picture_as_pdf 2022-09-19

REGISTRADA BAJO EL Nº 14113


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Declárase Patrimonio Cultural e Histórico Provincial al edificio del Templo de la “Iglesia Evangélica Metodista Emmanuel” y de la Casa Pastoral de la Ciudad de Cañada de Gómez, departamento Iriondo.

ARTÍCULO 2.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo Provincial que, a través de los organismos pertinentes, disponga los medios necesarios para la preservación del patrimonio referido en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

PABLO GUSTAVO FARIAS

PRESIDENTE

CÁMARA DE DIPUTADOS

C.P.N. RUBÉN PIROLA

PRESIDENTE PROVISIONAL

CÁMARA DE SENADORES

LIC. GUSTAVO PUCCINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CÁMARA DE DIPUTADOS

DR. DIEGO L. MACIEL

SUBSECRETARIO

CÁMARA DE SENADORES


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 15 SEP 2022

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.

Celia Isabel Arena

Ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos

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