REGISTRADA BAJO EL Nº 14136
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 1 de la Ley N° 13.650, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1.- Declárase el día 31 de octubre de cada año como Día de la Reforma Protestante y de las Iglesias Evangélicas.”
ARTÍCULO 2.- Incorpórase un artículo 3 bis a la Ley N° 13.650, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3 bis.- El Poder Ejecutivo, a través de la repartición pertinente, coordinará acciones y actividades con reparticiones públicas, organizaciones, instituciones e iglesias, cuyas funciones u objetos guarden relación con lo dispuesto en esta ley, para la realización de eventos alusivos al día, que resalten la contribución de las iglesias para el desarrollo social y la paz de la sociedad.”
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA OCHO DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.
PABLO GUSTAVO FARIAS
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
DRA. ALEJANDRA S. RODENAS
PRESIDENTA
CÁMARA DE SENADORES
LIC. GUSTAVO PUCCINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 5 OCT. 2022
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.
Celia Isabel Arena
Ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos
37638
__________________________________________