oscar. A tal fin usaran sus propias firmas con el aditamento Socio Gerente, precedida de la denominación social. El socio gerente firmara toda la documentación de la sociedad para obligar a la misma.

FISCALIZACION: a cargo de los socios.

$ 120 493008 Ene. 31

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CALLE S.R.L.


CONTRATO


Entre ANALIA EUGENIA MARELLI, D.N.I. N° 23.061.299, CUIT 23-23061299-4, comerciante, argentina, soltera, nacida el 13 de enero de 1973, con domicilio en calle José Hernández 2306, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y PAOLA CAROLINA VALERIO, D.N.I. N° 25.324.220, CUIT 27-25324220-0, comerciante, soltera, argentina, nacida el 21 de Junio de 1976, con domicilio en calle Saavedra 2532, de la ciudad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, convienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada:

Denominación: “CALLE S.R.L.”

Domicilio legal: calle Córdoba 645, piso 12, oficina 2, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Duración: 10 años.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto la construcción, el proyecto, la dirección y ejecución de obras nuevas y refacciones en inmuebles. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

Capital: el capital de la sociedad se fija en la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000) divididos en OCHENTA MIL CUOTAS de un valor nominal de diez pesos cada una de ellas, las que son suscriptas en su totalidad por los socios e integradas en dinero en efectivo según el siguiente detalle: ANALIA EUGENIA MARELLI, suscribe CUARENTA MIL CUOTAS de un valor nominal de DIEZ PESOS cada una de ellas, o sea por un total de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000) y PAOLA CAROLINA VALERIO, suscribe CUARENTA MIL CUOTAS de un valor nominal de DIEZ PESOS cada una de ellas, o sea por un total de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000) Dirección y administración: La dirección y la administración de la sociedad será ejercida por uno o más gerentes, socios o no. A tal efecto, usará o usarán sus propias firmas con el aditamento “socio gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación “TRESTRECE S.R.L” actuando en forma indistinta. Desígnese como gerentes a las señoras ANALIA EUGENIA MARELLI y PAOLA CAROLINA VALERIO.

Fiscalización: a cargo de todos los socios.

Cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

Rosario 20 de enero de 2023.

$ 70 493030 Ene. 31

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FERTRANS S.A.S.


ESTATUTO


Accionista unipersonal: Mariano César Lingiardi, argentino, DNI 28857985, CUIT 20-28857985-8, nacido el 14/06/1981, de profesión comerciante, casado, con domicilio en Falucho 744 de la localidad de Máximo Paz, Santa Fe; mayor de edad y hábil para contratar.

Fecha del instrumento: 3 de noviembre de 2022.

Domicilio: Falucho Nº 744 - Máximo Paz - departamento Constitución - Santa Fe.

Objeto social: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades:

a) Venta y distribución de insumos agropecuarios;

b) Transporte de insumos agropecuarios

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

Duración: 50 años desde la inscripción en el Registro Público.

Capital Social: Dos millones quinientos mil pesos ($ 2.500.000), suscriptos e integrados de la siguiente manera: Mariano César Lingiardi 100% - ($ 2.500.000). Integración proporcional del 25% en efectivo, y saldo (75%) en un plazo de dos años.

Administración: Administrador titular: Mariano César Lingiardi, argentino, DNI 28857985, CUIT 20-28857985-8, nacido el 14/06/1981, de profesión comerciante, casado, con domicilio en Falucho 744 de la localidad de Máximo Paz, Santa Fe.

Administradora suplente: Martha Beatriz Brunelli, argentina, DNI 10.944.841, CUIT 27-10944841-4, nacida el 13/07/1953, de profesión productora ganadera, casada, con domicilio en Falucho 744 de la localidad de Máximo Paz, Santa Fe.

Fiscalización: Todos los accionistas.

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de octubre de cada año.

$ 90 493036 Ene. 31

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HORMIGON CONSTRUCTORA S.R.L


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez del Registro Público de Comercio, dentro del Expte. 156/2023, se publica por el término de ley, lo siguiente:

Denominación: HORMIGON CONSTRUCTORA S.R.L.

Fecha de Constitución: Instrumento privado de fecha 24 de Enero de 2023.

Domicilio: Dorrego 316 Planta Alta de Rosario.

Socios: MARCELO DAVID KERN, argentino, nacido el 9 de Agosto de 1975, D.N.I. N° 24.316.288, CUIT 20-24316288-3, casado en segundas nupcias con Mariana Valeria Agüero, con domicilio en calle Bv. Oroño 1388 4 B de ciudad de Rosario, de profesión ingeniero; y DANIELA ALEJANDRA BIGI, argentina, nacida el 10 de Mayo de 1966, D.N.I. Nº 17.963.843, CUIT 27-17963843-1, divorciada en primeras nupcias según resolución judicial N° 1830 de fecha 19 de noviembre de 2010 del Tribunal Colegiado de Familia de la Quinta Nominación de Rosario, de profesión Maestro Mayor de Obras y Arquitecta, con domicilio en Moreno 1641 02-01 de Rosario.

Capital: Pesos Quinientos Mil ($ 500.000).

Administración y representación: A cargo del Socio Néstor Fabián Álvarez.

Fiscalización: A cargo de todos los socios.

Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociarse con terceros en el país y/o en el exterior la siguiente actividad: CONSTRUCCION: mediante el estudio, proyecto, dirección ejecutiva y ejecución de edificios, estructuras metálicas o de hormigón; obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería o arquitectura, de carácter público o privado; construcción de edificios, complejos urbanísticos por el Régimen de Propiedad Horizontal y de Prehorizontalidad y construcción de todo tipo de inmuebles para lo cual podrá presentarse a licitaciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, concurso de precios y cualquier otra forma de adjudicación de obras, y la compra venta sobre bienes propios excluyendo la actividad inmobiliaria. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica de adquirir derechos y contraer obligaciones, celebrar contratos, concretar operaciones que se relacionen directa o indirectamente con aquel, realizar todo tipo de acto que no está prohibido por leyes o por el presente contrato, incluyendo la capacidad para estar en juicio tanto como parte actora como demandada en cualquier fuero o jurisdicción que compitiera. El presente objeto social podrá ser modificado por decisión y voluntad de la asamblea de los socios.

Duración: cincuenta (50) años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Fecha cierre ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

Rosario, 26 de Enero de 2023.

$ 120 493049 Ene. 31

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IMPOSUR S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rosario, se ordenó la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL a los efectos que hubiere lugar y para conocimiento de terceros interesados, todo ello, para hacer saber que:

En la localidad de En la localidad de Arequito, Provincia de Santa Fe, a los 20 días del mes de Septiembre del 2022, siendo las 10.30. Hs. se reúnen en la sede social situada en calle 1º de Mayo N° 865 de dicha localidad los accionistas de IMPOSUR SA, German Gustavo Canegallo, argentino, nacido el 19 de Noviembre de 1963, casado en primeras nupcias con la Sra. Maria Rosa Ferrucci, DNI 16.306.739, C.U.I.T. N° 20-16306739-1, de profesión comerciante y la Señora Maria Rosa Ferrucci, DNI N° 18.140,776, CUIT N° 27-18140776-5, argentina, nacida el 12 de enero de 1967, de profesión docente, casada con el Sr. German Canegallo, ambos con domicilio en calle Lavalle N° 552 de la localidad de Villa Eloisa, Provincia de Santa Fe, resolviendo en forma unánime lo siguiente: 1) Cambio del Domicilio Social: El mismo tendrá lugar en calle Lavalle N° 552 de la localidad de Villa Eloisa, Departamento Iriondo, Provincia de Santa Fe. 2) Modificación del Objeto social. La sociedad tiene por objeto la comercialización mediante el fraccionamiento, compra-venta y molienda de granos de soja y cereales, subproductos, aceites y la exportación de los mismos. 3) Incremento del Capital Social. Se resuelve incrementarlo en la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000.), dividido en 30.000 acciones nominativas no endosables de PESOS DIEZ ($ 10) cada una, los cuales los accionistas suscriben en su totalidad en el siguiente acto de acuerdo a la siguiente forma: Maria Rossa Ferrucci suscribe la cantidad de 3.000 acciones, o sea un capital de TREINTA MIL PESOS ($ 30.000) y el Sr. German Canegallo suscribe la cantidad de 27.000 acciones, o sea un capital de DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS ($ 270.000). Del capital suscripto se integra en este acto en efectivo el veinticinco por ciento (25%) y el saldo restante de setenta y cinco por ciento (75%) se obligan a integrarlo dentro de los dos años a partir de la fecha de la presente asamblea. Quedando formado un capital social total de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000).

$ 70 493010 Ene. 31

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INGAPSA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Atento el fallecimiento en fecha 12 de Junio de 2020 del Sr Luis Fernando Mirande (socio del 50% del capital social de la sociedad), resulto declarado como único y universal heredero su hijo Sr. Felipe Mirande (ello en los autos caratulados “Mirande Luis Fernando s/Declaratoria de Herederos) CUIJ 21-02931115-0 en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rosario) y como consecuencia de las previsiones del contrato social que en la Cláusula DECIMO SEXTA establece que en caso de fallecimiento de un socio el/los herederos puede/n optar por retirarse de la sociedad, éste ha decidido retirarse y no ingresas a la sociedad Ingapsa S.R.L.

Atento a la reducción del capital social de $ 30.000 a $ 15.000 y 1500 cuotas en virtud de la No incorporación del Sr. Felipe Mirande, y siendo que además queda como único socio el Sr Luis Alberto Bressan, este resuelve aumentar el capital social en la suma de $ 985.000 (Pesos Novecientos Ochenta y cinco Mil) es decir en 98500 cuotas de capital social de Diez Pesos ($ 10) valor nominal cada una, las cuales son suscriptas en integradas de la siguiente forma:

Luis Alberto Bressan suscribe 88500 cuotas de Valor Nominal $ 10 cada una, lo que representa $ 885.000, y la Srta. Maria Elina Bressan, se incorpora como socia y suscribe 10000 cuotas de capital social, Valor Nominal $ 10 cada una, lo que representa $ 100.000

NUEVO CAPITAL SOCIAL: Se aumenta el capital social de la suma de $ 15.000 (Pesos Quince Mil) ya integrados, a la suma de $ 1.000.000 (Pesos Un Millón) dividido en Cien Mil (100.000) cuotas de $ 10 cada una, que los socios suscriben de la siguiente forma:

Luis Alberto Bressan suscribe 90.000 cuotas de valor nominas $ 10 cada una y equivalentes a $ 900.000 de Capital Social y Maria Elina Bressan, suscribe 10.000 cuotas de valor nominal $ 10 cada una, y equivalentes a $ 100.000 de Capital Social. Dicho capital ha sido integrado en la totalidad, con excepción de las cuotas pertenecientes a Maria Elina Bressan quien integra en dinero en efectivo el 25%en este acto y el resto en plazo de 2 años.

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: DESIGNACION DE GERENTE

La Administración y representación estará a cargo de los socios Luis Alberto Bressan y Maria Elina Bressan. Ambos Socios Gerente, actuando en forma individual, indistinta o alternativamente cualquierade ellos PRORROGA DE DURACION: Se prorroga la duración por el término de 20 años, a partir del vencimiento, o sea que su nuevo vencimiento operara el 23 de diciembre de 2046.

$ 86,85 493038 Ene. 31

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JYL S.R.L.


CONTRATO


En cumplimiento del art. 10 de la ley 19.550, se informa que se halla en trámite de inscripción registral la sociedad que se detalla a continuación. Datos de los socios: JUAN CARLOS RODRIGUEZ, argentino, nacido el 7 de mayo de 1969, DNI N° 20.674.717, CUIT 20-20674717-0, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Urquiza N° 677 de la ciudad de Funes y LUIS ENRIQUE QUEVERTOQUE, argentino, nacido el 11 de enero de 1971, DNI N° 21.798.700, CUIT 20-21798700-9, casado en primeras nupcias con Mariela Saucedo, de profesión jubilado, con domicilio en calle Gálvez 5946 Depto. 2 de la ciudad de Rosario. Fecha del instrumento de constitución: 16 de diciembre de 2022. Razón social: JYL Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio de la sociedad: Urquiza 677, ciudad de Funes, provincia de Santa Fe. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse a la construcción, reforma, reparación y mantenimiento de inmuebles, movimiento de suelos y saneamiento de obras e instalaciones industriales, civiles y viales, urbanas y rurales, públicas y privadas; pudiendo ejercer su actividad por cuenta propia, asociada a terceros o a través de terceros. En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionan con su objeto. Plazo de duración: Diez (10) años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Capital social: Seiscientos mil pesos ($ 600.000), representado en 60.000 cuotas de diez Pesos ($ 10) cada una, suscriptas e integradas en la siguiente proporción: Juan Carlos Rodríguez, treinta mil (30.000) cuotas, integrando el 25% a la firma del instrumento constitutivo, en efectivo y el 75% restante en un plazo no superior a dos años desde la fecha de dicho instrumento; Luis Enrique Quevertoque, treinta mil (30.000) cuotas, integrando el 25% a la firma del instrumento constitutivo, en efectivo y el 75% restante en un plazo no superior a dos años desde la fecha de dicho instrumento. Órgano de administración: Uno o más gerentes, socios o no, designados en el cargo de “socio gerente” o “gerente”. Tendrá/n la representación legal de la sociedad, durando en su cargo el mismo término de tiempo de existencia de la sociedad. Se ha designado para esa función al socio Luis Enrique Quevertoque, quien firmará con el aditamento de socio gerente, precedido de la denominación social. Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios. Fecha de cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año. Dirección de la sede social: Se estableció en la dirección de calle Urquiza 677 de la ciudad de Funes, provincia de Santa Fe. Rosario, enero de 2023.

$ 90 493013 Ene. 31

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LUIS A. BERRINI S.R.L.


PRORROGA


Duración: Que atento que el 5 de febrero de 2023 vencerá el término de duración establecido en el contrato social y siendo voluntad de los socios continuar con el giro social por el presente resuelven prorrogar el término de duración de la sociedad “Luis A. Berrini SRL” por un período de noventa y nueve años a contar de dicha fecha, operando el nuevo vencimiento el 5 de febrero de 2122.

Fecha del Instrumento: 15 de diciembre de 2022.

$ 50 493050 Ene. 31

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MOLINO ESMERALDA S.R.L.


TRANSFORMACION


Expte. Nº 551 Año 2022, Registro Publico de Rafaela, Se hace saber por un día que el 15 de Julio de 2022: los señores socios señor Robertó Felipe Forzani, CUIT 20-14168906-2; señora Angélica Rosa Mecchia, CUIT 27-16272019-3, el señor Franco Forzani, CUIT 23-33364593-9, la señora Noelia Forzani, CUIT 27-32724076-0, el señor Agustín Forzani, CUIT 20-36212010-2, Y el señor Leandro Forzani, CUIL 20-38374126-3 quienes representan la totalidad del capital social de “MOLINO ESMERALDA S.R.L.”, CUIT Nº 30-71423492-3, con sede social en Rivadavia s/n en la localidad de Esmeralda, Provincia de Santa Fe Se reúnen a los fines de transformar MOLINO ESMERALDA SRL en sociedad anónima,

La sociedad se denomina MOLINO ESMERALDA SA, y tiene su domicilio legal en Rivadavia sin número de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe,

El capital social es de $ 600.000, (seiscientos mil pesos), representado por 600.000 (seiscientas mil) acciones de $1 (pesos uno) valor nominal cada una. La sociedad MOLINO ESMERALDA S.A. continuadora de MOLINO ESMERALDA SRL queden como accionistas el Sr Roberto Felipe Forzani, Nº de Documento 14.168.906, CUIT 20-14168906-2, argentino, nacido el 5 de febrero de 1961, sexo masculino, de profesión comerciante, estado civil casado en primeras nupcias con Angélica Rosa Mecchia, con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe, titular de 100.000 cien mil acciones nominativas ordinarias de $1 valor nominal cada una de 1 voto por acción, representativas del 16,7% del capital Y de los votos; señora Angélica Rosa Mecchia, DNI 16272019, CUIT 27-16272019-3, argentina, nacida el 25-04-1963, sexo femenino, de profesión comerciante, estado civil casada en primeras nupcias con el Sr Roberto Felipe Forzani , con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe, titular de 100.000 cien mil acciones nominativas ordinarias de $1 valor nominal cada una de 1 voto por acción, representativas del 16,6% del capital; el señor Franco Forzani, DNI 33364593, CUIT 23-33364593-9, sexo masculino de profesión comerciante, estado civil casado en primeras nupcias con la señora Caria Bocca, con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe, titular de 100.000 cien mil acciones nominativas ordinarias de $1 valor nominal cada una de 1 voto por acción, representativas del 16,6% del capital; señora Noelia Forzani, DNI 32724076, CUIT 27-32724076-0, nacida el 30-06-1987, sexo femenino, estado civil soltera, de profesión comerciante con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe, titular de 100.000 cien mil acciones nominativas ordinarias de $1 valor nominal cada una de 1 voto por acción, representativas del 16,6% del capital; el señor Leandro Forzani, DNI 38374126, CUIL 20-38374126-3, nacido el 6-01-1995 sexo masculino, de profesión comerciante, estado civil soltero, con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe, titular de 100.000 cien mil acciones nominativas ordinarias de $1 valor nominal cada una de 1 voto por acción, representativas del 16,6% del capital y el señor Agustín Forzani, DNI 36.212.010, CUIT 20-36212010-2, nacido el 2-06-1992, sexo masculino, de profesión comerciante, estado civil soltero, con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe titular de 100,000 cien mil acciones nominativas ordinarias de $1 valor nominal cada una de 1 voto por acción, representativas del 166% del capital.

Los integrantes del Directorio quedan integrado como sigue:

Presidente: Forzani Noelia, DNI 32724076, CUIT 27-32724076-0, nacida el 30-06-1987, sexo femenino, estado civil soltera, de profesión comerciante con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe

Vicepresidente: Mecchia Angélica Rosa DNI 16272019, CUIT 27-16272019-3, argentina, nacida el 25-04-1963, sexo femenino, de profesión comerciante, estado civil casada en primeras nupcias con el Sr Roberto Felipe Forzani, con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe

Director Titular: Forzani Franco, DNI 33364593, CUIT 23-33364593-9, sexo masculino de profesión comerciante, estado civil casado en primeras nupcias con la Sra. Carla Bocca, con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe Forzani Roberto Felipe, DNI CUIT 14168906, CUIT 20-14168906-2, sexo masculino de profesión comerciante, estado civil casado en primeras nupcias con la Sra. Angelica Rosa Mecchia, con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe.

Directores Suplentes: Forzani Agustín DNI 36.212.010, CUIT 20-36212010-2, nacido el 2-061992, sexo masculino, de profesión comerciante, estado civil soltero, con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe y Forzani Leandro DNI 38374126, CUIL 20-38374126-3, nacido el 6-01-1995 sexo masculino, de profesión comerciante, estado civil soltero, con domicilio en Rivadavia 212 de la localidad de Esmeralda, provincia de Santa Fe. Rafaela 28/12/2022. Julia Fascendini, secretraria.

$ 200 492957 Ene. 31

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OBRING S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


A los fines legales pertinentes se hace saber que por Asamblea General Ordinaria celebrada el día 16/12/2022 y reunión de Directorio de la misma fecha, el Directorio de la sociedad quedó integrado de la siguiente manera: Presidente: Franco Gagliardo, DNI 17.825.958 - CUIT N° 20-17825958-0; Vicepresidente: Andres Gagliardo, DNI 20.238.720 - CUIT N° 20-20238720-9, Director Titular: Pablo Gagliardo DNI 23.964.593 - CUIT N° 20-23964593-4 Director Suplente: Mauro Gagliardo, DNI 21.000.185 - CUIT N° 23-21000185-9, cuyos mandatos vencerán con la asamblea que se reunirá para tratar el balance por el Ejercicio N° 46, que finalizará el 31 de Agosto de 2023. Además se fijó el domicilio especial para los señores directores, en la calle Av. Las Palmeras y El Zorzal de la ciudad de Perez.

$ 50 493035 Ene. 31

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SGS INVESTMENTS

SOCIEDAD ANÓNIMA


ESTATUTO


A efectos del art. 10 de la Ley 19.550 se hace saber que por instrumento de constitución de fecha 01 de Agosto de 2022, En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, los señores: Héctor Daniel Gutiérrez, D.N.I. N° 8.524.935, CUIT N° 20-08524935-6, Argentino, nacido el 02/03/1951, con domicilio en calle Pasco N° 1435 6º “A” de Rosario, casado en primeras nupcias con Rosa de las Mercedes Camino, empleado y Silvana Graciela Salvai DNI 16.194.228, CUIT 27-16194228-1, argentina, con domicilio en calle Paraguay 327 Piso 1 Dpto. A de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, Divorciada (Sentencia de divorcio N° 362 de fecha 13/06/2001, Tribunal Colegiado de Familia de la 3era. Nominación de Rosario, nacida en Rosario el 06/07/1962, jubilada, convienen en constituir una Sociedad Anónima que se regirá por las disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales y que girará bajo la denominación “SGS INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA”. Su domicilio legal ha sido fijado en jurisdicción de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y su sede social ha sido fijada en calle Corrientes N° 720 piso 20 oficina 4 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. Su plazo duración es de 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. La Sociedad Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, inversiones o aportes de capital a sociedades por acciones y civiles constituidas o a constituirse, cualquiera fuere su objeto, ya sean nacionales o extranjeras, privadas o mixtas. Todo tipo de operaciones de inversión o financieras, excepto las comprendidas en la ley 21.526 y modificatorias y las que requieran el concurso público. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por, las leyes o por este estatuto, no resultando propósito realizar actividades que incorporen a la sociedad entre las corporaciones regladas por el inc. 4 del art. 299 de la Ley 19.550. El capital social es de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000), representado por QUINIENTAS MIL (500.000) acciones de UN PESO ($1) valor nominal cada una.

La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de tres, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente -en caso de pluralidad de miembros-; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente en caso de impedimento o ausencia del primero, en caso de estar designado. Se designan por tres ejercicios como Presidente y único, Director Titular a Héctor Daniel Gutiérrez, D.N.I. N° 8.524.935, CUIT N° 20-08524935-6 y como Directora Suplente a Silvana Graciela Salvai, D.N.I. Nº 16.194.228, CUIT 27-16194228-1 La fiscalización de la sociedad está a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la ley 19.550. El ejercicio económico de la sociedad cierra día 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia.

$ 120 493056 Ene. 31

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SALE S.A.


MODIFICACION DE ESTATUTO


Por Asamblea Ordinaria N° 13 de fecha 01 de Julio de 2022:

1) Se designaron autoridades, cuyos cargos fueron oportunamente distribuidos y aceptados en dicha Acta, cuyos datos a continuación se detallen a fin de dar cumplimiento con la publicidad establecida en la Ley 19.550.

1) La Sra. Del Greco Gabriela Beatriz, argentina, mayor de edad, CUIT 23-17668176-4 D.N.I. 17.668.176, soltera, profesión comerciante, nacida el 14/03/1966, fue designada y aceptó el cargo de Directora Titular, y constituyó domicilio en Chacabuco N° 1980 de la Ciudad de Rosario, y garantía por la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) que depositó en la sede social de la firma. 2) La Sra. Del Greco Silvia Susana, argentina, mayor de edad, D.N.I. 14.392.749 CUIT 27-14392749-6, soltera, profesión comerciante, nacida el 16/10/1961, fue desinada y aceptó el cargo de Directora Suplente, y constituyó domicilio en Chacabuco N° 1980 de la Ciudad de Rosario y garantía por la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) que depositó en la sede social de la firma.

2) Se modificó el domicilio, cuyo dato a continuación se detalla a fin de dar cumplimiento con la publicidad establecida en la Ley 19.550.

El nuevo domicilio se fija en Chacabuco N° 1980,de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina.

$ 50 493009 Ene. 31

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TRESTRECE S.R.L.


CONTRATO


Entre GUILLERMO ARIEL SAUCEDO, D.N.I. Nº 34.215.622, CUIT 20-34215622-4, comerciante, soltero, argentino, nacido el 8 de diciembre de 1988, con domicilio en calle Bv. Oroño 2857, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y LUIS GABRIEL SÁNCHEZ, D.N.I. N° 34.368.322, CUIT 20-34368322-8, comerciante, soltero, argentino, nacido el 24 de marzo de 1989, con domicilio en calle H. de la Quintana 2758 “A”, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, convienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada:

Denominación: “TRESTRECE S.R.L.”

Domicilio legal: calle Pellegrini 2550, de la ciudad de Rosario,

Provincia de Santa Fe.

Duración: 10 años.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto el servicio de peluquería y barbería así también como la venta de insumos de computación y máquinas de peluquería. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.-

Capital: el capital de la sociedad se fija en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000) divididos en CUARENTA MIL CUOTAS de un valor nominal de diez pesos cada una de ellas, las que son suscriptas en su totalidad por los socios e integradas en dinero en efectivo según el siguiente detalle: GUILLERMO ARIEL SAUCEDO, suscribe VEINTE MIL CUOTAS de un valor nominal de DIEZ PESOS cada una de ellas, o sea por un total de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) y LUIS GABRIEL SÁNCHEZ, suscribe VEINTE MIL CUOTAS de un valor nominal de DIEZ PESOS cada una de ellas, o sea por un total de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000).

Dirección y administración: La dirección y la administración de la sociedad será ejercida por uno o más gerentes, socios o no. A tal efecto, usará o usarán sus propias firmas con el aditamento “socio gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación “TRESTRECE S.R.L” actuando en forma indistinta. Desígnese como gerentes a los señores GUILLERMO ARIEL SAUCEDO y LUIS GABRIEL SÁNCHEZ.

Fiscalización: a cargo de todos los socios.

Cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

Rosario 19 de enero de 2023.

$ 70 493031 Ene. 31

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SHYMAML S.R.L.


CONTRATO


Se hace saber que en la ciudad de Rosario, en fecha 15 de Diciembre de 2022, se ha realizado el contrato de Constitución de SRL, de SHYMAML SRL, cuyos datos son: CONTRATO CONSTITUTIVO DE: SHYMAML SRL. En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de Diciembre de 2022, los que suscriben, FABIAN ROBERTO BALBI, DNI 17.928.353, CUIT 20-17928353-1, argentino, nacido el 12/01/1966, de profesión Ingeniero, domiciliado en Avenida Fuerza Aérea 3100 - Unidad 40 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe, de apellido materno: Refosco, estado civil: casado en primeras nupcias con Analía Silvana Restiffo, DNI 17.633.763 y ANALIA SILVANA RESTIFFO, DNI 17.633.763, CUIT 27-17633763-5, argentina, nacida el 03/05/1965, de profesión Doctora, domiciliada en Avenida Fuerza Aérea 3100— Unidad 40 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe, de apellido materno Samanek, estado civil: casada en primeras nupcias con Fabián Roberto Balbi, DNI 17.928.353, hábiles para contratar, convienen en celebrar la constitución de una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de acuerdo al presente contrato social, el que se regirá por las cláusulas que a continuación se detallan y por la Ley de Sociedades Comerciales 19.550 y modificatorias: CAPITULO 1: Denominación, domicilio y duración. PRIMERA: Denominación: A partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario, queda constituida la Sociedad de Responsabilidad Limitada que se denomina: SHYMAML SRL. SEGUNDA: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio social en calle General Paz N° 2033, Funes, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero. TERCERA: Duración: La duración del contrato social se establece en el plazo de treinta (30) años a contar desde la inscripción en el Registro Público de Comercio. CAPITULO II. Objeto y Capital: CUARTA: Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, ya sea en el país o en e! extranjero, o a través de sucursales a las siguientes actividades: Servicios de arquitectura e ingeniería y servicios conexos de asesoramiento técnico (no incluye la construcción). QUINTA: Capital: El capital social se fija en la suma de $ 400.000,00 (Pesos cuatrocientos mil), divididos en 4.000 (cuatro mil) cuotas de Pesos cien ($ 100), que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: La señora ANALIA SILVANA RESTIFFO suscribe 800 (Ochocientas) cuotas de $ 100 cada una (Pesos cien) que representan el 20% (veinte por ciento) del capital, es decir $ 80.000,00 (Pesos ochenta mil); y el señor FABIAN ROBERTO BALBI suscribe 3.200 (Tres mil doscientas) cuotas de $ 100 (Pesos cien) cada una que representan el 80% (ochenta por ciento) del capital, es decir $ 320.000,00 (Pesos trescientos veinte mil); el que será integrado de la siguiente manera: en efectivo y en este acto y en partes iguales el 25% del capital, es decir $ 100.000,00 (Pesos cien mil) conforme se acredita con la boleta de depósito del Nuevo Banco de Santa Fe que se adjunta, y el saldo, o sea la suma de $ 300.000,00 (Pesos trescientos mil) en un plazo no mayor a dos años. CAPITULO III: Administración y Fiscalización: SEXTA: Administración, dirección y representación: Estará a cargo del Sr. FABIÁN ROBERTO BALBI, a quien en este acto se lo designa socio-gerente, quien actuará en representación de la sociedad. A tal fin usará su propia firma con el aditamento “socio gerente”, precedida de la razón social. El socio gerente representa a la sociedad ante terceros, instituciones y/o reparticiones públicas o privadas, sean nacionales, provinciales o municipales. El socio gerente, en el cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contrato que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el Artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Decreto 5965/63, Artículo 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones, o negocios ajenos a la sociedad; y para el caso de venta de inmuebles, en cuyo caso requerirá la previa autorización brindada por escrito y en forma fehaciente de la unanimidad de los socios. SEPTIMA: Fiscalización: Reunión de socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad, expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas en el Artículo 160 de la Ley 19.550. Las reuniones de socios podrán llevarse a cabo en forma remota, por la aplicación que las partes acuerden; la misma será grabada y posteriormente transcripta al libro societario. CAPITULO IV: Balances y distribución de utilidades: OCTAVA: Balance general y resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el treinta de Noviembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el balance general, por intermedio de uno de los socios gerentes, se convocará a reunión de socios a fin de ponerlo a disposición de éstos para su conocimiento y consideración, en la forma que prevé para dichas reuniones la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quorum la reunión no pudiere realizarse, el balance se considerará aprobado si dentro de los diez (10) días corridos contados a partir de la fecha fijada para la reunión de socios, no fuera objetado por la mayoría de capital social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y ser fundadas. El balance deberá ser considerado dentro de los ciento veinte (120) días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con quince (15) días de anticipación. Previa deducción de las reservas legales y de las reservas que los socios resuelvan efectuar por unanimidad y la absorción de quebrantos anteriores, las ganancias serán distribuidas en proporción a los respectivos capitales. Si el ejercicio arrojara pérdidas, se mantendrán en cuenta especial hasta que sea cubierto con futuras utilidades. Las pérdidas que insuman el capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro. Si el ejercicio arrojara ganancias, de éstas se destinará el cinco por ciento (5%) para la constitución de la “Reserva Legal”, hasta que la misma alcance al veinte por ciento (20%) del capital social. Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del Art. 70 de la Ley 19.550. Salvo lo dispuesto por el Art. 71 de la misma Ley para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojara pérdidas, éstas se cargarán a las reservas especiales y, en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando ésta última con suficiente saldo el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto, lo dispuesto por el Art. 71 de la Ley 19.550. Las pérdidas de capital que insuman el capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro. CAPITULO V: Cesión de capital social, fallecimiento e incapacidad: NOVENA: Cesión de capital social. La transferencia de capital social a otro socio podrá realizarse sin restricciones; en cambio, la cesión a un tercero requiere la unanimidad de todos los socios. Los futuros titulares de capital por suscripción o cesión, no adquirirán por ese solo hecho funciones de socio gerente. En caso de transferencia por causa de muerte o incapacidad legal, rige exclusivamente la cláusula décima. En las mismas condiciones de venta, el o los socios restantes tienen preferencia en la cesión del capital social frente a terceros. Procedimiento de cesión o transferencia: El socio que se propone ceder sus cuotas a terceros deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a su o sus consocios a través de la Gerencia, indicando el nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. Este o estos deberán notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta (30) días, vencido el cual se tendrá como autorizada la cesión y desistida la preferencia. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración. DECIMA: Fallecimiento é incapacidad: En caso de incapacidad legal, mental o por fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad no se disuelve y los socios sobrevivientes podrán optar entre: a) Continuar con los herederos o causa-habientes, quienes en el caso de ser varios deberán unificar personería o b) Disolver parcialmente la sociedad para con el causante, en cuyo caso la sociedad les reembolsará su haber en la forma prevista en la cláusula décimo segunda. Determinación del haber del socio saliente: En todos los casos el haber que le corresponda al socio saliente, por cualquier causa que ésta fuere, excepto por disolución total, será determinado de acuerdo con un balance especial que se confeccione al efecto. Para poner en marcha este mecanismo los socios deberán hacer saber su intención de retirarse de la sociedad con una antelación de seis (6) meses al plazo fijado como vencimiento de cada ejercicio comercial, de manera que dicho balance especial coincida con el cierre del ejercicio anual. Los valores de los activos y los pasivos societarios se determinarán en función de los valores corrientes de plaza. Se computarán todos los pasivos devengados a la fecha del balance inclusive los correspondientes a la indemnización a realizar al personal total de la sociedad a la fecha del balance especial. El monto neto resultante le será abonado al o a los socios salientes en cuatro (4) cuotas, iguales, semestrales y consecutivas a partir de la fecha de inscripción del acto en el Registro Público de Comercio, las que devengarán un interés igual al que cobre el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos comerciales, en la época de producirse los respectivos vencimientos, pagaderos sobre saldos deudores. CAPITULO VI: Disolución y liquidación. Prohibiciones a los socios: UNDECIMA: Disolución y liquidación. Prohibiciones de los socios. La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el Artículo 94 de la Ley 19.550. En tal caso, la liquidación se practicará por el/los socios gerentes o por quien se designe al efecto por unanimidad, en cuyo caso lo harán dentro de los treinta (30) días de haber entrado la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los Artículos 101 a 112 de la Ley 19.550 e instrucciones de los socios.

Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en el capital social. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) Se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante y b) El remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias. Prohibiciones a los socios: Queda terminantemente prohibido a los socios intervenir en ningún trabajo o actividad afín al objeto principal de la sociedad, fuera de la misma; salvo expresa autorización de los demás socios formalmente manifestada. La utilidad proveniente de cualquier negocio realizado en transgresión a esta cláusula se considerará utilidad de la sociedad, y habiendo pérdida, serán de cuenta exclusiva del socio interviniente. DUODECIMA: Diferencias entre los socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios, y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de su disolución, liquidación o partición de la sociedad, será sometida a la decisión de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Rosario, a cuya competencia se someten los socios expresamente, renunciando a cualquier fuero de excepción, inclusive el federal si correspondiere. Bajo las cláusulas que anteceden dejan constituida la presente Sociedad de Responsabilidad Limitada, previa lectura y ratificación de las partes, firmando tres ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto en la fecha indicada en el encabezado.

$ 300 493040 Ene. 31

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WORMS ARGENTINA S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Cambio del Directorio: En fecha 23 de Septiembre de 2022, según Acta de Asamblea, el Directorio de la firma “WORMS ARGENTINA SA” queda compuesto de la siguiente manera: Presidente: PABLO MAURICIO ZIMMERMAN, argentino, nacido el 24 de noviembre de 1972. D.N.I. 23.123.163, de profesión empresario, casado en primeras nupcias con Vanesa Beatriz Villalba, N° CUIT 20-23123163-4, domiciiiado en la Av. Santa Fe 3770, piso 34º, Oficina B”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio especial en calle Corrientes 832, Piso 2, Oficina 24, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe a efectos del artículo 256 de a Ley 19.550, Director Titular: JORGE BENJAMIN FERREYRA GRACES, argentino, nacido el 10 de junio de 1988, D.N.I. 33.749.401, de profesión empresario, de estado civil soltero, N° CUIT 20-33749901-1, domiciliado en Balbastro 641, Don Torcuato, Provincia de Buenos Aires, Provincia de Santa Fe, constituyendo domicilio especial en calle Corrientes 832, Piso 2, Oficina 24, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe a efectos del artículo 251 de la Ley 19.550 y Director Suplente: RODRIGO DE LA VEGA MENDIA, argentino, nacido el 11 de marzo de 1987, D.N.I. 32.674.246, de profesión abogado, de estado civil soltero, N° CUIT 2032674246-6, domiciliado en la calle Echeverria 912, 6º “I”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio especial en calle Corrientes 832, Piso 2, Oficina 24, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe a efectos del artículo 256 de la Ley 19.550.

$ 50 493039 Ene. 31

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TRANSPORTE DON FELIPE S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


En la ciudad, de Capitán Bermúdez, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, a los 29 días del mes de diciembre de dos mil veinte y dos, la Señora ALICIA INES JAREMCZUK, argentina, mayor de edad, de apellido materno Di Sipio, nacida el día 02 de febrero de 1957, casada en primeras nupcias con Don OSCAR FELIPE TAGLIARINO, de profesión comerciante, titular del Documento Nacional de Identidad N° 12.748.679 (CUIT 23-12748679.4; ERICA INES TAGLIARINO, de apellido materno JAREMCZUK, argentina, mayor de edad, nacida el día 09 de agosto de 1982, de estado civil soltera, de profesión docente, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 29.562.349 (CUIT 27.29562349.2), MARINA TAGLIARINO, de apellido materno JAREMCZUK, argentina, mayor de edad, nacida el día 07 de febrero de 1986, de estado civil soltera, de profesión docente, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 32.074.500 (CUIT 23.32074500.4) y, MARIA JULIETA TAGLIARINO, de apellido materno JAREMCZUK, argentina, mayor de edad, nacida el día 08 de marzo de 1987, de estado civil soltera, de profesión abogada, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 32.622.069 (CUIT 27.32622069.3), constituyendo las nombradas domicilio real en calle Rivadavia N° 330 de Capitán Bermudez, Dpto. San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, hábiles para contratar y en su carácter de únicos socios de la sociedad TRANSPORTE DON FELIPE CONTRATO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo 164 Folio 4654 N° 290 de fecha 04 de marzo de 2013, han resuelto MODIFICAR EL CONTRATO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: ARTICULO PRIMERO, SEGUNDO Y CUARTO DEL CONTRATO ORIGINAL, Y REDACTAR TEXTO ORDENADO con arreglo a las disposiciones de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y modificatorias y complementarias y el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación bajo las bases y condiciones que seguidamente se expresan:

Primero:

Que han resuelto actualizar el domicilio social en la calle Los Plátanos N° 155 de Capitán Bermudez, Dpto. San Lorenzo, Provincia de Santa Fe.

Segundo:

Que han resuelto reactivar la sociedad por el término de veinte (20) años a contar de su vencimiento que se opera el día 04 de marzo de 2023 por el término de veinte años a contar de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Que han resuelto aumentar el capital a la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000), es decir en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000). Dicho aumento es suscripto por los socios en la misma proporción que tenían estos antes del aumento. El aumento es integrado en este acto en un veinticinco por ciento (25%), y, el setenta y cinco por ciento (75%) restante dentro del término de dos años contados del presente todo en dinero efectivo.

Cuarto: Y redactar el texto ordenado del contrato original.

$ 100 493037 Ene. 31

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