picture_as_pdf 2022-09-28

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Señora Jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual - 2ª Nom de Rosario, Dra. Entrocasi, secretaria de la autorizante, dentro de los autos caratulados: BUREQUIS LUCAS c/GREGORIS CANDELA y ots s/Daños y perjuicios; Expte. Nº 21-11878301-5, se dispuso: notifíquese a la demandada Autino Mónica Edit, DNI 21.814.834, a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C. Rosario, 23/08/2022. Dr. Chistian Marcelo Biletti, Secretario.

$ 33 485865 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición del Tribunal Colegiado de Resposabilidad Extracontractual de la 1ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: HERRERA, SERGIO GABRIEL c/MONTENEGRO DIAZ, ROMAN MATIAS RAMON y otros s/Daños y perjuicios; (CUIJ Nº 21-11885774-4), se ha dispuesto notificar por edictos al Sr. Román Matías Ramón Montenegro, (D.N.I. Nº 30.254.982) los siguientes decretos: “Rosario, 22 de Marzo de 2022. Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee, por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a Montenegro Diez Román Matías Ramón y la citada en garantía Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nº 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al RNPA, a Clinat Salud, al hospital Provincial de Rosario, al SIDEAT, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: a) el original de la demanda o escrito ratificatorio de la misma; b) originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial c) sobres con la documental original de la oportunamente ofrecida. En caso de haberse ofrecido documental fundante, pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 hs. Para el caso de que deban concurrir personalmente al Juzgado, deberán solicitar turno por la página web del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe - http://turnos.justiciasantafe.gov.ar/index.php/. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Susana Igarzábal...”. Firmado: Dra. María Florencia Netri (Secretaria Subrogante). Dra. Susana Igarzábal (Jueza); “Rosario, 13 de Septiembre de 2022. Notifíquese al demandado Román Matías Ramón Montenegro Díaz mediante edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho y contestar demanda en el término de 20 días y que deberá transcribirse el decreto de fecha 22 de Marzo de 2022 y el presente proveído. Firmado: Dra. María Florencia Netri (Secretaria Subrogante). Dra. Susana Igarzábal (Jueza). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar al Sr. Román Matías Ramón Montenegro, (D.N.I. Nº 30.254.982), para que comparezca a estar a derecho y conteste demanda dentro del plazo de 20 días, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere en término, se nombrará un defensor de oficio. Dra. María Florencia Netri, Secretaria.

$ 70 486021 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición de la Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la 4ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Silvina García (Jueza de trámite) en los autos caratulados: MONZON, CARMEN c/DUARTE, RAMON CLEMENTE s/Divorcio; 21-11384052-5, Trib. Coleg. Inst. Única Civil de Fam. 3ª Nom., se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 24 de Noviembre de 2021. Por recibidas actuaciones provenientes del Tribunal Colegiado de Familia de la Quinta Nominación de Rosario. Se provee la demanda: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, y con patrocinio letrado. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza de Trámite: Dra. Silvina I. García. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora. A los efectos de fijar la fecha de retroactividad de la sentencia, especifique el demandado día, mes y año en que se produjo la separación de hecho. En caso de existir discordancia y/o incontestación, se aplicará el primer párrafo del art. 480 del CCC. De la petición de divorcio: hágase saber. De la propuesta reguladora: traslado por diez días. Notifíquese por cédula con copia y transcripción del artículo 438 del CCCN. Hágase saber a las partes que la falta de contestación a la propuesta efectuada habilita la articulación por separado y por el trámite correspondiente de las pretensiones vinculadas a los efectos del divorcio. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentado en la diligencia efectuada dicho informe. Acompañe partida/acta de matrimonio. Fdo: Dra. Analía D. Perrulli (secretaria) Dra. Silvina I. García (Jueza). Artículo 438 CCC: Requisitos y procedimiento del divorcio. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez. El pedido debe publicarse en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil N° 3. Secretaria, Rosario, de de 2022. Dra. Analía Perrulli, Secretaria.

S/C 485838 Sep. 28 Sep. 29

__________________________________________


Por disposición de la Dra. María José Campanella, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Jésica Ayala, (D.N.I. 34.891.116), la sentencia dictada dentro de los autos caratulados: AYALA GUSTAVO s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes LEY 12.967; 21-24829492-9, que a continuación se transcribe: “N° 2756. Rosario, 18 de Agosto de 2022. Vistos... Considerando.... Resuelvo: 1) Ratificar la resolución definitiva de la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción y modificada su sugerencia respecto de Gustavo Benjamin Ayala, (D.N.I. N° 47.051.535), nacido el día 20 de Diciembre de 2005, hijo de la Señora Jesica Ayala, D.N.I. N° 34.891.116 y del señor Ayala Angel, fallecido, en cuanto sugiere el ingreso del mismo en el Programa de Autonomía Progresiva según surge a fs. 299 de la ampliación de la propuesta de la Disposición N° 50/21 de fecha 15 de Abril de 2021; 2) citar a la señora Jesica Ayala a fin de que se expida sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (artículo 66 Bis tercer párrafo de la ley 12.967); 3) Notifíquese al Defensor General a los fines legales correspondientes; 4) Notifíquese a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia; 5) Insértese y hágase saber. Autos caratulados: AYALA GUSTAVO BENJAMIN s/Control de legalidad de medidas excepcionales LEY 12.967; CUIJ N° 21-24829492-9. Fdo. Dra. María José Campanella, Jueza; Dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria.

S/C 486055 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


La Sra. Jueza de Tramite Dra. Gabriela Ester Topino del Tribunal Colegiado de Familia de la Séptima Nominación de Rosario hace saber que en los autos: VIÑALS, MARIA TERESITA y otros c/CHAMBRET, JORGELINA y otros s/Titularidad y ejercicio de la responsabilidad parental. Delegación. Guarda.; de CUIJ 21-11393785-5, y a los fines de notificar fehacientemente al Sr. Wei Chen, DNI N° 94.647.338. Se ha dictado lo siguiente: “Rosario, 24 de Mayo de 2022, Téngase a las comparecientes por presentadas, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado, por derecho propio y con patrocinio letrado. Jueza de trámite: Dra. Gabriela Topino. Por iniciada la acción privación de la responsabilidad parental, a la que se imprimirá el trámite de juicio sumario. Agréguese la documental acompañada. Dese intervención a la Defensoría General que por orden de turnos corresponda. Requiérase al Defensor General que proceda a oír al niño Emanuel Chen. Dese intervención al Equipo Único de Trabajo Social a fin que practique un amplio y pormenorizado informe ambiental debiendo constituirse en el domicilio en el que habita el niño. Cítese a la progenitora para que en término de tres (3) días comparezca a estar a derecho, bajo los apercibimientos de ley. Ofíciese al RENAPER a fin que informe el último domicilio denunciado por el Sr. Wei Chen, DNI N° 94.647.338. Ofíciese a la Dirección Nacional de Migraciones a fin que informen el último ingreso y egreso al país registrado correspondiente al Sr. Wei Chen y domicilio que hubiera denunciado. Del pedido cautelar de guarda provisoria (art. 657 del CCC, córrase traslado a los progenitores por el término y bajo los apercibimientos de ley. Dese estricto cumplimiento a lo previsto en el artículo 56 del CPCC. Notifíquese por cédula. Hágase saber al oficial notificador que deberá recabar informes de quien lo atienda o vecinos a los fines de determinar si la demandada se domicilia en el lugar indicado y, únicamente en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación. Ofíciese al Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas a los fines del diligenciamiento de la notificación. Asimismo, para que la Jueza Comunitaria se constituya en el Geriátrico La Casona de Roldan y proceda a practicar informe ambiental debiendo tomar conocimiento personal de la Sra. Jorgelina Valeria Chambret haciéndole entrega de la cédula de notificación correspondiente. Fdo. Dra. Gabriela Ester Topino (Jueza) - Dra. Ma. Florencia Martínez Belli (Secretaria) /// Y otro: “Rosario, 29 de Agosto de 2022, Agréguese la cédula acompañada. Notifíquese por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Entradas del Tribunal, tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación. Procédase a digitalizar nuevamente el escrito cargo N° 23503/2022 a los fines de su correcta visualización. Fdo. Dra. Gabriela Ester Topino (Jueza) - Dra. Ma. Florencia Martínez Belli (Secretaria). Rosario, 21 de Septiembre de 2022.

$ 110 486038 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la 4ª Nominación de Rosario, se ha ordenado publicar el primer decreto de trámite de fecha 04 de Julio de 2022, dentro de los autos caratulados: MARTINEZ, MELANI CLARA c/MARTINEZ, JORGE ROQUE, VARELA, NORMA BEATRIZ Y HEREDEROS DE RODRIGLJEZ, ALEJANDRO ALBERTO s/Impugnación de paternidad y filiación post mortem; Expte.: CUIJ 21-11389767-5. Se transcribe a continuación el decreto que así lo ordena: Rosario, 04 de Julio de 2022. Habiéndose cumplimentado con lo requerido, se provee: Por iniciadas simultáneamente acción de impugnación del reconocimiento de paternidad contra Jorge Roque Martínez y Norma Beatriz Varela: y acción de reclamación de filiación extramatrimonial contra los herederos del Sr. Alejandro Alberto Rodríguez. Imprimase a los presentes el trámite de juicio oral. Téngase presente la prueba ofrecida. Cítese a Jorge R. Martínez, Norma B. Varela y a los presuntos herederos de Alejandro Alberto Rodríguez para que en el término de veinte (20) días comparezcan a estar a derecho, contesten demanda y ofrezcan prueba, bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos por tres días en el BOLETIN OFICIAL. Notifíquese a los dos primeros por cédula con copia del escrito de demanda y conjuntamente con el decreto de fecha 21/03/22. De no ser hallados los demandados en los domicilios denunciados, el empleado notificador deberá requerir informes de quien lo atienda o vecinos con el objeto de determinar si se domicilia allí y únicamente en caso afirmativo, procederá a efectuar la notificación. Fdo. Dra. Alicia Ana Galletto, Jueza - Dra. María José Caviglia, Secretaria. El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 8. Secretaría. Rosario, de 2022. Dra. María José Caviglia, Secretaria.

S/C 485924 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de Rosario, se ha ordenado emplazar a los herederos de Susana Margarita de Arma para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del C.P.C.C.S.F.. Autos caratulados: RAGALLI, NORBERTO OMAR y otros c/DE ARMAS, EMILIO JOSE y otros s/Daños y perjuicios; (CUIJ Nº 21-12633376-2). Fdo. Dra. Gabriela P. Almará, Secretaria. Rosario, de 2022.

$ 40 485888 Sep. 28 Sep. 03

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera (3ª) Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Señor Juez Dr. Ezequiel Zabale, Secretaría del Dr. Federico Lema, en los autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/BORDA, RAÚL EDUARDO s/Juicio Ejecutivo; (Expte. Nº 469/2022 – CUIJ 21-02933995-0), se ha ordenado publicar edictos a efectos de notificar al Sr. Raúl Eduardo Borda, (D.N.I. Nº 28.047.726), el Decreto del siguiente tenor: Rosario, 13 de Septiembre de 2022. Estando debidamente notificado y no habiendo el demandado comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edicto. Fdo.: Dr. Ezequiel Zabale (Juez) – Dr. Federico Lema (Secretario). Rosario, 20 de Septiembre de 2022.

$ 40 485884 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de 1ª Instancia de Circuito de la 3ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Cecilia A. Camaño, Jueza, y Dra. Ana Belén Curá, Secretaria, se ha dispuesto citar a la demandada De Ybarlucea y Quirno De Cancel, María Victoria - sin otros datos de identificación-, a comparecer y estar a derecho, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Autos caratulados ZINI, JORGELINA DE YBARLUCEA Y QUIRNO DE CANCEL, MARÍA VICTORIA s/Prescripción adquisitiva; (Expte. CUIJ N° 21-12631224-2), conforme lo previsto en el art. 73 CPCC. Fdo.: Dr/a. Cecilia A. Camaño, Jueza, Dra. Ana Belén Curá, Secretaria. Dra. Maria Luz Muré, prosecretaria.

$ 35 485969 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 7ª Nom. de la ciudad de Rosario, dentro de autos CUIJ Nº 21-02958324-9, caratulados BAEZ, SHEILA s/Sumaria información, se ha ordenado publicar edictos por el término de ley del primer decreto de trámite, en el que se dispone: Rosario. 04/07/22 Por presentada, con domicilio legal constituido y con patrocinio letrado. Por promovida Acción de Rectificación de Nombre (arts. 69 y 70 CC.C.N). Por ofrecida prueba. Agréguese la documental acompañada. Ofíciese al Registro General y al R.N.P.A. a fin de que informen si existen cautelares a nombre de la solicitante, y a la UR II y al Registro Nacional de Reincidencias para que informen sobre sus antecedentes penales. Publíquense edictos por el término de ley (art. 70 C.C.C.). Una vez producidas las pruebas y cumplidas que fueren las exigencias dispuestas precedentemente, córrase vista al Asesor Letrado del Registro Civil -autorizándose a la defensora y a la actora al retiro de los autos a tal fin- y a la Fiscalía -por intermedio del tribunal-, en ese ordeno Fdo. Dr. Marcelo N. Quiroga (Juez) - Dra. Dulce Sofía Rossi (prosecretaria). El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 8. Rosario, 16 de Septiembre de 2022. Dra. Lorena Andrea González, secretaria.

S/C 485923 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, en autos: CICCARELLI, RAFAEL CARLOS s/Concurso preventivo; 21-02933776-1 -3- por Resolución N° 892 de fecha 20/09/2022 se dispuso: Resuelvo: 1) Fijar el día Lunes 31 de Octubre de 2022 como fecha tope para hacer pública la propuesta presentando la misma en el expediente, conforme lo dispuesto por el Art. 43 LCQ. 5) Fijar el día Viernes 11 de Noviembre de 2022 para que tenga lugar en las oficinas del Juzgado la Audiencia Informativa prevista por el Art. 45 de la L.C.Q. 5) Fijar el día Viernes 18 de Noviembre de 2022 como fecha hasta la cual gozará el deudor del período de exclusividad. Publíquense edictos ampliatorios en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Jurista. 6) Insértese y hágase saber. Dra. Carolina V. Agüero, Prosecretaria. Dr. Fabián E. Daniel Bellizia, Juez.

$ 170 486009 Sep. 28 Oct. 05

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, en autos: CIRUBON S.A. s/Concurso preventivo; CUIJ Nº: 21-05017304-3 por Resolución N° 900 de fecha 20/09/2022: Resuelvo: 1) Fijar el día Lunes 31 de Octubre de 2022 como fecha tope para hacer pública la propuesta presentando la misma en el expediente, conforme lo dispuesto por el Art. 43 LCQ. 5) Fijar el día Viernes 11 de Noviembre de 2022 para que tenga lugar en las oficinas del Juzgado la Audiencia Informativa prevista por el Art. 45 de la L.C.Q. 5) Fijar el día Viernes 18 de Noviembre de 2022 como fecha hasta la cual gozará el deudor del período de exclusividad. Publíquense edictos ampliatorios en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Jurista. 6) Insértese y hágase saber. Dra. Carolina V. Agüero, Prosecretaria. Dr. Fabián E. Daniel Bellizia, Juez.

$ 170 486011 Sep. 28 Oct. 05

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, en autos: CICCARELLI, DANIEL OSCAR s/Concurso preventivo; 21-02933801-2 por Resolución N° 894 de fecha 20/09/2022 se dispuso: Resuelvo: 1) Fijar el día Lunes 31 de Octubre de 2022 como fecha tope para hacer pública la propuesta presentando la misma en el expediente, conforme lo dispuesto por el Art. 43 LCQ. 5) Fijar el día Viernes 11 de Noviembre de 2022 para que tenga lugar en las oficinas del Juzgado la Audiencia Informativa prevista por el Art. 45 de la L.C.Q. 5) Fijar el día Viernes 18 de Noviembre de 2022 como fecha hasta la cual gozará el deudor del período de exclusividad. Publíquense edictos ampliatorios en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Jurista. 6) Insértese y hágase saber. Dra. Carolina V. Agüero, Prosecretaria. Dr. Fabián E. Daniel Bellizia, Juez.

$ 170 486013 Sep. 28 Oct. 05

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, en tos: CICCARELLI, RICARDO RAUL s/Concurso preventivo; 21-02933772-9 por Resolución N° 893 de fecha 20/09/2022 se dispuso: Resuelvo: 1) Fijar el día Lunes 31 de Octubre de 2022 como fecha tope para hacer pública la propuesta presentando la misma en el expediente, conforme lo dispuesto por el Art. 43 LCQ. 5) Fijar el día Viernes 11 de Noviembre de 2022 para que tenga lugar en las oficinas del Juzgado la Audiencia Informativa prevista por el Art. 45 de la L.C.Q. 5) Fijar el día Viernes 18 de Noviembre de 2022 como fecha hasta la cual gozará el deudor del período de exclusividad. Publíquense edictos ampliatorios en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Jurista. 6) Insértese y hágase saber. Dra. Carolina V. Agüero, Prosecretaria. Dr. Fabián E. Daniel Bellizia, Juez.

$ 170 486015 Sep. 28 Oct. 05

__________________________________________


Por disposición del Juzg. 1ª Inst. Civil y Comercial 3ª Nominación, en autos: IBAÑEZ CRISTIAN HERALDO y otros c/ENZ JULIO ARELIO S.A. s/Usucapión; CUIJ Nº: 21-01121288-0- por Resolución N° 139 del 26 de Febrero de 2021 se dispuso: Y vistos:... Considerando ... Fallo: Hacer lugar a la demanda interpuesta y, en consecuencia, declarar adquirido por usucapión a favor de Cristian Heraldo Ibañez, D.N.I. N° 25.079.380 y de Marcela Guirado, D.N.I. N° 23.964.143, en fecha 01 de Enero de 1990, el inmueble descripto como: lote seis de la manzana 35 A y se lo ubica a los 0,00 m de la calle Pasaje Constantino Secco hacia el Oeste y mide 10,75m de frente por 1 9,42m de fondo, lo que hace una superficie total de 208,77 metros cuadrados, lindando por su frente al Norte con calle Vicénte López; al Este con Pasaje Constantino Secco; al Sur con parte del lote 7; y al Oeste con el lote 5, todos de la misma manzana y plano; dominio inscripto en el Registro General al Tomo 371 C Folio 0007 N° 109562…: Dr. Ezequiel M. Zabale, juez; Dra. Gabriela B. Cossovich, Sec. Asimismo, se dictó Resolución N° 456 del 9 de Setiembre de 2022 que dispone: Vistos: estos autos caratulados IBAÑEZ CRISTIAN HERALDO y otros c/ENZ JULIO ARELIO S.A. s/Juicios ordinarios; Expte. N° 21-01121288-0. 1) En fecha 26 de febrero de 2021 se inserta la sentencia 139 por la cual se hace lugar a la acción de fondo. En fecha 07 de septiembre de 2022, cargo 12356, la actora interpone aclaratoria. Considerando: 1) Que la aclaratoria se encuentra encaminada a que se haga constar el deslinde del inmueble de acuerdo al plano 3843 R dupl confeccionado por la Ingeniera Geógrafa María Dolores Soria, que consiste en un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado, el que según plano de Mensura para Obtención de Título Supletorio, confeccionado por el Ingeniera Geógrafa María Dolores Soria el 28 de Agosto de 2009, inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial, Regional Rosario, Departamento Topográfico bajo el número 3843 Dupl., del año 2009, se sitúa en la ciudad de Granadero Baigorria, Departamento Rosario, Distrito Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, y se designa como lote 6 Sección 02 Manzana 35 A, ubicado en la esquina formada por calle Vicente López y pasaje C. Secco, y compuesto de 10,75 metros en sus lados norte y sur, lindando con calle Vicente López al norte y Adela Bortmiri PII 33411300015 al sur; y 19,42 metros en sus costados Este y Oeste, lindando con Pasaje C. Cecco al Este, y al Oeste con Julio A. Enz S.A y ot. PII 3341300020. Encierra una superficie total de 208,77 metros cuadrados Resuelvo 1) Aclarar la sentencia 139 en los términos expuestos. Insértese y hágase saber. Dr. Ezequiel M. Zabale, Juez; Dr. Federico Lema, secretario subrogante. 19 de Septiembre de 2022.

$ 70 486024 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito de la 11ª Nominación de Rosario, en la causa BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO c/SANCHEZ VILLORIA, JOSEFINA s/Demanda Ejecutiva; Expte. N° 536/2019, ha dispuesto declarar la rebeldía de la demandada Josefina Sánchez Villoria – DNI Nº: 39.261.929 atento al decreto que se transcribe: se hace saber que se ha dictado la siguiente sentencia: Rosario, 23 de diciembre de 2019. Informando verbalmente el Actuario que se encuentra vencido el término sin que el demandado haya comparecido a estar a derecho, se los declara rebeldes siguiendo el juicio sin dársele representación. (Expte. Nº 536/2019). Fdo.: Dr. Luciano Carbajo (Juez) - Dr. González (Secretario). Rosario, julio de 2022. Fdo.: Dr. González (Secretario).

$ 40 486026 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito de la 15° Nominación de Rosario, en la causa: BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO c/TRIVISON NO, Nora Leonor s/Demanda Ejecutiva”, Expte. N° 83512018, ha dispuesto citar y emplazar a Nora Leonor Trivisonno I) Nº 13.504.788, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días y bajo apercibimientos de rebeldía. Se transcribe el auto que lo ordena: “N° 2909 – Rosario, 08/11/2019. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter invocado, a mérito del poder acompañado que se agrega en autos y que deberá certificarse previamente por Secretaría. Por iniciada la acción que expresa. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Cítese y emplácese a la parte demandada para qué en el término de ley, comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento, de rebeldía. Téngase presente. Decrétese la Inhibición General de la demandada hasta cubrir la suma reclamada de $.72.500.- con más la del 30% estimada provisoriamente para intereses costas, oficiándose a esos fines con las facultades y recaudos de ley. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Expte. N° 835/2018. Fdo.: Dr. Cadierno (Juez) - Dra. Sapei (Secretaria). Rosario, 01 de Julio de 2022 Téngase Presente. Publíquense edictos por el término de ley. Fdo.: Dra. Sapei (Secretaria). Rosario, Julio de 2022. Fdo.: Dra. Sapei (Secretaria).

$ 40 486031 Set. 28 Oct. 3

__________________________________________


La Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 17ma. Nominación de Rosario, en la causa: BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO c/AGUIRRE, MARIA INES s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 575/2021, se hace saber a la Sra. María Inés Aguirre, D.N.I. 14.240.331, que se ha dictado el siguiente auto: “Rosario, 26 de Agosto de 2021. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que, se agrega y que deberá certificar. Otórgasele la participación que por derecho corresponda. Previo al otorgamiento de la cautelar peticionada, acompañe el título en original para ser reservado en Secretaría y agregar copia certificada a los presentes. Agréguense las constancias acompañadas. Por iniciado Juicio Ejecutivo contra MARIA INES AGUIRRE, al que se le imprime el trámite previsto en los arts. 442 subs. Y ccdt. del CPCC. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de ley comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese por cédula debiendo el oficial notificador corroborar fehacientemente que el mismo se domicilia allí y sólo en caso de afirmativo procederá a realizar la notificación corroborar fehacientemente que el mismo se domicilia allí y solo en caso afirmativo procederá a realizar la notificación. Fdo.: Dra. Beduino (Jueza) – Dra. Lantermo, Secretaria. Rosario, 21 de Junio de 2022. Proveyendo escrito cargo N º716/22. Agréguese las constancias acompañadas. A fin de notificar a la parte demandada del presente juicio, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo.: Dra. Beduino (Jueza) – Dr. Aguzzi (Prosecretario). Rosario, 27 de Julio de 2022. Fdo.: Dra. Lantermo (Secretaria). Dr. Aguzzi, Prosecretario.

$ 40 486033 Set. 28 Oct. 3

__________________________________________


La Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 17ma. Nominación de Rosario, en la causa: BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO c/RIOS, MILTON ALEXIS s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 189/2021, se hace saber a la Sr. Milton Alexis Ríos, D.N.I. 39.051.271, que se ha dictado el siguiente auto: “Rosario, 9 de Abril de 2021. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que, se agrega y que deberá certificar. Otórgasele la participación que por derecho corresponda. Previo al otorgamiento de la cautelar peticionada, acompañe el título en original para ser reservado en Secretaría y agregar copia certificada a los presentes. Agréguense las constancias acompañadas. Por iniciado Juicio Ejecutivo contra MILTON ALEXIS RIOS, al que se le imprime el trámite previsto en los arts. 442 subs. y ccdt. del CPCC. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de ley comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese por cédula debiendo el oficial notificador corroborar fehacientemente que el mismo se domicilia allí y sólo en caso de afirmativo procederá a realizar la notificación corroborar fehacientemente que el mismo se domicilia allí y solo en caso afirmativo procederá a realizar la notificación. Fdo.: Dra. Beduino (Jueza) – Dra. Lantermo, Secretaria. Rosario, 24 de Junio de 2022. A fin de notificar a la parte demandada del presente juicio, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo.: Dra. Beduino (Jueza) – Dr. Aguzzi (Prosecretario). Rosario, 27 de Julio de 2022. Fdo.: Dra. Lantermo (Secretaria). Dr. Aguzzi, Prosecretario.

$ 40 486036 Set. 28 Oct. 3

__________________________________________


El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 14º Nominación de Rosario, en la causa: Banco Municipal de Rosario c/OTI, Verónica Ester s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 272/2022, se hace saber a la Sra. Verónica Ester, DNI: 24.677.427, que se ha dictado el siguiente auto: Rosario, 11 de Mayo de 2022. Con los autos a la vista se provee el escrito carao N° 6423/2022: Por presentado, con domicilio legal constituido y por parte. Acredite la representación que invoca en el término de cinco (5) días, bajo apercibimientos de le (Art. 42 CPCCSF). Atento la situación imperante a raíz de la Pandemia por el virus “Covid- 19”, y a los fines de evitar la concurrencia innecesaria al Tribunal conforme las resoluciones dispuestas por la Excma. CSJSF, constitúyase el apoderado de la actora como depositario judicial a Fin de cumplimentar con las previsiones del Art. 137 C.P.C.C. quedando en su poder la documental fundante hasta tanto le sea requerida. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Para el caso de notificación por cédula hágase saber al oficial notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 CPCC. y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar al requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadie- a los vecinos, si el destinatario efectivamente vive en ese lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y de las respuestas obtenidas. Fecho y de corresponder deberá oficiarse a la Secretaría Electoral a fin de que informe el último domicilio de la demandada. Asimismo se hace saber que, en caso de configurarse los presupuestos de ley, serán aplicables las reglas de fondo y procesales establecidas por la Ley 24.240 de Derechos del Consumidor: y que a fin de evitar eventuales planteos de nulidad. lo requisitos dispuestos por el Art. 36 de la mencionada ley, deberán ser cumplimentados previo dictado de la sentencia. Respecto del Punto 2), aclare, Oportunamente. Fdo.: Dr. Quaglia (Juez) - Dra. Arrecche (Secretaria subrogante). “Rosario, 27 de Junio de 2022. Con los autos a la vista se provee el escrito cargo N ° 9622/2022: Surgiendo de las constancias de autos que el domicilio del demandado resulta desconocido, cítese y emplácese al mismo por edictos (arg. art. 73 CPCC). Asimismo se hace saber al peticionante que el libramiento de edictos confirme art. 73 CPCC requiere que en el cuerpo de los mismos exprese que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento (le ley. Fdo.: Dr. Quaglia (Juez) - Dra. Arreche (Secretaria subrogante). Rosario, 25 de Agosto de Julio de 2022. Fdo.: Dra. Arreche (Secretaria subrogante).

$ 40 486034 Set. 28 Oct. 3

__________________________________________


En los autos: TORRES BRIAN NICOLAS c/LIDERAR CIA ARG SEGUROS y Otros s/Daños y perjuicios, CUIJ 21-00187660-8, que tramitan ante el Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 12da. Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, se dictado la siguiente sentencia: Tomo: 140, Folio: 348 Resolución: 1611. Rosario, 10 de Noviembre de 2021. Y Vistos: ( ... ) Fallo: 1) Hacer lugar a la demanda incoada, y en consecuencia, condenar a la parte demandada Gustavo Horacio Rodríguez - Sucesores- a abonar la suma de $ 1.232.156,79 (Pesos Un Millón Doscientos Treinta y Dos Mil Ciento Cincuenta y Seis con 79/100) por el rubro de Incapacidad Funcional, con más un 20% en concepto de Daño Moral, y la suma de $ 1.300,00 en concepto de Gastos terapéuticos y gastos de transporte; todo ello con más los intereses determinados en los precedentes “Considerandos”. II) Extender la presente sentencia a la aseguradora Liderar Cía General de Seguros S.A. - citada en garantía- con los límites y condiciones de la póliza de seguro vigente al momento de ocurrido el hecho generador de la presente demanda; III) Costas al vencido (art. 251 del CPCC); IV) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva y los profesionales actuantes acompañen copia de sus inscripciones ante la AFIP; V) Insértese y hágase saber. (Autos: “Torres, Brian Nicolás c/Liderar Cía. Arg. de Seguros y Otros 5/ Daños y Perjuicios” CUIJ: 21-00187660-8)“. Firmado: Dr. Fabián E. Daniel Bellizia (Juez) - Dra. Agustina Filippini (Secretaria). Ante ello, la parte actora ha interpuesto en legal tiempo y forma recurso de apelación contra dicha sentencia, lo que fuere concedido mediante el siguiente decreto emanado del Juzgado de origen, que reza: “Rosario, 19 de Noviembre de 2021. Proveyendo escrito cargo nro 17377/21: agréguese. Proveyendo escrito cargo nro. 17348/21: Por interpuesto recurso de apelación contra la sentencia nro 1611 de fecha 10/11/2021. Concédase el mismo libremente y con efecto suspensivo. Elévense los presentes a la Alzada con atenta nota de remisión”. Firmado: Dr. Fabián E. Daniel Bellizia (Juez) - Dra. Agustina Filippini (Secretaria).- Conste.-

$ 60 485853 Set. 28 Set. 29

__________________________________________


En autos caratulados: CALLEGARI MATILDE EMILIA s/Usucapión, Expte. N° 109412012 CUIJ N° 21- 01163603-6, que tramitan ante el Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 40 Nominación de Rosario, se ha dictado sentencia respecto del inmueble situado en calle Amenábar N° 1740 Monoblock B categoría 2 piso 05, unidad 49 parcela 05-01 del plano de subdivisión n° 87823/76, de la ciudad de Rosario, dominio inscripto al tomo 490 folio 164 n° 117687 Dpto. Rosario, la cual en su parte resolutiva se transcribe: “Resolución N° 1809. Rosario, 30 de agosto de 2018. Vistos:... Considerando:.... Resuelvo: 1) Hacer lugar a la presente demanda de usucapión y, consecuentemente con ello, ordenar la inscripción a favor de Matilde Emilia Callegari (DNI 3.580.722) del dominio respecto del inmueble ubicado en calle Amenábar 1740 de Rosario, designado como Monoblock B Categoría 2 Piso 05, inscripto al T° 490 F° 164 Nº 117687, Dpto. Rosario (U 49 parcela 05-01), previa presentación del plano de mensura para información posesoria de conformidad con el art. 24 inc. b de la ley 14.159 y su reglamentación. 2) Hágase saber la presente por edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley, debiendo consignarse en los mismos sumariamente los datos del inmueble usucapido. 3) Imponer las costas a la parte demandada, sin perjuicio del allanamiento formulado, en razón de haber dado lugar a la reclamación por falta de cumplimiento tempestivo de los extremos a su cargo (Art.251 inc.1 CPCC). 4) Diferir la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes h a tanto se acompañe la constancia de pago del último impuesto inmobiliario y se practique planilla de costas y gastos. Insértese, dése copia y hágase saber. Fdo.: Dra. Silvia A. Cicuto - Juez- 1ra. Daniela A. Jaime, Secretaria. Rosario, 8 de Setiembre de 2022.

$ 40 485949 Set. 28 Oct. 3

__________________________________________


Por disposición del Juzgado 1ra. Inst. Civil y Comercial l8va. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Susana Silvina Gueiler (Juez), Secretaría de la Dra. Patricia Beade, se notifica el decreto: Resolución N° 818 -21 Junio 2022, Rosario, Vistos y Considerando: Los presentes autos: SEGOVIA, ESTEBAN NAHUEL c/DELTA SALUD S.A. s/Regulación de honorarios 21-02956893-3, Resuelvo: Por presentado con domicilio constituido en el carácter invocado, por derecho propio. Cítese y emplácese a la parte demandada a constituir domicilio legal en el término de 10 días bajo los apercibimientos de ley. Regular los honorarios del Dr. Esteben Nahuel Segovia en la suma de $ 20.670,62.- (equivalente a 2 jus) - (Art. 23 - 24 Ley 6767 y sus modificatorias), la que será actualizada conforme el valor jus hasta tanto la presente quede firme. Los honorarios regulados serán abonados por quien corresponda y devengarán desde la mora un interés que se fija en la tasa activa promedio mensual capitalizada que publica el Nuevo Banco de Santa Fe SA (Fallo: “Pereyra Mario Simón el Municipalidad de Rafaela - Recurso Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción s/Incidente de Apremio por Honorarios, Expte. 135/2011, Tº 284 Fº 452/455 18.12.2018, Corte Suprema de Justicia de Santa Fe). Notifíquese en el domicilio real de la demandada por cédula conforme la citada norma. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Patricia Beade - Dra. Susana Silvina Gueiler. Otro: Rosario, 13/09/22. Agréguese las constancias acompañadas. Atento lo informado por el Oficial Notificador y a fin de evitar futuras nulidades, notifíquese por edictos, conforme lo dispuesto por el art. 73 del C.P.C.C. Fdo. Dra. Patricia Beade - Dra. Susana Silvina Gueiler (Autos: SEGOVIA, ESTEBAN NAHUEL c/DELTA SALUD S.A. s/Regulación de Honorarios - CUIJ: 21-02956893-3). Rosario, 14 de Setiembre de 2022. Dra. Melisa A. Lobay, Prosecretaria.

$ 40 485910 Set. 28 Oct. 3

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, Dr. Lucrecia Mantello, notifica al Sr. Omet, Omar Fabián, DNI N° 26.537.478, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/OMET, OMAR FABIÁN s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02929435-3): Y Vistos... Considerando... Resuelvo: N° 566 1. Integrar los títulos ejecutivos con la documentación causal acompañada. 2. Declarar la nulidad del pacto de intereses compensatorios contenidos en los contratos celebrados por las partes e incorporados a los títulos ejecutivos. 3. Declarar la nulidad parcial de los intereses punitorios estipulados. 4. Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la las sumas de i. $ 28.150 y ii. $ 5.824, con más los intereses establecidos en una vez y media la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina y el I.V.A. correspondiente, desde la fecha de la mora respectiva a cada cartulary hasta el día de su efectivo pago. 5. Imponer las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.). 6. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. 7. Notificar la presente sentencia al Ministerio Público Fiscal. Insértese y hágase saber. Dra. Silvina L. Rubulotta, Secretario. Dra. Lucrecia Mantello, Juez. Rosario, 04/07/22.

$ 35 486025 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 3ª Nominación, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. Ghio, Héctor Fabián, D.N.I. N° 27.909.107, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GHIO, HECTOR FABIAN s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-02920301-3: Tomo: 130 Folio: III Resolución: 1933. Rosario, 28/08/2019. Y Vistos: Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, en mérito al poder general en copia simple acompañado y que deberá certificar por ante la Actuaria. Por iniciada la acción que expresa. Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de tres (3) días, bajo apercibimiento de rebeldía. Trabar embargo sobre los haberes que perciba el demandado, Héctor Fabián Ghio, hasta cubrir la suma de $ 32.353,07, con mas la suma de $ 3.705,92, para intereses y costas futuras, con los límites dispuestos por Decreto Ley 484/87. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos (Art. 19 inc. 7 Ley Impositiva Anual). Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Acompañe informe comercial (Nosis, Org. Veraz S.A., etc) a los fines de recabar mayor cantidad de datos en relación al demandado. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dr. Federico Lema (Sec.).

$ 35 486023 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 4 Dr. Ragonese Claudia Alejandra, notifica al Sr. Gauto Caceres, Arnaldo, D.N.I. Nº 95.763.255, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GAUTO CACERES, ARNALDO s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-12626988-6: Rosario, 10 de Mayo de 2022. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Agréguese constancia de edictos publicados acompañada. Firmado: Dr. Ragonese Claudia Alejandra (Juez), Dra. Paula Marina Heltner (Sec.).

$ 35 486020 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Peralta, Walter Gastón, DNI N° 24.978.178, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/PERALTA, WALTER GASTON s/Ejecutivo; (Expte. Nº 878/2015, CUIJ Nº 21-02844717-2): 1) Ordeno seguir adelante la ejecución contra Peralta, Walter Gastón, DNI 24.978.178, hasta tanto Electrónica Megatone S.A. se haga íntegro el cobro de la suma reclamada de pesos ocho mil quinientos cuarenta y seis con cincuenta y nueve cvos. ($ 8.546,59) con los intereses establecidos en los considerandos, más I.V.A. sobre intereses si correspondiera y costas (art. 251 C.P.C.C.); 2) Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. … Dra. Marianela Godoy, Secretaria. Dra. Mónica Klebcar, Jueza. Dra. Cecilia G. Vaquero, Prosecretaria.

$ 35 486017 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Páez, Daniel Gastón, DNI Nº 37.208.099, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/PAEZ, DANIEL GASTON s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02943873-8): N° 739 Rosario, 22/06/21. Y Vistos: Los presentes caratulados ELECTRONICA MEGATONE SA c/PAEZ, DANIEL GASTON s/Juicio ejecutivo; 422/2021 Y considerando: Constancias de autos Resuelvo: Por presentada, con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva que se expresa. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho por el plazo de 30 días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula haciéndole saber al Oficial Notificador que deberá informar si el demandado vive allí y sólo en caso afirmativo proceder a practicar la notificación. Trábese embargo sobre los bienes libres de la demandada hasta cubrir la suma de $ 165.000.- por todo concepto. El profesional interviniente deberá suscribir cédulas y oficios atentos lo dispuesto por el Art. 25 y 26 del CPC, debiendo las reparticiones oficiadas, dar curso a los mismos, con transcripción del presente párrafo. Desígnese a la profesional depositaria de la documental correspondiente a estos autos, la cual deberá acompañar en el momento de ser requerida por el juzgado. Insértese y hágase saber. Dra. Marianela Godoy, Secretaria; Dra. Mónica Klebcar, Juez. Dra. Cecilia Vaquero, prosecretaria.

$ 35 486016 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. juez a cargo del juzgado de primera instancia de distrito civil y comercial N° 3- Nominación, Dr. Ezequiel Zabale, notifica al Sr. Acosta, Maria Soledad D.N.I N° 29.291.947 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ACOSTA, MARIA SOLEDAD s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02875557-8): Tomo: 140 Folio: 120 Resolución: 34. Rosario, 08/02/2022. Y vistos:... Y considerando: ... Fallo: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra Maria Soledad Acosta por el cobro de la suma de pesos siete mil ciento setenta y dos con 65/00 ($ 7.172,65) con más los intereses determinados en los considerandos precedentes. 2) Imponer las costas a la vencida. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la respectiva planilla. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez), Dra. Gabriela B. Cossovich (Sec.). 12 de Agosto de 2022. Dr. Federico Lema, secretario subrogante.

$ 35 486014 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de primera instancia de circuito judicial N° 3, Dra. Cecilia Camaño, notifica al Sr. Villalba, Luis Ariel D.N.I. N° 30.938.333 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/VILLALBA, LUIS ARIEL s/Ejecutivo; CUIJ N° (21-12627677-7): Rosario, 13 de Abril de 2022. Agréguese la cédula que en copia simple acompaña. Informando verbalmente la Actuaria que el demandado LUIS ARIEL VILLALBA no ha comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Firmado: Dr. Daniel González (Juez suplencia), Dra. Ana Belén Cura (Sec.). Dra, María Luz Muré, prosecretaria.

$ 35 486012 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de primera instancia de circuito judicial N° 3 Dra. Cecilia Camaño, notifica al Sr. Bilotta, Graciela Josefa D.N.I Nº 13.752.579 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/BILOTTA, GRACIELA JOSEFA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-12622943-4: Rosario, 08/03/2022. Tomo: 120 Folio: 10 Resolución: 199. Y vistos:... Y considerando:... Fallo: 1. Mandando seguir adelante la ejecución contra Bilotta Graciela Josefa hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma de $ 25.200,93 con más los intereses establecidos en los considerandos precedentes. 2. Aplicar las costas a la demandada vencida (art. 251 del CPCC). 3. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Camaño (Jueza), Dra. Ana Belén Cura (Sec.).

$ 35 486010 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de primera instancia de circuito judicial N° 3 Dra. Cecilia Camaño, notifica al Sr. Torres, Mirta Susana D.N.I N° 12.525.440 lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/TORRES, MIRTA SUSANA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-12628633-0: Rosario, 10 de Diciembre de 2021. Agréguese. Informando verbalmente la Actuaria que la demandada Mirta Susana Torres no ha comparecido a estar a derecho, decláreselo rebelde y prosiga el juicio-s{n su representación. Notifíquese por edictos. Firmado: Dra. Camaño (Jueza), Dra. Ana Belén Cura (Sec.).

$ 35 486008 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. Mariana Martínez, notifica al Sr. García Orlando, Lorena Beatriz (DNI N° 25.079.739) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GARCIA ORLANDO, LORENA BEATRIZ s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13909812-6: Rosario, 20 de Agosto de 2020. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre bienes muebles libres de la parte demandada hasta cubrir la suma de $ 69.728 estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente. Resérvese en Secretaría la documental original acompañada en sobre. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Dra. Silvina Lopez Pereyra (Secretaria), Dra. Mariana Paula Martínez (Juez).

$ 35 486007 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ª Nominación de Rosario, DR. Lucrecia Mantello, notifica al Sr. Meza, Alberto Ramón, DNI N° 23.070.409, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MEZA, ALBERTO RAMON s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02918716-6): Rosario, 28 de Julio de 2022. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria), Dra. Lucrecia Mantello (Jueza). Rosario, 10/08/22.

$ 35 486006 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez en suplencia del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. Maria Fabiana Genesio Jueza en suplencia, notifica al Sr. Escalante, Diego Martín, DNI N° 29.901.583, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/ESCALANTE, DIEGO MARTIN s/Ejecutivo; (Expte. N° 189/2011 CUIJ N° 21-00760106-6): Y vistos... Considero... Resuelvo... N° 550 fecha 28/07/2022. I) Ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más los intereses establecidos en los considerandos, desde la fecha de la mora (05/08/2008) y hasta el día de su efectivo pago; mas el IVA correspondiente. II) Imponiendo las costas al vencido (art. 251 CPCC) III) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. IV) Notifíquese la presente al Ministerio Público Fiscal. Insértese y hágase saber... Dr. Arturo Audano, Secretario; Dra. María F. Genesio, Jueza en suplencia.

$ 35 486035 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Galván, Alexis German, DNI N° 34.628.863, lo declarado en autos: CFN S.A. c/GALVAN, ALEXIS GERMAN s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21.02924508-5): Rosario, 24/06/2022... Y vistos... Considerando... Fallo: N° 781 1) Ordeno seguir adelante la ejecución contra Galván, Alexis German, DNI Nº 34.628.863, hasta tanto CFN SA se haga íntegro el cobro de la suma reclamada de pesos setenta y seis mil doscientos setenta y dos ($ 76.272) con los intereses establecidos en los considerandos, más I.V.A. sobre intereses si correspondiera y costas (art. 251 C.P.C.C.). 2) Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. ... Dra. Marianela Godoy, Secretaria; Dra. Mónica Klebcar, Jueza. Dra. Cecilia G. Vaquero, prosecretaria.

$ 35 485994 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, Juzgado vacante, notifica al Sr. Mascia, Maria Laura, DNI N° 33.485.281, lo declarado en autos: CFN S.A. c/MASCIA, MARIA LAURA s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-12617977-1): N° 2423. Rosario, 04/09/2018. Y vistos: ... Resuelvo: Por presentado, con domicilio legal constituido y por parte en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado. Por iniciada acción ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo en proporción de ley por la suma de $ 40213.34, más la suma de $ 12064.00 para intereses y costas provisorias, librándose el pertinente despacho a la empleadora. Resérvese en secretaría la documental acompañada. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifiquen los empleados de la oficina de notificaciones. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Maria Andrea Mondelli (Juez), Dra. Elvira Sara Sauan (Sec). Otros: Rosario, 10/10/2018. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Firmado: Dra. Maria Andrea Mondelli (Juez), Dra. Elvira Sara Sauan (Sec.). 17 de Agosto de 2022. Dr. Arturo Audano, secretario.

$ 35 486004 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Dr. Carlos Eduardo Cadierno, notifica al Sr. Rojas, Sergio Hernán, DNI N° 39.501.627, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ROJAS, SERGIO HERNAN s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02940680-1): Rosario, 28 de Julio de 2022. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese... Maria Eugenia Sapei, Secretaria; Fabián E. Bellizia, Juez en suplencia.

$ 35 486003 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Dr. Carlos Eduardo Cadierno, notifica al Sr. Scifo, José, DNI N° 94.126.534, lo declarado en autos: CFN S.A. c/SCIFO, JOSE s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02930808-7), Rosario, 28 de Julio de 2022. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese ... Maria Eugenia Sapei, Secretaria; Fabián E. Bellizia, Juez en suplencia.

$ 35 486002 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Herrera, Martín Eduardo, DNI N° 31.874.814, lo declarado en autos: CFN S.A. c/HERRERA, MARTIN EDUARDO s/Ejecutivo; (Expte. N° 339/2017 CUIJ N° 21-02879270-8): Rosario, Fecha 29/07/2022. Y vistos... Considerando... Fallo: N° 896 1) Ordeno seguir adelante la ejecución contra Herrera, Martín Eduardo, DNI Nº 31.874.814, hasta tanto CFN SA se haga íntegro el cobro de la suma reclamada de pesos treinta y un mil ochocientos cuarenta y nueve con cuarenta y cuatro cvos. ($ 31.849,44), con los intereses establecidos en los considerandos, más I.V.A. sobre intereses si correspondiera y costas (art. 251 C.P.C.C.). 2) Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber......Dra. Marianela Godoy, Secretaria; Dra. Mónica Klebcar, Jueza. Dra. Cecilia G. Vaquero, prosecretaria.

$ 35 486000 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. Vivas, Marcelo Alejandro (DNI N° 39.121.540) lo declarado en autos: CFN S.A. c/VIVAS, MARCELO ALEJANDRO s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-13912561-1): Nº: 1257 Rosario, 12/08/2022. Y vistos... Y considerando... Fallo: I- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Vivas, Marcelo Alejandro; y hasta que la actora perciba el importe Íntegro del crédito por la suma de $ 48.903,33 (Cuarenta y ocho mil novecientos tres pesos con 33/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago las costas. II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). III- Regular los honorarios del/la Dr./a. Knafel, Roxanna Noemí – CUIT Nº 23-21307016-4 -I.V.A. Inscripto- en la suma de $ 23.135,60 equivalentes a 1,85 JUS (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 ley nro. 6.767 t.o. ley 12.851), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese. Dra. Maria Elvira Longhi -Secretaria- Juzgado 1ª Inst. Ejecución Civil de Circuito 2ª Nom. - Rosario Dr. Luciano A. Ballarini -Juez- Juzgado 1ª Inst. Ejecución Civil de Circuito 2ª Nom. Rosario. 12 de Agosto de 2022.

$ 35 485999 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. González, Franco German (DNI N° 34.166.004) lo declarado en autos: CFN S.A. c/GONZALEZ, FRANCO GERMAN s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-13879401-3): Rosario, 01 de Agosto de 2022. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese rebelde. Dra. Maria Elvira Longhi, Secretaria; Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. 16 de Agosto de 2022.

$ 35 485997 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Pelle, Samuel, DNI N° 32.508.084, lo declarado en autos: CFN S.A. c/PELLE, SAMUEL s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02911003-1): Rosario, 24/06/2022... Y vistos... Considerando... Fallo N° 782. 1) Ordeno seguir adelante la ejecución contra Samuel Pelle, DNI Nº 32.508.084, hasta tanto CFN S.A. se haga íntegro el cobro de la suma reclamada de pesos cuarenta y cinco mil ciento noventa y dos con diez cvos. ($ 45.192,10) con los intereses establecidos en los considerandos, más I.V.A. sobre intereses si correspondiera y costas (art. 251 C.P.C.C.). 2) Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber... Dra. Marianela Godoy, Secretaria; Dra. Mónica Klebcar, Jueza. Dra. Cecilia G. Vaquero, prosecretaria.

$ 35 485996 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 15 de la ciudad de Arroyo Seco, en los autos: COMUNA DE ACEBAL c/NEUMÁTICOS GOODYEAR SRL s/Apremio municipal; (CUIJ N° 21-22767842-6) se hace saber a Neumáticos Goodyear SRL que se ha dictado la siguiente resolución: Arroyo Seco, 31 de Mayo de 2022. Tomo: 89 Folio: 429 Resolución: 855 - Vista y considerando: la demanda deducida en los autos individualizados supra y la normativa invocada y aplicable al caso, Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso, agregando la documental acompañada en simple copia digitalizada. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley N° 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, librar al domicilio denunciado mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma de $ 77.600,00 con más la de $ 38.800,00, estimados provisoriamente para intereses y costas, sobre los fondos dinerarios que se encuentren depositados y/o depositen en cuenta bancaria de la que sea titular Neumáticos Goodyear S.R.L en el Banco BBVA S.A. en cualquiera de sus sucursales. De no existir saldo suficiente a la fecha de recepción del oficio, el embargo se extenderá sobre cualquier otro activo financiero abierto a nombre de aquélla. Se deja aclarado que en caso de que la cuenta o activo tuviese más de un titular, la medida se efectivizará exclusivamente sobre la parte indivisa que corresponda al aquí ejecutado. El despacho pertinente deberá dejar expresa constancia de que, una vez cubierto el monto sobre el cual se ha ordenado el embargo (en la sucursal y cuenta donde primero se detecte que existen fondos suficientes), el banco deberá abstenerse de embargar en otras cuentas y/o sucursales donde la embargada pudiere tener fondos depositados. El mentado embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). 6. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 7. Citar de remate al accionado en el mismo domicilio, con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de 16 (dieciséis) días, se llevará adelante la ejecución. 8. Proceder a la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Tener presente lo manifestado en el punto XI y las reservas formuladas en el punto XII. Notifíquese por cédula. Insértese, agréguese y hágase saber. Fdo.: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria - Dra. Mariana Alvarado, Juez; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. 01 de Julio de 2022.

S/C 485935 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 15 de la ciudad de Arroyo Seco, en los autos: COMUNA DE ACEBAL c/FORTALEIN S.A. s/Apremio municipal; (CUIJ N° 21-22767841-8) se hace saber a Fortalein S.A. que se ha dictado la siguiente resolución: Arroyo Seco, 31 de Mayo de 2022. Tomo: 89 Folio: 426 Resolución: 852 - Vista y considerando: la demanda deducida en los autos individualizados supra y la normativa invocada y aplicable al caso, Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso, agregando la documental acompañada en simple copia digitalizada. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley N° 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, librar al domicilio denunciado mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma de $ 1.600,00 con más la de $ 1.6.00,00, estimados provisoriamente para intereses y costas, sobre los fondos dinerarios que se encuentren depositados y/o depositen en cuenta bancaria de la que sea titular Fortalein S.A. en el Banco Santander Río, en cualquiera de sus sucursales. De no existir saldo suficiente a la fecha de recepción del oficio, el embargo se extenderá sobre cualquier otro activo financiero abierto a nombre de aquélla. Se deja aclarado que en caso de que la cuenta o activo tuviese más de un titular, la medida se efectivizará exclusivamente sobre la parte indivisa que corresponda al aquí ejecutado. El despacho pertinente deberá dejar expresa constancia de que, una vez cubierto el monto sobre el cual se ha ordenado el embargo (en la sucursal y cuenta donde primero se detecte que existen fondos suficientes), el banco deberá abstenerse de embargar en otras cuentas y/o sucursales donde la embargada pudiere tener fondos depositados. El mentado embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). 6. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 7. Citar de remate al accionado en el mismo domicilio, con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de 16 (dieciséis) días, se llevará adelante la ejecución. 8. Proceder a la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Tener presente lo manifestado en el punto XI y las reservas formuladas en el punto XII. Notifíquese por cédula. Insértese, agréguese y hágase saber. Fdo.: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria – Dra. Mariana Alvarado, Juez; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. 01 de Julio de 2022.

S/C 485934 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 15 de la ciudad de Arroyo Seco, en los autos: COMUNA DE ACEBAL c/NEUMÁTICOS GOODYEAR SRL s/Apremio municipal; (CUIJ N° 21-22767840-9) se hace saber a Neumáticos Goodyear SRL que se ha dictado la siguiente resolución: Arroyo Seco, 31 de Mayo de 2022.- Tomo: 89 Folio: 428 Resolución: 854 - Vista y considerando: la demanda deducida en los autos individualizados supra y la normativa invocada y aplicable al caso, Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso, agregando la documental acompañada en simple copia digitalizada. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley N° 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, librar al domicilio denunciado mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma de $ 32.000 con más la de $ 16.000, estimados provisoriamente para intereses y costas, sobre los fondos dinerarios que se encuentren depositados y/o depositen en cuenta bancaria de la que sea titular Neumáticos Goodyear S.R.L en el Banco BBVA S.A. en cualquiera de sus sucursales. De no existir saldo suficiente a la fecha de recepción del oficio, el embargo se extenderá sobre cualquier otro activo financiero abierto a nombro de aquélla. Se deja aclarado que en caso de que la cuenta o activo tuviese más de un titular, la medida se efectivizará exclusivamente sobre la parte indivisa que corresponda al aquí ejecutado. El despacho pertinente deberá dejar expresa constancia de que, una vez cubierto el monto sobre el cual se ha ordenado el embargo (en la sucursal y cuenta donde primero se detecte que existen fondos suficientes), el banco deberá abstenerse de embargar en otras cuentas y/o sucursales donde la embargada pudiere tener fondos depositados. El mentado embargo recién podrá efectívizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). 6. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 7. Citar de remate al accionado en el mismo domicilio, con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de 16 (dieciséis) días, se llevará adelante la ejecución. 8. Proceder a la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Tener presente lo manifestado en el punto XI y las reservas formuladas en el punto XII. Notifíquese por cédula. Insértese, agréguese y hágase saber. Fdo.: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria - Dra. Mariana Alvarado, Juez; lo que se publica en BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. 29 de Junio de 2022.

S/C 485933 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 15 de la ciudad de Arroyo Seco, en los autos: COMUNA DE ACEBAL c/FORTALEIN S.A. s/Apremio municipal; (CUIJ N° 21-22767843-4) se hace saber a Fortalein S.A. que se ha dictado la siguiente resolución: Arroyo Seco, 31 de Mayo de 2022. Tomo: 89 Folio: 427 Resolución: 853 - Vista y considerando: la demanda deducida en los autos individualizados supra y la normativa invocada y aplicable al caso, Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso, agregando la documental acompañada en simple copia digitalizada. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley N° 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, librar al domicilio denunciado mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma de $ 2.400,00 con más la de $ 2.400,00, estimados provisoriamente para intereses y costas, sobre los fondos dinerarios que se encuentren depositados y/o depositen en cuenta bancaria de la que sea titular Fortalein S.A. en el Banco Santander Río, en cualquiera de sus sucursales. De no existir saldo suficiente a la fecha de recepción del oficio, el embargo se extenderá sobre cualquier otro activo financiero abierto a nombre de aquélla. Se deja aclarado que en caso de que la cuenta o activo tuviese más de un titular, la medida se efectivizará exclusivamente sobro la parte indivisa que corresponda al aquí ejecutado. El despacho pertinente deberá dejar expresa constancia de que, una vez cubierto el monto sobre el cual se ha ordenado el embargo (en la sucursal y cuenta donde primero se detecte que existen fondos suficientes), el banco deberá abstenerse de embargar en otras cuentas y/o sucursales donde la embargada pudiere tener fondos depositados. El mentado embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). 6. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. 7. Citar de remate al accionado en el mismo domicilio, con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de 16 (dieciséis) días, se llevará adelante la ejecución. 8. Proceder a la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Tener presente lo manifestado en el punto XI y las reservas formuladas en el punto XII. Notifíquese por cédula. Insértese, agréguese y hágase saber. Fdo.: Dra. Mariana Sabina Cattani, Secretaria - Dra. Mariana Alvarado, Juez; lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. 01 de Julio de 2022.

S/C 485931 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Circuito N° 5 de Rosario y en autos: MAROZZI, LAURITA BEATRIZ y otros c VELASCO DE CAVIGLIA, MARGARITA y Otros s/Prescripción adquisitiva; CUIJ Nº 21-12619746-9, se hace saber a: Velasco Margarita DNI Nº 1.895.761, Velasco Maria Encarnación 1.887.751, Velasco Angela Antonia. DNI N.º 5.552.782, Velasco Carmen Fermina, DNI Nº 1.034.774, Velasco Joaquina Alba, DNI Nº 1.792.759. y/o herederos de las mismas que se dictó lo siguiente: Rosario, 14 de Octubre de 2021 Atento a lo peticionado, se provee el escrito inicial cargo N° 8230/18: Por interpuesta la acción de Prescripción Adquisitiva, désele el trámite del juicio Sumario. Cítese y emplácese al demandado a estar a derecho por el término de 20 (veinte) días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Publíquense edictos a los fines de notificar a los posibles herederos de la codemandada fallecida: Sra. Joaquina Alba Velasco y cumplimente con el oficio requerido al Archivo por el Juzgado de Distrito N° 6 de Rosario (vide cargo N° 10081/21 de fs. 92). Ofíciese a la Municipalidad de Rosario, a la Fiscalía de Estado de la Provincia y a la Nación, a fin de que hagan saber a este tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Asimismo, procédase a la anotación de litis solicitada, respecto del inmueble objeto de los presentes, librándose los despachos pertinentes. A lo demás, líbrese oficio a la Cámara Nacional Electoral a los fines solicitados. Dra. Gabriela P. Almara –Secretaria; Dr. Maximiliano N. Cossari –Juez. Se hace saber que el inmueble se encuentra inscripto al Tomo 237 B, Folio 1447, N° 91635/1941. Dra. Gabriela Patricia Almara, secretaria.

$ 35 483929 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GIUSEPPE FACCHIN y/o GIUSEPPE ADRIANO FACCHIN y/o JOSE FACCHIN y/o JOSE ADRIAN FACCHIN, (DNI 93.277.164) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "FACCHIN, GIUSEPPE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N°21-02955754-0). Fdo.DRA. María Alejandra Crespo – Secretaria Subrogante.-"

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ADELA LUCIA BORTHIRY, (DNI 2.942.904) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BORTHIRY ADELA LUCIA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA" (CUIJ N°21-02960066-7). Fdo..DRA. Vanina C. Grande – Secretaria.-"

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARTINI, ORLANDO CARMELO, D.N.I. 6.271.778 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MARTINI, ORLANDO CARMELO S/SUCESORIO cuij 21-02953211-4. Fdo.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GLADYS GENNI ARGUTTI DNI 3.894.063 y por el causante HUMBERTO NICOLAS BENVENUTI DNI 6.034.539 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BENVENUTI, HUMBERTO NICOLAS Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS cuij 21-02954314-0. Fdo.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ZALBA, GABRIEL ANTONIO, D.N.I. 5.961.498 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ZALBA, GABRIEL ANTONIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-02960257-0. Fdo.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante JORGE ALBERTO CANCLINI DNI 10.557.066 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CANCLINI JORGE ALBERTO S/ SUCESORIO 21-02960150-7. Fdo. DRA. María Alejandra Crespo, Secretaria. Rosario, 20 de septiembre de 2022-"

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma.Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FORMICA TOMAS OSVALDO (DNI 40.780.420) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "FORMICA, TOMAS OSVALDO s/DECLARATORIA DE HEREDEROS-CUIJ Nº 21-02959356-3 ". Fdo. MARIANA MICHELETTI, Pro Secretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NORA BEATRIZ ARAGON, D.N.I. 5.803.603, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "ARAGON, NORA BEATRIZ S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-02960612-6). Fdo. MARIANA MICHELETTI, Pro Secretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SARA EDUARDA OSAN, D.N.I. 5.361.497, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "OSAN, SARA EDUARDA S/ SUCESORIO" (CUIJ N° 21-02959719-4). Fdo. MARIANA MICHELETTI, Pro Secretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ma Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALEJANDRO DE JESUS LAMBERTUCCI, DNI 6.139.242, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados LAMBERTUCCI, ALEJANDRO DE JESUS S/ SUCESORIO CUIJ 21-02955451-7. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Pro Secretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN CARLOS UBEDA, D.N.I. 5.984.235, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "UBEDA JUAN CARLOS S/SUCESORIO" (CUIJ N° 21-02959982-0). Fdo. MARIANA MICHELETTI, Pro Secretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante  GOMEZ ERMINDA (DNI 5.990.455), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: "GOMEZ, ERMINDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N° 21-02959353-9). Fdo. MARIANA MICHELETTI, Pro Secretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARIA DE LAS MERCEDES FONTANARROSA LC 6684303 y por el causante JORGE ALBERTO LOPEZ DNI 6.049.830 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: LOPEZ, JORGE ALBERTO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS cuij 21-02953541-5. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ARAYA, TERESA ANDREA D.N.I. 5.436.320 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ARAYA, TERESA ANDREA S/SUCESORIO cuij 21-02959573-6. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ELVA FELIPPELLI D.N.I. 3.239.662 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: FELIPPELLI, ELVA S/SUCESORIO CUIJ 21-02959177-3. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DOMINGUEZ, VICTOR ADOLFO, D.N.I. 5.522.855 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: DOMINGUEZ, VICTOR ADOLFO S/SUCESORIO cuij 21-02959726-7. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante VILCHEZ, FRANCISCO RAMON, D.N.I. 11.124.578 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: VILCHEZ, FRANCISCO RAMON S/SUCESORIO cuij 21-02957867-9. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CALABRESSI, MIGUEL ANGEL, D.N.I. 6.069.201 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CALABRESSI, MIGUEL ANGEL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS cuij 21-02934171-8. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SERGIO WALTER PIASERICO D.N.I. 11.672.476 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PIASERICO, SERGIO WALTER S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-02949842-0. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROMEO, DANIEL ALBERTO, D.N.I. 25.840.677 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ROMEO, DANIEL ALBERTO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS cuij 21-02957469-0. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante LITMANOVICH, NELLY LILIANA D.N.I. 3.571.909 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: LITMANOVICH, NELLY LILIANA S/SUCESORIO cuij 21-02956060-6. Fdo. MARIANA MICHELETTI, Prosecretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CONTRERAS, RAMON LUCIANO (D.N.I. 5.757.764), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CONTRERAS, RAMON LUCIANO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02956167-9), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NERI, MONICA LAURA (D.N.I. 21.885.207), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “NERI, MONICA LAURA S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02959810-7), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Héctor Francisco Nigro (DNI 3.688.846) y María Josefa Longo (DNI 5.539.233) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: NIGRO, HECTOR FRANCISCO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02955858-9.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante GARCIA, MARCELINO (D.N.I. 11.445.200), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GARCIA, MARCELINO S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT.” (CUIJ N° 21-02959367-9), de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes RAMONA FLORENTINA VILLALBA (D.N.I. 13.543.968) y FLORENCIO GOMEZ (D.N.I. 5.643.283), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GOMEZ, FLORENCIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02951118-4) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Nicolas Armando Lalla (DNI 6.024.262) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: LALLA, NICOLAS ARMANDO S/ SUCESORIO – 21-02960455-7.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Viviana Adela Nardoni (DNI 10.372.569) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: NARDONI, VIVIANA ADELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02959449-7.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Ramon Palomino (DNI 93.474.008) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PALOMINO, RAMON S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02960088-8.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario  , se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante    CORONEL CLAUDIO RAMON  LE 2.176.959 y INES VIRGINIA AGUIRRE LC 2.376.912 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: CORONEL CLAUDIO RAMON Y OTROS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS RECONSTRUCCION (CUIJ Nº 21-01606345-9).

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante CIALONI REYNALDO CLEMENTE LE 6.309.078 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: CIALONI REYNALDO CLEMENTE S/DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ Nº 21-02959729-1).

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario  , se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante    MONZON ANA  dni 14.666.800 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos:  D ‘MONZON ANA s/ declararía herederos(CUIJ Nº  21.02949168-9 ).

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes JUAN CARLOS LEZCANO D.N.I. 5.989.875, y BARBARITA DELIA PEDROZO D.N.I. 3.891.720, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LEZCANO, JUAN CARLOS Y OTROS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02958923-9) . Fdo. MARIANA MICHELETTI, Pro Secretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SARA LUISA BERLI, L.C. 2.623.947 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "BERLI SARA LUISA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ 21-02959014-9).-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN CARLOS DE PASCUAL (D.N.I. 6.176.712), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DE PASCUAL, JUAN CARLOS S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02955540-8) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ADOLFO JOSE AGUIRRE D.N.I. 6.032.256 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “AGUIRRE, ADOLFO JOSE S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA” (CUIJ N° 21-02956527-6). Fdo. Dra.Vanina Carla Grande, Secretaria.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARIA LOPEZ (L.C.. 2.983.314) y de DOMINGO SANCHEZ LOSADA (CI 491.762) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “LOPEZ, MARIA Y OTROS S/ SUCESORIO - 21-02956931-9” . Rosario.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MAXIMO HILARIO RODRIGUEZ D.N.I 17.840.984 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RODRIGUEZ, MAXIMO HILARIO S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02958791-1). Fdo. Dra. Vanina Carla Grande, Secretaria. Rosario

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


FIRMAT

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Distrito N° 16 de la Ciudad de Firmat, Provincia de Santa Fe a cargo de la Dra. Laura M. Barco (Juez) y del Dr. Darío Loto (Secretario), en los autos caratulados: RISSO CORREA ALBA CELINA c/NAVARRO CLAUDIO y otros s/Escrituración; 21-26407391-7 se ha ordenado lo siguiente: Firmat, 1 de septiembre de 2022. Téngase presente lo informado. Atento las constancias de autos y no habiendo comparecido la demandada Sra. Gloria Mabel Lescano, decláresela rebelde y siga el juicio sin su representación. Cítese y emplácese a los herederos de la Sra. Clara Beatriz Fredriksson (demandada fallecida) a comparecer a estar a derecho por edictos, y en caso de no comparecer, se nombrará un curador ad-hoc con el cual seguirá el procedimiento según los términos del Art. 597 CPCC. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Tablero d Tribunal por tres días. Notifíquese Firmado: Dra. Laura Barco, Juez - Dr. Dario Loto, Secretario subrogante. 16 de Septiembre de 2022.

$ 525 485903 Sep. 28 oct. 03

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ª instancia Civil, Comercial y Laboral Distrito N° 16 de Firmat, a cargo de la Dra. Laura Mariana Barco, y Secretaria del Dr. Darío Pedro Loto, se hace saber que en los autos NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/GOROSITO RENE HUGO s/Juicios ordinarios; Expte. CUIJ N° 21-24478292-9 en trámite por ante este mismo Juzgado, se ha dispuesto lo siguiente: Venado Tuerto, 05 de Marzo de 2020. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. María Celeste Rosso, Jueza; Dra. Jorgelina Daneri, Secretaria. 01 de Septiembre de 2022. Firmat, Agosto de 2022. Dr. Dario Loto, secretario subrogante.

$ 33 486076 Sep. 28 Oct. 03

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Juez de Primera instancia de Distrito nro 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Firmat, Dra. Laura M. Barco, Secretaria a cargo Del Dr. Dario Loto, en los autos caratulados SANCEVICH ANTONIO FRANCISCO s/Sucesiones- Insc. Tardías- Sumarias- Volunt.; CUIJ Nº 21-25421398-0, se Cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de Sancevich Antonio Francisco, DNI Nº 10.873.859 para que comparezcan arte este Tribunal a hacer valer sus Derechos, dentro del Término y bajo los apercibimientos de Ley. Fdo. Dr. Dario Loto, Secretario. Firmat, Septiembre de 2022.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


CASILDA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, Dr. Gerardo Marzi en autos caratulados MALDONADO SUSANA MABEL s/Quiebra; (Expte. Nº 610/2007) se hace saber a los interesados que se ha dictado la siguiente: Casilda, 12 de mayo de 2021. ...Al escrito de fs. 420/421: Por practicado informe final y proyecto de distribución, si en tiempo y forma estuviera. Procédase a la publicación de edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL, pudiendo el fallido o los acreedores formular observaciones del plazo y con las formalidades de ley. ...(Expte. Nº 610/2007). Fdo. Marzi Gerardo (Juez) - González Sandra (Secretaria). Casilda.

S/C 485967 Sep. 28 Sep. 29

__________________________________________


CAÑADA DE GOMEZ

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de TELONI ROBERTO ANGEL S/SUCESORIO" Expte. CUIJ N° 21-26028538-3, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de CASTILLO BRIGIDO GRICELDO S/SUCESORIO" Expte. CUIJ N°21-26026609-5, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de SCHMITTLEIN AMBROSIO S/SUCESORIO" Expte. CUIJ N° 21-26029038-7, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N°6, 1ra Nominación Secretaría Dr. Guillermo R. Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de PEREZ RAUL S/DECLARATORIA DE HEREDEROS", Expte. CUIJ N° 21-26028965-6, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de (1) día conforme disposiciones del Art. 2340 CC Y CN y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


SAN LORENZO

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaria de la autorizante, se cita, se llama y emplaza a los herederos del causante RADICE MARIO ERNESTO y a todo el que tenga interés legítimo para que COMPAREZCA A ESTAR A DERECHO por el término y bajo los apercibimientos de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados: "RADICE MARIO ERNESTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" EXPEDIENTE Nº 21-25441697-2. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, ----- Secretaría de la Dra. Gamst.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de Doña ARMINDA YOLANDA BRAIDOTTI para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. San Lorenzo, 18 de febrero de 2022. Luz M. Gamst, Secretaria.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 12 en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados: “COMUNA DE OLIVEROS C/ TOKMAN SALOMON Y OTROS S/ APREMIO FISCAL COMUNAL” CUIJ N° 21-25440357-9, se ha dictado la siguiente Resolución Judicial Tomo: 88 - Folio: 230 - Nro.: 1817 de fecha 09/12/2021, la cual reza: “. . . Por presentado, domiciliado, en el carácter expresado a mérito del poder general acompañado que deberá certificar. Por iniciada la presente acción. Agréguese la documental acompañada. Cítese de remate a la demandada por el término de 8 días y bajo apercibimientos de ley (art.7 Ley 5066). Ordénase el embargo sobre el inmueble mencionado en la demanda, hasta cubrir la suma de $123.216,00.- con más la de $36.964,80.-. Hágase saber al peticionante de la cautelar una vez que la misma sea trabada deberá notificar el presente a los fines que haga la presentación que por derecho le pudiera corresponder. Téngase presente el martillero propuesto. Atento lo peticionado y conforme lo normado por el art. 73 CPCCSF notifíquese por edictos”.- Dr. Alejandro Marcos Andino, Juez. Dra. Luz María Gamst, Secretaria.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


VILLA CONSTITUCIÓN

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados "Pazzaglia, Inginio Mauricio y Otros s/Sucesorio, CUIJ: 21-25657823-6, se cita y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de, Pazzaglia, Inginio Mauricio y de Ariet, Navidad, por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 27 de SEPTIEMBRE de 2022. Dr. ALEJANDRO DANINO. Secretario. Dra. AGUEDA M. ORSARIA. Juez.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito 14 Civil Y Comercial de la 2da. Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Ferrari, Secretaría del Dr. Malgeri en autos caratulados “RICARDO OSVALDO MARTINEZ S/DELCARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25657413-3 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante RICARDO OSVALDO MARTINEZ, último domicilio Cayetano Carbonel N°4370 de la localidad de villa Constitución, hijo de RICARDO LUIS MARTINEZ Y JSEFA GLISETTI, nacido en villa Constitución, provincia de santa fe, en fecha 28 de agosto de 1946 y fallecido en Rosario el 05de julio de 2020, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales y que se publica a sus efectos en el boletín oficial de la provincia de santa fe y en el estrado del tribunal por treinta días. Villa Constitución, 26 de septiembre de 2022.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados “CIANCIO ROQUE Y OTROS S/SUCESORIO”, CUIJ. N° 21-25657853-8, se cita a los herederos, acreedores y /o legatarios de ROQUE CIANCIO Y MARIA NANNI por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos (art. 2.340 C. Civ. y Com). SECRETARIA, Villa Constitución,  26 de Setiembre de 2.022.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Villa Constitución; a cargo de la Dra. Griselda Ferrari, Secretaria: Dr. Dario Malgeri, dentro de los autos caratulados “LACAVA VICTOR – BERTOLUCCI ELIDA  S/  DECLARATORIA DE HEREDEROS”, Expte. 922/2018 CUIJ 21-25615637-4 se cita a los herederos, acreedores o legatarios de del Sr. VICTOR LACAVA y la Sra. ELIDA FLORENTINA BERTOLUCCI por el término de 30 días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de ley. Publíquese en BOLETIN OFICIAL y en el transparente habilitado al efecto, en la forma prescripta por el art. 67 CPCC reformado por ley 11.287. Firmado: Ferrari (Juez) Malgeri (Secretario)

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


VENADO TUERTO

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Venado Tuerto, Dra. Ma. Celeste Rosso, secretaría a cargo de la Dra. Jorgelina V. Daneri; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causanteOLGA ANTONIA RENDE DNI 0902449 para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer valer sus derechos en los autos "RENDE, OLGA ANTONIA S/ SUCESORIO - 21-24618700-9". Venado Tuerto, 26 de Septiembre 2022.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Venado Tuerto, Dra. Ma. Celeste Rosso, secretaría a cargo de la Dra. Jorgelina V. Daneri; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don KINSELLA, OSVALDO PATRICIO DNI N 6.128.794 para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer valer sus derechos en los autos “KINSELLA, OSVALDO PATRICIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 21-24618421-3". Venado Tuerto, 26 de Septiembre 2022.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Venado Tuerto, Dra. Ma. Celeste Rosso, secretaría a cargo de la Dra. Jorgelina V. Daneri; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don FERNANDEZ HORACIO GUILLERMO DNI N 10.761.273 para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer valer sus derechos en los autos “FERNANDEZ HORACIO GUILLERMO S/ SUCESIONES-INSC.TARDIAS-SUMARIAS-VOLUNT. - 21-24618141-9". Venado Tuerto, 26 de Septiembre 2022.-

$ 45 Sep. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito de 1ra Instancia Civil y Comercial 2da Nominación SEC.UNICA de Venado Tuerto, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante OSCAR GUSTAVO MEDIOLI (DNI 6.141.946), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días". Autos caratulados "MEDIOLI OSCAR GUSTAVO S/DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-24617868-9 en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 2da Nominación de Venado tuerto.

$ 45 Sep. 28

__________________________________________