picture_as_pdf 2022-09-29

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN,

CIENCIA Y TECNOLOGÍA


EDICTO


Por el presente se hace saber al señor Alcides Raúl SOLÍS que en los autos caratulados: “SOLÍS, ALCIDES 2263 Acta de Infracción 2263”, se ha dictado la Resolución de la Subsecretaria de Transporte Nº 174 de fecha 6 de mayo de 2022 la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente Nº 00702-0000534-3 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...... Por ello... “...EL SECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º- Aplíquese al señor Alcides Raúl SOLÍS con domicilio en calle Laproda Nº 688 de la localidad de Victoria, Provincia de Entre Ríos, una multa de TRESCIENTAS UNIDADES FIJAS (300 U.F.) por infracción al artículo 76 de la Ley N° 13169, según el Acta de Infracción y/o Emplazamiento Nº 2263 de fecha 09/11/21.- ARTÍCULO 2º.- Establézcase que el importe de la sanción impuesta deberá ser depositado en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Cuenta Oficial N° 599 002 93483/02 “Rec. D.G.Transp. Min. Infra.”, en el plazo perentorio de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de girar antecedentes a Fiscalía de Estado para gestionar su cobro judicial.-ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuniquese y archívese.- Firmado: Dr. Osvaldo O. MIATELLO – Secretario de Transporte del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.-" Por dudas y consultas, comunicarse vía e-mail a fiscalizacion@santafe.gov.ar.- Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 12071, le asiste el derecho a interponer recurso en los términos del artículo 42º y siguientes del Decreto Nº 4174/15, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

S/C 37528 Sep. 29 Oct. 04

__________________________________________


EDICTO


Por el presente se hace saber al señor LÓPEZ MAGALLANES Mario Martín, que en el Expediente Nº 00702-0001234-3 caratulado: “LÓPEZ MAGALLANES Mario M / 38986 – Ref. Acta de Infracción Unidad T Cargas Dom LIV169.-” consta la siguiente notificación: “Por medio de la presente se procede a notificar el Acta de Infracción Nº 38986 de fecha 10/06/2019, que fuera confeccionada por el área de Fiscalización dependiente de esta Dirección General, por violación al artículo 76 en el marco de la Ley Provincial Nº 13169.- La Ley Provincial Nº 13169 artículo 27 establece el pago voluntario de las infracciones (50% del valor de la multa) por tal motivo se acompaña la boleta correspondiente en caso que usted quiera hacer uso de dicho beneficio. En caso contrario y en mérito al derecho constitucional de defensa, podrá presentar descargo en la Secretaría de Transporte (sita en Mitre 930 Piso 3 Rosario o Bv. Pellegrini 3100 Santa Fe). Quedando debidamente notificado de la presente, se le conceden diez (10) días hábiles a fin de realizar los trámites pertinentes, caso contrario se iniciarán las acciones administrativas para el dictado de las resolución correspondiente al acta mencionada, que en fotocopia se acompaña a la presente. E-mail: fiscalizacionstafe@gmail.com – Acta Nº 38986. Atentamente. FDO.: Javier I. CARCAMO – Jefe División Informes Técnicos Subsecretaría de Transporte – Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.-”

S/C 37529 Sep. 29 Oct. 04

__________________________________________


EDICTO


Por el presente se hace saber a la señora BINDA Ivana Cecilia que en el Expediente Nº 00702-0001234-3 caratulado: “Binda Ivana 2452 – Acta de Infracción 2452” consta la siguiente notificación: “Por medio de la presente se procede a notificar el Acta de Infracción Nº 2452 de fecha 20/05/2022, la que fuera confeccionada por el área de Fiscalización dependiente de esta Dirección General, por violación al artículo 76 en el marco de la Ley Provincial Nº 13169.- A fin de expresar las consideraciones que estime oportunas con respecto a las infracciones impuestas, en mérito al derecho constitucional de defensa, podrá presentar descargo en la dependencia de la Secretaría de Transporte, sita en Mitre Nº 930 Piso 3 Rosario, aportando la documentan que crea ustede conveniente.- En caso de querer cancelar voluntariamente la sanción de multa labrada, se acompaña con la presente notificación la boleta de pago de la misma con una reducción del cincuenta por ciento (50%) sobre el valor mínimo de la multa específica, según lo establecer el artículo 27 inciso A de la Ley Provincial Nº 13169. De ser abonada deberá presentar la correspondiente constancia de pago en las reparticiones oficiales o ser enviada vía mail.- Quedando debidamente notificada de la presente, se le conceden diez (10) días hábiles a fin de realizar los trámites pertinentes, caso contrario se iniciarán las acciones administrativas para el dictado de las resolución correspondiente al acta mencionada, que en fotocopia se acompaña a la presente. E-mail: fiscalizacionstafe@gmail.com – Acta Nº 2452. Atentamente. FDO.: Javier I. CARCAMO – Jefe División Informes Técnicos Subsecretaría de Transporte – Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.-”

S/C 37530 Sep. 29 Oct. 04

__________________________________________


EDICTO


Por el presente se hace saber al señor BARRIO Marcelo Oscar que en el Expediente Nº 01802-002273-5 caratulado: “BARRIO Marcelo Oscar / 39302 – Ref. Acta de Infracción Unidad Transp de Cargas Dom GCL272.-” consta la siguiente notificación: “Por medio de la presente se procede a notificar el Acta de Infracción Nº 39302 de fecha 08/10/2021, que fuera confeccionada por el área de Fiscalización dependiente de esta Dirección General, por violación al artículo 76 en el marco de la Ley Provincial Nº 13169.- La Ley Provincial Nº 13169 artículo 27 establece el pago voluntario de las infracciones (50% del valor de la multa) por tal motivo se acompaña la boleta correspondiente en caso que usted quiera hacer uso de dicho beneficio. En caso contrario y en mérito al derecho constitucional de defensa, podrá presentar descargo en la Secretaría de Transporte (sita en Mitre 930 Piso 3 Rosario o Bv. Pellegrini 3100 Santa Fe). Quedando debidamente notificado de la presente, se le conceden diez (10) días hábiles a fin de realizar los trámites pertinentes, caso contrario se iniciarán las acciones administrativas para el dictado de las resolución correspondiente al acta mencionada, que en fotocopia se acompaña a la presente. E-mail: fiscalizacionstafe@gmail.com – Acta Nº 39302. Atentamente. FDO.: Javier I. CARCAMO – Jefe División Informes Técnicos Subsecretaría de Transporte – Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.-”

S/C 37521 Sep. 29 Oct. 04

__________________________________________


EDICTO


Por el presente se hace saber a la empresa DELLAFUN ARGENTINA S.A. que en el Expediente Nº 00701-0120903-7 caratulado: “DELLAFUN ARGENTINA S.A. - E/ Acta de Infracción Nº 37113.-” consta la siguiente notificación: “Por medio de la presente se procede a notificar a la empresa el Acta de Infracción confeccionada por el área de Fiscalización dependiente de esta Dirección General, por violación al artículo 76 en el marco de la Ley Provincial Nº 13169.- A fin de expresar las consideraciones que estime oportunas con respecto a la infracción impuesta, en mérito al derecho constitucional de defensa, podrá presentar descargo en la dependencia de la Secretaría de Transporte sita en Mitre 930 Piso 3 Rosario aportando la documental que crea conveniente. Quedando debidamente notificado de la presente, se le conceden diez (10) días hábiles a fin de realizar los trámites pertinentes, caso contrario se iniciarán las acciones administrativas para el dictado de las resolución correspondiente al acta mencionada, que en fotocopia se acompaña a la presente. E-mail: fiscalizacionstafe@gmail.com – Acta Nº 37113. Atentamente. FDO.: Javier I. CARCAMO – Jefe División Informes Técnicos Subsecretaría de Transporte – Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.-”

S/C 37522 Sep. 29 Oct. 04

__________________________________________


EDICTO


Por el presente se hace saber al señor VERNA Enrique Germán que en el Expediente Nº 00701-0120900-4 caratulado: “VERNA Enrique – E Acta de Infracción 37110.-” consta la siguiente notificación: “Por medio de la presente se procede a notificar el Acta de Infracción Nº 37110 de fecha 06/11/2020, que fuera confeccionada por el área de Fiscalización dependiente de esta Dirección General, por violación al artículo 76 en el marco de la Ley Provincial Nº 13169.- La Ley Provincial Nº 13169 artículo 27 establece el pago voluntario de las infracciones (50% del valor de la multa) por tal motivo se acompaña la boleta correspondiente en caso que usted quiera hacer uso de dicho beneficio. En caso contrario y en mérito al derecho constitucional de defensa, podrá presentar descargo en la Secretaría de Transporte (sita en Mitre 930 Piso 3 Rosario o Bv. Pellegrini 3100 Santa Fe). Quedando debidamente notificado de la presente, se le conceden diez (10) días hábiles a fin de realizar los trámites pertinentes, caso contrario se iniciarán las acciones administrativas para el dictado de las resolución correspondiente al acta mencionada, que en fotocopia se acompaña a la presente. E-mail: fiscalizacionstafe@gmail.com – Acta Nº 37110. Atentamente. FDO.: Javier I. CARCAMO – Jefe División Informes Técnicos Subsecretaría de Transporte – Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.-”

S/C 37523 Sep. 29 Oct. 04

__________________________________________


MINISTERIO DE GOBIERNO,

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


BUSCA INMUEBLE PARA ALQUILER EN LA CIUDAD DE SANTA FE


Ubicación del inmueble: Zona Céntrica. Dentro del perímetro delimitado por las calles Rivadavia, Av. Gral López, Av. Gobernador Freyre y Bv Pellegrini.

Características del Inmueble: Para conformación de la Secretaría de Derechos Humanos. Deberá contar con una superficie cubierta de 200 m² o más.

Plazo de locación: 2 años.

Precio del alquiler: El monto del alquiler deberá cotizarse como precio final. Se podrá diferenciar el costo según sea el primer o segundo año. No incluir IVA, comisiones o gastos adicionales.

Plazo de presentación de los presupuestos: 5 días hábiles a partir de la fecha de publicación.

Lugar de presentación de los presupuestos: Coordinación de Compras del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, 3 de Febrero N.º 2649, Oficina N.º 214 de la ciudad de Santa Fe (c.p 3000).

Consultas: Teléfono: 0342 4506600 interno 1827. Email: fmarco@santafe.gov.ar

S/C 37457 Sep. 29

__________________________________________


SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 528


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

26/09/2022


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: DANTE TANINO HOGAR S.A CUIT N° 30-54371934-6 y MERELLA IVAN FRANCISCO CUIT N° 20-24523352-4.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L CUIT N° 30-70047365-8, ML INGESOL S.A CUIT N° 30-71553107-7, NATALI DANIEL CUIT N° 20-14975116-6, Q2 GROUP S.A CUIT N° 30-71526489-3 y SISCOP S.R.L CUIT N° 30-67691593-8.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: TRANSTOTAL S.R.L CUIT N° 30-70885531-2.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 37543 Sep. 29 Oct. 03

__________________________________________


RESOLUCIÓN Nº 529


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

26/09/2022


VISTO:

El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otra en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones; y


CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que la misma ha cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCYGB N.º 170/19, quedando debidamente encuadrada en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a las siguiente firma: PEREIRA JUAN FRANCISCO CUIT N° 20-26977428-3.

ARTÍCULO 2: Renuévase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: BELAVI AGUSTIN MATIAS CUIT N° 20-29113987-7.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 37520 Sep. 29 Oct. 03

__________________________________________


Tribunal de Cuentas


EDICTO


Por disposición del Vocal Jurisdiccional A de la Sala I se le hace saber a la ASOCIACIÓN DE TRAVESTIS, TRANSEXUALES Y TRANGÉNEROS DE ARGENTINA que en Expediente Nº 00901-0098879-1 TCP y agregado Nº 01501-0100225-3 MDS s/Rendición de Cuentas – Balance de Movimiento de Fondos 4º Trimestre 2019 del Ministerio de Desarrollo Social, que tramita por ante este Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se dictó la RESOLUCIÓN SI Nº 196 de fecha 16 de Marzo de 2021,VISTO:…CONSIDERANDO:…RESUELVE: Artículo 1º: Formular cargo a la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina por la suma de pesos cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta ($488.640,00-), según lo establecido en la Resolución N° 0048/03TCP, modificada por Resolución Reglamentaria N° 0010/16 TCP, conforme surge del siguiente detalle: IMPORTE OBSERVADO $240.000,00.- más INTERESES $248.640,00.- (desde el 02/05/2018, fecha en que se debió rendir cuentas, hasta la fecha en que la Sala resuelve formular el cargo. Fecha de tasa de interés considerada al 03/03/2021) IMPORTE POR EL QUE SE FORMULA EL CARGO $488.640,00.- Artículo 2º: Intimar al responsable para que, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la notificación de la presente resolución, proceda a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a Fiscalía de Estado, conforme a lo dispuesto por el artículo 224º de la Ley Nº 12510. Depositar el importe en la cuenta corriente N° 599-0009001/04 – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU Nº 3300599515990009001042 – CUIT 30-67461985-1 – Superior Gobierno de Santa Fe – Rentas Generales y remitir la constancia bancaria de la operación realizada a este Tribunal de Cuentas. Artículo 3º: Hacer saber, de conformidad a la Ley Nº 12.071, que: “Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez (10) días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto”. (artículo 238º de la Ley Nº 12.510, reglamentado por este Tribunal de Cuentas mediante Resolución Nº 006/06 y su modificatoria Resolución R Nº 0013/16). Artículo 4º: Regístrese, notifíquese y resérvense las actuaciones hasta el vencimiento del plazo acordado. Fdo.: CPN Sergio Orlando Beccari - Presidente, CPN Oscar Marcos Biagioni - Vocal, CPN María del Carmen Crescimanno -Vocal, CPN Ibis E. Braga - Secretaria Sala I.

S/C 37526 Sep. 29 Oct. 03

__________________________________________


POLICIA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE


UNIDAD REGIONAL II – ROSARIO


SECCION SUMARIOS ADMINISTRATIVOS


SEÑOR: Suboficial de Policía NI. 617.962 – WALTER DANIEL APARICIO PORTIS.-

Cumplo llevar a su conocimiento que en esta Sección Sumarios Administrativos U.R.II se instruyen actuaciones bajo el Nº 118/21 S.A., ordenadas por el S.J.U.R.II a tenor de lo normado en el Art. 37 inc. a) del R.S.A., por lo que se procede a notificar de la Resolución Nro. 1015/22 emanada de la entonces Sra. Jefa de Policía de la Provincia de Santa Fe, de la cual se transcriben sus partes fundamentales: VISTO: …………, CONSIDERANDO:……………….., LA JEFA DE POLICÍA, RESUELVE: Art. 1°) HACER CESAR, la situación de revista de Disponibilidad implantada por aplicación del Artículo 90 inciso c) de la Ley del Personal Policial 12.521/06 al Suboficial de Policía NI. 617.962 WALTER DANIEL APARICIO PORTIS, numerario de la Unidad Regional II – Departamento Rosario-, a partir de su notificación; ello de conformidad a los Arts. 140 y 144 inc. a), ambos del R.S.A., con reposición de credencial; en merito a los considerandos previos. Art. 2°) DAR INTERVENCION a las autoridades de la Unidad Regional II – Departamento Rosario- (División Medicina Legal Policial), a fin de disponer la eventual provisión de arma reglamentaria al Suboficial de Policía NI. 617.962 WALTER DANIEL APARICIO PORTIS, ello si correspondiere, previo examen psicológico para determinar si está en condiciones de cumplir funciones específicas con la portación del armamento. Art. 3°) SOBRESEER administrativamente al Suboficial de Policía NI. 617.962 WALTER DANIEL APARICIO PORTIS, de las faltas contempladas en el Art. 43 inc. a) – Apartado 22- de la Ley del Personal Policial 12.521/06- Decreto N° 461/15- (reglamentación del régimen de responsabilidad administrativa); en base a lo antes considerado. Art. 4°) APLICAR al Suboficial de Policía NI. 617.962 WALTER DANIEL APARICIO PORTIS, la sanción disciplinaria consistente en VEINTE (20) días de suspensión de empleo, por infracción al Art. 43 inc. f), de la Ley del Personal Policial Nº 12.521/06; de conformidad a los Arts. 44 inciso b) -punto 2- d ela precitada Ley; en base a las consideraciones que antecede.- Art. 5°) DISPONER el pase a situación de revista de disponibilidad del Suboficial de Policía NI. 617.962 WALTER DANIEL APARICIO PORTIS, de acuerdo a lo previsto en el Art. 90 inc. d) de la Ley del Personal Policial N° 12.521/06, con privación de arma y credencial policial, con los alcances del Art. 111 inc. c) de la precitada ley en lo que respecta a la percepción de sus haberes y Art. 53 de la misma normativa, en cuanto a la privación temporal de deberes y derechos; medida que cobrará vigencia durante el cumplimiento de la suspensión de empleo impuesta en la presente causa y finalizada la misma, HAGASE cesar, con la notificación del empleado, quien pasará oportunamente a revestir en servicio efectivo conforme al Art. 87 inc. a) de la menciona ley, con el reintegro de arma-si correspondiere- y credencial policial. Art. 6°) DAR INTERVENCION a la Unidad Regional II-departamento Rosario- (División Administración y Finanzas), a fin de que se efectúen sobre los haberes del Suboficial de Policía NI. 617.962 WALTER DANIEL APARICIO PORTIS, los descuentos pertinentes respecto al periodo no trabajado ( desde el 02-01-21 hasta el 01-02-21, inclusive) conforme a lo establecido en el Articulo 43 inc. f) – ultima parte- de la Ley del Personal Policial N° 12.521/06; en mérito a lo antes considerado. Art. 7°) REINTEGRAR los haberes que por aplicación del Art. 111 inc. b) de la Ley del Personal Policial N° 12.521/06 le fueron retenidos al Suboficial de Policía NI. 617.962 WALTER DANIEL APARICIO PORTIS, durante el periodo que revistara en disponibilidad por la presente causa administrativa; de conformidad al Art. 134 inc. b) del R.S.A.; atento a las consideraciones precedentes. Art. 8°) Para notificación del causante, anotaciones y comunicaciones de estilo PASE al Departamento Personal (D-1); luego, GIRESE a la Unidad Regional II –Departamento Rosario-, conforme a lo ordenado en el los Arts. 2° y 6° de la presente resolución; cumplido, ARCHIVESE por ante esa departamental.- Santa Fe, 09 de Agosto de 2022, firmado EMILCE MARCELA CHIMENTI, Director General de Policía, Jefe de Policía Provincia, Provincia de Santa Fe.- Asimismo se lo pone en conocimiento de los términos de la Ley 12071/02 Artículo 1º que dice: “ En las notificaciones de decretos y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas o en general, de cualquier decisión dictada por autoridad administrativa que niegue un derecho imponga obligaciones o no haga lugar a un recurso y el plazo para hacerlo, conforme la normativa vigente”, como así también, del Art. 104 del R.S.A. que dice: “…contra sanciones que se apliquen pueden interponerse los recursos de reconsideración y apelación en subsidio, dentro del plazo de tres días de la notificación de la resolución”..- Con lo que no siendo para más se da por finalizado el presente acto, firmando al pie de conformidad y para constancia..-

Firmado: Pablo E. Leguizamón, Comisario, Jefe de Sumarios Administrativos, Policía de la Provincia de Santa Fe.-

S/C 37532 Sep. 29

__________________________________________