REGISTRADA BAJO EL Nº 14189
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Prorrógase en todos sus términos: por el plazo de dos (2)Años, la vigencia de la Ley N° 13317 y sus modificatorias Leyes N° 13439, Nº 13590, N° 13812 y N° 14028, contados a partir de su vencimiento, a Favor de la Cooperativa de Trabajo Naranpol Limitada.
ARTÍCULO 2.- Autorizase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto Genera de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercido correspondiente,las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de las disposiciones presentes.
ARTÍCULO 3.- Comuniquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DIA VEINTINUEVE DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
PABLO GUSTAVO FARIAS
PRESIDENTE
CAMARA DE DIPUTADOS
DRA. ALEJANDRA S. RODENAS
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
LIC. GUSTAVO PUCCINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CAMARA DE DIPUTADOS
DR. DIEGO L. MACIEL
SUBSECRETARIO
CÁMARA DE SENADORES
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional. 20 Ene 2023
De conformidad a lo prescripto en el Articulo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.
Celia Isabel Arena
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