picture_as_pdf 2022-12-13

JUZGADO LABORAL


Por disposición del Señor Juez a, cargo del Juzgado de Distrito judicial N° 1 de Primera Instancia en lo Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a quienes sean acreedores, herederos y/o legatarios del Sr. Culzoni Gabriel Alberto, DNI N° 6.296.738, fallecido el día 27/11/2019 a efectos que comparezcan y tomen la debida intervención en el proceso: CLAUSEN, DIEGO MARTIN c/CULZONI, GABRIEL ALBERTO y otros s/Cobro de pesos - rubros laborales; (CUIJ Nº 21-04772322-9) dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, lo que se publica a todos los efectos legales edictos en el Boletín Oficial. Se transcribe el pertinente decreto que ordena el presente: “Santa Fe, 12 de febrero de 2020. ... Sin perjuicio de ello: Cítese a los herederos del causante a comparecer a estos autos a estar a derecho, por medio de edictos (art. 45 CPL y 597 CPC y C.) Atento el fallecimiento denunciado del demandado Gabriel Culzoni, ofíciese al Registro de Procesos Universales, a los fines de que informe si se ha iniciado el sucesorio y/o quienes han sido declarados herederos de la misma. Asimismo acréditese en autos dicha defunción con la respectiva partida. Notifíquese. ... Fdo. Dr. López (Secretario).

S/C 490939 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Laboral, 1ª Nominación de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Victoria Acosta, laboral1sfe@justiciasantafe.gov.ar, en los autos caratulados BOLAÑO, GISELA SOLEDAD c/MASSARO, CLAUDIA ELBIA s/Cobro de pesos rubros laborales; CUIJ Nº 21-04795245-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos de Claudia Elbia Massaro, DNI Nº 17.560.436, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Publíquese en el Boletín Oficial de Santa Fe. Fdo: Dra. Silvina Melchiori (Secretaría). Por ser solicitado por el actor, -trabajador-, en un juicio de cobro de pesos laborales, este oficio posee el beneficio de gratuidad. Santa Fe, 18 de noviembre de 2022. Dra. Silvina Melchiori, secretaria.

S/C 490763 Dic. 13 Dic. 15

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados MELLO, URSULA GRETEL s/Solicitud propia quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02035792-1), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 02 de diciembre de 2022. Vistos:... Considerando... Resuelvo: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de URSULA GRETEL MELLO DNI 23.394.493, argentina, mayor de edad, docente, domiciliada realmente en calle Espora 4223 de la Ciudad de Santa Fe y legal en calle Monseñor Zaspe 3105 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 7 de diciembre de 2022 a las 10:00 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 7 de febrero de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el 22 de marzo de 2023 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 3 de mayo de 2023 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio... Fdo. Ana Rosa Alvarez Jueza Sandra S. Romero. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11.827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 02 de diciembre de 2022. Secretaria. Dra. Sandra Romero, secretaria.

S/C 490870 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe se hace saber que en los autos: ESCOBAR JESUS ALBERTO s/Quiebra; CUIJ Nº 21-0025518-5, se pone en conocimiento a todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Así mismo se informa que los honorarios regulados a la sindicatura CPN Marinaro Mónica son de $ 319640.84 más aportes y al Dr. Morel Jorge la suma de $ 136988.93 más aportes. Santa Fe, 29 de Noviembre de 2022. Firmado: Dra. Romina Freyre (Secretaria) y Dr. Lucio Palacios (Juez). 01 de Diciembre de 2022.

S/C 490908 Dic. 13 Dic. 14

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De acuerdo a lo dispuesto en resoluciones de fecha 11 y 22 de Noviembre de 2022 por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación del Distrito Judicial Nº 1 se hace saber que en los autos caratulados ENRIQUE IVAN OSCAR s/Pedido de quiebra; Expte CUIJ Nº 21-02026536-9, se han regulado los honorarios de los funcionarios concursales, presentado el informe final y Proyecto de Distribución de fondos contando el fallido y los acreedores con un plazo de diez días para formular observaciones todo ello según lo normado por el art. 218° de la ley 24522. Las resoluciones que ordenan la presente medida en lo pertinente dice: Santa Fe, 11 de Noviembre de 2022, Visto... Considerando... Resuelvo Regular los honorarios profesionales correspondientes al síndico CPN Horacio Raúl Germano en la suma de $ 319.640,84- y regular los estipendios del Dr. Esteban Nicolás Cattaneo por su actuación en autos en la suma de $ 136.988,93. Córrase vista al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Hágase saber que la clave de terceros es 6195. Insértese. Hágase saber. Fdo. Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez), Dra. Romina Soledad Freyre (Secretaria). Santa Fe, 22 de noviembre de 2022. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. Fdo. Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez), Dra. Romina Soledad Freyre (Secretaria). Por lo que se ordena la publicación de edictos por el término de dos días conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522 en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, noviembre de 2022. El presente no tributa previo pago en virtud del 3º Párrafo del art. 89 de la ley 24522. 01 de Diciembre de 2022. Romina Freyre, secretaria.

S/C 490880 Dic. 13 Dic. 14

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Por encontrarse dispuesto autos caratulados FERNANDEZ GERMAN CATALINO s/Quiebra; 21-00990353-1 que tramitan ante Juzgado de Primera Instancia de Civil y Comercial 8va nom ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, secretaria a cargo el Dra. NELLI se ha dispuesto publicar el presente a fin de hace conocer la finalización de la quiebra en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 231 de la LCQ; Como recaudo se transcribe el decreto que ordena el presente: Santa Fe, 25 de Noviembre de 2022. I) Declarar finalizada la quiebra de conformidad con lo normado por el artículo 231, último párrafo, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los artículos 103, 107, 110, 114 y concordantes L.C.Q. y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas. II) Ordenar la publicación de edictos por el término de ley, comunicar al Registro de Procesos Universales y oportunamente librar los oficios correspondientes. Notifíquese. Santa Fe, 29 de Noviembre de 2022. Dra. Maria José Lusardi, prosecretaria.

S/C 490931 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 81 Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados HEINZEN MIGUEL ANGEL s/Concurso preventivo - hoy quiebra; C.U.I.J. Nº 21-00978632-2 - Expte: 337/2003, se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer conocer la presentación del informe final y el proyecto de distribución de fondos y que se han fijado los honorarios del C.P.N. Ariel Raúl Pierella en la suma de $ 840,00 y los del Dr. Ernesto Andersson en $ 360,00. Si no se formulare oposición dentro del plazo de diez días a que se refiere el art. 218 de la Ley 24.522, los mismos serán aprobados. Publíquense edictos por el término de ley. Fdo. Dra. Mariana Nelli - Secretaria. Santa Fe, 29 de Noviembre de 2022.

S/C 490930 Dic. 13 Dic. 14

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Autos: VIÑOLES, ALICIA AMADA s/Solicitud propia quiebra; Expte. Nº 21-02020846-2, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia Homónima. Con relación a lo dispuesto por el art. 218 de la ley N° 24522, por medio del presente se pone de manifiesto a todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: CPN Mónica Magali Martino $ 319.640,81 (pesos trescientos diecinueve mil seiscientos cuarenta con ochenta y un centavo); Dra. Mónica Ester Borgoratti $ 136.988,95 (ciento treinta y seis mil novecientos ochenta y ocho con noventa y cinco centavos). Santa Fe, 30 de noviembre de 2022. Dra. Maria José Lusardi, prosecretaria.

S/C 490929 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados ALCARAZ, ANGEL NAHUEL s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº: 21-02036290-9) se ha declarado en fecha 28/11/2022 la quiebra de Angel Nahuel Alcaraz, D.N.I. Nº 40.172.569, mayor de edad, empleado, apellido materno Arrieta, domiciliado realmente en Bv. Marcos Merlo 1567 de la ciudad de Coronda, y con domicilio ad lítem constituido en calle Junín 2522, Piso 3, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 07/12/2022 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 23/02/2023. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez) - Dra. Freyre (Secretaria).

S/C 490687 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe se hace saber que en los autos: LOPEZ, SOFIA AMANDA s/Quiebra; CUIJ Nº 21-02022307-0 se pone en conocimiento a todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Así mismo se informa que los honorarios regulados a la sindicatura CPN Marinaro Mónica son de $ 319640.84 más aportes y al Dr. Trullet $ 136988.93 más aportes. Santa Fe, 30 de Noviembre de 2022. Firmado: Dra. Romina Freyre (Secretaria) y Lucio Palacios (Juez).

S/C 490782 Dic. 13 Dic. 14

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Por encontrarse dispuesto, en los autos caratulados: CUEVAS, RICARDO MARTÍN s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ Nº 21-02034891-4), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial N° 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Sr. Juez, Dr. Diego R. Aldao, y Secretaría de la Dra. Mercedes Dellamónica, se hace saber por cinco (05) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que ha sido designado como Síndico en autos el C.P.N. Víctor Hugo Fabrizio, con domicilio en calle Angel Cassanello N° 680 de Santa Fe, con atención al público de lunes a viernes en el horario de 14:00 Hs a 20:00 Hs, E-mail: vhfabri59@gmail.com, quién recibirá las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 L.C.Q.), en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático. Fdo, Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria. Santa Fe, 29 de noviembre de 2022.

S/C 490767 Dic. 13 Dic. 19

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El juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial de la 7ª nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Lucio Alfredo Palacios, comunica por dos días que en los autos: ROMAN, RODRIGO SEBASTIAN s/Solicitud propia quiebra; 21-02014412-9, los que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha presentado informe final y proyecto de distribución de fondos, y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 2022. Secretaria.

S/C 490635 Dic. 13 Dic. 14

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El juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial de la 2ª nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Carlos Federico Marcolin, comunica por dos días que en los autos: NAY DAJANA GUADALUPE s/Quiebra; CUIJ N°- 21-02019255-8 que tramitan por ante el Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 2ª Nom de la Ciudad de Santa Fe, se ha presentado proyecto de distribución complementario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 2022. Secretaria.

S/C 490634 Dic. 13 Dic. 14

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El Juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial de la primera nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. Viviana E. Marín, comunica por dos días que en los autos: RODRIGUEZ, JESICA PAOLA s/Pedido de quiebra; 21-02019399-6, se ha presentado proyecto de distribución de fondos complementario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 2022. Secretaria.

S/C 490633 Dic. 13 Dic. 14

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El juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial de la 4ª nominación de la ciudad de Santa Fe, el juez a cargo, comunica por dos días que en los autos: ABRIGO, ANA DELIA s/Solicitud propia quiebra; 21-01999421-7, se ha presentado proyecto de distribución de fondos y su reformulado, y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 2022. Secretaria.

S/C 490802 Dic. 13 Dic. 14

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El juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial de la 4ª nominación de la ciudad de Santa Fe, el juez a cargo, comunica por dos días que en los autos: CAMINOS, GRACIELA INES s/Solicitud propia quiebra; 21-02019519-0, se ha presentado proyecto de distribución de fondos, y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 2022. Secretaria.

S/C 490801 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Sr. Juez de primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados CABRERA, SAMANTA BELEN s/Solicitud propia quiebra; (Expte. Nº 21-02036038-8) se ha declarado la quiebra de Samanta Belén Cabrera DNI Nº 32.582.193 domiciliada realmente en calle Pasaje Feliz Barreto 8729 (Barrio Nueva Esperanza Oeste) Santa Fe y legalmente en San Jerónimo 3194 Oficina 14 de esta ciudad. Síndico designado: CPN Ma. Florencia Santiago, con domicilio en Av. Galicia N° 1923 de la ciudad de Santa Fe, y horario de atención a los pretensos acreedores de 10:00 a 12:00 horas por la mañana y de 16 a 20 horas por la tarde... Fdo.: Dr. Gabriel Abad: Juez - Dra. Verónica Gisela Toloza: Secretaria. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 490757 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, a cargo de la Dra. Viviana E. Marín (Jueza) y Secretaría a cargo de la Dra. María Romina Botto (Secretaria), sito en calle San Jerónimo N° 1551 de la ciudad de Santa Fe, conforme a lo dispuesto en el Art. N° 218 de la Ley 24.522 (L. C. Q.) se hace saber, que en los autos caratulados: “SALABERRY, BRUNO ERNESTO s/Quiebra” CUIJ 21-02012106-5 se ha puesto de manifiesto el Informe Final Proyecto de Distribución presentado por la Sindicatura habiéndose regulado los honorarios de los profesionales CPN ALICIA VALIENTE en su calidad de Sindico la suma de $ 276.649,50 y a la Dra. FABIANA GISELA SOSA FANONI la suma de $ 118.564,07 a continuación se transcribe el decreto que as] lo establece, el que en la parte pertinente dice: “...TA Fe, 06.09.2022. RESUELVO:... la) Fijar los honorarios totales en la suma de $ 395.213,58 equivalente a un sueldo de Secretario de Primera Instancia a distribuir como sigue: $ 276.649,50 (70%) para la sindicatura de autos C.P.N. Alicia Nélida Valiente; y $ 118.564,07 (30%)— 9,48 jus) para la Dra. Fabiana Gisela Sosa Fanoni - apoderada del fallido”......A continuación se transcribe otro:. ta Fe, 23 de Noviembre de 2022.- ... “Por presentado Informe Final y Proyecto de Distribución. De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución efectuado por Sindicatura. Atento a lo provisto por el Art. 218 LCQ. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Notifíquese.- Fdo. Dra. Viviana E. Marin (Jueza) - Dra. Ma. Romina Botto(Secretaria)“-

S/C 490679 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, a cargo de la Dra. Viviana E. Marin (Jueza) y Secretaría a cargo de la Dra. María Romina Botto (Secretaria), sito en calle San Jerónimo N° 1551 de la ciudad de Santa Fe, conforme a lo dispuesto en el Art. N° 218 de la Ley 24.522 (L. C. Q.) se hace saber, que en los autos caratulados: “TARRAGONA, MARIA DANIELA s/Quiebra” CUIJ 21-01999202-8, se ha puesto de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución presentado por la Sindicatura habiéndose regulado los honorarios de los profesionales CPN Alicia Valiente en su calidad de Sindico la suma de $ 319.640,85 y al Dr. Gabriel Darío Trullet la suma de $ 136.988,93 a continuación se transcribe el decreto que así lo establece, el que en la parte pertinente dice: ... 1) Fijar los honorarios totales en la suma de $ 456.6298,78 equivalente a un sueldo de Secretario de Primera Instancia a distribuir como sigue: $ 319.640,85 (70%) para la sindicatura de autos C.P.N. Alicia Nélida Valiente; y $ 136.988,93 (30%) - 9,48 jus) para el Dr. Gabriel Darío Trullet - apoderado del fallido”... ... A continuación se transcribe otro:..........ta Fe, 24 de Noviembre de 2022.-“Agréguese. De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución efectuado por la Sindicatura. Atento a lo provisto por el Art. 218 LCQ. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Notifíquese.- Fdo. Dra. Viviana E. Marín (Jueza) - Dra. Ma. Romina Botto (Secretaria). Santa Fe, 29 de Noviembre de 2022. Dra. Georgina Benzo, Prosecretaria.

S/C 490677 Dic. 13 Dic. 14

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación hace saber que en los autos caratulados: CUIJ 21-02014077-9 “SACKS, JAVIER ESTEBAN s/Quiebra” se ha presentado el proyecto de distribución de fondos readecuado, (art. 218 LCyQ in fine) regulándose los honorarios de los profesiones intervinientes: Sindicatura CPN María Delia Prono $ 319.640.84 y apoderada del fallido, Dra. Luciana Stessens $ 136.988.93. Lo que se publica a los efectos previstos por la norma mencionada. Santa Fe, Diciembre de 2022.

S/C 490761 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, a cargo del Dr. GABRIEL O. ABAD Juez A Cargo y Secretaría a cargo de la Dra. Verónica G. Toloza (Secretaria), sito en calle San Jerónimo N° 1551 de la ciudad de Santa Fe, conforme a lo dispuesto en el Art. N° 218 de la Ley 24.522 (L. C. O.) se hace saber, que en los autos caratulados: “LOCADITO, GASPAR SEBASTIAN s/Solicitud propia quiebra” CUIJ 21-02021089-0, se ha puesto de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución presentado por la Sindicatura y se ha ordenado la publicación de Edictos. A sus efectos se transcribe el decreto que así lo ordena: ...TA FE, 22 de Noviembre de 2022. Proveyendo escrito de cargo nro 13.116 y 13.117: Téngase presente lo manifestado ypor presentado proyecto de distribución, publíquense edictos. Hágase saber que los honorarios han sido regulados por decreto de fecha 23/05/2022..... Dra. Verónica G. Toloza (Secretaria) Dr. Gabriel O. Abad, Juez. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 490676 Dic. 13 Dic. 14

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, ha dispuesto hacer saber por 2 días, que en los autos caratulados: GATTI PATRICIA s/Solicitud propia quiebra, 21-02021258-3, Año 2020, se ha presentado la adecuación del Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos con arreglo a lo normado por el art. 218 de la Ley 24.522 y sus mod. Ley 25.589. Los honorarios regulados en primera instancia al síndico CPN Silvina Teresa PIROLA ascienden a la suma de $276.649 y al Dr. Juan Francisco CIBILS, la suma de $118.564.- Santa Fe, 21 de Octubre de 2022 Agréguese la vista del Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En consecuencia, por presentado informe final y proyecto de distribución. Publíquense edictos por dos días en el BOLETIN OFICIAL. Notifíquese. Fdo. Dr. María Romina Kilgelmann, Jueza; Dra. María Ester Noé De Ferro, Secretaria. Santa Fe, 23 de Noviembre de 2022. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 490689 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: GONZALEZ, EMILIANO ARIEL s/Pedido de quiebra, CUIJ 21-02036509-6, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de EMILIANO ARIEL GONZÁLEZ, DNI 35.446.549 domiciliado realmente en calle Azopardo 10.360 y legalmente en Belgrano 3215 PA de esta ciudad (...) 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. (...) 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al Fallido los que serán ineficaces. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a quien paga haberes a la fallida Ministerio de Seguridad a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos… (…) 13) Fijar el día 09/03/23 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar en el día 23/04/23 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el 08/06/23 para la presentación del Informe General (…) Fdo.: Gabriel O. Abad, Juez – Dra. Verónica G. Toloza, Secretaria. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 490666 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Secretario del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe, se hace saber que dentro de los autos caratulados: RIBOTTA, ANDREA VALERLA S/Quiebra” - CUIJ 21-02035669-0, la Contadora Pública Nacional D´AMICO, GRACIELA MONICA, D.N.I. N° 14.538.303, Matrícula N° 9285, aceptó el cargo de Síndica para el que fue designada y constituyó domicilio a todos los efectos en calle Irigoyen Freyre N° 2347 Piso 2 Dpto. “B”, Santa Fe, T.E. 0342 4121838 — 155168275, con días y horarios de atención de lunes a viernes de 9 a 13 hs. y de 16 a 20 hs. Asimismo se ha dispuesto que los acreedores que presenten pedidos de verificación de créditos a la Sindicatura, podrán hacerlo de manera presencial como no presencial. En este sentido se podrán efectuar los pedidos mediante el envío de la solicitud y documentación por vía digital al correo cpnmdamicohotmail.com. - El decreto que ordena esta publicación expresa: “Santa Fe, 17 de Noviembre de 2022. Téngase por aceptado el cargo para el que fuera designada en autos. Hágase saber que la CPN Graciela Mónica D´amico, con domicilio en calle Irigoyen Freyre N° 2347 Piso 2 Depto B, atenderá a los Sres. Acreedores de lunes a viernes de 9 a 13 y 16 a 20. Téngase presente el correo electrónico denunciado: cpngmdamicohotmaiI.com teléfono 4212838 y 155 168275. Publíquense edictos de lo ordenado en la presente a fin de dar a conocer el Síndico de autos. Notifíquese. Fdo: Dr. Gabriel Abad (Juez); Dra. Verónica Gisela Toloza (Secretaria). Santa Fe, Noviembre de 2022. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 490737 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 3ra. Nom. Dr. Lucio Palacios Notifica a Sr. Francisco Bobbio S.R.L. en autos caratulados: SARAVIA JUAN MANUEL c/HUENS ALFREDO ALEJANDRO y Otros s/Escrituración 21-02022122-1 - Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 3ra. Nom.: se ha dictado el siguiente decreto: Santa Fe, 12 de Agosto de 2022. Proveyendo escrito cargo 8518/2022: Atento lo solicitado, ampliase la presente Demanda Ordinaria de Escrituración contra FRANCISCO BOEBIO SRL. Previo a todo trámite, ofíciese al Registro Público de Comercio a fin de que informe último domicilio de la sociedad y datos relevantes actualizados de la constitución y vigencia de la misma. Fecho, se proveerá lo que por derecho corresponda. Notifíquese. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL - Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Santa Fe, 1 de Noviembre de 2022. Dra. Wagner, Prosecretaria.

$ 50 490671 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de V Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación, ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados GODOY, MIRIAM DOLLI c/LECRUIT, FELIO VICTOR y otros s/Prescripción adquisitiva; (CUIJ Nº 21-02016339-6), se ha decretado lo siguiente: Santa Fe, 21 de Septiembre de 2022. Certifíquese por la Actuaria el edicto publicado. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárese rebeldes a los herederos del accionado Felio Víctor Lecruit. Publíquense edictos. Fecho, continúe el trámite de las presentes de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 597 del CPCC. Notifíquese. Fdo.: Dra. Mercedes Dellamonica (Secretaria). Dr. Diego Raúl Aldao (Juez). 30 de Noviembre de 2022. Dra. Alina Prado, prosecretaria.

$ 33 490661 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación, ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados PEREZ, ODOLINA s/Prescripción adquisitiva; (CUIJ Nº 21-01959752-8) se ha decretado lo siguiente: Santa Fe, 18 de Junio de 2021. Haciendo efectivos los apercibimientos de ley oportunamente ordenados, declárase rebeldes a las codemandadas Miriam Jorgelina Pérez, Norma Pérez y María Isabel Pérez, Con respecto a Jorgelina Ofelia Luque, hágase saber que según cédula obrante en autos, la misma no ha sido notificada. Suscríbase el edicto acompañado. Notifíquese. Fdo.: Dr. Néstor Antonio Tosolini (Secretario) - Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez).

$ 33 490660 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito en lo Civil y Comercial Nº Dos, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MEDINA, MAXIMILIANO JEREMIAS c/MAGAQUIAN LISANDRO y otros s/Juicios sumarios; (CUIJ Nº: 21-15793441-1), lo siguiente: Santa Fe, 28 ce Septiembre de 2022 Atento lo informado por la Cámara Nacional Electoral y/o informado por el Oficial de Justicia a fs. 38 Vto, atento lo dispuesto por el art. 73 del C.P. C. C, cítese y emplácese al codemandado Lisandro Magaquian por edictos para que comparezca a estar a derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declarado en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. ... Notifíquese, Fdo. Dra. Gabriela Suárez, Secretaria; Dr. Héctor Canteros, Juez a/c. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL.

$ 33 490808 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado Civil y Comercial de Distrito N° 1 de la 5ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados NAHS JUANA ELENA c/NAHS FEDERICO GUILLERMO s/Presc. Adquisitiva; Expte. CUIJ N° 21-00903247-6/2 se cita a los SUCESORES del Sr. FEDERICO GUILLERMO NAHS, para que dentro del término de ley comparezcan a estar a derecho. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 22 de Septiembre de 2022. Dra. Mercedes Dellamonica. Secretaria. Dr. Diego Raúl Aldao. Juez. Dra. Alina Prado, prosecretaria.

$ 40 490783 Dic. 13 Dic. 15

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Por haberlo dispuesto el Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: (Expte. N° CUIJ 21-02027054-0); ARNOLFO, MARTA CATALINA MARGARITA y otros c/REUTEMANN, GUILLERMO AMADO s/Prescripción adquisitiva, de trámite ante dicho Juzgado, se ha dispuesto la publicación del presente, a efectos de citar y emplazar a Guillermo Amado Reutemann, Documento de Identidad N° 06.261.172 y/o a sus herederos y/o sucesores, y/o a quienes se consideren con derecho al inmueble objeto del proceso, ubicado en la Localidad de San Carlos Centro, el cual se encuentra empadronado para el pago del impuesto inmobiliario bajo el Nº 09-35-00-09535510002-6, para que dentro del término de cinco días de la última publicación, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 29 de Noviembre de 2022. Maria Gabriela Simonetti, secretaria.

$ 134 490755 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de 1ª Instancia Civil y Comercial 8ª Nominación en fecha 09 de noviembre de 2022 ha resuelto declarar la quiebra de Domínguez Sandra Liliana Alicia, DNI Nº 21.622.000 con domicilio en calle Misiones 7061 de la ciudad de Santa Fe, ordenando los correspondientes oficios y fijando hasta el 01-02-2023 para presentar las solicitudes de crédito, el 20-03-2023 para presentar el Síndico los Informes Individuales y el 02-05-2023para presentar el Informe General. Firmado Dra. María José Lusardi – Prosecretaria; Dr. Iván Di Chiazza- Juez. 29 de Noviembre de 2022.

S/C 490932 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Ejecución de Circuito, Primera Secretaría de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUTUAL ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB ATLÉTICO FRANCK c/MEDINA MIGUEL ANGEL s/Juicios ejecutivos; (CUIJ Nº 21-16252630-5), se notifica que la Sra. Jueza ha decretado lo siguiente: Santa Fe, 14 de septiembre de 2022. Agréguense las constancias acompañadas. Téngase a la actora por desistida del proceso contra el co-demandado Rolando Gustavo Riechers y prosiga la causa según su estado, contra Miguel Ángel Medina. Déjese debida constancia en los registros del Juzgado. Notifíquese por cédula a las partes. Fdo. Dra. Corma A. Molina, Secretaria: Dra. María José Haquin de Beron, Jueza, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 23 de noviembre de 2022. Nancy Brollo, prosecretaria.

$ 33 490945 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juzgado de 1ª Inst. Civil y Comercial 10ª Nominación de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: VUIZOT, ROBERTO OMAR c/VUIZOT, LUIS TEODORO y/o sus sucesores s/Prescripción adquisitiva; 21-01964639-1, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 81 C.P.C.C., se publica la sentencia de fecha 21/04/2020, recaída en autos: Santa Fe, 21 de Abril de 2020 AUTOS Y VISTOS: estos caratulados: VUIZOT, ROBERTO OMAR c/VUIZOT, LUIS TEODORO y/o sus sucesores s/Prescripción adquisitiva; (CUIJ N° 21-01964639-1) que tramitan ante este Juzgado Civil y Comercial de la Décima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, de los que; Resulta: 1. Que a fs 17/18 el Sr. Roberto Omar Vuizot a través de sus apoderadas, promovió demanda ordinaria de prescripción adquisitiva de un inmueble ubicado en la Manzana Nro. 21 de la localidad de Cayastá. Manifestó que es poseedor del inmueble desde el año 1987 del cual el Sr Luis Teodoro Vuizot era poseedor, abuelo de su mandante, que había adquirido los derechos y acciones posesorias en el año 1943. En el año 1965 fallece y en autos caratulados: Wuizos o Vuizot o Vuisoz, Adela Gamboa de y otro s/Sucesorio, que se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en la cual son declarados herederos Casilda Aidee, Luis German, Cirila Adela, Juana Ester Elva, Pio Ramón Víctor, Lidia Blanca, Roberto Cesar y Amalia Elsa Wuizot. Añadió que se inscribieron los derechos y acciones sobre el inmueble haciendo cada heredero una división en 9 lotes, de manera privada, mediante croquis, entre los cuales el presente le fue adjudicado al Sr. Roberto Cesar Vuizot, padre de nuestro mandante, tal como se acredita con la partida de defunción y nacimiento que se acompaña. Señaló que dicho inmueble fue cedido a su mandante y es continuo a otro inmueble que éste posee desde el año 1987 y donde tiene constituido su vivienda familiar, conforme autos caratulados: Vuizot, Roberto Omar c/Faufmann, Ricardo Adolfo y otros s/Usucapión; Expte Nº 83/2014, que se tramita por ante el Juzgado de Circuito Nº 21 Helvecia y ha poseído ese lote desde aquel año detentándolo como dueño en forma pública, pacífica e ininterrumpida, que su padre le cedió en forma onerosa la posesión del mismo. Manifiesto que ha poseído y posee el inmueble desde la fecha que lo adquirió hasta la actualidad, realizando los actos posesorios no solo con animus domini, sino también posesión animus corpus, realizando construcciones y mejoras. Que dicho inmueble siempre estuvo cercado, (...) que ha pagado los impuestos que gravan el inmueble los cuales fueron agregados a los autos: Vuizot, Roberto Omar c/Faufmann, Ricardo Adolfo y otros s/Usucapión; (Expte Nº 83/2014), que se tramita por ante el Juzgado de Circuito Nº 21 Helvecia, ya que forma parte de la misma partida inmobiliaria. Sostuvo que está en construcción una vivienda la cual será demostrado a través de la correspondiente constatación judicial. 2. A fs. 19 se tuvo por promovida la demanda contra Luis Teodoro Vuizot y/o sus herederos y/o quien resulte titular dominial sobre el inmueble y/o contra quienes se consideren con derecho sobre el bien, a quien se citó a comparecer, ordenándose la notificación por edictos, los que fueron publicados según constancias de fs. 22/23. 3. Recabado informe sobre la titularidad dominial del inmueble al Registro General, surge del informe de fs 28 que los derechos y acciones posesorios no se informan más conforme a disposición registral Nº 01/07 ni se inscriben conforme a Disposición N° 3 y 5 del año 1985. 4. Solicitado datos de empadronamiento de la partida inmobiliaria 05-02-00-0222523/0000-9 se informo listado de propietarios con derechos y acciones inscriptas: Boisseleau, Flora O, Vuisot Casilda Aidee, Vuizot, Luis German, Vuizot Cirila Adela, Vuizot, Juana Este Elva, Vuizot, Pio Ramón Víctor, Vuizot, Lidia Blanca, Vuizot, Roberto Cesar y Vuizot, Analía Elsa Nº De dominio Tomo 31, Folio 421, Nº 25969. 5. Atento a la incomparecencia del demandado, se lo declaró rebelde (fs. 52) lo que se notifica de idéntico modo (fs. 50). Se ordenó entonces el sorteo de un defensor de ausentes de la lista respectiva, el que efectuado según constancia de fs. 53 y designado el profesional sorteada a fs. 53 aceptó el cargo a fs. 55 6. Corrido traslado de la demanda (fs. 58) la contestó el defensor de ausentes (fs 59/60), interpuso excepción de personería y arraigo negando asimismo la totalidad de los hechos afirmados por la demanda. Resuelta las excepciones opuestas, y abierta la causa a prueba (fs. 131) ofreció prueba la parte actora (fs. 136/136 vto.), clausurado el período probatorio, se corrió traslado para alegar el que fue evacuado por la actora fs. 214/214 vto. y por el Defensor de ausentes (fs. 215/215 vto.) quedando los presentes en estado de ser resueltos. Considerando: 1. Previamente, y habiendo entrado en vigencia el 01/08/2015 el Código Civil y Comercial de la Nación aprobado mediante ley 26.994, cabe preguntarse si las presentes actuaciones resultan alcanzadas por las normas allí contenidas. Al respecto debe señalarse que en el caso como el de autos, en el que se pretende adquirir el dominio mediante la prescripción, siendo que se han cumplido y agotado todas las circunstancias y situaciones de hecho en las que se funda la demanda durante la vigencia del derogado Código Civil de Vélez Sarfield y sus leyes complementarias, serán estas normas las que habrán de regir los requisitos que deben cumplirse para tener por operada la prescripción adquisitiva, destacando que las leyes, en principio, no se aplican retroactivamente, excepto disposición en contrario (art. 7 CCyC). En consecuencia, corresponde aplicar en la especie las normas contenidas en el Código Civil derogado, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 1905 del Código Civil y Comercial, norma que por revestir carácter procesal es de aplicación inmediata. 2. El actor, por intermedio de sus apoderados, iniciaron demanda ordinaria, tendiente a acreditar la prescripción adquisitiva (usucapión) del inmueble ut supra señalado. A sus efectos invocaron que la posesión ha comenzado en el año 1987. Que de dicho inmueble era poseedor el Sr. Luis Teodoro Vuizot que había adquirido los derechos y acciones posesorios en el año 1943, y al fallecer en el año 1965 son declarados herederos Casilda Aidee, Luis German, Cirila Adela, Juana Ester Elva, Pio Ramón Víctor, Lidia Blanca, Roberto Cesar y Amalia Elsa Wuizot. Que se inscribieron los derechos y acciones sobre el inmueble haciendo cada heredero una división en 9 lotes de manera privada entre los cuales el presente le fue adjudicado a su padre Roberto Cesar, que luego ese inmueble le fue cedido. 3. Sentado lo anterior, sabido es que quien pretende usucapir debe probar de modo convincente los extremos requeridos por la ley estos son: la posesión de lo que se pretende usucapir, en forma continua, ininterrumpida, lo que se supone el corpus y el animus, es decir, tener de hecho la cosa bajo su poder, con la intención de someterla al ejercicio de su derecho de propiedad (art. 2351 C. Civ.) y que se manifieste a través de los llamados actos posesorios (art. 2348 C. Civ.); y el otro recaudo es el tiempo que requiere la ley durante el cual debe extenderse la posesión que para el caso sería de veinte años (art. 4015 C. Civ.). Como lo tiene dicho la jurisprudencia: “en los juicios de adquisición del dominio por usucapión se deben analizar los elementos aportados con suma prudencia y solo acceder a la petición cuando los extremos acreditados lleven absoluta certeza al Juzgador sobre los hechos afirmados ya que están en juego poderosas razones de orden público, pues se trata de un modo excepcional de adquirir el dominio, que correlativamente apareja la extinción para su anterior titular en virtud del principio de exclusividad de este derecho real sentado por el art. 2508 del Código Civil (Caro. Nac. Civil, Sala H, 21/02/07, LL ejemplar del 7/05/07, pág. 6, citado por Arean, Beatriz A. Juicio de Usucapión 5ª Edición Actualizada y ampliada, Editorial Hammurabi, Buenos Aires, 2007, pág. 508).Por otro lado y a los fines de determinar si ha transcurrido el plazo que exige la ley a los fines de usucapir de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2445 del C. Civil, es necesario probar el comienzo de la posesión (Conf. Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Santa Fe, Sala III, 1/08/2017 Tos, Gillio, Teresa, Dionisia c/Propietario Inmueble de Gobernador Freyre 6350 s/Ordinario (Usucapión) y sus remisiones, A y 5 N° de tomo:017 Folio N° 185 Resolución 183 Cita 723 publicado en http://bdjcamara.jus ticiasantafe.gov.ar). 4. Que corresponde entonces pasar al análisis de las probanzas teniendo especialmente presente que el ordenamiento establece que la prescripción adquisitiva de la propiedad de las cosas inmuebles en el juicio de usucapión se opera por la posesión continua por veinte años con el animo de tener el bien para sí, sin necesidad de título y buena fe por parte de la poseedora, no pudiendo el pronunciamiento que se dicte basarse exclusivamente en pruebas testimoniales, debiendo considerarse especialmente el pago por parte de la poseedora de los impuestos y tasas que graven el predio (cumplimentando de esta forma con lo normado en los arts.4015, 4016 y ctes. del C.C., art. 24 de la Ley 14.159 y Dec. Ley 5756/58) además de cualquier otro medio probatorio idóneo para demostrar la razón del derecho invocado. El promotor de la acción cumplimentó los requisitos formales que exigen los incisos a) y b) de la ley 14,159, con copia del Plano de Mensura acompañado (fís. 8) En lo referido a la prueba de la realización de actos posesorios sobre el inmueble a usucapir, obran en autos los testimonios de Rolando Olga Teresa (fs. 150) Cesar Ruiz Soratti (fs. 150 vto.) y Horacio Alberto Blanche (fs. 151), todos ellos a tenor del pliego obrante a fs. 149. El testimonio de Olga Teresa Rolando, en lo que resulta de interés, se la interroga en la tercera pregunta, si el Sr. Roberto O. Vuizot es poseedor del inmueble ubicado sobre calle Juan de Garay s/n entre Álvaro Gil y Pedro del Barco Centenera, contestó: Si lo se porque era herencia del padre, porque si no tengo mal entendido la mayoría de la manzana era del abuelo de Vuizot y por herencia le había tocado a el papá de Vouizot. A la cuarta se la interroga cuantos años ha poseído el inmueble respondió: veinte, veinticinco años, más, treinta tiene que hacer fácil (...) A la quinta se le interroga si en ese inmueble ha constituido su vivienda familiar, responde: si, porque toda la vida ha vivido ahí. A la sexta se le interroga para que diga si sabe como han adquirido esa propiedad, responde la de la Ruta 1 tengo conocimiento que la compraron. A la siete para que diga si sabe si han introducido mejoras en dicho inmueble: contestó: yo a la casa no he ingresado, pero desde afuera se ven mejoras, lo se porque vivimos en un pueblo donde nos conocemos todos. A la octava para que diga si el Sr. Vouizot se ha comportado como dueño de dicho inmueble contesta: Si. A la novena se le interroga si esa posesión es pacifica y notoria contesta Si. En la ampliación de preguntas, la Dra. Gómez interroga a la testigo para diga si el inmueble que es continuo a la casa, con frente a calle Juan de Garay, era ocupado por Vuizot Roberto a lo que responde: Simultáneamente eran ocupados los dos porque como ya dije eran herencia de su papa, Luego le pregunta para que diga si había algún tipo de construcción en dicho inmueble a lo que responde: si, Roberto había construido como un galpón que ahora no existe más. Por su parte el testigo Cesar Luis Soratti, de profesión veterinario, contestó a la tercera: Si, lo se porque eso lo tenían ellos sobre todo para tener animales y yo he ido a atender animales ahí. Tenían un galponcito atrás. A la cuarta contestó: Se que son muchos años, no los puedo precisar, hace veinte años seguro, lo se porque el lo tenía cercado, tenía animales y un galpón, me refiero al que tiene frente sobre Juan de Garay. A la quinta responde: Si, lo se porque soy vecino y he visto que ha vivido ahí. A la Sexta contestó: Compro la parte edificada de la casa y hereda de su padre la parte de atrás. A la Séptima responde: sobre la de Juan de Garay si, la construcción de la casa del hijo, lo se porque lo he visto construirla, a la Octava responde si, a la novena responde si. En tercer lugar obra en autos la declaración del Sr. Horacio Alberto Blanche, A la tercera pregunta contestó: si yo lo conozco como que tomaba toda esa parte, tenía unos caballos ahí, tenía un quincho, lo se porque soy vecino, A la cuarta respondió: desde el año 1992 conozco que él poseía ese inmueble. A la quinta responde: Si, lo se como vecino. A la Sexta responde: Desconozco. A la Séptima responde: Si, la casa del hijo sobre la parte de Juan de Garay. A la Octava responde si, a la Novena responde Si. Luego la Dra. Gómez amplia, interrogando al testigo si es verdad que el Sr. Vuizot vivía sobre la casa construida en el inmueble que linda con calle Teofilo Madrejón y se extendía la ocupación hacia el inmueble que linda con Juan de Garay, a lo que responde si. Otra prueba con la que se trató de acreditar la realización de actos posesorios fue la contratación judicial llevada a cabo por la Oficial de Justicia según constancia de fs. 153, allí la Funcionaria actuante expresó que: Fui atendida por los Sres. Federico Vuizot y Virginia Mabel Gamboa me informan que el predio es ocupado por ambos quienes viven con dos menores desde hace aproximadamente tres años; el estado del inmueble es muy bueno, hay en él una vivienda familiar que comenzó a ser construida hace 7 años y tiene un living comedor, cocina muy amplios, los tres ambientes unidos, tres dormitorios, dos baños (uno de ellos en obra) completos, un lavadero, una oficina/ escritorio, un patio interno, galería abierta y cochera pasante, el resto en parque con algunos árboles. Cerco perimetral al Oeste y Norte con tejido olímpico, al Sur parte tapial (casa) y parte sin cerco ni tapial (...) 5. De la prueba reseñada precedentemente pueden extraerse algunas conclusiones: (i) Respecto a las declaraciones testimoniales, si bien afirman que el actor Roberto Omar Vuizot ocupa el inmueble objeto de este juicio, manifestando alguno de los testigos que lo tenían para tener animales, que había un galponcito, otro testigo refiere que en el inmueble se construyó la casa para el hijo, ninguno de ellos menciona puntualmente la realización de actos posesorios realizadas por el propio actor por el término de 20 años requerido por la ley. (u) De la constatación llevada a cabo por la Oficial de Justicia surge que la funcionaria actuante fue atendida por German Vuizot y Virgina Mabel Gamboa, quienes manifiestan que el predio es ocupado por ambos y sus dos hijos, y que la vivienda comenzó a ser construida hace 7 años, por lo que en definitiva, dichas mejoras, no solo que carecen de la antigüedad suficiente a los fines de ser considerados actos posesorios por el plazo de 20 años requerido por la ley, sino que ni siquiera se encuentra acreditado que hayan sido realizadas por el actor. Que en definitiva no encuentro acreditado la realización de actos posesorios realizados por quien pretende usucapir con la certeza que se requiere en esta clase de procesos y por el término de 20 años. 6. Respecto al pago de impuestos o tasas que gravan el inmueble (art. 24 inc. c Ley 14.159 Dcto. Ley 5.756/ 58), que es sabido que no tienen eficacia alguna para acreditar la realización de actos posesorios, sino tan solo permite inferir el animus domini con que actúa el supuesto poseedor que afronta esas obligaciones, sin embargo no se ha aportado prueba documental que acredite dicho extremo, no acompañaron ningún comprobante que refiera específicamente al inmueble objeto de este juicio, en tanto los que obran en sobre reservado en Secretaría, pertenecían al Juicio de usucapión del inmueble colindante. Adviértase que tanto en las boletas de API acompañadas como en las de Tasa General de Inmuebles refiere al Nº de partida 022524-0000, siendo que el inmueble objeto de este Juicio se encuentra empadronado bajo el Nº De partida 022523-0000. Por su parte en la Informativa de la Comuna de Cayastá (Es. 143/145) manifiesta que se adeudan $ 47.046,61 en concepto de Tasa general de Inmuebles. Según planillas obrantes a fs. 143 y 144 se adeudan desde el año 2005. 7. Como consecuencia de lo expuesto resulta la inoperancia de las probanzas rendidas, como para poder llegar a la convicción de cuando comenzó la posesión, de cómo ésta fue ejercida, y por quien, por lo que, sin consideraciones adicionales resulta inadmisible la pretensión ejercitada por quien acciona. Las costas se imponen a la parte actora que ha resultado vencida (conforme lo dispuesto en el art. 251 del C.P.C.y C.). Resuelvo: I).- Rechazar la demanda. II).- Imponer las costas a la parte actora. IV).- Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad. Agréguese, insértese y hágase saber. Dr. Walter Hrycuk, Secretario – Dra. Maria Romina Kilgelmann, Jueza. 25/11/22. Maria Ester Noé de Ferro, secretaria.

$ 1.000 490899 Dic. 13 Dic. 15

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Por estar, así ordenado en los autos caratulados: MONZONISI DIEGO MARTIN c/GRIGGIO, DAVID y otros s/Prescripción adquisitiva; (CUIJ Nº 21-02022623-1) tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Santa Fe se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 23 de Noviembre de 2022. Atento lo solicitado y haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente ordenados, declárase rebelde a los accionados para estar a derecho. Notifíquese. Fdo. Dr. Diego Aldao (Juez), Dra. Mercedes Dellamonica (Secretaria). Dra. Alina Prado, prosecretaria.

$ 33 490914 Dic. 13 Dic. 15

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo (Santa Fe), en los autos caratulados CHAPELET, LUIS ALEJANDRO s/Quiebra; (CUIJ Nº: 21-26186398-4) ha dispuesto lo siguiente: San Justo, 2 de Noviembre de 2022: Autos y vistos:... Resulta:... Considerando.... Resuelvo: 1- Reprogramar las fechas establecidas oportunamente, fijando el día 26 de Diciembre de 2.022, para la presentación del informe general. II- Publíquense los edictos pertinentes. Firmado: Dr. Leandro Carlos Buzzani, Secretario; Dra. Laura Maria Alessio, Jueza. San Justo, 23 de Noviembre de 2022. Leandro Buzzani, secretario.

S/C 490745 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial N° 17 de la ciudad de coronda, Dr. Hernán Gálvez, Secretaría a cargo del Dr. Juan Daniel Roulet, en autos: MUTUAL DE AYUDA ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB DE BOCHAS CENTRAL CORONDA c/MAMMANA, PAOLA KARINA y otros s/Cobro de pesos (sumario); Expte. C.U.I.J. Nº: 21-22801461-0, se ha resuelto citar y emplazar a los Sres. Herederos de Duranda, Beatriz Gladys - DNI Nº 3.988.873, para que en el término de tres días de vencida la última publicación, comparezcan a estos autos bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos por tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Firmado: Dr. Juan Daniel Roulet, Secretario. Coronda, 22 de Noviembre de 2022.

$ 33 490962 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Esperanza, provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos KISSNER GRACIELA GUADALUPE s/Quiebra; (Expte. N° 1033 Año 2016 – CUIJ Nº 21-26294772-3), se ha dispuesto: Esperanza, 09 de Septiembre de 2022. Y vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1. Declarar la conclusión de la quiebra de Graciela Guadalupe Kissner, DNI Nº 22.144.640, con los efectos de los artículos 227 y 228 de a ley 24.522 y su modificatoria ley N° 26.684, dando por concluida la intervención de la Sindicatura. 2. Estando acreditados los aportes de los profesionales intervinientes con las conformidades de Caja Forense y Consejo Profesional de Ciencias Económicas, disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como de la finalización de este proceso concursal. 3. También, previo cumplimiento de lo anterior, ordenar la publicación por dos días de esta resolución mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL y oficiar al Registro de Procesos Concursales a sus efectos. Encomiéndase a la Sindicatura su diligenciamiento. Regístrese, hágase saber y agréguese copia al legajo que establece el art. 279 de LCQ. Fdo. Dra. Gisela V. Gatti (Secretaria); Dra. Virginia Ingaramo (Jueza). Esperanza, 23 de Septiembre de 2022.

S/C 490898 Dic. 13 Dic. 14

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Por el presente, se hace saber que en los autos caratulados CERUTTI LUCIANA s/Quiebra; CUIJ Nº (21-26298059-3), en trámite por ante el Juzgado de Distrito Judicial N° 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de Esperanza, la Sra. Sindica ha presentado informe final, proyecto de distribución de fondos, y se han regulados honorarios en una suma equivalente a un sueldo de secretario ($ 456.629,78), lo que será aprobado si no se formula oposición dentro del plazo de diez días a que se refiere el art. 218 de la Ley 24.522. Se publica a los efectos legales por el plazo de dos (2) días según lo dispuesto en el Art. mencionado.

S/C 490479 Dic. 13 Dic. 14

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Por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia de Circuito N° 34 de Villa Ocampo (Santa Fe) se notifica a la parte demandada en autos MORINIGO CANDIA, FELIPE c/FORLÍN, ÁNGEL y Otros s/Juicio ordinario de usucapión; C.U.I.J. Nº 21-23326652-0, Señores Ángel Forlin y Natividad Cabrera, y/o a quien/es resulte/en titular/es registrales del inmueble identificado como Lotes letras C y E de la Manzana no 92 de las que forman Villa Guillermina (Santa Fe), empadronados bajo partidas inmobiliarias Nº 03-04-00-011465-4 y 03-04-00-011466/0000-3, hoy Lote 1 plano N° 241.701/2021, superficie de 2777,89 m2, emplazado en intersección de calles Gral. Obligado y Juan de Garay de Villa Guillermina, partida inmobiliaria N° 03-04-00-011466/0001-2, a comparecer a estar a derecho en los autos de mención, en el término de tres (3) días, bajo apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Soraya P. Baragiola. Secretaria subrogante. Dr. Miguel E. Juárez. Juez. Villa Ocampo (Santa Fe), 28 de noviembre de 2022.

$ 45 490823 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 34 de Villa Ocampo, se notifica a la parte demandada que en autos: BASE TERESA DEL CARMEN c/FECK MATIAS ABEL s/Juicios ejecutivos; CUIJ N° 21-23326380-7.-se ha decretado lo siguiente: Villa Ocampo, 01 de Abril de 2022. Proveyendo escrito cargo N° 1092: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, en mérito al poder acompañado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda ejecutiva tendiente al cobro de la suma de Pesos Cincuenta mil ($ 50.000), con más sus intereses y costas contra Matías Abel Feck. Cítese y emplácese al accionado para que comparezca a estar a derecho en el término de diez (10) días bajo apercibimientos de declarárselo en rebeldía... Fdo. Dr. Miguel E. Juárez, Juez, Dra. Luisina I. Zarza, Secretaria. Otro decreto: Villa Ocampo, 14 de Octubre de 2022.- Agréguese cédula acompañada. Como lo solicita, cítese y emplácese al accionado mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales, con los mismos alcances decretados a fs. 11... Fdo. Dr. Miguel E. Juárez, Juez, Dra. Soraya P. Baragiola, Secretaria Subrogante. Villa Ocampo, 18 de Noviembre de 2022.

$ 45 490883 Dic. 13

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 34 de Villa Ocampo (Sta .Fe), se cita, llama y emplaza a la Sra. Caballero Desideria, DNI N° 02.432.607 y/o herederos a que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF, en autos caratulados: NUÑEZ HILDA c/CABALLERO DESIDERIA y/o O.R.J.R. s/Juicio ordinario - prescripción adquisitiva; CUIJ N° 21-23326627-9. Villa Ocampo, 28 de Noviembre de 2022. Soraya Baragiola, secretaria subrogante.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 34 de Villa Ocampo, ha ordenado lo siguiente Villa Ocampo, 31 de Octubre de 2022. Agréguese edictos acompañados. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declarase rebelde a los demandados. Notifíquese. Fdo. Dr. Miguel E. Juárez, Juez; Dra. Soraya P. Baragiola, Secretaria Subrogante. Todo ello en autos caratulado: RIOS. NORBERTO CARLOS c/URDANIZ EMILIO BENITO y otros y/o O.R.J.R. s/Juicio ordinario (prescripción adquisitiva); CUIJ N° 21-23326378-5. Villa Ocampo, 11 de Noviembre de 2022. Soraya Baragiola, secretaria subrogante.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 17 de Villa Ocampo Santa Fe; se cita, llama y emplaza a los sucesores de Juan Carlos Cuevas DNI N° 25.116.524. Cítese y emplácese a estar a derecho por medio de edictos a publicar-se en el 3olcán Oficial y puertas del Juzgado, para que dentro del término de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF, en autos caratulado: ALMIRON SANTIAGO c/Sucesores de CUEVAS JUAN CARLOS s/Filiación y daños; CUIJ N° 21-26324607-9. Villa Ocampo, 06 de Octubre de 2022. Dra. Marta Migueletto, secretaria.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 34 de Villa Ocampo, se notifica a la parte demandada que en autos caratulados: FERNANDEZ, GERARDO ANSELMO c/CURI, MARIO EMILIO s/Juicio ordinario; CUIJ N° 21-23326312-2, ha decretado lo siguiente Villa Ocampo, 21 de Octubre de 2022. Agréguese edictos acompañados. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declarase rebelde a los demandados. Notifíquese. Fdo. Dr. Miguel E. Juárez, Juez; Dra. Soraya P. Baragiola, Secretaria Subrogante. Villa Ocampo, 28 de Noviembre de 2022.

$ 45 490884 Dic. 13

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Beatriz Raquel Saravia, D.N.I. N° 4.667.424, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en Hall del Juzgado, a los días 06 del mes de diciembre de 2022. Todo así ordenado en autos: SARAVIA BEATRIZ RAQUEL s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-26189171-6). Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Juzgado Civil. Comercial y Laboral de San Justo SECUNICA, en autos caratulados FAISAL, DANIEL OSCAR s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26189196- 1 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Faisal Daniel Oscar, D.N.I. N° 7.876,226, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado: Dr. Leandro Carlos Buzzani, Secretario. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Juzgado Civil, Comercial y Laboral de San Justo sec. Unica, en autos caratulados EMANUEL, FERNANDA GUADALUPE s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-26189165-1 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Emanuel Fernanda Guadalupe, D.N.I. N° 22.914.926, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado: Dr. Leandro Carlos Buzzani, Secretario. Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 19 en lo Civil; Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, en autos caratulados DONING, MARTA ESTER s/Sucesorio; (Expte. Nº 21-26301769-9), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la señora Marta Ester Doning, DNI Nº: 12.494.335, a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firmado: Dra. Gisela V. GATTI, Secretaria; Dra. Virginia Ingaramo, Jueza. Esperanza, Noviembre de 2022.

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de primera Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 3ª Nominación de la ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados: ACOSTA YOLANDA HAIDES s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02016473-2, se cita, llama y emplaza a les herederos, acreedores y legatarios de Yolanda Haides Acosta, DNI Nº 2.363.237, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Santa Fe, noviembre de 2022. Dra. Gisela Gatti, secretaria.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 18 Secretaria Unica de la Ciudad de San Justo, Prov. De Santa Fe, en autos caratulados MONZON JUAN UALSERTO y BATTISTON JUANA ANA s/Sucesorio (CUIJ N° 21-26189258-5), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Juan Gualberto Monzón L.E. Nº 5.820.137 y Juana Ana Battiston DNI F 4.625.609, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo Pos apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y se exhibe en el hall del juzgado. Se transcribe parte pertinente del proveído: San Justo, 03 de Noviembre de 2022. (...) Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y exhíbanse en el Hall del Juzgado (arts. 2340 Código Civil y Comercial de la Nación) (...) Fdo: Leandro Carlos Buzzani (Secretario). Fdo: Laura Maria Alessio (Jueza). Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Casafu Jeremías, D.N.I. Nº 20.258.485, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Hall del Juzgado, a los días.....del mes de 07 del mes de diciembre de 2022. Todo así ordenado en autos: CASAFU JEREMIAS s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-26189242-9). Cintia D. Lo Presti, prosecretaria.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: CALDARONI MARTA OFELIA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02036230-5 Año 2022 se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Marta Ofelia Caldaroni, DNI Nº F 5.811.382, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. Gisela Gatti, Secretaria; Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación) en autos caratulados VELAZQUEZ, DOMINGO ARISTOBULO s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02031318-5), se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores legatarios de Domingo Aristóbulo Velazquez, DNI Nº M6.610.089, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Marina A. Borsotti (Secretaria OPS).

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Distrito Nº Uno de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados MAROT STELLA LUISA ó STELA LUISA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02027491-0, se cita a los herederos, legatarios y/o acreedores de la causante, Stella Luisa o Stela Luis Marot, DNI Nº F 6.102.785, quien falleció en la ciudad de Santa Fe el día 16 de Agosto de 2018, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, Diciembre de 2022. Fdo. Kilgelmann (Jueza), Gatti (Secretaria).

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación), en autos: “MARIONI, NELBA ROSA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS.” CUIJ. Nº 21-02035227-9 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de NELBA ROSA MARIONI, D.N.I Nº 6.103.083, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. – BORSOTTI – SECRETARIA”. Santa Fe,……. De octubre 2022.-

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1era. Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: “PUSSETTO ROSANA MABEL S/ SUCESORIO” CUIJ 21- 02036732-3, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Señora PUSSETTO, Rosana Mabel, D.N.I. N° 23.814.582, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica en el Boletín Oficial a sus efectos. Fdo.- Dra. GISELA GATTI (Secretaria).- Santa Fe, ....… de ......de 2022.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación), en autos: “PALACIOS, GERONIMO CELSO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS.” CUIJ. Nº 21-02035596-1 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de MIRTA JOSEFA INSAURRALDE, LC Nº 4.626.198, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. SANCHEZ - SECRETARIA”. Santa Fe,……. De diciembre 2022.-

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación), en autos: “PALACIOS, GERONIMO CELSO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS.” CUIJ. Nº 21-02035596-1 se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de GERONIMO CELSO PALACIOS, D.N.I Nº 6.193.271, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. SANCHEZ - SECRETARIA”. Santa Fe,……. De noviembre 2022.--

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la PRIMERA Nominación de la ciudad de Santa Fe), de la ciudad de Santa Fe, en autos “SCODELLARI, Gilberto Santiago s/ Sucesorio” (CUIJ N° 21-02035727-1), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Señor GILBERTO SANTIAGO SCODELLARI (D.N.I. Nº M6.250.189), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Planta Baja de Tribunales Santa Fe. Fdo.: Dra. VIVIANA MARIN (Jueza) Dra. CLAUDIA SANCHEZ (Secretaria)”.- Santa Fe, de Diciembre de 2022.-

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8 va. Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados: “FREIJE PRIETO, JOSE MARIA S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02036684-9, que tramitan ante la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS, radicados en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8 va. Nominación de esta ciudad de Santa Fe (se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de JOSE MARIA FREIJE PRIETO, D.N.I. 93.713.909, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.- DRA. GISELA GATTI. Secretaria.- DR. IVÁN G. DI CHIAZZA JUEZ.------------- Santa Fe, de Diciembre de 2022.-

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “VILLA, RUBEN MARIO Y OTROS S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-02036680-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de VILLA, RUBEN MARIO, D.N.I. M6.242.029 y VAIO, ELVIRA ANASTACIA L.C. Nº 1.431.172, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: DRA. CLAUDIA SÁNCHEZ Secretaria.-

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación) de la ciudad de Santa Fe (Santa Fe) en los autos caratulados: PICCONE, MARIA LETICIA GRACIELA s/ Sucesorio (CUIJ N° 21-02034597-4) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Piccone Maria Leticia Graciela, D.N.I. N° F3.731.538, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial, Firmado Dra. Marina A. Borsotti Secretaria — Dr. Carlos Federico Marcolin Juez.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8º Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: “MENDEZ, JUANA GUADALUPE. S/ SUCESORIO" CUIJ 21- 02028203-4, año 2021, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. MENDEZ, JUANA GUADALUPE DNI F5.880.725; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Secretaría.- Santa Fe, de de 2022.-

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: “RAIMONDI, Luisa Raquel s/ sucesorio (Exp. nro. 21-02000644-4/año 2018)”, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña LUISA RAQUEL RAIMONDI, Documento Nacional de Identidad Femenino Nro. 4.855.543, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica en Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, por el término de ley. Santa Fe, de diciembre de 2022.---

$ 45 Dic. 13

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Por disposición DE LA OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS, Juzgado en lo Civil y comercial de la 2da. Nominación, Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don JORGE ALBERTO FOURNELL DNI N° 14.113.881 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica por el término de ley en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Autos caratulados: “FOURNELL JORGE ALBERTO S/ SUCESORIO” Expte. N° 21-02036562-2. Santa Fe, diciembre de 2022. Dra. Gisela Gatti. Secretaria.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación), en los autos caratulados “JEANDREVIN, PLACIDO SEVERO S/SUCESORIO Y SU ACUMULADO JEANDREVIN PLACIDO SEVERO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21020350293” – CUIJ N° 21- 02035028-5, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del señor PLACIDO SEVERO JEANDREVIN, D.N.I. Nº M6.234.336, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Firmado: Secretaria. - Dra. Ana Rosa Álvarez (Jueza). Santa Fe,

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe), en los autos: “SANTOS, ALICIA ANTONIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02036810-9), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ALICIA ANTONIA SANTOS, D.N.I. 4.673.187, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL . Fdo. Dra. Gisela Gatti (Secretaria).-

$ 45 Dic. 13

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos 'CRUDO, MIGUEL GREGORIO S/SUCESORIO – 21-26264635-9. se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante CRUDO, MIGUEL GREGORIO D.N.I. 93.878.425, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre. Secretaria.

$ 45 DIC. 13

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos 'MORATEL JUAN CARLOS Y AMBROSIONI PURA AMALIA ANGELA S/ SUCESORIO – 21-26264521-2' se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante MORATEL JUAN CARLOS DNI M6.525.762, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre. Secretaria

$ 45 Dic. 13

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos 'MORATEL JUAN CARLOS Y AMBROSIONI PURA AMALIA ANGELA S/ SUCESORIO – 21-26264521-2' se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante AMBROSIONI PURA AMALIA ANGELA DNI 6.336.876 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre. Secretaria.

$ 45 Dic. 13

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de San Cristóbal, en autos “GARANZINI, OSCAR ANIBAL S. DECLARATORIA DE HEREDEROS.” - Expte. CUIJ Nº 21-26140278-2, de trámite por ante el Juzgado de referencia, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Señor OSCAR ANIBAL GARANZINI, DNI Nº 10.397.134, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y puertas del Juzgado. San Cristóbal, de noviembre de 2022.- Dra. Cecilia V. Tovar, Secretaria.

$ 45 Dic. 13

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados: MONESTEROLO ANTEL s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-17430061-2 que se tramitan por ante el Juzgado de Pra. Instancia de Distrito Nº 10 en lo C. C. Y L de Ceres, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y quienes se consideren con derechos sobre los bienes dejados por el Sr. Angel Monesterolo quien falleciera el día 25 de agosto de 2021 con último domicilio en Ceres, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer los mismos dentro de los 30 días de la publicación del presente. Lo que que pública en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día. Ceres, noviembre de 2022. Dra. Viviana Gorosito Palacios, Secretaria.

$ 45 Dic. 13

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de San Cristóbal, en autos GARANZINI, OSCAR ANISAL s/Declaratoria de herederos; Expte. CUIJ Nº 21-26140278-2, de trámite por ante el Juzgado de referencia, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Señor Oscar Aníbal Garanzini, DNI Nº 10.397.134, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y puertas del Juzgado. San Cristóbal, 18 de noviembre de 2022. Secretaria. Dr. Diego Escudero, secretario subrogante.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición del Juzg. Civil, Comercial y del Trabajo de San Cristóbal, en los autos caratulados FLOLASCO, RICARDO ANTONIO s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-26140171-9 año 2022, se ha ordenado publicar edictos, por lo cual se llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Don Ricardo Antonio Flolasco, DNI N° 06.281.555, fallecido en la dudad de Gálvez, Prov. de Santa Fe en fecha 23 de Agosto de 2019, último domicilio real en calle Gral. Paz N° 5, San Cristóbal, PROV. DE SANTA FE, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo. Dra. Tovar - secretaria; Dra. Gutscher - Jueza. 24 de Noviembre de 2022. Dr. Diego Escudero, secretario subrogante.

$ 45 Dic. 13

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia, en lo Civil, Comercial y Laboral, Distrito Judicial Nº 10 de la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, en autos: RACCA, EDUA MARIA s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-26140240-5, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Doña Edda Maria Racca, DNI Nº F 4.633.876, fallecida en fecha 25 de octubre de 2020, en la ciudad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe, con último domicilio en Zona Rural sin, de la localidad de Elisa, Pcia. de Santa Fe, para que dentro del término y bajo apercibimientos de Ley, comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica en BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Fdo. Cecilia V. Tovar, Secretaria; Graciela V. Gutscher, Jueza. San Cristóbal, 25 de Noviembre de 2022. Dr. Diego Escudero, secretario subrogante.

$ 45 Dic. 13

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En autos caratulados CUIJ Nº 21-24201993-5; DRUBICH, CLAUDIO ROBERTO y otros c/BELTRAMINO, RENE RICARDO FELIX y otros s/Usucapión, que tramitan por ante el juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, 1ª Nominación de Rafaela, se hace saber que se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos de Rene Ricardo Félix Beltramino e Isabel Lucia Scandalo De Beltramino y a quienes pudieran considerarse con derecho sobre el inmueble sobre el inmueble ubicado en Agustín Álvarez 58 de la localidad de Rafaela, PII 08-24-02-049805/0001-3, para que comparezcan a estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley. Fdo. Sandra Inés Cerliani, Secretaria, Ana Laura Mendoza Jueza a cargo. Rafaela, noviembre de 2022. Gisela Guntern, prosecretaria.

$ 33 490644 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 6562 - Año 2011; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/LADA GABRIELA ALEJANDRA s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 26 de diciembre de 2012. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Jorge A Platini (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 490867 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 2119 - Año 2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ALMENDRA ROLANDO DAVID s/Apremio, se hace saber al demandado, Sr. Rolando David Almendra lo siguiente: Rafaela, 23 de junio de 2015. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese. Firmado Juan C Marchese (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 490858 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 21-16501309-0 - Año 2017; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CORONEL CLAUDIO MAURICIO JOSE s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 04 de abril de 2019. Y vistos:..., resulta:..., considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al Dos por Ciento (2%) mensual desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Octubre de 2022. Dr. Rodrigo M Succo, prosecretario.

S/C 490871 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 4822 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MUSTAFA CAROLINA s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 19 de noviembre de 2020. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con mas el interés establecido en los considerandos precedentes, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 490869 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados “Expte. N° 21-16501315-5 - AÑO 2017 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SALA SILVIA NOEMI s/Apremio”, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 11 de abril de 2019.- Y VISTOS:..., RESULTA:..., Y CONSIDERANDO:..., RESUELVO: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al Dos por Ciento (2%) mensual desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese”. Firmado:, Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 490866 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16511285-4 - Año 2020 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/PELUDERO CRISTIAN s/Apremio, se hace saber al demandado, Sr. Cristian Peludero lo siguiente: “Rafaela, 12 de marzo de 2020. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. ( ... ) Notifíquese”.- Firmado Diego M Genesio (Juez) - Gustavo Mie (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 490863 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16499234-6 - Año 2017 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ZUMHOFFEN MARCELO IVAN s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 19 de Noviembre de 2020.- Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la multa impuesta por la resolución administrativa presentada en autos, en concepto de capital, con mas el interés fijado en los considerandos precedentes y rechazarla en lo demás. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99. Protocolícese el original, agréguese copia y hágase saber”. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 490861 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados “EXPTE. N° 21-16507345-9 - AÑO 2019 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA C/ BARRETO ADRIAN MARCELO S/APREMIO”, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “RAFAELA, 22 de julio de 2020.- Y VISTOS:..., RESULTA:..., Y CONSIDERANDO:..., RESUELVO: Mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado (monto de la multa según resolución administrativa) con mas el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99. Protocolícese el original, agréguese copia y hágase saber”. .- Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 490859 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados “Expte. N° 86 - AÑO 2016 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA C/NAVARRO ROBERTO DANIEL S/Apremio”, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 2 de febrero de 2018.- Y VISTOS:..., RESULTA:..., Y CONSIDERANDO:..., RESUELVO: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al Dos por Ciento (2%) mensual desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Octubre de 2022. Dr. Rodrigo M. Succo, Prosecretario.

S/C 490849 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16505813-2 - Año 2018 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RUIZ ANDRES ADRIAN s/Apremio, se hace saber al demandado, Sr. ANDRES ADRIAN RUIZ, lo siguiente: “Rafaela, 04 de diciembre de 2018. ( ... ) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. ( ... ) Notifíquese”.- Firmado Diego M. Genesio (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 490850 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: “Expte. N° 21-16508130-4 - AÑO 2029 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CEJAS GISELA VERONICA s/Apremio, se hace saber a la demandada, Sra. Gisela Verónica Cejas lo siguiente: “Rafaela, 29 de mayo de 2019.( ... ) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. ( ... ) Notifíquese”.- Firmado Diego M Genesio (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 490853 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados “Expte. N° 21-16511873-9 - Año 2020 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/REYNOSO JOSE CLAUDIO s/Apremio, se hace saber a los demandados, Sr. REYNOSO JOSE CLAUDIO lo siguiente: “Rafaela, 02 de junio de 2020. ( ... ) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. ( ... ) Notifíquese”.- Firmado Diego M Genesio (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 490856 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados “Expte. N° 2767 - Año 2009 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA C/ RAMIREZ FELIX EDUARDO s/Apremio”, se hace saber al demandado, Sr. Félix Eduardo Ramírez lo siguiente: “Rafaela, 18 de agosto de 2009. ( ... ) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese”.- Firmado Jorge Platini (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Octubre de 2022. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 490857 Dic. 13 Dic. 15

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Tercera Nominación de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Ana Laura Mendoza - Jueza y Dra. Verónica Carignano - Secretaria, citan y emplazan a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de EUGENIO ANGEL GOZZI, Doc. Ident. M 6.289.700 y ANITA MATILDE SAMUESKI DNI N°4.626.023 para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados "SAMUESKI, ANITA MATILDE Y OTROS s/ SUCESORIO" CUIJ N° 21-24200388-5 en el término y bajo apercibimiento de ley.- Rafaela, diciembre 2022.-

$ 45 Dic. 13

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito, en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista, Secretaría a cargo del Dr. José Boaglio, hace saber que en los autos caratulados GOMEZ ESTELA BEATRIZ s/Quiebra; CUIJ Nº 21-24928275-5, se ha ordenado lo siguiente: Reconquista, 30 de Agosto de 2022. Autos y vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Regular los honorarios de los profesionales actuantes, de acuerdo a lo establecido en los considerandos, del CPN Aldo Maydana -Síndico- en la suma de $ 150.000,00 y las Dras. Elvira Cristina Nieto y Luciana Laura Mendoza -apoderadas del concursado- en forma conjunta y en proporción de ley en la suma de $ 96.294,12 (7,7 JUS); 2) Fíjese, sobre los honorarios regulados, una tasa de interés equivalente a la aplicada por el BNA en sus operaciones de descuento a treinta días. Vista a Caja Forense y al Consejo de Ciencias Económicas; 3) Hágase saber, insértese copia y oportunamente. Fdo. Dr. José Boaglio: Secretario, Fdo. Dr. Fabián Lorenzini, Juez. Otro Decreto: Reconquista, 05 de Octubre de 2022 Agréguese. Por presentado nuevo proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Notifíquese. Fdo. Dr. José Boaglio: Secretario, Fdo. Dr. Fabián Lorenzini, Juez. Reconquista, 24 de octubre de 2022. Dr. Alexis Marega, prosecretario.

S/C 490742 Dic. 13 Dic. 14

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El Sr. Juez de Primera, instancia del Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados: MAIDANA MARINA CECILIA s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-2-50251.89-8, en fecha 27 de octubre de 2020, ha decretado lo siguiente: Reconquista, 09 de Noviembre de 2022 Atento a lo solicitado y constancias de autos, a fin de proteger los derechos de los eventuales acreedores y evitar futuras nulidades, procédase a reprogramar las fechas que la ley dispone para este proceso falencial. Consecuentemente, fijase el 27 de diciembre de 2022 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación al Síndico. Señálase el 28 de febrero de 2023 COmO fecha hasta la cual la Sindicatura ha de poder presentar los informes individuales, y el día 29 de marzo de 2023 el informe general. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL a fin de dar a conocer el presente. A tal fin, requiérase como valiosa colaboración al apoderado del fallido y/o al síndico designado, que confeccione proyecto de edictos, los que una vez firmados deberá retirar para su diligenciamiento ante el. Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Reconquista (SF). Notifíquese. Fdo. Paola Milazzo, Secretaria Subrogante; José María Zarza, Juez. Con beneficio de gratuidad - Ley 24.522. Reconquista, 18 de noviembre de 2022. Paola Milazzo, secretaria.

S/C 490793 Dic. 13 Dic. 19

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Reconquista en los Autos caratulados GARAY RUBEN DARIO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 2125024837-4 ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 09 de Noviembre de 2022. Autos y vistos: Estos caratulados: GARAY, RUBEN DARIO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-25024837-4, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación - Distrito N° 4, y; Considerando:... Resuelvo: 1) Rehabilitar a Rubén Dario Garay, argentino, mayor de edad, DNI N° 13.990.589, CUIL N° 20-13990589-0, domiciliado en Calle Lucas Funes N° 1570 de esta ciudad. 2) Proceder al levantamiento de las inhibiciones que pesan sobre el fallido, a tal efecto, líbrense los respectivos oficios. 3) Procédase al levantamiento de la interdicción para la salida del país, oficiándose a sus efectos. 4) Publíquense edictos. 5) Procédase al levantamiento del embargo que recae sobre los haberes de Rubén Dario Garay, oficiándose a tales fines. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 14 de Noviembre de 2022.

S/C 490792 Dic. 13 Dic. 19

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En los autos caratulados: SUAREZ OSVALDO GABRIEL s/Quiebra; CUIJ Nº: 21-24919977-7, Expte. N° 273/2009, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 23 de Junio de 2022. ... Autos y vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Decretar la conclusión de la quiebra de Osvaldo Gabriel Suárez, Argentino, casado, DNI Nº 27.336.323, con domicilio real en calle 107 Nº 754 de Barrio Cooperación Sur de la ciudad de Avellaneda SF, por falta de activos. 2) Regular en la suma de $ 100.045,84 los honorarios del Sr. Síndico de autos, CPN Juan Carlos Gagliardi y por su posterior actuación, en razón del fallecimiento del anteriormente nombrado, CPN Diego Oscar Telesco en la suma de $ 37.517,19, Asimismo en forma conjunta y proporción de ley, en la suma de $ 62.528,65 regúlense los honorarios profesionales del Daniel Alejandro Gallard y del Dr. Esteban Nicolás Cattaneo, equivalente a 5 Unidades Jus, los que se distribuirán de la siguiente forma: 3,5 jus al Dr. Gallard y 1,5 jus al Dr. Cattaneo. Fijase como interés moratorio anual, el equivalente a la tasa aplicada por el BNA en sus operaciones de descuento a treinta días. 3) Disponer el levantamiento de la inhibición general de bienes de la concursada, oficiándose a tales fines. Hágase saber, córrase vista al Consejo de Ciencias Económicas y a Caja Forense, insértese y agréguese copia. Fdo.: Dr. Fabián Lorenzini - Juez, Dr. José Boaglio - secretario. Reconquista, 08 de noviembre de 2022. Dr. Alexis Marega, prosecretario.

S/C 490789 Dic. 13 Dic. 19

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados: SOTO, MARIA ELENA s/Quiebra; CUIJ N° 21-25022924-8 se ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 10 de Noviembre de 2022. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Notifíquese por cédula a los acreedores verificados y al fallido. A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Firmado: Dr. Ramiro Avile Crespo, Juez - Dra. Laura Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 08 de Noviembre de 2022.

S/C 490752 Dic. 13 Dic. 19

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: VENICA FANNY MARISA y otros c/VENICA AMADO LAUREANO y/o suc y otros s/Prescripción adquisitiva; CUIJ Nº 21-25028127-4, de trámite por ante el Juzgado De Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial - Primera Nominación de la ciudad de Reconquista, Santa Fe, se notifica a Amado Laureano Venica y/o sus sucesores, Alejo Venica y/o sus sucesores, Celestino Venica y/o sus sucesores; Emilio Venica y/o sus sucesores; Antonio Domingo Venica y/o sus sucesores; Aníbal Roberto Venica y/o sus sucesores del siguiente decreto: Reconquista, 05 de Abril de 2022. Agréguese la reposición fiscal acompañada, téngase presente. Por iniciada formal demanda ordinaria de prescripción adquisitiva. Cítese y emplácese a Venica Amado Laureno y/o Sucesores de Venica Amado Laureano y/o Venica Alejo y/o Sucesores de VENICA Alejo y/o Venica Celestino y/o Sucesores de Venica Celestino y/o Venica Antonio Domingo y/o Sucesores de Venica Antonio Domingo y/o Venica Aníbal Roberto y/o Sucesores de Venica Aníbal Roberto, con domicilio donde se indica, y/o Q.R.J.R., por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezcan a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76y ss., CPCC). Atento lo dispuesto en e/art. 73 del CPCC, publíquense edictos por el término de ley. Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Comuna de El Timbó (SF), para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a tomar la intervención que les pudiere corresponder y manifiesten si tienen interés legítimo en la causa. Téngase presente la prueba ofrecida y la autorización conferida a las Dras. Romina Milagros Fabrissin y/o Pierina Lencina. A los fines del art. 1905 del CCC, último párrafo, comparezca cualesquiera de los suscriptos a prestar fianza con justificación de solvencia. Si bien la misma se ha de prestar sin monto, se aclara que se ha de entender otorgada respecto de todas las obligaciones futuras que el afianzado contraiga en este proceso como consecuencia de la cautelar. Fecho, anótese como litigioso el bien inmueble objeto de autos. A sus efectos, líbrese oficios autorizándose al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. A lo demás, oportunamente. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula que se confeccionará por Secretaría, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Requiérase a los peticionantes que retiren el juego de cédulas rubricado para su diligenciamiento. Notifiquen empleados del Juzgado. Notifíquese. Dr. José María Zarza, Juez; Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario. Otro Decreto: Reconquista, 24 de Mayo de 2022 Asistiendo razón al peticionante, ampliase el proveído de fecha 05/04/2022, y hágase saber que la presente demanda se entabla también contra Venica Emilio y/o Sucesores de Venica Emilio. Líbrese nueva cédula al mismo por Secretaría. Hágase saber al profesional que las restantes se han confeccionado en fecha 05/04/2022 y aún no han sido retiradas por el profesional para su diligenciamiento. Notifíquese. Fdo. Dr. José María Zarza, Juez; Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario. Otro Decreto: Reconquista, 05 de Octubre de 2022 Atento a lo manifestado y advirtiendo que se incurrió en error en el decreto de fecha 05/04/2022, revóquese por contrario imperio, en su parte pertinente, en cuanto reza ... Comuna de El Timbó (SF)..., siendo lo correcto ... Comuna de Guadalupe Norte (SF)..., quedando subsistente en lo demás. A todo evento se aclara que no se cita a la Municipalidad de Avellaneda como solicita, por cuanto surge de las constancias de fs. 34/37 de las medidas preparatorias que corren por cuerda, el inmueble tributa impuesto inmobiliario en Guadalupe Norte. Confeccione nuevo proyecto de edictos para su publicación. Notifíquese. José Boaglio, José María Zarza; Secretario a cargo, Juez. Reconquista, 22 de Noviembre de 2022. Paola C. Milazzo, secretaria.

$ 150 490759 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe; se hace saber que en los autos caratulados: AGUIRRE PABLO MARTIN s/Concurso preventivo; CUIJ Nº 21-25027520-7, se ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 06 de octubre de 2022. Autos y vistos... Considerando:... Resuelvo: 1) ampliar el autos de apertura del concurso preventivo y habiendo sido designado Noelia Gisela Baella, se hace saber que constituyó domicilio en calle Alvear 759 de esta ciudad. 2) Fijar el día 28 de octubre como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al síndico. 3) Fijar el 22/12/22 la fecha en que deberá el síndico presentar los informes individuales. 4) Fijar 08/03/23 la fecha en que deberá presentar el síndico el informe general. 5) Fijar el 03107123 como fecha en la que vence el período de exclusividad. 6) Fijar fecha de la audiencia prevista por el art. 45 LCQ para el día 26/07/23 a las 09.00 hs. 7) Publíquense edictos de ley. Hágase saber, insértese copia y oportunamente, archívese. Dr. Fabián Lorenzini – Juez; Dr. José Boaglio - Secretario. Reconquista, 04 de noviembre de 2022. Dr. Alexis Marega, prosecretario.

$ 270 490795 Dic. 13 Dic. 15

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: CPA COMPAÑIA GENERAL NEGOCIOS SA c/HABEGGER ALICIA JUANA y/o suc s/Ordinario de usucapión (Dr. Anton); CUIJ Nº 21-24961109-0/1, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de la Ciudad de Reconquista (Sta. Fe), a cargo del Dr. Dr. Ramiro Avilé Crespo, Secretaría a cargo de la Dra. María Laura Cantero, se notifica a Alicia Juana Habegger y/o sus sucesores del siguiente decreto: Reconquista, 15 de Septiembre de 2022. Si estuviere en término y con citación contraria admítase la prueba ofrecida por la parte actora: Confesional: por parte de Alicia Juana Habegger y/o sus sucesores, fijase fecha de audiencia para el día 30 de marzo de 2023 a las 8:00 hs., cítese por edictos con las formalidades y bajo apercibimientos de ley... Notifíquese. Fdo. Dra. Ileana Judit Sinchez, Jueza a/c, Dra. Laura C. Cantero Secretaria. Artículo 162 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe: Solicitada la absolución de posiciones, se decretará día y hora de audiencia y el apercibimiento de que si el citado no compareciera sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando ésta exista o si compareciendo se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. La citación del absolvente deberá hacerse con una anticipación no menor de tres días al del acto, en el domicilio real de aquél. Si fueren varios los que hayan de absolver iguales posiciones se las recibirá en el mismo día evitando que se comuniquen. La absolución de posiciones debe prestarse ante el juez de la causa si el absolvente reside dentro de su jurisdicción; en caso contrario, ante el juez del mismo grado y fuero que corresponda al domicilio del absolvente. Reconquista, 18 de noviembre de 2022. Laura Cantero, secretaria.

$ 100 490760 Dic. 13 Dic. 15

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Por disposición del Juez de Primera Instancia Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe, cita, llama y emplaza a los sucesores del Sr. Ricardo Oreste Suligoy, y a todos aquellos que se crean con derechos sobre los bienes dejados por la causante, a comparecer en el término y bajo apercibimientos de ley en autos: BARBOSA LORENZO ANDRES y otros c/VELAZQUEZ GUILLERMO y otros s/Daños y perjuicios; CUIJ N° 21-25029112-1. Publíquese por el término de cinco veces en diez días en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar destinado a tal fin en estos Tribunales (Art. 592 CPCC). Reconquista, 02 de Noviembre de 2022. Paola Milazzo, secretaria.

$ 40 490765 Dic. 13 Dic. 19

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista (SF), Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de ELVIRA ELSA CEPEDA DNI 5.424.578, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en autos: "CEPEDA ELVIRA ELSA S/ DECLARAOTIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-25027160-0. Firmado: DRA. PAOLA MILAZZO- Secretaria; JOSE MARIA ZARZA, Juez.- Reconquista, 12 de diciembre de 2022.-

$ 45 Dic. 13

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista (SF), Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de ORLINDA BELIA VENICA DNI 6.440.091, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley en autos: "VENICA ORLINDA BELIA S/ SUCESORIO" CUIJ 21-25024212-0. Firmado: DRA. PAOLA MILAZZO- Secretaria; JOSE MARIA ZARZA, Juez.- Reconquista, 12 DE DICIEMBRE de 2022.-

$ 45 Dic. 13

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