MERCOFRIO S.A.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Rafaela, a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber que en los autos caratulados: “Expte. 160 - Año 2.022 - MERCOFRIO S.A. s/Modificación al contrato social (Art. 40, 50, 8° y 11º) y nuevo texto ordenado - CUIJ N° 21-05394755-4, han solicitado la inscripción del Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 25 (unánime) de fecha 07 de Abril de 2.020, y Asamblea General Extraordinaria N° 30 (unánime) de fecha 06/08/1021, por las que resolvieron en forma unánime: 1) Modificar el Artículo Cuarto (capital social); el artículo quinto (acciones - limitación de su transferencia a favor de terceros); el artículo octavo (administración y representación) y el artículo Décimo Primero (cierre del ejercicio) y la adopción de un Texto Ordenado. Los artículos reformados quedaron redactados de la siguiente manera:
Artículo Cuarto: Capital Social. El capital social es de pesos quinientos mil ($ 500.000) representado por: (i) cuarenta y nueve mil novecientas setenta y cuatro (49.974) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $10 (V$N 10) cada una, con derecho a un voto por acción cada una; (ii) una (1) acción preferida Clase A, de valor nominal $10 (V$N 10) y sin derecho a voto; (iii) una (1) acción preferida Clase B, de valor nominal $10 (V$N 10) y sin derecho a voto; (iv) ocho (8) acciones preferidas Clase C, de valor nominal $10 (V$N 10) y sin derecho a voto; (y) ocho (8) acciones preferidas Clase D, de valor nominal $10 (V$N 10) y sin derecho a voto y (vi) ocho (8) acciones preferidas Clase E, de valor nominal $10 (V$N 10) y sin derecho a voto. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su valor. La emisión podrá ser delegada en el directorio de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 188 de la Ley General de Sociedades N° 19.550.”
Artículo Quinto: Acciones —limitación de su transferencia a favor de terceros.
1- Acciones: Las acciones serán: (a) Ordinarias, nominativas, no endosables y con derecho a un voto cada una o (b) Preferidas tendrán derecho al pago de un dividendo preferente, conforme a las condiciones de emisión. Las acciones preferidas no darán derecho a voto a excepción de las materias incluidas en el artículo 244, párrafo 4° de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y del supuesto de mora en el pago de los dividendos pactados en la suscripción respectiva y durante el tiempo en que la situación se mantenga.
II- Derecho de preferencia: Las acciones ordinarias darán a sus titulares derecho preferente a la suscripción de nuevas acciones, en proporción a las acciones ordinarias que posean. Las acciones preferidas no tendrán derecho de suscripción preferente.
III- Limitación a la transferencia de acciones: 1) El Accionista Controlante (entendido como todo accionista que tenga la posesión, directa o indirecta, del poder de dirigir o determinar la dirección de la administración o sus políticas, sea a través de la posesión de acciones con derecho a voto, o de cualquier otro modo) podrá transferir libremente sus acciones dando cumplimiento a lo previsto en el punto 5) del presente. El procedimiento previsto en dicho inciso no será aplicable en caso que el Accionista Controlante transfiera su tenencia accionaria a sus Familiares Directos (entendidos como sus ascendientes, descendientes o cónyuge), o a sociedades controladas por el Accionista Controlante o por sus Familiares Directos, sin necesidad de anticipar dicha decisión a la Sociedad o a los restantes accionistas minoritarios.
2) Las Acciones preferidas estarán sujetas a las restricciones de transferencia que establezcan sus condiciones de emisión.
3) Derecho de Preferencia para la venta: cualquier accionista minoritario podrá transferir todas y no menos que todas sus acciones ordinarias siguiendo el siguiente procedimiento: (i) deberá previamente comunicar fehacientemente a la Sociedad su decisión de vender su participación accionaria. La Sociedad por su parte deberá comunicar dentro de los 10 (diez) días de recibida la notificación, a todos los accionistas esa intención; (ii) los demás accionistas minoritarios siempre tendrán preferencia a pro rata de sus tenencias para adquirir la participación del accionista minoritario saliente, y tendrán un plazo de 30 (treinta) días para llegar a un acuerdo para la adquisición de la participación accionaria, en cuyo caso deberán comunicar a la Sociedad quienes son los accionistas minoritarios adquirentes de la tenencia que se vende a los efectos de su registración, mediante nota firmada por el accionista minoritario saliente y el/los accionistas minoritarios adquirentes. (iii) Si dentro del plazo mencionado en el punto anterior no se recibiera ninguna notificación con respecto a la venta de acciones a otro accionista minoritario, en segundo lugar de preferencia, la Sociedad tendrá prioridad para recomprar las acciones del accionista que se retira y por las que los accionistas minoritarios no hubieran ejercido su derecho de preferencia. Dentro del plazo de 15 (quince) días corridos posteriores al plazo indicado en el inc. ii) deberá comunicar fehacientemente al accionista vendedor, su decisión de ejercer o no su derecho de recomprar las acciones por las que los accionistas minoritarios no hubieran ejercido derecho de preferencia. La falta de esta comunicación por parte de la Sociedad se entenderá como un desistimiento de los derechos de preferencia para la recompra de acciones. El precio de recompra será el que resulte de multiplicar el porcentaje de las acciones en venta por el mayor valor que resulte entre (i) el valor patrimonial proporcional (calculado sobre el patrimonio neto del último balance anual cerrado) y (ii) el valor EBITDA proporcional (calculado sobre el valor del promedio del EBITDA de los últimos 3 años, multiplicado por 3 (tres) menos los pasivos financieros. A los efectos de dar mayor transparencia anualmente se calculará el valor del patrimonio neto y del promedio de los EBITDA de los últimos 3 ejercicios y se informará a los todos los accionistas. El cálculo del EBITDA se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula: VALOR DEL EBITDA = Resultado del Ejercicio antes de Impuestos + Amortizaciones + Gastos Financieros - Ingresos Financieros + Gastos Extraordinarios - Ingresos Extraordinarios. (iv) Si dentro del plazo mencionado en el punto anterior no se recibiera ninguna notificación con respecto a la venta de acciones a otro/s accionista minoritario, o a la Sociedad, en tercer lugar de preferencia, el accionista controlante tendrá preferencia para adquirir las acciones, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días para acordar los términos de la adquisición, y comunicar a la Sociedad dicha adquisición a los efectos de su registración (v) Agotadas todas las instancias anteriores si que el accionista minoritario saliente haya podido vender su tenencia accionaria, dicho accionista quedará en libertad para vender su tenencia accionaria a quien lo desee, a un precio igual o superior y en similares condiciones de pago que las ofrecidas a los demás accionistas y en un plazo de sesenta (60) días del vencimiento del plazo indicado en el inciso (iv). En cualquiera de los casos debe comunicar a la Sociedad fehacientemente dentro de los 10 (diez) días de su transferencia, todos los datos del comprador y la cantidad de acciones vendidas a los efectos de su registración. (vi) Vencido el plazo de sesenta (60) días indicado en el inc. (y) sin que el accionista minoritario saliente haya podido desprenderse de su tenencia de acciones, deberá iniciar nuevamente el proceso indicado en este Artículo III) 2).
4) Derecho de arrastre. En caso que el accionista controlante recibiere de parte de un tercero (el “Tercer Adquirente”) una oferta (la “Oferta”) para adquirir el 100% del paquete accionario de la Sociedad (el “Paquete Accionario”) por un precio igual o mayor al precio mínimo abajo especificado, y decidiere aceptarla, los restantes accionistas (los “Restantes Accionistas”) estarán obligados a vender la totalidad de las suyas, por el mismo precio y en las mismas condiciones en que se lleve a cabo la venta del Paquete Accionario de acuerdo a lo estipulado en la Oferta del Tercer Adquirente. A tal efecto, el accionista controlante deberá notificar la Oferta al Directorio de la Sociedad, y ésta notificará dentro de los cinco (5) días corridos a los Restantes Accionistas adjuntando copia de la misma. La obligación de vender estará sujeta a que la Oferta del Tercer Adquirente asegure que el precio a pagar por cada una de las Acciones no sea inferior al precio mínimo que resulte de aplicar el mecanismo previsto en el Artículo Quinto, 2) (u), pero utilizando un múltiplo de EBITDA de 5 en vez de 3. La venta del Paquete Accionario se realizará al Tercer Adquirente dentro del plazo de 90 días corridos de notificada la Oferta a la Sociedad. A los fines de facilitar el proceso de una eventual venta, anualmente, una Asamblea Extraordinaria de accionistas establecerá la valuación de la Sociedad conforme se prevé en el Artículo 8 utilizando el múltiplo de 5 veces EBITDA. De ese modo quedará establecido por la Asamblea el precio mínimo por acción a los fines de este Artículo, y para el año calendario en el cual se celebra la asamblea. A tal fin el Directorio convocará la Asamblea Extraordinaria que tendrá como punto del orden del día la determinación del valor del Paquete Accionario a los efectos de este Artículo. En caso que la Oferta fuere por un valor inferior al precio mínimo, y el accionista controlante decidiere igualmente aceptarla, los Restantes Accionistas estarán igualmente obligados a vender sus acciones en la medida que se les pague el precio mínimo, absorbiendo el accionista controlante la diferencia de precio.
5) Derecho de venta conjunta: En el caso de que el accionista controlante decidiera vender total o parcialmente su tenencia accionaria a terceros, deberá comunicar su intención a la totalidad de los accionistas minoritarios para que en el caso de que estuvieran interesados puedan vender sus tenencias accionarias en conjunto con las del accionista controlante, y en su caso, en proporción a las tenencias que cada uno posea respecto de la proporción que venda el accionista controlante. Los accionistas minoritarios tendrán un plazo de quince (15) días corridos contados a partir de esta notificación para manifestar su decisión de vender o no sus tenencias accionarias. Vencido dicho plazo sin que el accionista controlante haya recibido notificación al respecto, se entenderá que los accionistas minoritarios no desean vender su tenencia. El procedimiento previsto en este apartado no será aplicable en caso que el accionista controlante transfiera su tenencia accionaria a sus familiares directos, o a sociedades controladas por el accionista controlante o por sus familiares directos, sin necesidad de anticipar dicha decisión a la Sociedad o a los restantes accionistas minoritarios.
Artículo Octavo: Administración y representación. La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y, en caso de un órgano plural, un vicepresidente, quien reemplazará automáticamente al primero en caso de ausencia o impedimento. La representación legal de la sociedad estará a cargo tanto del presidente como del vicepresidente, en forma indistinta. En caso de que por un aumento del Capital Social se supere el monto establecido en el inciso 2 del artículo 299 de la Ley 19.550, el Directorio se integrará por lo menos con tres directores. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros conforme artículo 260 L.G.S. y resuelve por mayoría de votos presentes. La asamblea fija la remuneración del directorio. Los directores deben prestar las garantías previstas por la normativa aplicable.
Artículo Décimo Primero: Cierre de ejercicio. El ejercicio social cierra el 31 de Diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre de ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la autoridad de control.
Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Rafaela, 28 de Junio de 2.022. Dra. Julia Fascendini, Secretaria.
$ 850 480752 Jul. 8
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PERRET ALHAJAS
Y RELOJES S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de la ciudad de Rosario, Dra. Mónica Gesualdo, se hace saber la cesión de cuotas y modificación del contrato social de la firma PERRET ALHAJAS Y RELOJES S.R.L. cuyo contrato obra inscripto por ante el Registro Público de esta ciudad en fecha 05 de diciembre de 1989 al Tomo 140, Folio 12648, N° 1355 y sus respectivas modificaciones, habida como consecuencias de lo resuelto mediante actas de socios de fecha 07/06/2022, a saber: “...Octava: Redacción por reforma de la cláusula quinta del estatuto social: “Quinta: Capital: El capital se fa en la suma de $150.000.- (pesos ciento cincuenta mil), divididos en 15000 cuotas de $10,00 cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: el socio Juan Carlos Forno suscribe 7.800 cuotas de capital o sea $78.000.- (pesos setenta y ocho mil). El socio Fernando Forno suscribe 3.000 cuotas de capital o sea $30.000.- (pesos treinta mil). El socio Guido Forno suscribe 600 cuotas de capital o sea $6.000.- (pesos seis mil). El socio Bernardo Forno suscribe 3.000 cuotas de capital social o sea $30.000.- (pesos treinta mil). La socia Delfina Forno suscribe 600 cuotas de capital o sea $6.000.- (pesos seis mil).
$ 60 480724 Jul. 8
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PAGBAR S.R.L.
CONTRATO
Se hace saber que por acta constitutiva de fecha a los 2 de marzo del 2022, los Sres. Agustín Alejandro Barberis de nacionalidad argentina, estado civil soltero, DNI 35.250.174, CUIT 20-35250174-4, nacido el 21 de junio de 1990, con domicilio en calle Belgrano N° 80 de la localidad de Teodelina, Provincia de Santa Fe, de profesión camionero; Juan Marcelo Paget de nacionalidad argentina, estado civil soltero, DNI 30.383.389, CUIT 20-30383389-8, nacido el 21 de marzo de 1984, con domicilio en calle Germana y Pedro Alonso N° 136, de la localidad de Teodelina, Provincia de Santa Fe; han resuelto constituir una Sociedad por Acciones Simplificada cuyos datos principales se exponen a continuación:
Denominación: “PAGBAR S.R.L.”
Domicilio: Ciudad de Rosario.
Domicilio de la sede social: El domicilio de la sede social está ubicado en la calle Germana y Pedro Alonso N° 136 de la ciudad de Teodelina, Provincia de Santa Fe.
Plazo: Su duración es de 30 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.
Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: a) Transporte: Transporte por carretera y combinado en toda su extensión y con cualquier modalidad, transporte de cargas generales, mercaderías a granel, ganado en pie, cereales, mercancías peligrosas, hidrocarburos, productos químicos, sustancias alimenticias en general, muebles, por cuenta propia y de terceros, encomiendas por vía terrestre con medios de transporte propios o de terceros, pudiendo realizar todo lo inherente a su logística. Almacenajes, consignaciones, fletamentos, talleres de reparación de vehículos, estaciones de servicio, compraventa de mercaderías, maquinaria, vehículos y contenedores, compraventa de accesorios, repuestos y neumáticos. Explotación de camiones, tractores, remolques, semirremolques, contenedores y toda clase de vehículos y maquinaria. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras siempre que lo haga con fondos propios, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.
Capital Social: El capital social es de pesos Quinientos Mil ($500.000.-), representados por Cincuenta Mil (50.000) cuotas sociales de Diez pesos ($10.-) de valor nominal cada una. Los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Agustín Alejandro Barberis, suscribe la cantidad de Veinticinco Mil (25.000) cuotas de capital, de un voto por cuota y de $10 valor nominal cada una, por un total de pesos Doscientos Cincuenta Mil ($250.000.-), que equivale al Cincuenta por Ciento (50%) de la participación; Juan Marcelo Paget, suscribe la cantidad de Veinticinco Mil (25.000) cuotas de capital, de un voto por cuota y de $10 valor nominal cada una, por un total de pesos Doscientos Cincuenta Mil ($250.000.-), que equivale al Cincuenta por Ciento (50%) de la participación.
Composición del órgano de administración: La administración y representación de la Sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3) miembros quienes serán denominados gerentes. Si la gerencia fuera plural, los gerentes representarán a la Sociedad en forma indistinta. Duran en el cargo por plazo indeterminado. Los gerentes tienen todas las facultades para representar a la sociedad, y para administrar y disponer de los bienes de la misma, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales. Se resuelve designar como gerente a Juan Marcelo Paget de nacionalidad argentina, estado civil soltero, DNI 30.383.389, CUIT 20-30383389-8, nacido el 21 de marzo de 1984, con domicilio en calle Germana y Pedro Alonso N°136, de la ciudad de Teodelina, Provincia de Santa Fe.
Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.
Cierre de ejercicio: El ejercicio económico cierra el 30 de abril de cada año.
$ 278 480744 Jul. 8
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OXICAS S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “OXICAS S.R.L. s/Modif. art. adm. - Facultades y reuniones socios - Ratifican designan gerentes”, C.U.I.J. 21-05527661-4, de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Rosario, se cumple en informar que, en reunión de socios de OXICAS S.R.L. de fecha 7 de junio de 2022 se resolvió lo siguiente:
a) Modificar la cláusula quinta del contrato social, que quedará redactada de la siguiente forma:
“Quinta: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno a tres gerentes, de acuerdo con lo que disponga el órgano de gobierno en el momento de la elección. Los gerentes podrán actuar de forma indistinta”.
b) Modificar la cláusula sexta del contrato social, que quedará redactada de la siguiente forma:
“Sexta: En el cumplimiento de sus funciones, los gerentes podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y en el artículo 90 del decreto 5965/63”.
c) Modificar la cláusula novena del contrato social, que quedará redactada de la siguiente forma: “Novena: Los socios resolverán las cuestiones de competencia del órgano de gobierno reunidos en reunión de socios presencial o a distancia o por declaración por escrito de todos los socios. Las reuniones de socios serán convocadas por los gerentes por decisión propia o por el pedido de convocatoria que le formule un socio. Las reuniones serán convocadas como mínimo con 10 días de anticipación y en un plazo máximo de 30 días a su celebración. Se notificarán al domicilio de cada socio por medio fehaciente, informando del día, hora y lugar de celebración, así como el orden del día. Antes de iniciarse el acto, los socios presentes determinarán quién presidirá la reunión. En principio, tal designación debe recaer en alguno de los gerentes, salvo causa justificada. Las mayorías necesarias para tomar decisiones son las previstas en el artículo 160 de la ley 19550. Cuando un socio deba abstenerse de votar, sus cuotas sociales no se tomarán en consideración para determinar la mayoría. El socio no podrá ejercer el derecho de voto sobre las cuotas sociales cuya integración se encuentre en mora. Es inválida la resolución del órgano de gobierno que se obtuvo con el voto de un socio obligado a abstenerse de votar, siempre que ese voto haya sido necesario para aprobar la resolución. Son de aplicación las normas de las asambleas de las Sociedades Anónimas de la Ley 19.550 en la medida en que no sean incompatibles con el contrato social o con las normas especiales de las sociedades de responsabilidad limitada de la Ley 19.550. Se deja expresamente establecido que el aumento del capital social brinda al socio que vota en contra o se encuentra ausente el derecho de receso conforme lo previsto por el artículo 160 de la Ley 19.550. En todos los casos en que se conceda derecho de receso, el mismo puede ser ejercido por el socio que se -encuentre ausente del acto en el que se toma la resolución, si notifica fehacientemente su voluntad a la sociedad dentro de los 10 días de sucedido el acto”.
Asimismo, en tal reunión renunció a su cargo de gerente Leandro David Castelo, D.N.I. 34.273.515, lo cual fue aceptado. Se designaron tres gerentes, que son los siguientes: a) Stella Maris Colella, D.N.I. 16.509.068, C.U.I.T. 27-16509068-9, nacida el 04/11/1963, argentina, comerciante, con domicilio en calle San Juan 325 de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe. b) Natalí Belén Castelo, D.N.I. 33.396.324, C.U.T.T. 27-33396324-3, nacida el 19/12/1987, argentina, abogada, con domicilio en calle Rivadavia 1931, piso 4°, departamento “C”, de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, y e) Leandro David Castelo, D.N.I. 34.273.515, C.U.I.T. 20-34273515-1, nacido el 30/03/1989, argentino, comerciante, con domicilio real en Rivadavia 1931, piso 3°, departamento “C”, de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe.
$ 120 480756 Jul. 8
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PULVERIZACIONES
TUNINETTI S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Fecha del contrato: 28/04/2022.
Socios: Luis Rene Tuninetti, argentino, casado, DNI 17.882.266, CUIT 20-17882266-8 y Néstor Daniel Tuninetti, argentino, casado, DNI 21.855.394, CUIT 20-21855394-0.
Fecha de constitución:24/09/1997, en Contratos, Tomo 148, Folio 12059, Número 1537, con modificaciones el 10/10/2002 Tomo 153, Folio 11609, N° 1239, el 26/09/2007, Tomo 158, Folio 23163, N° 1755, 20/03/2009, Tomo 160, Folio 6252, N° 454, 12/11/2012, Tomo 163, Folio 31353, N° 1957, 08/04/2016 Tomo 167, Folio 7694, N° 480 y el 22/09/2017, Tomo 168, Folio 29265, N° 1764 con vencimiento el 24/09/2022. Prorroga: Diez (10) años a partir del vencimiento 24/09/2022. Nuevo vencimiento: 24/09/2032.
Aumento de Capital: Pesos quinientos mil ($500.000,00), que integran así: Luis Rene Tuninetti, ciento cincuenta mil (150000) cuotas representativas de Pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000,-) y Néstor Daniel Tuninetti, trescientos cincuenta mil (350000) cuotas representativas de Pesos trescientos cincuenta mil ($ 350.000,-).
Nuevo Capital: Pesos ochocientos Mil ($800.000,00) distribuido como sigue: Luis Rene Tuninetti, doscientos cuarenta mil cuotas representativas de Pesos doscientos cuarenta mil ($ 240.000,-) y Néstor Daniel Tuninetti, quinientos sesenta mil cuotas representativas de Pesos quinientos sesenta mil ($ 560.000,-). Se ratifican todas las demás cláusulas. Las Rosas, Abril de 2022.
$ 110 480684 Jul. 8
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ROTISERIA SAN MARCOS S.A.S.
ESTATUTO
Se hace que en Rosario, Provincia de Santa Fe a los 26 días del mes de abril de 2022 la señora Eliana Lorena Andreani, titular del DNI N° 29.216.350, CUIT Nº 27-29216350-4, argentina, soltera, domiciliada en calle Belgrano 2238 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe; ha resuelto de común acuerdo constituir una sociedad por acciones simplificada denominada Rotisería San Marcos S.A.S. y tiene su sede social en calle Hipólito Yrigoyen 1598 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa fe. Su duración es de 20 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: elaboración y venta al por menor de productos alimenticios fríos y calientes. El capital social es de ochenta mil (80.000) pesos, representado por ochenta mil (80.000) acciones de Un (1) pesos, valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349. Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de un (1) voto. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto. La transferencia de las acciones es libre, debiendo comunicarse la misma a la sociedad. La administración y representación de la sociedad está a cargo de uno a cinco personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. La reunión de socios es el órgano de Gobierno. Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del art. 55 LGS. El ejercicio social cierra el 31 de marzo de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) Cinco por ciento hasta alcanzar el veinte torciendo del capital suscripto para el fondo de reserva legal. b) El saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas o a fondos de reserva facultativos o de previsión o al destino que determinen los socios. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción. La sociedad se disuelve por cualquiera de los supuestos previstos en los artículos 55 y 56 de la ley 27349. La liquidación de la misma será practicada por el órgano de administración. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los socios con las preferencias indicadas en el artículo anterior. El capital se suscribe e integra de acuerdo con el siguiente cuadro: Accionistas: Eliana Lorena Andreani. Acciones Suscriptas: ochenta mil ($ 80.000,00) ordinarias. Modo de Integración: pesos veinticinco mil ($ 25.000,00). Naturaleza del Aporte: efectivo. Modalidad: pesos cincuenta y cinco ($ 55.000) dentro de los dos (2) años. Totales: modo de integración pesos veinticinco mil ($ 25.000) Acciones suscriptas ochenta mil (80.000). Se designa para integrar el órgano de Administración: Titulares: Eliana Lorena Andreani, de apellido materno Lavezzari, Argentina, soltera, domiciliada en calle Belgrano N° 2238 de la ciudad de Casilda provincia de Santa Fe CUIT Nº 27-29216350-4 y nacida el día 13 de abril del 1982. Suplente: Walter David Senisi, de apellido materno Maggioni, Argentino, soltero, domiciliado en calle Bolivia N° 1341 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, CUIT Nº 20-28035477-6 y nacido el 06-04-1980, quienes presentes en este acto aceptan los cargos, y constituyen domicilio especial como se detalla precedentemente. Se fija la sede social en calle Hipólito Yrigoyen N° 1598 de la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe.
Rosario, 28 de junio de 2022.
$ 125 480836 Jul. 08
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SEBASTIAN CASADEI S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, en los autos caratulados: SEBASTIAN CASADEI S.R.L. s/Constitución de sociedad, Expte. Nº 287/2022, según resolución de fecha 22 de Junio de 2022, se ordenó la publicación del presente Edicto a los efectos legales que pudiera corresponder:
1) El señor Sebastián Casadei, argentino, soltero, nacido el 9 de diciembre de 1990, de profesión transportista, y quien acredita su identidad con D.N.I. Nº 35.644.766 y CUIT N° 20-35644766-3, domiciliado en calle Lavalle N° 2.185 de la localidad de Venado Tuerto, Dpto. General López, Pcia. de Santa Fe, y la señorita Claudina Gilardo, argentina, nacida el 17 de enero de 1993, de profesión comerciante, soltera, y quien acredita su identidad con D.N.I. Nº 37.641.615 y CUTT N° 27-37641615-7, domiciliada en calle Rodríguez Peña N° 384 de la localidad de Venado Tuerto, Dpto. General López, Pcia. de Santa Fe.
2) Fecha instrumento constitución: 24 de Mayo de 2022.
3) Sebastián Casadei S.R.L.
4) Dr. Alfredo Cobeñas N° 2.853, Venado Tuerto. Santa Fe.
5) La sociedad tiene por objeto desarrollar por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros en cualquier parte de la República o del extranjero las actividades de: Transporte de cargas en general; Servicio de siembra, pulverización, cosecha, embolsado, extracción y acopio; Producción y compraventa de semillas, cereales, oleaginosas y granos en general, de todas sus especies; Cría, engorde, invernada, reproducción, mestización y cruza de todo tipo de ganado.
En cumplimiento de sus fines, la Sociedad podrá realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato, tales como efectuar negocios de importación y exportación, celebrar contratos de leasing, intervenir en licitaciones y/o concursos de precios públicos y/o privados y adquirir todos los derechos y contraer todas las obligaciones y celebrar los demás actos y contratos que se relacionan con su objeto.
6) La duración se fija en 50 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
7) El capital social se fija en la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000), dividido en cuatro mil quinientas cuotas de pesos cien ($ 100) cada una.
8) Administración y Representación: a cargo del Sr. Sebastián Casadei, D.N.I. N° 35.644.766 con el carácter de socio gerente.
9) Fiscalización: estará a cargo de todos los socios.
10) El 30 de abril de cada año.
$ 100 480739 Jul. 08
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SYMECO SOLUCIONES S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
A los fines de cumplimentar la observación realizada a la publicación de fecha 26 de junio de 2022 del expediente N° 2179/2022 se aclaran los datos personales de los nuevos socios: Sr. Facundo Alejandro Scrimin, D.N.I. N° 37.155.256, nacido el 14 de noviembre de 1992, de apellido materno Trueno, soltero, argentino, CUIT N° 20-37155256-2, domiciliado en Pasaje los Baños 303 Bis, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, profesión comerciante; y Leandro José Diego Cilleros, D.N.I. N° 32.901.058, nacido el 3 de abril de 1987, de apellido materno Cilleros, casado en primeras nupcias con Martina Pugno, argentino, CUIT N° 20-32901058-9, domiciliado en calle Montevideo 305 4º B, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, profesión comerciante.
$ 50 480650 Jul. 08
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SABECORT S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, de la Primera Nominación de Rosario, a cargo del Registro Público, se hace saber que en los autos caratulados: Expte. N°: 901, Año 2022; SABECORT S.A. s/Designación de Autoridades, han solicitado la inscripción del acta de asamblea ordinaria N°: 19 de fecha 21 de Diciembre de 2020, documento en el que se ha registrado la designación de los miembros del Directorio y la distribución de los cargos, por el plazo que vence el 21 de Diciembre de 2022 con prórroga automática hasta la fecha de realización de la Asamblea General de Accionistas correspondiente al ejercicio comercial que finaliza en esa fecha.- Integran el Directorio: Presidente: Bruno Armando Armellini, DNI N° 34.752.656; Vicepresidente: María de los Ángeles Armellini, DNI Nº 30.026.069; Director Suplente: Lucas Matías Armellini, DNI N°: 25.925.650. Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley.
Rosario, 30/06/2022.
$ 50 480841 Jul. 08
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SIMPLICITY S.R.L.
CONTRATO
1) Socios Fundadores: Gómez Leandro Gastón, argentino, DNI Nº 28.575.238, CUIT Nº 20-28575238-9, nacido el 26 de Agosto de 1981, estado civil soltero, de profesión analista en sistemas, con domicilio en calle Rivadavia 1516 de esta ciudad; Fabrizi Sandra Marianela, argentina, D.N.I. N° 33.364.285, CUIT Nº 27-33364285-4, nacida el 26 de Noviembre de 1987, estado civil soltera, de profesión licenciada en estadísticas y domicilio en calle Alte. Brown 888, dpto. B de esta ciudad; todos hábiles para contratar de pleno, resuelven de común acuerdo constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada.
2) Fecha del instrumento de constitución: 16 días del mes de Junio de 2022.
3) Denominación Social: Simplicity S.R.L.
4) Domicilio: Rivadavia 1516 de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe.
5) Duración: El plazo de duración de la sociedad es de cincuenta años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
6) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, a la realización de las siguientes actividades:
A) Tecnologías de la información: Diseño de sistemas y desarrollo de software, en diferentes lenguajes de programación y plataformas de bases de datos, y equipos informáticos. Tratamiento masivo de datos big data, maching learning, inteligencia artificial. Diseño, administración y operación de redes de comunicaciones y sistemas operativos diversos. Operación e instalación de redes de voz y datos. Búsqueda y selección de profesionales (técnicos, ingenieros, preventas, comerciales, del sector), para la empresa o terceras empresas. Desplazar personal propio a empresas terceras para el desarrollo de proyectos y/o trabajos. Estudios de mercado de productos y servicios locales y extranjeros.
B) Comerciales: Compra, venta, alquiler, mantenimiento, de software, hardware y servicios.
C) Servicios: Servicios informáticos en general. Investigación y desarrollos propios y para terceros.
D) Representaciones: Mediante el ejercicio de representaciones vinculadas a las actividades detalladas en los incisos anteriores. La sociedad puede intervenir en licitaciones y concursos de precios, públicos y/o privados, relacionados con las actividades anteriores.
A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
7) Capital Social: El capital social es de pesos quinientos mil ($ 500.000), representado por cincuenta mil cuotas de valor nominal pesos diez ($ 10) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Gómez Leandro Gastón suscribe 25.000 (veinticinco mil) cuotas de capital, o sea, la suma de $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil) que integra de la siguiente manera: $ 62.500 (pesos sesenta y dos mil quinientos) en efectivo en este acto, y el resto, o sea, la suma de $ 187.500 (ciento ochenta y siete mil quinientos) en efectivo dentro de los veinticuatro meses de la firma del presente acto; Fabrizi Sandra Marianela suscribe 25.000 (veinticinco mil) cuotas de capital, o sea, la suma de $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil) que integra de la siguiente manera: $ 62.500 (pesos sesenta y dos mil quinientos) en efectivo en este acto, y el resto, o sea, la suma de $ 187.500 (ciento ochenta y siete mil quinientos) en efectivo dentro de los veinticuatro meses de la firma del presente acto.
8) Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un gerente, socio o no. A tal fin se usará su propia firma con el aditamento de socio gerente o gerente según el caso, precedida de la denominación social. El gerente en el cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
Socio Gerente: Sra. Fabrizi Sandra Marianela, argentina, D.N.I. N° 33.364.285, CUIT Nº 27-33364285-4, nacida el 26 de Noviembre de 1987, estado civil soltera, de profesión licenciada en estadísticas y domicilio en calle Alte. Brown 888, dpto. B de la ciudad de Cañada de Gómez, quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo n° 5 del contrato social.
9) Organización de la representación legal: La representación legal de la sociedad estará a cargo del Socio Gerente, o quien lo reemplace en caso de ausencia o impedimento.
10) Fiscalización: La fiscalización estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la ley 19.550 (y sus modificaciones). Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización, según lo previsto en el artículo 158 de la citada ley.
11) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.
$ 250 480690 Jul. 08
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SERVICIOS Y ASESORAMIENTO
PORTUARIO S.R.L.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Se hace saber que por resolución, en la Reunión de Socios unánime N° 112, de fecha 03 de noviembre de 2021, se designó como gerente por tiempo indeterminado a la Sra. Florencia Elina Garro, DNI N° 31.432.702, CUIT Nº 27-31432702-6 nacida el 27 de febrero de 1985, argentina, soltera, comerciantes con domicilio en calle Oroño 542 Piso 11 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y como gerente suplente por tiempo indeterminado a la Sra. María del Carmen Giardini, DNI N° 13.509.833 CUIT Nº 27-13509833-2, nacida el 16 de junio de 1959, argentina, casada, comerciante, con domicilio en calle Oroño 542 Piso 11 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
$ 50 480734 Jul. 08
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SABECORT S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
1. Razón social: Sabecort S.A.
2. Domicilio: San Martín 2850- Rosario-Santa Fe.
3. Socios: María José Armellini; argentina; nacida el 11/05/1980; DNI Nº 27.978.760; empresaria y docente; domiciliada en calle Moreno 18 de la ciudad de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires; casada; socia y presidente del directorio; Lucas Matías Armellini; argentino; nacido el 27/05/1977; empresario; DNI Nº 25.925.650; domiciliado en calle Moreno 18 de la ciudad de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires; casado; CUIT Nº 20-25925650-0; socio y director suplente; María de los Ángeles Armellini; argentina; nacida el 26/01/1983; DNI Nº 30.026.069; empresaria; domiciliada en calle Moreno 18 de la ciudad de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires; CUIT Nº 27-30026069-7; socia y vicepresidente del directorio; Bruno Armando Armellini; argentino; nacido el 30/10/1989, DNI Nº 34.752.656, empresario; domiciliado en calle Moreno 18 bis de la ciudad de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires, soltero; CUIT Nº 20-34752656-9; socio y presidente del directorio; siendo los único accionistas de la sociedad.
4. Los socios ratifican, por acta del 11/10/2019, el aumento de capital dispuesto por la Asamblea General Ordinaria N° 6 de fecha 30 de octubre de 2008 por $ 400.000.
5. Con fecha 04/09/2020 resuelven la modificación y reforma del estatuto social. Se modificaron los artículos uno al décimo octavo, se agregaron artículos complementarios a los ya existentes, y se modificaron algunos textos para mayor claridad de redacción.
6. Con fecha 20/09/2020 se modificó el artículo 4, aumentándose el capital en $ 1.344.000 y, conforme fuera observado por la Inspección General de Personas Jurídicas se modificaron los artículos uno y cinco.
7. Conforme lo señalado los referidos artículos quedaron redactados de la siguiente manera: Artículo 4: El capital social es de $ 2.344.000 (pesos dos millones trescientos cuarenta y cuatro mil) representado por 23.440 acciones ordinarias nominativas no endosables todas de $ 100 (pesos cien) de valor nominal cada una y de un voto por acción. La transferencia de la propiedad de acciones solo producirá efectos para la sociedad y frente a terceros a partir de la inscripción de tal transferencia, que deberán solicitar en forma conjunta el titular y el adquirente. El Directorio en la primera reunión que se celebre después de recibida tal solicitud, autorizará la inscripción previa verificación de que se han cumplido las condiciones establecidas en la presente cláusula.”
Artículo 1: La Sociedad se denomina Sabecort Sociedad Anónima, y tendrá su domicilio legal en jurisdicción de la ciudad de Rosario, departamento del mismo nombre, Provincia de Santa Fe.
Artículo 5: La totalidad de las acciones otorgan a su titular el derecho preferente a la suscripción de nuevas acciones de la misma clase, y el derecho a acrecentar en la proporción a las que posean, y de conformidad con las disposiciones legales vigentes dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la publicación a que se refiere el artículo 194 de la ley 19.550.El accionista que se propone ceder las acciones suscriptas e integradas y/o a suscribirse, lo comunicará fehacientemente al directorio, para que este ponga dicho extremo en conocimiento de los restantes accionistas o tenedores de la misma clase o categoría, para que ejerzan el derecho de acrecer en proporción a las acciones que posean dentro de los diez días siguientes al de la notificación y de acuerdo a las disposiciones legales que regulan la materia para las acciones nominativas no endosables. En caso de que los accionistas de la clase correspondiente no ejercieran el derecho de acrecer en el plazo fijado, procederá el directorio á comunicar tal extremo a los accionistas de las restantes clases, quienes tendrán, entonces el derecho preferente a adquirirlas. El precio de la parte de capital social que se transfiera resultará del último balance aprobado por la sociedad. En caso que ninguno de los accionistas ejerciera el derecho aquí previsto, la sociedad podrá adquirir las acciones conforme lo establecido en el artículo 220 de la ley 19.550 conforme las siguientes condiciones: a) para cancelarlas y previo acuerdo de reducción del capital; b) excepcionalmente, y con ganancias líquidas y realizadas o reservas líquidas, cuando estuvieran completamente integradas o para evitar un daño grave, lo que será justificado en la próxima Asamblea Ordinaria; c) por integrar el haber un establecimiento que adquiere o de una sociedad que incorpore. La transmisión de las acciones nominativas debe notificarse a la sociedad por escrito e inscribirse en el registro de acciones. En carácter supletorio se aplicarán las disposiciones de los artículos 152, en sus partes pertinentes, 153,154 y 150 de la ley 19.550. El capital social podrá ser aumentado por resolución de la asamblea ordinaria hasta su quíntuplo de conformidad con el artículo 188 de la Ley 19.550. La Asamblea que disponga el aumento de capital, determinará las condiciones de la emisión de las acciones ordinarias o preferidas, que representaran el aumento, las cuales siempre deberán ser nominativas no endosables, pudiendo delegar en el directorio establecer la época de emisión y condiciones de pago. Asimismo, queda expresamente establecido, que en caso de realizarse una oferta por la totalidad del capital accionario de la sociedad, tanto por un tercero como por un socio de la misma, la totalidad de los socios se obliga a transferirle a este tercero o socio su participación accionaria.
Finalmente, y conforme se presenta para su inscripción, el estatuto queda redactado de la siguiente manera: Denominación. Domicilio. Plazo y objeto. Artículo 1: La Sociedad se denomina Sabecort Sociedad Anónima, y tendrá su domicilio legal en jurisdicción de la ciudad de Rosario, departamento del mismo nombre, Provincia de Santa Fe. Artículo 2: Su plazo de duración es de noventa y nueve (99) años contados desde la fecha de su inscripción en el Registro Público. Artículo 3: La sociedad tiene por objeto realizar las siguientes actividades: a). Industrial: mecanizado y reparación de piezas metalmecánicas, reparación de tapas de cilindro, fabricación y modificación según planos de máquinas y máquinas herramientas; b). Comercial: venta de repuestos industriales y de vehículos automotores; c). Inmobiliaria: mediante la adquisición y enajenación de cualquier título, inclusive compraventa, permuta de inmuebles urbanos y rurales, fraccionamiento, urbanización de arrendamientos y explotación siempre que los mismos sean propios e incluso por el sistema de propiedad horizontal, excluyendo la intermediación inmobiliaria; d). Importadora y exportadora; e). Mandatos; f). Servicios: dictado de cursos de capacitación en materia administrativa, comercial y marketing en empresas públicas y privadas, mediante la provisión de mano de obra para la actividad industrial, comercial y de servicios; g). Constructora: la sociedad podrá dedicarse al ramo de construcciones de obras públicas y privadas, reparaciones, mantenimientos. Podrá también ejecutar por cuenta propia toda clase de construcciones con el fin de explotar directamente, enajenarlas o negociadas en cualquier otra forma y ejecutar pavimentos, afirmados y urbanizaciones; h). Financieras: la sociedad podrá realizar la financiación de sus operaciones sociales obrando como acreedor prendario en los términos del art. 50 de la ley 12.962 y realizar todas las operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente, siempre con dinero propio. No realizará las comprendidas en la ley 21.526 o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo, en su reemplazo o requiera de la intermediación del ahorro público; i). Agropecuaria: la explotación de establecimientos agrícola-ganaderos, mediante la cría e invernada de hacienda vacuna, lanar, yegüeriza, el cultivo y cosecha de todo tipo de cereales, forrajes y frutales y la explotación de campos de pastoreo e invernada. Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Capital. Artículo 4: El capital social es de $ 2.344.000 (pesos dos millones trescientos cuarenta y cuatro mil), representado por 23.440 acciones ordinarias nominativas no endosables todas de $ 100 (pesos cien) de valor nominal cada una y de un voto por acción. La transferencia de la propiedad de acciones solo producirá efectos para la sociedad y frente a terceros a partir de la inscripción de tal transferencia, que deberán solicitar en forma conjunta el titular y el adquirente. El directorio, en la primera reunión que se celebre después de recibida tal solicitud, autorizará la inscripción previa verificación de que se han cumplido las condiciones establecidas en la presenta cláusula. Artículo 5: La totalidad de las acciones otorgan a su titular el derecho preferente a la suscripción de nuevas acciones de la misma clase, y el derecho a acrecentar en la proporción a las que posean, y de conformidad con las disposiciones legales vigentes dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la publicación a que se refiere el artículo 194 de la ley 19.550. El accionista que se propone ceder las acciones suscriptas e integradas y/o a suscribirse, lo comunicará fehacientemente al directorio, para que este ponga dicho extremo en conocimiento de los restantes accionistas o tenedores de la misma clase o categoría, para que ejerzan el derecho de acrecer en proporción a las acciones que posean dentro de los diez días siguientes al de la notificación y de acuerdo a las disposiciones legales que regulan la materia para las acciones nominativas no endosables. En caso de que los accionistas de la clase correspondiente no ejercieran el derecho de acrecer en el plazo fijado, procederá el directorio a comunicar tal extremo a los accionistas de las restantes clases, quienes tendrán, entonces el derecho preferente a adquirirlas. El precio de la parte de capital social que se transfiera resultará del último balance aprobado por la sociedad. En caso que ninguno de los accionistas ejerciera el derecho aquí previsto, la sociedad podrá adquirir las acciones conforme lo establecido en el artículo 220 de la ley 19.550 conforme las siguientes condiciones: a) para cancelarlas y previo acuerdo de reducción del capital; b) excepcionalmente, y con ganancias líquidas y realizadas o reservas líquidas, cuando estuvieran completamente integradas o para evitar un daño grave, lo que será justificado en la próxima Asamblea Ordinaria; c) por integrar el haber un establecimiento que adquiere o de una sociedad que incorpore. La transmisión de las acciones nominativas debe notificarse a la sociedad por escrito e inscribirse en el registro de acciones. En carácter supletorio se aplicarán las disposiciones de los artículos 152, en sus partes pertinentes, 153,154 y 150 de la ley 19.550. El capital social podrá ser aumentado por resolución de la asamblea ordinaria hasta su quíntuplo de conformidad con el artículo 188 de la Ley 19.550. La Asamblea que disponga el aumento de capital, determinará las condiciones de la emisión de las acciones ordinarias o preferidas, que representaran el aumento, las cuales siempre deberán ser nominativas no endosables, pudiendo delegar en el directorio establecer la época de emisión y condiciones de pago. Todo aumento de capital resuelto por Asamblea deberá ser elevado a escritura pública. Asimismo, queda expresamente establecido, que en caso de realizarse una oferta por la totalidad del capital accionario de la sociedad, tanto por un tercero como por un socio de la misma, la totalidad de los socios se obliga a transferirle a este tercero o socio su participación accionaria. Artículo 6: Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones M artículo 211 y 212 de la ley 19550. Artículo 7: En caso de mora en la integración del capital el directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el Art. 193 de la ley 19550. Administración y representación. Artículo 8: La Administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto por un número de miembros que fije la asamblea ordinaria, entre un mínimo uno y un máximo de cinco directores titulares, e igual número de suplentes, siendo reelegibles. Permanecerán en sus cargos hasta que la próxima asamblea designe reemplazantes. Durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. En la primera reunión designarán de entre ellos un Presidente y Vicepresidente, en su caso, este último reemplazará al primero en caso de ausencia, impedimento o excusación. Se reunirán por lo menos una vez cada tres meses y en toda ocasión que así sea requerido por los negocios de la Sociedad o cuando fuera convocado por cualquiera de sus directores. Funcionará con la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá por mayoría de votos presentes. En caso de empate el presidente tendrá doble voto. Sus deliberaciones se transcribirán en un libro de actas llevado al efecto. La representación social estará a cargo del presidente o del vicepresidente en caso de vacancia, impedimento o ausencia. Dos o más directores podrán tener la misma representación, pero, para casos determinados, previa aprobación del directorio o de la asamblea ordinaria de accionistas. El uso de la firma social estará a cargo del presidente. Las funciones de los directores serán remuneradas conforme lo determinado por el artículo 261 de la Ley 19.550. La asamblea fija la remuneración del directorio. Artículo 9: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquéllas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial y el Decreto —Ley 5965/63, y siempre que tales actos respondan al giro normal y constituyan parte del objeto de la Sociedad. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: entre ellos, operar con el Banco de la Nación Argentina, Hipotecario, Banco de la Provincia de Buenos Aires S.A., Nuevo Banco de Santa Fe S.A, y demás instituciones de crédito oficiales o privados; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales -inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. Otorgar fianzas que se relacionen con el objeto y todo acto que no sea notoriamente extraño al objeto social. Artículo 10: Cada uno de los directores debe prestar la siguiente garantía $ 20.000 (Veinte mil pesos) en efectivo, que será depositada en la caja de la sociedad. Artículo 11: El Directorio podrá funcionar con los miembros presentes o comunicados entre sí por otros medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras. A los efectos de la determinación del quórum se computarán los directores presentes y los que participen a distancia a través de los medios tecnológicos antes especificados, pudiendo encontrarse los mismos en cualquier lugar dentro o fuera del país. El acta de la reunión donde se encuentren directores bajo los conceptos antes descriptos será confeccionada y firmada dentro de los cinco días de celebrada, por los directores presentes. Los directores que hayan participado a distancia podrán firmar el acta, sin que la omisión de hacerlo afecte la validez de la reunión y de las resoluciones adoptadas en ella. El acta consignará las manifestaciones de los directores presentes y de los que se encuentren a distancia, así como sus votos con relación a cada resolución adoptada. Se deberá dejar constancia en el acta de los nombres de los directores que hayan participado a distancia y de la regularidad de las decisiones adoptadas. Artículo 12: El directorio será convocado por el presidente cada vez que lo considere necesario debiendo observarse en todos los casos el artículo 267 de la ley 19.550. Las deliberaciones constarán en un libro especial en actas que serán firmadas por los miembros presentes. La asamblea podrá asignar funciones en forma personal a uno o más directores en forma individual o formando comités especiales a los fines del artículo 274 segundo párrafo de la ley 19.550. FISCALIZACION. Artículo 13: La fiscalización de la sociedad está a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la ley 19.550. Asambleas. Artículo 14: Toda asamblea puede ser citada simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida para la primera por el art. 237 de la Ley 19550 sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día una hora después de fracasada la primera. Los accionistas pueden ser representados en las asambleas mediante carta poder dirigida al Directorio. Artículo 15: Rigen el quórum y mayoría determinados por los artículos 243 y 244 de la ley 19550.según la clase de asamblea, convocatoria y materias de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria, la que se considerará constituida con el setenta por ciento de las acciones presente con derecho a voto. Cierre del ejercicio - Distribución de utilidades. Artículo 16: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en la entidad de contralor. Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a) Cinco por ciento hasta alcanzar el 20% del capital suscripto para el fondo de reserva legal. b) A remuneraciones del Directorio. c) El saldo, en todo o en parte, a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones. Disolución y liquidación. Artículo 17: Producida la disolución de la sociedad, su liquidación será efectuada por el directorio o por los liquidadores designados en la asamblea. Para ambas situaciones se requerirá el cien por ciento de los votos. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas en proporción a sus tenencias accionarias. Artículo 18: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 284, último párrafo de la ley 19.550, y no estando la sociedad comprendida en ninguno de los supuestos previstos por el artículo 299 de la misma ley, se prescinde de la sindicatura.
$ 340 480842 Jul. 08
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SOLUCIONES PARA
EL TRANSPORTE S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por el presente edicto se procede a realizar la siguiente publicación respecto del contrato de reconducción, cambio de domicilio legal, aumento del capital social y modificación de la cláusula de objeto social y de la representación legal del contrato social de Soluciones para El Transporte S.R.L. inscripta en el Registro Público de Comercio el día 26 de Enero de 2011 al Tomo 162, Folio 1737; N° 117 de Contratos; efectuada según contratos de fecha 08 de Junio de 2021 y 29/06/2021, por los cuales se resolvió: 1) dado haber vencido el plazo de duración de la Sociedad el 26 de Enero de 2011, resuelven la reconducción del mismo fijándose un plazo de duración de 10 años a partir de la inscripción de la reconducción en el Registro Público de Comercio procediéndose a la reforma de la cláusula Tercera de Duración: se reactiva por el termino de diez (10) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. 2) Se modifica la cláusula Segunda de Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en calle Juan Manuel Fangio N° 2268 de Roldan. Pcia. de Santa Fe, pudiendo establecer filiales, sucursales o agencias en cualquier punto del país o del exterior. 3) Se amplia la cláusula de Objeto Social y se incorporan como nueva actividad Comercial la comercialización de planes de ahorro de vehículos de distintas marcas e Industrial: el montaje de carrocerías de camiones, utilitarios y remolques y la reparación de los mismos. Quedando redactada: 1) Comerciales: la compra, venta, consignación, permuta, alquiler, leasing, importación y exportación de automóviles, camiones, ómnibus, remolques y utilitarios, nuevos o usados y de sus repuestos y accesorios. Comercialización de planes de ahorro de vehículos de distintas marcas. Asimismo podrá prestar servicios de mantenimiento, mediante la explotación de un taller de mecánica y carrocerías para todo tipo de rodados, ejercer representaciones, comisiones y mandatos en cuanto se encuentren relacionados directa o indirectactamente a la industria automotriz. 2) Industriales: Montaje de carrocerías de camiones utilitarios y remolques y reparación de las mismas. 4) Se resuelve aumentar el Capital actual de $ 150.000 a la suma de $ 1.000.000 o sea en la suma de pesos ochocientos cincuenta mil ($ 850.000) que los socios suscriben en proporción a sus participaciones actuales e integran el 25% en efectivo en este acto y el 75% restante dentro del año de la fecha. En consecuencia se reforma la cláusula Quinta de Capital Social: El Capital Social se fija en la suma de pesos un millón ($ 1.000.000) dividido en cien mil (100.000) cuotas de Pesos diez ($ 10) cada una, correspondiendo al socio Gerardo Humberto Majul noventa mil (90.000) cuotas de Capital o sea Pesos novecientos mil ($ 900.000) y a la socia Maria Florencia Mocich diez mil (10.000) cuotas de Capital o sea Pesos cien mil ($ 100.000). 5) Se modifica la cláusula de la representación legal quédanos la misma en cabeza del socio Gerardo Humberto Majul en forma individual.
Las demás cláusulas del contrato social no modificadas por la presente, quedan ratificadas.
$ 110 480657 Jul. 08
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TASSELLO
EQUIPAMIENTOS S.A.
ESTATUTO
Por Disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Venado Tuerto Dra. Maria Celeste Rosso, Secretaria Dra. M. Julia Petracco en autos caratulados TASSELLO EQUIPAMIENTOS S.A.S. s/Estatuto social; (Expte 293 / 2022) según decreto de fecha 29-06-2022 se ordena la siguiente publicación de Edictos.
Acta constitutiva de fecha 04 (Cuatro) días de Mayo del Año 2.022.
Accionistas: Teresita Lidia Ariola, de nacionalidad argentina, DNI N° 12.436.553 apellido materno Mangialardi, nacida el día 14 de Septiembre de 1956, de profesión Comerciante, CUIT Nº 27-12436553-3, de estado civil viuda, con domicilio en Calle San Martín N° 1.618 de la Localidad de Elortondo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, Laura Raquel Tassello, de nacionalidad argentina, DNI N° 26.065.532, de apellido materno Zelich, nacida el día 31 de Marzo de 1.978, de profesión Comerciante, CUIT Nº 27-26065532-4, de estado civil soltera, domiciliada en Calle Mitre N° 1.357 de la Localidad de Elortondo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe y Jorgelina Soledad Tassello, de nacionalidad argentina, DNI N° 34.525.602, apellido materno Zelich, nacida el día 20 de Marzo de 1.989, de profesión Comerciante ,CUIT Nº 23-34525602-4, de estado civil soltera domiciliada en Calle Laprida N° 885 de la Localidad de Elortondo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
Denominación y domicilio: La Sociedad girará bajo la denominación de Tassello Equipamientos S.A. y tendrá su domicilio legal en la Localidad de Elortondo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales, representaciones o agencias en cualquier parte del país o del extranjero.
Duración: Su plazo de duración es de 99 (Noventa y Nueve) años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.
Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o el extranjero de las siguientes actividades:
1)- Industriales: Fabricación, tratamiento y revestimiento de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores, máquinas y herramientas agrícolas.
2)- Comerciales: Comercialización al por mayor y menor, importación y exportación de los productos mencionados en el ítem anterior.
La Sociedad contará con la participación de profesionales con incumbencia en la materia que corresponda.
La Sociedad no realizará operaciones previstas en el Inc. 4 Art. 299 Ley General de Sociedades.
A tales fines la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y efectuar todos los actos y gestiones que no sean prohibidos por las Leyes o por este Estatuto.
Capital: El Capital Social es de $ 600.000 (Pesos Seiscientos mil), representado por 60.000 (Sesenta mil) acciones de $ 10 (Pesos Diez), valor nominal cada una. El Capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al Artículo 188 de la Ley General de Sociedades 19.550.
Acciones: nominativas no endosables, ordinarias o preferidas.
Las acciones Ordinarias podrán ser Clase A con derecho a un (1) voto y Clase B con derecho a cinco (5) votos, conforme se determine al suscribir el capital inicial o en oportunidad de resolver la Asamblea su aumento. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto.
Administración: Estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de Uno (1) y un máximo de Cinco (5) Directores Titulares, quienes durarán en sus funciones dos (2) Ejercicios, pudiendo ser reelectos.
Garantía: Cada uno de los Directores deben prestar la siguiente garantía: $ 60.000 (Pesos Sesenta Mil) en dinero en efectivo, títulos públicos, o acciones de otra Sociedad al momento de asumir sus funciones, que serán depositados en la Caja de la Sociedad o en cuenta bancaria especialmente habilitada al efecto, siéndole reintegrado dicha suma una vez finalizada la gestión y hasta su aprobación por la Asambleas de Accionistas.
Representación legal: La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio.
Fiscalización: prescinde de la Sindicatura.
Balance: 31 de Diciembre de cada año.
Emisión-suscripción e integración de capital
Se procede a formalizar la emisión suscripción e integración del Capital Social: de acuerdo al siguiente detalle:
Emisión: se emiten 60.000 (Sesenta mil) acciones Ordinarias, Nominativas no Endosables, de. $ 10 (Pesos diez) de valor nominal cada una, de las cuales 57.600 (Cincuenta y siete mil seiscientos) son Clase A con derecho a 1 (un) Voto y 2.400 (Dos mil cuatrocientas) son Clase B con derecho a 5 (Cinco) Votos, totalizándose así el Capital Social de $ 600.000 (Pesos seiscientos mil).
Suscripción e integración: De acuerdo a lo resuelto por los señores accionistas la suscripción e integración se realiza de acuerdo al siguiente detalle.
Teresita Lidia Ariola suscribe 34.800 (Treinta y cuatro mil ochocientos) acciones Nominativas no Endosables, Ordinarias de $ 10 (Pesos diez) valor nominal cada una Clase A de un (1) voto por acción, equivalente a $ 348.000 (Pesos trescientos cuarenta y ocho mil) del Capital Social. Monto de integración: $ 87.000 (Pesos ochenta y siete mil) o sea el 25% del capital suscripto. Naturaleza del aporte Dinerario. Modalidad: 75 % restante o sea $ 261.000 (Pesos doscientos sesenta y un mil) también en efectivo dentro del término de 2 (dos) años contados de la fecha de la presente Acta.
Laura Raquel Tassello suscribe 11.400 (Once mil cuatrocientas) acciones nominativas no Endosables, Ordinarias de $ 10 (Pesos diez) valor nominal cada una, Clase A de un (1) voto por acción, equivalente a $ 114.000 (Pesos Ciento catorce mil ) del Capital Social y 1.200 (Un mil doscientas) acciones Nominativas no Endosables, Ordinarias de $ 10 (Pesos diez) valor nominal cada una Clase B de cinco (5) votos por acción, equivalente a $ 12.000 (Pesos doce mil) del Capital Social.
Monto de integración: $ 31.500 (Pesos treinta y un mil quinientos) o sea el 25% del capital suscripto. Naturaleza del aporte: Dinerario. Modalidad :75 % restante o sea $ 94.500 (Pesos Noventa y cuatro mil quinientos) también en efectivo dentro del término de 2 (dos) años contados de la fecha de la presente Acta.
Jorgelina Soledad Tassello suscribe 11.400 (Once mil cuatrocientas) acciones nominativas no endosables, ordinarias de $ 10 (Pesos diez) valor nominal cada una Clase A de un (1) voto por acción, equivalente a $ 114.000 (Pesos ciento catorce mil) del Capital Social y 1.200 (Un mil doscientas) acciones nominativas no endosables, ordinarias de $ 10 (Pesos diez) valor nominal cada una Clase B de cinco (5) votos por acción, equivalente a $ 12.000 (Pesos doce mil) del Capital Social. Monto de integración: $ 31.500 (Pesos Treinta y un mil quinientos) o sea el 25% del capital suscripto. Naturaleza del aporte: Dinerario. Modalidad: 75 % restante o sea $ 94.500 (Pesos Noventa y cuatro mil quinientos) también en efectivo dentro del término de 2 (dos) años contados de la fecha de la presente Acta. De este modo se ha dado cumplimiento a la suscripción total y a la integración parcial del Capital Social.
Designación del directorio:
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 90 del Estatuto Social se resuelve por unanimidad designar el primer DIRECTORIO que durará en sus funciones dos (2) Ejercicios el que estará integrado por 2 (Dos) Directores Titulares y 2 (Dos) Directores Suplentes. A tal fin se designan:
Presidente: Laura Raquel Tassello, de nacionalidad argentina, DNI N° 26.065.531, de apellido materno Zelich, nacida el día 31 de Marzo de 1.978, de profesión Comerciante, CUIT Nº 27-26065532-4. de estado civil soltera, domiciliada en Calle Mitre N° 1.357 de la Localidad de Elortondo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
Vice-Presidente: Teresita Lidia Ariola, de nacionalidad argentina, DNI N° 12.436.553 apellido materno Mangialardi, nacida el día 14 de Septiembre de 1956, de profesión Comerciante, CUIT Nº 27-12436553-3, de estado civil viuda, con domicilio en Calle San Martín N° 1.618 de la Localidad de Elortondo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
Director Suplente: Jorgelina Soledad Tassello, de nacionalidad argentina, DNI N° 34.525.602, apellido materno Zelich, nacida el día 20 de Marzo de 1.989, de profesión Comerciante, CUIT Nº 23-34525602-4, de estado civil soltera, domiciliada en Calle Laprida N° 885 de la Localidad de Elortondo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
Director Suplente: Claudio Martín Angeleri, de nacionalidad argentino ,DNI N° 24.084.687, nacido el día 20 de Septiembre de 1.974, Apellido materno Nava, de profesión Empleado, CUIL Nº 20-24084687-0, de estado civil casado en primeras nupcias con Betiana Soledad Loska DNI N° 27.422.000, domiciliado en calle Italia N° 1.763, de la localidad de Elortondo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
Los señores Directores, todos presentes en este acto, manifiestan su aceptación al cargo para el que fueron designados,
Domicilios especiales de los directores:
Los Directores designados constituyen domicilios especiales exigidos por el Art. 256 de la Ley General de Sociedades 19.550, en la Sede Social sita en Calle San Martin N° 1510 de la Localidad de Elortondo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
Sede Social:
Los comparecientes resuelven por unanimidad fijar la sede social de Tassello Equipamientos S.A. en Calle San Martín N° 1510 de la Localidad de Elortondo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
Venado Tuerto, 30 de Junio de 2022.
$ 511 480858 Jul. 08
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TALLER MODELO S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados Taller Modelo S.A. s/Designación de autoridades; Expte. N° 1225 - Año 2022, en trámite en el Registro Público, se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 29/04/2022 se ha procedido a la designación de un nuevo directorio compuesto por: Presidente: Miguel Antonio Maestrecola, nacido el 15/03/1950, casado, argentino, comerciante, con domicilio en Bv. 9 de Julio 1352 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, L.E. N° 7.891.169, CUIT N° 20-07891169-8. Vicepresidente: Carmen Teresa Combina, nacida el 23/12/1951, casada, argentina, comerciante, con domicilio en 6v. 9 de Julio 1352 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, DNI N° 10.062.855, CUIT N° 23-10062855-4. Directora Titular: Valeria Alejandra Maestrecola, nacida el 14/09/1981, soltera, argentina, Lic. en Psicología, con domicilio en Moreno 668 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, D.N.I. N° 29.056.123, CUIT N° 27-29056123-5. Directora Suplente: Andrea Soledad Maestrecola, nacida el 09/10/1976, soltera, argentina, comerciante, con domicilio en Lavalle 669 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, DNI N° 25.401.837, CUIT N° 27-25401837-1. Directora Suplente: Marina Guadalupe Maestrecola, nacida el 24/01/1980, soltera, argentina, Cosmiatra, con domicilio en Bv. 25 de Mayo 1643 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, DNI Nº 27.636.760, CUIT N° 27-27636760-4.
Santa Fe, 24 de Junio de 2022. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 79,20 480674 Jul. 08
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TRANSPORTE GRECO S.R.L.
DOMICILIO
Transporte Greco S.R.L. s/Modificación art. 200 sede a Avda. San Martín 3532 de Villa Gdor. Gálvez $ 552; CUIJ Nº 21-05527784-9 Expte. 2515/2022 Cambio de sede social - Transporte Greco S.R.L.: Los socios por unanimidad resuelven mudar la sede social a calle Avda. San Martín N° 3532 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez de la provincia de Santa Fe.
$ 50 480816 Jul. 08
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URBAN MARKET S.A.
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO
Fecha de Constitución. La sociedad fue constituida en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 18 días del mes de Abril de 2022.
$ 50 480654 Jul. 08
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ACHILLI Y DI BATTISTA S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por estar dispuesto en los autos caratulados: Achilli Y Di Battista S.R.L. s/Modificación al contrato social; Expte. N° 2605/2022 – CUIJ Nº 21-05527874-9, en trámite ante el Registro Público de Rosario, Secretaria a cargo de la Dra. Mónica Gesualdo, se ha ordenado la siguiente publicación: En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe., en fecha 23 de junio de 2022, el Sr. Angel Alberto Di Battista, argentino, industrial, apellido materno Morganti, DNI Nº 10.870.462, CUIT Nº 20-10870462-5, nacido el 14/01/1954, casado en primeras nupcias con Gladys María Falaschi DNI N° 14.479.454, con domicilio en calle California N° 105 de la ciudad de Armstrong, Provincia de Santa Fe, cedió la totalidad de sus cuotas sociales, a saber, doce mil setecientas cincuenta (12.750) cuotas sociales de valor nominal Pesos Cien ($ 100) de valor nominal cada una, a los señores Ricardo Marcelino Achilli, argentino, industrial, apellido materno Morganti, DNI N° 12.858.759, CUIT Nº 20-12858759-5, nacido el 02/06/1957, divorciado según sentencia N° 376 de fecha 30/08/2004 dentro de los autos caratulados: ACHILLI, RICARDO Y BOSSO MARILYN s/Divorcio vincular por mutuo acuerdo; Expte. N° 849/2003 que tramitó por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Judicial N° 6 de Cañada de Gómez, 1ª Nominación, domicilio en calle Sanguinetti N° 1149 de la ciudad de Armstrong, Pcia. De Santa Fe y en su carácter de gerente; el Sr. Ignacio Jesús Achilli, (CUIT/L N° 20-31085474-4), argentino, nacido el 14 de diciembre de 1984, de apellido materno Bosso, titular del DNI N° 31.085.474, soltero, domiciliado en calle Bv. Sanguinetti 1131, de la localidad de Armstrong, provincia de Santa Fe; y Sebastián Jesús Achilli, (CUIT/L N° 20-32476631-7), argentino, nacido el 10 de marzo de 1987, de apellido materno Bosso, titular del DNI N° 32.476.631, soltero, domiciliado en calle Sanguinetti N° 1151 de la ciudad de Armstrong, Pcia. De Santa Fe, de la localidad de Armstrong, provincia de Santa Fe el señor Sebastián Ariel Torres, D.N.I. N° 31.082.263, C.U.I.T. N° 23-31082263-9, argentino, nacido el 17 de Septiembre de 1984, de apellido materno Elías, soltero, médico, domiciliado en calle Pueyrredón N° 674, Piso 9, Depto. B de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe. En virtud de la mencionada cesión se modificó la cláusula primera y quinta del contrato social, quedando las mismas redactadas de la siguiente manera: Primera: Denominación. La sociedad girará bajo la denominación Sembradoras Monumental S.R.L. Quinta: capital: El capital social se fija en la suma de pesos dos millones quinientos cincuenta mil ($ 2.550.000), representado en veinticinco mil quinientas (25.500) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100) valor nominal, cada una, que los socios suscriben íntegramente en este acto, de acuerdo al siguiente detalle: el socio Ricardo Marcelino Achilli, suscribe diecinueve mil ciento veintiséis (19.126) cuotas del capital social, de valor nominal Pesos Cien ($ 100) cada una, es decir, la suma de Pesos un Millón Novecientos Doce Mil Seiscientos ($ 1.912.600) ; el socio Ignacio Jesús Achilli, suscribe tres mil ciento ochenta y siete (3.187) cuotas del capital social, de valor nominal Pesos Cien ($ 100) cada una, es decir, la suma de Pesos Trescientos Dieciocho Mil Setecientos ($ 318.700); y el socio Sebastián Jesús Achilli, suscribe tres mil ciento ochenta y siete (3.187) cuotas del capital social, de valor nominal Pesos Cien ($ 100) cada una, es decir, la suma de Pesos Trescientos Dieciocho Mil Setecientos ($ 318.700). El capital social se encuentra integrado en su totalidad.
$ 90 480886 Jul. 08
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CONSULTORIOS PARQUE S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
En autos caratulados CONSULTORIOS PARQUE S.R.L s/Modificación al contrato social; (Expte N° 1989 año 2021) que tramita ante el Registro Público de Santa Fe se hace saber que: por instrumento privado de fecha 26 de agosto del 2021 el Sr. Ricardo Fidel Cohan, argentino, casado en primeras nupcias con María Guadalupe Buttera, nacido el 4 de Junio de 1956, con D.N.I. N° 12.333.242, CUIT/CUIL N° 20-12333242-4, domiciliado en calle Alberdi N° 5839 de la ciudad de Santa Fe cedió la totalidad de las cuotas societarias que tenía en la sociedad Consultorios Parque S.R.L., es decir setenta y siete (77) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, a favor del Sr. Orlando Mario García, argentino, casado en primeras nupcias con María Alejandra Rojas, nacido el 9 de Julio de 1963, con D.N.I. N° 16.456.116, CUIT/CUIL N° 20-16456116-0, domiciliado en calle Simón de Iriondo N° 426 de la ciudad de Recreo de este Departamento y Provincia de Santa Fe. Como consecuencia de esta transferencia la Sociedad continúa conformada por doce socios, retirándose de la misma el Socio Cedente, correspondiendo en consecuencia la modificación de la cláusula cuarta del Contrato Social, la que quedará redactada de la siguiente forma: Cuarta: Capital: El capital social se constituye en la suma de pesos cien mil cien ($ 100.100) dividido en un mil una (1.001) cuotas de cien pesos ($ 100) cada una en su valor nominal, el que es suscripto e integrado por los socios en las siguientes proporciones: a) el Sr. Abitante, Fernando Daniel en una treceava parte del total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos ($ 7.700), con fondos que le son propios; b) el Sr. Albrecht, Francisco Javier en una treceava parte el total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos ($ 7.700), con fondos que le son propios; c) el Sr. Arteaga, Marcelo en una treceava parte del total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos ($ 7.700), con fondos que le son propios; d) la Sra. Bevilacqua, Maria Guillermina en una treceava parte del total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos ($ 7.700) con fondos que le son propios; e) el Sr. Blumenfeld, Ernesto Gustavo en una treceava parte del total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos ($ 7.700), con fondos que le son propios; O el Sr. Cohan, Marcelo Pablo en una treceava parte del total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos ($ 7.700), con fondos que le son propios; g) el Sr. Dipatto, Fernando Horacio en una treceava parte del total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos ($ 7.700), con fondos que le son propios; h) el Sr. García, Orlando Mario en dos treceavas partes del total, o sea ciento cincuenta y cuatro (154) cuotas de capital por la suma de pesos quince mil cuatrocientos ($ 15.400), con fondos que le son propios; i) el Sr. Leonhardt, Alejandro Marcelo en una treceava parte del total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos ($ 7.700), con fondos que le son propios; j) la Sra. Salerno, Stella Maris en una treceava parte del total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos ($ 7.700), con fondos que le son propios; k) la Srta. Trubkin, Analía, en una treceava parte del total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos ($ 7.700), con fondos que le son propios; y 1) el Sr. Vanrrell, Hernán Jorge en una treceava parte del total, o sea setenta y siete (77) cuotas de capital por la suma de pesos Siete Mil Setecientos (7.700), con fondos que le son propios. Este Capital es aportado por los mismos en efectivo, haciéndolo en este acto en un veinticinco por ciento (25%) y los socios se obligan a integrar el saldo restante dentro de un plazo de dos (2) años computados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley 19.550. La reunión de socios dispondrá el momento en que se completará la integración. El cumplimiento del aporte que se integra, se acreditará mediante la boleta de depósito judicial del Nuevo Banco de Santa Fe, al momento de solicitar la inscripción registral de la sociedad. El capital podrá aumentarse por decisión de los socios resolviéndose en cada oportunidad el monto, forma, naturaleza, modalidad y demás condiciones del aumento y ajustándose a lo dispuesto en la parte pertinente del artículo 160 de la Ley N° 19.550 de sociedades comerciales. Santa Fe 15 de octubre del 2021. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 220 480863 Jul. 08
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DE BONIS RACING S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por disposición del Registro Público de Rosario se hace saber por el término de un día, en cumplimiento del Art. 10 inc. a) de la Ley 19.550, que en fecha 11 de Mayo de 2022, los socios de De Bonis Racing S.R.L, Sres.: Julio Cesar De Bonis, argentino, de profesión comerciante, nacido el 25 de Enero de 1979, de Estado Civil soltero, con domicilio en calle Olegario V. Andrade N° 1320 de la Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, DNI Nº 27.059.888, CUIT Nº 23-27059888-9 y Juan Alfonso Garro, argentino, de profesión empleado, nacido el 24 de Marzo de 1953, de Estado Civil casado con la Sra. María del Carmen Giardini, domiciliado en Calle Bv. Oroño N° 542, Piso 11 de la Ciudad de Rosario, Pcia. Santa Fe, DNI Nº 10.727.593, CUIT Nº 20-10727593-3, han resuelto lo siguiente:
Ampliación Objeto Social:
Por unanimidad se ha dispuesto la ampliación del Objeto Social, quedando redactada la Cláusula N° 4 del Contrato Social de la siguiente manera:
Cuarta: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, asociada a terceros o por cuenta de terceros al servicio de reparación de automotores, armado de autos de competencia y alquiler de automóviles de competición. Asimismo, prestar servicios de publicidad en automóviles de competencia ya sean propios o alquilados, spot y campañas publicitarias.
Aumento de Capital:
Por unanimidad se ha resuelto aumentar el capital social de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000) a Pesos Seiscientos Mil ($ 600.000). En consecuencia, la Cláusula N° 5 del Contrato Social ha quedado redactada de la siguiente forma:
Quinta: El capital se fija en la suma Pesos Seiscientos Mil ($ 600.000) dividido en Seis Mil (6.000) Cuotas de Pesos Cien ($ 100) cada una que los socios suscriben de la siguiente manera: Julio Cesar De Bonis suscribe Tres Mil Seiscientas (3.600) Cuotas de Capital, es decir, la suma de Pesos Trescientos Sesenta Mil ($ 360.000) y Juan Alfonso Garro suscribe Dos Mil Cuatrocientas (2.400) Cuotas de Capital, o sea la suma de Pesos Doscientos Cuarenta Mil ($ 240.000).
$ 240 480928 Jul. 08
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CHAPERO
AUTOMOTORES S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial a cargo del Registro Público, Dr. José María Zarza, Secretaría a cargo de la Dra. Mirian Graciela David, hace saber que en los autos CHAPERO AUTOMOTORES S.R.L. s/Contrato y designación de autoridades; (Expte. N° 19012.022) - (CUIJ N° 21-05291967-0), se ha ordenado la siguiente publicación:
1.- Fecha de contrato: 07 días de junio de 2.022.
2.- Socios: Alejandro Aníbal Chapero, argentino, soltero, nacido el 13 de enero de 1977, D.N.I. N° 25.445.600, CUIL N° 20-25445600-5, de profesión comerciante, domiciliado en Vicente Casares N° 200 de la localidad de Las Garzas- Dpto. Gral. Obligado, y Mariana Soledad González, argentina, soltera, nacida el 06 de mayo de 1976, de profesión comerciante, DNI N° 24.523.047, CUIL N° 27-24523047-3, domiciliada en calle Juana Palacios S/N O de la localidad de Garabato, ambos de la Provincia de Santa Fe.
3.- Denominación: Chapero Automotores S.R.L.
4.- Duración: Veinte (20) años contados desde su inscripción en el Registro Público.
5. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto realizar por su cuenta, o de terceros, o en sociedad con terceros, en cualquier parte de la República Argentina o en el extranjero, las siguientes actividades: Automotores: a) Explotación: compra, venta, permuta, representación, consignación, importación, exportación y transporte de todo tipo de vehículos, incluidos camiones, camionetas, utilitarios, motocicletas y ciclomotores nuevos y usados, como así también la compra-venta, consignación representación, importación, exportación, sea mayorista o minorista, de sus repuestos y accesorios; reacondicionamiento, reparación y prestación de todo tipo de servicios de mantenimiento de vehículos mediante la explotación de talleres mecánicos de automotores; explotación de espacios destinados a la guarda, lavado, engrase y lubricación de todos los vehículos mencionados. b) Financieras: Desarrollo de todo tipo de operaciones financieras relativas a la actividad descripta en el inciso anterior, así como todo otro tipo de operaciones mediante aporte de capital a sociedades, constituidas o a constituirse, nacional o extranjera, intereses, financiaciones, toda clase de crédito con o sin garantías, reconstituir o dar hipotecas, prendas u otras garantías reales. Obtener préstamos con o sin garantía, a corto o largo plazo, proveniente de entidades financieras oficiales o privadas; como así también cualquier otro tipo de operatoria comercial con dichas entidades, financiar operaciones realizadas o a realizarse; así como la compraventa de acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios, de cualquiera de los sistemas creados o a crearse, dejando aclarado que no realizará operaciones tipificadas en la ley de entidades financieras.
6.- Capital : El capital social se fija en la suma de $ 1.000.000,00 Pesos: Un Millón, representado por un mil (1.000) cuotas sociales de valor nominal $ 1.000 (Pesos Un Mil), cada una, que los socios suscriben de la siguiente forma: Alejandro Aníbal Chapero suscribe 500 (quinientas) cuotas sociales por un valor de $ 500.000 (pesos quinientos mil) y Mariana Soledad González suscribe 500 (quinientas) cuotas sociales por un valor de $ 500.000 (pesos quinientos mil), las cuotas sociales son integradas en un 25% en dinero en efectivo de contado en este acto, obligándose los socios a integrar el 75% restante dentro del plazo de 180 días a partir de la fecha de inscripción de la sociedad en el Registro Público.
7.- Domicilio: Olessio N° 2.331 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe.
8.- Administración- Representación y facultades: Gerencia: La Representación y la Administración de la Sociedad estará a cargo del socio Alejandro Aníbal Chapero, en su calidad de Gerente Titular, quién ejercerá el cargo por tiempo indeterminado o hasta que la Asamblea le revoque el mandato mediando justa causa. Se designa como Gerente Suplente a la Socia Mariana Soledad González, quién asumirá el cargo en caso de vacancia o ausencia del Gerente Titular.
Garantía: El/los Gerente/s depositá/n cada uno en la Sociedad, en concepto de garantía la suma de Pesos: Quinientos Mil ($ 500.000), en dinero en efectivo.-
9.- Fiscalización: La sociedad prescindirá de la Sindicatura, teniendo los socios las facultades prevista en el art. 55- Ley 19.550.
10.- Ejercicio: El cierre del ejercicio social, operará el 30 del mes de Junio de cada año.
Reconquista-Santa Fe- 30 de junio de 2022. Secretaria: Dra. Mirian Graciela David.
$ 200 480879 Jul. 08
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DISTRIBUCIONES JADE S.R.L.
CONTRATO
1. Socios: En la ciudad de Rosario provincia de Santa Fe, a los tres días del mes de Junio de 2022 se reúnen el señor Floridia Diego Marcelo DNI N° 23.899.851, CUIT/CUIL N° 20-23899851-5, argentino, comerciante, nacido el día 19 de mayo de 1974, casado, domiciliado a en calle Crespo 1361 3 1 Torre C. de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, la señora Murua Erika Paula DNI N° 25.505.430, CUIT/CUIL N° 27-25505430-4 argentina, mayor de edad, comerciante, nacida el día 16 de mayo de 1977, casada, domiciliada en calle Crespo 1361 3 1 Torre C de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, la señorita Floridia Agostina DNI N° 43.237.603, CUIT/CUIL N° 27-237603-1 argentina, mayor de edad, comerciante, nacida el día 29 de agosto de 2001, soltera, domiciliada en calle Crespo 1361 3 1 Torre C de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y el señor Floridia Jeremías, DNI N° 44.630.878, CUIT/CUIL N° 20-44630878-6, argentino, mayor de edad, comerciante, nacido el día 10 de marzo de 2003, soltero, domiciliada en calle Crespo 1361 3 1 Torre C. de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, todos hábiles para contratar.
2. Fecha de Instrumento de constitución: 3 de junio de 2022.
3. Denominación social: Distribuciones Jade S.R.L.
4. Domicilio: Crespo 1361 3 1 Torre C, de ¡acuidad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
5. Objeto Social: Compra, venta, comercialización por mayor y por menor, de bebidas alcohólicas y analcohólicas, de productos de fiambrería, copetín y regionales. En el cumplimiento de su objeto podrá actuar por cuenta propia o de terceros o asociada a tercero en cualquier parte de la Republica o en el exterior.
6. Plazo de duración: veinte años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
7. Capital Social: Se fija en la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000), dividido en seis mil (6.000) cuotas de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: 1) Floridia Diego Marcelo suscribe dos mil setecientas (2.700) cuotas, las cuales representan un capital de pesos doscientos setenta mil ($ 270.000). 2) Murua Erika suscribe dos mil setecientas (2.700) cuotas, las cuales representan un capital de pesos doscientos setenta mil ($ 270.000), 3) Floridia Agostina suscribe trescientas (300) cuotas, las cuales representan un capital de pesos treinta mil ($ 30.000) pesos y 4) Floridia Jeremías suscribe trescientas (300) cuotas, las cuales representan un capital de pesos treinta mil ($ 30.000). Las cuotas representativas del capital social se integran en este acto por los socios en un veinticinco por cientos (25%) en dinero en efectivo, o sea la cantidad total de pesos doscientos mil ($ 150.000) representativos de un mil quinientas cuotas sociales, a razón de pesos sesenta y siete mil quinientos ($ 67.500) por parte de Floridia Diego Marcelo, la suma de pesos sesenta y siete mil quinientos ($ 67.500) por parte de Murua Erika, la suma de pesos siete mil quinientos ($ 7.500) por parte de Floridia Agostina y la suma de pesos siente mil quinientos ($ 7.500) por parte de Floridia Jeremías, obligándose los socios a integrar el saldo restante en dinero efectivo dentro de dos años computados a partir de la fecha de inscripción del presente.
8. Órganos de administración, dirección y fiscalización:
La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. En caso de que por reunión de socios se decida elegir dos o más gerentes, dichos administradores ejercerán sus funciones en forma indistinta. El o los gerentes tendrán el uso de la firma social y en ejercicio de sus funciones usarán su propia firma con el aditamento de socio gerente o gerente según el caso, precedida de la denominación social. El o los gerentes, en su carácter de tales tendrán todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en el artículo 375 del código civil y el artículo 9 del decreto 5965/63, con la única limitación de no comprometer a la sociedad en operaciones ajenas al giro social. El o los gerentes deberán prestar una garantía por el correcto desempeño de sus funciones, cuyo monto no podrá ser inferior a diez mil pesos ($ 10.000), pudiendo integrar ese importe en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, asegurándose su indisponibilidad a favor de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil constituidos a favor de la sociedad, cuyo costo deberá ser soportado por los gerentes. En ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. La garantía deberá mantener su exigibilidad hasta el cumplimiento de un plazo no inferior a los tres años que se deberán contar desde el cese en sus funciones del respetivo administrador.
9. Fecha de cierre de ejercicio: el día 31 de mayo de cada año.
10. Gerencia: conforme al acta de reunión de socios se resuelve por unanimidad designar como gerentes al señor Floridia Diego Marcelo, DNI N° 23.899.851, CUIT/CUIL N° 20-23899851-5 argentino, mayor de edad, comerciante, nacido el día 19 de mayo de 1974, casado, domiciliado en Rosario provincia de Santa Fe, y a la señora Murua Erika Paula, DNI N° 25.505.430, CUIT/CUIL N° 27-25505430-4, argentina, mayor de edad, comerciante, nacida el día 16 de mayo 1977, de estado civil casada, cuyos demás datos se encuentran transcriptos en el respectivo contrato social suscripto en la fecha, siendo su accionar de acuerdo a lo establecido en la cláusula sexta de contrato social.
$ 150 480908 Jul. 08
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EMPA - TEC SOCIEDAD
POR ACCIONES SIMPLIFICADA
ESTATUTO
Denominación: Empa - Tec Sociedad por Acciones Simplificada
Socios: Leandro Ramón Basse, argentino, titular del DNI Nº 28.566.088, CUIT Nº 20-28566088-3, soltero, nacido el 25 de enero de 1981, empresario, domiciliado en la calle Las carretas N° 1831, punta Chacra, de la localidad de Roldan, departamento de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, y Miguel Angel Relova, argentino, titular del Nº 20.173.762, CUIT Nº 20-20173762-2, empresario, casado, nacido el 19 de marzo de 1968, domiciliado en la calle Entre Ríos 250 P° 5 Dtc C de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
Domicilio: Ruta 33 Km 773,5 de la localidad de Zavalla, departamento de Rosario, provincia de Santa Fe.
Fecha del instrumento: 12 de mayo de 2022.
Plazo: 30 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto Social: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, tanto en el país como en el exterior las siguientes actividades: a) Diseño, fabricación, comercialización, exportación, importación, venta al por mayor y menor de maquinarias para la producción de alimentos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Capital Social: El capital social es de $ 600.000 (pesos seiscientos mil) representado en 6.000 (seis mil) acciones de $ 100 (pesos cien) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349.
Suscripción e integración: El señor Leandro Ramón Basse, titular del DNI Nº 28.566.088, suscribe 3.000 (tres mil) acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de un voto por acción y de un valor de $ 100 (pesos cien) cada una. Su aporte lo hace en efectivo y aportando el 25% de su capital en la fecha del acto constitutivo o sea la suma $ 75.000 (pesos setenta y cinco mil) comprometiéndose a aportar el saldo, o sea la suma de $ 225.000 (pesos doscientos veinticinco mil) dentro de los dos años de firmado el acto constitutivo.
Por otro lado, el señor Miguel Ángel Relova, titular del Nº 20.173.762, suscribe 3.000 (tres mil) acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de un voto por acción y de un valor de $ 100 (pesos cien) cada una. Su aporte lo hace en efectivo y aportando el 25% de su capital en la fecha del acto constitutivo o sea la suma $ 75.000 (pesos setenta y cinco mil) comprometiéndose a aportar el saldo, o sea la suma de $ 225.000 (pesos doscientos veinticinco mil) dentro de los dos años de firmado el acto constitutivo.
Administración y representación: La administración estará a cargo de una a tres personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y en caso de que sea plural la administración podrá designarse vice representante quién reemplazará en caso de ausencia o impedimento del representante. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes.
Se designa como administrador y representante titular al señor Leandro Ramón Basse quien constituye domicilio especial en la calle Las carretas N° 1831, punta Chacra, de la localidad de Roldan, departamento de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, y correo electrónico pertinente en la casilla leo_basse@hotmail.com. Se designa como administrador suplente al señor Miguel Ángel Relova quien constituye domicilio especial en la Entre Ríos 250 P° 5 Dto. C de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y correo electrónico pertinente en la casilla miguelrelova@hotmail.com.ar;
Y denuncia domicilio especial en la calle Italia N° 102 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, provincia de Santa Fe y correo electrónico pertinente en la casilla natali@domotik.ar. Se designa como administradora suplente a la señora Natalia Andrea Moreno, argentina, titular del DNI N° 26.066.917 y de la CUIT N° 27-26066917-1, de estado civil soltera, empresaria, nacida el 9 de marzo de 1978, domiciliada en el Pje. Mattos 3682 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, quien denuncia domicilio especial en el Pje. Mattos 3682 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y correo electrónico pertinente en la casilla natalia3682@hotmail.com.
Cierre del ejercicio: 30 de junio de cada año.
Fiscalización: a cargo de todos los accionistas.
Rosario 1 de julio de 2022. Expte: 2506/2022. R.P.C.
$ 130 480915 Jul. 08
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GRUPO MARKETING FARM S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Se hace saber que el Directorio de Grupo Marketing Farm Sociedad Anónima, por decisión unánime de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 4 de marzo de 2022, ha quedado integrado de la siguiente manera: Presidente: Luis Adolfo Ballhorst, argentino, soltero, nacido el 16 de febrero de 1971, D.N.I. N°. 21.697.852, CUIT N° 2021697852-9, domiciliado en calle Blas Parera N° 550, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, de profesión Comerciante y Director Suplente: Claudia Estela Ballhorst, argentina, casada en primeras nupcias con el Sr. German Roberto Muzzulini, nacida el 22 de noviembre de 1965, D.N.I. N° 17.444.394, CUIT N° 27-17444394-2, domiciliada en calle Alvarez Thomas N°. 3540, de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante. Los designados aceptan los respectivos cargos en el mismo acto y fijan todos ellos su domicilio especial conforme el Art. 256 previsto por la Ley General de Sociedades y sus modificaciones, en calle Alvarez Thomas N° 3540, de la ciudad de Rosario Prov. de Santa Fe.
$ 60 480890 Jul. 08
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GIANES S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por disposición del Registro Público de Comercio Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, secretaría de la Dra. Ma. Julia Petracco, por resolución de fecha 29/06/2022, dictada en autos GIANES S.R.L. s/Modificación cláusula 4ª y 5ª; CUIJ Nº 21-05793632-8 se ordena la siguiente publicación de edictos a fin de publicar la celebración de los siguientes actos: Fecha del Instrumento: 19 de Abril de 2022. Modificación de las cláusulas Cuarta (Duración) y Quinta (Capital) del Contrato Social. (a) Prórroga del Plazo: Se prorroga el plazo de duración de la sociedad en cincuenta (50) años más, a contar desde el día 30/08/2002, fecha de inscripción originaria de la sociedad, quedando en consecuencia redactada la cláusula cuarta del contrato social de la siguiente forma: Cuarta: Duración: El plazo de duración se fija en cincuenta años, contados a partir del día 30 de agosto de 2002, venciendo el 30 de agosto de 2.052. (b) Aumento de Capital: Se aumenta el capital social en la suma de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000). La cláusula quinta del contrato social quedará redactada de la siguiente forma: Quinta: Capital y Aportes: El capital social se fija en la suma de Pesos cuatrocientos diez mil ($ 410.000), dividido en cuatro mil cien (4.100) cuotas sociales de un valor nominal de pesos cien ($ 100) cada una, cuya titularidad los socios detentan de la siguiente forma: (a) Edgardo Francisco Bueno: dos mil cincuenta (2.050) cuotas sociales; y (b) Stella Maris Cerquetella: dos mil cincuenta (2.050) cuotas sociales.
$ 45 480914 Jul. 08
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GVS MANTENIMIENTO
Y LIMPIEZA S.A.S.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
En Asamblea del Órgano de Gobierno de fecha 25 de abril 2022 se procedió a designar nuevas autoridades del Órgano de Administración que estará vigente hasta que se designen sus reemplazantes según lo establece el estatuto. Quedó conformado así: Administrador Titular: Claudio Daniel Herrera, DNI 11.448.152 Administrador Suplente: Víctor Hugo Ruiz, DNI Nº 20.887.510. Fijaron domicilio especial en calle Policastro 455 Roldan-Santa Fe.
$ 50 480872 Jul. 08
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MERCADO TRAJANO S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Conforme a las Actas de Reunión de Socios que resuelven la Prórroga y el Aumento de Capital de Mercado Trajano S.R.L. por unanimidad y a los efectos de su inscripción en el Registro Público, se pública por el término de Ley el detalle de las resoluciones sociales como también las nuevas cláusulas de duración y de capital a consecuencia de las resoluciones aprobatorias mencionadas:
Prórroga
Se decide por unanimidad la prórroga del plazo de duración que en principio era de 7 años y se prorroga en 20, es decir, el nuevo plazo queda en 27 años desde la inscripción de la constitución de la sociedad. Queda la nueva cláusula de plazo de duración redactada de la siguiente manera:
Artículo Segundo: Duración: El nuevo plazo de duración de la sociedad será de 20 (veinte) años a partir de su vencimiento, el día 30 de marzo de 2022.
Aumento de capital
Se aprueba por unanimidad el aumento de capital en dinero en efectivo (y todo integrado en el acto) por una suma de $ 250.000, quedando el total del Capital Social en $ 400.000, suscribiendo cada uno de los dos socios en igual proporción que su participación: Pablo Castellarin el 90%, es decir, 2250 cuotas de $ 100 cada una, que representan $ 225.000 y Daniel Rodolfo Castellarin el 10%, es decir, 250 cuotas de $ 100 cada una, que representan $ 25.000.
La nueva cláusula de capital queda redactada de la siguiente manera:
Artículo Cuarto: Capital: El capital social se fija en la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000.-), dividido en cuatro mil cuotas de cien pesos ($ 100) cada una, suscriptas e integradas por los socios en la siguiente forma: a) Pablo Castellarin, tres mil seiscientas cuotas (3.600) valor nominal de pesos trescientos sesenta mil ($ 360.000); b) Daniel Rodolfo Castellarin, cuatrocientas cuotas (400) valor nominal de pesos cuarenta mil ($ 40.000). Dejan manifestado que el capital social se encuentra totalmente integrado.
$ 70 480904 Jul. 08
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MI ACOPIO S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO SOCIAL
Por disposición del Registro Público de Rosario se hace saber que en fecha 12 de mayo de 2022 el socio Fernando Javier Cáceres, titular del DNI N° 17.826.017, CUIL/T: 20-178260174, de nacionalidad argentino, de estado civil casado en primera nupcias con German Pablo Corvini, nacido el 28 de marzo de 1967, de profesión comerciante, con domicilio en calle Avenida de la Libertad N° 396 Piso 1 de Rosario dono y/o cedió a titulo gratuito a Matías Caceres, titular del DNI N° 38.451.975, CUIT Nº 2038451975-0, nacido el 03 de noviembre de 1994, de apellido materno Cotugno, de nacionalidad Argentina, de estado civil soltero, domiciliado en calle Juan Manuel de Rosas 955, de profesión empleado la totalidad de su participación social en la sociedad Mi Acopio SRL, representada por cinco mil (5.000) cuotas sociales equivalentes a la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000) y que representan el 20 % (veinte por ciento) del capital social suscrito, integrado, y con derechos a voto. Con motivo de la cesión, se ha modificado la cláusula quinta del contrato social que ha quedado redactada de la siguiente forma: Quinta: Capital: El capital se fija en la suma de Peso Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000), divididos en veinticinco mil (25.000) cuotas de diez (10) pesos cada una que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: a) el socio Claudio Adrián Iglesias, suscribe cuatro mil (4.000) cuotas sociales o sea la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000), h) El socio Matías Laceres, suscribe cinco mil (5.000) cuotas sociales o sea la suma de pesos cincuenta mil ( 50.000), c) El socio Diego Fernando Collura, suscribe cinco mil (5.000) cuotas sociales o sea la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000), d) El socio Luciano Martín Rubiolo suscribe seis mil (6.000) cuotas sociales o sea la suma de pesos sesenta mii ($ 60.000), y e) El socio SANTIAGO OSVALI)() ALTAMIRANO suscribe cinco mil (5.000) cuotas sociales o sea la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000). Las cuotas sociales se encuentran totalmente integradas.
$ 80 480918 Jul. 08
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PRS PUEBLO S.A.
ESTATUTO
En Rosario a los 21 días del mes de Agosto del año 2020, los señores Peña, Adrián Ce argentino, mayor de edad, divorciado, nacido el 29 de Marzo de 1968, D.N.I. Nº 20.175.313, CUIL Nº 20-20175313-3, de profesión Analista de sistemas, con domicilio en Estanislao Zeballos 4287 de la ciudad de Rosario, Ressiga, Claudio Adolfo argentino, mayor de edad, casado, nacido el 03 de Enero de 1966, D.N.I. Nº 17.637.663, CUIL Nº 20-17637663-6, de profesión Comerciante, con domicilio en calle Mont. Cenis 4380 de la ciudad de Rosario, y Salinas, Hugo Oscar, argentino, mayor de edad, soltero, nacido el 16 de Agosto de 1972, D.N.I. Nº 22.807.839, CUIL Nº 20-22807339-6, con domicilio en calle San Lorenzo 1516 de la ciudad de Rosario, de prolesóri Comerciante, han resuelto de común acuerdo constituir una sociedad anónima con sujeción al siguiente: la sociedad se denomina PRS Pueblo S.A. y tiene su domicilio legal en la ciudad de Rosario, Departamento Rosario, Provincia de Sarta Fe. Su duración es de 50 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Tiene por objeto: a) venta al por menor de alimentos en general. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. El capital social es de $ 240.000 (pesos doscientos cuarenta mil), representado por acciones de 10 pesos, valor nominal cada una. Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de uno a cinco votos. La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros entre un mínimo de uno y un máximo de tres, quienes durarán en sus funciones 3 (tres) ejercicios. El ejercicio social cierra el 30 de Junio de cada año. Se designan como Director Titular a Salinas, Hugo Oscar, Director Suplente a Ressiga, Claudio Adolfo y Director Suplente a PEÑA. Adrián Cesar. Se fija la sede social en calle MONT CENIS 4380 de la ciudad de Rosario. Se firma en la ciudad de Rosario a los 21 días del mes de Agosto de 2020.
$ 65 480880 Jul. 08
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RED SECURITY S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por estar así dispuesto en los autos caratulados RED SECURITY S.R.L. s/Cesión de cuotas sociales; Expte. 461, Año 2022, que se tramitan por ante el Registro Público de Comercio del Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Santa Fe, se hace saber:
I) Pansa Pablo cede y transfiere a la Sra. Castro Yanina Gisele DNI Nº 31.211.500, CUIL Nº 27-31211500-5, la cantidad de 15.000 (quince mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, lo que representa la suma de $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil) y el Sr. Pansa Mario cede y transfiere a la Sra. Bustos Danisa Ayelén DNI Nº 34.783.313, CUIL Nº 27-34781313-9 la cantidad de 15.000 (quince mil) cuotas de $ 10 (pesos uno) cada una, lo que representa la suma de $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil). Las cesiones se efectúan en forma onerosa, por el valor nominal de las cuotas, habiéndose abonado antes de este acto en su totalidad.
II) Capital
Cláusula Cuarta: El capital social es de trescientos mil pesos ($ 300.000) representado por treinta mil cuotas de diez pesos ($ 10) cada una, suscriptas e integradas por los socios en la siguiente proporción: Castro Yanina Gisele: Cuotas suscriptas 15.000 (quince mil) equivalente a pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) Naturalez del aporte Dinerario. Modalidad 25% en este acto y el saldo dentro de los 2 años.
Bustos Danisa Ayelén: Cuotas suscriptas 15.000 (quince mil) equivalentes a pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) Naturaleza del aporte. Dinerario. Modalidad 25% en este acto y el saldo dentro de los dos años.
III) Designación del socio gerente: Por unanimidad se designa a la Sra. Castro Yanina Gisele como socio gerente quien acepta el cargo designado.
$ 89,43 480881 Jul. 08
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RAUL CILFONE E HIJOS S.R.L.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Héctor Raúl Cilfone, DNI Nº 16.227.173, CUIT Nº 20-16.227.173-4, argentino, nacido el 21/04/1963, productor agropecuario, casado en primeras nupcias con Marcela Analía Spina, domiciliado realmente en calle Italia 406 de Albarellos (SF); y Mario Alberto Domingo Cilfone, DNI Nº 17.958.046, CUIT Nº 20-17.958.046-3, argentino, nacido el 04/08/1967, productor agropecuario, casado en primeras nupcias con Viviana Lucía Storani, domiciliado realmente en calle San Martín 636 de Coronel Bogado(SF).
Fecha de instrumento de modificación: .../05/2022.
Renuncia de gerente: Raúl Oscar Cilfone, DNI Nº 06.046.706, CUIT Nº 20-06.046.706-5, renuncia como gerente siendo aceptada.
Designación de nuevos gerentes: Que, unanimidad se designan como gerentes a los Sres. Héctor Raúl Cilfone, DNI Nº 16.227.173, CUIT Nº 20-16.227.173-4, domiciliado realmente en calle Italia 406 de Albarellos (SF); y Mario Alberto Domingo Cilfone, DNI Nº 17.958.046, CUIT Nº 20-17.958.046-3, domiciliado realmente en calle San Martín 636 de Coronel Bogado (SF); quienes, presentes en este acto, firman de conformidad su designación y toman posesión del cargo.
$ 50 480916 Jul. 08
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RESIDENCIAS PANORAMA S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito, en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, de Rosario (SF), en los autos: RESIDENCIAS PANORAMA S.R.L. s/Reconducción - Aumento de Capital Social; s/Expte. Nº 2290/2022, CUIJ Nº 21-05527559-6, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto complementario:
Fecha Acta: 02/06/2022
Dirección de la sede social: Se fija la dirección de la sede social en calle Gustavo Cochet 2035 P.A. 2, Funes (SF).
$ 50 480912 Jul. 08
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SIDERCON S.R.L.
AUMENTO DE CAPITAL
Por estar así dispuesto, en los autos caratulados: SIDERCON S.R.L. s/Aumento de capital, (modificación de contrato) que se tramita por Expediente N° 1256, año 2022, ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber, que mediante acta de fecha 06/06/2022:
Los sres. socios de Sidercon SRL resuelven:
Ratificar lo manifestado en las actas compromiso de aumento de capital de la sociedad a $ 1.450.000 de fechas 31/12/2014 y 10/09/2015: En la presente acta se Ratifica lo aprobado en el Acta Nº 19 de fecha 31/12/2014, donde se resolvió en primera instancia aumentar el capital social a la suma de $ 1.050.000 (pesos un millón cincuenta mil), capitalizando $ 1.000.000 (pesos un millón) de resultados no asignados contables, acumulados al cierre del Balance comercial al 30/06/2014 y de lo cual se realizaron las registraciones contables pertinentes en el Balance del Ejercicio económico Nro 9 (nueve) cerrado el 30/06/2015;
Como segunda instancia ratificar lo aprobado en el Acta Nº 21 del 10/09/2015, donde se resolvió un nuevo aumento de capital social a la suma de $1.450.000 (pesos un millón cuatrocientos cincuenta mil), capitalizando $ 400.000 (pesos cuatrocientos mil) de la cuenta Resultados no Asignados, acumulados al cierre del balance comercial al 30/06/2015, de lo cual se realizaron las registraciones contables pertinentes en el Balance del Ejercicio Económico Nº 10 (diez) cerrado el 30/06/2016.
En virtud del acuerdo arribado, queda redactada la cláusula SEXTA del contrato social de la siguiente manera:
El capital social es de pesos un millón cuatrocientos cincuenta mil pesos ($ 1.450.000) divido en ciento cuarenta y cinco mil cuotas ($ 145.000) de pesos diez ($ 10) valor nominal cada una; el cual queda conformado de la siguiente manera:
Socio Nicolás González Gasparotti 47.850 cuotas, representativas del 33% del capital social.
Socio Hernán González Gasparotti 47.850 cuotas, representativas del 33% del capital social.
Socia Magdalena 24.650 cuotas representativas del 17% del capital social.
Socio Rodolfo Martín González 24.650 cuotas representativas del 17% del capital social.
Santa Fe, 29 de junio de 2022. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 115 480862 Jul. 08
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SW 4 X 4 AUTOMOTORES S.R.L.
CONTRATO
Socios: En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los tres días del mes de Junio de 2022 5 reúnen el señor Desumvila Sebastián Matías, DNI N° 26.005.686, CUIT/CUIL N° 20-26005686-8, argentino, mayor de edad, comerciante, nacido el día 31 de agosto de 1977, soltero, domiciliada en calle Av. Fuerza Aérea 3104 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe y el señor Telecher Walter Gastón, DNI N°26.380.094, CUIT/CUIL N° 20-26380094-0, argentino, mayor de edad, comerciante, nacido el día 30 de Octubre de 1977, soltero, domiciliado en calle 6 Nro. 2318 de la localidad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, ambos hábiles para contratar.
2) Fecha de Instrumento de constitución: 3 de junio 2022
3) Denominación social: SW 4X4 AUTOMOTORES S.R.L..
4) Domicilio: Bv Avellaneda 377 bis, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
5) Objeto Social: Compra, venta, comercialización por mandato o consignación, de vehículos automóviles nuevos o usados; compra, venta, comercialización de accesorios y repuestos; mantenimiento y reparación de vehículos automotores. Asesoramiento administrativo y comercial en materia automotriz. En el cumplimiento de su objeto podrá actuar por cuenta propia o de terceros o asociada a tercero en cualquier parte de la Republica o en el exterior.
Plazo de duración: veinte años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Capital Social: Se fija en la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000), dividido en seis mil (6.000) cuotas de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: 1) Desumvila Sebastián Matías suscribe tres mil (3.000) cuotas, las cuales representan un capital de pesos trescientos mil ($ 300.000). 2) Telecher Walter suscribe tres mil (3.000) cuotas, las cuales representan un capital de pesos trescientos mil ($ 300.000). Las cuotas representativas del capital social se integran en este acto por los socios en un veinticinco por cientos (25%) en dinero en efectivo, o sea la cantidad total de pesos doscientos mil ($150.000) representativos de un mil quinientas cuotas sociales, a razón de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) por parte de Desumvila Sebastián Matías y la suma de pesos ciento cincuenta mi ($150.000) por parte de Telecher Walter, obligándose los socios a integrar el saldo restante en dinero efectivo dentro de dos años computados a partir de la fecha de inscripción del presente. Órganos de administración, dirección y fiscalización:
La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. En caso de que por reunión de socios se decida elegir dos o más gerentes, dichos administradores ejercerán sus funciones en forma indistinta. El o los gerentes tendrán el uso de la firma social y en ejercicio de sus funciones usarán su propia firma con el aditamento de “socio gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social. El o los gerentes, en su carácter de tales tendrán todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los previstos en el artículo 375 del código civil y el artículo 9 del Decreto 5965/63, con la única limitación de no comprometer a la sociedad en operaciones ajenas al giro social. El o los gerentes deberán prestar una garantía por el correcto desempeño de sus funciones , cuyo monto no podrá ser inferior a diez mil pesos ($ 10.000), pudiendo integrar ese importe en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, asegurándose su indisponibilidad a favor de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil constituidos a favor de la sociedad, cuyo costo deberá ser soportado por los gerentes. En ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. La garantía deberá mantener su exigibilidad hasta el cumplimiento de un plazo no inferior a los tres años que se deberán contar desde el cese en sus funciones del respetivo administrador.
9) Fecha de cierre de ejercicio: el día 31 de mayo de cada año.
10) Gerencia: conforme al acta de reunión de socios se resuelve por unanimidad designar como gerentes al señor Desumvila Sebastián Matías, DNI N° 26.005.686, CUIT/CUIL N° 20-26005686-58 argentino, mayor de edad, comerciante, nacido el día 31 de agosto de 1977, soltero, domiciliado en calle Av. Fuerza aérea 3104 en Funes provincia de Santa Fe, cuyos demás datos se encuentran transcriptos en el respectivo contrato social suscripto en la fecha, siendo su accionar de acuerdo a lo establecido en la cláusula sexta de contrato social.
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TRANSPORTE MA-VI S.A.S.
ESTATUTO
A efectos del art. 10 de la Ley 19.550 se hace saber que por instrumento de constitución de fecha 31 de mayo del año 2022 se ha resuelto constituir una sociedad por acciones simplificadas que girará bajo la denominación de TRANSPORTE MA-VI S.A.S. cuyo socio es la Señora CLAUDIA ROMINA RUBEN, de apellido materno Cano, de nacionalidad argentina, de estado civil casada en primeras nupcias con Walter Adrián Vitulano, nacida el 14 del mes de septiembre del año 1985, D.N.I. 31.663.229, CUIT 27-31663229-2, de profesión ama de casa, con domicilio en calle Nicolás Gurdulich s/n, de la comuna de Arequito, Provincia de Santa Fe. Su plazo de duración es de 60 (sesenta) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. La sociedad La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros tanto en el país como en el exterior las siguientes actividades: a) Transporte automotor de mercaderías a granel, cereales, semillas y oleaginosas, como así también de vehículos, maquinarias y carga generales, mediante vehículos propios o de terceros, a corta, media y larga distancia dentro del país y/o en el exterior; b) Prestación y/o explotación y/o desarrollo de toda actividad relacionada al servicio y a la logística necesaria para el transporte de cargas generales y/o parciales, de mercaderías y/o productos y/o cosas y/o bienes en estado sólido, líquido o gaseoso, de cualquier naturaleza y/u origen natural o artificial, por medios terrestres propios o ajenos, de almacenaje, bodegas, cargas, descargas, sea en puertos nacionales o internacionales. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén prohibidos por la ley o el presente estatuto, realizar todos los contratos que se relacionen con el objeto social, pudiendo participar en toda clase de empresas y realizar cualquier negocio que directa o indirectamente tenga relación con los rubros expresados. El capital social es de quinientos mil pesos ($500.000.-), representado por 5.000 (cinco mil) acciones de cien pesos ($100.-), valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349. La administración estará a cargo de una a tres personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y en caso de que sea plural la administración podrá designarse vice-representante quién reemplazará en caso de ausencia o impedimento del
representante. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. Se hace saber que por unanimidad se ha designado como Administrador Titular y Representante: Claudia Romina Rubén, de apellido materno Cano, de nacionalidad argentina, de estado civil casada en primeras nupcias con Walter Adrián Vitulano, nacida el 14 del mes de septiembre del año 1985, D.N.I. 31.663.229, CUIT 27-31663229-2, de profesión ama de casa, con domicilio en calle Nicolás Gurdulich s/n, de la comuna de Arequito, Provincia de Santa Fe; y como Administrador Suplente: Walter Adrián Vitulano, de apellido materno Gardella, DNI Nro. 14.859.859, CUIT 20-14859859-3, de nacionalidad argentina, de estado civil casado en primeras nupcias con Claudia Romina Rubén, nacido el 23 del mes de abril del año 1963, de profesión comerciante, con domicilio en calle Nicolás Gurdulich s/n, de la comuna de Arequito, Provincia de Santa Fe, quienes aceptaron expresamente el cargo para el que fueron designados y fijaron domicilio especial en los consignados precedentemente. De acuerdo a lo establecido por el art. 284 último párrafo de la ley 19.550, se ha prescindido de la sindicatura, pudiendo los socios ejercer el contralor que prevé el art. 55 de la misma ley. El ejercicio económico de la sociedad cierra el día 31 de diciembre de cada año. En relación a la sede social, la misma ha sido fijada en calle Nicolás Gurdulich s/n, de la comuna de Arequito, Provincia de Santa Fe.
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TEODORO OSCAR CIAMPO S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Se comunica que en cumplimiento de lo establecido por el estatuto social y la Ley Nº 19550, según AGO de fecha 21 de Octubre de 2021, el Directorio de la firma Teodoro Oscar Ciampo S.A. ha quedado constituido de la siguiente manera:
Director Titular - Presidente: Teodoro Oscar Ciampo DNI 6.052.108.
Director Suplente: Gabriela Carina Ciampo - DNI 18.480.188. Todos ellos aceptan los cargos asignados y constituyen domicilio especial en virtud de lo dispuesto en el artículo 256 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, en la sede social de la Empresa, sita en calle San Nicolás 3570 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
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TRANSPORTITO S.R.L.
EXTENSIÓN PERIODO DE DURACIÓN
En la ciudad de Arroyo Seco, Prov. de Santa Fe, a los 08 días del mes de Junio del año 2022 se reúnen los socios de la sociedad Transportito S.R.L.. Sr. Narducci Norberto José, de nacionalidad argentino, nacido el 03/07/1956 de profesión comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con Vallesi Nora Beatriz, con domicilio en calle Sarmiento 861 de Fighiera, Provincia de Santa Fe, con DNI Nro. 12.356.614, CUIT Nro. 23-12356614-9: y Sr. Mariano Jesús Narducci de nacionalidad argentino, nacido el 21/11/1991, de profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Sarmiento 861 de la ciudad de Fighiera, Provincia de Santa Fe, con DNI Nro. 36.618.904 y CUIT Nro. 20-36618904-2, personas hábiles para contratar, dicen que son actuales socios de la sociedad denominada TRANSPORTITO S.R.L., cuyo contrato original fue inscripto en el Registro Público de Comercio con fecha 19 de Junio de 2012, en contratos, tomo 163, folio 15.655, número 989, con fecha 18 de Diciembre de 2020, en contratos, tomo 171, folio 6.309, número 1.274.
I) Extensión del período de duración: la sociedad tiene un plazo de duración cuyo vencimiento operará el 19 de junio de 2022, según contrato inscripto con fecha 19 de Junio de 2012, en contratos, tomo 163, folio 15.655, Número 989. Los socios por unanimidad deciden extender el plazo de duración, el cual se fijará en diez (10) años a partir del vencimiento, es decir hasta el 19 de Junio de 2032. De esta manera el Artículo 30 del Capítulo 1 del Contrato Social referente a la duración queda redactado de la siguiente manera: Capitulo I: Denominación, Domicilio y duración: Tercero: duración: La sociedad tendrá una duración de diez (10) años a contar desde el 19 de junio de 2022, operándose dicho vencimiento el 19 de junio de 2032.
Los socios por unanimidad ratifican y confirman todas la demás cláusulas y condiciones del contrato original y modificaciones relacionadas que no hubieran sido modificadas por el presente, las que quedan subsistentes con toda fuerza y vigor. Santa Fe, 29 de Junio de 2022. Dr. Freyre, Secretario.
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TREVI S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Secretario del Registro Publico se ordena la publicación de lo siguiente: según - CUIJ 21-05193337-8: TREVI S.R.L. s/Modificación al contrato social. Por instrumento privado del //En la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los 20 días del mes de Octubre 2021, se reúnen en la sede de empresa los socios Oliver Miguel Angel, argentino, DNI.11.689.636, CUIT: 20-11689636-3, nacido el 31de Julio de 1955, mayor de edad, estado civil casado, de profesión comerciante, con domicilio en Avda. 7 de Marzo 1610, de la ciudad de Santo Tome, Provincia de Santa Fe, Galassi María Alejandra, argentina, DNI 13.377.234, CUIT:27-13377234-6, nacida el9 de Marzo de 1959, mayor d edad, estado civil casada, en primeras nupcias con Oliver Miguel Angel, con domicilio e calle Avda. 7 de Marzo 1610, de la ciudad de Santo Tomé Provincia de Santa Fe, d profesión comerciante, Oliver, Agustín Alejandro, argentino, DNI 32.733.236, CUIT: 20-32733236-2, nacido el 13 de Enero de 1987, mayor de edad, estado civil soltero” con domicilio en calle Avda. 7 de Marzo 1610, de la ciudad de Santo Tome, de profesión comerciante y el Sr. Oliver, Esteban Miguel, DNI 28.731.104 - CUIT 20-: 20-32733236-2, nacido el 13 de Enero de 1987, mayor de edad, estado civil soltero, con domicilio en calle Avda. 7 de Marzo 1610, de la ciudad de Santo Tome, de profesión comerciante, inscripta, bajo el Nro. 732 al Folio 348 del Libro 14 de SRL - L 5610, de fecha 29/06/2000 y modificado el bajo el Nro. 576 al Folio 187 del Libro 15 de S.R.L. de fecha 28/08/2002, resuelven de común acuerdo lo siguiente:
I.- Modificación de la cláusula tercera: Los socios resuelven Reconducir la Sociedad en los términos del arto 95 de la Ley de Sociedades Comerciales y sus modificatorias y por lo tanto modificar la cláusula Tercer del Contrato Social sustituyéndola por la siguiente: ///Tercera: Duración: El término de duración será de 20 (veinte) años contados a partir de la fecha de inscripción de la reconducción de la Sociedad en el Registro Publico, permitiendo a sil vencimiento prorrogarse por igual o mayor plazo, si los socios asi lo decidieran. Santa Fe, 29 de Junio de 2022.
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TRANSPORTE S.F.H. S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
1) Datos de los Socios: Adrián Marcelo Frigeri, D.N.I. N° 23.973.802.-, argentino, casado en primeras nupcias con María Fernanda Rojo, nacido el 22 de diciembre de 1973, comerciante, C.U.I.T. N° 20-23973802-9, domiciliado en calle Mendoza 208 de la localidad de General Lagos, provincia de Santa Fe, y Ariel Gustavo Frigeri, D.N.I. N° 23.973.706.-, C.U.I.T N° 20-23.973.706-5, argentino, casado en primeras nupcias con Clide Gisela Cacia, nacido el 15 de mayo de 1971, comerciante, domiciliado en Sarmiento 181 de la localidad de General Lagos, Provincia de Santa Fe.
2) Fecha de reactivación de Contrato Social: 10 de junio de 2022.
3) Denominación Razón Social: TRANSPORTE S.F.H SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
4) Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en calle Sarmiento 181 de la localidad de General Lagos, Provincia de Santa Fe.
5) Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena y/o asociada con terceros, con las limitaciones impuestas por la ley, dentro y fuera del país, al transporte terrestre de cargas en general de corta y larga distancia, dentro y fuera del territorio nacional.
6) Plazo de duración: 20 años desde la fecha de inscripción de la reactivación del contrato.
7) Administración y Fiscalización: La administración será ejercida por los socios gerentes Ariel Gustavo Frigeri y Adrián Marcelo Frigeri y todos ejercerán la fiscalización.
8) Capital Social: El capital social se fija en la suma de doscientos diez pesos ($ 210.000.-) dividido en doscientas diez cuotas (210) de mil pesos cada una ($ 1.000.-).
9) Fecha de aumento de capital: 10 de junio de 2022.
10) Aumento de Capital Social: El aumento de capital social es de trescientos mil pesos ($ 304.000.-) dividido en trescientas cuatro cuotas de mil pesos ($ 1.000.-) cada una.
11) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
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TALLERES E.M.A.T.A. S.R.L.
LIQUIDACIÓN
En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con fecha 28/4/2021, reunidos todos los socios de TALLERES E.M.A.T.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Sras. Sonia Mabel Vebara, DNI 6.433.085; Sandra Débora Gordillo, DNI 29.480.869; Sonia Erica Gordillo, DNI. 30.985.646; Cintia Soraya Ricci, DNI. 23.761.967; Celia Dalila Ricci, DNI. 28.335.023; Cintia Carolina Pin, DNI. 24.396.983, Liliana Raquel Telesca, en representación de Virginia Pin, DNI. 27.291.445; Adela Magdalena Pignolo, DNI. 1.677.856; María Verónica Pin, DNI. 17.113.448; María Jorgelina Pin, DNI. 17.113.447 y los Sres. Mario Marcelino Pin, DNI. 17.819.422; Juan Leandro Pin, DNI. 21.962.965; Alejandro Pin, DNI. 30.688.716; y Darío Pin, DNI. 8.344.830 en el carácter de únicos socios de Talleres E.M.A.T.A. S.R.L., resolvieron proceder a la liquidación final y definitiva de dicha sociedad, en un todo de acuerdo con lo acordado en la reunión del 22/3/3019.
Asimismo, se hace saber que fue presentado el correspondiente Balance de liquidación final al 31/12/2020, así como el proyecto de distribución de los rubros del Activo existentes a dicha fecha, los que fueron aprobados por unanimidad, así como la gestión de los Sres. Alejandro Pin, DNI. 30.688.716 y Juan Remo Ricci, DNI. 6.065.646, en el carácter de liquidadores designados oportunamente.
Se dispuso que el Sr. Alejandro Pin, sea el depositario y custodio de los libros sociales y contables de la empresa, quien fijó domicilio en su domicilio particular de Pasaje Saguier Nº 347 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
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TOP S.R.L.
AUMENTO DE CAPITAL
El contrato se instrumentó en Rosario el 13 del mes de Junio del año dos mil veintidós.
Integrantes de la sociedad: Valdez Guillermo Ramón, nacido el 29108/1956, casado en primeras nupcias con Patricia Teresa Benito, argentino, de profesión arquitecto, domiciliado en calle Alvarez Thomas 1803 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, DNI 12.284.152, CUIT: 23-12284152-9; Rivosecchi Beatriz Adriana, nacida el 27/08/1951, casada en primeras nupcias con Luis Alberto Rodríguez Paquez, argentina, de profesión comerciante, domiciliada en calle Primero de Mayo 951 Piso 40 Dpto “B” Torre “B” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, DNI 6.730.373, CUIT:27-06730373-9; Martínez Rubén Angel José, nacido el 04/05/1957, casado en primeras nupcias con Delma Edith Faccini, argentino, de profesión arquitecto, domiciliado en Avenida Pellegrini 1795 Piso 11º DNI: 12.841.226, CUIT: 20-12841226-4.
Denominación: TOP S.R.L. CUIT: 30658937312
Duración: El término de duración de la sociedad se fija en 10 (diez) años, a partir de la fecha de su vencimiento en el Registro Público, o sea, hasta el 3 de Julio de 2032.
Capital: Por unanimidad se resuelve aumentar el Capital Social mediante la capitalización de Resultados No Asignados, en $192.000 (pesos ciento novena y dos mil con 00/100) de acuerdo al informe del Contador Público adjunto. Por lo tanto el Capital Social se fija en $252.000 (pesos doscientos cincuenta y dos mil con 00/100) conformado por 25.200 (veinticinco mil doscientas) cuotas de pesos ($10.-) cada una. El aumento será asignado a cada socio, según la participación que le corresponde, por consiguiente la cláusula quinta del contrató social queda así redactada.
Cláusula Quinta - Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos cincuenta y dos mil ($252.000,-) representados en veinticinco mil doscientas (25.200) cuotas de capital de pesos diez ($10.-) valor nominal, cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios de la siguiente forma: Valdez Guillermo Ramón, suscribe la cantidad de ocho mil cuatrocientas (8.400) cuotas de pesos diez ($10.-) cada una, es decir un capital de pesos ochenta y cuatro mil ($84.000), Rivosecchi Beatriz Adriana suscribe la cantidad de ocho mil cuatrocientas (8.400) cuotas de pesos diez ($10.-) cada una, es decir un capital de pesos ochenta y cuatro mil ($84.000), y Martínez Rubén Angel José suscribe la cantidad de ocho mil cuatrocientas (8.400) cuotas de pesos diez ($10.-) cada una, es decir un capital de pesos ochenta y cuatro mil ($84.000). El capital se encuentra integrado.
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VLR SOCIEDAD ANÓNIMA
MODIFICACIÓN DE ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos VLR SOCIEDAD ANÓNIMA S/ MODIFICACIÓN AL CONTRATO SOCIAL, Expte. Nº 370 Año 2022, en trámite por ante el Registro Público de Rafaela, se hace saber que por resolución de la Asamblea General Extraordinaria Nº 6 de fecha 01 de junio de 2022, la firma VLR SOCIEDAD ANÓNIMA, aprobó por unanimidad la modificación al artículo 2 de su estatuto social, quedando redactado este de la siguiente manera: “Artículo 2: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, a las siguientes actividades: a) Servicio de alquiler de cajas de seguridad privadas. b) Alquiler de salas de escritura y reuniones; c) Servicio de asesoramiento, consulta, estudio, investigación y asesoramiento en economía y finanzas. Podrá, asimismo, desempeñarse como Agente Productor en la órbita de la Comisión Nacional de Valores (CNV), siendo esta una categoría regulada por el organismo nacional referido. d) Servicio de atesoramiento, consolidación y administración de cuentas. e) Depositario Fiscal; servicio de alquiler de maquinarias para carga y descarga, estibajes y fraccionamiento de mercaderías en depósitos fiscales y depósitos de mercaderías. f) Financieras: mediante el otorgamiento de préstamos con o sin garantía, reales o personales, a corto y largo plazo, a personas físicas o jurídicas, constituidas o a constituirse en el país o en el extranjero. Tales actos se realizarán mediante la utilización de recursos financieros propios de la sociedad, quedando excluidas las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras o cualquier otra en la que se recurriera al ahorro público. g) prestación de servicios de outsourcing relacionados a las actividades descriptas en el presente objeto social, incluidos los servicios a través del sistema de centro operativo (“call center”). En los casos que por el tipo de actividad enunciada en el presente objeto social se requiera la concurrencia de profesionales matriculados con incumbencia en las áreas pertinentes, la sociedad realizará la contratación de los servicios profesionales conforme a las leyes en vigencia. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto”. Asimismo, se hace saber, que la sociedad aprobó también por unanimidad un nuevo texto ordenado del estatuto social. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial (Art. 10 Inc. “a”, ley 19.550).
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L & S S.A.
REFORMA DE ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos L & S S.A. S/ REFORMA DE ESTATUTO, Expte. Nº 306/2022, en trámite por ante el Registro Público de Rafaela, se hace saber que por resolución de la Asamblea General Extraordinaria Nº 4 de fecha 30 de marzo de 2022, la firma L & S S.A., aprobó por unanimidad la modificación de los artículos 1, 3 y 18 de su estatuto social, quedando redactados estos de la siguiente manera: Artículo 1: Bajo la denominación ¨Laura, Sasia y Asociados S. A.¨ continúa funcionado la sociedad que se constituyera oportunamente bajo la denominación L & S Sociedad Anónima, y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe. Su duración es de 90 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Dicho plazo podrá ser prorrogado por la Asamblea Extraordinaria de accionistas, previa inscripción y cumplimiento de los requisitos legales.- Artículo 3: El capital social es de trescientos mil pesos ($ 300.000,00), representado por 30000 acciones, ordinarias, nominativas, no endosables, de diez ($10) pesos cada una y con derecho a un voto por acción. El capital puede ser aumentado en una o más oportunidades, por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la ley 19550, mediante emisión de acciones ordinarias nominativas, no endosables, de un voto por acción. - Artículo 18: En caso de fallecimiento de cualquiera de los socios, sus herederos se incorporan a la sociedad por las acciones del socio fallecido. Su incorporación se hará efectiva cuando acrediten la calidad de herederos y en el interin serán representados por el administrador de la sucesión hasta la finalización del juicio sucesorio. En caso de ser más de un heredero, y de mantenerse, terminada la sucesión, indivisas las acciones sin practicarse la respectiva participación, los condóminos de esas acciones deberán asistir a las asambleas a través de un representante con las facultades necesarias para expresar la voluntad del condominio formado por esas acciones. En caso de que él, o alguno, o todos los herederos no reúnan las condiciones o características previstas que debe reunir un accionista conforme los Artículos 7 y 8 del estatuto, o reunidas estas no quisieran continuar como socios, deberán comunicar a la sociedad su decisión de vender o transmitir las acciones del socio fallecido o la porción que por ley le correspondiere. En este caso, la sociedad o los socios podrán ejercer la opción de compra por el mismo precio, dentro de los quince días de haberse comunicado al Directorio el propósito de ceder, la que deberá ponerlo en conocimiento de los socios en forma inmediata y por medio fehaciente, debiéndose respetar, además, en caso de cederse las acciones a un tercero, las condiciones y particularidades que debe reunir el accionista ingresante, conforme los artículos supra citados.Asimismo, se hace saber que la sociedad aprobó también por unanimidad un nuevo texto ordenado del estatuto social. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial (Art. 10 Inc. “a”, ley 19.550).
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BIOMA S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
EN EL DIRECTORIO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “BIOMA S.A. s/ Designación de Autoridades”, Expediente 1298, Folio -, Año 2022, que se tramitan por ante el Registro Público de Comercio del Juzgado de 1era. Instancia en lo Civil y Comercial de la 1era. Nominación de Santa fe, se hace saber que la sociedad BIOMA S.A. por Asamblea General Ordinaria Unánime del 27 de Mayo de 2022 se procedió a designar nuevas autoridades en el directorio y por acta de directorio nº 65 de la misma fecha se efectuó la distribución de cargos en el mismo, quedando integrado de la siguiente forma:
Presidente: ALICIA ESTHER BOTTURI ARIEU, argentina, de apellido materno Arieu, nacida el 29 de septiembre de 1965 de estado civil casada, de profesión comerciante, domiciliada en calle Arenales 832 4to. piso, Depto. B de la Ciudad de Buenos Aires, DNI 17.688.840; CUIT nº 27-17688840-2. Mandato: hasta el 31/12/2024.
Director Suplente: MARCELO JORGE MERELLO, argentino, de apellido materno PODESTA, nacido el 3 de junio de 1961, de estado civil casado, de profesión Médico, domiciliado en calle Arenales 832 4to. piso, Depto. B de la Ciudad de Buenos Aires, DNI 14.751.357, CUIT nº 20-14751357-8. Mandato hasta el 31/12/2024.
Santa Fe, 1 de Julio de 2022
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MAXIMO BAUDUCCO SACIF e I
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “MAXIMO BAUDUCCO SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA E INMOBILIARIA S/ DESIGNACION DE AUTORIDADES” (CUIJ: 21-05208587-7 – Expte. Nº 1307/2022), de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber que por Asamblea General Ordinaria del 30/05/2022 y posterior reunión del Directorio del 08/06/2022 de distribución de cargos, se ha decidido que el directorio estará integrado por: Presidente: SONIA MARCELA DEL PILAR BAUDUCCO de TAGLIATTI. Vicepresidente Primero: LEANDRO DE JESUS TESSORE. Vicepresidente Segundo: ADRIANA GABRIELA MARIA BAUDUCCO. Directores titulares: GERARDO DANIEL TESSORE, HUGO JUAN ALBERTO TAGLIATTI y AGOSTINA TAGLIATTI. Sus datos personales: SONIA MARCELA DEL PILAR BAUDUCCO de TAGLIATTI, de nacionalidad argentina, nacida el doce de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro, casada en primeras nupcias con don Hugo Tagliatti, de apellido materno Ricchioni, de profesión Contadora Pública Nacional, D.N.I. Nº 16.538.289, domiciliada en calle Río Negro Nº. 297 de El Trébol y CUIT Nº 27-16538289-2; LEANDRO DE JESÚS TESSORE, de nacionalidad argentina, nacido el 01-11-1979, de estado civil casado, de profesión Licenciado en Ciencias Empresariales, con DNI 27.744.404, domiciliado en calle San Martín Nº 230 de El Trébol (SF); ADRIANA GABRIELA MARIA BAUDUCCO de FELTRIN, de nacionalidad argentina, nacida el veintiséis de enero de mil novecientos sesenta y seis, de estado civil casada en segunda nupcias don Claudio Exequiel Feltrin, de apellido materno Ricchioni, con D.N.I. Nº 17.675.470, domiciliada en calle Río Negro Nº 297 de El Trébol y CUIT Nº 27-17675470-8; GERARDO DANIEL TESSORE, de nacionalidad argentina, nacido el 31-07-1969, de estado civil casado, de profesión ingeniero agrónomo, DNI 20.333.065, CUIT Nº 20-20333065-1; domiciliado en Güemes Nº 470 lote 10 de Carlos Pellegrini (SF); HUGO JUAN ALBERTO TAGLIATTI, nacido el seis de marzo de mil novecientos sesenta y dos, de apellido materno Carlini, casado en primeras nupcias con doña Sonia Marcela del Pilar Bauducco, con D.N.I. Nº 14.737.388, domiciliado en Río Negro Nº 297 de El Trébol y CUIT Nº 20-14737388-1; y AGOSTINA TAGLIATTI, de nacionalidad argentina, nacida el día 21-09-1988, de estado civil soltera, de profesión Contadora Publica Nacional, DNI 33.867.965, CUIT 27-33867965-9, domiciliada en calle Rio Negro Nº 297 de la ciudad de El Trébol (SF). Dicha designación se efectúa por 3 ejercicios a contar del ejercicio cerrado el 30 de junio de 2022. Lo que se publica a los efectos legales por el término de un día en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Fe.--
$ 82 481155 Jul. 08
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