picture_as_pdf 2022-11-28

MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA,

SERVICIOS PÚBLICOS

Y HÁBITAT


SECRETARIA DE HÁBITAT,

URBANISMO Y VIVIENDA

DIRECCIÓN PROVINCIAL

DE VIVIENDA Y URBANISMO


CONCURSO DE PRECIOS N° 14/22


OBJETO: “Construcción de 21 viviendas en la localidad de Uranga – Dpto. Rosario – En el marco del Programa Casa Propia, Construir Futuro”

PRESUPUESTO OFICIAL (P.O.): $ 127.685.570,82 (ciento veintisiete millones seiscientos ochenta y cinco mil quinientos setenta 82/100)

PLAZO DE OBRA: 12 meses

ESPECIALIDAD REQUERIDA: 100 – ARQUITECTURA.

CAPACIDAD REQUERIDAS:

CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN ANUAL = $ 127.685.570,82 -

CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN TÉCNICA = $ 127.685.570,82 -

PÓLIZA REQUERIDA: MONTO PÓLIZA ≥ 1% P.O.: $ 1.276.855,70

CONSULTAS DE PLIEGOS Y ACLARATORIAS:

- licitacion-uepa@santafe.gov.ar

- UEPA – Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos y Hábitat. Almirante Brown 4751, Santa Fe.

- Sede de Rosario Gobierno de Santa Fe – Subsecretaria de Gestión del Hábitat. Santa Fe 1950, Rosario.

- https://www.santafe.gob.ar/index.php/quiaficitacion_obras

FECHA Y LUGAR DE APERTURA DE OFERTAS:

Recepción de Ofertas y Acto de Apertura Martes 20 de diciembre de 2022 a las 10:00 hs. (horario tope para la recepción).

Lugar: “Sede de Rosario Gobierno de Santa Fe – Subsecretaria de Gestión del Hábitat. Santa Fe 9150, Rosario (CP: S200) – Dpto. San Rosario – PROVINCIA SANTA FE.

S/C 38172 Nov. 28 Nov. 30

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 681


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

23/11/2022


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: FERRERO ANTONELA LUISINA CUIT N° 27-37774693-2.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: CODROMAZ MARA CAROLINA CUIT N° 27-21423085-8; PAMPA BUSINESS IDEAS S.R.L. CUIT N° 30-71153260-5; PATRICIO RAUL VILLALON, ENRIQUE DAVID GAGLIARDO LLODRA, JUAN MANUEL LAFERRARA Y JUAN PEDRO CHEMES S.H. CUIT N° 30-71217505-9; PERLADE S.A. CUIT N° 30-70946467-8; ROMAT SERVICIOS S.R.L. CUIT N° 30-71646806-9 y RUFFOLO VICENTE CARLOS CUIT N° 20-11443550-4.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 38164 Nov. 28 Nov. 29

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EMPRESA PROVINCIAL DE

LA ENERGÍA DE SANTA FE


CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS 7030000666


OBJETO: CONTRATACIÓN VEHÍCULO CON CHOFER PARA AG MITRE- INSPECCIONES Y CONEXIONES

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 1.078.650 IVA incluido

APERTURA DE PROPUESTAS: 13/12/2022 HORA: 09.30

LUGAR: OFICINA COMPRAS – Bv. Oroño 1260 -1er Piso – (2000) ROSARIO

LEGAJO: Todo interesado en participar de la presente Licitación deberá descargar gratuitamente el Pliego publicado a tal efecto en el Portal Web Oficial de la EPESFE.-

CONSULTAS E INFORMES: EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA - Bv Oroño 1260 – 1º Piso –

Tel: (0341) 4207729/31 www.epe.santafe.gov.ar

eMail logistica@epe.santafe.gov.ar

S/C 38152 Nov. 28 Nov. 30

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AGENCIA PROVINCIAL

DE SEGURIDAD VIAL


RESOLUCIÓN Nº 0075


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

22 NOV 2022


VISTO:

el Expediente Nº 00101-0199602-1 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la MUNICIPALIDAD DE LAS ROSAS suscribe el respectivo CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN PARA EL CONTROL DE TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, y;

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 0019/16 aprobó el modelo de Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial, entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial y los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe;

Que la Agencia Provincial de Seguridad Vial por Resolución Nº 0027/16 Implementa el uso del Sistema de Juzgamiento y Administración de Infracciones (Si.J.A.I.) como instrumento para la unificación de la información provincial de antecedentes de tránsito, la administración y juzgamiento de infracciones a la normativa de Tránsito y Seguridad Vial, para lo cual se en su artículo 5º dispone un Sistema de “JUZGAMIENTO REGIONAL” por la cual cada una de las localidades habilitadas en el marco del Si.J.A.I., podrán a través de sus Juzgados de Faltas intervenir en el juzgamiento de todas las actas de infracción al tránsito y la seguridad vial que se labren en toda la extensión de la Región a la cual pertenecen, con excepción de los casos de prórroga previstos en la Ley Provincial y de otros supuestos establecidos por la Agencia Provincial de Seguridad Vial, que tiendan a facilitar el ejercicio del derecho de defensa por parte de los presuntos infractores;

Que en este marco, el citado Organismo provincial en uso de las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133, ha suscripto con Municipios y Comunas de esta Provincia convenios delegando las tareas de Prevención y Fiscalización y/o Juzgamiento y/o Ejecución de sanciones firmes de multas por infracciones de tránsito y seguridad vial en el marco de la implementación del nuevo Sistema de Juzgamiento y Administración de Infracciones, en rutas provinciales y nacionales, tanto en tramos urbanos, suburbanos o rurales que comprendan las mismas, en nuestro territorio provincial;

Que la Municipalidad de Las Rosas celebró el respectivo convenio en fecha 08 de enero 2022, el cual se encuentra registrado bajo el Nº 11.610 Folio Nº011, Tomo XXIV del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales;

Que asimismo, por Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, se estableció que a los fines de la efectiva implementación de las tareas objeto del citado convenio, los municipios/comunas deben cumplimentar ciertos requisitos y recaudos en cumplimiento de las obligaciones acordadas por las partes;

Que para asegurar la transparencia y eficacia de los procesos de fiscalización y controles de tránsito, la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, deberá proporcionar una clave de identificación única para fiscalizadores de seguridad vial (ID), a fin de facultar al personal designado por la Municipalidad de Las Rosas afectado al control de tránsito, autorizado para labrar actas provinciales de comprobación de infracción y cédula de notificación;

Que se ha verificado el cumplimiento por parte de la Municipalidad de Las Rosas de los requerimientos establecidos por la normativa aplicable;

Han tomado intervención las áreas técnicas y jurídicas del organismo, no encontrando objeciones que formular a la presente y de conformidad a las facultades conferidas por el Decreto Provincial N.º 1037/2022 y la Resolución Ministerial N.º 678/2022, en virtud de las previsiones de la Ley Provincial Nº 13.133 artículo 7 incisos 3, 12 y artículo 34.

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

LA AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Habilitar a la MUNICIPALIDAD DE LAS ROSAS para realizar las tareas de fiscalización, juzgamiento de presuntas infracciones y ejecución de sanciones en el marco de lo acordado en el Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial firmado entre la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, y la citada Municipalidad el cual se encuentra registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 11.610, Folio Nº 011, Tomo XXIV y en el marco de lo previsto en el artículo 5º de la Resolución Nº 0027/16 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

ARTICULO 2º: El período de habilitación para la ejecución de las tareas de fiscalización, juzgamiento de presuntas infracciones y ejecución de sanciones tendrá vigencia desde la fecha de la presente resolución, conforme a lo establecido en las clausulas del convenio citado ut-supra, todo ello en la forma y las condiciones dispuestas en la Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL.

ARTICULO 3º: La AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente Resolución en el /los caso/s de:

a) Detectarse anomalías resultantes de auditorías, tanto en la implementación y/o puesta en funcionamiento y/o ejecución realizadas al sistema y su gestión.

b) Cuando la Comuna y/o Municipio, imposibilite y/o entorpezca el normal desarrollo de auditorías y/o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL en forma directa o por terceros.

c) Incumplimiento en la aplicación del régimen de sanciones u otras cuestiones vinculadas al procedimiento de juzgamiento previstas en la Ley Provincial N.º 13.169, Ley Provincial N.º 13.133, modificatorias y las que en el futuro se pudieran dictar.

d) Por el incumplimiento de las cláusulas del Convenio de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial, suscripto oportunamente con la Comuna y/o Municipio habilitado en la presente Resolución.

e) Por incumplimiento de lo establecido en la Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL.

f) Por la falta de comunicación por medio fehaciente a la Autoridad de Aplicación de toda modificación en las condiciones de funcionamiento del control en sus aspectos, técnicos, administrativos y procedimentales, conforme lo establecido en la Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL (modificaciones relativas al cambio del tramo comprendido en el control, en la lista de fiscalizadores y de los jueces habilitados, etc).

ARTICULO 4º: Autorizar las claves de identificación (ID) para el personal designado por la MUNICIPALIDAD LAS ROSAS para la correcta individualización del personal designado e informado por dicha Municipalidad afectado al control y fiscalización del tránsito y/o autorizado para el labrado de Actas de Comprobación de Infracciones. Las claves de identificación para el personal son:


ID DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE

IT0942 22.356.763 FRANCIONI Norberto Luis

IT0943 26.444.946 BERETTA, María Gabriela

IT0944 24.926.144 DERFLER, Mauricio

IT0945 21.417.589 ZABALA, Marcela Alejandra


ARTICULO 5º: Dejar sin efecto las Resoluciones N.º 0030/2015 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial de fecha 15 de Abril de 2015 y N.º 0054/2015 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial de fecha 31 de Julio 2015, manteniendo plena vigencia los efectos subsistentes al día de la fecha.

ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 38136 Nov. 28 Nov. 30

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