TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición de la Dra. Maria Paula Mangani, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a David Juan Calibar, DNI 29.213.911, lo siguiente: “Rosario 04/10/2022. Nro 3518. Y VISTOS.... Y CONSIDERANDO.... RESUELVO: 1) Ratificar la Resolución Administrativa Nro. 134//2021 dictada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción y resolver definitivamente la medida de protección excepcional dispuesta respecto de Nicol Aldana Arenas, titular del DNI 46.578.822, nacida el 13/07/2005, Sofia Ayelén Calibar, DNI 54.991.281, nacida el 16/09/2015 y Jeremías Daniel Calibar, DNI 56.166.588, nacido el 10/05/2016, todos hijos de Erica Priscila Paz, siendo el progenitor de Nicol, Raúl Santos Arenas y de Aylén y Jeremías David Juan Calibar. 2) Rechazar la oposición formulada por Erica Priscila Paz a la propuesta elevada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia respecto de sus hijos Nicol Aldana Arenas, Sofia Ayelén Calibar Y Jeremías Daniel Calibar 3) Privar de responsabilidad parental a Enea Priscila Paz, DNI 32.364.100 respecto de sus hijos Nicol, Sofia y Jeremías, a Raul Santos Arenas, CI Bolivina 5.002.463, respecto de su hija Nicol y a David Juan Calibar, DNI 29.213.911, respecto de sus hijos Sofia y Jeremías. 4) Otorgar a Eva Maria De Luján Paz - DNI Nro. 22.244.217- la tutela de sus sobrinos Nicol Aldana Arenas, Sofia Ayelén Calibar Y Jeremías Daniel Calibar, quien deberá comparecer cualquier día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo ante la actuaria. 5) En cuanto a la posibilidad de determinar un régimen de adecuada comunicación entre Nicol, Sofia y Jeremías y su progenitora deberá ser peticionado judicialmente a los fines de analizar su procedencia y conveniencia. Insértese y hágase saber.” Fdo: Dra. Mangani (jueza) Dra. Barbieri (secretaria).Autos: “ Arenas, Nicol Aldana Y Calibar, Sofia Aylen Y Calibar, Jeremías s/ Control De Legalidad De Medidas Excepcionales Y Urgentes Ley 12.967.
S/C 486972 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de la Dra. Maria Paula Mangani, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a RAUL SANTOS ARENAS c/ BOLIVIA 5.002.463 lo siguiente: -Rosario 04/10/2022. Nro 3518. Y VISTOS.... Y CONSIDERANDO.... RESUELVO: 1) Ratificar la Resolución Administrativa Nro. 134//2021 dictada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción y resolver definitivamente la medida de protección excepcional dispuesta respecto de Nicol Aldana Arenas, titular del DNI 46.578.822, nacida el 13/07/2005, Sofia Ayelén Calibar, DNI 54.991.281, nacida el 16/09/2015 y Jeremías Daniel Calibar, DNI 56.166.588, nacido el 10/05/2016, todos hijos de Erica Priscila Paz, siendo el progenitor de Nicol, Raul Santos Arenas y de Aylén y Jeremías David Juan Calibar. 2) Rechazar la oposición formulada por Erica Priscila Paz a la propuesta elevada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia respecto de sus hijos Nicol Aldana Arenas, Sofia Ayelén Calibar Y Jeremías Daniel Calibar 3) Privar de responsabilidad parental a Erica Priscila Paz, DM 32.364.100 respecto de sus hijos Nicol, Sofia y Jeremías, a Raul Santos Arenas, CI Bolivina 5.002.463, respecto de su hija Nicol y a David Juan Calibar, DM 29.213.911, respecto de sus hijos Sofia y Jeremías. 4) Otorgar a Eva Maria De Luján Paz - DNI Nro. 22.244.217- la tutela de sus sobrinos Nicol Aldana Arenas, Sofia Ayelén Calibar Y Jeremías Daniel Calibar, quien deberá comparecer cualquier día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo ante la actuaria. 5) En cuanto a la posibilidad de determinar un régimen de adecuada comunicación entre Nicol, Sofia y Jeremías y su progenitora deberá ser peticionado judicialmente a los fines de analizar su procedencia y conveniencia. Insértese y hágase saber.” Fdo: Dra. Mangani (jueza) Dra Barbieri (secretaria).Autos. ARENAS, NICOL ALDANA Y CALIBAR, SOFIA AYLEN Y CALIBAR, JEREMIAS s/ Control De Legalidad De Medidas Excepcionales Y Urgentes LEY 12.967.
S/C 486971 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de la Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia de la 7 Nominación de Rosario se ha ordenado citar y emplazar a los herederos del demandado Aldo Héctor Zapata (DNI 12.268.722) a que comparezcan a estar a derecho, debiendo notificarse por edictos que se publicarán por tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Santa Fe, venciendo el término cinco (5) días después de la última publicación. Autos caratulados: ZAPATA, TRIANA MARIA c/ ZAPATA, ALDO HECTOR s/ Otras Acciones No Nomencladas. CUIJ 21-11385940-4 Fdo.
$ 40 487114 Oct. 18 Oct. 20
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 1 de rosario y en autos FERREYRA, MARCELO ANIBAL c/ GODOY, VICTOR MANUEL s/ Demanda Ejecutiva 21-02938285 Se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 22/9/2022 N 753: FALLO: 1) Ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada con más un interés equivalente a la tasa activa sumada del Banco Nación para sus operación de descuento de documentos a treinta días, desde la fecha de la mora (27/01/2021) y hasta el día de su efectivo pago. 2) Imponiendo las costas al vencido (art. 251 CPCC). 3) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva.- Insértese y hágase saber. Dr., Arturo Audano Dra. Mónica Klebcar, Dra. Rocci En Suplencia.
$ 35 487173 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 12da. Nom. en autos “SEÑORA ENSALADA SRL s/ Acuer. Preventivos Extraj. Y Conc. Preven” - 2101485373-9 en fecha 4/10/2022 se dispuso publicar edictos haciendo conocer la presentación del informe final y proyecto de distribución Presentado por escrito cargo N° 14050 de fecha 23/09/2022 (art.218 LCQ). Dr. Fabian E. Bellizia. Juez. Dra. Agustina Filippini. Secretaria.
S/C 486979 Oct. 18 Oct. 19
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Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 11 de rosario y en autos DEL TEGLIA LAURA ROMILDA ELVIRA c/ PICCININI ITALO HELIO Y,OTROS s/ Prescripción Adquisitiva 21-01438077-6 se hace saber a Italo Elio Piccinini, C.I. N° 49.3 domiciliado en Av. Libertad 191, Rosario, Juan Carlos Piccinini, C.I. N° 445.877, domiciliado en Av. Libertad 191, Rosario, y Marga Sutich de Piccinini, L.C. N° 5.504.531, domiciliada en Av. Libertad 191, Rosario. Respecto del inmueble Inmueble. Lotes 17,18 y 1 de la manzana A del plano deura N° 36738/64, partida de impuesto inmobiliario N° 336637/0006 Dominio inscripto al T.312 F1323N°80676, superficie 900m2, ubicado en la intersección de las calles Mar del Plata y Acapulco de la Municipalidad de Funes que se dicto lo siguiente: Rosario, estése a la fecha designada por el sisfe Agréguense las constancias acompañadas.- Advirtiendo que la publicación acompañada no cumple con los requerimientos ordenado en el decreto de fecha 06 de mayo de 2022. Deber publicarse nuevamente debiendo especificar en el Edicto, nombre y apellido de los demandados como asimismo los datos del inmueble que se pretende usucapir. Agregándose además la rebeldía decretada a SAN ALBERTO SRL decreto de fecha 04/09/202 Dr. Sergio A. González Secretario Rosario, 04/9/2020 A los fines de ordenar el procedimiento y advirtiéndose que no se ha ordenado la rebeldía de SAN ALBERTO SRL, se provee: Informando verbalmente el Actuario que el demandado San Alberto SRL n ha comparecido a estar a derecho decláreselo rebelde haciéndose efectivo los apercibimientos de ley y siguiendo el juicio sin su representación. Asimismo se hace saber que en caso de no comparecer, y respetando los principios de economía y celeridad procesal, deberá asumir la representación de la sociedad la Defensora de oficio nombrada en autos Dra. Alejandra Ida Falcone. Notifíquese de las presentes actuaciones en los procesos sucesorios de los herederos de los socios a fin de que expresen cualquier interés o derecho que le correspondan. A lo solicitado, oportunamente. Dr. Sergio A. González Dr. Luciano D. Carbajo Secretario Juez. Dra Rocci En Suplencia.
$ 35 487172 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del juzgago de primera instancia en lo civil y comercial 5 d rosario y en autos LEAL, GRACIELA NOEMI OTROS c/ D’AGOSTINO, NUNCIO Y OTROS s/ Apremio 21-02868596-0 Se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 2610312018 N 459: RESUELVO: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de las sumas reclamadas contra Nuncio D’Agostino, Vicente D’Agostino, Victoria D’Agostino Carmelo D’Agostino, con costas. 2) Acoger la excepción de inhabilidad de título parcial, costas a la ejecutante. 3) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de las sumas correspondientes a capital e intereses contra Felisa Di Gregorio, D’Agostino, María D’Agostino y Santos José D’Agostino, con costas. Insértese y hágase saber Dra. Silvina L. Rubulot A Dra. Lucrecia Mantello Secretaria Jueza. Dra Rocci en Suplencia.
$ 35 487147 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de la Juez Distrito Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, dentro de autos caratulados: “TOLEDO, EMANUEL JOSÉ c/ OJEDA, OSVALDO s/ Apremio” CUIJ 21-041364758 se ha ordenado lo siguiente Rosario, 22 de Junio de 2022. Por recibidos. Hágase saber que el Juez que va a entender. Conforme lo formado por el art. 597 del C.P.C.C. cítese y emplácese a estar a derecho, por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a los herederos de Osvaldo Ojeda y notifíquese por cédula a los herederos conforme surge de los autos conexos. Únanse por cuerda los presentes a los autos caratulados: “OJEDA, OSVALDO s/ Declaratoria de Herederos” CUIJ 21-02899964.Fdo. Dra. Patricia Beade, Secretaria. fdo: Dra. Susana Gueiler, jueza. Rosario. Octubre de 2022.
$ 40 487118 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 18° Nominación de Rosario, dentro de autos caratulados: “ALMADA, MANUEL MARINO c/ OJEDA, OSVALDO s/ Cobro De Pesos-Rubros Laborales” CUIJ 21-04087885-5. se ha ordenado lo siguiente: “Rosario, 22 de Junio de 2022. Por recibidos. Hágase saber que el Juez que va a entender. Conforme lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. cítese y emplácese a estar a derecho, por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a los herederos de Osvaldo Ojeda y notifíquese por cédula a los mismos conforme surge de los autos conexos. Resérvese en Secretaria 5 sobres, dejándose constancia que el pliego testimonial se encuentra vacío. Únanse por cuerda los presentes a los autos caratulados “OJEDA, OSVALDO s/ Declaratoria de Herederos” CUIJ 2102899964-7.-“. Fdo. Dra. Patricia Beade, Secretaria. Fdo. Dra. Susana Gueiler, Jueza. Rosario Octubre de 2022.
$ 40 487117 Oct. 18 Oct. 20
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Autos: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR DE LA PROVINCIA DE SANTA FE c/ GALLO, FERNANDO JUAN s/ Apremio” CUIJ 21-02883989-5, en trámite por ante el Juzg. 1ra. Ins Civil y Comercial 13ra. Nom. de Rosario, se ha dictado el siguiente decreto: “En la ciudad de Rosario, en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSFE, Acta n° 14 de fecha 13-05-20 pto. XV): Atento lo informado por el oficial notificador mediante cédula adjunta en copia simple, la cual deberá certificar, al escrito cargo n° 18660/21 y informado por la Cámara Nacional Electoral, cítese y emplácese al demandado a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales.” Fdo: Lucas Menossi (Secretario Juzgado de 11 Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13a Nom. Rosario - Santa Fe Dra. Verónica Gotlieb (Jueza Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13º Nom. Rosario - Santa Fe). Dra. Rocci En Suplencia.
S/C 487228 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Sexta Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Fernando Mecoli, Secretaría Sabrina Rocci, por resolución 968 de fecha 01 de Septiembre de 2022 en autos caratulados ROVIAL S.A. s/ RELATIVO MATERIA SOCIETARIA, CU 21-02933672-2 se ha dispuesto lo siguiente: Ordenar la rúbrica de un nuevo libro de Registros de Accionistas perteneciente a ROVIAL S.A. 30-57339108-6 ordenándose la publicación de edictos por el término de dos días, efectos de hacer saber lo resuelto a posibles interesados. A tal fin comunicarse telefónicamente al número (0341 485-4540 - 42 - 45, o vía mail a jmfont@crovialsa.com.ar
S/C 487209 Oct. 18 Oct. 20
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Autos caratulados: “CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ARTE DE CURAR c/ ROSSETTI, MARIA LORENA s/ Apremio” CUIJ 21-02889658-9 Radicado en: Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 5ta. Nom de Rosario, se ha dictado la siguiente sentencia: “Resolución N° 648. ROSARIO, 01/08/2022. Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: .... FALLO: 1) Ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada con más sus intereses legales correspondientes según lo previsto en el art. 47 de la Ley Provincial N° 12.818, expresando que de conformidad a las facultades conferidas por el art. 771 del C.C.C.N., se estima que los mismos no podrán exceder el equivalente a la tasa activa sumada del Banco Nación, desde la mora y hasta su efectivo pago. 2) Imponiendo las costas a la parte demandada (art. 251 C.P.C.) 3) Regular los honorarios oportunamente, practicada y aprobada que fuere la planilla correspondiente. Insértese y hágase saber. (CUIJ 21-02889658-9). Fdo Dra. Silvina L. Rubulotta (Secretaria) Dra. Lucrecia Mantello (Juez). Dra. Rocci En Suplencia.
S/C 487208 Oct. 18 Oct. 20
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“CAJA SEG SOC PROF ARTE D CURAR c/ RETAMAL, NATALIA ANALIA s/ Apremio” CUIJ 21-02886273-0, Radicado en: Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 13ra. Nom. de Rosario, se ha dictado el siguiente decreto: “En la ciudad de Rosario, en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSFE, Acta n° 14 de fecha 13-05-20 pto. XV): Advirtiendo que en los domicilios donde fueron cursadas las notificaciones a la demandada, informaron que la requerida es desconocida, procédase efectuar su citación a comparecer a estar a derecho mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el Hall de Tribunales según dispone el art. 73 del CPCC.” Fdo: Lucas Menossi (Secretario Juzgado de 1º Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13 Nom. Rosario - Santa Fe).Dra Rocci En Suplencia
S/C 487207 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 5 de Rosario y en autos: MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/HECKER, MARIA ROSA s/Apremios fiscales municipales 21-02872041-3, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 26 de Mayo de 2017. Por presentado en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Por iniciada la acción que expresa. Cítese de remate al accionado con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de ley se llevará adelante la ejecución. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma reclamada de $611.659,65.- con más $21.000.- provisoriamente calculadas para intereses y gastos. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria) Dr. Pedro Boasso - Juez en suplencia Rosario 08/07/2022: Rosario, 08 de julio de 2022. Notifíquese por edictos, como solicita. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria) - Dra. Lucrecia Mantello (Juez). Dra. Rocci en suplencia.
S/C 487205 Oct. 18 Oct. 20
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Juzgado 1ra. Instancia. Civil y Comercial 18va. Nom. Se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, Téngase presente, resérvese por secretaría el sobre acompañado (escritura original). Atento a lo solicitado y lo dispuesto por el artículo 511 CPCC y resultando del informe del Registro General que consta anotado el dominio a nombre de la parte demanda e inscripta también la hipoteca que se ejecuta; cítese al deudor y terceros adquirentes silos hubiera, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia, o al representante legítimo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de cinco días, en cinco veces, a fin de que dentro de los cinco días subsiguientes a la última publicación, abonen el crédito que se reclama $ 4.013.051,84.- con más sus intereses y costas estimadas provisoriamente en la suma de $ 2.006.525,92.- u opongan excepción legítima, bajo apercibimiento de dictar sentencia en rebeldía y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior. Sin perjuicio de la citación por cédula. HABITAD S.R.L. c/CERRO NESTOR FABIAN s/Ejecución hipotecaria; 21-02943652-2. Dra. Patricia Beade - Dra. Susana Silvina Gueiler, Secretaria Juez Dra. Rocci en Suplencia.
$ 165 487200 Oct. 18 Oct. 24
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 15 de Rosario y en autos: SARAGO, DOMINGO ANTONIO c/KOHLER, AUGUSTO OSVALDO s/Juicio Ejecutivo 21-13875428-3. Se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 28/04/2022 Nº 331: Resuelvo: conceder en relación y con efecto suspensivo los recursos interpuestos debiendo elevarse los presentes ante el Superior con las formalidad de estilo. Insértese y hágase saber. Dra. Ma. Eugenia Sapei Dr. Carlos E. Cadierno Secretaria Juez. Dra. Rocci en Suplencia.
$ 35 487180 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario y en autos: PALLADINO NICOLAS y Otros c/GONZALEZ JUAN SABINO y Otros s/Juicio ordinario por escritura 21-00749168-6, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 1/4/2022: previo a resolver: 1) acompañe informe actualizado de dominio del bien objeto de la Litis a fin de determinar la legitimación pasiva .y la existencia de medidas cautelares. B) líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que se constituya en el inmueble objeto de la presente y constate el estado de ocupación del mismo. C) a fines de evitar nulidades futuras (conforme lo resuelto mediante Acuerdo Nº 174 por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Sala 1 en autos: PALAZOLO RICARDO HUGO y Otros c/GHIRLANDA MARIA ROSA ELEA y Otros s/Usucapión) cítese por edictos a tenor del art. 597 CPCCSF a Juan Sabino González, Agripina Esther Bilbao, Marta Esther González, Clida Mirta González, Mercedes Delia González, Armando Amerise y José Antonio Díaz. D) certifíquese la cesión de derechos acompañada por Clida Mirta González a fs. 312. E) del hecho nuevo denunciado a fs. 313 hágase saber a la actora a los fines que estime menester. F) atento el estado de los presentes córrase vista al Defensor General. G) repóngase sellado de ley conforme el monto del boleto de compraventa. Firmado: Dr. Audano – Dr. Quaglia Suplencia. Dra. Rocci, En Suplencia.
$ 35 487171 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 13 de Rosario y en autos: BARUCCO TERESA CLARA c/ARAMBURU MARIO y Otros s/Demanda Ejecutiva 21-02947333-9, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 15/9/2022: En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE CSJSF ACTA 14 de fecha 13/05/2020 PTO XV SE PROVEE: agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que los demandados MARIO ARAMBURU y MARCELA ALEJANDRA DE SANCTIS no han comparecido a estar a derecho, decláreseles rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Firmado Dr. Menossi Dr. Quaglia. Dra. Rocci en Suplencia.
$ 35 487168 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación y en los autos: ZORILLA GUADALUPE c/ZORRILLA CEFERINO s/Supresión de apellido paterno; CUIJ N° 21-11396483-6, cita a toda persona que se crea con derecho a formular oposición para que lo acrediten dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la última publicación respecto del cambio de apellido de Zorrilla Guadalupe - DNI N° 34.393.250- por el Leguizamón Guadalupe. De conformidad con lo previsto por el Art. 70 del Cód. Civil y Com. de la Nación. Publíquese edicto por un día en el lapso de dos meses en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe. Dra. Rocci en Suplencia.
$ 45 487164 Oct. 18
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Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 16 de Rosario y en autos: MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/INTEGRAL SECURITY S.R.L. s/Apremios Fiscales Municipales 21-02905201-5, se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 04 de Diciembre de 2019. Agréguese la boleta colegial acompañada. Proveyendo escrito inicial: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que deberá certificar. Otórguesele participación de ley. Por iniciada la acción que expresa. Cítese de remate a la accionada con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de ocho días se llevará adelante la ejecución. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes, propiedad del demandado, hasta cubrir las suma reclamada de $267.565,49.- con más la de $4.039,75.- estimada provisoriamente para intereses y costas, dejándose constancia de las personas autorizadas a intervenir en el diligenciamiento de la medida. Duplíquense los términos procesales atento lo prescripto por el artículo 5 de la Ley 9040. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. DRA. MA. SOL SEDITA DR. PEDRO ANTONIO BOASSO. Rosario 23/03/2022: Agréguese la constancia acompañada. Atento lo normado por el Art. 28 de la ley 5066 cítese al demandado por edictos que se publicarán por el BOLETÍN OFICIAL por tres días. Acompañe los edictos a través del SISFE debiendo consignarse en el mismo el primer decreto de trámite como así también el presente. DRA. MA. SOL SEDITA DR. PEDRO ANTONIO BOASSO Secretaria Juez. Dra. Rocci en Suplencia.
S/C 487204 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15a Nominación y en los autos: CHOQUE SANCHEZ ANAHI ROCIO s/Sumaria información – CUIJ N° 21-02960009-8, cita a toda persona que se crea con derecho a formular oposición para que lo acrediten dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la última publicación respecto del cambio de apellido de CHOQUE SANCHEZ ANAHI ROCIO - DNI N° 36.333.013- por el Sánchez Anahí Rocio. De conformidad con lo previsto por el Art. 70 del Cód. Civil y Com. de la Nación. Publíquese edicto por un día en el lapso de dos meses en el Boletín Oficial de Santa Fe. Dra. Rocci en suplencia.
$ 45 487166 Oct. 18
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 1 de Rosario y en autos: MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/MANGIONE, ANTONIO ROBERTO s/Apremios Fiscales Municipales 21-02849955-5, se hace saber que se dicto lo siguiente: Nº 1867 - Rosario, 01/07/2016: Resuelvo: Habiendo cumplimentado con lo requerido se provee el escrito cargo n° 13803/15: Téngase al compareciente por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, a mérito del poder general acompañado. Por iniciada la acción que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si no opone excepción legítima dentro del término de 8 (ocho) días se llevará adelante la ejecución. Líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma reclamada de $25491,72 con más la suma de $7647,51 estimada provisoriamente para intereses y costas. Hágase aplicación de la duplicidad de términos. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifiquen los empleados del juzgado indistintamente y/u Oficial de Justicia ad-hoc. Notifíquese en el domicilio real denunciado y en el lugar donde se encuentra el bien afectado por la obligación. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC, y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del demandado. Insértese y hágase saber. Dra. Elvira S. Sauan Dra. Maria A Mondelli. Rosario 16/02/2022: Agréguense las constancias acompañadas. Atento lo manifestado y que el demandado Antonio Roberto Mangione se encuentra fallecido, cítese y emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley (art. 597 CPCC) – Dr. Arturo Audano Dra. María Silvia. Dra. Rocci en Suplencia.
S/C 487203 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb, Secretaría del autorizante, en autos SOLOIIAGA AGUSTINA c/SOLOIIAGA AMADO s/Supresión de apellido; CUIJ Nº 21-02941662-9, se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 26 de abril de 2021. Puestos los autos a despacho se provee cargo N° 4612/21: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, con patrocinio letrado de la Defensoría General Civil Nº 6, otórgasele la participación que por derecho corresponda. Agréguense las constancias acompañadas. Atento que los presentes fueron iniciados con el fin de suprimir el apellido paterno de la postulante, procédase a la correcta registración de esta causa como Supresión de apellido, dejándose debida constancia de ello por Secretaria y en los registros informáticos. Por iniciada la acción expresada el que tramitará como información sumaria. Cítese a Solohaga Amado a fin de que comparezca por el término y bajo los apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida. Certifíquese la copia adjuntada. Dése intervención al Sr. Fiscal y al representante del Registro Civil. Publíquense edictos conforme lo normado por el art. 70 CCC. Ofíciese al Registro General de la Propiedad y al Registro de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendados a fin que informen si sobre la solicitante pesa inhibición general de bienes o si registra gravámenes o embargos; a la Mesa de Entradas Única a fin que informe sobre eventuales medidas cautelares contra la misma y/o juicios promovidos en su contra; a la Oficina de Gestión Judicial y al Ministerio Público de la Acusación a fin que se sirvan informar si la peticionante registra causa alguna en carácter de imputado; y al Registro Nacional de Reincidencia a fin que informe sobre los antecedentes penales de la mencionada. Fdo: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza) - Dr. Lucas Menossi (Secretario). Asimismo, se hace saber que el presente deberá publicarse una vez por mes, en el lapso de dos meses, conforme lo dispuesto por el art. 70 CCC. Rosario, 2022. Lucas Menossi, secretario.
S/C 487106 Oct. 18
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, Dr. Mauro Bonato y en autos: ACOSTA, MARIA MABEL s/Cremación (autorización para cremar); Expte. CUIJ Nº 21-02960517-0 se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 27/09/2022. Siendo que los autos oportunamente unidos por cuerda Acosta María Isabel s/Declaratoria de herederos no se corresponden con la causante de autos, hágase saber que tramitarán por cuerda separada. Proveyendo el escrito de demanda. Por iniciada la presente Sumaria información en los términos que expresa, agréguese a autos las constancias que se acompaña. Publíquense edictos por el término de 3 días en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales, haciéndose saber que se ha solicitado la autorización para la cremación de los restos de quién en vida fuera conocida como Acosta, María Mabel, todo ello con citación fiscal. Firmado: Firmado: Dr. Mauro Bonato (Juez) - Dra. Marianela Maulión (Secretaria). Publíquese sin cargo (patrocinio defensoria zonal). Secretaría, 12 de octubre de 2022. Dra. Sabrina Rocci, secretaria en suplencia.
S/C 487123 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar por edictos por cinco días a la Sra. Prucca, Beatriz Celina, DNI Nº 11.863.474, de la siguiente providencia: Rosario, 25 de Septiembre de 2018. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado a mérito de la copia de poder general acompañada, la que deberá certificarse ante la Actuaría. Por iniciada la acción que expresa. Cítese de remate a la accionada con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de ley se llevará adelante la ejecución. Anótese la inhibición general de bienes de la demandada, hasta cubrir la suma reclamada de $ 269.620,92 con más la de $ 80.886 estimada provisoriamente para intereses y costas, oficiándose al Registro General Rosario a sus efectos, previa denuncia en autos de los datos personales completos de la demandada. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Téngase presente la reserva efectuada. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Fdo.: Dra. Ma. Sol Sedita (Secretaria) y Dr. Pedro Antonio Boasso (Juez). Autos: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/PRUCCA, BEATRIZ CELINA s/Apremio; CUIJ Nº: 21-02904329-6. Rosario, Septiembre de 2022. Dr. Mariano M. E. Romano, prosecretario.
$ 60 487124 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar por edictos por tres días a la Sra. Adriana Cecilia Querolo, DNI Nº 11.273.567, la siguiente providencia: Nº 1364. Rosario, 30/09/2022. Y vistos: ... Resuelvo: Aprobar, en cuanto por derecho hubiere lugar, la planilla practicada en autos la que asciende a la suma de $ 1.552.183,77. Insértese y hágase saber. Fdo.: Patricia Beade (Secretaria) y Dra. Susana Silvina Gueiler (Jueza). Autos: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/QUEIROLO, ADRIANA CECILIA s/Apremio; CUIJ Nº: 21-02904414-4. Rosario, 03 de Octubre de 2022. Dra. Melisa A. Lobay, prosecretaria.
$ 40 487125 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de la Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civ. y Com. de la 15ª Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar por edictos por tres días a la Sra. Peralta, Andrea Nidia, D.N.I. N° 18.401.980, de la siguiente providencia: Rosario, 22 de Septiembre de 2022. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese. Fdo.: Marcelo Quiroga (Juez en suplencia) y Dra. Ma. Eugenia Sapei (Secretaria). Autos: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR DE SANTA FE c/PERALTA, ANDREA NIDIA s/Apremio; CUIJ Nº: 21-02904321-0. Rosario, 06 de Septiembre de 2022.
$ 40 487126 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar por edictos a la Sra. Rosa Graciela Volguein, D.N.I. Nº 13.243.057, de la siguiente sentencia: N° 832. Rosario, 26/08/2022. Y vistos: ... Fundamentos:... Resuelvo: I) Mandar llevar adelante la ejecución contra la demandada hasta tanto la actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses indicados precedentemente. II) Costas a la demandada (art. 251 CPCC). Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Ma. Karina Arreche (Secretaria sub.) y Dr. Marcelo Quaglia (Juez). Autos: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/VOLGUEIN, ROSA GRACIELA s/Apremio; CUIJ Nº: 21-02904714-3, Nº Expediente: 694/2018. Rosario, 03/10/2022.
$ 40 487128 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar por edictos por tres días en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley, al Sr. Alejandro Rezzoaglio, D.N.I. Nº 10.987.394, de la siguiente providencia: “Rosario, 1910912022. Proveyendo escrito cargo N° 14046/22. Téngase presente la planilla practicada. De manifiesto por el término y bajo apercibimiento de ley. Notifíquese. ($ 672.987,14). Fdo: Dra. Ma. Karina Arreche (Secretaría Subrogante). Autos: “CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/REZZOAGLIO, ALEJANDRO s/Apremio; CUIJ Nº: 21-02904424-1. Rosario, 05 de Octubre de 2022.
$ 40 487129 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado notificar por edictos por tres días en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley, al Sra. Forconi, Sandra Jorgelina, D.N.I. Nº 18.505.204, de la siguiente providencia: Rosario 16 de septiembre de 2022. Con los autos a la vista se provee el escrito cargo N° 14870/2022: Agréguese. Téngase presente la planilla practicada. De manifiesto en la oficina por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo: Dra. Maria Karina Arreche (Secretaria Subrogante). Autos: CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR c/FORCONI, SANDRA JORGELINA s/Apremio; CUIJ Nº: 21-02904088-2, Nº Expediente: 659/2018. Rosario, 05 de Octubre de 2022.
$ 40 487130 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Rosario, se hace saber que en los autos DONNER, CIPRIANA SARA s/Concurso preventivo; (CUIJ Nº 21-02939837-9), se ha dispuesto: Rosario, 22 de Agosto de 2022. Autos y vistos:..., Considerando:...; Resuelvo: 1. Fijar el 30/08/22 para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L. C. 2. Fijar el 10/10/22 para la presentación del informe general por el Síndico. 3. Hacer saber que el periodo de exclusividad vencerá el 13 de marzo de 2023 y la audiencia informativa se celebrará en la Sala de Audiencia de este Juzgado el 06 de marzo de 2023 a las 10:30 horas, o al día siguiente hábil, y a la misma hora, si la fecha designada resultare feriado o inhábil. 5. Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL y El Jurista. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Marianela Godoy (Secretaria); Dra. Mónica Klebcar (Jueza). Rosario, 27 de Septiembre de 2022. Dra. Cecilia G. Vaquero, prosecretaria.
$ 170 487077 Oct. 18 Oct. 24
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Por disposición del Juez de 1ª Instancia de Circuito de la 3ª Nominación de Rosario, Encontrándose acreditado el fallecimiento de Neumayer Ricardo Sabas, cítese y emplácese a los herederos y/o legatarios del demandado a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Autos caratulados LAITE, JUAN CARLOS c/NEUMAYER, RICARDO SABAS s/Otras diligencias; CUIJ Nº 21-02925888-8. Rosario, 15 de octubre de 2022. Dra. Ana Belén Cura- Secretaria; Dra. Cecilia A. Camaño- Juez. Dra. Maria Luz Muré, prosecretaria.
$ 40 487063 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quaglia, Secretaría de la Dra. Ma. Karina Arreche y dentro de los autos caratulados: BANCO PATAGONIA S.A. c/MATAS. GUSTAVO DIEGO y os. s/Cobro de pesos; Expte. N° 1053/2019, se ha ordenado notificar por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en Hall de Tribunales, la Rebeldía de la demandada Claudia Isabel Bessio y hacerse efectivos los apercibimientos de ley, dándole por decaído el derecho dejado de usar. Secretaria, 05 de Julio del 2022. Dra. Ma. Karina Arreche, secretaria subrogante.
$ 40 486980 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juzgado 1ª Inst. Civil y Comercial 18ª Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Susana Silvina Gueiler (Juez) secretaria de la Dra. Patricia Beade, se notifica el decreto: Resolución N° 818 - 21 Septiembre 2022, Rosario Vistos y considerando: Los presentes autos: SEGOVIA, ESTEBAN NAHUEL c/DELTA SALUD SA s/Regulación de honorarios; 21-02956893-3, Resuelvo: Por presentado con domicilio constituido en el carácter invocado, por derecho propio. Cítese y emplácese a la parte demandada a constituir domicilio legal en el término de 10 días bajo los apercibimientos de ley. Regular los honorarios del Dr. Esteben Nahuel Segovia en la suma de $ 20.670,62 (equivalente a 2 jus) - (Art. 23 - 24 Ley 6767 y sus modificatorias), la que será actualizada conforme el valor jus hasta tanto la presente quede firme. Los honorarios regulados serán abonados por quien corresponda y devengarán desde la mora un interés que se fija en la tasa activa promedio mensual capitalizada que publica el Nuevo Banco de Santa Fe SA (Fallo: Pereyra Mario Simón el Municipalidad de Rafaela - Recurso Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción s/Incidente de Apremio por Honorarios, Expte. 135/2011 T° 284 F° 452/455 18.12.2018 Corte Suprema de Justicia de Santa Fe). Notifíquese en el domicilio real de la demandada por cédula conforme la citada norma. Insértese y hágase saber. [Art. 24. L.6767 a) El juez hará la estimación con vista a las actuaciones administrativas y sin substanciación. La regulación será notificada a la parte contra quien se hubiere solicitado, en su domicilio real y al mismo tiempo se la emplazará para que dentro del término ordinario, que a este efecto nunca será inferior a diez días, constituya domicilio legal, con apercibimiento de que si no lo hiciere, se considerará que lo ha constituido en la secretaría del juzgado y se lo tendrá por notificado de toda ulterior providencia o resolución en la forma y oportunidad establecida en el art. 61 del Código Procesal Civil y Comercial; b) El juez de la regulación será también competente para conocer del juicio por cobro de los honorarios, cualquiera que fuese su cuantía. El auto regulatorio, luego que quede firme constituirá título hábil para el apremio. La citación y emplazamiento del deudor se practicará en el domicilio legal que hubiese constituido, o en su defecto en la secretaría, en la forma ya establecida. e) Contra la regulación del juez procederá revocatoria y apelación en subsidio. El plazo para interponer los recursos correrá desde el siguiente día de vencer el del inc. a).] Fdo. Dra. Patricia Beade, Dra. Susana Silvina Gueiler. Otro: Rosario, 13/09/22. Agréguese las constancias acompañadas. Atento lo informado por el Oficial Notificador y a fin de evitar futuras nulidades, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el art. 73 del C.P.C.C. Fdo. Dra. Patricia Beade, Dra. Susana Silvina Gueiler. (Autos: SEGOVIA, ESTEBAN NAHUEL c/DELTA SALUD SA s/Regulación de honorarios; CUIJ Nº: 21-02956893-3). 04 de Octubre de 2022. Dra. Melisa A. Lobay, prosecretaria.
$ 60 487069 Oct. 18 Oct. 20
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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito de la Segunda Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, en los autos: “ BANCO MACRO SA CONTRA ANFOSSI FRANCO DAVID s/ Demanda Ejecutiva” CUIJ Nro. 21-02950829-9, ha dispuesto notificar al Sr. Franco David Anfossi, titular del DNI Nro. 32903094, que se ha dictado lo siguiente: “BANCO MACRO SA c/ ANFOSSI, FRANCO DAVID s/ Demanda Ejecutiva 21-02950829-9 Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 2da. Nom. Rosario, 8 de Agosto de 2022 Cargo 9018/22 Agréguese. Por presentado, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. A fs 1 y ss del expediente conexo. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo 10 días bajo apercibimientos de ley. Acompañe foja cero para agregar a los presentes. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los haberes y/o cualquier tipo de remuneración que perciba el demandado de su empleador en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20% del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma de $299.310.- por todo concepto, debiéndose depositar mensualmente las sumas resultantes en una cuenta que se abrirá al efecto en el Banco Municipal de Rosario - Caja de Abogados, situado en calle Montevideo 2076 a nombre de este Juzgado y para estos autos. Fdo.: Dra. Marianela Godoy —Secretaría - Dra. Monica Klebcar – Jueza.
$ 60 486982 Oct. 18 Oct. 20
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El Señor Juez de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, conforme decreto de fecha 30 de Noviembre del 2021, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de don Víctor José Vesco, LC 2.305.950, para que comparezcan a estar a derecho en el término de ley bajo apercibimientos de rebeldía. Todo eso se encuentra ordenado dentro de los autos caratulados: FAMI SACI c/SANTONE, HAYDEE y ot. s/Demanda ordinaria; Expte. Nº 21-01517012-0. Rosario, de Septiembre del 2022. Dr. Lucas Menossi, Secretario.
S/C 487050 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de la Jueza de Circuito Civil y Comercial de 3ra. Nominación de Rosario, Dra. Cecilia A. Camaño, dentro de los autos caratulados: “GARCIA BARBABA ROMINA GRISELDA c/ BELTRAME LIRIA ELENA DE SONNET s/ Otras Diligencias” CUIJ Nº 21-12634096-3 , habiéndose informado verbalmente por Secretaría que no han comparecido a estar a Derecho los herederos de la demandada fallecida Sra. Beltrame De Sonnet Liria Elena, decláraselos rebeldes. Notifíquese por edictos. Firmado: Dra. Ana Belén Curá, Secretaria; Dra. Cecilia A. Camaño, Jueza. Dra. Maria Luz Muré, prosecretaria.
$ 40 487088 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Juez en suplencia del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario vacante, dentro de los autos: “GAUNDRI, MARCELINA GENARA c/GIACOMINO, ALCIDES LUIS y OTROS s/Prescripción adquisitiva CUIJ 2102873924-6, se ha decretado lo siguiente: Rosario, 15 de septiembre de 2022.- Previo a lo solicitado y atento el informe acompañado, cítese y emplácese a los herederos de Alcides Luis Giacomino a comparecer a estar a derecho en los presentes, conforme lo normado por el Art. 597 C.P.C.C. mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el termino y bajo apercibimientos de ley.- Dra. Sabrina Rocci (Secretaria)
$ 40 487089 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de Primera Instancia de la 5ta. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello (Jueza), secretaria de la autorizante, en los autos caratulados; MILATICH GONZALEZ VALENTINO c/ MILATICH LEONARDO ERNESTO JESUS s/ Otras Diligencias; CUIJ: 2102960442-5. Llama a todos los que tengan interés respecto se ha solicitado la modificación de apellido del Sr. Milatich González Valentino. D.N.I Nro. 44.179537, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley por edictos, una vez por mes, en el lapso de dos meses. Todo ello por estar asi ordenado en el siguiente decreto: Rosario, 30 de agosto de 2022.-Por presentado, en el carácter invocado y con domicilio legal constituido. Cumpla con la ley 10.244, y, reponga sellado de ley Por promovida sumaria información a los fines peticionados, téngase presente la prueba ofrecida. Pasa la testimonial ofrecido; fijase fecha para cualquier día y hora hábil de audiencia. Vista al fiscal y a la Accesoria letrada del Registro civil. A tenor del art. 70 CC C., hágase saber que se ha solicitado la modificación de apellido mediante la publicación de edictos a efectuarse por dos meses una vez por mes en el BOLETIN OFICIAL y por cédula a los progenitores de la solicitante. Oficiase al Registro General y Registro del .Automotor a efectos de que informen respecto de medidas precautorias relacionadas can el Peticionante- Ofíciese asimismo al Registro nacional de reincidencias a efectos de que informe respecto de antecedentes penates del peticionan/e, oficiase al Banco Central a fin de saber si se encuentra moroso. al Registro de Procesos Concursales, al Registro Nacional de las Personas al fin de informar los datos que tenga de la compareciente, a la M.E U. y al M.P.A. A fin de que informe si hay causas. abiertas contra la peticionante. Fdo.: Dra. Silvino Rubulotta (Secretaria).Dra. Lucrecia Mantello (Jueza). El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 10. Rosario, 29/09/22.
S/C 486914 Oct.18 Oct. 20
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos y todos los que se consideren con derecho de los causantes Antonio Salvador Alberto Lamanna (L.E. no 3.741.468) Estela Inés Valero (L.C. no 5.558.995) durante cinco (5) días, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los/apercibimientos de ley. Autos caratulados: AMOROSO, TELMA OVIDIA y OTROS c/LAMANNA, ALBERTO JUAN s/ Daños Y Perjuicios - CUIJ 21-02900555-6. Rosario, septiembre 2022. Fdo: Dr. Audano. Secretario.
$ 40 486905 Oct. 18 Oct. 24
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Señora: Del Valle Magali Tamara, DNI N° 31.431.284. Hago saber a Ud. que en el juicio seguido por ante el Juzgado de Ejecución de Circuito de la 2º Nominación de Rosario. Caratulado: “MONUMENTAL HOGAR S.R.L c/ DEL VALLE MAGALI TAMARA s/ Juicio Ejecutivo” CUIJ 21-13878532-4, se ha dictado lo siguiente: “Rosario, 01 de Octubre de 2021. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Firmado: Dra. Maria Elvira Longhi (Secretaría), Dr. Luciano A. Ballarini (Juez). Queda UD. debidamente notificada.
$ 40 486919 Oct. 18 Oct. 20
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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario informa que en los autos: “MORALES CRISTIAN GONZALO s/ Concurso Preventivo”, Expediente: 5/2/2022, CUIJ 2102960015-2 por Resolución N°: 702 de fecha: 16/09/2022 se ha declarado la apertura del concurso preventivo de: Cristian Gonzalo Morales, DNI 33.305.199 con domicilio real en calle Santiago 4018 de Rosario y domicilio legal en calle Beron de Astrada Nro. 413 ambos de la ciudad de Rosario. Asimismo, en fecha 21/09/2022 resultó designada en autos como Síndica la C.P.N. González Cristina Daniela quien aceptó el cargo en debida forma constituyendo domicilio legal en calle Paraguay 777 Piso 9 de la ciudad de Rosario (Estudio Jurídico Baravalle & Granados). Horario de atención: Lunes a viernes de 09:00 a 16:00hs en el domicilio legal constituido. Se ordena la publicación de edictos en forma conjunta del auto nro 742/22 de fecha 30/09/2022 ampliatorio del auto de apertura del concurso Nro. 702, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 y 28 de la ley 24.522 en el BOLETIN OFICIAL y en el diario El Ciudadano. Fijando como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación de crédito al síndico el 23/11/2022, para la presentación de los informes individuales el 07/02/2023 y para la presentación del informe general el 23/03/2023. Asimismo se fija la audiencia informativa para el día 14/09/2023 a las 8:30 hs y como fecha de vencimiento del período de exclusividad el día 21/09/2023. Fdo. Dra. María Fabiana Genesio (Jueza). Dra. Verónica A. Accinelli (Secretaria). Rosario, 30/09/2022.
$ 170 486990 Oct. 18 Oct. 24
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 2da Nominación de la ciudad de Rosario, secretaría del autorizante, se cita, llama y emplaza a María Isabel Almada y/o sus herederos y/o quien resulte propietario o se considere con derecho sobre el bien inmueble de calle Entre Ríos 4989 de la ciudad de Rosario, Pcia de Santa Fe, designados como Lote “B 1” (B uno) del plano de mensura N°: 43.047 / 1965, que figura inscripto en el Registro de la Propiedad de la ciudad de Rosario, T°: 305 A, F°: 809, No: 68.188. Dpto. Rosario, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, dentro de los autos caratulados “GIURA, ANALIA VERONICA c/ ALMADA, MARIA ISABEL s/ Otras Diligencias”, CUIJ: 21-02942883-9.
$ 40 486945 Oct. 18 Oct. 20
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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3º Nom. de Rosario, hace saber que en los autos caratulados: “BANCO SANTANDER RIO S.A. c/RICOTTA, ALVARO EZEQUIEL s/EJECUTIVO” - CUIJ 2102951100-1, se ha dictado sentencia que en la parte pertinente dice: “Nº 415. Rosario, 25/08/22. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: 1.) Mandar llevar adelante la ejecución contra Ricotta Álvaro Ezequiel por el cobro de la suma de PESOS 1.630.000.- ($ Un Millón Seiscientos Treinta Mil.-), con más el 30 % anual por todo concepto, desde la mora y hasta el efectivo pago. 2.) Imponer las costas la vencida. 3.) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la respectiva planilla. Insértese y hágase saber.-“ Fdo: Dr. Lema (Secretario) Dr. Zabale (Juez).Rosario, OCTUBRE de 2022.
$ 35 487196 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 14 de Rosario y en autos BACCHETTA JOSEFA MARGARITA y otros s/ Declaratoria De Herederos 21-01557205-9 se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario 19 de Agosto de 2022 Con los autos a la vista se proveen los escritos cargo N° 12.779/2022 y N° 10.781/2022: Por presentada, domiciliada, por derecho propio y con patrocinio letrado, désele la participación que por derecho corresponda. Agréguense las constancias acompañadas. Téngase presente lo manifestado. A lo solicitado, previamente: 1) Atento el fallecimiento de la heredera Nasurdf Isabel Margarita cítese por edictos a sus herederos en los términos y bajo apercibimientos del Art. 597 CPCCSF. 2) Acompañe aportes de ley respecto de los honorarios que a continuación mediante Auto se regulan. 3) Previamente acredítese el pago o depósito de los honorarios regulados a la Dra. Beatriz Angela Maria Menin y a la Dra. Andrea Viviana Perfumo o recábese sus conformidades a la inscripción solicitada (arg art. 34 y 35 ley 6767). Hágase saber que en caso de efectuarse el depósito de los honorarios, efectivizado que fuere el mismo deberá realizarse la dación en pago correspondiente. Proveyendo el escrito cargo N° 12.780/2022: Por presentada, domiciliada, por derecho propio y con patrocinio letrado, désele la participación que por derecho corresponda. Agréguense las constancias acompañadas. Téngase presente lo manifestado. A lo demás, estése a lo decretado ut supra. Dra. Karina Arreche Secretaria Subrogante Dr. Marcelo Quaglia Juez. Dra. Rocci En Suplencia.
$ 35 487143 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 1a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MANUEL PALACIOS (L.E.. 6.044.264) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PALACIOS, MANUEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - 21-02960873-0”.
$ 45 Oct. 18
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HECTOR FROILAN EIXARCH (D.N.I. 5.958.037), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “EIXARCH, HECTOR FROILAN S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02959613-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 18
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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARTHA MABEL ZABALA (D.N.I.. 2.274.297) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ZABALA, MIRTHA MABEL S/ SUCESORIO - 21-02958411-4'” .
$ 45 Oct. 18
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LEONOR LUCIA DE MATTIA (D.N.I. 3.177.550), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DE MATTIA, LEONOR LUCIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02961246-0) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 18
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ABELARDO SUAREZ (D.N.I. 12.619.992), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SUAREZ, ABELARDO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02955956-9) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 18
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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PAULINA WOLFMAN (D.N.I.. 3.223.646) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “WOLFMAN, PAULINA S/ SUCESORIO - 21-02961411-0'” .
$ 45 Oct. 18
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSE DOMINGO BALDINI D.N.I. 8.452.253 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “BALDINI, JOSE DOMINGO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02958381-9). Fdo. Dra. Vanina Carla Grande, Secretaria.
$ 45 Oct. 18
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN ANDRES REYNOSO D.N.I. 6.069.005 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “REYNOSO, JUAN ANDRES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02960185-9). Fdo. Dra. Vanina Carla Grande, Secretaria.
$ 45 Oct. 18
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUANA FRANCO D.N.I. 2.824.485 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: FRANCO, JUANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02950462-5). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria.
$ 45 Oct. 18
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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 1a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROQUE ORLANDO CASTELLANOS (D.N.I.. 10.496.385) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CASTELLANOS, ROQUE ORLANDO S/ SUCESORIO – 21-02961484-6'”. Rosario.-
$ 45 Oct. 18
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ADOLFO CONTI RAVA (D.N.I. 6.012.628), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CONTI RAVA, ADOLFO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02938002-0) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 18
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Nestor Francisco Cucco (DNI 6.130.650) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CUCCO, NESTOR FRANCISCO S/ SUCESORIO – 21-02960952-4.-
$ 45 Oct. 18
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral N° 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante - Dra. Viviana Guida, se hace saber que en autos: ANTONIASSI MARIA ALEJANDRA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA (hoy Concurso Preventivo)“ CUIJ: 21-25861375-6, se han dictado las siguientes Resoluciones a saber: 1) Resolución N° 1598 Tomo 89 Folio 371 Año 2022 Casilda, 02 de agosto de 2022. Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: 1) Dejar sin efecto la sentencia de quiebra Nº 2045 de fecha 23 de Noviembre de 2021, y declarar abierto el concurso preventivo de María Alejandra Antoniassi, DNI 22.787.366, con domicilio en calle San Juan nro. 1354 de la ciudad de Casilda, 2) Mantener la designación de sindicatura ordenada en autos. 3) Firme que quede la presente, se designarán las fechas referidas en el art. 14 inc. 3, 9 y 10 LCQ por auto ampliatorio. 4) Diferir la publicación de edictos en el Boletín Oficial para el momento en se dicte el auto ampliatorio aludido en el punto 3), bajo los apercibimientos prescriptos por el art. 30 de la L.C.Q.. 5) Ordenar oficiar a fin de cumplimentar los recaudos previstos en el art. 21 L.C.Q.. 6) Ordenar notificar a la A.P.I a sus efectos (art. 23 del C. Fiscal), AFIP - D.G.I. y Municipalidad de Casilda. 7) Anotar la inhibición general del la deudora, librándose los despachos de rigor a tal fin al Registro General y al Registro Nacional de Automotores y demás reparticiones correspondientes. 8) Comunicar al Registro de Procesos Concursales. 9) Intimar a la concursada -bajo los apercibimientos prescriptos por el art. 30 de la L.C.Q. -para que dentro del término de 3 días deposite la suma de $6.000.- (pesos seis mil) para gastos de correspondencia (art. 14 inc. 8 de la L.C.) 10) Hacer saber a la concursada que deberá dar estricto cumplimiento a los normado por el art. 25 de la L.C. bajo apercibimientos de ley. 11) Hacer saber al concursado que cualquiera sea el motivo por el cual fracasare el concurso, renacen automáticamente ipso jure los efectos de la quiebra. 12) Recaratular las presentes actuaciones de conformidad a lo precedentemente resuelto. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. C. Carina Gómez (Juez) - Dra. Lucía Ciarpella (Prosecretaria). 2) Resolución N° 2028 Tomo 90 Folio 376 Año 2022 Casilda, 20 de septiembre de 2022. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Disponer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación al síndico hasta el día 19 de octubre de 2022. 2) Fijar para la presentación del informe individual por parte de la sindicatura el día 02/12/2022, y para la presentación del Informe General 17/02/2023, respectivamente según lo previsto en los artículos 35, 39 LCQ y concordantes de la Ley Concursal. Fdo. Dra. C. Carina Gómez (Juez) - Dra. Viviana M. Guida (Secretaria). Asimismo se hace constar que ha sido designado como Sindico el CPN Gerardo Casaretti con domicilio en calle Pasco Nro. 2514 de la ciudad de Casilda, quien ha fijado horario de atención de lunes a viernes de 9 a 15 horas. Lo que se publica a sus efectos por 5 días. Dra. Guida, Secretaria.
$ 460 487211 Oct. 18 Oct. 24
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La Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. 7 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Casilda, cita a los herederos del Sr. Cesar Nicolás Valdez, DNI N° 16.628.103, a comparecer a estar a derecho dentro de los autos MINIELLO RICARDO c/VALDEZ CESAR NICOLAS s/Demanda Ejecutiva (CUIJ N° 21-25858150-1) en los términos del art. 597 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. “Art. 597 CPCC. Si la demanda hubiere de dirigirse contra una persona fallecida o si el demandado muriere durante el procedimiento, se emplazará por edictos, en la forma ordinaria, a los herederos. En caso que no comparecieren en término, se nombrará un curador, que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso, de defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Secretaría. Casilda, 27 de Septiembre de 2022. Dra. Guida, Secretaria.
$ 150 486947 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de VERDOLINI JUANA ESTHER para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: “GAITE LEONOR ERNESTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, Expte. CUIJ Nº21-25862256-9) Casilda, 17/10/2022. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Prosecretaria)
$ 45 Oct. 18
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Juzgado de Primera Instancia de Circuito de San Lorenzo, Secretaría a cargo de la Dra. Jimena Muñoz, en los autos caratulados: GOMEZ, WALTER HORARIO c/Sucesores de CARDOZO, LUIS RAMON s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-22802086-6, ha ordenado mediante providencia de fecha 21 de junio de 2022 —de conformidad a lo prescripto por el art. 597 CPCCSF— citar y emplazar a estar a derecho a los herederos del demandado fallecido señor Luis Ramón Cardozo, titular del D.N.I. N° 23.550.974. Notificándose por edictos por el término y bajo apercibimientos de ley (arts. 67, 72 y 73 CPCCSF). Fdo. Dra. Muñoz (Secretaria Subrogante) Dr. Rupil (Juez en suplencia). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 3 de Octubre de 2022. Dra. Peretti, Secretaria en suplencia.
$ 33 487000 Oct. 18 Oct. 20
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El Juzgado de Primera Instancia de Circuito de San Lorenzo, Secretaría a cargo de la Dra. Jimena Muñoz, en los autos caratulados: “SAN MARTINO, GUSTAVO GABRIEL C/ MONTENEGRO RAMONA AGUSTINA s/Demanda Ejecutiva”; CUIJ N° 21-23399261-2, ha dictado la siguiente providencia: “San Lorenzo, 09 de agosto de 2022. En cumplimiento con lo que dispone la Excelentísima Cámara de Circuito de Rosario en el punto II) acuerdo N° 50 de fecha 23/12/2020, hágase saber que la Dra. Laura S. Babaya, será quien dicte Sentencia en los presentes caratulados. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Muñoz (Secretaria Subrogante) Dr. Rupil (Juez en suplencia)“. Lo que se notifica por edictos respecto del codemandado señor Sergio Angel Montenegro, publicándose a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 3 de Octubre de 2022. Dra. Peretti, Secretaria en suplencia.
$ 33 486999 Oct. 18 Oct. 20
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Stella Maris Bertune (Juez) y Dra. Melisa Peretti (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. KEVIN RODRIGO URUNDEZ, para queCOMPAREZCAN A ESTAR A DERECHO por el término de diez (10) días, dentro de los autos caratulados: “URUNDEZ, KEVIN RODRIGO s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” Expte. CUIJ Nº 21-25441672-7. Lo que se publica a sus efectos en los Estrados del Tribunal y en el BOLETIN OFICIAL por el término de 10 días hábiles.
$ 45 Oct. 18
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En los autos caratulados “COLMEGNA MARIA ROSA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ No 21-25440864-3) que tramitan por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Primera Nominación de San Lorenzo, a cargo del DR. ANDINO - Secretaria de la Dra. GAMST se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA ROSA COLMEGNA, D.N.I. Nº 3.333.454, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley.- “COLMEGNA MARIA ROSA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ Nº 21-25440864-3) Firmado: Dra. Gamst (Secretaria)
$ 45 Oct. 18
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VILLA CONSTITUCIÓN
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito 14 Civil Y Comercial de la 1ra. Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. ORSARIA, Secretaría del Dr. DANINO en autos caratulados “COSTANTINI ELEUTERIO OMAR S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25657910-0 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante COSTANTINI ELEUTERIO OMAR, DNI Nº 06.132.402, último domicilio 13 de Junio N°333 de la localidad de Cañada Rica, hijo de ELEUTERIO COSTANTINI Y de FIORINA ORECCHIA, nacido en General Gelly, provincia de Santa Fe, en fecha 25 de Mayo de 1941 y fallecido en Rosario el 02 de agosto de 2022, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales y que se publica a sus efectos en el boletín oficial de la provincia de Santa Fe y en el estrado del tribunal por treinta días. Villa Constitución, 14 de Octubre de 2022.-
$ 45 Oct. 18
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Hago saber a Ud. que en el juicio “GARBUGLIA, DANIEL MARIO s/ SUCESION”, CUIJ. Nro. 21-25657764-7, tramitado ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Villa Constitución a cargo de la Dra. AGUEDA. M. ORSARIA, Juez, Secretaría de la autorizante Dr. ALEJANDRO DANINO, se ha dispuesto lo siguiente: “Llamar, citar y emplazar por el término de treinta (30) días a los herederos, legatarios y/o acreedores de Don. GARBUGLIA, DANIEL MARIO, D.N.I. Nro. 12.794.335, Para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos”. AUTOS: “GARBUGLIA, DANIEL MARIO s/ SUCESION”, CUIJ. Nro. 21-25657764-7. Fdo. Dr. Alejandro Danino. Secretario.
$ 45 Oct. 18
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Hago saber a Ud. que en el juicio “CIANCHETTA, LUIS JOSE s/ SUCESION”, CUIJ. Nro. 21-25657771-9, tramitado ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Villa Constitución a cargo de la Dra. AGUEDA. M. ORSARIA, Juez, Secretaría de la autorizante Dr. ALEJANDRO DANINO, se ha dispuesto lo siguiente: “Llamar, citar y emplazar por el término de treinta (30) días a los herederos, legatarios y/o acreedores de Don. CIANCHETTA, LUIS JOSE, D.N.I. Nro. 08112985, Para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos”. AUTOS: “CIANCHETTA, LUIS JOSE s/ SUCESION”, CUIJ. Nro. 21-25657771-9. Fdo. Dr. Alejandro Danino. Secretario.
$ 45 Oct. 18
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RUFINO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino N° 9, Dr. Luis Alberto Cignoil, Secretaría del Dr. Jorge Andrés Espinoza, dentro de los autos caratulados: RASPO JOSE MIGUEL c/MARQUEZ, JUAN y Otro s/Prescripción Adquisitiva (Expte. 903/2018), CUIJ 21263600301, Se ha dictado lo siguiente: Rufino, 24 DE JULIO DE 2020nio de 2022: RIJFINO, Agréguese la documental adjuntada Cítese y emplácese a los herederos de Juan Raúl Márquez y Angélica Celia Vera, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán por el término de ley conforme lo dispuesto por el art. 597 CPCC. Sin perjuicio de la publicación edictar ordenada, dispóngase notificar por cédula la presente providencia en forma conjunta con el decreto de fecha 12/04/2019 al último domicilio real de los causantes.
Rufino, de Agosto de 2022.
$ 45 487103 Oct. 18 Oct. 24
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino Nº 9, Dr. LUIS ALBERTO CIGNOLI, Secretaría de la Dr. JORGE ESPINOZA, dentro de los autos caratulados: de DIO, HIPOLITO MARCELO S/ SUCESORIO - 21-26364891-6, se cita y emplaza a herederos, acreedores y/o legatarios del Sr. HIPOLITO MARCELO de DIO, D.N.I. 3.095.069, para que comparezcan a estar a derecho por el termino de cinco días y bajo apercibimientos de ley.-Rufino, Octubre 2022.-
$ 45 Oct. 18
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 8 de Melincué, se ha dispuesto hacer saber que en los autos: *10067233519* MARINOVICH SILVIO s/Concurso Preventivo – 21-26469173-4, se ha dictado la siguiente Resolución: “N° 110 Melincué, 2 de marzo de 2022. Y Vistos... Y Considerando... Y Considerando: La hoy concursada se presenta en concurso preventivo en fecha 13 de Julio de 2.021, debidamente receptado por el Tribunal, declarándose en fecha 14 de agosto del 2020 a fjs 50 y ss por auto n° 846 Tº 105 Fº 484. Se cumplieron las etapas previstas por la L. C. Q. con la insinuación de los acreedores y resolución del artículo 36 L.C.Q el 5 de julio del 2021 resolución n° 1067 T 111 E 130/133; y se fijó para Audiencia Informativa para el 1° de diciembre del 2021 y vencimiento del período de exclusividad para el 9 de diciembre del 2021 por resolución n° 114 de fecha 26 de febrero del 2021. Se presenta el Informe General por parte de la Sindicatura a fs 259/261 y en fecha 10 de diciembre de 2021 se solicita por la Sindicatura la declaración de Quiebra Consecuencial. Funda el pedido en la falta de propuesta de acuerdo por parte del concursado así como en el vencimiento del período de exclusividad- A fjs. 263 se corre traslado al deudor y a la Sindicatura. A fjs 264 se glosa la cédula de notificación al deudor y el mismo no contesta. A fjs 268 se expide la sindicatura afirmando que le asiste razón al peticionante de la quiebra porque venció el período de exclusividad y además no formuló propuesta alguna a los acreedores. Además de ello, el día fijado para el vencimiento del período de exclusividad no prorrogado precluye su facultad para obtener las conformidades y agregarla a los autos. Así, autorizada jurisprudencia, además del texto literal de la ley, imponen solo la solución prevista por el artículo 46 mencionado. A fines ejemplificativos, pese a la claridad normativa, cito: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza, Sala I, 1/7/2005, Artes Gráficas Melfa S.A. s/Conc. Prev s/Rec. de Casación - LL Gran Cuyo 2.005 (noviembre), 1.143 con nota de Darío J. Graziábile IMP 2005-19, 2622; AR/JUR/2272/2005: A los fines de obtener la aprobación de la propuesta de acuerdo preventivo, el deudor debe acompañar las conformidades indefectiblemente dentro del plazo de exclusividad fijado por el Juez, sea en el término originario, según el plan temporal previsto por el legislador, o bien en el posterior, proveniente de la decisión particular que ordena la prórroga, pues esta posición es la que concilia los principios concursales - conservación de la empresa - con los típicamente procesales - preclusión - y constitucionales - seguridad jurídica - ...”Otro: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala D, 10/3/2004, Editorial Delfos Empresa Periodística S.A. s/Quiebra Sup. C. y Q. 2.004 (setiembre), 67 la Ley 2.004-E, 777 - AR/JUR180912. 004: “Debe decretarse la quiebra de la concursada en virtud de los artículos 45 y 46 de la Ley N° 24.522 (Adia, LV-D, 4381), tda e que transcurrió el período de exclusividad sin que se hubiesen acompañado las conformidades establecidas legalmente para lograr la homologación del acuerdo preventivo (Del dictamen fiscal que la Cámara hace suyo) “. Por lo expuesto, Ley N° 24.522 y jurisprudencia citada; Fallo: 1) Declarar la quiebra del Sr. Marinovich Silvio, argentino, mayor de edad, productor agropecuario, D.N.I. N° 23.350.630 domiciliado en calle Sarmiento 105 de la localidad de Chovet, provincia de Santa Fe. 2) Mantener al Síndico actuante en autos C.P.N. Cristina Sosa Perrino. 3) Anotar la quiebra y la inhibición general de bienes del deudor en los registros correspondientes. 4) Prohibir a los fallidos hacer pagos, bajo apercibimiento de ineficacia. 5) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes y documentos que tuvieren, disposición extensiva a terceros que tuvieren en su poder. 6) Ordenar la intercepción de la correspondencia y entregarla a la sindicatura, librándose los despachos que fueren menester. 7) Anotar en los registros respectivos y hacer las comunicaciones necesarias a los fines del artículo 103 de la Ley 24.522. 8) Disponer el desapoderamiento de pleno derecho de los bienes de los fallidos que existieren a la fecha y que adquieran hasta su rehabilitación, impidiéndosele su disposición y administración. 9) Intimar a los fallidos para que pongan a disposición del Tribunal, dentro del término de tres días libros de comercio y documentación relacionada con la contabilidad, si los llevare. 10) Ordenar el inventario de los bienes de los deudores, librándose mandamiento a sus efectos al Oficial de Justicia. 11) Ordenar la suspensión de los actos de ejecución forzada de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Concursos y Quiebras. 12) Ordenar la publicación de edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el diario El Alba por el término y bajo los apercibimientos de ley. 13) Respecto de los acreedores verificados en el concurso: conforme el art. 202 LC. Q no tendrán necesidad de nueva verificación, procediendo la Sindicatura a recalcular los créditos según su estado. Los acreedores pos-concursales pueden requerir la verificación bajo el régimen de la verificación y bajo el régimen de costas del art. 202 L.C.Q. 14) Martes y viernes para notificaciones en la Oficina y/o el día hábil siguiente. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Se deja constancia que el Síndico designado es el CPN Cristina Sosa Perrino, con domicilio constituido en Moreno 319 de Melincué y también constituye domicilio de recepción de verificaciones el de calle Zeballos 2017 de Rosario. Dra. SABRINA DALL’ORSO BASUINO - DR. ALEJANDRO H. LANATA. Dra. Irrazábal, Secretaria. Secretaría, 5 de Octubre de 2022.
S/C 486931 Oct. 18 Oct. 24
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia Civil, Comercial y Laboral de la localidad de Melincué, dentro de los autos caratulados: SILVINA LUCIANA RICCARDO c/LUCIANO EMANUEL CAMPO s/Supresión de apellido; Expte. CUIJ Nº 21-26470736-3, se ha dictado lo siguiente: Melincué, 05 de Octubre de 2021. Por presentado, con domicilio legal constituido y por parte en el carácter invocado. Acuérdasele al compareciente la participación legal correspondiente. Agréguese boleta colegial y sellado fiscal acompañados. Agréguense en autos la documental que en copia simple se acompaña. Por iniciada demanda de supresión de apellido paterno. Imprímasele el tramite sumarisimo. Cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derecho, contestar la demanda y ofrecer las pruebas de las que se valdrá, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Dese intervención al Sr. Defensor General y a la Sra. Fiscal. Publíquese edictos con las formalidades establecidas por el art. 70 CCyCN. Ofíciese al Registro General de la Propiedad en Rosario y Registros Automotores correspondientes a los fines que informen sobre posibles medidas precautorias existentes respecto de la interesada. Señálese fecha de audiencia para oír a la menor para el día 30 de Noviembre de 2021 a las 11:30 horas, por ante este Juzgado. Notifíquese por cédula con copia de la demandada. Fdo. Dra. Analía M. Irrazábal, Secretaria. Dr. Alejandro H. Lanata, Jueza. Melincué, 3 de Diciembre de 2021.
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VENADO TUERTO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel Albero Carlini, Secretaría a cargo del Dr. Walter Bournot, en autos: SARLENGO CRISTIAN MARTIN c/COSTANZO VICTOR HUGO y Otros s/Daños y perjuicios (Expte. 21-24616723-8), se ha ordenado publicar el siguiente edicto del decreto dictado en autos que expresa lo siguiente: Venado Tuerto, 20 de Septiembre de 2022. Proveyendo cargo N° 13536/2022: Téngase presente. Cítese y emplácese a la demandada Sr. Costanzo Víctor Hugo, D.N.I. 28.775.429, mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por tres veces, a fin de que dentro del término de cinco días a partir de la última publicación, comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese. (Expte. 21-24616723-8). Fdo.: Dr. Walter Bournot (Secretario). Secretario, 27 de Septiembre de 2022.
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Circuito de Venado Tuerto, Dr. Martín C. Chasco, la Secretaria que suscribe, Dra. Violeta L. Martinelli, hace saber al demandado Sr. Miguel Angel López, que dentro de los autos caratulados: A8OCIACION MUTUAL VENADO TUERTO c/SOLE NATALI LUCRECIA y Otros s/Prepara vía ejecutiva (CUIJ Nº 21-24615745-3). Se ha dispuesto lo siguiente: Venado Tuerto, 30 de Septiembre de 2021. Proveyendo escrito bajo Cargo Nro. 9272/2021: Agréguese en autos las constancias acompañadas. Téngase por cumplimentado lo requerido a fs. 28. Se provee el escrito inicial (fs. 1/2). Por presentada, con domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, désele la participación que en Derecho corresponde. Téngase presente el e-mail denunciado a efectos de la remisión de correos de cortesía y el teléfono que informa. Déjese constancia que el sobre acompañado a fe. 21 vta, se encuentra reservado en Secretaria. Por iniciadas las presentes medidas preparatorias de juicio ejecutivo contra Natali Lucrecia Sole y Miguel Angel López. A los fines establecidos en el Art. 445 inc. 1) y 446 del CPCC cítese a la parte demandada para que cualquier día y hora hábil de audiencia dentro del término de (10) días de notificada, comparezca a este Juzgado a los fines del reconocimiento del contenido y firma de la documental reservada en Secretaria, bajo apercibimientos de darse por reconocida y auténtica la misma y tenerse por preparada la Vía Ejecutiva (Arts. 450 CPCC), si no compareciere o excusare su ausencia con justa causa. A la medida cautelar solicitada, Autos. A lo demás oportunamente. Notifíquese por cédula a través del Juez Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Santa Isabela. Fdo: Dr. Martín C. Chasco, Juez en suplencia; Dra. Violeta L. Martinelli, Secretaria. Venado Tuerto, 24 de Agosto de 2022. Dra. Martinelli, Secretaria.
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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 2da Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Gabriel A. Carlini llama a los herederos, acreedores, legatarios de DOÑA APARICIO LIA BOLMARA por DIEZ días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley.- Autos: “APARICIO LIA BOLMARA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ. N°21-24618424-8. Venado Tuerto, de Julio de 2022. Dr. Alejandro W. Bournot (Secretario).
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, 2da. Nom., Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlos Carlini, Secretaría Dr. Alejandro Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don SARA YOLANDA, D.N.I°. 0.902.536 fallecida el día 16 de agosto de 2012, y NICOLA ZVICER D.N.I. N° M. 6.100.521 fallecido el 22 de agosto de 2021, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de la ley. Conste.- (Expte. Cuij. N° 21-24614499-8).-
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