picture_as_pdf 2022-11-07

REGISTRADA BAJO EL Nº 14178


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ADHESIÓN LEY NACIONAL N° 27592

LEY YOLANDA”

ARTÍCULO 1.- Dispónese la adhesión de la Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional N° 27592 “Ley Yolanda”.

ARTÍCULO 2.- Establécese la capacitación obligatoria en formación integral en ambiente, desarrollo sostenible y cambio climático, para todas las personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia.

ARTÍCULO 3.- Es Autoridad de Aplicación de la presente ley el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, o el organismo que en el futuro lo reemplace.

ARTÍCULO 4.- La Autoridad de Aplicación garantizará la conformación de una mesa de trabajo con la participación de profesionales, instituciones científicas y académicas, y organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la temática ambiental, con el objetivo de coordinar la confección de los lineamientos generales y el desarrollo de la capacitación obligatoria dispuesta.

ARTÍCULO 5.- Los gastos que demande la presente ley se tomarán de los créditos que correspondan a las partidas presupuestarias de cada organismo público responsable de su implementación.

ARTÍCULO 6.- Invitase a las Municipalidades y Comunas a adherir a la presente ley.

ARTÍCULO 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DIA SEIS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

PABLO GUSTAVO FARIAS

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

DRA. ALEJANDRA S. RODENAS

PRESIDENTA

CÁMARA DE SENADORES

LIC. GUSTAVO PUCCINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


DECRETO N° 2268


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 01 NOV 2022


VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 14.178 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, Insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

PEROTTI

Erika María de Luján Gonnet

37965

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