REGISTRADA BAJO EL Nº 14.184
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
“DÍA PROVINCIAL DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS”
ARTÍCULO 1.- Objeto. Institúyese el día 1 de diciembre de cada año como “Día Provincial de las Áreas Naturales Protegidas”, con el objeto de promover acciones de sensibilización sobre la conservación de la biodiversidad y el conocimiento de las diferentes ecorregiones y reservas naturales del territorio santafesino.
ARTÍCULO 2.- Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación es el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, o el organismo que en el futuro lo reemplace.
ARTÍCULO 3.- Coordinación. La Autoridad de Aplicación debe coordinar sus acciones y actividades con aquellas reparticiones públicas, instituciones y Organizaciones No Gubernamentales cuya función u objeto tenga relación con lo dispuesto.
ARTÍCULO 4.- Acciones y difusión. Sin perjuicio de las atribuciones y deberes establecidos en la Ley N° 12175 de “Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas”, la Autoridad de Aplicación debe generar y divulgar documentos, estudios e investigaciones sobre las áreas naturales protegidas con la finalidad de creación de inventarios de especies, diagnósticos ambientales, documentaciones fotográficas, videos y todo otro material que contribuya a recopilar y difundir la biodiversidad santafesina.
ARTÍCULO 5.- Adhesión. Invítase a las Municipalidades y Comunas a adherir a la presente.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
PABLO GUSTAVO FARIAS
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
DRA. ALEJANDRA S. RODENAS
PRESIDENTA
CÁMARA DE SENADORES
LIC. GUSTAVO PUCCINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 15 DIC. 2022
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.
Celia Isabel Arena
Ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos
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