JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
JORGE ALBERTO ROMERO
Por orden señor Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Séptima Nominación Rosario, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: BRUSCHINI, RUBEN HECTOR c/Otros s/Ejecución hipotecaria, CUJJ 21-02929533-3, se ha dispuesto que el martillero Jorge Alberto Romero, (Mat 161-R-), venda en pública subasta al último y mejor postor el día dieciséis de Junio de 2022 a las 11 hs. en las Puertas del Juzgado Comunitario y de Pequeñas Causas de Las Parejas (Prov. de Santa Fe) el inmueble hipotecado a favor de la actora consistente en: Un lote de terreno con todo lo en el edificado, clavado y plantado, situado en la ciudad de Las Parejas; Dto. Belgrano; Pcia. de Santa Fe, que de acuerdo al plano N° 77.795/74, designado como lote 34, manzana B2, ubicado sobre calle 11, entre las calles 26 y 28, a los 17 mts. de la primera hacia el N-E, mide 11 mts. de frente al S-E, por 21,25ms. de fondo, encierra una sup. total de 233,75mts2 y linda por su frente al S-E, con la calle 11; al N-E con lote 35; al N-O, con fondos del lote 25 y al S-O, con lote 33, todos de la misma manzana y plano indicados, todos de la misma manzana y plano indicados y cuyo dominio consta inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al Tº 189 Fº 224 Nº 365243 Dep. Belgrano, registrándose la Hipoteca que se ejecuta al Tº 599 B Fº 62 Nº 212508, por la suma de $ 162.000 de fecha 6/8/2019 mediante Escritura Nro. 192 de fecha 16/7/2019 pasada por ante Escribana Registro 434 a favor de la actora. Saldrá a la venta con carácter desocupable y con una base única de $ 600.000. El oferente que resulte adjudicatario deberá abonar en el acto de remate el 3% de comisión al martillero y el 10% como pago a cuenta del precio, debiendo cumplimentarse con las comunicaciones del B.C.RA. “A” 5212, según Circular Nº 79/11 C.S.J.P.. Para el caso de que el precio de la compra, el saldo de venta o la comisión del martillero superen la suma de Treinta Mil Pesos ($30.000), no se aceptará su cancelación en dinero en efectivo, debiendo optarse por los siguientes medios de pago: transferencia bancaria, cheque cancelatorio o cheque certificado; en este último supuesto, la cambial deberá librarse a la orden del Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados. Podrán también depositar, en una cuenta para los autos y a la orden del tribunal, el monto que consideren necesario como adelanto del pago a cuenta del precio y de la comisión del martillero, el día anterior a la realización del remate. La comisión del martillero será abonada en la forma que convengan el auxiliar y el comprador”. Que sin perjuicio de lo expuesto se autorizará al adquirente a abonar el excedente del monto de $30.000 correspondiente a la seña mediante transferencia bancaria, que deberá acreditarse en autos en autos dentro de los cuatro días hábiles posteriores a la subasta. El saldo de precio deberá depositarse una vez aprobada la subasta conforme lo normado por los arts. 497 y 499 CPCC y por los medios previstos precedentemente, según el caso. También se hará saber a los interesados que para efectivizar la transferencia registral del bien subastado se procederá conforme lo previsto por el art. 505. 3er. párr., CPCC, mediante protocolización de actuaciones a caigo del escribano que se designe. Los impuestos, tasas y contribuciones adeudadas serán exclusivamente a caigo del comprador, como así los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia de dominio. Exhibición inmueble: los dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 11 a 12 hs. En autos se encuentra copia de la escritura de hipoteca en donde se relaciona el título de propiedad, no admitiéndose después de la subasta reclamo algo por falta y/o insuficiencia de títulos. Conforme resolución 745 de AFIP, se informan los siguientes datos: CUIT martillero 20-11270660-8 y DNI propietarios 22094917 y 36631015. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 31/05/22. Dra. Lorena Andrea González, Secretaria.
$ 560 478884 Jun. 7 Jun. 9
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