picture_as_pdf 2022-12-01

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

RAQUEL ALICIA MUSITANO


Por disposición del Sr Juez de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la TERCERA Nominación, Rosario, Sta.Fe , Dr. Ezequiel M.Zabale, en autos "OSSOLA ILEANA ENRIQUETA S/QUIEBRA S/ INC. REALIZACION DE BIENES" CUIJ 21-01118823-8 se ha dispuesto que la Mart. Pública RAQUEL ALICIA MUSITANO - MATRICULA 796-M-80 (CUIT 27-05088250-6) VENDA POR LICITACION PUBLICA los inmueble que se describirán, con las bases, condiciones y fecha y lugar fijados en la siguiente Resolución: "N* 622.- ROSARIO, 9/11/2022.- Y VISTOS: Estos autos caratulados "OSSOLA ILEANA ENRIQUETA S/INC REALIZACION DE BIENES", Expte. N° 21-01118823-8, de los que resulta, 1.) En los presentes se llevó a cabo licitación en fecha 12/08/22 por la cual salieron a la venta las unidades n° 14 a 18, representativas de 2 oficinas del piso 8, dos oficinas del piso 9 y una oficina del piso 10 del edificio ubicado en Rioja 1037. En el mismo sólo se recibieron ofertas por la unidad 09-01, quedando desierto el acto para los restantes bienes. 2.) En fecha 3/10/22 se dictó el auto n°523, por el cual se autorizó la venta directa de las parcelas 08-01 y 08-02, correspondientes a las oficinas del piso 8 del edificio en cuestión. 3.) Por cargo n° 13039/22 comparecen representantes de MADRID DESARROLLOS E INVERSIONES S.A.S., con patrocinio letrado, y efectúan oferta de compra directa respecto de las unidades aún no liquidadas. En ese sentido, ofrecen la suma de U$S 30.000.- por la unidad U-17 (parcela 09-02), y U$S20.000.- por la unidad U-18 (parcela 10-01). Ofrecen cancelar el pago en cuestión en pesos, abonando la cantidad necesaria para adquirir los dólares ofertados mediante operación de Dólar Mep. 4.) Conforme cargo n° 13276/22 se presenta representante de CERYHAC SACYF, con patrocinio letrado, y formula nueva oferta de compra directa respecto de las mismas unidades. En su caso, ofrecen U$S45.000.- por la unidad U-17, y U$S25.000.- por la unidad U-18, indicando que el pago se realizaría en dólar billete o en la cantidad de pesos necesarios para adquirir esa suma de moneda extranjera por operación de Dólar Mep. 5.) Comparece Ricardo Santiago Esquivel, con patrocinio letrado, y ofrece la suma de U$S32.000.- por la unidad U-17, a ser pagados en dólares billetes. 6.) La martillera actuante contesta vista por cargo n° 13971/22, indicando que ha procedido a exhibir las oficinas en venta a los oferentes. Sobre las ofertas recibidas, entiende que por la simple comparación de las mismas, la oferta de CERYHAC SACYF resulta la más conveniente para la quiebra, por los montos ofrecidos y la posibilidad de vender conjuntamente ambos inmuebles. Señala cuestiones sobre el estado de conservación y uso de las oficinas, los cargos respecto de impuestos adeudados, gastos de escrituración, y la comisión respectiva. Los herederos del fallido Carlos Ossola prestan conformidad a la oferta de CERYHAC SACYF por escritos cargo n° 14303/22 y 14304/22 Por su parte, la Sindicatura concursal contesta vista con cargo n° 14853/22. Señalan las dificultades que se han presentado durante los 15 años de tramitación de la quiebra para liquidar los activos en cuestión. En ese sentido, entienden que, aunque el valor ofrecido es menor al que se puso como base de las licitaciones llevadas a cabo sin resultado en el expediente, a los fines de evitar gastos, mayores demoras, y otras cuestiones que causen incertidumbre, procedería aceptar la oferta presentada por CERYHAC SACYF, la cual ya ha sido refrendada tanto por la martillera como por la fallida y herederos de Carlos Ossola. 7.) Por cargo n° 14926/22, el representante de CERYHAC SACYF solicita que pasen los autos a resolución para definir la autorización de venta directa. Y CONSIDERANDO: 1.) Que se han presentado en los autos distintas ofertas de compra directa de los bienes que no han podido ser liquidados en las instancias de licitación dispuestas en el proceso. En particular, MADRID DESARROLLOS E INVERSIONES S.A.S. Ofreció a suma de U$S 30.000.- por la unidad U-17 (parcela 09-02), y U$S20.000.- por la unidad U-18 (parcela 10-01).; CERYHAC SACYF ofertó U$S45.000.- por la unidad U-17, y U$S25.000.- por la unidad U-18; finalmente, Ricardo Santiago Esquivel pujó con U$S32.000.- por la unidad U-17. Las formas de pago y demás detalles de las ofertas resultan similares, en tanto 2 de las ofertas ofrecen pagar en dólar billete o en pesos al tipo de cambio de Dolar Mep, mientras que la otra oferta se compromete al pago en la divisa indicada. 2.) Que, en ese sentido, resulta evidente la existencia de una oferta de un mayor valor a las otras, respecto de ambos inmuebles, siendo la presentada por CERYHAC. Dicha presentación cuenta con el aval, conforme sus condiciones, y expresado en el expediente, de parte de la martillera actuante, la sindicatura, y la fallida y los herederos del fallido Carlos Ossola. 3.) Que, sin perjuicio de ello, es destacable el hecho que se han recibido ofrecimientos por los dos inmuebles, más allá que los montos mencionados no lleguen a la precios por los cuales se determinó su salida a licitación (en el caso de la U-17, se tasó en su oportunidad con un valor de mercado de U$S48.000.-, mientras que a la U-18 se le estimó un valor de realización mínimo U$S38.000.- ). Con esto quiero indicar que existe intereses en las oficinas a vender, mas no a los precios mínimos que se habían dispuesto al momento de la licitación. 4.) Que es de público conocimiento el estado del mercado inmobiliario y la constante baja de los precios de las unidades. Eso no implica necesariamente que deban aceptarse las ofertas presentadas en autos como el máximo valor que podría obtenerse a favor del concurso por la liquidación, sin testear los mismos bajo la ley de oferta y demanda. En ese sentido, nada obsta a utilizar la mayor oferta efectuada por cada inmueble como la base sobre la cual se entable un proceso de licitación, abriendo el juego a la posibilidad de la aparición de nuevos interesados que mediante su competencia logren potenciar el beneficio para la masa. Esto, desde ya, no implica la obligatoriedad de participación del ofertante de compra directa, el que a partir del dictado del presente podrá meritar respecto sobre si va a mantener la oferta realizada. Es decir, los ofertantes quedan en libertad de decidir su participación en el proceso propuesto o no, y en caso de continuar interesado, deberán presentar su oferta de la misma forma que se dispone para los nuevos potenciales interesados que surjan. 5.) Que, por lo tanto, se ordenarán nuevas condiciones de licitación respecto del bien en cuestión, utilizando como única base lo ofertado en el cargo n° 13276/22, abriendo el juego a la participación tanto al presentante de dicho escrito como a cualquier otro interesado, y estableciendo un procedimiento de puja en caso de múltiples ofertantes similar al de la licitación que resultó desierta en autos. Se dispone una fecha de realización de la licitación que, en opinión del suscripto, mantiene un equilibrio entre el tiempo mínimo requerido para proceder a los trámites necesarios para el éxito de la misma, y la intención de eliminar dilaciones innecesarias. Por lo expuesto, RESUELVO: Ordenar la realización de nueva licitación respecto de los inmuebles de propiedad de la fallida, denominados como U-17 y U-18, tomando como precio de base el monto ofrecido por cada uno de los bienes por el ofertante de compra directa CERYHAC, por ser las más altas, con las condiciones que se disponen a continuación: 1) Ordenar la venta por licitación pública de los inmuebles descriptos a continuación para el día 15 de Diciembre de 2022 a las 10 hs. en presencia de la martillera interviniente, VIA ZOOM, con todos los interesados, cuyas ofertas igualen o superen la base: - Inmueble inscripto al t°813 f° 368 n°103502, departamento Rosario, ubicado en calle Rioja 1037 de Rosario, piso 9, unidad U-17 formada por la parcela 09-02, - Inmueble inscripto al t°813 f° 368 n°103502 y t °1023 f°1 n°369.090, departamento Rosario, ubicado en calle Rioja 1037 de Rosario, piso 10, unidad U-18, formada por la parcela 10-01. 2) Los inmuebles saldrán a la venta en el estado en que se encuentran, siendo este DESOCUPADOS, no admitiéndose reclamos posteriores al acto, con las siguientes bases.- montos sugeridos por la martillera- y serán adjudicados cada uno al mejor postor: - Parcela 09-02 (unidad – U-17) Base de U$S45.000- - Parcela 10-01 (unidad U-18) Base de U$S25.000.- 3) Los interesados en la adquisición del bien licitado deberán presentar sus ofertas, en moneda Dólares Estadounidenses, consistentes en escrito firmado y escaneado enviado al mail del juzgado: civil3ros@justiciasantafe.gov.ar. con datos que se describen a continuación: -Tratándose de personas físicas: apellido, nombre, número y fotocopia del documento, domicilio real y uno especial dentro de la ciudad, celular, mail, constancia de cuit, situación ante Afip CBU y cuenta corriente. -Tratándose de personas jurídicas: copia certificada contrato social, poder para comprar en licitación y/o subasta, así como decisión societaria para la realización de oferta, N° de cuit, situación ante AFIP, CBU y cuenta corriente. Ello, desde que quede firme el edicto hasta el día 14/12/2022 a las 12:45. El oferente deberá depositar como garantía de oferta, independientemente de cual sea el monto ofertado o la cantidad de inmuebles por los que se oferte, en sobre cerrado, la suma de Dólares Estadounidenses Dos mil (U$S2.000.-). El depósito deberá ser realizado a la cuenta judicial abierta en el Banco Municipal Sucursal del Colegio de Abogados a la orden de este juzgado y para estos autos (CUENTA N° 50144455, CBU 0650080108000501444556), debiendo acompañarse con la oferta constancia del comprobante del mismo. Toda oferta que no esté acompañado del comprobante del deposito de la mencionada suma de U$S2.000.- será automáticamente descartada.- 4) En el caso de no recibirse ofertas en las condiciones señaladas anteriormente, los bienes objeto del acto los bienes serán retirados de la venta. 5.) El día y hora de la audiencia ZOOM, se procederá a dar comienzo al acto con presencia física de la Actuaria y el martillero quienes efectuarán el acto desde el Tribunal de manera presencial y todo los oferentes deberán conectarse de manera puntual por ZOOM a la reunión cuyos datos se informarán a los interesados luego de la presentación de la oferta, con DNI en mano para ser exhibido y con el nombre en el ZOOM consignado de manera correcta. Una vez comenzado el acto se cotejarán las ofertas presentadas separando, en primer lugar, las ofertas que no llegan a superar el monto mínimo las cuales quedarán fuera del acto. 6) Abiertos los sobres, se pasará a la etapa de mejoramiento de oferta respecto de cada inmueble, con las tres (3) mejores ofertas, en cuyo caso el martillero actuante procederá a tomar el mejoramiento de ofertas, solo entre estos oferentes, con la presencia de la Actuaria. El orden de mejoramiento de las ofertas será de acuerdo a la oferta base presentada, quedando la mejor oferta como último en el orden de puja. Si hubiera más de una oferta con un mismo monto, se tomará el orden de presentación de la misma en el Juzgado, respetando el que se presentó primero. Cada oferente que no manifiesta interés en mejorar la oferta más alta anterior, perderá el derecho de mejorar las posteriores. El lote en cuestión será adjudicado a quien realice la mejor oferta por este, y una vez que no haya más interesados en mejorar la más alta obtenida, en el caso de existir instancia de mejora por igualdad de ofertas. Asimismo, se labrará acta de todo lo actuado y se incorporará al expediente. Asimismo se fija que la postura mínima de superación de ofertas no podrá ser inferior a U$S500.- 7) No está permitida la compra en comisión; el interesado deberá estar presente en el acto de apertura. Tampoco se encuentra permitida la cesión de los derechos adquiridos en el marco de esta licitación. 8) Se hace saber que de las constancias del expediente se pueden observar a través de la web en la página del poder judicial de Santa Fe con la presente carátula y clave del expediente 6855, y en el expediente conexo de carátula OSSOLA CARLOS ALBERTO S/ INC REALIZACION DE BIENES - 21-01118824-6 (731/2008), cuya clave 9141. De este modo, no se aceptarán reclamos algunos cuyo fundamento sea no haber tenido acceso al expediente. La presentación de ofertas implica la conformidad con las presentes condiciones de venta. 9) El oferente a quien se le hubiere adjudicado el inmueble deberá abonar mediante depósito o transferencia bancaria dentro del día del acto el 10% (diez) del precio de la adjudicación, con más el 3% de comisión al Martillero, en la cuenta judicial a nombre de los presentes. A tal fin, deberá comparecer al juzgado a fin de acompañar el comprobante de depósito y suscribir el acta efectuada AL DÍA SIGUIENTE, DE 8 A 12 HS. AL JUZGADO, como así también obtener una copia de esta última. Respecto al diez por ciento del precio de la oferta, sólo deberá abonar la diferencia con el monto depositado como garantía de oferta, el que se tomará a cuenta del pago del precio...- 10) El saldo de precio deberá ser pagado íntegramente dentro del plazo de diez días hábiles judiciales posteriores a la adjudicación, acompañando por correo electrónico boleta de depósito efectuada en la cuenta judicial correspondiente a estos autos. Momento en el cual la adjudicataria podrá solicitar la posesión del inmueble.- 11.) Estando dispuestas tanto las bases, como las señas y los montos mínimos de mejora de oferta en la etapa respectiva en Dólares Estadounidenses, se deja expresa constancia al momento de realizar los pagos a los que hacen referencia los puntos 9.) y 10.), el adquirente deberá depositar DOLARES BILLETES ESTADOUNIDENSES, en la cuenta abierta en dólares para estos autos (CUENTA N° 50144455, CBU 0650080108000501444556), y/o PESOS, en la cuenta abierta en Pesos para estos autos (CUENTA N° 50144455, CBU: 0650080103000501444551), en cantidad suficiente para adquirir a través de denominado DOLAR MEP, la cantidad de Dólares ofertados para cumplir con la oferta. Asimismo, se deja de manifiesto que de ningún modo el oferente que resulte adjudicatario podrá pretender integrar el valor de la oferta en Pesos, o al valor equivalente del denominado Dólar Oficial, o pretender la aplicación del artículo 765 del Código Civil y Comercial, pues acepta y asume que la oferta debe ser hecha y cumplida en Dólares a través de alguno de los mecanismos previstos supra.- 12.) Si el adjudicatario no efectuare el pago del saldo de precio en las condiciones establecidas, será tenido automáticamente por desistido de la operación y perderá los importes abonados, no teniendo derecho a ejercer reclamo por ningún concepto. Ni tampoco restitución de la comisión abonada al Martillero.- 13.) Para el caso de quedar sin efecto la adjudicación por falta de pago del saldo de precio en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el punto anterior y luego que judicialmente así se determine, se adjudicará el inmueble al postor de la penúltima mejor oferta, con todas las obligaciones y derechos de adjudicatario.- 14.) Se restituirá a los interesados que no resultaren adjudicatario, el importe depositado como garantía de oferta en el Banco Municipal de Rosario Sucursal Caja de Abogados, dentro de los dos días posteriores a la apertura de ofertas.- 15.) Dejase constancia que los impuestos, tasas, contribuciones, IVA si correspondiere y gastos centrales que adeudare el inmueble a subastar, así como los gastos de escrituración son a cargo del adquirente a partir del auto declarativo de quiebra, como así también la regularización y/o confección de planos de mensura y/o construcción de ser necesarios.- Previo a la transferencia deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de adjudicación de esta venta a cuyos efectos se oficiará al API y al AFIP. El comprador deberá recurrir a Escribano Público a los fines de la confección de la Escritura que resulte pertinente. Todo conforme a la disposición del BCRA Comunicación "A" 5147 de fecha 23/11/2010.- 16.) Las constancias obrantes en autos, servirán de suficiente titulo para esta venta, no admitiéndose reclamos posteriores.- 17.) Fijase como días de exhibición del inmueble los 2 días hábiles anteriores a la fecha de licitación de 10 a 13 hs. 18.) Se deja constancia que se vende el dominio pleno de las unidades en cuestión, pero el dominio de cada uno está determinado de la siguiente forma. -Unidad 09-02: 50% pleno dominio de la fallida ILEANA ENRIQUETA OSSOLA y 50% del fallido CARLOS OSSOLA (hoy fallecido); -Unidad 10-01: 50% de pleno dominio de la fallida ILEANA ENRIQUETA OSSOLA, y 50% de la nuda propiedad de FLORENCIA, LUCIANO Y GUILLERMO OSSOLA, quienes presentan conformidad para esta venta en un 100%. Asimismo, consta un usufructo del 50% a favor de CARLOS OSSOLA (hoy fallecido). 19.) Queda en cabeza de cada ofertante controlar tanto la recepción cargo y escaneo del escrito presentado como en el día de la audiencia tener acceso a la plataforma zoom gratuita, contar con wifi o red que permita el ingreso a la audiencia y entrar en el día y hora fijados puntual. ES IMPORTANTE REMARCAR QUE DEBE INGRESARSE A ZOOM CON EL NOMBRE QUE FIGURA EN EL DNI. 20.) De necesitar alguna información procedimental que no pueda evacuarse por el sistema, se informa: civil3ros@justiciasantafe.gov.ar o 4721700 internos 4163 y 5163. Para consultas relativas al remate en sí y al vehículo se hace saber que la martillera actuante es RAQUEL ALICIA MUSITANO, quien deberá informar en los edictos y propaganda a la que hace referencia en punto siguiente, correo electrónico y número telefónico para contacto. 21.)Se deberá publicar edictos con el contenido del presente pliego por tres días en el Boletín Oficial, Diario El Jurista como así también propaganda correspondiente en diario La Capital de Rosario, volantes, cartel y demás que se crea conveniente.- Insértese y hágase saber. DR.EZEQUIEL M.ZABALE-JUEZ -. DR. FEDERICO LEMA- Secretario.- DESCRIPCION DE LOS INMUEBLES A LICITAR : UNIDAD U-17.-PARCELA CERO NUEVE-CERO DOS, interna, con entrada común por Hall de ingreso que lleva el número 1037 de la calle Rioja , destinadas a oficina, se compone de: Oficina, dos toilette. Office, equipo climatizador, y techo sin acceso, encierra una superficie de Propiedad exclusiva de 91,20 metros cuadrados, de bienes comunes de 32,18 metros cuadrados, y su valor proporcional con relación al conjunto del inmueble es del 4,65%.- Y LA UNIDAD U-18.- PARCELA DIEZ-CERO UNO.- ubicada en el décimo piso , con entrada común por el número 1037 de la calle Rioja, destinada a oficina, , se compone de : dos oficinas , hall de ingreso , office paso, toilette, equipo climatizador , todo de propiedad exclusiva , y terraza bien común de uso exclusivo, encierra una superficie de Propiedad exclusiva de 58,20 metros cuadrados, de Bienes comunes de uso exclusivo de: 66,70 metros cuadrados, Total de bienes comunes 88,84 metros cuadrados.- Total General 147,04 metros cuadrados y un valor proporcional con relación al conjunto del inmueble de 3,20%.- INFORME DEL REGISTRO GENERAL: El DOMINIO, GRAVAMENES de los inmuebles , E INHIBICIONES, se encuentran agregados a los presentes autos, en los respectivos certificados, para ser consultados por los interesados, como así también copias de las escrituras correspondientes.- Todo lo que se hace saber a los fines que por derecho hubiere lugar.- SE DEJA CONSTANCIA QUE LA MARTILLERA INTERVINIENTE EN AUTOS ES RAQUEL ALICIA MUSITANO, TE. 4489931 – CELULAR 341-6040601 CORREO ELECTRONICO: rakka_45@hotmail.com, QUIEN ATENDERA LAS CONSULTAS SOBRE LA PRESENTE LICITACION, DEUDAS A CARGO DEL COMPRADOR, EXHIBICION DE LOS INMUEBLES Y DEMÁS INFORMACION QUE SE REQUIERA. SECRETARIA............. de NOVIEMBRE DE 2022.-

S/C 490554 Dic. 01 Dc. 05

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POR

JOSE LUIS NEBOZUK


Por disposición Señor Juez Primera Instancia Distrito Décima Nominación de Rosario, autos: CONSORCIO EDIFICIO SAN CRISTOBAL c/Otro s/Juicio Ejecutivo, CUIJ 21-02897667-1, (Demandado DNI N° 12.480.500), Martillero José Luis Nebozuk, (C.U.I.T. N° 20-24252418-8), venderá en pública subasta, el día 15 de Diciembre de 2022, a las 14,30 hs., en el local del Colegio de Martilleros de Rosario, sita en calle Moreno 1546, Rosario, siguiente inmueble: Edificio calle Córdoba 1251/1253. PRIMERO: La unidad señalada en el respectivo plano y Reglamento de Copropiedad y Administración con la característica CERO CUATRO - CERO UNO, (04-01), que integra el edificio situado en esta ciudad, en la calle Córdoba N° 1251/1253. Dicha unidad tiene entrada por el N° 1253 de la expresada calle Córdoba, ubicada en el cuarto piso, está destinada a oficina, y tiene una superficie de propiedad exclusiva de 42,34 m2; una superficie de bienes comunes de 17,88 m2 y una superficie total de 60,22 m2. Con relación al total del edificio representa un valor del 1,76 %. SEGUNDO: a) Las partes proindivisas y proporcionales sobre: A) El terreno en que está construido el edificio, situado en esta ciudad, cuya descripción se hace de acuerdo al plano de mensura firmado por el Ingeniero Civil Don Francisco L. Costantino, inscripto en el Registro General bajo el N° 95145/1950. Esta designado con la letra “A” y se encuentra ubicado en la calle Córdoba entre las de General Mitre y Entre Ríos, a los 53,78 m. de calle Entre Ríos hacia el Este y mide 8,37 m. de frente al Norte por 36,70 m. de fondo, en su costado Oeste; 36,872 m. también de fondo en su costado Este, con un contrafrente al Sud de 8,80 m., lindando: al Norte con calle Córdoba; al Oeste y Sud con Angel García y al Este con el lote B del mismo plano. Encierra una superficie total de 315,7878 m2. B) Las demás cosas comunes que se consignan en el citado reglamento. Tercero: Se incluyen los bienes muebles que se encuentran dentro del inmueble a subastar, cuyo inventario es el siguiente: 1/ Un aire ventana marca Carrier con control remoto. 2/ Un escritorio símil madera con vidrio. 3/ Una mesa pequeña símil madera. 4/ Un mostrador de madera con vidrio con estantes de aproximadamente 2 m de largo. 5/ Un fichero de metal de 4 cajones, altura de 1,60 m. 6/ Una máquina de escribir Olivetti marca Lexicon 80. 7/ Una silla negra con ruedas plásticas. 8/ Un florero con calas. 9/ Un escritorio de madera con 3 cajones. 10/ Un mueble de metal de altura 1,60 m por 1,50 m de largo con 2 puertas corredizas. 11 / Dos cajoneras de madera pintadas de gris. 12/ Un fichero de metal color beige de 4 cajones, altura aproximada 1.60 m. 13/ Una heladera Philips color marrón de 1 m de altura. 14/ Una mesa símil madera de pequeñas dimensiones. 15/ Dos sillas de metal con tapizado de tela beige. 16/ Un estabilizador electrónico de tensión Seebek. 17/ Dos muebles símil madera ambos con puertas corredizas de 2 m de largo y altura 1 m. 18/ Un escritorio símil madera con 6 cajones. 19/ Una mesa redonda de 60 cm. de diámetro. 20/ Una maseta con planta artificial. 21/ Un teléfono rojo marca Telecom. 22/ Un teléfono Panasonic KXF-700 digital. Todos estos bienes muebles se venden en forma conjunta con el inmueble descripto, en el mismo acto y en el estado en que se encuentran. Datos de dominio: Tomo: 842 Folio: 293, N° 206.557. Propiedad Horizontal, Dto. Rosario.- Tomo: 159 Folio: 457, N° 91.927. Propiedad Horizontal, Dto. Rosario. Declaratoria de Herederos al Tomo 382, Folio 493, N° 30969, Dto. Rosario.- Informa Registro General Rosario: Dominio consta a nombre del titular registral. Embargo: Al Tomo 129, Folio 462, N° 101804, Fecha de Inscripción 14/07/2020, por los autos que se ejecutan, Monto $ 67.150,20. Hipoteca: No posee. Inhibiciones: 1/Al Tomo 130, Letra 1, Folio 1939, N° 335216, Fecha de Inscripción 10/05/2018, Autos: Fox Ricardo y Otros sobre Decreto Ley 6582/58, Expte 17103/2014, Juzgado Federal N° 4 de Rosario, Monto $ 500,00.- 2/ Al Tomo 132, Letra 1, Folio 1477, N° 100436, Fecha de Inscripción 13/07/2020, Autos: OTRO Y OTROS SOBRE INFRACCION DECRETO LEY 6582/58, Juzgado Federal N° 4 de Rosario, Monto $ 1.000,00.- S/P N° 75674 se toma razón del cambio de Juzgado a favor del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de Rosario, anotado al T.16 M.I. FOLIO 36 el 25/03/2021. 3/ Al Tomo 132, Letra 1, Folio 1683, N° 109304, Fecha de Inscripción 24/07/2020, Autos: A.P.I. contra Otro s/Apremios, Expte 2102912284, Juzgado Distrito 1° Nominación de Rosario, Monto $2.397.659,00.- 4/ Al Tomo 132, Letra!, Folio 3050, N° 212504, Fecha de Inscripción 16/12/2020, Autos: Gómez Juan Carlos y Otros s/Lavado de activos, Expte 2106512287/2020, Ministerio Publico de la Acusación, Unidad Fiscal Investigación y Juicio. Monto Sin monto.- Autos de Subasta decretados por V.S. de fecha 12/09/2022, 17/10/2022 y 22/11/2022 se dan por reproducido en este lugar. BASES Y CONDICIONES DE SUBASTA. Saldrá con la base de $10.000.000.- (Pesos diez millones), una retasa del 25% de la base, siendo la última base el 50% de la base, o sea, $ 5.000.000 (Pesos cinco millones). Saldrá a la venta Desocupado, conforme el acta de constatación. Impuestos, tasas, contribuciones (I.V.A. si, correspondiere) serán a cargo del adquirente, como así también todos los gastos e impuestos que implique la transferencia del dominio a favor del adquirente. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Se deja aclarado que la deuda por expensas es a cargo del juicio hasta la fecha de subasta, incluidos gastos y honorarios extrajudiciales. Modalidad de pago: Quién resulte comprador abonará en el acto de la subasta el 10% (diez por ciento) del precio ofertado en concepto de seña y a cuenta de precio en la siguiente modalidad: hasta la suma de $30.000.- (Pesos treinta mil), en dinero en efectivo, en el acto de subasta, el saldo restante para completar la seña deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia interbancaria indefectiblemente, a la cuenta judicial que se indicará a tales efectos, bajo estricto apercibimiento de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere, más el 3% de comisión al Martillero en el acto de subasta en dinero en efectivo en pesos. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts. 494 y 495 CPCC y permanecer en Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. El saldo de precio deberá ser abonado una vez aprobada la subasta, bajo apercibimientos de ley, sin perjuicio por aplicación en su caso, de lo dispuesto por el art. 497 del C.P.C.C. No procederá la compra en comisión (atento modificación del art. 3936 CC, introducida por el art. 75 inc. c) de la Ley 24.441). El adquirente en subasta deberá acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido. Hágase saber al martillero actuante que en los edictos a publicarse deberá dejarse expresa constancia de lo dispuesto en el art. 494 del CPCC. Fdo: Dr. Mauro Raúl Bonato (Juez), y la Dra. Marianela Maulion (Secretaria). Se fija como días de exhibición del inmueble a subastar los días 8 y 12 de diciembre de 2022 de 10 a 12 hs. Se informa la Cuenta Judicial en el Banco Municipal de Rosario, Suc. 80, Caja de Abogados, N° 52120126 (CBU 0650080103000521201260) abierta a nombre de este Juzgado y para estos autos. Hágase saber que los títulos de propiedad se encuentran en Secretaria de éste Tribunal para ser examinados por los interesados, no admitiéndose después de la subasta reclamación alguna por insuficiencia. Más informes al Martillero al Tel. 0341-155-311386. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, Rosario, 24 de noviembre de 2022.

$ 1490 490393 Dic. 1 Dic. 5

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR:

VIVIANA BAUDRACCO


Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel A. Carlini, Secretaría del Dr. Alejandro W. Bournot, se hace saber que en autos caratulados: ASOCIACION MUTUAL VENADO TUERTO c/Otro s/Ejecución Prendaria (Expte. CUIJ Nº 21-24478475-2), se ha dispuesto que la Martillera Viviana Baudracco Mat. 2179-13-198 proceda a vender en pública subasta el día Martes 06 de Diciembre de 2022 a las 10.30 horas, o el día hábil posterior si el señalado fuera inhábil o feriado, la que se llevará a cabo en el hall de Tribunales de Venado Tuerto, sito en calle San Martín 631 Planta Baja de Venado Tuerto. Se subastará: UN AUTOMOTOR MARCA VOLKSWAGEN, TIPO SEDAN 4 PUERTAS, MODELO BORA 2.0, AÑO 2010, MOTOR MARCA VOLKSWAGEN N° CBPI 80307, CHASIS MARCA VOLKSWAGEN N° 3VW5B49MOBMOO5499, DOMINIO JEK 420, propiedad del mismo, sus llaves, y de toda la documentación correspondiente que fuere habida, previa constatación de su estado de uso y conservación conforme su naturaleza.- Bases de venta: Teniendo en cuenta el estado en que se encuentra y averiguaciones hechas por la suscripta en agencias comerciales del rubro y publicaciones en sitios web, el rodado se pondrá a la venta con las siguientes condiciones: Base de $ 1.800.000.- , para el supuesto que no hubiere ofertas por dicho importe, saldrá a la venta con una retasa del 25% del monto anterior, o sea ($ 1.350.000.-), y por último, si no hubiere ofertas, saldrá con una retasa del 50% del monto inicial es decir($ 900.000.-); sobre los cuales dejo expresa reserva de derechos de su determinación a valores reales; al sólo y único efecto arancelario.- Seña, comisión y saldo de precio: Quien resulte comprador abonará en el acto de remate el 10% de Seña a cuenta de precio, con más el 10% de Comisión al Martillero, en dinero efectivo y/o cheque certificado y/o transferencia bancaria.- Por razones de seguridad y practicidad los compradores deberán abonar en el acto de remate como Seña la suma de hasta $ 30.000.-, a cuenta del precio alcanzado, con más el 10% del precio alcanzado como Comisión del martillero, en dinero efectivo y/o cheque certificado.- Para el caso que el precio a abonar en dicho acto o la comisión del martillero supere el valor de $ 30.000.-, el pago deberá realizarse por cheque certificado o cancelatorio, o en su defecto, se deberá depositar dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Suc. Venado Tuerto, en la cuenta judicial, a la orden de este Juzgado y para estos autos, conforme disposición del BCRA (comunicación “A” 5147 del 23.11.2010), respecto del saldo de precio, si superase los $30.000.-deberá realizarse por transferencia interbancaria.- Para el eventual caso de incumplimiento con lo antes dispuesto el/la Martillero/a actuante deberá hacerlo saber al Tribunal a los fines de oficiar a AFIP y/o API y/o a quien corresponda. Deudas por impuestos, tasas y contribuciones: Las deudas por impuestos, tasas y/o contribuciones especiales y/o multas que se adeudaren, serán a cargo exclusivo del adquirente en subasta, como así también todos los impuestos e IVA, si correspondiere, honorarios profesionales y/o gastos que graven la venta y posterior transferencia de Dominio, así como los gastos de retiro y traslado de la unidad subastada.- Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de subasta. Téngase presente las condiciones generales del rodado, las que deberán ser informadas por el martillero en el acto de subasta.- Exhibición: La exhibición del bien a subastarse se realizará los dos días hábiles anteriores a la fecha de la subasta, en el horario de 18 a 19 horas en 12 de Octubre 1465 de esta ciudad.- Previo a la aprobación de la subasta y cuenta de gastos, el martillero interviniente deberá oficiar al Registro Nacional de la Propiedad Automotor correspondiente, con copia certificada del acta de subasta, a fin que tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente.- Ofíciese a los Juzgados y/u Organismos y/o Acreedores y/u otros respectivos, en el caso de haber medidas cautelares y/o derechos reales y/u otros con fecha anterior a la que se ejecuta, a fin de que tomen conocimiento de la realización de la subasta, con la debida antelación, debiendo acompañarse constancia del diligencia miento antes de dar publicidad al referido remate.- Efectuada la subasta ofíciese a los Juzgados que hubieren trabado embargo o inhibiciones anteriores o posteriores a sus efectos debiendo acompañar los oficios debidamente diligenciados antes de su aprobación. Edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Publicidad adicional solicitada por la Martillera. El expediente deberá ser entregado al Juzgado 5 días antes de la subasta a los fines previstos por el art. 494 y 495 del C.P.C.C.S.F. y permanecerá en Secretaría. Hágase saber a los posibles asistentes en la subasta que se aplicara estrictamente lo previsto por el artículo 241 del Código Penal el que a continuación se transcribe “…Será reprimido con prisión de quince días a 6 meses: 1) El que perturbare el orden de las sesiones de los cuerpos legislativos nacionales o provinciales, en las audiencias de los tribunales de justicia o donde quiera que una autoridad esté ejerciendo sus funciones; 2) El que sin estar comprendido en el artículo 237, impidiere o estorbare a un funcionario público cumplir un acto propio de sus funciones...” el presente artículo deberá ser leído en forma textual previo a la realización del remate por el martillero designado en autos: “ASOCIACION MUTUAL VENADO TUERTO c/Otro s/Ejecución Prendaria” (Expte. CUIJ 21-24478475-2). Venado Tuerto, 25 de Noviembre de 2022. Dr. Bournot, Secretario.

$ 690 490454 Dic. 1 Dic. 5

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