picture_as_pdf 2023-01-23

REGISTRADA BAJO EL Nº 14189


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Prorrógase en todos sus términos: por el plazo de dos (2)Años, la vigencia de la Ley N° 13317 y sus modificatorias Leyes N° 13439, Nº 13590, N° 13812 y N° 14028, contados a partir de su vencimiento, a Favor de la Cooperativa de Trabajo Naranpol Limitada.

ARTÍCULO 2.- Autorizase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto Genera de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercido correspondiente,las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de las disposiciones presentes.

ARTÍCULO 3.- Comuniquese al Poder Ejecutivo.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DIA VEINTINUEVE DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

PABLO GUSTAVO FARIAS

PRESIDENTE

CAMARA DE DIPUTADOS

DRA. ALEJANDRA S. RODENAS

PRESIDENTE

CÁMARA DE SENADORES

LIC. GUSTAVO PUCCINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CAMARA DE DIPUTADOS

DR. DIEGO L. MACIEL

SUBSECRETARIO

CÁMARA DE SENADORES


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional. 20 Ene 2023


De conformidad a lo prescripto en el Articulo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.

Celia Isabel Arena

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