JUZGADO FEDERAL
“El Juzgado Federal N° 1 de Santa Fe, Secretaría Civil y Comercial a cargo de la Dra. Darsaut sito en calle 9 de Julia 1693 de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA c/MALDONADO, JORGE F. s/Ejecuciones varias; Expte. FRO. 19563/2021 ha citado a Jorge Federico Maldonado, D.N.I. N° 25.497.221, en los términos del art. 145 y sgtes del C.P.C.C.N. por Edictos, a los fines de la intimación de pago y citación a oponer excepciones dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de dar intervención al Defensor Oficial, que se publicarán por un (1) día en el diario El Litoral y en el BOLETÍN OFICIAL. El presente deberá publicarse por el término de 1 día en el BOLETÍN OFICIAL. El presente debe ser publicado sin cargo, ente oficial. Maria Victoria Darsaut, secretaria.
S/C 491430 Dic. 20
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TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición del Tribunal Colegio de Responsabilidad Extracontractual Nº 4 Sec. 2, en los autos caratulados: RETAMOSO OSCAR JAVIER y otros c/BAVERA MIGUEL s/Daños y perjuicios; CUIJ Nº 21-12156091-4, V.S. ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 28 de Noviembre de 2022. Agréguese el edicto acompañado. Conforme se peticiona y constancias de autos, declárase rebelde a Bavera Miguel. A los fines de su notificación publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Notifíquese. Fdo.: Dr. Germán Romero, Secretario. Dra. María Georgina Rodríguez - Jueza.
$ 35 491490 Dic. 20 Dic. 22
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
En los autos caratulados GIMENEZ, FABIAN ANDRES s/Quiebra; que tramitan por expte. CUIJ Nº 21-02036196-1, que tramitan por ante este Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe e hace saber que el CPN Alejandro Rubén Monti con domicilio en calle Uruguay 3150 ha aceptado el cargo de síndico para el que ha sido designado, informando que atenderá a los señores acreedores en el domicilio constituido, de martes a jueves hasta el día 13 de febrero de 2023 de 16:00 a 19:00 horas a los fines de la recepción presencial de los pedidos de verificación, que deberán ser acompañados de una copia en papel y otra en soporte digital. Lo que se publica a los fines previstos en el art. 89 LCyQ. Santa Fe, noviembre de 2022.
$ 1 491380 Dic. 20 Dic. 27
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En los autos COLOMBO, KARINA ALEJANDRA s/Quiebra (legajo original); CUIJ Nº 21-02007338-9 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 30 de Noviembre de 2022. Agréguese el informe de saldo y movimientos bancarios acompañados. Por presentado por Sindicatura el informe final y proyecto de distribución que prescribe el Art. 218 de la LCQ. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL debiendo exhibirse en el Hall Central de Plata baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo.: Dra. Maria Ester Noé, Secretaria; Dra. Maria Romina Kilgelmann, jueza. 06/12/22.
S/C 491323 Dic. 20 Dic. 21
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Autos: MATURAN ADRIANA SOFIA s/Quiebra; Expte. CUIJ Nº: 21-02021436-5, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Con relación a lo dispuesto por el art. 218 de la ley N° 24522, por medio del presente se pone de manifiesto a todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: $ 276.649,50 (pesos doscientos setenta y seis mil seiscientos cuarenta y nueve con 50/100) para el CPN Eduardo Pablo Diedic y $ 118.564,08 (pesos ciento dieciocho mil quinientos sesenta y cuatro con 08/100), para la Dra. Maria Inés Maiorano. Santa Fe, 04 DE Octubre del 2022. Sin Cargo, art. 273 inc. 8, Ley 24522. Pablo Silvestrini, secretario.
S/C 491338 Dic. 20 Dic. 21
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, hace saber que en los autos caratulados: LEDESMA, ESTEBAN JONATAN s/Pedido de quiebra; CUIJ Nº 21-02035211-3, se ha dispuesto: Santa Fe, 5 de Diciembre de 2022. Téngase presente la aceptación del cargo por el Síndico designado en autos y la designación de los patrocinantes indicados. Publíquense edictos. Encomiéndase a la Sindicatura, la inmediata confección puesta a la firma y diligenciamiento de los mismos. Notifíquese. Fdo: Carlos Federico Marcolin – Juez; Pablo Silvestrini - Secretario. Se deja expresa constancia que el Síndico en autos es el CPN Eduardo Pablo Diedic con domicilio en calle Facundo Zuviría Nº 3675 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe y que los horarios de atención en el domicilio constituido por la Sindicatura a los efectos de recibir las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 Ley 24.522) serán todos los días de lunes a viernes en el horario de 08:30 a 12:30 horas y de 16:00 a 19:00. Asimismo se recuerda a los pretensos acreedores que el plazo establecido en autos para la presentación de las insinuaciones crediticias vence el día 23 de Diciembre del 2022 inclusive, y que las mismas podrán realizarse de manera presencial o a través de los correos amdespachojuridico1@gmail.com y/o cpndiediceduardopablo@gmail.com indicando los autos de referencia y acompañando la documental respaldatoria así como también el comprobante de transferencia del arancel verificatorio. Pablo Silvestrini, secretario.
S/C 491340 Dic. 20 Dic. 27
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Autos: ZARABIA GUSTAVO ADRIÁN s/Solicitud propia quiebra; Expte. CUIJ Nº: 21-02019744-4, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia Homónima. Con relación a lo dispuesto por el art. 218 de la ley N° 24522, por medio del presente se pone de manifiesto a todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: $ 223.748,59 (pesos doscientos veintitrés mil setecientos cuarenta y ocho con 59/100) con más aportes para el CPN Javier Dario Falco, $ 95.892,25 (pesos noventa y cinco mil ochocientos noventa y dos con 25/100) para los Dres. Marcos Alberto Acevedo y Antonio Luis García y en la suma de $ 136.988,93 (pesos ciento treinta y seis mil novecientos ochenta y ocho con 93/100) con más aportes para el Dr. Walter Pedro Danelone. Santa Fe, 07 de Noviembre de 2022. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.
S/C 491339 Dic. 20 Dic. 21
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° len lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: AMARILLA, RENE ARTEMIO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-02028254-9, se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución readecuados a la regulación de honorarios. El decreto que ordena esta publicación expresa: Santa Fe, 05 de Diciembre de 2022. ... Por presentado por la Sindicatura readecuación del Informe Final y Proyecto de Distribución de fondos que prescribe el art. 218 de la L.C.Q. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, los que se exhibirán en el hall central de planta baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dra. Maria Romina Kilgelmann (Jueza) – Dra. Maria Ester Noé de Ferro (Secretaria). Santa Fe, 12 de Diciembre de 2022.
S/C 491498 Dic. 20 Dic. 21
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: SALVA, JOSE EUSEBIO s/Quiebra; CUIJ Nº 21-02035593-7, el Contador Público Nacional Altare, Fernando Miguel, D.N.I. N° 21.411.810, Matrícula N° 12031, aceptó el cargo de Síndico para el que fue designado y constituyó domicilio a todos los efectos en calle Irigoyen Freyre N° 2347 Piso 2 Dpto. B, Santa Fe, T.E. 0342 —155 168275 /154 297629, mail: fernandoaltare@gmail.com; con días y horarios de atención de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 hs. y de 16:00 a 20:00 hs. El decreto que ordena esta publicación expresa: Santa Fe, 25 de Noviembre de 2022. Habiendo resultado sorteado como Síndico el CPN Fernando Miguel Altare domiciliado en calle Irigoyen Freyre N° 2347 2do. P. Dpto B desígnaselo en tal carácter quien deberá comparecer dentro del término de dos días a los efectos de aceptar el cargo, bajo apercibimiento de ley. Fecho, hágase saber que deberá publicar edictos comunicando la designación, dirección y horarios de atención. Notifíquese. Fdo: Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza); Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria). Santa Fe, 05 de Diciembre de 2022.
S/C 491499 Dic. 20 Dic. 27
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: GOROSITO, MIRANDA SABRINA s/Pedido de quiebra; (CUIJ N° 21-02036201-1) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 10 de noviembre de 2022: vistos: ... Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Miranda Sabrina Gorosito, DNI Nº 34.714.288, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en Luciano Torrent 2179 Dpto. 2 de Santa Fe y legal en calle Pasaje Rawson 6214 de esta ciudad de Santa Fe. .4) Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes de aquél que los entreguen al Síndico, quien tomará posesión de los mismos.5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces... 10) Fijar el día 29 de diciembre de 2022 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 10 de febrero de 2023 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 31 de marzo de 2023 para que presente el informe general... Firmado: Dra. Ana Rosa Alvarez. Jueza. Dra. Sandra Silvina Romero. Secretaria. La Síndica designada es la CPN María Elena de los Milagros Sabater, con domicilio legal constituido en calle Alberdi Nº 2880 de la ciudad de Santa Fe; quien atenderá a los Sres. Acreedores los días lunes a viernes en el horario de 9:00 a 12:00 hs. y de 16:00 a 19:00 hs. Datos de contacto: Mail de cortesía: mesabater@hotmail.com. Celular: 342-4085265. Teléfono Fijo: 342-4520356. Santa Fe, 13 de Diciembre de 2022. Magdalena Cabal, prosecretaria.
S/C 491474 Dic. 20 Dic. 27
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En los autos caratulados IDALLIA, ERIC JOEL s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-02036718-8), que tramitan por ante esto Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe se hace saber que la CPN Maria Delia Prono con domicilio en calle Uruguay 3150 ha aceptado el cargo da sindico para el que ha sido designada, informando que atenderá a los señores acreedores en el domicilio constituido, de martes a jueves hasta el día 23 de Febrero de 2023 de 16:00 a 19:00 horas a los fines de la recepción presencial de los pedidos de verificación, que deberán ser acompañados de una copia en papel y otra en soporte digital, lo que se publica a los baca previstos por el art. 89 LCyQ N° 24522.
$ 1 491378 Dic. 20 Dic. 27
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados CONTRERAS, SERGIO ISMAEL s/Quiebra; CUIJ N° 21-02025897-4, se hace saber a los Sres. Acreedores que se ha puesto de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución presentado por la sindicatura conforme lo previsto por el art. 218 de la ley 24522. El mismo será aprobado si no es objeto de observaciones dentro de los 10 días a contar desde la última publicación de este edicto. Asimismo se pone en conocimiento que V.S. ha regulado honorarios al C.P.N. Qüesta Rivas Esteban, y en $ 50.875,39 al Dr. Esteban Nicolás Cattaneo, según resolución de fecha 25 de Noviembre de 2022.... Firmado: Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza) y Dra. Viviana Naveda Marco (Secretaria). Nota: La presente publicación deberá efectuarse dos veces conforme lo dispone el art. 218 de la lev 24.522. Dra. Marisa Wagner, prosecretaria.
S/C 491454 Dic. 20 Dic. 21
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados CAGNONI, BRUNO DANIEL s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº 21-02036886-9) se ha declarado la quiebra en fecha 12/12/2022 de Bruno Daniel Cagnoni, DNI Nº 31.700.714, mayor de edad, empleado, soltero, apellido materno Bartoli, domiciliado realmente en Torre 2 S/N 10 D B° El Pozo, y con domicilio ad litem constituido en calle San Jerónimo 3194 of. 14, ambas de la ciudad y provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 21/12/2022 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 02/03/2023. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez) - Dra. Freyre (Secretaria). 12 de Diciembre de 2022. Romina S. Freyre, secretaria.
S/C 491448 Dic. 20 Dic. 27
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación, se hace saber que en los autos ACOSTA, HECTOR FABRICIO s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-02036125-2), se ha dispuesto: Santa Fe, 14 de Noviembre de 2022. Vistos:...; considerando:...; resuelvo: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Rector Fabricio Acosta, DNI N° 32.748.766, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Juan José Paso 1980 de la ciudad de Santo Tomé y con domicilio ad litem constituido en Amenábar Nº 3066 Dpto. 1 de la ciudad de Santa Fe... 10) Fijar el día 23 de Febrero de 2023, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 10 de Abril de 2023, como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos, y el 22 de Junio de 2023 o el día hábil inmediato posterior para que presente el informe general... 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el artículo 89 de la ley 24.522, computándose el plazo que tiene el deudor para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Dra. Ma. Ester Noé de Ferro (Secretaria); Dra. Ma. Romina Kilgelmann (Jueza). Sin previo pago (art. 89 – 3º párrafo Ley 24522). Se hace saber que el síndico designado en autos es el CPN Waldo Raúl Finos, con domicilio constituido en San Jerónimo 2542 Of. 3 de la ciudad de Santa Fe, fijando días y horarios de atención de lunas a viernes de 9.00 hs. a 12.00 hs. y de 16.00 hs a 20.00 hs. Santa Fe, 12 de Diciembre de 2022. Dra. Maria Ester Noé de Ferro, secretaria.
S/C 491418 Dic. 20 Dic. 27
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Por disposición del Sr. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial N° 1, Dr. Gabriel Abad, se hace saber que en los autos caratulados DEL BARCO, MARCELA SUSANA s/Solicitud propia quiebra; Expte. CUIJ Nº 21-02009461-0 que se tramitan por ante este Juzgado ha Resuelto Declarar la conclusión de la quiebra de Marcela Susana Del Barco, D.N.I. N° 20.547.114, con los efectos del art. 228 de la ley 24.522, dándose así por concluida la intervención de la Sindicatura, seguidamente se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena: Santa Fe, 29 de noviembre de 2022. Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: 1) Declarar la conclusión de la quiebra de Marcela Susana Del Barco, D.N.I. N° 20.547.114, con los efectos del art. 228 de la ley 24.522, dándose por concluida la intervención de la Sindicatura. 2) Disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como de la finalización de este proceso falencial; y, 3) Ordenar la publicación de esta resolución mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Hágase saber, insértese, agréguese. Fdo. Dr. Abad, Juez.- Dra. Tolosa, Secretaria. Santa Fe, Noviembre de 2022. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.
S/C 491408 Dic. 20 Dic. 21
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Por disposición del Señor Juez de Juzgado de Ejecución de Circuito de Santa Fe Sec. 3, en los autos CREDIFE S.A. c/PEREZ, DARIO NICOLÁS s/Juicios ejecutivos; CUIJ Nº 21-116251106-5. Y se ha dispuesto notificar por edictos a Dario Nicolás Pérez (DNI Nº 31.155.269). Se ha dispuesto: Santa Fe, 02 de Diciembre de 2022. Agréguense los edictos acompañados. Certifíquese por la Actuaría. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a la parte demandada. Notifíquese por edictos los que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial y en el lugar que a tal efecto ha habilitado la CSJSF en el hall de estos tribunales, cuyo término vencerá después del quinto día de la última publicación. Notifíquese. Fdo.: Dra. Ma. Soledad Prieu Mántaras (Secretaria) Dra. Maria José Haquín de Beron (Jueza). Santa Fe, 07 de Diciembre de 2022. Tamara Nazaret Leone, prosecretaria.
$ 40 491347 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados PONCE, FLORENCIA c/RUIZ DE GEESE, CIELO ANTONIA RIONDA s/Apremio por cobro de honorarios; (CUIJ 21-02033369-0), se hace saber a los herederos del sr. Vicente Esteban Geese DNI Nº 17.790.506, que son citados para que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos legales, lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 06 de Diciembre de 2022. Dra. Mariana Nelli, secretaria.
$ 35 491342 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 de la Primera nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos: ZORATTI, CARLOS MANUEL c/ZORATTI, OLGA RAMONA y otros s/Usucapión; (Expte. Nº 21-01970017-5) se hace saber a Atilio Rubén Zoratti, que haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente notificados, ha sido declarado en rebeldía. Se transcribe decreto: Santa Fe, 13 de Septiembre de 2022. Proveyendo escrito cargo N° 10314/2022: Al pto. 1) respecto de lo manifestado sobre el pto 21): Atento constancias de autos - edictos publicados a fs. 491 - declárase la rebeldía del codemandado -21- Atilio Rubén Zoratti. Publíquense edictos por el término de ley. A lo demás oportunamente. 05 de Diciembre de 2022. María Romina Botto, secretaria.
$ 35 491341 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, con sede en la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, en autos: VITTORI, MARIANA c/REPETTI, JORGE ALBERTO s/Usucapión; (CUIJ Nº 21-01998628-1), se ha declarado rebelde a los herederos de Lilian Mabel Sánchez, heredera del demandado Jorge Alberto Repetti. Como mejor recaudo se transcribe la parte pertinente del decreto que ordena la medida: Santa Fe, 30 de noviembre de 2022. Haciendo efectivo los apercibimientos decretados oportunamente, declárase la rebeldía de los herederos de Lilian Mabel Sánchez -Heredera del demandado Jorge Alberto Repetti-. A los fines de la notificación, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Notifíquese. Fdo.: Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Dra. Viviana Marin, Jueza. 03 de Diciembre de 2022.
$ 33 491356 Dic. 20 Dic. 22
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Carlos Federico Marcolin, Secretaría a cargo del Dr. Pablo Cristian Silvestrini, sito en calle San Jerónimo N° 1551, Planta Baja de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: OLIVIERI, LUISA MAGALÍ BELÉN s/Demanda de cambio de nombre por justos motivos; N° 21-02035154-0, se hace saber lo dispuesto en el expediente: SANTA FE, 07 de Septiembre de 2022. Por iniciada formal demanda de cambio de nombre por justos motivos que tramitará según las normas del proceso Sumarísimo (arts. 69 y 70 del CCC). Téngase presente la prueba ofrecida. Dése intervención al Ministerio Público. Publíquense edictos conforme art. 70 del C.C.C., y ofíciese al Registro General y al Registro Nacional de la Propiedad Automotor a fines de recabar la información exigida por la citada norma. Cítese y emplácese a Jorge Antonio Olivieri por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a contestar la demanda y ofrecer prueba, bajo apercibimientos de que si no lo hicieren se dictará sin más trámite y conforme a Derecho la sentencia que corresponda. Firmado: Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez), Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario). Santa Fe, 6 de Diciembre de 2022.
$ 45 491361 Dic. 20
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la OCTAVA NOMINACION de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados MAGGI, DANIEL ANGEL c/PEREZ, BLANCA ROSA Y otros s/Nulidad; (Expte. N° 21-02035891-9), de conformidad al art. 597 del CPCC se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos y legatarios de Blanca Rosa Pérez, DNI Nº 5.811.359, para que comparezcan a estar a derecho bajo los apercibimientos de ley. Santa Fe, 06 de Diciembre de 2022. Dra. Mariana Nelli, secretaria.
$ 40 491457 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 1 Secretaria Segunda de la ciudad de Santa Fe, se ha ordenado la publicación del presente a los fines de la notificación a los herederos del Sr. Manuel Adolfo Chávez LE Nº 6.311.859 de los proveídos que seguidamente se transcriben, dictado en los autos caratulados: BANCO MACRO SA c/CHAVEZ, MANUEL A. O MANUEL a- y otros s/Sumario; CUIJ Nº 21-14712804-2, de trámite ante dicho Juzgado con domicilio en calle San Jerónimo 1411 de la ciudad de Santa Fe, a saber: Santa Fe, 25 de Julio de 2019. Agréguense las cédulas acompañadas. Apruébase la liquidación practicada en autos a fojas 231 en cuanto por derecho corresponda e intímese al demandado, en el domicilio real al pago del importe de la misma, en el término de tres días. Notifíquese. Fdo: Dra. Silvina Inés Díaz, Secretaria - Dra. Noemí M. Z. Galván, Jueza. Otro Decreto: Santa Fe, 16 de Septiembre de 2022. Téngase presente. Notifíquese por edictos el decreto de fecha 25.07.19, como se solicita. Notifíquese. Fdo: Marcela S. Laszuk, Prosecretaria - Javier F. Deud, Juez. Santa Fe, 3 de Octubre de 2022.
$ 40 491399 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición del Juzgado de Primera instancia de Distrito de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha ordenado la publicación del presente a los fines de la notificación al Sr. Jorge Alberto Gutiérrez DNI Nº 13.317.522 y Marta Maria Cáceres DNI Nº 17.095.993 de los proveídos que seguidamente se transcriben, dictados en los autos caratulados: NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS SOCIEDAD ANONIMA c/GUTIERREZ, JORGE ALBERTO y otros s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-01991560-0, de trámite ante dicho Juzgado con domicilio en calle San Jerónimo N° 1551 de la ciudad de Santa Fe, a saber: Santa Fe, 10 de Noviembre de 2022. Agréguense el informe de saldo bancario, constancia de AFIP y edictos acompañados. Si estuviere en forma, certifíquese el mismo por Secretaría. Téngase presente la liquidación practicada al sólo efecto regulatorio. En la suma de $ 23.650 (ius=1,64) regulo los honorarios correspondientes al Dr. Elvio Andrés Lenarduzzi por su labor en autos. Se establece como interés la tasa activa cobrada por el Banco de la Nación Argentina. Córrase vista a la Caja Forense mediante correo electrónico a cargo de este Juzgado. Notifíquese. Dra. María Ester Noe De Ferro, Secretaria - Dra. Maria Romina Kilgelmann, Juez. Santa Fe, 30 de Noviembre de 2022.
$ 40 491397 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a los herederos de la Sra. Gutiérrez, Patricia Mónica DNI Nº 16.813.305, en los términos y con los alcances del art. 597 del CPCC, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley en los autos caratulados: BANCO MACRO SA y Otros c/Acacio, GUSTAVO ALFREDO y Otros s/Apremio; CUIJ N° 21-02023052-2, de trámite ante dicho Juzgado con domicilio en calle San Jerónimo N° 1551 de la ciudad de Santa Fe, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el Hall del Palacio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287 y lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96, Acta Nº 3. Santa Fe, 29 de Septiembre de 2022. Maria Romina Botto, secretaria.
$ 40 491398 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ENRIQUE AGUSTINA BIACA, ENRIQUE JOEL ENRIQUE BRIAN y otros s/apremio municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394498-5) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 18 de Octubre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido Apremio (Ley N° 5066) contra Agustina Bianca Enrique, Braian Enrique, Joel Enrique y/o quien resulte propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Almirante Brown N° 336 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166156/0002-6; por el cobro de la suma de $ 87.421,02, en concepto de obra de cloacas y tasas por servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble referido, si fuere propiedad de los accionados y cuyos datos de inscripción se deberán denunciar, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 87.421,02, con más la suma de $ 43.710,5 1, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C.. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre, 28/10/2022.
S/C 491415 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ANGULO FRANCISCO s/apremio municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394511-6), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 08 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido Apremio (Ley N° 5066) contra Francisco Angulo y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Almirante Brown N° 1406 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-164250/0003-2; por el cobro de la suma de $ 828.648,97, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 828.648,97, con más la suma de $ 414.324,48, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre.
S/C 491414 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ROJAS TELMO LUIS s/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394512-4) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 03 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra Telmo Luis Rojas y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Almirante Brown N° 1393 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166489/0002-3; por el cobro de la suma de $ 99.749,05, en concepto de tasas por servicios, obra de cloacas y pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 99.749,05, con más la suma de $ 49.874,52, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y, Notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.PC.C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre.
S/C 491413 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GAZZERA MARCELO MIGUEL s/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394513-2) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 03 de Noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido Apremio (Ley N° 5066) contra Marcelo Miguel Gazzera y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Bv. De las Américas N° 2.100 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166209/0014-6; por el cobro de la suma de $ 159.389,32, en concepto de tasas por servicios, obra de cloacas y pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 159.389,32, con más la suma de $ 79.694,66, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y, Notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza, Dra. Daniela Tantera Secretaria. En consecuencia quedan ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre.
S/C 491407 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GAZZERA MARCELO MIGUEL s/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394514-0), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 03 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido Apremio (Ley N° 5066) contra Marcelo Miguel Gazzera y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Enzo Bordabehere N° 2200 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166209/0005-8; por el cobro de la suma de $ 154.862,24, en concepto de tasas por servicios, obra de cloacas y pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 154.862,24, con más la suma de $ 77.431,12, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y, Notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre.
S/C 491404 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CHIARLO VICTOR HUGO, y Otros S/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394495-0) en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 18 de Octubre de 2022 Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido apremio (Ley N° 5066) contra Víctor Hugo Chiarlo, Luisa Gregoria Ñañez y/o quien resulte propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Almirante Brown N° 336 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166513/0015-7; por el cobro de la suma de $ 27.508,45, en concepto de obra de gas y de pavimento y tasas por servicios, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 27.508,45, con más la suma de $ 13.754,22, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y, Notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C. PC. C.; Y Sastre, 26 de Octubre de 2022. Advertido, que se consignó erróneamente el monto de la demanda de apremio, entiéndase que la misma de promovió por la suma de $ 48.457,75, en concepto de obra de gas y de pavimento y tasas por servicios, con más intereses y costas, y, en consecuencia, que el embargo ordenado lo es por el capital de $ 48.45 7,75, con más la suma de $ 24.228,8 7, que se estiman provisoriamente para intereses y costas. Notifíquese. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificados del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera, Secretaria. Sastre, 04 de Noviembre de 2022.
S/C 491417 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/FERNANDEZ, HUGO ORLANDO s/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394550-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 23 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido apremio (Ley N° 5066) contra Hugo Orlando Fernández y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Sarmiento N° 2195 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166242/0001-7; por el cobro de la suma de $ 138.895,82, en concepto de tasa de servicios y obra de cloacas, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 138.895,82, con más la suma de $ 69.447,91, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la 1º parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia quedan ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria.
S/C 491419 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/ASTESANA, JUAN CARLOS R. s/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394548-5), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 23 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido apremio (Ley N° 5066) contra Astesana Juan Carlos R. y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle R. de Escalada N° 1644 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166180/0000-5; por el cobro de la suma de $ 108.325,83, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 108.325,83, con más la suma de $ 54.162,91, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la JO parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C. PC. C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre, 06 de Diciembre de 2022.
S/C 491420 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CEJAS, BERNARDINO R. s/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394547-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 23 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido apremio (Ley N° 5066) contra Bernardino R Cejas y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle O’Higgins N° 1317 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16648510003-6; por el cobro de la suma de $ 159.256,31, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 159.256,31, con más la suma de $ 79.628,15, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la 1ª parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C. PC. C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre, 06 de Diciembre de 2022.
S/C 491421 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/STICCA MIGUEL ANGEL s/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394526-4), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 08 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido Apremio (Ley N° 5066) contra Miguel Angel Sticca y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle General Paz N° 1456 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16646410001-5; por el cobro de la suma de $ 87.562,33 en concepto de tasas por servicios y obras de cloacas, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 87.562,33, con más la suma de $ 43.781,16, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12.45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y, notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre.
S/C 491422 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GAZZERA MARCELO MIGUEL s/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394515-9), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 03 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido apremio (Ley N° 5066) contra Marcelo Miguel Gazzera y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble Sito en calle Enzo Bordabehere N° 2.200 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166209/0006-7; por el cobro de la suma de $ 154.002,03, en concepto de tasas por servicios, obra de cloacas y pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 154.002,03, con más la suma de $ 77.001.01, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y, notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre.
S/C 491423 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/SORIA RAFAEL s/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394525-6), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 08 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdesele la participación que por derecho corresponda. Por promovido apremio (Ley N° 5066) contra Rafael Soria y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle General Paz N° 1476 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166465/0000-5; por el cobro de la suma de $ 71.714,38, en concepto de tasas por servicios y obras de cloacas, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 71.714,38, con más la suma de $ 35.857,19, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066, y, notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre.
S/C 491424 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/VALLEJOS EDER A. s/apremio municipal; (21-24394552-3), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 23 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido apremio (Ley N° 5066) contra Eder A. Vallejos y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en Avda. Libertad N° 1960 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166265/0016-0; por el cobro de la suma de $ 68.408,26, en concepto de tasa de servicios y obra de cloacas, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 68.408,26, con más la suma de $ 34.204,13, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la JO parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notIficador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia queda/n ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre, 06 de Diciembre de 2022.
S/C 491425 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/MACELLO IRMA CAROLINA s/Apremio Municipal Ley 5066; (CUIJ Nº 21-24394551-5), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 23 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido apremio (Ley N° 5066) contra Irma Carolina Macello y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle Santiago del Estero N° 1251 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166253/0004-0; por el cobro de la suma de $ 63.075,45, en concepto de tasa de servicios y obra de cloacas, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de ocho días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 63.075,45, con más la suma de $ 31.537,72, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la 1ª parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notflcador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo.: Dra. Celia Patricia González Broin, Jueza; Dra. Daniela Tantera, Secretaria. En consecuencia quedain ud/s. debidamente notificado/s del decreto que antecede. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. Daniela Tantera Secretaria. Sastre, 06 de Diciembre de 2022.
S/C 491426 Dic. 20 Dic. 22
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito, Civil, Comercial y Laboral de San Justo, Santa Fe, a cargo de la Dra. Laura M. Alessio, Secretaría a cargo del Dr. Leandro Carlos Buzzani, hace saber que en autos caratulados ESPINOSA, VICTORIA NATALIA s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-26185862-9, se ha dispuesto la publicación por dos días (2) del presente Edicto, para poner en conocimiento la regulación de honorarios de los profesionales y la presentación del Informe y Proyecto de Distribución Final. San Justo, 22 de septiembre de 2.022. Téngase presente. Por presentado Informe Final. De manifiesto el mismo por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense los edictos conforme a lo establecido en el art. 218 de la ley concursal. En la cantidad de 22,12 Ius, lo que a la fecha equivale a Pesos Trescientos Diecinueve Mil Seiscientos Cuarenta con 84/100 ($ 319.640,84), regúlanse los honorarios profesionales del C.P.N. Teresa Zulema MARIN; y en la cantidad de 9,48 Ius, lo que a la fecha equivale a Pesos Ciento Treinta y Seis Mil Novecientos Ochenta y Ocho con 93/100 ($ 136.988,93), regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Esteban Nicolás Cattaneo, por su actuación en los presentes autos San Justo. Notifíquese. Firmado: Dr. Leandro Carlos Buzzani, Secretario; Dra. Laura M. Alessio, Jueza. Publíquese por dos (2) días el presente Edicto sin cargo. San Justo, 17 de Noviembre de 2.022. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.
S/C 491409 Dic. 20 Dic. 27
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 18 de la ciudad de San Justo en autos caratulados GIRA UDO, NORA DEL CARMEN c/LISA, ISIDRO DOMINGO y otros s/Daños y perjuicios; (CUIJ Nº 21-26185887-5) se cita, llama y emplaza a herederos de Lisa Isidro Domingo, DNI Nº 6.337.607, para que en el plazo y bajo los apercibimientos de la ley comparezcan a hacer valer sus derechos. San Justo, 09 de Noviembre de 2022. Leandro C. Buzzani, secretario.
$ 33 491396 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 9, de La ciudad de Esperanza, provincia de Santa le, en los autos caratulados: A.P.I. c/HEIDEGGER REMIGIO ABELARDO s/Apremios Fiscales A.P.I.; CUIJ Nº 21-2000144-0, que se tramitan por ante este Juzgado, se ha ordenado lo siguiente Esperanza, 27 de Abril de 2022. Agréguese el oficio diligenciado acompañado. Encontrándose acreditado el fallecimiento del demandado. Sr. Remigio Abelardo Heidegger en los términos del art. 597 CPCC cítese a sus herederos de conformidad a lo dispuesto en el art. 73 de dicho cuerpo normativo para que comparezcan a estar a derecho. Asimismo, ofíciese al Registro de Procesos Universales a los fines solicitado, autorizándose al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese: Fdo.: Dra. Virginia Ingaramo, jueza; Dra. Gisela Gatti, Secretaria. Esperanza, 03 de Octubre de 2022. Vanesa Isquierdo, prosecretaria-
S/C 491379 Dic. 20 Dic. 22
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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados “ROUSSEAU, BLANCA NORMA SOFIA s/ Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ Nº 21-02026045-6) , en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación del Distrito Judicial Nº 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Sra. Jueza, Dra. Viviana E. Marin y Dra. María Romina Botto, Secretaria, se hace saber por dos (02) días, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe y el Hall de Tribunales, que se ha presentado el Informe Final, el Proyecto de Distribución de Fondos y la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes según se detalla: CPN Oscar L. Vassoler $ 319.640,85 y Dr. Dra. Julieta Sanuto $ 136.988,93 (Art. 218 LCQ). Santa Fe, 12 de Diciembre de 2.022 – Dra. Maria Romina Botto – Secretaria Juzgado Civil y Comercial Primera Nominación
S/C 491728 Dic. 20 Dic. 21
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Por disposición del juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, en los autos caratulados VELAZQUEZ MARIA VICTORINA y otros s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-26170321-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Maria Victorina Velázquez DNI Nº 10.382.522 y don Rubén Isidro Walesberg, D.N.I. Nº 10.063.562, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Silvina D. Demboryniski, Secretario. San Javier, (Santa Fe), de Diciembre del año dos mil veintidós.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 20 de San Javier, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: MORINY y/o MORINI LILIA RAMONA s/Declaratoria de herederos; 21-26169531-3, Año 2020, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Moriny y/o Morini Lilia Ramona, DNI Nº F2.436.829, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. A sus efectos se publica en el BOLETÍN OFICIAL y tablilla del tribunal conforme ley 13.287. San Javier, 2022. Firma: Dra. Silvina D. Demboryniski, Secretaria.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición del Señor juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil Comercial y Laboral de San Justo (Sta Fe), en autos KRAUS MARÍA MAGDALENA s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-26188950-9 Año 2022, se cita, llama y emplaza a os herederos, acreedores y legatarios de doña María Magdalena Kraus DNI Nº 2.435.139, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos Wel BOLETÍN OFICIAL y Hall del Juzgado (arts 592 y 67 mod. ley 11.287 CPCC). San Justo (Sta Fe), 16 de Diciembre de 2022. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: GIORIA CLEMAR OLINDO s/Sucesorio; Expte. CUIJ N° 21-26187436-6 del Año 2021, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del señor Gioria Clemar Olindo, DNI N° M8.281.437, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Jueza: Laura María Alessio; Secretario: Leandro Carlos Buzzani. Sucesorio tramitado por el Dr. Santiago Cordido. San Justo, 4 de Diciembre de 2022. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.
$ 45 Dic. 20
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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 20, de San Javier (SF), llama a herederos, legatarios y/o acreedores de Don Braccia Néstor Oscar, D.N.I. N° 11.102.487, a que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en autos caratulados: BRACCIA NESTOR OSCAR s/Declaratoria de herederos; (CUIJ N° 21-26170276-9) Publíquense edictos por el término de ley (art. 592 CPCyC) en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse los mismos en las puertas de este Juzgado. San Javier (SF), de Diciembre de 2022. Silvina Demboryniski, secretaria.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Esperanza en los autos: MONTALBETTI ANALIA TERESA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-263028271-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Montalbetti Analía Teresa DNI Nº 13.545.879 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Esperanza, Diciembre de 2022.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación en autos caratulados YOST, MARIA JUDITH s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-02032913-8, se llama, cita y emplaza e todos los herederos, acreedores y legatarios de doña Maria Judith Yost DNI Nº F3.988.867, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, diciembre de 2022.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación en autos caratulados GONZALEZ CRISTINA MARTA s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-02036195-3, se llama cita y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de doña CRISTINA MARTA GONZALEZ DNI Nº F 11.139.358 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, noviembre de 2022.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios radicado en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: HERNANDEZ PEDRO RAÚL s/Sucesorio; (CUIJ 21-02031773-3 - AÑO 2022), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Pedro Raúl Hernández, DNI Nº 13.377.222, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Fdo.) Dra. Marina A. Borsotti, Secretaria. Dra. Viviana Marini, Jueza. Santa Fe, mayo de 2022.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 5ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, Dr. Diego Raúl ALDAO, en los autos caratulados DIAZ, ZULEMA MARTHA s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-02029643-4 Año 2021, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Zulema Martha Díaz, LC Nº 3.216.219, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Hall de Tribunales. Santa Fe, 15 de Diciembre de 2022. Fdo. Dra. Mercedes Dellamonica (Secretaria).
$ 45 Dic. 20
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de la ciudad de Santa Fe), en Autos caratulados COLUSSI RAUL s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02036493-6), se cita se llama y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de don Raúl Colussi, DNI Nº 6.249.177, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el boletín Oficial. Firmado Dra. Claudia Sánchez, Secretaria.
$ 45 Dic. 20
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Por Disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial (Juzgado Civil y Comercial de la 10ª Nominación), en autos BARBONA ISABEL AMABELIA; (CUIJ Nº 21-02034182-0) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho sobre los bienes de la Sucesión de doña Barbona Isabel Amabelia, DNI N° F 5.485.942, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se Publica Edicto en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Kilgelmann María Ramina (Juez). Dra. Marina Borsotti (secretaria). Santa Fe, Octubre de 2022.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorias (Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación) de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, en autos caratulados: CASTRO, ALBA CONCEPCIÓN s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02036912-1 - Año: 2.022) se cita, llama y empieza a todos los herederos, acreedores, legatarios y/o aquellas personas que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de la causante: Alba Concepción Castro, D.N.I. Nº 4.700.669, fallecida el 29.11.2021 en la ciudad de Santa Fe, Dpto. La Capital, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica sus efectos legales, bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, Diciembre de 2022. Fdo. Dra. Gisela Gatti, (Secretaria).
$ 45 Dic. 20
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados PALUDI, ROSANA VERONICA s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-02036624.6, Año 2022, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y/o legatarios de la causante ROSANA Verónica Paludi, D.N.I. N° M 23.358.380 a fin de que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan y hagan valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, de Diciembre de 2022. Fdo. Dra. Claudia Sánchez, Secretaría.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 17 Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (Santa Fe), se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don LUIS EFREN MAREGA DNI N° 10.975.580, y de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en el juicio sucesorio caratulado: “MAREGA, LUIS EFREN S/ SUCESORIO” CUIJ 21-26324639-7. Villa Ocampo, 20/12/22.-
$ 45 Dic. 20
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados “LESCANO, Jorgelina Orlanda s/SUCESORIO” Expte. Cuij N° 21-02036292-5; se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la Sra. JORGELINA ORLANDA LESCANO, apellido materno Luna, DNI Nº 6.367.038, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dra. Claudia Bibiana Sánchez, Secretaria Santa Fe,
$ 45 Dic. 20
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación), en autos caratulados “PEREZ PARACHU, GRACIELA MARIANA S/ SUCESORIO”, CUIJ 21-02036506-1, se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de GRACIELA MARIANA PEREZ PARACHU, Documento de Identidad F5.080.425, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. [Firmado Dra. Gisela Gatti, Secretaria; Diego Raúl Aldao, Juez].
$ 45 Dic. 20
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación) en autos: “IBAÑEZ VALVERDE, SERAFIN MILANO Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ NRO. 21-02035892-8) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de SERAFIN MILANO IBAÑEZ VALVERDE, C.I. 325.764, y de JOSEFINA MERCEDES TAGLIABUE, L.C.D. 590.090, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo: Dra. GISELA GATTI SECRETARIA.
$ 45 Dic. 20
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TOSTADO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de distrito Nº 15, en lo Civil, Comercial y Laboral, secretaría única, de TOSTADO, Dpto. 9 de Julio, Pcia. de Santa Fe, en los autos CETROGAR SA c/DIAZ HUGO MARCELO s/Juicios ejecutivos; CUIJ Nº 21-26212700-9. TOSTADO, 24 de noviembre de 2022. VISTOS: Estos autos CETROGAR S.A. c/DIAZ HUGO MARCELO s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-26212700-9. Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Ordenar llevar adelante la ejecución hasta que la acreedora se haga integro cobro del capital reclamado, con más un interés compensatorio de 50% anual, a partir de la fecha de libramiento de los títulos e interés de 25% anual, a partir de la presentación al cobro y hasta el efectivo. 2- Imponer las costas al ejecutado, art. 251 del C.P.C.C. 3- Diferir la regulación de honorarios al momento de practicarse liquidación. Hágase saber, agréguese y archívese oportunamente. Dra. Hayde M. Regonat (jueza) Marcela A. Barrera (Secretaria). Lo que se publica por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y Espacio destinado para tal fin. Tostado, 30 de Noviembre de 2022.
$ 33 491151 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 15 de la ciudad de Tostado, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña ROSARIO ARANDA, DNI N° 4.294.752, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, en autos “ARANDA ROSARIO S/ SUCESORIO 21-26212999-0 - AÑO 2022”. Lo que se publica a los efectos en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin. Tostado, de Junio de 2022. Jueza: Dra. Hayde María REGONAT – Secretaria: Dra. Marcela BARRERA.
$ 45 Dic. 20
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 11 de San Jorge (S.F.), en autos “UGALDE MAXIMO S/ SUCESORIO” CUIJ 21-26264830-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MAXIMO UGALDE, DNI Nº M6.291.533, fallecido en la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, el día 09/11/2018, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.
$ 45 Dic. 20
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SAN CRISTOBAL
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial, y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, se hace saber que en los autos: MATHIEU, UBALDO ROGELIO y otros s/Quiebra; CUIJ Nº 21-26116799-6 se ha dispuesto: 1) Declarar concluida la quiebra de los Sres. Ubaldo Rogelio Mathieu LE Nº 6.266.690, Víctor Hugo Mathieu, D.N.I. Nº 11.206.933 y Miguel Angel Mathieu D.N.I. N° 10.422.312, en los términos del art. 231 LCQ. 2) Teniendo en cuenta las constancias de la causa, que el pedido de conclusión de quiebra y consecuentemente el levantamiento de las medidas cautelares fue solicitada por la ex-cónyuge del co-fallido Miguel Angel Mathieu, corresponde notificar a los fallidos la conclusión del proceso de quiebra dispuesta y que en consecuencia de ello se procederá al levantamiento de las cautelares ordenadas en autos, en los domicilio reales denunciados según poder acompañado por su apoderado legal, obrante a fs 133 y en el domicilio legal constituido en autos fs 134. Asimismo se hará saber a su apoderado legal Dr. Hugo Parma por cédula electrónica. 3) Publíquense edictos en el Boletín Oficial y puertas del juzgado por el término de un día. Notifíquese al Sr. Síndico. 4) En virtud de la participación de la Sra. Síndica designada en el proceso CPN Ileana Fasano y de la profesional que instó el proceso a la conclusión Dra. Liliana María Bertaina, lo dispuesto por el art. 265 inc. 5 de la LCQ, considerando además las tareas desarrolladas por la citada funcionaria y por la representante legal de la peticionante interesada en la conclusión del proceso; no resultando aplicable alguno de los parámetros que la ley toma para definir los porcentuales para la regulación como así tampoco las leyes arancelarias locales (art. 271 de la LCQ); resulta procedente tomar como masa regulable un sueldo de Secretario de Primera Instancia ($ 456.629,78). En consecuencia, regúlense los honorarios profesionales de la CPCN Ileana Fasano en la suma de pesos doscientos veintiocho mil trescientos quince ($ 228.315). Regúlense los honorarios de la Dra Liliana María Bertaina en la suma de pesos doscientos veintiocho mil trescientos quince ($ 228.315). Requiérase a las profesionales actuantes incorporen al proceso su condición impositiva ante la AFIP. Córrase vista a los Colegios profesionales. 5) Cumplidas las notificaciones dispuestas en el pto. 1 y lo los ptos. 2, 3 y 4. Una vez firme la presente, ordénase el cese de las medidas cautelares que fueron impuestas a los fallidos con la apertura de la presente quiebra. Ofíciese a los Registros respectivos; autorízase al profesional actuante y/o quien designe a intervenir en el diligenciamiento. Insértese el original, hágase saber, agréguese y oportunamente archívese. Fdo: Graciela Gutscher, Jueza; Diego Escudero, Secretario. 22 de noviembre de 2022.
S/C 491311 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, en autos caratulados FRANCONI ROBERTO MIGUEL s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26140268-5, se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores y legatarios de Don Roberto Miguel Franconi, DNI Nº 8.467.016, fallecido el 03/11/2021, en la localidad de Elisa, domiciliado en Santiago del Estero 136 de la localidad de Elisa, Pcia. de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, por estar ordenado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado, conforme Ley N° 11287. Firmado: Cecilia V. Tovar, Secretaria; Graciela V. Gutscher, Jueza. San Cristóbal, de Diciembre de 2022. Dr. Diego Escudero, secretario subrogante.
$ 45 Dic. 20
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CERES
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados “BEJARANO, Elida Gertrudis y Otro S/ SUCESORIO” C.U.I.J. N° 21-17429939-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, DoñaELIDA GERTRUDIS BEJARANO D.N.I. N° 3.803.269, fallecida en Ceres, el 23 de abril de 2018 y de Don ATILIO IBARA D.N.I. N° 6.300.630, fallecido el 29 de mayo de 2022, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y puertas del Juzgado.
$ 45 Dic. 20
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VERA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Hago saber a Ud. que en el expediente judicial CUIJ Nº 21-25246032-9 caratulado SDNAYF VERA c/LOPEZ, GONZALO BENJAMIN y otros s/Resolución definitiva que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de la ciudad de Vera, se ha dispuesto dirigir a Ud. la presente a los fines de Notificar el Decreto dictado en autos: Vera, 18 de Diciembre de 2017. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, désele la intervención legal correspondiente. Por interpuesta formal demanda de notificación de adopción de resolución definitiva de medida de protección excepcional de derechos y control de legalidad con relación a la Medida de Protección Excepcional que la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, adoptó mediante la Disposición Administrativa ME-VE Nº 038 de fecha 14 de Septiembre de 2017, que tiene por objeto se declare la Tutela del niño Gonzalo Benjamín López, DNI N° 49.508.248, nacido el 18/04/2009, Lorenzo Agustín Cabaña, DNI Nº 51.161.756, nacido el 17/06/11; Matías Iván Senn, DNI N° 54.204.631, nacido el 25/10/14, y Ludmila Abril Senn, DNI Nº 55.096.321, nacida el 26/10/15, hijos de Mairá Elizabeth López, DNI Nº 34.176.339 y de Néstor Cabañas y Matías Eduardo Senn respectivamente, (...), a favor de Gonzalo Benjamín López a la Sra. Maria Carmen Villalba, DNI Nº 16.798.548, Lorenzo Agustín Cabañas a la Sra. Nelli Noemí Maglier, DNI Nº 25.777.962, Matías Iván Senn y Ludmila Iván Senn a los Sres. Alejandra Velazquez, DNI Nº 24.055.082 y José Eduardo Senn, DNI N° 23.254.214, (...) Cítese a quienes fueran los progenitores de los menores en cuestión. Córrase Vista al Ministerio Pupilar. (...) Agréguese por cuerda a los autos: SDNAYF VERA /LOPEZ, GONZALO BENJAMIN y otros s/Control de legalidad; (Expte. N° 698/16). (...). Notifíquese - Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo (Juez). Dra. Beatriz Deiber de Fabbro (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL.
S/C 491427 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera, Provincia de Santa Fe, Segunda Nominación a cargo del Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez; Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria, en los autos caratulados: MOSQUEIRA, ANALIA CARMEN c/FABRE, EMILIANO y otros s/Prescripción adquisitiva; CUIJ N° 21-25277488-9, se ha dispuesto: Vera, 02 de Diciembre de 2022. Agréguese el informe acompañado. Habiéndose cumplimentado con lo ordenado en fecha 05/10/2022, proveyendo escrito introductorio de demanda: Por iniciada Demanda Ordinaria de Prescripción Adquisitiva contra Emiliano Fabre y/o sus herederos y/o Irma Fabre y/o contra quien resulte jurídicamente propietario o se considere con derecho sobre el inmueble, con domicilio denunciado. Cítese y emplácese a los demandados, para que en el término de diez días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. Notifíquese por cédula en el domicilio denunciado y conforme lo dispuesto por el Art. 73 y 597 del CPCyC. Cíteselos por Edictos en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado por el término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía. Dese intervención al Señor Fiscal. Dese intervención a la Municipalidad de Calchaquí y a la Provincia de Santa Fe para que tome la respectiva intervención en caso de haber interés fiscal comprometido. Conforme lo establece el Art. 1905 del CCC, inscríbase como litigioso el Bien Inmueble objeto de ésta demanda, oficiándose a sus efectos. Autorizase a la peticionante a intervenir en su diligenciamiento con facultades de ley. A lo demás, oportunamente y si correspondiera. Notifíquese. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro-Secretaria; Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez. Lo que se publica en BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Vera, 06 de Diciembre de 2022.
$ 33 491333 Dic. 20 Dic. 22
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial y Laboral 1ª Nominación del Distrito Judicial Nº 13, Dra. Jorgelina Yedro, a cargo de la Secretaria Dra. Margarita Savant, con asiento en la ciudad de Vera, en autos caratulados: FARIAS, ORFILIO WALTER s/Sucesorio; CUIJ N° 21-5277535-5 se ha dispuesto citar por edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a todos los que se creyeren con derecho a los bienes de la herencia del Sr. Farias Orfilio Walter, DNI N° 17.706.235, argentino, mayor de edad, soltero, quien se domiciliaba en Fortín Olmos, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimientos de ley. Vera, 15 Diciembre de 2022. Dra. Margarita Savant, secretaria.
$ 45 Dic. 20
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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 13 en lo Civil, Comercial y Laboral, Primera Nominación de la ciudad de Vera (Sta. Fe), se cita, llama y emplaza a todas las personas que se consideren con derecho, a los bienes quedados por fallecimiento de Pedro Enrique Gross DNI Nº 6.338.019, por el término y bajo apercibimientos legales en autos GROSS PEDRO ENRIQUE s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-25277518-5. Dra. Margarita Savant, secretaria.
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe; en autos CUIJ Nº 21-24203033-5 - Año 2022; GROSSO, RAUL JOSE s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, y a iodos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Raúl José Grosso, DNI N° 13.854.211, Fallecido el 23/07/2022, con último domicilio en calle España N° 221 de Rafaela (Pcia. de Santa Fe), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino de 30 días bajo apercibimientos de ley, los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo; Dr. Guillermo Adriana Vales – Juez; Dra. Verónica Carignano, Secretaria s/c. Rafaela, 13 de Diciembre de 2022.
$ 45 Dic. 20
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados VERON JULIETA ELISABET s/Quiebra; CUIJ N° 21-25029487-2, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 06 de Diciembre de 2022. Autos y vistos: estos caratulados VERON JULIETA ELISABET s/Quiebra; CUIJ N° 21-25029487-2, que se tramitan en este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, de los que: Considerando: Que, Julieta Elisabet Veron DNI N° 27.867.194, argentina, empleada, CUIT Nº 27-278671947, con domicilio real en Calle Frigeri N° 1068 de la ciudad de Reconquista (SF), y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de Reconquista (SF), por intermedio de sus apoderados Dres. Esteban Nicolás Cattaneo y Luis Maximiliano Bazan, solicita la declaración de su propia quiebra, aportando los datos ilustrativos de la cesación de pagos. La solicitud de quiebra efectuada por la peticionante, invocando su estado de cesación de pagos y la consiguiente imposibilidad de hacer frente a sus obligaciones. Que habiéndose cumplimentado con requisitos formales que señala el Art. 86 de la Ley de Concursos, requisitos cuya omisión no impide la declaración de quiebra y siendo que conforme lo confesado por la propia deudora se evidencia su crítica situación patrimonial, corresponde hacer lugar a lo solicitado y ordenar la apertura de la quiebra. Que, asimismo se solicita se disponga el cese de las retenciones que se efectúan sobre los haberes de la presentante ya sea los que se efectúan por códigos de descuentos y/o embargos y/o cualquier acreencia que no sea dispuesta por la ley sobre recibo de sueldo como así también por el sistema de cajero automático. Que si el deudor indica que se encuentra en cesación de pagos corresponde acoger su pretensión de declaración de la quiebra. Por todo ello, y de conformidad con las prescripciones del art. 82 ss y cc de la Ley 24522, Resuelvo: 1ro. Declarar la Quiebra de Julieta Elisabet Veron DNI N° 27.867.194, argentina, empleada, CUIT Nº 27-27867194-7, con domicilio real en Calle Frigeri N° 1068 de la ciudad de Reconquista (SF), y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de Reconquista (SF). 2do. Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales, al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y al Registro del Automotor, a los fines de que tome conocimiento de la quiebra, y de la inhibición de la fallida para disponer de sus bienes. 3ro. Hacer saber al fallido que deberá hacer entrega de los bienes al Síndico, quien deberá inventariarlos, instrumentando acta de toda la actuación. 4to. Hágase saber la prohibición de efectuar pagos al fallido y que en el caso de incumplirse tal prohibición serán considerados ineficaces. 5to. Hágase saber al Síndico que deberá interceptar y retener la correspondencia. 6to. Oficiar a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Migraciones, a la Gendarmería Nacional, a los fines de comunicar la prohibición del fallido de abandonar el país sin autorización judicial. 7mo. Fijar el día 23 de febrero de 2023, a las 08:00 horas, a los fines del sorteo de Síndico por ante la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales (Circular N° 123/2017), notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas; fijar el 06 de abril de 2023 como fecha hasta la cuál los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico. Fíjase el 18 de mayo de 2023 la fecha hasta la cual el Síndico ha de poder presentar los informes individuales, y 22 de junio de 2023 el informe General. 8vo. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo preceptuado en el art. 89 de la Ley 24.522. 9no. Se oficiará a la entidad bancaria Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para que se abstenga de continuar efectuando débitos automáticos. 10mo. Líbrese oficio a los Juzgados en los que se tramitan causas en contra del fallido (salvo juicios de expropiación y los fundados en relaciones de familia) a los fines de solicitar su remisión a este Tribunal, se oficiará al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, que liquida los haberes del deudor, para que se abstenga de efectuar descuentos o retenciones a sus haberes, salvo los dispuestos por la ley, especialmente la retención por alimentos que deberá subsistir, y trabar embargo por un veinte por ciento de sus remuneraciones deducidos los descuentos de ley que se han de depositar en una cuenta para estos autos y a la orden del Tribunal, cuya apertura se hará mediante oficio a librarse al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Reconquista (SF). Hágase saber al profesional que deberá suscribir y diligenciar el oficio conforme lo establecido en el Acuerdo celebrado el día 10.03.22, Acta N° 6, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe la A 10.03.22 (Circular N° 33/2022 de fecha 14/03/2022). Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista, 06 de Diciembre de 2022.
S/C 491351 Dic. 20 Dic. 27
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe), en los autos caratulados PIMENTEL EDUARDO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-25025339-4 ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 10 de Noviembre de 2022. Y Vistos: Estos caratulados: PIMENTEL EDUARDO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-25025339-4, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 4, y; Considerando: Que el Sr. Síndico ha presentado el informe final y proyecto de distribución (f. 108/109); por lo que corresponde regular honorarios a dicho funcionario y al apoderado del Fallido de conformidad con lo dispuesto por el Art. 218 de la LCQ. Que, conforme se desprende de las constancias de Autos, en el presente solo existen fondos obtenidos del embargo de haberes sin subasta de bienes, con inexistencia de pasivo por cuanto ningún acreedor se presentó a verificar su crédito. En consecuencia, según las particularidades del presente proceso considero que, tal como ya se ha resuelto por tribunales provinciales y por el suscripto, a los fines de la regulación ha de tenerse presente por vía analógica lo dispuesto por el Art. 265 - Inc. 5 LCQ y 268 - Inc. 2 de la Ley 24.522, considerando ajustado fijar la base regulatoria en un sueldo de secretario de primera instancia de esta jurisdicción (SORBELLINI, AYUSO MARCELA VERONICA s/Quiebra; Expte. 327/2007 Juzg. 1ª Inst. CyC 4ª Nom Sta. Fe; GRIFFA, EVELIO BARTOLO y Ot. s/Quiebra; Expte. Nº 328/2006. Juzg. 1ª Inst. C,C y L San Cristóbal; ALMADA, ELSA LUJAN s/Quiebra; Expte. N° 417/2010, Juzg. Primera Inst. Civi y Com. 3ª Nom. Rqta.). Que, la L.C.Q. Dispone que para el cálculo de las regulaciones de honorarios no se aplicarán las disposiciones de la les leyes locales (art. 271 L.C.Q.). Que, teniendo en cuenta que el sueldo de un secretario en nuestra Provincia a la fecha asciende a la suma de $ 434.734,94, y valuando la labor desplegada por los profesionales actuantes es que dicha suma se distribuirá de la siguiente manera: en un 70% en favor del Síndico, CPN Víctor Hugo Fabrizio, lo cual asciende a $ 304.314,451 y el 30% restante a favor de los apoderados de la fallida, en forma conjunta y en proporción de ley, Dres. Esteban Nicolás Cattaneo y Diego Javier Silva, $ 130.420,48, disponiéndose a tal fin una tasa de interés moratorio equivalente a la Tasa Activa en pesos Cartera General, Nominal Anual Vencida (T.N.A. - 30 días) según publica el Banco de la Nación Argentina. (conf. lo resuelto por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Reconquista en autos PONCE, DUILIO DARÍO s/Quiebra; CUIJ N° 21-250240659 en fecha 20/10/2022). Que, también, corresponde ordenar que se cumplimente con el sellado especial de justicia que establece el Código Fiscal. Que por las razones expuestas y en concordancia con los Arts. 218, 292, 265 - Inc. 5), 268 y conc. LCQ, es que; Resuelvo: Tener presente el informe final y proyecto de distribución confeccionado por el Síndico. Regular los honorarios del CPN Víctor Hugo Fabrizio y de los apoderados de la fallida, Dres. Esteban Nicolás Cattaneo y Diego Javier Silva, según lo estipulado en los Considerandos. Ordenar la publicación de ley mediante edictos. Dese vista de las regulaciones al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Fecho, elévense a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de esta ciudad, a los fines de su revisión (Art. 272, Ley 24.522). Procédase a efectuar el sellado de justicia, dándose intervención a la API. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 05 de Diciembre de 2022.
S/C 491354 Dic. 20 Dic. 27
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de Reconquista, en los autos caratulados CAPELETTI ROCIO CELESTE s/Quiebra; (Expte. N° 21-25029755-3), se ha ordenado lo siguiente: Reconquista, 07 de diciembre de 2022... Autos y vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Rocio Celeste Capeletti, argentina, mayor de edad, empleada, DNI N° 34.045.763, domicilia en Mza. 7 Barrio 314 Viviendas N° 110, de la localidad de Reconquista -SF. 2) Para que tenga lugar el sorteo de un síndico que actuará en la presente causa, fijase la audiencia del día 21 de diciembre del 2022 a las 8:00 hs. A tal efecto, ofíciese a la Oficina de Sorteo de estos Tribunales. 3) Difiérase la fijación de las fechas para la presentación de los pedidos de verificación de créditos, informe individual, informe general, período de exclusividad y audiencia informativa hasta que el Síndico designado acepte el cargo. 4) Intímese al fallido y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquellos, procédase al desapoderamiento de los bienes conforme lo dispone el art. 106 y 107 de la LCQ. 5) Decretar la prohibición de hacer pago al fallido bajo apercibimientos de tenerlos por ineficaces conforme lo normado por el art. 109 LCQ. 6) Interceptar la correspondencia y comunicaciones dirigida al mismo a fin de que sean entregadas al Síndico, oficiándose a tal fin conforme lo dispuesto por art. 114 LCQ. (...) 10) Disponer la Inhibición General del fallido oficiándose a los Registros correspondientes. Fdo. Dr. Fabián Lorenzini- Juez; Dr. José Boaglio- Secretario. Reconquista, 07/12/2022.
S/C 491343 Dic. 20 Dic. 27
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados FABATIA NATIVIDAD s/Quiebra; CUIJ Nº 21-25029287-9, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 26 de Septiembre de 2022. Autos y vistos: estos caratulados FABATIA NATIVIDAD s/Quiebra; CUIJ Nº 21-25029287-9, que se tramitan en este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, de los que: Considerando: Que, Natividad Fabatia, argentina, empleada, DNI Nº 14.546.092, CUIT Nº 27-14546092-7, con domicilio real en Calle Zona Urbana S/N de la localidad de Fortín Olmos (SF), y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de Reconquista (SF), por intermedio de sus apoderados Dres. Esteban Nicolás Cattaneo y Luis Maximiliano Bazán, solicita la declaración de su propia quiebra, aportando los datos ilustrativos de la cesación de pagos. La solicitud de quiebra efectuada por la peticionante, invocando su estado de cesación de pagos y la consiguiente imposibilidad de hacer frente a sus obligaciones. Que habiéndose cumplimentado con requisitos formales que señala el Art. 86 de la Ley de Concursos, requisitos cuya omisión no impide la declaración de quiebra y siendo que conforme lo confesado por la propia deudora se evidencia su crítica situación patrimonial, corresponde hacer lugar a lo solicitado y ordenar la apertura de la quiebra. Que, asimismo se solicita se disponga el cese de las retenciones que se efectúan sobre los haberes de la presentante ya sea los que se efectúan por códigos de descuentos y/o embargos y/o cualquier acreencia que no sea dispuesta por la ley sobre recibo de sueldo como así también por el sistema de cajero automático. Que si el deudor indica que se encuentra en cesación de pagos corresponde acoger su pretensión de declaración de la quiebra. Por todo ello, y de conformidad con las prescripciones del art. 82 ss y cc de la Ley 24522, Resuelvo: 1) Declarar la Quiebra de Natividad Fabatia, argentina, empleada, DNI Nº 14.546.092, CUIT Nº 27-14546092-7, con domicilio real en Calle Zona Urbana S/N de la localidad de Fortín Olmos (SF), y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de Reconquista (SF). 2) Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales, al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y al Registro del Automotor, a los fines de que tome conocimiento de la quiebra, y de la inhibición de la fallida para disponer de sus bienes. 3) Hacer saber al fallido que deberá hacer entrega de los bienes al Síndico, quien deberá inventariarlos, instrumentando acta de toda la actuación. 4) Hágase saber la prohibición de efectuar pagos al fallido y que en el caso de incumplirse tal prohibición serán considerados ineficaces. 5) Hágase saber al Síndico que deberá interceptar y retener la correspondencia. 6) Oficiar a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Migraciones, a la Gendarmería Nacional, a los fines de comunicar la prohibición del fallido de abandonar el país sin autorización judicial. 7) Fijar el día 03 de noviembre de 2022, a las 08:00 horas, a los fines del sorteo de Síndico por ante la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales (Circular N° 12312017), notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas; 8) Fijar el 06 de diciembre de 2022 como fecha hasta la cuál los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico. Fíjase el 21 de marzo de 2023 la fecha hasta la cual el Síndico ha de poder presentar los informes individuales, y 24 de abril de 2023 el informe General. 9) Publíquense edictos en el Boletín Oficial de conformidad con lo preceptuado en el art. 89 de la Ley 24.522. 10) Se oficiará a la entidad bancaria Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para que se abstenga de continuar efectuando débitos automáticos. 11) Líbrese oficio a los Juzgados en los que se tramitan causas en contra del fallido (salvo juicios de expropiación y los fundados en relaciones de familia) a los fines de solicitar su remisión a este Tribunal, 12) Se oficiará al Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, que liquida los haberes de la deudora, para que se abstenga de efectuar descuentos o retenciones a sus haberes, salvo los dispuestos por la ley, especialmente la retención por alimentos que deberá subsistir, y trabar embargo por un veinte por ciento de sus remuneraciones deducidos los descuentos de ley que se han de depositar en una cuenta para estos autos y a la orden del Tribunal, cuya apertura se hará mediante oficio a librarse al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Reconquista (SF). Hágase saber al profesional que deberá suscribir y diligenciar el oficio conforme lo establecido en el Acuerdo celebrado el día 10.03.22, Acta N° 6, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe la A 10.03.22 (Circular N° 33/2022 de fecha 14/03/2022). Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dra. María Luz Cracogna, Jueza - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Otro Decreto: Reconquista, 30 de noviembre de 2022. Proveyendo Cargo N° 11798 y 12614: Agréguese el Acta de Sorteo Informático acompañado. Desígnase Síndico al CPN Fernando Miguel ALTARE, domiciliado donde se indica, para actuar en tal carácter en la presente causa. Téngase presente la aceptación de Cargo formulada y la autorización conferida al CPN José Luis Braidot y al Dr. Nicolás Tofful, al solo efecto de la compulsa de Autos y/o intervenir en el diligenciamiento de pruebas. No reuniendo el Hernán Braidot los requisitos exigidos por el CPCC y la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 10.160, a la autorización conferida, no ha lugar. Proveyendo Cargo N° 11830: Por Secretaría, si estuviera en forma el oficio acompañado. Notifiquese. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. El CPN Fernando Miguel Altare constituyó domicilio a los efectos legales en calle Alvear N° 759 de la ciudad de Reconquista (SF), T.E. 03482 - 429796 / 03482 396845 y 342 155 168275, con días y horarios de atención de lunes a viernes de 9:00 a 12:00 hs. y de 17:00 a 19:00 hs. Reconquista, 07 de Diciembre de 2022.
S/C 491348 Dic. 20 dic. 27
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista (Santa Fe), en los autos caratulados MEZA SONIA ROMINA s/Concurso Preventivo; (CUIJ Nº 21-25022459-9) ha dispuesto lo siguiente: RECONQUISTA, 11 de Abril de 2022. Autos y vistos... Considerando... Resuelvo 1) Decretar la conclusión del concurso preventivo de Sonia Romina Meza, Argentina, Soltera, DNI Nº 30.788.254, con domicilio real en calle 85 Nº 537 del Barrio Carmen Luisa de la ciudad de Reconquista, por inexistencia de acreedores. 2) Regular en la suma de $ 65.000 los honorarios del señor Sindico, CPN Gabriel Alberto Mauri Aguirre y en la suma de $ 85.000, regúlense los honorarios profesionales del Dr. Valentín Enzo Masat, equivalente a 8,22 Unidades Jus. Fijase como interés moratorio anual, el equivalente a la tasa aplicada por el BNA en sus operaciones de descuento a treinta días. 3) Disponer el levantamiento de la inhibición general de bienes de la concursada y ordenar el cese de las retenciones sobre los haberes que percibe, oficiándose a tales fines. Hágase saber, córrase vista al Consejo de Ciencias Económicas y a Caja Forense, insértese y agréguese copia. Firmado: Dr. José Boaglio, Secretario; Dr. Fabian Lorenzini, Juez. Reconquista, 23 de Noviembre de 2022. Dr. Alexis Marega, prosecretario.
$ 500 491350 Dic. 20 Dic. 27
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº4 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se creyeren con derecho a los bienes dejados a su fallecimiento por don LEOPOLDO FERESIN DNI 6.318.832, y de doña TERESITA MARÍA VICENTIN LC 2.416.884 para que comparezcan a hacerlos valer a los autos respectivos: “FERESIN LEOPOLDO Y OTROS s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25029564-9, lo que se publica a los efectos legales correspondientes. Reconquista, 19/12/2022. Fdo. Dr. Alexis Marega - Prosecretario
$ 45 Dic. 20
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El Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista (S.Fe), en los autos caratulados: “GOMEZ FRANCISCO REINO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N°21-25029490-2), llama, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejados por los causantes FRANCISCO REINO GOMEZ, DNI 5906174 y LUISA FERREYRA, DNI 3465593, para que dentro del término de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 20 de diciembre de 2022..- Fdo. Dr. José Boaglio, Secretario.
$ 45 Dic. 20
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