DECRETO N° 1187
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"
15 JUL 2022
VISTO:
El expediente N° 00201-0239514-7, del registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.) - MINISTERIO DE SEGURIDAD, por medio del cual se gestiona la modificación del Artículo 30 del Decreto N° 1069/21, referente a la autoridad de planificación, conducción y ejecución del "Nuevo Programa Provincial de Modernización de Edificios Afectados al Ministerio de Seguridad"; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1069 de fecha 2 de julio de 2021, se creó el "Nuevo Programa Provincial de Modernización de Edificios Afectados al Ministerio De Seguridad", resultando ser una herramienta eficaz para la mejora de las condiciones edilicias y/o estructurales de los edificios afectados al Ministerio de Seguridad, en donde la articulación con los gobiernos locales resulta beneficioso a múltiples niveles;
Que tal programa resulta estratégico a la gestión del Ministerio de Seguridad, ya que descomprime la planificación y ejecución de múltiples obras edilicias a través de la extensión de la Provincia, sin distraer recursos de obras públicas del gobierno provincial, y que permite extraer al máximo provecho al personal técnico del dicho Ministerio;
Que la medida de ejecución del programa necesita una articulación e intermediación cercana con los gobiernos locales;
Que dentro del organigrama del Ministerio de Seguridad se encuentra la Subsecretaría de Coordinación de Gabinete y Articulación Institucional, la cual dentro de sus misiones y funciones se halla la de articulación con otros organismos e instituciones, y la implementación de los proyectos y planes estratégicos de la Jurisdicción;
Que en efecto, resulta conveniente que la autoridad de aplicación del "Nuevo Programa Provincial de Modernización de Edificios Afectados al Ministerio De Seguridad", sea la Subsecretaría de Coordinación de Gabinete y Articulación Institucional del Ministerio de Seguridad;
Que cabe destacar, que se ratifica todo lo actuado por la Secretaría de Coordinación Técnica y Administración Financiera del Ministerio de Seguridad, como autoridad de aplicación del mencionado programa hasta el momento, sin necesidad de ratificación posterior por la actual autoridad de aplicación, resultando a partir de ahora sus intervenciones concernientes a las misiones y funciones de su cargo;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad a través del Dictamen N° 1953/22;
Que en presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo por los Incisos 1) y 4) del Artículo 72° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Modifícase el Artículo 3° del Decreto N° 1069 de fecha 2 de julio de 2021, referente a la autoridad de planificación, conducción y ejecución del "Nuevo Programa Provincial de Modernización de Edificios Afectados al Ministerio de Seguridad", el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 3º: Dispónese que la planificación, conducción y ejecución del programa creado por el Artículo 1º estará a cargo de la Subsecretaría de Coordinación de Gabinete y Articulación Institucional del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe en su carácter de autoridad de aplicación del mismo."
ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
PEROTTI
Abog. Jorge Lagna
36913
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