REGISTRADA BAJO EL Nº 14153
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar a la Comuna de Carlos Pellegrini, CUIT Nº 30-67464540-2, el Inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia ubicado en la localidad de Carlos Pellegrini, departamento San Martín, en el cual se encuentra emplazada una plaza pública. Inscripto registralmente con el Nº 003934, Folio 00081, Tomo 0049, Departamento San Martín, en fecha 10 de marzo de 1923, Nomenclatura 12.11.01.0104.0001, Partida Inmobiliaria 12-11-00-169258/0000-6 del Servicio de Catastro e Información Territorial.
ARTÍCULO 2- Las erogaciones que demande la implementación la presente ley están a cargo del Gobierno Provincial.
ARTÍCULO 3- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.
PABLO GUSTAVO FARIAS
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
DRA. ALEJANDRA S. RODENAS
PRESIDENTA
CÁMARA DE SENADORES
LIC. GUSTAVO PUCCINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 18 OCT. 2022
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.
Celia Isabel Arena
Ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos
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