picture_as_pdf 2022-10-24

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

JORGE ALBERTO ROMERO


Por orden señor Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Quinta Nominación de Rosario, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: HILLTON, SILVIA CLAUDIA y Otros c/Otro s/Ejecución Hipotecaria, CUIJ 21-02907813-8, se ha dispuesto que el martillero Jorge Alberto Romero, (Mat. 161 -R-6), venda en pública subasta al último y mejor postor el día siete de Noviembre de 2022 a las 14,30 hs en la Sala de Remates del Colegio de Martilleros de Rosario sita en Moreno 1546 de Rosario con la previsión de que, de resultar inhábil se celebrará con idénticas condiciones el día hábil siguiente a la misma hora y lugar el inmueble hipotecado a favor de la actora consistente en: Bajo el Régimen de Propiedad Horizontal con la parte proporcional del terreno y de los bienes comunes correspondientes, y la UNIDAD TRES - PARCELAS 0003 y E-03, que forma parte del Edificio denominado “Calle Dorrego Nros. 1188/90/94/98 - Calle Mendoza N° 1916.- Se compone de ingreso, hall, sala, dos dormitorios, comedor, cocina, baño, w.c, dos galerías, deposito y en entrepiso otro deposito.- Tiene dos patios, y espacio entrepiso de uso exclusivo.- Tiene una superficie de propiedad exclusiva de 113,22 metros cuadrados, una superficie de bienes comunes de 31,52 metros cuadrados, y un valor proporcional del 15 por ciento con relación al conjunto del inmueble, todo de conformidad con el Reglamento de Copropiedad y administración del edificio y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro de la Propiedad de Rosario al Tomo 1052 Folio 25 N° 332584 PH Departamento Rosario. Registrándose Hipoteca en 1er grado que se ejecuta al T° 596 B F° 293 N° 393272 por U$S 42.000.- del 30/11/2016 mediante escritura N° 290 del 20/10/2016 pasada por ante escribana y Registro 434 y en 2do grado Hipoteca al T° 597 B F°81 N° 323189 del 3/4/2017 por U$S 40.000.- mediante escritura N° 50 del 17/2/17 pasada por ante escribana y Registro 434.- Saldrá a la venta con carácter de desocupable y con una base de $23.415.000, y en caso de ausencia de postores, saldrá en segunda subasta con una retasa del 20%, y en caso de persistir la falta de postores se retirará de la venta. Asimismo, es condición de subasta que: 1) Los impuestos, tasas y contribuciones que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia (conf. Art. 19 inc. 11° Ley Impositiva Anual) e I.V.A. - si correspondiere-quedarán a cargo de quien resulte adquirente. Quien resulte comprador deberá abonar el 10% a cuenta de precio más el 3% en concepto de comisión al martillero, en dinero en efectivo y/o cheque certificado. Para el caso de que el 10% a cuenta de precio supere la suma de $30.000 el comprador deberá abonar en el acto de remate la suma de $30.000 a cuenta del 10% del precio alcanzado y también deberá abonar la comisión del martillero, todo en dinero en efectivo o cheque certificado. El importe de la diferencia para completar el 10% del precio de compra, deberá abonarse dentro de los tres días hábiles posteriores a la subasta, en Banco Municipal de Rosario sucursal Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de perder la suma entregada. Si dicho importe llegara a superar la suma de $30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. El saldo deberá ser abonado una vez aprobada la subasta, bajo apercibimiento de ley, sin perjuicio de la aplicación en su caso, de lo normado por el art. 497 del CPCC. Queda prohibida la compra por terceros. El adquirente en subasta deberá obtener la protocolización en el Registro General de las diligencias relativas a la venta y posesión mediante la intervención de un escribano público. Toda cesión de los derechos resultantes de la subasta deberá efectuarse por escritura pública. Exhibición del inmueble los tres días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 11 a 12 hs.- En autos se encuentra copia de la escritura de hipoteca, y en donde se relaciona el título de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de títulos. Conforme resolución 745 AFIP CUIT martillero 20-11270660-8 y documento propietario DNI 12.55.771. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 12 de Octubre de 2022. Silvia L. Rubulotta, Secretaria Subr.

$ 700 487775 Oct. 24 Oct. 26

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POR

MARYLEN A. VISSANI


Por orden del Sr. Juez Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10º Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber en autos: “FARRAY CAMILA c/ OTRA s/ Ordinario”, (Expte. N° 21-01403564-5), se ha dispuesto que la Martillera Pública Marylen A. Vissani, (Mat. 2114-V-77), vendo en pública subasta, al último y mejor postor el día 28 de Octubre de 2022 a las 10 Hs. en las Puertas del Juzgado Comunitario de Carcarañá, la totalidad (100%) del siguiente inmueble, propiedad de las condóminas, consistente en: “Un lote de terreno de su propiedad, con lo en el existente, situado en el pueblo Carcarañá, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, el cual forma el lote número 3 de la manzana número 43 al Norte, de las vías férreas, según plano oficial del pueblo y se encuentra ubicado a los 39 metros hacia el Oeste, de la esquina formada por la calle Caraguatá y Bulevar Uruguay; midiendo: 19,50m. de frente al Sud; por 56m. de fondo, encierra una superficie total de 1.092M2 y linda: al Norte, con la callejuela San Víctor; al Sud con el Bulevar Uruguay; al Este, con el lote 2 de la misma manzana al Oeste, con el lote 4 también de la misma manzana.- DOMINIO INSCRIPTO AL TOMO 103 FOLIO 176 NUMERO 87157 Departamento San Lorenzo. Registrándose libre de Hipotecas y Embargo, pero si las siguientes Inhibiciones: 1) Aforo 226810, T0 131 1, F a 6416, de fecha 16/08/2019 Reinscripción, por $35.538,00.- Nota anterior T° 126 1, F° 6734, Aforo 368369 de fecha 25/08/2014, orden Juzg. Dist. 16a. Nom. Rosario, autos: Sociedad Italiana de Socorros Mutuos y Protección “Familia Italiana” c/ Rodríguez Carlos Antonio s/ Demanda Ejecutiva (1991/2007) y 2) Aforo 134525, T° 134 1, F° 1506, de fecha 06/05/2022, Renscripción por $12.762,00.-, Nota anterior Aforo 332926, T° 129 1, F° 2346 de fecha 08/05/2017, orden Juzg. Dist. 13ra. Nom. Rosario, autos: Bco. Credicoop C.L. c/ Fernández Hilda s/ Juicio Ejecutivo (374/2011). El inmueble saldrá a la venta con la base de $499.536,90.-, una retaso del 25% de la base, siendo la última base el 30% de la base inicial. En el carácter de Ocupado, conforme el acta de constatación. Impuestos, tasas, contribuciones (I.V.A. y gastos centrales, correspondiere) serán a cargo del adquirente, como así también todos los gastos e impuestos que implique la transferencia del dominio a favor del adquirente. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta, bajo apercibimientos de ley, sin perjuicio por aplicación en su caso, de lo dispuesto por el el art. 497 del C.P.C.C., debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $30.000.-deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Desígnanse los dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 10 a 12 hs. a los fines de la exhibición. Modalidad de pago: Quien resulte comprador deberá abonar el 3 % de comisión del martillero, con más el 10 % del precio de compra en el acto de subasto, en concepto de seña y a cuenta de precio en la siguiente modalidad: hasta la suma de $30.000.-, en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo restante para completar la seña deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la subasto mediante transferencia interbancaria indefectiblemente, a la cuenta judicial que se indicará a tales efectos, bajo estricto apercibimiento de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere. No procederá la compra en comisión (atento modificación del art. 3936 CC, introducida por el art. 75 inc. c) de la ley 24.441). El adquirente en subasta deberá acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido. Se hace saber expresamente a los interesados que en autos se encuentra agregada copia del título de propiedad debiendo conformarse con las constancias obrantes en autos, no admitiéndose reclamación alguna por la falta y/o insuficiencia de títulos después del remate, de conformidad a lo dispuesto en el art. 494 del CPCC. Todo los que se hace saber, a los efectos legales, Rosario, Dra. Marianela Maulión, Secretaria.18 de octubre de 2022.

$ 1.200 487766 Oct. 24 Oct. 26

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