REGISTRADA BAJO EL Nº 14121
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1- Adhiérese la Provincia a la Ley Nacional N° 27.092, mediante la cual se declara al 2 de octubre como “Día Nacional de la No Violencia”.
ARTÍCULO 2- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, debe incluir en el calendario escolar de los distintos niveles del sistema educativo provincial el día instituido en el artículo 1 de esta ley, con el objeto de difundir y concientizar sobre la problemática de la violencia.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
PABLO GUSTAVO FARIAS
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
C.P.N. RUBÉN PIROLA
PRESIDENTE PROVISIONAL
CÁMARA DE SENADORES
LIC. GUSTAVO PUCCINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
DR. DIEGO L. MACIEL
SUBSECRETARIO
CÁMARA DE SENADORES
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 15 SEP 2022
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.
Celia Isabel Arena
Ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos
37410
__________________________________________