REGISTRADA BAJO EL Nº 14089
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase Patrimonio Histórico y Cultural de la Provincia al edificio de la Biblioteca Popular Nº 0925 “Estanislao Zeballos”, ubicado en la calle Estanislao Zeballos Nº 165, de la localidad de Gobernador Crespo, departamento San Justo, partida inmobiliaria Nº 06-07-00 026466/0000.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a que, a través de los organismos pertinentes, convenga los medios conducentes a los fines de preservar la construcción edilicia.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
PABLO GUSTAVO FARIAS
PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
DRA. ALEJANDRA S. RODENAS
PRESIDENTA
CÁMARA DE SENADORES
LIC. GUSTAVO PUCCINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
CÁMARA DE DIPUTADOS
DR. RAFAEL E. GUTIÉRREZ
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 16 AGO. 2022
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL.
Celia Isabel Arena
Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos
31122
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