picture_as_pdf 2022-09-06

MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA,

SERVICIOS PÚBLICOS

Y HÁBITAT


FECHA ACTO DE APERTURA


EL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PÚBLICOS Y HÁBITAT, comunica que el lugar del acto de apertura de propuestas de la LICITACIÓN PÚBLICA convocada para la contratación de la obra : “AMPLIACIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ESTACIONES DE LA RED TELEMÉTRICA DEL SISTEMA DE PREDICCIÓN HIDROLÓGICA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE”, se fija para el día 20 de Setiembre de 2022, o el primer día hábil posterior si aquel no lo fuere, a las 11:00 horas, en dependencias del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat - Sede Costanera – sito en calle Av. Almirante Brown N° 4751- Localidad de Santa Fe Provincia de Santa Fe.

S/C 37259 Sep. 06 Sep. 08

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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

PROMOCIÓN DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA

DEL INTERIOR


EDICTO NOTIFICATORIO


Por Resolución de la Sra. Delegada Regional - Delegación San Lorenzo – de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia del Interior, hago saber al Sr. CARLOS ABREGÚ, DNI se desconoce, domicilio desconocido, que dentro del legajo administrativo: “ABREGÚ, LUCIANA BELÉN s/ CESE DE MEDIDA EXCEPCIONAL DE DERECHOS”; que tramita por ante la Delegación San Lorenzo de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia del Interior, se dirige a Ud. el presente a fin de NOTIFICAR la siguiente Disposición N° 51/21 que a continuación se transcribe: San Lorenzo, 14 de Octubre de 2021.- Disposición N° 51/2021: VISTO…CONSIDERANDO…DISPONE: 1) Dictar el Acto Administrativo de CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS, oportunamente implementada en relación a LUCIANA BELÉN ABREGÚ, DNI N° 44.233.573, F/N 04/06/2002, hija de Natalia Gabriela Ramírez, fallecida y de Carlos Abregú, DNI desconocido, con domicilio desconocido; 2) OTÓGUESE el trámite correspondiente; 3) REGÍSTERESE Y COMUNÍQUESE; 4) NOTIFÍQUESE a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y oportunamente ARCHÍVESE. -Fdo. Ing. Agustín Codevilla, Director Provincial de Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia del interior.- Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de su confianza, asimismo se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto. 619/10. ART 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional. ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente. ART 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso.- Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva. ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el artículo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.-

S/C 37248 Sep. 06 Sep. 08

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EMPRESA PROVINCIAL DE

LA ENERGÍA DE SANTA FE


CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS

Nº. 7030000636


OBJETO: REPARACION MOTOR PICK UP – VOLKSWAGEN AMAROK 2.0 – UNIDAD 2948.

APERTURA DE PROPUESTAS: DÍA: 27/09/2022. – HORA: 11:00

CONSULTAS TÉCNICAS A: UNIDAD MOVILIDADES CENTRO NORTE.

CALLE: TACUARI 6151 -CP 3000- SANTA FE

TEL: 4505458 - Int. 2458

ENTREGA DE PLIEGO E INFORMES: EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA

Francisco Miguens 260 Puerto Santa Fe – 5to Piso.

SANTA FE – Tel: 0342-4505849.-

S/C 37206 Sep. 06 Sep. 08

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