picture_as_pdf 2022-11-07

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

RAQUEL ALICIA MUSITANO 


Por disposición Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial 10ª Nominación de Rosario Secretaria del autorizante se dispone en autos "MEDINA ANALIA-QUIEBRA"- Expte. No. 434/2005-, (por cuerda BCO. PATAGONIA c/MEDINA-QUIEBRA") que la Martillera Raquel Musitano C.U.I.T. N° 27-05088250-6 venda en pública subasta, el 14 de Noviembre del año 2022, a las 13.30 horas, o el día hábil siguiente de resultar inhábil o feriado el propuesto, en el Colegio de Martilleros calle Moreno 1546 de Rosario: Fíjase nueva fecha de subasta conforme fue dispuesto en el proveído de fs. 17.10.22 para el día 14 de Noviembre de 2022 a las 13:30 hs. en el Colegio de Martilleros de Rosario sito en calle Moreno n° 1546 de Rosario, saliendo el inmueble por la base establecida por la martillera de $ 3.500.000.- siendo la última base de $ 2.600.000. El 50% del inmueble sito en calle Luis A. Vila n° 1739 de Rosario, inscripto en la matrícula n° 1627734, saldrá a la venta DESOCUPABLE, conforme el acta de constatación.- Impuestos, tasas, contribuciones (I.V.A. y gastos centrales, si correspondiere) serán a cargo del adquirente, como así también todos los gastos e impuestos que implique la transferencia del dominio a favor del adquirente. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación "A" 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP . Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.), como asimismo la comunicación al AFIP si no se cumplimentase la comunicación "A" 5147 del B.C.R.A. Ofíciese a los juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación debiendo acompañarse constancia del diligenciamiento antes de la publicación de edictos y notifíquese al acreedor hipotecario; ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts. 494 y 495 CPCC y permanecer en Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. Desígnase los 3 días anteriores a la subastas, a los fines de la exhibición del inmueble debiendo notificarse a los ocupantes con la debida antelación. Modalidad de pago: Quien resulte comprador deberá abonar el 3% de comisión del martillero, con más el 10 % del precio de compra en el acto de subasta, en concepto de seña y a cuenta de precio en la siguiente modalidad: hasta la suma de $30.000.-, en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo restante para completar la seña deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia interbancaria indefectiblemente, a la cuenta judicial que se indicará a tales efectos, bajo estricto apercibimiento de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere. El saldo de precio deberá ser abonado una vez aprobada la subasta, bajo apercibimientos de ley, sin perjuicio por aplicación en su caso, de lo dispuesto por el el art. 497 del C.P.C.C. No procederá la compra en comisión (atento modificación del art. 3936 CC, introducida por el art. 75 inc. c) de la ley 24.441). El adquirente en subasta deberá acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido. Hágase saber al martillero actuante que en los edictos a publicarse deberá dejarse expresa constancia de lo dispuesto en el art. 494 del CPCC. Al pedido de regulación de honorarios, oportunamente. Dra. MARIANELA MAULIÓN SECRETARIA JUZG. 1RA. INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL 10MA NOM.. MAURO R. BONATO.- JUEZ 1ª. INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL 10º. NOM.-

S/C 488585 Nov. 07 Nov. 09

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POR

JUAN JOSE CAMPODONICO


Por disposición Señora Jueza de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la 5º Nominación Rosario, Secretaría suscripta hace saber que en autos MARTIN, DANIEL ANGEL c/OTRO s/Apremio; CUIJ 21-02943235-7, ha dispuesto que el martillero Juan José Campodónico (Cuit 20-11271320-5), venda en pública subasta el día 29 de noviembre de 2022, a las 11 hs., en el Juzgado Comunitario De Las Pequeñas Causas De Alvarez, provincia de Santa Fe, las 1/18 Avas Partes Indivisas, del siguiente inmueble: “Una fracción de terreno de campo, ubicada en el distrito Cerrillos, Departamento Rosario, designada con el número UNO en el plano de mensura señalado con el número dos, levantado en el mes de Octubre de 1941, por el Ingeniero Pedro B. Campra, compuesta dicha fracción que es de forma irregular de 56,72 metros. en su costado Nor-Oeste donde linda con las vías del Ferrocarril Compañía General Buenos Aires; 1.153,27 metros, en su costado Norte, por donde linda con Juan Ghiglione; 121,5 metros, en su costado Este, por donde linda con la Ruta Nacional N° 178, estando compuesto el lado Sud, por una línea quebrada que partiendo del extremo Sud del anterior y en dirección al Oeste, tiene 730,53 metros, por donde linda con la fracción designada con el N° 2 del mencionado plano adjudicada a Juan Bautista Badi, desde el extremo Oeste de esta línea, parte otra en dirección al Nor-Oeste de 73,74 metros, por donde linda con Domingo Rolando y desde el extremo Nor-Oeste, de ésta parte otra de 368,10 metros que cierra la figura con el extremo Sud de la línea del costado primeramente designado, lindando también con D. Rolando. Forma una superficie total de 10 Hectáreas 95 áreas 6 centiáreas y 38 decímetros cuadrados. Se deja constancia que las partes conocen que en fecha 31 de Diciembre de 1941, mediante la intervención del escribano Juan Pablo Ereño, se donó a la Dirección Nacional de Vialidad, una fracción de 1.642 m2 42, destinado a ensanche de la Ruta Nac. 178, inscripta en el Registro General, al Tomo 126 Folio 67 Número 1860 Departamento Rosario, con lo cual, el lote UNO, tiene una superficie libre de 10 Hectáreas 78 áreas 63 Centiáreas y 96 decímetros cuadrados.” Inscripto el Dominio al TOMO: 1090 FOLIO: 162 N° 398.210 DPTO: Rosario. Del Registro General, se informa. Que el Dominio consta a nombre del demandado (DNI 10.985.440) Hipoteca: No Consta. Embargo: T° 127 E F° 2796 N° 390.930 fecha 29/10/18 por 11.500.000, y consta ampliación de monto $ 1.333.104, fecha 08/04/2021 al T° 28 M.E. F° 13 N° 91720; orden Juzgado actuante, en autos “Martín, Daniel Angel c/Otro s/Daños y Perjuicios (Expte. N° 1214/2013). Inhibicion: No Consta. Saldrá a la venta con la Base de S 3.500.000, de no existir postores, saldrá en segunda subasta con la retasa del 25%, y de persistir la falta de oferentes, saldrá en tercera y última subasta, con la base equivalente al 50% de la primera. Quien resulte comprador, deberá abonar el 10% del precio en el acto de subasta, con más el 3% de comisión, todo al martillero, en dinero efectivo y/o cheque certificado. El comprador podrá abonar el mencionado 10% del precio de compra en el acto de subasta, con la siguiente modalidad: la suma de $ 30.000, en dinero efectivo, en pesos, en el acto de subasta, y el saldo restante para completar el 10% deberá ser depositado por el comprador dentro de los tres días hábiles posteriores a la subasta, mediante transferencia interbancaria en la cuenta judicial abierta para éstos autos, en el Banco Municipal de Rosario —Sucursal N° 80 Caja de Abogados-, con pérdida total de lo abonado para el caso que así no lo hiciere. El saldo de precio, deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de subasta, todo de acuerdo con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA, y bajo los apercibimientos de lo normado por el art. 497 del CPCC. Previo a la aprobación de subasta, deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta, a fin de que tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. El comprador en subasta, deberá obtener la protocolización en el Registro General de las diligencias relativas a la venta y posesión, mediante la intervención de un escribano público. Toda cesión de los derechos resultantes de la subasta, deberá efectuarse por escritura pública. Queda prohibida la compra por terceros. El total de deudas por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que pesen sobre el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador. Siendo además a cargo del adquirente, el total de gastos e impuestos que gravan la compra en subasta pública, como los gastos, sellados y honorarios notariales e IVA, si correspondiere, producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, (conf. Art. l9 inc. 11 Ley Impositiva Anual). El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación conforme acta de constatación obrante en autos. Haciéndose saber que se encuentran agregados a autos, copias de los títulos de propiedad, para ser examinados por los interesados en Secretaría, no admitiéndose después de la subasta, reclamación alguna. Hágase saber que el expediente, deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a la publicación de la subasta y a los fines previstos por los arts. 494 y 495 del CPCC, y permanecerá en Secretaría. Designase los dos días hábiles anteriores a la subasta, en el horario de 16 a 17 horas, a los fines de la exhibición del inmueble. Todo lo que se hace saber, a los efectos legales. Rosario,31 de Octubre de 2022. Silvina L. Rubulotta, secretaria subrogante.

$ 1260 488788 Nov. 7 Nov. 11

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