picture_as_pdf 2022-09-12

santa fe

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia N° 2 Sec.2 de la localidad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos: ACEVEDO, ROMINA SOLEDAD CIGOBBO, DIEGO LEONARDO Y SPALETTA, MARIA ROSA s/Filiación extramatrimonial, indemnización de daños y perjuicios y medida cautelar de fijación de alimentos provisorios, CUIJ 21-10729096-3, se ha dictado: (...) Agréguese. Declárese rebelde al Sr. Diego Leonardo Gobbo. Notifíquese por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y en la forma dispuesta en el art. 67 CPCC. (...). Notifíquese. Firmado: Dra. María Guadalupe Gon (Secretaria) - Dra. Maria Carolina Moya (Jueza). Santa Fe, Junio de 2022. Dra. Gon, Secretaria.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: ROLDAN MARCELINO GENARO s/Solicitud propia quiebra, CUIJ N° 21-02033112-4; Rosario, 23 de Agosto de 2022, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Marcelino Genaro Roldan, DNI 24.475.371, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliada realmente en calle Piedrabuena, Casa 12, Lote 13, Barrio los Jesuitas y legalmente en calle Francia 1473 Oficina 2, ambos de esta ciudad. Hágase saber al fallido que deberá denunciar un domicilio electrónico, y número de teléfono para mantener un contacto directo con el Juzgado. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 24/08/2022 a las 10.00 hs.. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelación. Hágase saber a la Sindicatura que podrá efectuar la aceptación del cargo mediante escrito remitido a la casilla de correo electrónico del Juzgado civil6sfe@justiciasantafe.gov.ar en el que deberá constituir domicilio electrónico y denunciar teléfono de contacto. 12) Fijar el día 26/10/2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 24/11/2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines. 14) Señalar el día 05/02/2023 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 03/04/2023 para la presentación del Informe General. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Firmado: Gabriel Abad – Juez - Dra. Verónica Gisela Toloza, Secretaria, Secretaría:

S/C 484006 Set. 12 Set. 16

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 22 Nominación de Santa Fe, Secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados: NUÑEZ, GISELA NOELIA s/Solicitud Propia Quiebra (CUIJ Nº 21-02011079-9), a los fines previstos por el art. 218 LCQ se ha presentado el informe y proyecto de distribución efectuado por la sindicatura. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos doscientos setenta y seis mil seiscientos cuarenta y nueve 50/100 ($ 276.649,50) Honorarios abogados de la fallida: pesos ciento dieciocho quinientos setenta y cuatro con 08/100 ($ 118.564,08). Firmado: Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario) - Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez). Santa Fe, 18 de Agosto de 2022. Santa Fe, 22 de Agosto de 2022.

S/C 483989 Set. 12 Set. 16

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Juez Dr. Lucio Alfredo Palacios, Secretaría a cargo del Dra. Romina Soledad Freyre, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: BAUDUCCO, ARACELI ANA s/Pedido de quiebra CUIJ 21-02030262-0. Prorróganse la fechas en la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de crédito al Síndico hasta el día 07/09/2022, fijándose nueva fecha para que la Sindicatura presente el Informe Individual de los créditos para el 19/10/2022 y la del 1/12/2022 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el Informe General. Publíquense nuevamente edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Encomiéndasele la publicación a la sindicatura. Notifíquese. Firmado (Juez) – Dr. Lucio Alfredo Palacios, (Secretaría) - Dra. Romina Soledad Freyre. Publicación sin cargo.

S/C 484075 Set. 12 Set. 16

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Jueza Dra. Ana Rosa Alvarez, Secretaría a cargo de la Dra. Sandra S. Romero, cito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: BUSTOS, SUSANA ELENA s/Solicitud propia quiebra 21-01978600-2, en Santa Fe, 1 de Junio de 2022: ...Considerando:... Resuelvo: 1. Regular en la suma de 276.649,51 los honorarios profesionales de la Síndica interviniente en autos, CPN María del Pilar Piva y en la suma de $118.564,07 equivalentes a 9,48 unidades jus los correspondientes al abogado del fallido, Dr. Norberto Rodrigo Lisa. En caso de mora, los honorarios regulados devengarán un interés equivalente a la tasa activa que utiliza el Banco de la Nación Argentina. Córrase vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Publíquense edictos.2. En vista de lo resuelto habrá de practicarse el proyecto de distribución conforme los honorarios regulados. 3. Regístrese, hágase saber. Firmado: Jueza Dra. Ana Rosa Alvarez y Secretaria Dra. Sandra Silvina Romero. Publicación sin cargo. Magdalena Cabal, Prosecretaria.

S/C 484074 Set. 12 Set. 13

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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe; se hace saber que en los autos: CENTURION, ALAN FRANCISCO s/Pedido de quiebra, Expte Nro. 21-0203335 1-8, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la Ley 24.522 y modificatorias, haciendo saber que ha sido designada la Síndica la C.P.N. María Nieves González Rueda, con domicilio en Hipólito Yrigoyen 2469 - Piso 1 Dpto. “A “, Horario de atención de lunes a viernes de 8 a 14 horas. Atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrán realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Dada la situación actual se acordarán turnos para la recepción de las respectivas verificaciones al mail nievesgonzalez@gmail.com teléfono 342-4626364; fijándose el día 2810912022 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes a la sindica CPN. María Nieves González Rueda conforme con lo dispuesto por el Sr. Juez en resolución de fecha 26 de Julio de 2022. También se fija el día 27/10/2022 como fecha hasta la cual se pueden presentar las observaciones a los créditos, los informes individual y general, los días 09/12/2022 y 02/02/2023, respectivamente. Fdo.: Dr. Gabriel O. Abad - Juez, Dra. Verónica G. Toloza — Secretaria. Santa Fe, 22 de Agosto de 2022. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 484083 Set. 12 Set. 16

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Por encontrarse dispuesto, en los autos caratulados: LLOMPART, MARA GABRIELA s/Solicitud Propia Quiebra (CUIJ 21-02033825-0), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial N° 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Sr. Juez, Dr. Diego R. Aldao, y Secretaría de la Dra. Mercedes Dellamónica, se hace saber por cinco (05) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que ha sido designado como Síndico en autos el C.P.N. Víctor Hugo Fabrizio, con domicilio en calle Angel Cassanello N° 680 de Santa Fe, con atención al público de lunes a viernes en el horario de 14 Hs a 20 Hs, E-mail: vhfabri59gmai1.com, quién recibirá las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 L.C.Q.), en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático. Fdo, Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria. Santa Fe, 23 de Agosto de 2022. Dra. Alina Prado, Prosecretaria.

S/C 484080 Set. 12 Set. 16

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: CABRERA, DANIEL ANGEL s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ: 21-02034392-0), se ha dispuesto en la resolución de 1°) Declarar la quiebra de Daniel Angel Cabrera, argentino, mayor de edad, D.N.I. 28.722.343, domiciliado realmente en Pasaje Cullen N° 4300, Barrio Barranquitas Sur de la ciudad de Santa Fe y con domicilio procesal en Amenábar N° 3066, Depto. 1° de esta ciudad.3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar al deudor para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 03 de Noviembre de 2022 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9) Fijar los días: 07 de Diciembre de 2022 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 22 de Febrero de 2023 para la presentación de los informes individuales; y el 25 de Abril de 2023 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Dra. Dellamonica, Secretaria.

S/C 484111 Set. 12 Set. 16

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: ‘LECRUIT, LEONARDO FABIO s/Pedido de quiebra; (CUIJ 21-02031927-2), se ha dispuesto en la resolución de fecha 23/08/2022: 1°) Declarar la quiebra de Leonardo Fabio Lecruit, argentino, mayor de edad, D.N.I. 35.294.139, domiciliado realmente en calle Urquiza S/N, localidad de Santa Rosa de Calchines, Depto. Garay, Provincia de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio procesal en Padilla N° 2171 de la Ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar al deudor para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522.6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 31 de Agosto de 2022 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8°) Fijar hasta el día 03 de Noviembre de 2022 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 07 de Diciembre de 2022 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 22 de Febrero de 2023 para la presentación de los informes individuales, y el 25 de Abril de 2023 para la presentación del informe general Hágase saber, insértese el original, agréguese copia Ofíciese. Notifíquese.

S/C 484112 Sep. 12 Sep. 16

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, en los autos caratulados: BAUTISTA LEONCIO FRANCISCO s/Quiebra; Expte. CUIJ 21-02032272-9, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 22 de Agosto de 2022. Autos y Vistos:.... Considerando: .... Resuelvo: 1) Prorrogar los plazos establecidos en la resolución de fecha 17/05/2022 y fijar los días 26/10/2022, 02/02/2023 y 02/03/2022 para la presentación de las solicitudes de verificación de créditos, los informes individual y general respectivamente. Fdo.: Dr. Gabriel Abad, Juez - Dra. Verónica Gisela Toloza, Secretaria.

S/C 484132 Sep. 12 Sep. 16

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MENDOZA, SILVINA s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-02015737-9, se ha presentado el Proyecto de Distribución e Informe Final Readecuados a la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes. La resolución que así lo dispone expresa: Santa Fe, 26 de Julio de 2022. ... fíjense los honorarios totales en la suma de $ 395.213,58 equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 276.649,52 (pesos doscientos setenta y seis mil seiscientos cuarenta y nueve con cincuenta y dos centavos) para los síndicos actuantes a distribuirse en partes iguales, es decir $ 138.324,76 para el CPN Roberto Cameroni y $ 138.324,76 para el CPN Martin Mateo y 2°) $ 118.564,07 (pesos ciento dieciocho mil quinientos sesenta y cuatro con siete centavos) (9,480783837 Jus), para el Dr. Sabbadini Orlando. ... Fdo.: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza (Juez) - Dra. Mariana Nelli(Secretaria). Otro decreto dice: Santa Fe, 17 de Agosto de 2022. ... Téngase presente la readecuación de Informe Final. De manifiesto el presente informe por el término de ley. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 LCQ. ... Notifíquese. Fdo.: Dr. Iván G. Di Chiazza (Juez); Dra. María José Lusardi (Prosecretaria). Santa Fe, 23 de Agosto de 2022.

S/C 484167 Sep. 12 Sep. 13

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: TRENTINO, ANDREA SILVINA s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ 21-02034160-9), se ha dispuesto en la resolución de fecha 22/08/2022: 1°) Declarar la quiebra de Andrea Silvina Trentino, argentina, mayor de edad, D.N.I. 20.166.785, domiciliada realmente en calle Milenio de Polonia N° 3063, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y con domicilio procesal en Pasaje Leoncio Gianello N° 636 de la Ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522.6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 24 de Agosto de 2022 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8°) Fijar hasta el día 27 de Octubre de 2022 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 30 de Noviembre de 2022 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 14 de Febrero de 2023 para la presentación de los informes individuales; y el 18 de Abril de 2023 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese original, agréguese copia. Notifíquese. Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria.

S/C 484113 Sep. 12 Sep. 16

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Por así estar dispuesto en los autos: BRUSUTTI ANTONELA NATALIA s/Quiebra; 21-02034588-5, la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dr. Lucio Palacios Juez a cargo, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 24 de Agosto de 2022. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Brusutti Antonela Natalia apellido materno Ponce, argentino, D.N.I. Nº 33.687.242, CUIL Nº 27-33687242-7, mayor de edad, empleada, domiciliado realmente en calle Gorriti Nº 4938 y legalmente en calle San Jerónimo N° 3194 Oficina 14, ambos de la ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 24/08/2022 a las 10:00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Tribunales, para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos (códigos de descuentos) correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 17/10/2022, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 01/11/2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 02/12/2022 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 13/02/2023 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132, y por su remisión el art. 21, ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 L.C.Q., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Dr. Lucio Palacios, Juez a/c. Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Conste: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 24 de Agosto de 2022 para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Ricardo Pedro Melini con domicilio en calle Urquiza N° 2295 de esta ciudad.

S/C 484165 Sep. 12 Sep. 16

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la cuidad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MANATINI, FRANCISCO CAMILO s/Quiebra; CUIJ N° 21-02033875-7, ha sido designada como Síndico la CPN Adriana Bonavia, con domicilio en calle Crespo 2419 de la ciudad de Santa Fe, con horario de atención de lunes a viernes de 8:30 a 11:30 hs y lunes a jueves de 16:30 a 19:30 hs. Para mayor recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe 05 de Agosto de 2022. Se provee escrito cargo N° 8870/22: Téngase por designada síndico a la CPN Adriana G. Bonavia quien deberá comparecer a aceptar el cargo dentro del término, bajo apercibimiento de ley. Se provee escrito cargo N° 8909/22: Téngase presente la aceptación del cargo de Sindico efectuada por la CPN Adriana G. Bonavia, para el que fuera designada en las presentes actuaciones. Téngase presente el domicilio denunciado. Notifíquese. Firmado Dra. María José Lusardi, Prosecretaria. Santa Fe, 24 de Agosto de 2022,

S/C 484166 Sep. 12 Sep. 13

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Por disposición de la Señor Juez, Dr. Javier Deud (Juez), a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 2, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: RODRIGUEZ, LUCIANO DAVID c/PETITON, DANIEL EDUARDO y otros s/Daños y perjuicios; CUIJ N° 21-15794082-9, se ha ordenado la publicación de los edictos citatorios, que reza “Santa Fe, 14 de Octubre de 2021. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado acuérdesele la participación que por derecho corresponda en virtud del poder acompañado. Por entablada demanda sumaria de indemnización por Daños y Perjuicios contra: Daniel Eduardo Petiton y/o contra quien/es resulte propietario, usufructuario, poseedor, tenedor y/o jurídicamente responsable del automotor Chevrolet Onix, Dominio SS721LO al día 29 de Enero de 2021, por el cobro de la suma de $ 324.250, a quien se emplazará para que en el término de 10 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese en garantía a “Escudo Seguros” para que en el término de 3 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Al punto IX: Téngase presente la reserva de derechos formulada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Atento a la presentación y a lo preceptuado por el art. 333 del CPCCSF modificado por la Ley 13615, declárese pobre para litigar sin gastos a LUCIANO DAVID RODRIGUEZ contra los presentes demandados. Notifíquese por cédula a las partes y a la Administración Provincial de Impuestos. Sin perjuicio, acompañe el poder original para su certificación por la Actuaría y la documental fundante para ser reservada en Secretaría. Notifíquese. Fdo.: Dra. Cecilia Filomena (Secretaria), Dr. Héctor Canteros (Juez a/c). Otro decreto: Santa Fe, 28 de Julio de 2022. Agréguese el oficio y la cédula acompañada. Atento con lo informado por el Juez Comunitario de las Pequeñas Causas de Sauce Viejo (fs. 52 vto.), a la rebeldía solicitada, en este estado no ha lugar. De conformidad con lo establecido por el artículo 73 del Código Procesal Civil y Comercial, cítese y emplácese al demandado Daniel Eduardo Petiton por edictos. Publíquense los mismos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Notifíquese. Fdo.: Dra. Gabriela Suarez (Secretaria). Dra. Javier Deud (Juez a /c). Santa Fe, 23 de Agosto de 2022. Dra. Adriana Lorena Dávalos, Prosecretaria.

$ 150 484102 Sep. 12 Sep. 14

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Por orden del Juez de Dist N° 1 CC, 5ª Nom. de Sta. Fe, en autos: BEVILACQUA, JORGE DANIEL s/Conc. Preventivo; CUIJ 21-02032800-9, los acreedores pueden verificar hasta el 19/10/22 ante la sindica Eugenia Pellegrini eugepellegrinil@gmail.com en Juan de Garay 2855 de lunes a viernes de 8 a 12hs. Fdo. Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria; Dr. Diego R. Aldao, Juez. Sin cargo (art. 273 inc. Ley 24.522). Dra. Alina Prado, Prosecretaria.

S/C 484108 Sep. 12 Sep. 16

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Por orden del Juez de Dist N° 1 CC, 5ª Nom. de Sta. Fe, en autos: SWIRIDO, DANIEL RICARDO s/Conc. Preventivo; CUIJ 21-02032798-4, los acreedores pueden verificar hasta el 19/10/22 ante la sindica Eugenia Pellegrini eugepellegrini1gmail.com en Juan de Garay 2855 de lunes a viernes de 8 a 12 hs. Fdo: Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria; Dr. Diego R. Aldao, Juez. Dra. Alina Proda, Prosecretario.

S/C 484107 Sep. 12 Sep. 16

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Por disposición de la señora Jueza de Juzgado de Ejecución de Circuito de Santa Fe Sec. 2, con asiento en calle San Jerónimo N° 1551 de la ciudad de Santa Fe Capital, se hace saber que en los autos caratulados: WAGNER, MAXIMILIANO c/BATTION LIONEL OSMAR y Otros s/Juicios Ejecutivos (CUIJ 21-15794100-0), se ha ordenado notificar por edictos al Sr. Cesar David Méndez, DNI N° 39.127.658, el siguiente decreto: “Santa Fe, 01 de diciembre de 2021.... Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por entablada demanda ejecutiva tendiente al cobro de $50700,00 con más sus intereses y costas contra Lionel Osmar Battion, Miguel José Abraham y Cesar David Méndez a quienes se cita y emplaza para que dentro del término de 3 (tres) días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía... Notifíquese. Fdo.: Dra. Daniela Fuentes (Secretaria); Dr. María José Haquín de Berón (Juez). Santa Fe, 23 de Agosto de 2022. Gabriela B. Abalos, Prosecretaria.

$ 33 484097 Set. 12 Set. 14

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Por disposición de la señora Jueza de Juzg. de 1ra. Instancia de Circuito N° 1 Sec. 1, con asiento en calle San Jerónimo 1411 de la ciudad de Santa Fe Capital, se comunica: “Santa Fe, 13 de Junio de 2022... Agréguese el original de poder y copias acompañadas. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasela la participación que por derecho corresponda. Por entabladas medidas preparatorias, cítese a los demandados Sres. Lionel Osmar Battion, Miguel José Abraham y César David Méndez, para que comparezca a la audiencia que se fija para el día 03/08/22 a las 9.00, 9.15 y 9.30 horas respectivamente, a los fines del reconocimiento y exhibición de la documental referida. Notifique conforme lo dispuesto por los artículos 390 y 395 sig. y cc. del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Silvina I. Díaz (Secretaria); Dr. Javier F. Deud (Juez). Otra Resolución: “Santa Fe, 12 de Agosto de 2022. A los mismos fines que los oportunamente ordenado en proveído de fecha 13/06/22, cítese a los Sres. Lionel Osmar Battion, Miguel José Abraham y César David Mendez, para que comparezcan a la audiencia que se fija para el día 15/09/22, a las 08:00, 08:15 y 08:30 horas respectivamente. Notifíquese conjuntamente con el referido decreto. Al punto 11): Confeccionado que sean los edictos en forma, con la transcripción de la fecha de citación a la audiencia fijada en autos, se proveerá. Notifíquese. Fdo.: Dra. Marcela Laszuk (Secretaria); Dr. Javier F. Deud. Reconocimiento: “Se citen a reconocer el contrato de locación de inmueble —destino habitacional- de fecha 23108/2018, suscripto entre la actora y los demandados...; Quienes reconocerán la autenticidad de contenido y fechas del contrato respectivo, así como la autenticidad de las firmas insertas en el mismo. EXHIBICION. “- Todo recibo de pago expedido bajo firma del actor o de este letrado, correspondiente a pago de alquileres mensuales pactados de los períodos desde Agosto del año 2018 a Diciembre del año 2020 inclusive, con el actor, correspondiente al inmueble sito en Estanislao Zeballos N° 4368, de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Todo recibo de pago de consumo de energía eléctrica, gastos notificatorios, y demás cargas propias de la locación objeto del contrato referido, y por el mismo período de tiempo e inmueble referenciado ut supra.-“

Autos caratulados: “GARCIA MARIA ALICIA c/BATTION LIONEL OSMAR y Otros s/Medida Preparatoria” (CUIJ 21-15794702-5). DATOS DEL CODEMANDADO: MENDEZ CESAR DAVID (Codeudores solidarios, lisos y llanos), DNI 39.127.658. Santa Fe, 17 de Agosto de 2022. Silvina Inés Díaz, Secretaria.

$ 115 484098 Set. 12 Set. 14

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En los autos caratulados: “DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD c/HERNANDEZ FERNANDA EMILCE FIDUCIARIA DE DON EPIFANIO FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN s/Juicio Ejecutivo” - CUIJ N° 21-16246832-1, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito - Segunda Secretaría con domicilio en calle San Jerónimo N° 1551 de esta ciudad de Santa Fe, provincia del mismo nombre, la Señora Jueza ha ordenado notificar a los codemandados: ALEJANDRO JAVIER BOZZO, DNI N° 23.173.254 y FERNANDA EMILCE HERNANDEZ, DNI N° 32.448.074, el siguiente decreto: “Santa Fe, 05 de Febrero de 2021. Téngase presente. Proveyendo cargo 11661/2020: Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la intervención que por derecho corresponda. Por promovida demanda ejecutiva contra Alejandro Javier Bozzo, Fernanda Emilce Fernández Fiduciaria de Don Epifanio Fideicomiso de Administración y DECA S.R.L., por cobro de la suma de $ 5.798,60 con más intereses y costas, a quienes se citarán y emplazarán para que dentro del término de 20 (veinte) días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Bajo responsabilidad del peticionante, decrétase la Inhibición General de los demandados hasta cubrir la suma reclamada con más el 50% de la misma que se estiman provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos, ofíciese al Registro General de la Propiedad Automotor de la ciudad de Santa Fe. Autorízase al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Como se solicita, autorízase a notificar mediante carta certificada con AR. Desígnase al representante de la actora depositario judicial de la documental base de la presente causa, debiendo acompañar la misma en la oportunidad que le sea requerida por el Juzgado. Téngase presente la autorización concedida, dentro de los límites establecidos en el art.56 del C.P.C.y C. Notifíquese. Fdo. Dr. Javier F. Deud (Juez a/c) Dra. Daniela de Lourdes Fuentes (Secretaria)“. Otro Decreto: “Santa Fe, 06 de Octubre de 2021. Téngase presente. Déjase sin efecto el proveído de fecha 28/09/21. En su lugar: Notifíquese por edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL pertinente. Notifíquese.- Fdo. Dra. María José Haquín de Berón (Jueza) - Dra. Daniela de Lourdes Fuentes (Secretaria). Otro decreto: “Santa Fe, 10 de Mayo de 2022. Ampliando el proveído que antecede y advirtiendo en este estado que por error se consignó en el proveído de fecha 05/02/2021 como apellido de la demandada el de “Fernández” cuando en realidad corresponde “Hernández”, rectifícase el mismo en el sentido correcto. Notifíquese conjuntamente el presente con el mencionado proveído. Notifíquese. Fdo. Dra. María José Haquín de Berón (Jueza) - Dra. Daniela de Lourdes Fuentes (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, 24 de Mayo de 2022.

S/C 484059 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: REINARES, LILIA NELLY y Otros c/VOLKLI DE FOURCADE, ESTELA BLANCA EMILIA y Otros s/Prescripción adquisitiva (Expte. N° 21-02016131-8) se ha dispuesto publicar el siguiente edicto para que se declare rebelde a los accionados, la Sra. Estela Blanca Emilia Volkli de Fourcade, Sr. Osvaldo Héctor Fourcade, Sr. Roberto Daniel Fourcade, Sr. Juan Carlos Fourcade y/o quienes resulten herederos de los mismos, y/o quienes resulten propietarios, y/o quienes se irroguen derechos sobre el inmueble sito en calle Centenario Nº 1342 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, el decreto que así lo ordena establece: “Santa Fe, 18 de Agosto de 2022. Agréguese. Declarase rebelde a la accionada. Notifíquese. Firmado: Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria). Dra. Juez a/c. Santa Fe, 23 de Agosto de 2022.

$ 33 484045 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe (SF), se hace saber que en los autos caratulados: SANCHEZ, JORGE ROBERTO c/GAUNA ANITA s/Prescripción Adquisitiva, Expte. CUIJ 21-01071765-2, el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 01 de Noviembre de 2019. Agréguese la fotocopia certificada del acta de defunción de Amelia Beatriz Maldonado. Atento al fallecimiento, cítese por edictos a los herederos de Amelia Beatriz Maldonado, para que comparezcan a estar a derecho, en el término y bajo apercibimientos de ley. Al recurso de aclaratoria interpuesto, previamente acompañe la notificación del proveído de fecha 07 de septiembre de 2019, fecho se proveerá. Notifíquese. Firmado. Walter Eduardo Hrycuk, Secretario. Claudio Bermúdez. Juez A/C”. Santa Fe, 3 de Agosto de 2022. Magdalena Cabal, Prosecretaria.

$ 33 484036 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 22 de la ciudad de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe, Dr. Adrián de Orellana, Secretaría a cargo de la Dra. Carolina G. Gómez, en los autos caratulados: STOFFEL, FERMIN RAFAEL y Otros c/SALCEDO, BLAS DANIEL y Otros s/Juicio Sumario (CUIJ N° 21-22656768-9 - año: 2021) el señor Juez ha ordenado lo siguiente: Laguna Paiva, 27 de Julio de 2022. Proveyendo escrito cargo N° 1449: Previa certificación por Secretaría, agréguese el edicto acompañado. Preséntese comprobante de pago del sellado en original para ser glosado a estos autos. Atento a las constancias de autos, haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárese rebelde a los codemandados Ramón Ernesto Salcedo y Blas Daniel Salcedo y/o a sus herederos y/o sucesores. Notifíquese por cédula y respecto de éste último mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el Panel del Juzgado (Ley 11.287) por el término y bajo apercibimientos de ley. Proveyendo escrito cargo N° 1485: Agréguese. Notifíquese. Fdo. Dra. Carolina G. Gómez (Secretaria); Dr. Adrián de Orellana (Juez). En consecuencia, queda/n debidamente notificados del decreto recaído en los autos de mención. Lo que se publica a todos los efectos legales. Laguna Paiva, 8 de Agosto de 2.022. Fdo. Dra. Carolina G. Gómez (Secretaria).

$ 33 484115 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: FERREYRA CAROLINA LORENA c/AGUIRRE DARIO DANIEL y Otros s/Juicios Ejecutivos (CUIJ N° 21-25109512-1), se hace saber a los Sres. Darío Daniel Rodríguez, D.N.I. N° 30.265.312) y Marcelino Aguirre (D.N.I. N° 6.653.904), que con fecha 29.06.22 se ha dictado sentencia, mandando llevar adelante la ejecución hasta que la parte actora perciba la suma de $100.800,00.-, con más los intereses determinados en los considerandos que preceden, con más las costas del proceso. Se difiere la regulación de honorarios hasta tanto se practique liquidación. Notifíquese, déjese copia en los autos, y archívese el original. Fdo.: Erni (Juez a/c) - Simonetti (Secretaria). San Carlos Centro, 23 de Agosto de 2.022. María Gabriela Simonetti, Secretaria.

$ 33 484007 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Número 26 de San Javier, a cargo del Dr. Fernando Mecoli y Secretaría de la Dra. Ivana Beltramino en los autos caratulados: JAZMIN, ANIBAL OMAR c/TITULAR DOMINIAL s/Prescripción adquisitiva - Juicio ordinario, CUIJ 21-23023902-6, de trámite por ante este Juzgado, se ha dictado el siguiente decreto: San Javier, 26 de Julio de 2022. ... Por presentado, con domicilio procesal admitido y en el carácter invocado, désele la participación que en Derecho corresponde. Por promovido juicio ordinario de usucapión (art. 540 CPCC, Arts. 1897 y sgtes. concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación) contra Titular desconocido y/o tuviere un interés eminente o un dominio eventual sobre el inmueble sito en zona rural de la localidad de ciudad de San Javier, Dpto. homónimo, Provincia de Santa Fe individualizado en el plano de mensura duplicado nro. 402 del Dpto. San Javier inscripto en catastro de la Provincia de Santa Fe en fecha 31/01/05, con una superficie delimitada de 8.199,517, metros cuadrados y cuya nomenclatura catastral es Dpto. 4, Dto. 4 Sub Dto. 00, Z 4, Sec 00, Parcela 0469, Subparcela 0001, inscripto en la partida del impuesto inmobiliario N° 04-04-00-02114910001-8. Emplácese a la demandada por edictos para que comparezca a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararla en rebeldía. Publíquense los mismos por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del CPCCSF. Cítese y emplácese a la Municipalidad de San Javier y a la Provincia de Santa Fe para que dentro del término de ley comparezcan a tomar la intervención que estimen correspondiente en autos. Agréguese la prueba ofrecida y téngase presente. Atento el ingreso de demanda digital, glósese la documental que en copia acompaña y hágase saber al accionante que la original la retendrá en su poder como depositario de la misma, debiendo presentarla ante el Juzgado cuando así le fuera requerido. Ofíciese a Catastro a los fines de que informe si del inmueble pretendido, las delimitaciones de la mensura practicada por el plano duplicado 402 se superponen o no con las realizadas por el resto de los planos duplicados informados en el pre-certificado catastral (435, 425 y 442). Notifíquese. Fdo: Dr. Fernando Mecoli, Juez y Dra. Ivana Beltramino, Secretaria. San Javier, 19 de Agosto de 2022. Dra. Beltramino, Secretaria.

$ 105 484082 Set. 12 Set. 14

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Por disposición de la Dra. Lilián M. T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: FERNANDEZ AGUIAR RITA ROCIO ARIELA s/Quiebras; CUIJ N°: 21-26170081-3 por resolución de fecha 12 de Mayo de 2022 se ha resuelto: ( ... ) 1) Declarar la quiebra (arts.288 y 289, Ley 24.522) de la Señora Rita Rocío Ariela Fernández Aguiar, DNI N° 39.658.941, CUIL N° 27-39658941-4, argentina, soltera, mayor de edad, empleada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en Colonia La Criolla s/n y constituyendo procesal en calle Gral. López esq. Lavalle, ambos domicilios en la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe... 3) Ordenar a la fallida, como así también a terceros para que, en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art.88 inc.4 LCQ); b) Intimar a la fallida para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art.88 inc 5 LCQ).....9) Fijar hasta el jueves 07 de Julio de 2022, inclusive (o el día hábil inmediato posterior), como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en los arts. 32 y. 200 L.C.Q. Síndico designado: CPN María Elena de los M. Sabater. Domicilio legal: Nicasio Oroño N° 1750, ciudad de San Javier. Horario de atención: 9.00 a 12 hs y 16 a 19 hs. Fdo: Dra. Lilián Insaurralde. Jueza; Dra. Silvina Demboryniski, Secretaria.

S/C 483997 Set. 12 Set. 16

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Por encontrarse dispuestos autos caratulados: DALLA COSTA LUIS MARIA s/Quiebra, CUIJ 21-26185912-9, que tramita ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, Secretaría a cargo del Dr. Buzzani se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer conocer el proyecto de distribución, informe final y regulación de honorarios en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 218 de la LCQ;

A continuación se transcribe la parte pertinente de los decretos que ordena y autoriza el presente expresa: “San Justo, 22 de Agosto de 2022. Proveyendo escrito cargo N° 13297 (fs.79 vto): Téngase presente. De manifiesto Informe Final y Proyecto de Distribución, por el termino y bajo apercibimiento de ley. Publíquese los edictos conforme a lo establecido en el art. 218 de la ley concursal. En la cantidad de 22,12 lus, lo que a la fecha equivale a Pesos Doscientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Veintiséis con 74/100 ($276.626,74.-), regúlense los honorarios profesionales de la C.P.N. María Rosa López; y en la cantidad de 9,48 Ius, lo que a la fecha equivale a Pesos Ciento Dieciocho Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro con 34/100 ($118.554,32.-), regúlense los honorarios de la profesionales de la Dra. Lorena María Itati Góngora, por su actuación en los presentes autos, Vista a Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencia Económicas. Hágase saber que la presente regulación se realiza en ius, y por lo tanto, teniendo en cuenta asimismo el criterio establecido por la Corte Suprema de Justicia en los autos “Municipalidad de Santa Fe c/Bergagna, Eduardo s/Recursos de Inconstitucionalidad”, se considera deuda de valor pudiendo actualizarse conforme lo establece la ley de aranceles profesionales, hasta que adquiera firmeza la regulación de honorarios respecto al obligado pago, careciendo de trascendencia el momento en que la Caja Forense tome intervención (mas allá de su legitimación para cuestionarlo). A partir de que adquiera firmeza los honorarios y la intimación de pago respecto al obligado pago se considerara deuda de dinero, aplicándose a partir de dicho momento, un interés equivalente a una vez y media la tasa activa promedio que aplica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos a 30 días. Proveyendo escrito cargo N° 13298 (fs.81), N° 13299 (fs.86) y N° 13300 (fs. 91 vto). Agréguese. Téngase presente. Notifíquese. Fdo. Dr. Leandro Carlos Buzzani – Secretario - Dra. Laura María Alessio - Jueza. San Justo, 24 de Agosto de 2022. Cintia D. Lo Presti, Prosecretaria.

S/C 484044 Set. 12 Set. 13

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “Ferrer, Margarita Gloria S/ Declaratoria de Herederos” Cuij N° 21- 02031123-9, se cita, llama y emplazada a todos los herederos, acreedores y legatarios de Margarita Gloria Ferrer D.N.I. N° 3.555.218, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. Verónica G. Toloza (Secretaria).

$ 45 Sep. 12

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1º Nominación de esta ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados: "GOROSITO, BLANCA ILDA S/ SUCESORIO" (CUIJ 21-02034514-1) se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de BLANCA ILDA GOROSITO, D.N.I. 12.147.363; para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. A sus efectos publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibiéndose los mismos en el hall de Planta Baja de Tribunales de esta ciudad. DRA. CLAUDIA SÁNCHEZ, Secretaria.

$ 45 Sep. 12

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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS -Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1 lma. Nominación de la ciudad de Santa Fe-, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con algún derecho por el fallecimiento de la señora MARIA TERESITA ROSA JOSEFINA GUTIERREZ, DM F. 3.166.608, comparezcan a la audiencia del día 13/09/2022 a las 10:30 horas en los autos "GUTIERREZ, MARIA TERESITA ROSA JOSEFINA s/ PROTOCOLIZCIÓN DE TESTAMENTO" CUIJ 21-02034687-3. Publíquense los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y exhíbanse en el Hall de Tribunales.- Firmado Dra. Claudia Sánchez, Secretaria; Dra. ANA ROSA ALVAREZ, Jueza.

$ 45 Sep. 12

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad), en autos caratulados: “GELFUSO, CARLOS ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02034566-4), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de CARLOS ALBERTO GELFUSO, DNI Nº M6.254.583, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. (Fdo: Dra. Claudia Sanchez (Secretaria)-Dr. Diego Raul Aldao (Juez).

$ 45 Sep. 12

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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación), en autos caratulados: “CAFFARO, ROQUE CELESTINO S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA” CUIJ: 21-02034070-0, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Roque Celestino Caffaro, DNI.6.262.813, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.- Para mayor recaudo se transcribe la parte pertinente del decreto que ordena la medida: “Santa Fe, 29 de Julio de 2022.- (... )Publíquense los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial, los que deberán ser acompañados por SISFE con la respectiva reposición de ley para su posterior diligenciamiento por Secretaría en forma digital.. (...). Notifíquese. Fdo: DRA. CLAUDIA B. SANCHEZ, SECRETARIA.

$ 45 Sep. 12

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La Sra. Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral, de Distrito N° 17, de Villa Ocampo, Santa Fe, Única Secretaría, cita, llama y emplaza a los sucesores del extinto Don JOSE LUIS GAZZOLA, en los autos caratulados: “FORLIN GIMENA EVELYN C/ GAZZOLA, ANTONIO OSCAR Y OTROS S/ JUICIOS ORDINARIOS”, CUIJ N° 21-26323590-5, para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos, por el término y bajo apercibimientos de ley. Villa Ocampo, Santa Fe, 08 septiembre de 2022.-

$ 45 Sep. 12

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación), en autos: “GALVAN, PIO HONORIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”. CUIJ. Nº 21-02018450-4, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de PIO HONORIO GALVAN, D.N.I N.º M6.195.173, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Hall de Tribunales. Firmado: Dra. SANCHEZ: SECRETARIA”. Santa Fe, febrero de 2022.

$ 45 Sep. 12

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado -Distrito Judicial Nº 15- Secretaría única a cargo del Dra. Marcela A. Barrera, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante Don MALDONADO ADOLFO AMALIO, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: ""Expte. CUIJ: 21-26212792-0- MALDONADO ADOLFO AMALIO S/ SUCESORIO", TOSTADO, 09 de septiembre de 2022.-

$ 45 Sep. 12

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado -Distrito Judicial Nº 15- Secretaría única a cargo del Dra. Marcela A. Barrera, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de la causante Doña PORRAS CRISTINA MARIEL, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “Expte. CUIJ 21-26212921-4- PORRAS CRISTINA MARIEL S/ SUCESORIO", TOSTADO, de septiembre de 2022.-

$ 45 Sep. 12

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito Judicial N° 10 Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres en los autos caratulados: “PERRIG ROCIO BEATRIZ C/ BARRETO JUAN CARLOS s/Divorcio” (CULI: 21-17428136-7) se ha dispuesto lo siguiente: “Libro de autos: 7; Resolución: 67; Folio: 60. Ceres, 05 de marzo de 2021.- Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: 10) Declarar el divorcio de los señores JUAN CARLOS BARRETO, D.N.I. Nº 31.273.437 y Rocío Beatriz Perrig, D.N.I. Nº 35.750.920, matrimonio celebrado el día 11 de febrero de 2011, en la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal de la Provincia de Santa Fe, que obra inscripto al Tomo 1, Acta N° 6, Año 2011 del Registro Civil de la referida ciudad, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 437 del Código Civil y Comercial de la Nación. 2) Una vez firme la presente, inscríbase en la Dirección General del Registro de Estado Civil de la ciudad de Santa Fe, a tal fin, líbrese oficio, autorizando al Sr. Defensor General a intervenir en su diligenciamiento. Insértese el original, agréguese copia, hágase saber y oportunamente archívese. Fdo. Dra. Viviana Goros (Secretaria) - Fdo. Dr. Jorge A. Da Silva Catela (Juez). Ceres, 1 de Agosto de 2022. Dra. Viviana Gorosito Palacios (Secretaria).

S/C 483987 Set. 12 Set. 16

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Por disposición del Sr. Juez, Dr. Jorge Alberto Da Silva Catela, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Sec. Unica de la ciudad de Ceres, Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a la indemnización de la causante Sra. Morini María Belén, DNI 32.711.995, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos “LA SEGUNDA ART S.A. c/ANRIQUEZ JAVIER MATIAS y Otros s/Consignación Judicial, CUIJ: 21-17429858- 8; lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y puertas del mencionado Juzgado. Viviana Gorosito Palacios, Secretaria.

$ 33 484001 Set. 12 Set. 14

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza, Dra. Marisa Malvestiti, titular del Juzgado de Primera Instancia de Familia de la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, Secretaría única a cargo del firmante, en autos caratulados: VEGA CECILIA LORENA c/Sucesores de VEGA MIGUEL ISIDRO y Otros s/Impugnación de reconocimiento de filiación extramatrimonial” (21-23805734-2), se cita, llama y emplaza a los herederos, del causante Don Miguel Isidro Vega, argentino, mayor de edad, estado civil soltero, fallecido el día 10 de octubre de 1991 en la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe, titular del D.N.I. N° 6.285.323, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. San Cristóbal. Vanina A. Montero, Secretaria.

$ 45 484149 Set. 12 Set. 16

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados: PINTOS, BRENDA ANTONELLA c/Sucesores de SENN, MATIAS EDUARDO y Otros s/Reclamación de Filiación Post Mortem”, CUIJ 21-23638173-8, por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Familia de Vera, Santa Fe, se hace saber lo siguiente: “Vera, 26 de Julio de 2022. Téngase presente lo manifestado. Por iniciada demanda ordinaria de reclamación de filiación extramatrimonial por la Sra. Brenda Antonella Pintos contra los menores de edad Matías Iván Senn, Ludmila Abril Senn y Misael José Senn y/o los sucesores yio herederos del causante Matías Eduardo Senn. Cítese por cédulas y por edictos a los herederos yio sucesores de Matías Eduardo Senn, para que comparezcan por ante este Juzgado por el término y bajo apercibimientos de ley. A lo demás, oportunamente y si correspondiere. Notifíquese. Fdo.: Dr. Conrado Chapero, Juez; Dr. Jorge Tessutto, Secretario. Dicha publicación deberá realizarse en forma gratuita por el plazo de tres días atento a que la Actora es representada por la Defensoría de éstos Tribunales. Vera, 3 de Agosto de 2022. Dr. Tessutto, Secretario.

S/C 484084 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral Segunda Nominación de Vera en los autos: BARGAS O. BARGA, JORGE OSVALDO s/Sucesorio, CUIJ 21-25276720-4, se notifica a ocupantes y/o subocupantes y/o intrusos y/o quien/es hubiera/n realizado la construcción y/o a Q.R.J.R. que se ha ordenado la prohibición de innovar con relación al inmueble sito en calles 30 de Abril e Ignacio Crespo -Esquina Nord-Este- de la ciudad de Recreo, Santa Fe. Vera, 16 de Agosto de 2022.

$ 45 484146 Set. 12

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 1026 Año 2016 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CAMIOS MIGUEL FRANCISCO s/Apremio. Se hace saber que: Por Decreto fecha 03/11/2016 se dispuso citar de remate a Campos Miguel Francisco por el cobro de la suma de $9.142,80; con mas un 50% de dicho monto que se estima para intereses y costas futuras, correspondiente a Acta Juzgado Nº 473761, concerniente a cuotas impagas de Juzgado de Faltas de Rafaela, para que dentro del plazo de ocho días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución Notifíquese. Fdo.: Sandra Inés Cerliani (Secretaria) - Elido G. Ercole (Juez a/c). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 16 de Junio de 2022. Gisela Guntern, Prosecretaria.

S/C 483779 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 1178 Año 2016 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/LAMBERTI AMILCAR JOSE s/Apremio. Se hace saber que: Por Decreto fecha 06/12/2016, se dispuso citar de remate a Lamberti Amilcar José, por el cobro de la suma de $8.158,20; con mas un 50% de dicho monto) que se estima para intereses y costas futuras, correspondiente a Acta Juzgado Nº 452750, concerniente a cuotas impagas de Juzgado de Fallas de Rafaela, para que dentro del plazo de ocho días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución Notifíquese. Fdo: Sandra Inés Cerliani (Secretaria) - Elido G. Ercole (Juez a/c).- Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 16 Junio de 2022. Gisela Guntern, Prosecretaria.

S/C 483781 Set. 12 Set. 14

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Autos: BERTOLINI, ROBERTO ARMANDO s/Concurso Preventivo; (CUIJ N° 21-23907177-2) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: pesos cuatrocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y uno con setenta y dos centavos ($ 454.431,72) (más 10% de aportes); Honorarios abogados del fallido: pesos ciento trece mil seiscientos siete con noventa y dos centavos ($ 113.607,92) (más 13% de aportes). Rafaela, 8 de Julio de 2021. Sandra Cerliani, Secretaria.

S/C 483909 Set. 12 Set. 16

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16499694-5 - año 2017 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MIÑON DIEGO ARMANDO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 06 de marzo de 2020. Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 1361,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689199 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 23 de Noviembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483865 Set. 12 Set. 16

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados EXPTE. N° 21-16502324-9 - AÑO 2018 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BREUZA ROBERTO CARLOS s/Apremio, se hace saber al demandado/da Roberto Carlos Breuza, lo siguiente: Rafaela, 17 de mayo de 2018. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución (....) Notifíquese. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 23 de Noviembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483867 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 21-16501875-0 - AÑO 2018 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ROMERO JUAN CARLOS s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 29 de Julio de 2019. Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 1049.60 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 1360,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 23 de Noviembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483866 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 21-16501775-4 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GIMENEZ GUSTAVO SEBASTIÁN s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 07 de Mayo de 2019. Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 1.735,30 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga integro cobro de la suma de $ 2.770,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerados precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Diego M. Genesio (Juez a/c) Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 23 de Octubre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483874 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados EXPTE. N° 21-16501855-6 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ROMERO DIEGO ALBERTO DANIEL s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 07 de Mayo de 2019. Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: Rechazar la ejecución polla suma de $ 1849,60 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga integro cobro de la suma de $ 4350,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerados precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cu4limiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Diego M. Genesio (Juez a/c); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Octubre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483873 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 21-16499805-0 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BRAVO VEGA DAMIAN ALBERTO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 08 de Octubre de 2019. Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:.. Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 755,30 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga integro cobro de la suma de $ 560,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerados precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Diego M. Genesio (Juez a/c); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Octubre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483872 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16499725-9 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CABALLERO ULISES DAVID s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 18 de Febrero de 2020. Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: Mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga integro cobro de la suma de $ 5055,00, en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerados precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y Notifíquese. Firmado: Diego M. Genesio (Juez a/c); Gustavo Mié Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Octubre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483871 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 3356 - Año 2015 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/TORANZA CLARA LILIANA s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 13 de marzo de 2017. Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan C. Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 19 de Noviembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483869 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16505799-3 - Año 2018 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA C/STRERI FABRICIO JOSE S/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: RAFAELA, 07 de febrero de 2020. Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 2931,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, de 2021. Dr. Succo, Prosecretario.

S/C 483868 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 21-16502240-5 - AÑO 2018 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/COR VA LAN CRISTIAN GUSTAVO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 09 de junio de 2020.- Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la multa impuesta por la resolución administrativa presentada en autos, en concepto de capital, con mas el interés fijado en los considerandos precedentes y rechazarla en lo demás. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Dr. Diego M. Genesio (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 30 de Diciembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483877 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16499624-4 - AÑO 2017 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CATTANEO EUGENIO MATÍAS s/APREMIO, se hace saber al demandado/da Sr/Sra. EUGENIO MATIAS CATTANEO, lo siguiente: Rafaela, 08 de marzo de 2019. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Diego M. Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 30 de Diciembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483882 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16502225-1 - año 2018 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/VELA RODOLFO EDUARDO s/Apremio, se hace saber al demandado, lo siguiente: Rafaela, 08 de mayo de 2018. Cítese de remate a la parle demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Diago Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 30 de Diciembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483881 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16502095-9 - Año 2018 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RAMÍREZ LUCIANA BELEN s/Apremio, se hace saber al demandado, lo siguiente: Rafaela, 07 de Mayo de 2018. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Diago Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 30 de Diciembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 483880 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16504050-0 - Año 2018 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MOLINA JORDAN EMANUEL s/Apremjo, se hace saber al demandado, lo siguiente: Rafaela, 18 de Septiembre de 2018. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Diago Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 30 de Diciembre de 2021.

S/C 483879 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N°5282 - Año 2015- MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SUAREZ FERNANDO LUIS s/Apremio, se hace saber al demandado/da Sr/Sra. Fernando Luis Suárez, lo siguiente: Rafaela, 20 de Noviembre de 2015. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Juan C. Marchese (Juez): Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 1 de Febrero de 2022. Dr. Succo, Prosecretario.

S/C 483878 Set. 12 Set. 14

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos caratulados 21-24202799-7 LEIGGINER, AURORA EMA s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Aurora Ema Leigginer, DNI F6315.245, con último domicilio en calle López y Planes N 1875 de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, provincia de Santa Fe; fallecida en la ciudad de Rafaela, en fecha 14 de Noviembre de 2020; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimiento de ley, que se publican en el hall de Tribunales. Firmado Dra. Verónica Carignano - Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Jueza. Rafaela 29 de Agosto de 2022.

$ 45 Set. 12

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos CUIJ 21-24203039-4, BARBATO ANGEL S/ SUCESION TESTAMENTARIA se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, BARBATO ANGEL, DNI 93.634.948, fallecido el 18 de Abril de 2022 con último domicilio en calle B. Lehmann Nro. 2506 de la ciudad de Rafaela, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley los que se publican en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. Notifíquese. Dra. Natalia Carinelli (Secretaria ) Dra. Ana Rosa Alvarez (Juez A/C).Rafaela, …… de Septiembre de 2022.

$ 45 Sep. 12

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Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados Expediente AÑO 2022- CUIJ 21-24202984-1 GATTI, INOCENCIO EMILIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante INOCENCIO EMILIO GATTI DNI Nº 10.057.877 , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. Kilgelmann, Romina: Juez a/c . Dra. Natalia Carinelli. Secretaria . Juzgado de 1º Instancia Civil y Comercial. 2º Nominación. Rafaela. Rafaela, 5 de septiembre del 2022.-

$ 45 Sep. 12

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, en los autos caratulados “CRAVERO, LUIS ANGEL S/SUCESORIO” Expte. CUIJ N° 21-24202319-3, se cita, se llama y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Luis Angel Cravero, DNI N° 10.469.938, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el boletín oficial. Fdo. Dra. Natalia Carinelli – Secretaria. RAFAELA, DE DE 2022.-

$ 45 Sep. 12

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Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados Expediente AÑO 2022- CUIJ 21-24202985-9 MARCÓN, CLYDE MABEL CARMEN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante CLYDE MABEL CARMEN MARCÓN ,DNI Nº F 2.408.718 , para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días y bajo apercibimientos de legales Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Firmado: Dra. Kilgelmann, Romina: Juez a/c. Dra. Natalia Carinelli. Secretaria. Juzgado de 1º Instancia Civil y Comercial. 2º Nominación. Rafaela. Rafaela, 5 de septiembre del 2022.-

$ 45 Sep. 12

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 4 de Familia de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe en los autos caratulados: MILLA ADRIANO FRANCISCO c/MILLA RUBEN DARIO s/Autorización para utilizar el apellido materno, CUIJ Nº 21-23542974-5, se ha ordenado lo siguiente: Reconquista, 21 de Abril de 2021. Por presentado, domiciliado y con el patrocinio letrado de la Dra. Caren Evelyn Czernik, acuérdasele la intervención legal correspondiente. Por promovida demanda de autorización para utilizar el apellido materno contra Rubén Darío Milla con domicilio donde se indica. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de ley comparezca a estar a derecho, conteste la demanda, oponga excepciones y ofrezca pruebas. Cumpliméntese con lo dispuesto en el art. 70 del C.C.C.N. Dése intervención a la Sra. Asesora de Menores y al Ministerio Público Fiscal. Téngase presente la Reserva de Derechos efectuada. Al punto 5: oportunamente. Notifíquese. Fdbo. Dra. Ileana Judit Sinchez (Jueza) - Dr. Guillermo Damián Angaramo (Secretario de Vulnerabilidad S). Otro Decreto: “Reconquista, 07 de Julio de 2022 Atento a lo solicitado y las observaciones formuladas por el Registro Civil, cumpliméntese íntegramente lo dispuesto por el art. 7° del C.C.yC. Notifíquese. Fdo. Dra. Ileana Judit Sinchez (Jueza) - Dra. Paola Milazzo (Secretaria). Se expide el presente en la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, el día 4 del mes de Agosto del año 2022. Paola Milazzo, Secretaria.

$ 200 482733 Sep. 12

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