picture_as_pdf 2022-11-30

CÓRDOBA

VILLA MARIA

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


VILLA MARIA, 01/11/2022. Agréguese copia simple de contrato de locación que se acompaña. En mérito de lo solicitado y las constancias de autos, admítase la presente demanda de usucapión instaurada, a la que se imprimirá el trámite de juicio ordinario. Atento surgir que la demandada Carlina Genoveva Bonoris de Sacilotti se encuentra fallecida, y lo decretado el día 14/10/2022 (punto II), cítese y emplácese a los herederos y/o sucesores de Carlina Genoveva Bonoris de Sacilotti - mediante publicación de edictos - para que en el término de veinte (20) días comparezcan a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía art. 165 del CPCC-. Cítese y emplácese a los colindantes o a sus herederos y a todos aquellos que se consideren con derecho sobre el inmuebles de que se trata, por edictos en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe (en atención al informe del Registro de procesos universales de dicha provincia), un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicarán por diez veces en un periodo de treinta días, en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe y diario de la localidad de ubicación del inmueble. Como asimismo a la Provincia de Córdoba y a la Municipalidad de Villa María (art. 784 CPCC). Ofíciese para la exhibición de los edictos art. 785 del CPC y C. Colóquese un cartel indicativo con las referencias necesarias del juicio en el inmueble de que se trata a costa del actor y con intervención del Sr. Oficial de Justicia (art. 786 del CPCC). Hágase saber que deberá asimismo notificarse por cédula de ley a los domicilios reales denunciados en autos. Firmado Digitalmente. Dra. Maria Alejandra Garay Moyano (Juez) – Dra. Silvana Del Valle Varela (Secretaria).-

$ 871,20 490413 Nov. 30 Dic. 15

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