picture_as_pdf 2022-07-25

MINISTERIO DE ECONOMÍA

- MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA


RESOLUCIÓN N.º 355 ME

RESOLUCIÓN N.º 241 MGP


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

27 JUN 2022



VISTO:

EI expediente N° 00301-0072743-5 del Registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se gestiona el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 03/2022 para la contratación de SERVICIOS DE RELEVAMIENTO, ESTUDIO, DISEÑO, INGENIERÍA, ELABORACION DE PROYECTO EJECUTIVO, PROVISION Y TENDIDOS DE TRAZAS FIBRA OPTICA EN LA PROVINCIA DE SANTA FE, Y SERVICIO DE MANTENIMIENTO TECNICO – RENGLON 1 – ZONA SUR de la Provincia de Santa Fe, y;

CONSIDERANDO:

Que en el marco del Programa de Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, la Unidad de Gestión creada por Decreto N° 0246 de fecha 31/03/2021, en su carácter de responsable de la ejecución del Programa, por Resolución Conjunta N° 071-ME y N° 047-MGP de fecha 10/02/2022 procedió a efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 01/2022, para la contratación de A) servicios de relevamiento, estudio, diseño, ingeniería, elaboración de proyecto ejecutivo, provisión y tendidos de trazas fibra óptica en la Provincia de Santa Fe, y servicio de mantenimiento técnico, y B) servicios de relevamiento, estudio, diseño, ingeniería, elaboración de proyecto ejecutivo, provisión, implementación y mantenimiento de una red de datos en la Provincia de Santa Fe, RENGLONES 1 a 5, estableciéndose como fecha de apertura de ofertas – SOBRES N° 1, el día 17/03/2022, a las 10,00 hs. en la Sala de reuniones del Ministerio de Economía;

Que en fecha 24/06/2022 y por Resolución Conjunta N° 354-ME y Nº 0239-MGP se adjudicaron los renglones 2 a 5, desestimándose la oferta correspondiente al renglón 1 el que resultara desierto;

Que a los fines de la concreción de los objetivos del proyecto, y siendo que en el proceso licitatorio citado precedentemente la oferta recibida para el Renglón 1 – Zona Sur fue desestimada, resulta imprescindible realizar un nuevo proceso licitatorio a los fines de la contratación de los servicios para este renglón;

Que atento a ello, la Secretaría de Tecnología para la Gestión del Ministerio de Gestión Pública, en fecha 27/06/2022 remitió el documento de licitación correspondiente, conjuntamente con el monto del Presupuesto Oficial, el cual asciende a la suma de Pesos Mil Cuatrocientos Cincuenta y Un Millones Novecientos Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Cuatro con 0/100 ($ 1.451.906.484,00), a valores del mes de junio de 2022;

Que en consecuencia, se decidió efectuar un nuevo llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional, de similares características al realizado oportunamente, estableciéndose como fecha de apertura de ofertas – Sobre Nº 1, el próximo día 21/07/2022 a las 10,00 hs., acto a realizarse en la Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, 6to piso del Edificio Gubernamental sito en calle Arturo Illia Nº 1151 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, República Argentina;

Que en el mismo sentido, se tomaron los recaudos necesarios a los efectos de dar cumplimiento con las normativas generales establecidas por la CAF, las cuales incluyen el envío previo de los pliegos licitatorios para su conocimiento;

Que resulta necesario constituir una Comisión Evaluadora de las Ofertas de la licitación, con representantes del Ministerio de Gestión Pública y del Ministerio de Economía, y por lo cual la Secretaría de Tecnología para la Gestión – MGP y la Secretaria de Coordinación de Proyectos - ME designaron para tal fin A los mismos integrantes que participaron del proceso licitatorio identificado LPNeI Nº 01/2022;

Que se dispone de las partidas presupuestarias específicas para la atención del presente gasto, Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Coordinación de Proyectos, y la Subsecretaría Legal del Ministerio de Economía, han tomado debida intervención en el ámbito de sus competencias, no efectuando observaciones al respecto;

Que el Secretario de Tecnología para la Gestión del Ministerio de Gestión Pública y el Secretario de Coordinación de Proyectos del Ministerio de Economía, en su carácter de integrantes de la Coordinación Ejecutiva de la Unidad de Gestión – Decreto N° 0246/2021, consideran pertinente la presente gestión y aconsejan la prosecución del trámite;

Que siendo las contrataciones que se licitan por el presente acto administrativo, de incumbencia específica del Ministerio de Gestión Pública – Secretaria de Tecnología para la Gestión y del Ministerio de Economía – Secretaría de Coordinación de Proyectos, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 4174/2015 de economía procedimental, resulta procedente exclusivamente la comunicación formal del presente llamado a licitación a la Señora Ministra de Educación para su conocimiento, en su carácter de integrante de la Coordinación General de la Unidad de Gestión;

Que la presente gestión se encuadra en los alcances de la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado y sus correspondientes modificatorios, la Ley N°14056 de endeudamiento, y el Decreto N° 0246/2021 de creación de la Unidad de Gestión;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, Y

EL MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA

EN SU CARÁCTER DE

COORDINADORES GENERALES

DE LA UNIDAD DE GESTIÓN

DECRETO 0246/2021

RESUELVEN:

ARTICULO 1º: Apruébese el Pliego de Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 03/2022 correspondiente al Programa “Santa Fe + Conectada” cuyo objeto comprende la contratación de SERVICIOS DE RELEVAMIENTO, ESTUDIO, DISEÑO, INGENIERÍA, ELABORACION DE PROYECTO EJECUTIVO, PROVISION Y TENDIDOS DE TRAZAS FIBRA OPTICA EN LA PROVINCIA DE SANTA FE, Y SERVICIO DE MANTENIMIENTO TECNICO en el RENGLON 1 – ZONA SUR de la Provincia de Santa Fe, que forma parte de las presentes actuaciones.

ARTICULO 2º: Llámese a Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 03/2022 para la contratación de los servicios indicados en el artículo precedente, con un Presupuesto Oficial de Pesos Mil Cuatrocientos Cincuenta y Un Millones Novecientos Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Cuatro con 0/100 ($ 1.451.906.484,00), a valores del mes de junio de 2022.

ARTICULO 3º: Fíjase el día 21 de Julio de 2022 o el primer día hábil siguiente si aquél no lo fuera, a las 10 hs. para el Acto de Apertura de las Ofertas – SOBRES N° 1, que se realizará en la Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sito en Avenida Arturo Illia 1151 - 6to Piso de la Ciudad de Santa Fe — Provincia de Santa Fe - República Argentina.

ARTICULO 4º: Créase la Comisión Evaluadora de las Ofertas de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 03/2022, indicada en el artículo segundo de la presente, encargada del estudio de las ofertas para la adjudicación de los contratos correspondientes, la que ajustará su cometido a las estipulaciones del Pliego de Licitación, y desígnase como integrantes de la misma a:

Dra. MARIA GABRIELA EGIDO LOGARZO – DNI Nº 35.448.095, Área Legal - Secretaria de Coordinación de Proyectos – Ministerio de Economía.

CPN. SERGIO NICOLAU – DNI Nº 16.488.361, Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos de Inversión – Secretaria de Coordinación de Proyectos – Ministerio de Economía.

Lic. MAURICIO O. JEREZ – DNI N° 25.157.647, Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos de Inversión – Secretaria de Coordinación de Proyectos – Ministerio de Economía.

Ing. OSCAR MAGGI – DNI Nº 14.048.788, Dirección General Licitaciones Nacionales e Internacionales – Secretaria de Coordinación de Proyectos – Ministerio de Economía.

CPN. Lic. MARIA ALEJANDRA SPECIALE - DNI Nº 25.459.589, Dirección General Licitaciones Nacionales e Internacionales – Secretaria de Coordinación de Proyectos – Ministerio de Economía.

Lic. DAMIAN L. HEVIA – DNI Nº 30.166.133, Dirección General de Ejecución de Proyectos - Secretaria de Coordinación de Proyectos – Ministerio de Economía.

Ing ALFREDO MINEN- DNI 14.760.143, Dirección Provincial de Comunicaciones – Secretaría de Tecnología para la Gestión - Ministerio de Gestión Pública.

Ing JORGE CELERI - DNI 14.402.517, Dirección Provincial de Comunicaciones – Secretaría de Tecnología para la Gestión - Ministerio de Gestión Pública.

ARTICULO 5º: Autorízase la publicación del anuncio de llamado a licitación en un diario de la ciudad de Santa Fe, uno de la ciudad de Rosario y uno de amplia circulación nacional, en una (1) oportunidad en cada uno ellos, en medios de comunicación internacional electrónicos y en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 6º: Comuníquese a la Señora Ministra de Educación, en su carácter de Integrante de la Coordinación General de la Unidad de Gestión – Decreto N° 0246/2021, el presenta acto administrativo, para su conocimiento.

ARTICULO 7º: Impútese el gasto en el Carácter 1 – Administración Central, Jurisdicción 36 – Ministerio de Economía, SAF 08 – Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas, Programa 20, Subprograma 8 – Financiamiento 111 – Tesoro Provincial, por la suma de $ 46.945.539,00 (PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE) y de la Fuente de Financiamiento 846 – “Santa Fe + Conectada” – CAF – Ley 14.054 por la suma de $ 188.300.000,00 (PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL), cifras previstas invertir en el presente ejercicio.

ARTICULO 8º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 36846 Jul. 25 Jul. 27

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MINISTERIO PÚBLICO

DE LA ACUSACIÓN


RESOLUCIÓN N.º 285


Santa Fe, 6 de julio de 2022


VISTO:

El Expediente Nº FG 379/2022 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación en virtud del cual se gestiona la rectificación de la Resolución FG N.º 268/2022; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución FG Nº 268 de fecha 29 de junio del corriente año, se llamó a concurso abierto especial para cubrir tres (3) cargos de empleados administrativos -categoría presupuestaria de Oficial Principal -con conocimientos especiales para desempeñarse en la Auditoría General de Gestión -en la ciudad de Santa Fe- del Ministerio Público de la Acusación, conforme a las Resoluciones FG N.º 3/12, N.º 210/14 y N.º 67/15.

Que, en el artículo 4 de la resolución referida se estableció que el órgano evaluador estaría integrado por Fabián Álvarez, DNI N.º 16.550.102; María Cecilia Vranicich, DNI N.º 21.583.648 y Marcelo Hidalgo, DNI N.º 18.779.030 en calidad de miembros titulares y Gustavo González, DNI N.º 23.017.682; Guillermo M. Rabazzi, DNI N.º 20.725.341 y Sabrina Sánchez, DNI N.º 24.492.340, en calidad de suplentes.

Que, por razones funcionales resulta necesario modificar la integración del referido tribunal, estableciéndose que el mismo quedará conformado de la siguiente forma: María Cecilia Vranicich, DNI N.º 21.583.648; Fabián Álvarez, DNI Nº 16.550.102 y Guillermo Rabazzi, DNI N.º 20.725.341 en calidad de miembros titulares; y Marcelo Hidalgo, DNI N.º 18.779.030; Mario M. Barletta, DNI N.º 27.793.221 y Gustavo González, DNI N.º 23.017.682, como miembros suplentes.

Que, conforme lo manifestado, corresponde proceder a la rectificación de la Resolución FG N.º 268/2022.

POR ELLO

EL FISCAL GENERAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Rectifíquese el artículo 4º de la Resolución FG Nº 268/2022, quedando redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 4°: Intégrese el órgano evaluador por:

Miembros titulares: María Cecilia Vranicich, DNI N.º 21.583.648; Fabián Álvarez, DNI Nº 16.550.102 y Guillermo Rabazzi, DNI N.º 20.725.341.

Miembros suplentes: Marcelo Hidalgo, DNI N.º 18.779.030; Mario M. Barletta, DNI N.º 27.793.221 y Gustavo González, DNI N.º 23.017.682.”

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en la página web del MPA y archívese.

S/C 36934 Jul. 25

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RESOLUCIÓN N.º 286


Santa Fe, 6 de julio de 2022


VISTO:

El Expediente Nº FG 380/2022 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación en virtud del cual se gestiona la rectificación de la Resolución FG N.º 270/2022; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución FG Nº 270 de fecha 29 de junio del corriente año, se llamó a concurso abierto especial para cubrir un (1) cargo de empleado administrativo -categoría presupuestaria de Escribiente Mayor -con conocimientos especiales para desempeñarse en la Auditoría General de Gestión -en la ciudad de Santa Fe- del Ministerio Público de la Acusación, conforme a las Resoluciones FG N.º 3/12, N.º 210/14 y N.º 67/15.

Que, en el artículo 4 de la resolución referida se estableció que el órgano evaluador estaría integrado por Fabián Álvarez, DNI N.º 16.550.102; María Cecilia Vranicich, DNI N.º 21.583.648 y Marcelo Hidalgo, DNI N.º 18.779.030 en calidad de miembros titulares y Gustavo González, DNI N.º 23.017.682; Guillermo M. Rabazzi, DNI N.º 20.725.341 y Sabrina Sánchez, DNI N.º 24.492.340, en calidad de suplentes.

Que, por razones funcionales resulta necesario modificar la integración del referido tribunal, estableciéndose que el mismo quedará conformado de la siguiente forma: María Cecilia Vranicich, DNI N.º 21.583.648; Fabián Álvarez, DNI Nº 16.550.102 y Guillermo Rabazzi, DNI N.º 20.725.341 en calidad de miembros titulares; y Marcelo Hidalgo, DNI N.º 18.779.030; Mario M. Barletta, DNI N.º 27.793.221 y Gustavo González, DNI N.º 23.017.682, como miembros suplentes.

Que, conforme lo manifestado, corresponde proceder a la rectificación de la Resolución FG N.º 270/2022.

POR ELLO

EL FISCAL GENERAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Rectifíquese el artículo 4º de la Resolución FG Nº 270/2022, quedando redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 4°: Intégrese el órgano evaluador por:

Miembros titulares: María Cecilia Vranicich, DNI N.º 21.583.648; Fabián Álvarez, DNI Nº 16.550.102 y Guillermo Rabazzi, DNI N.º 20.725.341.

Miembros suplentes: Marcelo Hidalgo, DNI N.º 18.779.030; Mario M. Barletta, DNI N.º 27.793.221 y Gustavo González, DNI N.º 23.017.682.”

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en la página web del MPA y archívese.

S/C 36935 Jul. 25

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0375


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

20/07/2022


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: METALURGICA VICTORIO SRL CUIT N° 30-71719072-2.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: CHIVA CALENCHU S.R.L CUIT N° 30-71686395-2, LAZZARINO JULIO MARCOS CUIT N° 20-10862182-7 y SOLANS HUGO SERGIO CUIT N° 20-08412296-4.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: IDEUP S.R.L CUIT N° 30-71484086-6, LEONARDO S. PASTRANA S.R.L CUIT N° 30-71579933-9.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 36919 Jul. 25 Jul. 26

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RESOLUCIÓN Nº 376


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

20 /07 /2022


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: ARIAS MANUEL ALBERTO CUIT N° 23-34827346-9.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: GARCIA DE HOYOS JOSE LUIS CUIT N° 23-11723240-9, GEMEPE S.A CUIT N° 30-65507887-4, LOMBARDI ROBERTO MARCELO CUIT N° 20-13925732-5 y MELLANO CARLOS ALBERTO CUIT N° 20-16628247-1.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 36920 Jul. 25 Jul. 26

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AGENCIA PROVINCIAL

DE SEGURIDAD VIAL


RESOLUCIÓN Nº 0042


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

18 JUL 2022


VISTO:

el Expediente Nº 00101-0198495-6 del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual la Municipalidad de Venado Tuerto suscribe el respectivo CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN PARA EL CONTROL DE TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, y;

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 0019/16 aprobó el modelo de Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial, entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial y los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe.

Que la Agencia Provincial de Seguridad Vial por Resolución Nº 0027/16 Implementa el uso del Sistema de Juzgamiento y Administración de Infracciones (Si.J.A.I.) como instrumento para la unificación de la información provincial de antecedentes de tránsito, la administración y juzgamiento de infracciones a la normativa de Tránsito y Seguridad Vial, para lo cual en su artículo 5º dispone un Sistema de “JUZGAMIENTO REGIONAL”; a través del mismo cada una de las localidades habilitadas en el marco del Si.J.A.I. podrán, mediante sus Juzgados de Faltas, intervenir en el juzgamiento de todas las actas de infracción al tránsito y la seguridad vial que se labren en toda la extensión de la Región a la cual pertenecen, con excepción de los casos de prórroga previstos en la Ley Provincial y de otros supuestos establecidos por la Agencia Provincial de Seguridad Vial, que tiendan a facilitar el ejercicio del derecho de defensa por parte de los presuntos infractores.

Que en este marco, el citado Organismo provincial en uso de las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133, ha suscripto con Municipios y Comunas de esta Provincia convenios delegando las tareas de Prevención y Fiscalización y/o Juzgamiento y/o Ejecución de sanciones firmes de multas por infracciones de tránsito y seguridad vial en el marco de la implementación del nuevo Sistema de Juzgamiento y Administración de Infracciones, en rutas provinciales y nacionales, tanto en tramos urbanos, suburbanos o rurales que comprendan las mismas, en nuestro territorio provincial.

Que la Municipalidad de Venado Tuerto celebró el respectivo convenio en fecha 20 de Enero de 2021, el cual se encuentra registrado bajo el Nº 10.768, Folio Nº 191, Tomo XXI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales.

Que asimismo, por Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, se estableció que a los fines de la efectiva implementación de las tareas objeto del citado convenio, los municipios/comunas deben cumplimentar ciertos requisitos y recaudos en cumplimiento de las obligaciones acordadas por las partes.

Que se ha verificado el cumplimiento por parte de la Municipalidad de Venado Tuerto de los requerimientos establecidos por la normativa aplicable.

Que habiendo tomado intervención las áreas pertinentes de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL y en el marco de las facultades conferidas por la Ley provincial Nº 13.133.

POR ELLO:

AGENCIA PROVINCIAL

DE SEGURIDAD VIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Habilitar a la Municipalidad de Venado Tuerto para realizar las tareas de fiscalización y juzgamiento de presuntas infracciones y ejecución de sanciones en el marco de lo acordado en el Convenio de Coordinación y Complementación para el Control del Tránsito y la Seguridad Vial firmado entre la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, y el citado Municipio de Venado Tuerto, el cual se encuentra registrado en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el Nº 10.768, Folio Nº 191, Tomo XXI y en el marco de lo previsto en el artículo 5º de la Resolución Nº 0027/16 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

ARTICULO 2º: El período de habilitación para la ejecución de las tareas de fiscalización y juzgamiento de presuntas infracciones y ejecución de sanciones tendrá vigencia desde la fecha de la presente resolución, conforme a lo establecido en las clausulas del convenio citado ut-supra, todo ello en la forma y las condiciones dispuestas en la Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL.

ARTICULO 3º: La AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente Resolución en el /los caso/s de:

a) Detectarse anomalías resultantes de auditorías, tanto en la implementación y/o puesta en funcionamiento y/o ejecución realizadas al sistema y su gestión.

b) Cuando la Comuna y/o Municipio, imposibilite y/o entorpezca el normal desarrollo de auditorías y/o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL en forma directa o por terceros.

c) Incumplimiento en la aplicación del régimen de sanciones u otras cuestiones vinculadas al procedimiento de juzgamiento establecido en la Ley Nacional Nº 24.449, conforme la adhesión formulada por la Provincia mediante la Ley Nº 13.133, o la que en el futuro se dicte.

d) Por el incumplimiento de las cláusulas del Convenio de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial, suscripto oportunamente con el Municipio habilitado en la presente Resolución.

e) Por incumplimiento de lo establecido en la Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL.

f) Por la falta de comunicación por medio fehaciente a la Autoridad de Aplicación de toda modificación en las condiciones de funcionamiento del control en sus aspectos, técnicos, administrativos y procedimentales, conforme lo establecido en la Resolución Nº 0034/17 de la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL (modificaciones relativas al cambio del tramo comprendido en el control, en la lista de fiscalizadores y de los jueces habilitados, etc).

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 36906 Jul. 25 Jul. 27

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