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DECRETO N° 1855


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 26. SEP 2022


VISTO:

El expediente N° 00201-0242478-2, del registro del Sistema de Información de Expedientes, en cuyas actuaciones se gestiona la modificación del Artículo 3º del Decreto N° 1069/21, referente a la autoridad de planificación, conducción y ejecución del “Nuevo Programa Provincial de Modernización de Edificios Afectados al Ministerio de Seguridad”; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 1069 de fecha 2 de julio de 2021, se creó el “Nuevo Programa Provincial de Modernización de Edificios Afectados al Ministerio De Seguridad”, resultando ser una herramienta eficaz para la mejora de las condiciones edilicias y/o estructurales de los edificios afectados al Ministerio de Seguridad, en donde la articulación con los gobiernos locales resulta beneficioso a múltiples niveles;

Que tal programa resulta estratégico a la gestión del Ministerio de Seguridad, ya que descomprime la planificación y ejecución de múltiples obras edilicias a través de la extensión de la Provincia, sin distraer recursos de obras públicas del gobierno provincial, y que permite extraer al máximo provecho al personal técnico del dicho Ministerio;

Que por necesitar la ejecución del programa una articulación e intermediación cercana con los gobiernos locales, se dieta el Decreto N° 1187 de fecha 15 de julio de 2022, por el cual se modifica el Artículo 3º del Decreto N° 1069/21, disponiéndose que la planificación, conducción y ejecución del mencionado programa estará a cargo de la Subsecretaría de Coordinación de Gabinete y Articulación Institucional del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe en su carácter de autoridad de aplicación del mismo;

Que ahora bien, dentro, del organigrama del Ministerio de Seguridad se encuentra la Secretaría de Gestión Institucional y Social de la Seguridad, la cual dentro de sus misiones y funciones se halla la de entender en la gestión institucional de la seguridad pública con relación a los gobiernos locales;

Que en efecto, resulta conveniente que la autoridad de aplicación del “Nuevo Programa Provincial de Modernización de Edificios Afectados al Ministerio De Seguridad”, sea la Secretaría de Gestión Institucional y Social de la Seguridad del Ministerio de Seguridad;

Que el presente acto se dieta en uso de, las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo por los Incisos 1) y 4) del Artículo 72° de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Modificase el Artículo 3º del Decreto N° 1069 de fecha 2 de julio de 2021, referente a la autoridad de planificación, conducción y ejecución del • “Nuevo Programa Provincial de Modernización de Edificios Afectados al Ministerio de Seguridad”, oportunamente modificado por su similar N° 1187 del 15 de julio de 2022, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 3°: Dispónese que la planificación, conducción y ejecución del programa creado por el Artículo 1° estará a cargo de la Secretaría de Gestión Institucional y Social de la Seguridad del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe en su carácter de autoridad de aplicación del mismo.”

ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PEROTTI

Rubén Diego Rimoldi

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