REGISTRADA BAJO EL Nº 14151
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárese Patrimonio Cultural e Histórico Provincial a los restos del denominado Puente Mihura, construido en 1866 sobre el Río Salado en el antiguo “Paso de Mihura” en la jurisdicción del distrito Esperanza, departamento Las Colonias.
ARTÍCULO 2- Autorízace al Poder Ejecutivo para que, a través de los organismos provinciales pertinentes, disponga los medios necesarios para la preservación y puesta en valor de la construcción del puente y sus adyacencias costeras.
ARTÍCULO 3.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo, a través del Archivo General de la Provincia, los trabajos de investigación histórica referida a la Batalla del Paso de Mihura, ocurrida el 20 de octubre de 1840.
ARTÍCULO 4.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo a realizar las acciones, gestiones y convenios con la Municipalidad de Esperanza para trabajar de manera conjunta en la recuperación del lugar histórico y la creación de un circuito histórico, cultural, educativo y turístico.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.
PABLO GUSTAVO FARIAS
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
DRA. ALEJANDRA S. RODENAS
PRESIDENTA
CÁMARA DE SENADORES
LIC. GUSTAVO PUCCINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 18 OCT. 2022
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.
Celia Isabel Arena
Ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos
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