picture_as_pdf 2022-10-20

REGISTRADA BAJO EL Nº 14153


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar a la Comuna de Carlos Pellegrini, CUIT Nº 30-67464540-2, el Inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia ubicado en la localidad de Carlos Pellegrini, departamento San Martín, en el cual se encuentra emplazada una plaza pública. Inscripto registralmente con el Nº 003934, Folio 00081, Tomo 0049, Departamento San Martín, en fecha 10 de marzo de 1923, Nomenclatura 12.11.01.0104.0001, Partida Inmobiliaria 12-11-00-169258/0000-6 del Servicio de Catastro e Información Territorial.

ARTÍCULO 2- Las erogaciones que demande la implementación la presente ley están a cargo del Gobierno Provincial.

ARTÍCULO 3- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.

PABLO GUSTAVO FARIAS

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

DRA. ALEJANDRA S. RODENAS

PRESIDENTA

CÁMARA DE SENADORES

LIC. GUSTAVO PUCCINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ

SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE SENADORES


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 18 OCT. 2022

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.

Celia Isabel Arena

Ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos

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