JUZGADO LABORAL
Por estar así ordenado en el juicio caratulado: EUZKAL ABEREAK S.A. c/HEREDEROS DE SANTA CRUZ DARIO ALEJANDRO s/Consignación, Expte. N° 21-04799264-5) tramitado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la 3ra Nominación de Santa Fe, el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 27 de Octubre de 2022. Proveyendo escrito cargo N° 19511: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la intervención legal correspondiente. Hágase saber a la profesional que oportunamente deberá acompañar el mandato original a los fines de ser glosado a autos... Por entablada demanda laboral por CONSIGNACION contra los derechohabientes y/o beneficiarios de Darío Alejandro Santa Cruz. Cíteselos, notificándoselos por cédula en el domicilio denunciado y en el ultimo domicilio del causante y por edictos, que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL tres veces venciendo el término cinco días después de su ultima publicación, debiendo fijarse los notificaciones que se practiquen por edictos en el espacio habitual habilitado a tales efectos dentro del Tribunal para que comparezcan a estar a derecho y contestar la demanda en el término de 15 días, bajo apercibimientos de que si no lo hicieren, se tendrán por ciertos los hechos expuestos en la misma, salvo prueba en contrario (arts. 44 y 50 de la ley 7945) En el mismo acto deberán ofrecer la prueba confesional y documental, oponer la excepciones de que intenten valerse, ofreciendo las pruebas sobre las mismas y formular reconvención en su caso (art. 47 de la Ley citada) Prueba Documental: Agréguense las copias acompañadas. Confesional: Téngase presente para su oportunidad. Téngase presente la restante prueba ofrecida, la que se proveerá una vez contestada la demanda, al momento de señalarse la audiencia del art.51 en la forma prevista en el art. 39 inc f) del CPL (t.o Ley 13.039) y con la salvedad establecida en el último párrafo de la citada norma. Téngase presente las reservas formuladas. Hágase saber que las presentes actuaciones se regirán por la Ley 7945 y sus modificatorias Leyes 13.039 y 13.840. A los fines correspondientes, hágase saber que la clave de acceso a los presentes autos es 9930. Notifiquen indistintamente la oficina de notificaciones y lo los empleados Helver, Brizuela, Rodríguez Falbo, Tramontín, Bogao Moran, Bianchini y/o Benítez. Notifíquese. Fdo. Dr. Carlos Garibay (Juez); Dr. Germán Allende (Secretaria).
$ 52,50 489767 Nov. 23 Nov. 23
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El Sr. Secretario del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Segunda Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: TROBEC, FABRICIO CARLOS c/TESSA, MIGUEL ANGEL y Otros s/Cobro de pesos - Rubros laborales, CUIJ 21-04787288-7, cita y emplaza a los herederos del causante Sr. Miguel Ángel Tessa, D.N.I. N° 06.248.270, para que en el término de tres días posteriores a la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía y designación de un defensor Ad-Hoc, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL conforme art. 45 del C.P.L. (subsidiario mente art. 73 CPCC). Santa Fe, 10 de Noviembre de 2022. Carolina Noeli Helver, Prosecretaria.
$ 52,50 489681 Nov. 23 Nov. 25
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición de la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: ROJAS, RICARDO ANTONIO y Otros c/VULCANO S.A. s/Quiebra, CUIJ 21-01975596-4, se ha presentado un nuevo Proyecto de Distribución readecuado en fecha 21/10/2022. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que dice: Santa Fe, 09 de Noviembre de 2022.- Habiéndose omitido en su oportunidad, encontrándose cumplimentado el presupuesto requerido en fecha 24/10/2022, póngase de manifiesto el proyecto de distribución readecuado de fecha 21/10/2022 por el término de ley. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad a lo normado en el art. 218 LCQ. Notifíquese. Fdo. Dra. Mariana Nelli, Secretaria. Publicación sin cargo, por 2 (dos) días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe. Santa Fe, 14 de Noviembre de 2022. Dra. Nelli, Secretario.
S/C 489672 Nov. 23 Nov. 24
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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: GROSSO, MARIA TERESA s/Solicitud propia quiebra (CUIJ 21-02023288-6), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaria de la autorizante Dra. Sandra S. Romero, se hace saber por 2 (dos) días, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Proyecto de Distribución reformulado, de acuerdo a lo establecido por el art. 218 de la Ley 24.522. Asimismo, que se han regulado los honorarios de la C.P.N. María Elena de los M. Sabater (Síndica) en la suma de $ 319.640,84 y los del Dr. Dante Ernesto Mercanti (apoderado fallida), en la suma de $ 136.988,93. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo dispone: Santa Fe, 01 de Noviembre de 2022.- ...Proveyendo escrito cargo Nro. 12365: Por presentado proyecto de distribución. Póngase de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Dra. Sandra Silvina Romero, Secretaria. Santa Fe, 10 de Noviembre de 2022. Santa Fe, 10 de Noviembre de 2022.
S/C 489673 Nov. 23 Nov. 24
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Por disposición de la Jueza a cargo de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: MANGOLD, LUIS LEANDRO s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-02035741-7, se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 14 de Noviembre de 2022. 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Luis Leandro Mangold, DNI 32.673.078 argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en Monoblock 5, depto. 29, Las Flores 1 de Santa Fe y legal en calle 1° Junta 2507, piso 6 oficina 2 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día miércoles 23 de Noviembre de 2022 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 06 de Febrero de 2023 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 17 de Marzo de 2023 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 01 de Mayo de 2023 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Dra. Alvarez, Jueza. Dra. Sandra Silvina Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 14 de Noviembre de 2022. Dra. Romero, Secretaria.
S/C 489663 Nov. 23 Nov. 29
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: SEGUI, HERNAN MARTIN s/Quiebra - CUIJ N° 21-02003492-8, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que la Sindicatura ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos conforme a lo previsto en el art. 218 de la Ley N° 24522 (LCQ), con la siguiente regulación de honorarios: 1) Sindicatura: $ 89.188.-2) Apoderada del fallido: $ 38.224.-. (ius 9,48). Santa Fe, 05 de Octubre de 2022. Fdo.: Dra. María Ester Noe de Ferro – Secretaria – Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza. Santa Fe, 11 de Octubre de 2022.
S/C 489630 Nov. 23 Nov. 24
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: “LEDESMA, ESTEBAN JONATAN s/Pedido de quiebra” (CUIJ 21-02035211-3), se ha dispuesto: Santa Fe, 10 NOV 22. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Esteban Jonatan Ledesma, D.N.I. 36.670.211 apellido materno Morales, soltero, con domicilio real en calle Güemes 2747 de la localidad de Laguna Paiva y legal en calle 25 de Mayo 2144 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes.- 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla.- 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.- 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 23 de noviembre de 2022 a las 10.00 lis. 13) Fijar el día 23 de diciembre de 2022 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 07 de febrero de 2023 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 09 de marzo de 2023 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 25 de abril de 2023 para la presentación del Informe General.- Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario). Dr. Carlos F. Marcolín (Juez). Santa Fe, 11 de Noviembre de 2022.
S/C 489641 Nov. 23 Nov. 29
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: MOSQUEDA, JESICA MELINA s/Solicitud Propia Quiebra (CUIJ: 21-02036232-1), se ha dispuesto en la resolución de fecha 11/11/2022: 1°) Declarar la quiebra de Jésica Melina Mosqueda, apellido materno González, argentina, mayor de edad, D.N.I. 36.052.285, domiciliada realmente en calle Lisandro de la Torre N° 2657, Barrio Taccari, de la Ciudad de Coronda, Provincia de Santa Fe, y con domicilio procesal en Monseñor Zaspe N° 2670 de la Ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 23 de Noviembre de 2022 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8°) Fijar hasta el día 02 de Marzo de 2023 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 04 de Abril de 2023 para que Ja Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 19 de Mayo de 3023 para la presentación de los informes individuales; y el 04 de Julio de 2023 para la presentación del informe general Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Dra. Dellamónica, Secretaria.
S/C 489636 Nov. 23 Nov. 29
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Por disposición de la Sra. Jueza en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Santa Fe, se ha dictado en autos DIAZ, NOELIA VANINA s/Pedido de quiebra; CUIJ Nº 21-02021626-0 con fecha 26 de Octubre de 2022 la siguiente resolución: De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución efectuado por Sindicatura. Atento a lo provisto por el art. 218 LCQ, publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana Marin, Jueza. Dra. María Romina Boto, Secretaria. 09 de Noviembre de 2022.
S/C 489617 Nov. 23 Nov. 24
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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: CUEVAS, RICARDO MARTÍN s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº: 21-02034891-4, se ha dispuesto en la resolución de fecha / 11/2022 : 1º) Declarar la quiebra de Ricardo Martín Cuevas, apellido materno Medina, argentino, mayor de edad, D.N.I. Nº 28.017.379, domiciliado realmente en calle Sarmiento N° 6769, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio procesal en Francia N° 2123, 4° A, de la Ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 23 de Noviembre de 2022 a las 10:00 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8°) Fijar hasta el día 02 de Marzo de 2023 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 04 de Abril de 2023 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 19 de Mayo de 2023 para la presentación de los informes individuales; y el 04 de Julio de 2023 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese: .Notifíquese. Dra. Mercedes Dellamonica, secretaria.
S/C 489634 Nov. 23 Nov. 29
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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial 7ª Nominación de Santa Fe, en autos GRAIZZARO PAULA MARIA DE LUJAN s/Quiebra; CUIJ Nº 21-02035983-5- Año 2022, se publicarán edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo normado en la L.C.Q. Nº 24522, por dos (2) días A los fines de notificar que el sindico designado C.P.N. Llull Marcela Cristina con domicilio en Hipólito Yrigoyen N° 2946 —18 C de la ciudad de Santa Fe atenderá de Martes y Jueves en horario de 8:00 a 14:00 hs. Fdo. Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez. Dra. Romina Soledad Freyre, Secretaria. 11 de Noviembre de 2022.
S/C 489609 Nov. 23 Nov. 24
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Por disposición de la Sra. Jueza, Dra. María José Haquín De Berón del Juzgado de Primera Instancia de de Ejecución Civil De Circuito sito en calle San Jerónimo N° 1551-Subsuelo- de La ciudad de Santa Fe (Provincia de Santa Fe) en el marco de los autos ASOCIACION MUTUAL JUAN MANTOVANI DE AYUDA ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB TIRO FEDERAL c/CHABRILLAC EMILIO LUIS y otros s/Juicio ejecutivo; CUIJ Nº 21-16246322-2, se ha dispuesto notificar al Sr. Emilio Luis Chabrillac- DNI N° 6.262.794 de los siguiente proveídos: Santa Fe, 22 de Julio de 2020: Habiéndose cumplimentado lo requerido mediante proveído de fecha 26/06/2020, se provee escrito de fs. 6vto/7vto: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele la intervención que por derecho corresponda. Por entablada demanda ejecutiva contra Emilio Luis Chabrillac y contra Pablo Ignacio Brea por cobro de la suma $ 145.000 con más intereses y costas, a quienes se cita y emplaza para que dentro del término de tres (3) días de notificados comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo sobre bienes libres de los demandados en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado de $ 145.000 con más la suma de $ 75.000 que se estiman provisoriamente para intereses y costas. Líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a quien se faculta a allanar domicilios y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario, todo con la debida moderación. Autorízase a la compareciente a intervenir en su diligenciamiento. Téngase presente el correo electrónico denunciado. Regístrese el mismo por Mesa de Entradas. Procédase al escaneo y posterior devolución de la documental acompañada por la parte actora conforme se establece en la Acordada de la CSJ, Acta n° 14, Acta Acuerdo Ordinario N° 17 del 24/04/2017 y con los alcances allí dispuestos, constituyendo al presentante y/o a quien éste proponga depositario judicial de la misma quien deberá constituir domicilio de depósito y presentar la documental ante el Juzgado cuando le sea requerido. Notifiquen: Abalos, Aranda, Lovera, González, Cepeda, Leone y Villalba. Notifíquese por cédula y en el caso de que el demandado se domicilie fuera del radio del Juzgado, cúrsense la totalidad de las notificaciones de la causa por medio de Juez Competente del domicilio del mismo, oficiándose a sus efectos y autorizándose al apoderado de la actora y/o a quien éste designe a intervenir en su diligenciamiento. Notifíquese. Fdo Corma Molina Secretaria-Javier Deud- Juez a cargo. Otra providencia: Santa Fe, 29 de Abril de 2022: Notifíquese al co-demandado Emilio Luis Chabrillac por edictos que se publicarán 3 veces en el Boletín Oficial y en el lugar que al efecto ha habilitado la CSJSF en el Hall de estos Tribunales y cuyo término vencerá después del quinto día de la última publicación. Notifíquese. Fdo: Corina Molina –Secretaria; Dra. María José Haquin de Beron-Jueza. Santa Fe, 13/10/22. Nancy Brollo, prosecretaria.
$ 300 489685 Nov. 23 Nov. 25
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En los autos caratulados FERREYRA ELVIRA NILDA c/SOTERO CUEVAS y otros s/Prescripción adquisitiva; CUIJ Nº 21-01023175-9 que se tramitan por ante el Juzgado de Distrito de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nom de la ciudad de Santa Fe se ha dictado el siguiente decreto: Santa Fe, 12 de septiembre de 2012. Habiendo dado cumplimiento a lo ordenando por el Juzgado, se provee el escrito introductorio: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocada, acuérdesele la partición de ley. Por iniciado demanda ordinaria de prescripción adquisitiva contra Sotero Cuevas y Berta Forteina de Cuevas y/o sus herederos. Cítese y emplácese a quienes se consideren con derecho al inmueble objeto del proceso para que dentro del término de 5 días de última publicación de edictos, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley; a tal efecto publíquense edictos -conforme se solicita- en ele BOLETÍN OFICIAL, de conformidad a lo dispuesto por la ley 11287. Notifíquese a la Municipalidad de Santo Tomé y a la Provincia de Santa Fe, para que tomen la intervención que estimen corresponda. Notifiquen Romero, Demborynisky, Nieto, Rebechi, Pasquarella y/o empleado notificador. Notifíquese Fdo. Dr. Néstor Antonio Tosolini (Secretario). Dr. Carlos Buzzani (Juez). Otro decreto: Santa Fe, 07 de Noviembre de 2022 Al punto I) hágase saber que las notificaciones deben realizarse por separado. Al punto II) haciendo efectivos los apercibimientos de ley oportunamente ordenados, declárase rebeldes a Jacinta Cuevas, Pablo Raúl Cuevas, Gladys Noemí Cuevas (herederos de Berta Fonteina de Cuevas), Raúl Pedro Ruíz Díaz, José Eduardo Ruíz Díaz, Víctor Facundo Ruíz Díaz y Santiago Julián Ruíz Díaz (herederos de Delia Beatriz Cuevas). Punto III) líbrese exhorto al juzgado Civil y Comercial de la 8ª nominación a fin de que informe los herederos de José Carlos Ruíz Díaz, autorizándose a la peticionante para intervenir en el diligenciamiento. Punto IV) a los fines de la notificación a Alfredo Marino Cuevas, Rodolfo Sotero Cuevas, Julio Enrique Cuevas, publíquense edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. Fdo. Dr. Néstor Antonio Tosolini (Secretario), Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez). Santa Fe, Noviembre del 2022.
$ 100 489615 Nov. 23 Nov. 25
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En los autos caratulados CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO ALTOS DE LA RIOJA c/ALEMAN, PATRICIO EUGENIO Y OTROS s/Juicio ejecutivo; CUIJ N° 21-16254945-3 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito, Secretaría N° 3 de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María José Haquín de Berón y Secretaría a cargo de la Dra. María Soledad Prieu Mántaras, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de Nora Beatriz Bonacci para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos del art. 597 del CPCC y notificar por edictos y cédula a los pretensos herederos, Patricio Eugenio Alemán, Javier Ignacio Alberici y Raúl Elías Alberici. Santa Fe, 14 de octubre de 2022. Dra. Tamara Leone, Prosecretaria. Santa Fe, 14 de Octubre de 2022.
$ 40 489621 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaria a cargo de la Dra. María Ester Noe de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551 de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente en relación a los autos caratulados: RAMIREZ, MARIELA ALEJANDRA s/Supresión apellido; CUIJ Nº 21-02032844-1, Año 2022, cuya resolución que así lo ordena: Santa Fe, 04 de Noviembre de 2022. Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Dar por finalizada la presente gestión y en consecuencia declarar a todos los efectos legales el derecho del peticionante a suprimir su apellido Gómez y restablecer en su lugar el apellido materno Ramírez. 2) Rectificar la partida de nacimiento protocolizada del menor, Acta Nº 332 Tomo II del año 2012, Quinta Sección del Registro Civil de la ciudad de Santa Fe, quedando luego a cargo de su madre, los trámites administrativos para la modificación de DNI y asientos que fueran necesarios acorde a su nueva identidad. 3) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, los que deberán exhibirse en el hall central de estos Tribunales. Regístrese y hágase saber. Ofíciese a sus fines a la Dirección del Registro Civil de Santa Fe (Pcia. de Santa Fe) a los fines de la c de la presente. Fdo.: Dra. María Ester Noe de Ferro-Secretaria y Dra. Maria Romina Kilgelmann-Jueza. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 09 de Noviembre de 2022.
$ 60 489631 Nov. 23 Nov. 24
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 17 de Villa Ocampo, se cita y emplaza por medio de edictos, a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, conforme lo dispuesto por el art. 597 C.P.C., a los Herederos y/o Sucesores de David Ramón Van De Velde, para que comparezcan a estar a derecho en autos LEIVA JONATAN ULISES c/VAN DE VELDE DAVID RAMON y otros s/Laboral; CUIJ N° 21-26322916-6, que se tramita por ante dicho juzgado, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Villa Ocampo, 09 de noviembre de 2022. Dra. Marta Migueletto, secretaria.
$ 45 489619 Nov. 23 Nov. 29
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación), de la ciudad de Santa Fe (Pcia. de Santa Fa), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Sr. Mazza, Domingo Rufino, DNI Nº M 6.261.507, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: MAZZA, DOMINGO RUFINO s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02033849-8, Año 2022). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, Septiembre de 2.022. Dra. Marina A. Borsotti (Secretaria).
$ 45 Nov. 23
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: “ALANI, SERGIO JOSE s/ Sucesorio” (CUIL 21-02035858-8); se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Sergio José Alani D.N.I. Nº 14.760.450, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall De Tribunales. Dra. Claudia Sánchez, Secretaria. Santa Fe, de Noviembre de 2022.
$ 45 Nov. 23
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe), en autos caratulados: “NOWICHI, Juan Domingo s/ Declaratoria de Herederos” (CUIJ N° 21-02027751-0 - Año: 2021) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y/o aquellas personas que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento del causante: Juan Domingo Nowichi - DNI N° 11.497.734, fallecido el 12/12/2016 en la localidad de San Genaro, Dpto. San Gerónimo, provincia de Santa Fe; para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos legales en el Boletín Oficial. Santa Fe, de Noviembre de 2022. Fdo. Dra. Claudia S. Sánchez (Secretaria).
$ 45 Nov. 23
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Por disposición de la oficina de Procesos sucesorios (Juzgado de primera Instancia del Distrito Judicial Nro 1 en lo civil y comercial de la Segunda Nominación de esta ciudad de Santa Fe. En autos caratulados: Kakudate Yosaburo y Otros s/ Sucesorio. CUIJ 21-02015613-6- Año 2019, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don KAKUDATE YOSABURO DNI 7.080.240 y doña ODA CRISTINA JORGELINA DNI 4667254 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo: Dra. Claudia Sánchez (secretaria).
$ 45 Nov. 23
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Por disposición de este OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6 ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: “MEDERA, ANA ARACELI S/ SUCESORIO” CUIJ 21-02036153-8, Año: 2022, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante Ana Araceli MEDERA, DNI 4.449.176, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. FDO: Dra. DRA. MARINA A. BORSOTTI(secretaria)
$ 45 Nov. 23
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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Santa Fe) en autos caratulados “GILABERT, AURELIA GLORIA S/SUCESORIO” (CUIJ: 21-02035910-9), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de AURELIA GLORIA GILABERT, D.N.I. Nº F4.133.698, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Frdo.: Dra. MARINA BORSOTTI (Secretaria).
$ 45 Nov. 23
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, se cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de Ana SCHMIDT; L.C. 6.100.751; argentina, de apellido materno Schmidt; nacida en María Luisa (provincia de Santa Fe) el 25 de Marzo de 1909; hija de doña Luisa Schmidt; quien falleciera en María Luisa, provincia de Santa Fe, el 16 de Junio de 1982; para que comparezcan a hacerlos valer, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el Boletín Oficialconforme a lo dispuesto en la ley 11.287 y cumpliméntese con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 7/02/96, Acta Nº3. Autos caratulados: “ANA SCHMIDT S/SUCESORIO”; CUIJ 21-26302952-3- Año 2022.-
$ 45 Nov. 23
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Por disposición del Sr. Juez de trámite del Juzgado de 1ra. Inst. Civil, Com. y Lab. de Distrito Nº 19 de la ciudad de Esperanza (Sta. Fe), Secretaría a mi cargo, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Jose KAPPES DNI Nº 5.888.420, fallecido en Esperanza (Santa Fe) el 05/07/2022, a los efectos de que comparezcan a estar a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en autos caratulados: "KAPPES, JOSÉ Y HANG TERESA GUILLERMINA S/ SUCESORIO" (CUIJ Nº 21-26302873-9).- El decreto en su parte pertinente ordena: “A tales fines, publíquense Edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin en Sede Judicial (art. 67 CPCC.).- ESPERANZA, 05 de Octubre de 2022”.- Fdo.: Dra. Gisela Gatti, Secretaria y Dra. Virginia Ingaramo, Jueza.-
$ 45 Nov. 23
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Por disposición del Sr. Juez de trámite del Juzgado de 1ra. Inst. Civil, Com. y Lab. De Distrito Nº 19 de la ciudad de Esperanza (Sta. Fe), Secretaría a mi cargo, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Teresa Guillermina HANG DNI N.º 2.079.512, fallecida en Esperanza (Santa Fe) el 10/05/2003, a los efectos de que comparezcan a estar a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en autos caratulados: "KAPPES, JOSÉ Y HANG TERESA GUILLERMINA S/ SUCESORIO" (CUIJ Nº 21-26302873-9).- El decreto en su parte pertinente ordena: “A tales fines, publíquense Edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin en Sede Judicial (art. 67 CPCC.).- ESPERANZA, 05 de Octubre de 2022”.- Fdo.: Dra. Gisela Gatti, Secretaria y Dra. Virginia Ingaramo, Juez.-
$ 45 Nov. 23
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Onceava Nominación) en los autos caratulados “PFEIFFER, PATRICIA CLAUDIAS/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02030852-1) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de: Pfeiffer Claudia Patricia, DNI N° 18.478.759, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. DRA. MARINA BORSOTTI.-
$ 45 Nov. 23
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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación), en autos caratulados: “NEIF, JUAN ANTONIO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ: 21-02036185-6, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de NEIF JUAN ANTONIO, DNI. 8.434.739, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. DRA. GISELA GATTI Secretaria. DRA. VIVIANA MARIN Jueza a cargo
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito 4º Nominación de la ciudad de Santa Fe - Oficina de Proceso Sucesorios-, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña CAROLINA PAYERO, L.C. N.º 1.528.350 y de don PEDRO SCAPIN, L.E. Nº 6.214.147 – “PAYERO, CAROLINA Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” - 21-02033390-9 – para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar habilitado por la Corte Suprema de Justicia.-
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe; en autos caratulados: “D´ANNUNZIO NATALINO Y OTRO S/SUCESORIO”, CUIJ N° 21-01986685-5, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARIANINA PINNOLA D.N.I. N° 93.518.995 y de NATALINO D´ANNUNZIO D.N.I. N° 93.494.472, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL (Art. 67 C. P. C. modificado por Ley 11.287). Fdo. Dra. Ma. Romina Botto (Secretaria) - Dra. Viviana E. Marin (Jueza).-
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 19 de la ciudad de Esperanza, en los autos caratulados: “LOPEZ, Alcides Osvaldo s/ Sucesorio” Cuij 21-26302531-5, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores del causante Alcides Osvaldo López, DNI 6.261.489 de apellido materno Mastorino, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley.- Fdo: Dra. Gatti, Secretaria; Dra. Ingaramo, Juez.
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados: “CACERES, AVELINO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02032951-0), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de CACERES AVELINO, D.N.I. M5.080.069, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Hall de Tribunales. Dra. Marina A. Borsotti (Secretaria).
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Primera Instancia de Distrito Nº 11, Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, en autos: “AVARO, Idelmo Mauricio s. SUCESORIO” (Expte. CUIJ N° 21-26264566-2), se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por el fallecimiento de IDELMO MAURICIO AVARO, D.N.I. N° 6.301.124, para que dentro del término y bajo apercibimientos de Ley, comparezcan a hacerlos valer, lo que se publica a sus efectos legales.-
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos PIOLA, ARTEMIO MATEO FRANCISCO Y MEDINA, ELSA LUCIA S/ SUCESORIO - 21-26262279-4 se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante PIOLA, ARTEMIO MATEO FRANCISCO DNI 6.279.903 y MEDINA, ELSA LUCIA D.N.I. 2.449.907 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. María de los Milagros de la Torre. Secretaria.
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CERES
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JUZGADO CIVIL COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil - Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres, provincia de Santa Fe, en autos: “FANDONE, Valdemar Quinto ó FAUDONE, Valdemar Quinto s/ Sucesorio” (C.U.I.J. N° 21-17429405-1- Año: 2021) se cita, flama y emplaza a todos los herederos, acreedores y/o aquellas personas que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento del causante: Valdemar Quinta FANDONE ó Valdemar Quinto FAUDONE - DNI N° 6.266.687, fallecido el 31/07/2003, en la ciudad de Rafaela, Dpto. Castellanos, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos legales, por un (1) día, para que lo acrediten dentro de los treinta (30) días (Art. 2340 - 2do. Párrafo C.C.C.; art. 592 CPCC). Ceres, de Noviembre de 2022. Fdo. Dra. Viviana Gorosito Palacios (secretaria).
$ 45 Nov. 23
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SAN CRISTOBAL
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral sito en Avda. de Los Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de ésta ciudad de San Cristóbal, departamento homónimo, de la provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: “MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTÓBAL c/MUSSIN, HÉCTOR DANIEL s/Apremio Municipal” - Expte. C.U.I.J. N° 21-22867440-8 AÑO 2022, que se tramitan por ante éste Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: “San Cristóbal, 03 de Octubre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado en copia digitalizada, que se agrega a autos. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido Juicio De Apremio contra Héctor Daniel Mussin y/o quien resulte titular y/o responsable del pago de la liquidación de deuda acompañada, correspondiente al inmueble ubicado en calle Salta N° 782, de ésta ciudad, e identificado en el pto. III) Hechos del escrito de demanda, por cobro de la suma total de Pesos Ciento Cuarenta Y Un Mil Setecientos Cuarenta Y Uno Con Setenta Centavos ($141.741,70.-) en concepto de A) Tasa General de Inmuebles Urbanos, la suma de $70.375,60, y en concepto de B) Contribución de Mejoras Red Captación de Aguas Servidas, sistema no convencional, la suma de $71.366,10, conforme las liquidaciones que se agregan a autos, con más intereses y costas. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en las puertas del Juzgado y el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Requiérase la información que solicita, oficiándose a tales fines a la Administración Provincial de Impuestos, delegación San Cristóbal y a la Dirección Provincial de Catastro, conforme el art. 25 CPCC, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Acompañe el profesional interviniente en la primera ocasión de constituirse en éste Juzgado, el original de la procura invocada y de la documental acompañada, para su cotejo por Secretaría. Hágase saber al profesional interviniente que toda docun1ental y/o actuación procesal acompañada en formato digital, deberá ser resguardada por el I presentante y exhibida y/o acompañada cuando el tribunal así lo requiera. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen Rossi y/o la oficial notificadora. Notifíquese.- Fdo.: Claudia M. Giampietri - Secretaria. Dr. Germán Ariel Vivas – Juez.”.-
S/C 489614 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral sito en Avda. de Los Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de ésta ciudad de San Cristóbal, departamento homónimo, de la provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: como: “MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTÓBAL c/CORIA, EUGENIA M. DE s/Apremio Municipal” - EXPTE. C.U.I.J. N° 21-22867318-5 AÑO 2021 Y Su Acumulado Expte. C.U.I.J. N° 21-22867320-7, que se tramitan por ante éste Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: “San Cristóbal, 28 de Abril de 2021. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado en copia digitalizada, que se agrega a autos. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido Juicio De Apremio contra Eugenia M. de Coria, con domicilio en calle Pte. Perón N° 713, de ésta ciudad y/o quienes resulten propietarios y/o responsables del pago de la liquidación de deuda acompañada, e identificado en el pto. III) Hechos del escrito de demanda, por cobro de la suma de Pesos Ciento Sesenta Y Siete Mil Setecientos Noventa Y Dos Con Once Centavos ($167.792,11.-) en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos, la suma de $158.287,99.- y en concepto de Contribución de Mejoras - Obra Captación de Aguas Servidas Sistema no Convencional, la suma de $9.504,12, conforme los títulos ejecutivos agregados a autos, con más intereses y costas. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en las puertas del Juzgado y el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad de la demandada, por la suma reclamada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Requiérase la información que solicita, oficiándose a tales fines a la Administración Provincial de Impuestos, delegación San Cristóbal y a la Dirección Provincial de Catastro, conforme el art. 25 CPCC, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Acompañe el profesional interviniente en la primera ocasión de constituirse en éste Juzgado, el original de la procura invocada y de la documental acompañada, para su cotejo por Secretaría. Hágase saber al profesional interviniente que toda documental y/o actuación procesal acompañada en formato digital, deberá ser resguardada por el presentante y exhibida y/o acompañada cuando el tribunal sí lo requiera. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen Defagot y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo.: Dra. Claudia M. Giampietri - Secretaria. Dr. Germán Ariel Vivas – Juez.”.
S/C 489613 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral sito en Avda. de Los Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de ésta ciudad de San Cristóbal, departamento homónimo, de la provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: “MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTÓBAL c/CORIA, EUGENIA M. DE s/Apremio Municipal” - EXPTE. C.U.I.J. N° 21-22867317-7 AÑO 2021 Y Su Acumulado EXPTE. C.U.I.J. N° 21-22867319-3, que se tramitan por ante éste Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: “San Cristóbal, 28 de Abril de 2021. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado en copia digitalizada, que se agrega a autos. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido Juicio De Apremio contra Eugenia M. de Coria, con domicilio en calle Pte. Perón N° 713, de ésta ciudad y/o quienes resulten propietarios y/o responsables del pago de la liquidación de deuda acompañada, e identificado en el pto. III) Hechos del escrito de demanda, por cobro de la suma de Pesos Ochenta Y Ocho Mil Novecientos Cincuenta Con Dieciocho Centavos ($88.950,18.-) en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos, la suma de $79.446,06.- y en concepto de Contribución de Mejoras - Obra Captación de Aguas Servidas Sistema no Convencional, la suma de $9.504,12, conforme los títulos ejecutivos agregados a autos, con más intereses y costas. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en las puertas del Juzgado y el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad de la demandada, por la suma reclamada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligencia miento. Requiérase la información que solicita, oficiándose a tales fines a la Administración Provincial de Impuestos, delegación San Cristóbal y a la Dirección Provincial de Catastro, conforme el art. 25 CPCC, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Acompañe el profesional interviniente en la primera ocasión de constituirse en éste Juzgado, el original de la procura invocada y de la documental acompañada, para su cotejo por Secretaría. Hágase saber al profesional interviniente que toda documental y/o actuación procesal acompañada en formato digital, deberá ser resguardada por el presentante y exhibida y/o acompañada cuando el tribunal así lo requiera. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen Defagot y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo. Dra. Claudia M. Giampietri - Secretaria. Dr. Germán Ariel Vivas – Juez.”.
S/C 489612 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil; Comercial y Laboral de Distrito Nº 10 de esta ciudad de San Cristóbal, en los autos caratulados; VERA, DOMINGO, EXPTE CUIJ 21-26140081-9 se cita y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes de Vera, Domingo DNI M 8.038.882 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado. San Cristóbal, 08 de Noviembre de 2022. Diego Escudero, secretario subrogante.
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Se hace saber que en Los autos “SEQUEIRA URBANO Y MENDOZA ZUNILDA s/ Sucesorio Expte CUIT N° 21-26140209-9 año 2022” que tramitan por ante el juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, secretaria única de la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la difunta Zunilda Mendoza DNI F 4506.752 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, por el termino y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Graciela Gutscher -Juez y Dr. Diego Escudero-Secretario. San Cristóbal 8 de noviembre de 2022.
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Por disposición del Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y/o a todos quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia del causante Don LEYRIA, RAFAEL EDUARDO, D.N.I. N° 11.004.158, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: LEYRIA, RAFAEL EDUARDO s/Declaratoria de herederos, CUIJ N° 21-26140299-5. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (art. 2340 2 párrafo CCy C y art. 592 C.P.C.C.). San Cristóbal, 7 de Noviembre de 2022. Dr. Escudero, Secretaria Subr.
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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral, de la ciudad San Cristóbal, en los autos SALOMON, MIRYAM EDITH s/Sucesorio 21-26139538-7, Año 2020; de la ciudad de San Cristóbal, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Salomón, Miryam Edith, DNI F 4.672.123, fallecida en fecha 03/9/2020 con domicilio en calle Chacabuco Nro 1239, San Cristóbal Santa Fe para que comparezcan a hacer valer sus derechos por ante este Juzgado, por el término y bajo apercibimientos de Ley. Lo que se publica a sus efectos en Sede Judicial y BOLETIN OFICIAL. Fdo Graciela V. Gutscher – Jueza - Cecilia Tovar, Secretaria. San Cristóbal, 8 de Noviembre de 2022. Dr. Diego Escudero, Secretario.
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito N° lO en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la Primera Nominación con asiento en la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, Dra. Graciela V. Gutseher, en los autos caratulados: CUIJ Nº 21-26139837-8 - RIVAROSA, AMALIA ANA LEONOR s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los sucesores, legatarios, acreedores y quienes se consideren con derechos sobre los bienes dejados por la causante, Amalia Aria Leonor Rivarosa, DNI N° 0.752.745, quien falleciera en la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe, el día 3 de junio de 2.021, para que comparezcan a hacer valer los mismos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. San Cristóbal, 14 de noviembre de 2.022. Dr. Diego L. Escudero, Secretario Subr.
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, Dra. Graciela Gutscher, única Secretaría a cargo de la Dra. Cecilia Tovar, en autos caratulados: SEPEDA, LUCINDA ADRIANA s/Sucesorio, CUIJ 21-26140304-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derecho sobre los bienes de Lucinda Adriana Sepeda, DNI N° 12.751.513, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de Ley. Se publica a esos efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la ciudad de Santa Fe. San Cristóbal, 4 de Noviembre de 2022. Dr. Escudero, Secretario Subr.
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Se hace saber que en los autos: DIDONE LILIA ALICIA s/Declaratoria de herederos Expte. CUIJ N° 21-26140272-3 año 2022 que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil. Comercial y Laboral, secretaria única de la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a Los herederos, acreedores ya todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la difunta Didone Lilia Alicia, DNI N° 3.965.776, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, por el termino y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Graciela Gutscher - Juez y Dr. Diego Escudero – Secretario Subr. San Cristóbal, 8 de Noviembre de 2022.
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RAFAELA
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CAMARA DE APELACION
Por disposición del Señor Juez de Trámite de esta Sala 1 de la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial en los autos caratulados: Expte. CUIJ 21-26127415-6 - ZAPATA VERONICA ALEJANDRA Y OTROS C/PANCHERI O PANCERI O PANZERI, ALBINO ALEJANDRO Y OTROS s/Prescripción adquisitiva, se ha dispuesto notificar la siguiente resolución: “En la Provincia de Santa Fe, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil veintidós En mérito a los fundamentos del acuerdo que antecede, con la abstención de la Dra. María Eugenia Chapero (art. 26, Ley 10.160), la Sala 1 de la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, Resolvió: 1) Rechazar el recurso de apelación planteado por la representación letrada de la parte demandada. En consecuencia, se confirma la sentencia anterior, en cuanto ha sido materia de revisión. 2) Imponer las costas por el trámite ante la Alzada a la parte vencida, observando que, con relación a las causadas por la actuación del Sr. Defensor de Ausentes, se aplicará idéntico criterio al mencionado en la sentencia anterior y sin perjuicio de oportuna repetición. 3) Fijar los honorarios en el 50% de los que en definitiva se regulen en el grado. Regístrese, hágase saber y oportunamente remítanse al tribunal de origen. Fdo.: Román, Abele, Chapero (SE ABSTIENE), Jueces de Cámara - Albera, Secretario. NO REPONE: Cód. Fiscal de la Pcia. De Santa Fe - Ley N° 3456 y sus modificatorias. Publicar en el BOLETÍN OFICIAL por 2 días (Art. 77 C.P.C.C.). Rafaela, 14 de noviembre de 2.022.
S/C 489773 Nov. 23 Nov. 25
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 4439 - Año 2015 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GARROT JORGE DARIO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 24 de abril de 2018.- Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 467,60 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 866,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese”. .- Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 30 de Noviembre de 2021.
S/C 489773 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 870 - año 2014 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/VIVAS ANGULO HUGO ERA CLIO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 12 de febrero de 2016.- Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan C. Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario).- Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2021.
S/C 489774 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 4396 - Año 2016 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/PALAVECINO MONICA CLAUDIA s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 15 de mayo de 2019. Y Vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 1005,40 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $2052,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2021. Dr. Succo, Prosecretario.
S/C 489775 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16511314-1 - Año 2020 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/LAGUARDIA YANINA MARIANA s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 27 de abril de 2021. Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado ( monto de la multa según resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99. Protocolícese el original el original, agréguese copia y hágase saber”. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2021. Dr. Mié, Prosecretario.
S/C 489776 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16516173-1 - año 2020 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/IBARRA MARIO DELFIN y TOLOZA DE IBARRA HAIDEE s/Apremio, se hace saber a los demandados, Sr. Ibarra Mario Delfín y Toloza de Ibarra Haidee lo siguiente: Rafaela, 18 de diciembre de 2020. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese. Firmado Diego M. Genesio (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2022. Dr. Mié, Secretario.
S/C 489778 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 1769 - Año 2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SANCHEZ LORENA ISABEL s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 12 de septiembre de 2016. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan C Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2022.
S/C 489777 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 9754 - Año 2011; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/KAINER CARLOS s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 25 de febrero de 2013. Y vistos:..., resulta:..., considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Jorge A Platini (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2022. Gustavo Mié, secretario.
S/C 489770 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 5849 - Año 2006; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/VEREN GERMAN DARIO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 22 de mayo de 2007. Y vistos:..., resulta:..., considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Jorge A Platini (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2022. Gustavo Mié, secretario.
S/C 489771 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 2021 - Año 2014; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RUEDA JOSE ARIEL s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 29 de junio de 2016. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Dr. Juan Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2022. Gustavo Mié, secretario.
S/C 489721 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 1112 - Año 2013; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GEREZ CARLOS RAMON s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 11 de junio de 2014. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Ana Laura Mendoza (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2022. Gustavo Mié, secretario.
S/C 489724 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 3127 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ORELLANO GABRIELA SONIA s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 29 de julio de 2019. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 1.549,80 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 2.251,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 20 de Octubre de 2022. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489715 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 21-16506051-9; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/STRUMIA CARLOS ALBERTO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “RAFAELA, 07 de Mayo de 2020. Y vistos:.... resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más el interés establecido en los considerados precedentes, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley, 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 03 de Noviembre de 2021. Gustavo Mié, secretario.
S/C 489769 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 21-16505929-5; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ZARATE JORGE DANIEL s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 27 de Febrero de 2020. Y vistos:... resulta: ... y considerando: ... resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga integro cobro de la suma de $ 3.867,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerados precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Diego M. Genesio (Juez a/c); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 03 de Noviembre de 2021. Dr. Rodrigo Succo, prosecretario.
S/C 489768 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 21-16509274-8 - Año 2019; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/HEINRICH ROSANA ALEJANDRA s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 02 de diciembre de 2020. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más el interés establecido en los considerandos precedentes, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 09 de noviembre de 2021. Gustavo Mié, secretaria.
S/C 489762 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16506678-9; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/AVENDAÑO TORTA ALDO GABRIEL s/Apremio, se cita por el presente al demandado Avendaño Torta Aldo Gabriel para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489750 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16506548-1; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BRAVO OCTAVIO GASPAR s/Apremio, se cita por el presente al demandado Bravo Octavio Gaspar para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489753 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16506569-4; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ALGARBE CARLOS JOSE s/Apremio, se cita por el presente al demandado Algarbe Carlos José para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489756 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16501367-8; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/VARELLA EMANUEL Y CEJAS GISELA VERONICA s/Apremio, se cita por el presente al demandado Varella Emanuel y Cejas Gisela Verónica para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489765 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16504688-6; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GILLI FLORENCIA MILAGROS s/Apremio, se cita por el presente al demandado Gilli Florencia Milagros para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489766 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 7850 - Año 2012; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GODOY TORREZ FABIÁN ARMANDO s/Apremio, se hace saber al demandado, Sr. Godoy Torrez Fabián ARMANDO lo siguiente: Rafaela, 21 de diciembre de 2012. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese. Firmado Jorge Platini (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2022. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489719 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16508598-9; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BANGERTER CARLOS OSMÁR s/Apremio, se cita por el presente al demandado Bangerter Carlos Osmar para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 18 de noviembre de 2021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489727 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16504356-9 - Año 2018; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/QUIROZ CINTIA NOEMI Y QUIROZ MARIA ROSA s/Apremio, se hace saber al demandado, Sr/Sra. Cintia Noemí Quiroz y Maria Rosa Quiroz, lo siguiente: Rafaela, 26 de septiembre de 2018. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese. Firmado Diego M Genesio (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 12 de Noviembre de 2021.
S/C 489735 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 4007- Año 2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BALLERINI OSCAR ALBERTO s/Apremio, se hace saber al demandado/da Oscar Alberto Ballerini, lo siguiente: Rafaela, 28 de septiembre de 2015.(...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución (...) Notifíquese. Firmado: Juan C Marchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 12 de Noviembre de 2021. Gustavo Mié, secretario.
S/C 489736 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16506848-0; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SCHIRO RAMONA s/Apremio, se cita por el presente al demandado Schiro Ramona para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489738 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16504669-9; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ROSSEL GABRIEL s/Apremio, se cita por el presente al demandado Rossel Gabriel para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489741 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16506677-1; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/AVENDAÑO TORTA ALDO GABRIEL s/Apremio, se cita por el presente al demandado Avendaño Torta Aldo Gabriel para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.
S/C 489746 Nov. 23 Nov. 25
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela, en los autos "CUIJ Nº 21-24200788-0 GARRIONE, Jesumilda María S/ Sucesorio", se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Jesumilda María Garrione, L.C 6.300.074., con último domicilio en Reconquista Nº 709 de Rafaela, fallecida en fecha 02 de junio de 2021 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo.: Dra. Alvarez Tremea- Juez;Dra. Silvestre- Secretaria. RAFAELA, de diciembre de 2021.-
$ 45 Nov. 23
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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante don CHAVES OSCAR LUIS DNI Nº 6.308.986 domiciliado en calle Monseñor Zaspe 1912 de la ciudad de Rafaela, fallecido en Rafaela el 03/12/2020, para que dentro del término y con los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos.- Sucesorio iniciado con el patrocinio letrado de la Dr. Gerardo Miguel Lorenzatti.- Autos caratulados: “Expte. Cuij Nº 21-24202908-6 - año 2022 – CHAVES OSCAR LUIS s/ Declaratoria de Herederos”. Rafaela, 22 de noviembre de 2022.- Juez: Ana Laura Mendoza. Secretaria Verónica Carignano.-
$ 45 Nov. 23
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe), en los autos caratulados AQUINO ESTER CATALINA s/Pedido de quiebra; (CUIJ Nº: 21-25029366-3) ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 21 de Octubre de 2022. Autos y vistos: estos caratulados AQUINO ESTER CATALINA s/Pedido de quiebra; CUIJ N° 21-25029366-3, que se tramitan en este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, de los que: considerando:... Resuelvo: 1º Declarar la Quiebra de Ester Catalina Aquino, argentina, jubilada, DNI Nº 18.423.739, CUIT Nº 27-18423739-9, con domicilio real en Calle 117 N° 784 de la ciudad de Avellaneda (SF), y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de Reconquista (SF). 2º Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales, al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y al Registro del Automotor, a los fines de que tome conocimiento de la quiebra, y de la inhibición de la fallida para disponer de sus bienes. 3º Hacer saber al fallido que deberá hacer entrega de los bienes al Síndico, quien deberá inventariarlos, instrumentando acta de toda la actuación. 4º Hágase saber la prohibición de efectuar pagos al fallido y que en el caso de incumplirse tal prohibición serán considerados ineficaces. 5º Hágase saber al Síndico que deberá interceptar y retener la correspondencia. 6º Oficiar a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Migraciones, a la Gendarmería Nacional, a los fines de comunicar la prohibición del fallido de abandonar el país sin autorización judicial. 7º Fijar el día 10 de noviembre de 2022, a las 09:00 horas, a los fines del sorteo de Síndico por ante la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales (Circular N° 123/2017), notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas; fijar el 19 de diciembre de 2022 como fecha hasta la cuál los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al Síndico. Fíjase el 24 de febrero de 2023 la fecha hasta la cual el Síndico ha de poder presentar los informes individuales, y 27 de marzo de 2023 el informe General.- 8vo. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo preceptuado en el art. 89 de la Ley 24.522. 9º Se oficiará a la entidad bancaria Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para que se abstenga de continuar efectuando débitos automáticos de la caja de ahorro de la fallida por causas anteriores a la fecha de la declaración de quiebra de la fallida. 10º Líbrese oficio a los Juzgados en los que se tramitan causas en contra de la fallida (salvo juicios de expropiación y los fundados en relaciones de familia) a los fines de solicitar su remisión a este Tribunal. 11º Se oficiará a la ANSES, que liquida los haberes de la deudora, para que: se abstenga de efectuar descuentos o retenciones a sus haberes, salvo los dispuestos por la ley, especialmente las retención por alimentos que deberá subsistir y proceda a trabar embargo por un veinte por ciento de sus remuneraciones deducidos los descuentos de ley que se han de depositar en una cuenta para estos autos y a la orden del Tribunal, cuya apertura se hará mediante oficio a librarse al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Reconquista (SF). Hágase saber al profesional que deberá suscribir y diligenciar el oficio conforme lo establecido en el Acuerdo celebrado el día 10.03.22, Acta N° 6, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe la A 10.03.22 (Circular N° 33/2022 de fecha 14/03/2022). Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista, 08 de Noviembre de 2022. Laura C. Cantero, secretaria.
S/C 489780 Nov. 23 Nov. 29
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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe; se hace saber que en los autos caratulados: LUGO DARIO DANIEL s/Quiebra; CUIJ Nº: 21-25029411-2, se sido sorteado Síndico el CPN Aguirre Mauri, Gabriel Alberto, inscripto bajo el Nº 5170/05 en la matrícula del Consejo Profesional en Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe, quien acredita su identidad personal mediante D.N.I. Nº 10.863.420 y, constituye domicilio en calle Ludueña N° 968 de la ciudad de Reconquista, fijando horario de atención al público de lunes a viernes de 9:00 a 12:00 hs. y de 17:00 a 20:00 hs. Reconquista, 12 de Octubre de 2022. Paola C. Milazzo, secretaria.
S/C 489781 Nov. 23 Nov. 29
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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados IBARRA LORENA NOEMI s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-25025544-3, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 03 de noviembre de 2022. Autos y vistos: Estos caratulados: IBARRA LORENA NOEMI s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-25025544-3, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, Tercera Nominación, Distrito N° 4, y; Y Considerando:... Por ello, Resuelvo: 1- Cítese a todos los acreedores para que hasta el día 16 de diciembre de 2022 presenten sus pedidos de verificación de créditos a la Síndica, CPN Rosa Victoria Nargielewicz, con domicilio en calle Ludueña N° 1303 de Reconquista (SF). 2- Fíjase el día 14 de marzo de 2023 para la presentación de los informes individuales. 3- Fijase el día 28 de abril de 2023 para la presentación del informe general. 4- Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el Boletín Oficial. Hágase saber, insértese el original y agréguese copia. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista, 14 de Noviembre de 2022.
S/C 489782 Nov. 23 Nov. 29
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En los autos caratulados BANDEO DARIO HECTOR s/Concurso preventivo (Hoy quiebra); (CUIJ Nº 21-24872760-5 / Expte. Nº 537/2011), que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de la ciudad de Reconquista, se ha dispuesto en fecha 9 de noviembre de 2022: Téngase presente el informe final y proyecto de distribución. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL, conforme lo normado en el art. 218 LCQ ... Notifíquese. Fdo.: Paola C. Milazzo, Secretaria subrogante. José María Zarza, Juez. 11 de Noviembre de 2022. Paola Milazzo, secretaria.
S/C 489743 Nov. 23 Nov. 29
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados “ZAMER HERMENEGILDA MARIA S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” CUIJ N° 21-25029409-0 , llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por la Sra. HERMENEGILDA MARIA ZAMER, DNI N° 1.107.868, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 22 de noviembre de 2022.-
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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados “BERLANDA HUGO ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-25027473-1, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. HUGO ALBERTO BERLANDA, DNI N° 32.153.031, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Reconquista, 22 de noviembre de 2022.-
$ 45 Nov. 23
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