picture_as_pdf 2022-10-06

LABORATORIO INDUSTRIAL

FARMACÉUTICO SOCIEDAD

DEL ESTADO (L.I.F. S.E.)


CONCURSO PÚBLICO LIF S.E. Nº 01/2022


El LABORATORIO INDUSTRIAL FARMACÉUTICO SOCIEDAD DEL ESTADO (L.I.F. S.E.) convoca al CONCURSO PÚBLICO LIF S.E. Nº 01/2022 para la “Contratación de la ejecución de una obra denominada Planta de Tratamiento de Efluentes y Líquidos”, según especificaciones y pliegos obrantes en el legajo Nº 332/22. Fecha límite de presentación de ofertas y acto de apertura: el día lunes 31 de octubre a las 10hs, en la sede del L.I.F. S.E., calle French Nº 4950, Santa Fe, Argentina. Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego Particular y consultas: Sin costo ($0). REQUERIR: con Pen drive a los Teléfonos: 0342 457 9231 / 9233 o en calle French Nº 4.950 de la ciudad de Santa Fe (CP 3000), República Argentina, o a los emails: ccasals.lif@santafe.gov.ar - eermacora.lif@santafe.gov.ar de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 hs. Más información en www.lif-santafe.com.ar

S/C 37578 Oct. 06 Oct. 11

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SECRETARÍA DE LOS DERECHOS

DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA

Y FAMILIA


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Jueza de Tramite, Dra. Claudia Brown, en los autos caratulados SDNAF c/BARREDA JULIO IGNACIO Y LEDESMA, YAMILA BRENDA s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes ley 12.967 y resolucion definitiva; (CUIJ Nº 21-10746464-3) que tramitan ante el Tribunal Colegiado de Familia N° 5, Segunda Secretaría de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los fines de notificar a la Sra. Yamila Brenda Ledesma, D.N.I. Nº 31.439.601; con domicilio real desconocido, que se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 26 de Septiembre de 2022. Hágase saber que ha sido designada Jueza de Tramite en las presentes actuaciones a la Dra. Claudia Brown (cfr. Art. 543 del C.P.C.C.). Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado acuérdasele la intervención legal correspondiente. Por promovido el Control de Legalidad de Medida de Protección excepcional y su resolución definitiva y solicitud de control de legalidad adoptada por la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia Y Familia de la Provincia de Santa Fe, respecto de la niña Oriana Guadalupe Barrera. Agréguese la documental acompañada. Téngase presente la sugerencia de Tutela formulada. En virtud de ello, citase y emplázase a Yamila Brenda Ledesma y Julio Ignacio Barrera para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre la medida definitiva propuesta y ofrezcan las pruebas de que intente valerse en el término de diez días corridos, hace apercibimiento de dictar sentencia sin más tramite. Notifíquese por cédula. Téngase presente la autorización concedida a los fines de efectuar la procuración. Requiérase a la SDNAF acompañe partida de nacimiento de la niña Oriana Guadalupe Barrera, como así también informe en el término de 48 hs. el/la abogado a del niño/a designado/a en las actuaciones administrativas pertinentes a los fines de tener por cumplimentado lo dispuesto por el art. 13, inc. a) de la lev 13923, informe la SDNAF. Procédase a notificar por edictos a la Sra. Yamila Brenda Lesma, conforme lo normado por el artículo 73 del CPCC A los fines de notificación del Sr. Julio Ignacio Barrera, ofíciese al Juzgado con competencia en la ciudad de Santo Tome. Dese intervención al Defensor General interviniente. Notifíquese el empleado Nisnevich. Notifíquese. Fdo: Dra. Claudia Brown (Jueza) - Dra. María Paula Budini (Secretaria). Saluda Atentamente. Santa Fe, 28 de septiembre de 2022.

S/C 486529 Oct. 06 Oct. 14

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NOTIFICACIÓN


Por Disposición de la Lic. Graciela Beatriz Cereijo, Delegada Regional de la Secretaria de la Niñez, Adolescencia y Familia, Delegación Reconquista, en los autos caratulados: SECRETARIA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA s/Medida de protección excepcional -González Santino Nicolás-González Adrián Marcelo-González Mario David- se notifica a la Sra. Angélica Carla González, DNI Nº 26.442.613, que se ha ordenado lo siguiente: Reconquista, 13 de Julio de 2022. Disposición ME RE Nº 0538 visto... Considerando... Dispone: Artículo 1°: Resolver en forma definitiva la Medida de Protección Excepcional dispuesta respecto de los hermanos Santino Nicolás González, DNI Nº: 55.213.930, nacido el día 25 de mayo de 2015, de 07 años de edad, y Adrián Marcelo González, DNI Nº: 46.368.527, nacido el día 22 de diciembre de 2004, de 17 años de edad, hijos de la Sra. Angélica Carla González, DNI Nº: 26.442.613, domiciliada en calle S/N, Villa Adela, Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe. Artículo 2°: Sugerir a la Autoridad Jurisdiccional la privación de la Responsabilidad Parental de la progenitora de Adrián y Santino González, oportunamente y previo trámite de ley, permaneciendo ambos transitoriamente en la institución de alojamiento donde efectivamente se encuentran, hasta tanto Adrián logre egresar debido al plan de trabajo con su autonomía progresiva, y se declare el estado de adoptabilidad del niño Santino, por no contar con personas de su ámbito familiar en condiciones y con intenciones de responsabilizarse de sus cuidados. Articulo 3°: Notificar la presente disposición a los representantes legales de los hermanos González Adrián y Santino, y a las partes interesadas. Artículo 4°: Notificar la resolución definitiva de la medida de protección excepcional y solicitar el control de legalidad de la misma al Juzgado competente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el artículo 62 de la Ley 12.967 y su decreto reglamentario N° 619/2010.

Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL durante tres (3) días Consecutivos. Reconquista, Septiembre de 2022.

S/C 486646 Oct. 06 Oct. 12

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