picture_as_pdf 2022-05-13

MINISTRO DE ECONOMÍA

MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA


RESOLUCIÓN N.º 241 ME

RESOLUCIÓN N.º 0177 MGP


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

05 MAYO 2022


VISTO:

EI expediente Nº 00301-0072598-7 del Registro del Sistema de Información de Expedientes mediante el cual se gestiona el llamado a Licitación Pública Nacional para la contratación de Servicios de Inspección sobre la correcta implementación de las tareas de “Relevamiento, estudio, diseño, ingeniería, elaboración de proyecto ejecutivo, provisión y tendidos de trazas fibra óptica, y el Mantenimiento de una red de datos en la Provincia de Santa Fe, trabajos a ejecutarse en el marco de la LPNeI Nº 01/2022 – Renglones 1 a 5, y;

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia diseñó el Programa de Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, a través del cual se pretende avanzar hacia el cierre de la brecha digital en la Provincia de Santa Fe, y mediante el apalancamiento en la conectividad digital como factor habilitante y su efecto expansivo en la digitalización, se propone avanzar de manera inclusiva hacia una nueva ola de desarrollo provincial que permita conectar con las oportunidades, con las nuevas tecnologías y con el talento del futuro, de forma tal de mejorar la prosperidad y el bienestar para toda la ciudadanía;

Que dicho Programa tiene un costo total estimado en la suma de U$S 124.670.000,00;

Que por Ley N° 14054 de fecha 21/10/2021, se autorizó al Poder Ejecutivo a endeudarse con el Banco de Desarrollo de América Latina – CAF, hasta la suma de Dólares Estadounidenses Cien Millones (U$S 100.000.000,00) para el financiamiento del Programa “SANTAFE + CONECTADA”, promulgada mediante Decreto N° 2345/21;

Que por el Convenio Nº 11.604 de fecha 26/01/2022 se formalizó el Contrato de Préstamo entre la Provincia de Santa Fe y CAF, suscribiéndose en la misma fecha el correspondiente Contrato de Contragarantía con el Gobierno Nacional;

Que atento a la importancia estratégica que reviste la concreción de los objetivos propuestos y dada la diversidad de organismos que intervienen en su ejecución, se creó por Decreto N° 0246 de fecha 31/03/2021 una Unidad de Gestión ad hoc, la cual será la responsable de llevar adelante la ejecución del Programa;

Que por Resolución Conjunta Nº 071 (ME) y Nº 0047 (MGP) de fecha 10/02/2022, se aprobó el llamado a Licitación Nacional e Internacional Nº 01/2022 para la contratación de a) Servicios de relevamiento, estudio, diseño, ingeniería, elaboración de proyecto ejecutivo, provisión y tendidos de trazas fibra óptica en la Provincia de Santa Fe, y servicio de mantenimiento técnico, y B) Servicios de relevamiento, estudio, diseño, ingeniería, elaboración de proyecto ejecutivo, provisión, implementación y mantenimiento de una Red de Datos en la Provincia de Santa Fe – RENGLONES 1 a 5, con un monto de Presupuesto Oficial de $ 7.743.395.842,- a valores del mes de Enero de 2022;

Que en fecha 01/04/2022 tuvo lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente a esta tercera etapa del Programa Santa Fe + Conectada, cuyas ofertas se encuentran atravesando el proceso de evaluación;

Que en virtud de las características y envergadura de los trabajos a ejecutarse en los RENGLONES 1 a 5 de la LPNeI Nº 01/2022, resulta indispensable contar con un equipo de técnico para la realización de las tareas de inspección, responsables del seguimiento de los trabajos a ejecutarse, la verificación técnica de los equipos a proveer y de las instalaciones a ejecutarse, el cumplimiento de los cronogramas y plazos establecidos, y la emisión de la certificación mensual correspondiente;

Que el equipo técnico a contratar, se estima integrado por 21 especialistas en las temáticas informática, ambiental y seguridad laboral, que desarrollará sus tarea en un plazo de 12 meses, acorde a los plazos de ejecución previstos en la LPNeI Nº 01/2022, estimándose un Presupuesto Oficial de Pesos Ciento Cuarenta y Nueve Millones Doscientos Mil ($ 149.200.000,-);

Que para la definición del equipo de Inspección, la elaboración de los Términos de Referencia y del Documento de Licitación, se contó con la asistencia de CAF, siendo remitido el documento final a dicho organismo financiero, en cumplimiento de lo establecido en el Convenio de Préstamo firmado;

Que además, para llevar adelante el proceso licitatorio correspondiente, resulta necesario constituir una Comisión Evaluadora de las Ofertas de la licitación, con representantes del Ministerio de Gestión Pública y del Ministerio de Economía, y por lo cual la Secretaría de Tecnología para la Gestión – MGP y la Subsecretaría de Proyectos de Inversión - ME informaron el personal que integrará la citada Comisión, en representación de ambos Ministerios;

Que se dispone de las partidas presupuestarias específicas para la atención del presente gasto;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Finanzas e Ingresos Públicos, y la Subsecretaría Legal del Ministerio de Economía, han tomado debida intervención en el ámbito de sus competencias, no efectuando observaciones al respecto;

Que el Secretario de Tecnología para la Gestión del Ministerio de Gestión Pública y el Subsecretario de Proyectos de Inversión del Ministerio de Economía, en su carácter de integrantes de la Coordinación Ejecutiva de la Unidad de Gestión – Decreto N° 0246/2021, consideran pertinente la presente gestión y aconsejan la prosecución del trámite;

Que siendo los servicios que se licitan por el presenta acto administrativo, de incumbencia específica del Ministerio de Gestión Pública – Secretaria de Tecnología para la Gestión y del Ministerio de Economía - Subsecretaría de Proyectos de Inversión, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 4174/2015 de economía procedimental, resulta procedente exclusivamente la comunicación formal del presente llamado a licitación a la Señora Ministra de Educación para su conocimiento, en su carácter de integrante de la Coordinación General de la Unidad de Gestión;

Que la presente gestión se encuadra en los alcances de la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado y sus correspondientes modificatorios, la Ley N°14054 de endeudamiento, y el Decreto N° 0246/2021 de creación de la Unidad de Gestión;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, Y

EL MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA

EN SU CARÁCTER DE

COORDINADORES GENERALES

DE LA UNIDAD DE GESTIÓN

DECRETO 0246/2021

RESUELVEN:

ARTICULO 1º: Apruébese el Pliego de la Licitación Pública Nacional N° 02/2022 para la contratación de “Servicios de Inspección” sobre la correcta implementación de las tareas de Relevamiento, estudio, diseño, ingeniería, elaboración de proyecto ejecutivo, provisión y tendidos de trazas fibra óptica, y Mantenimiento de una red de datos en la Provincia de Santa Fe – Renglones 1 a 5 (LPNeI Nº 01/2022), que forma parte de las presentes actuaciones.

ARTICULO 2º: Llámese a Licitación Pública Nacional Nº 02/2022 para la contratación de los servicios indicados en el artículo precedente, con un Presupuesto Oficial de Pesos Ciento Cuarenta y Nueve Millones Doscientos Mil ($ 149.200.000,00).

ARTICULO 3º: Fíjase el día 8 de Junio de 2022 o el primer día hábil siguiente si aquél no lo fuera, a las 10 hs. para el Acto de Apertura de las Ofertas – Sobres N° 1, que se realizará en la Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sito en Avenida Arturo Illia 1151 - 6to Piso de la Ciudad de Santa Fe — Provincia de Santa Fe - República Argentina.

ARTICULO 4º: Créase la Comisión de Evaluación de Ofertas de la Licitación Pública Nacional Nº 02/2022, indicada en el artículo segundo de la presente, encargada del estudio de las ofertas para la adjudicación del contrato correspondiente, la que ajustará su cometido a las estipulaciones del Pliego de Licitación, y desígnase como integrantes de la misma a:

Dra. MARIA GABRIELA EGIDO LOGARZO – DNI Nº 35.448.095, Área Legal - Secretaría de Finanzas e Ingresos Públicos – Ministerio de Economía.

CPN. SERGIO NICOLAU – DNI Nº 16.488.361, Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos de Inversión – Subsecretaría de Proyectos de Inversión – Ministerio de Economía.

Lic. MAURICIO O. JEREZ – DNI N° 25.157.647, Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos de Inversión – Subsecretaría de Proyectos de Inversión - Ministerio de Economía.

Ing. OSCAR MAGGI – DNI Nº 14.048.788, Dirección General Licitaciones Nacionales e Internacionales – Subsecretaría de Proyectos de Inversión – Ministerio de Economía.

CPN. MARIA ALEJANDRA SPECIALE - DNI Nº 25.459.589, Dirección General Licitaciones Nacionales e Internacionales – Subsecretaría de Proyectos de Inversión – Ministerio de Economía.

Lic. DAMIAN L. HEVIA – DNI Nº 30.166.133, Dirección General de Ejecución de Proyectos - Subsecretaría de Proyectos de Inversión – Ministerio de Economía.

Ing ALFREDO MINEN- DNI 14.760.143, Dirección Provincial de Comunicaciones – Secretaría de Tecnología para la Gestión - Ministerio de Gestión Pública.

Ing JORGE CELERI - DNI 14.402.517, Dirección Provincial de Comunicaciones – Secretaría de Tecnología para la Gestión - Ministerio de Gestión Pública.

ARTICULO 5º: Autorízase la publicación del anuncio de llamado a licitación en un diario de la ciudad de Santa Fe, uno de la ciudad de Rosario y uno de amplia circulación nacional, en una (1) oportunidad en cada uno ellos, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 6º: Comuníquese a la Señora Ministra de Educación, en su carácter de Integrante de la Coordinación General de la Unidad de Gestión – Decreto N° 0246/2021, el presenta acto administrativo, para su conocimiento.

ARTICULO 7º: Impútese el gasto en el Carácter 1 - Administración Central, Jurisdicción 36 – Ministerio de Economía, SAF 08 – Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas, Programa 20, Subprograma 8 - Inclusión Digital y Transformación Educativa “Santa Fe + Conectada”, Fuente de Financiamiento 111-Tesoro Provincial, por la suma de $ 5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES) y en la Fuente de Financiamiento 846 – “Santa Fe + Conectada” – CAF – Ley N° 14.054 por la suma de $ 20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES), cifras previstas invertir en el presente ejercicio.

ARTICULO 8º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 36316 May. 13 May. 17

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MINISTERIO PUBLICO DE

LA ACUSACIÓN


RESOLUCIÓN Nº 175


Santa Fe, 10 de mayo de 2022


VISTO:

El Expediente N° FG - 000205/2022 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación, en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir un cargo de Subsecretario de Persecución Penal de la Fiscalía Regional de la 2da. Circunscripción Judicial – categoría presupuestaria de Secretario de Cámara-; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial.

Que el Art. 16° inc. 12) de la Ley N° 13.013, modificada por el Art. 5° de la ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman.

Que el Art. 42 de la Ley N° 13.013 en su segundo párrafo, faculta al Fiscal General a dictar las reglamentaciones pertinentes a los fines de adaptar las estructuras del MPA a las denominaciones de la legislación vigente, manteniendo las equivalencias entre salario y cargo conforme las previsiones de la Ley N.º 11.196, en tanto éstas no hayan sido fijadas por la Ley N° 13.013 incluyendo de esta manera tanto a funcionarios, como a las denominaciones de los cargos de empleados del MPA.

Que, de acuerdo a ello la Resolución N° 10 del 14 de marzo de 2012 aprobó la estructura de la Fiscalía General y, la Resolución N° 42 del 28 de diciembre de 2012 la de las Fiscalías Regionales, luego modificada por Resolución N° 25 del 4 de julio de 2013 con sus Anexos.

Que, la resolución N° 3/12 y su Anexo I y N° 210/14 y su modificatoria N° 67/15 regulan el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del MPA.

Que, en la estructura aprobada y sus modificaciones se prevé el cargo de Subsecretario de Persecución Penal de la Fiscalía Regional de la 2da. Circunscripción Judicial, el que se encuentra vacante, y se exponen las misiones y las responsabilidades primarias que tendrá quien ocupe el mismo.

Que, así también en el Anexo II de la mencionada resolución N° 10/12, contempla para los funcionarios no incluidos en la ley 13.013, la equivalencia entre salario y cargo conforme a la ley 11.196.

Que el cargo de Subsecretario de Persecución Penal creado por Ley 13.218, fue concursado oportunamente, siendo propuesta por Resolución 195/14 y designada por Decreto Nº 4440/14, Marcela Andrea Santolín DNI N.º 17.070.364.

Que dicho cargo ha quedado vacante debido a que, en fecha 1 de marzo de 2022, la Dra. Marcela Andrea Santolín presenta su renuncia a los fines de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria, la cual fue aceptada por Resolución PE Nº 7/2022.

Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el Art. 6 del Anexo I de la resolución N° 3/2012 y en el marco de lo establecido en los Arts. 1, 2, 3, 16, 67 y concordantes de la ley 13.013.

POR ELLO:

EL FISCAL GENERAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir un cargo de Subsecretario de Persecución Penal de la Fiscalía Regional de la 2da. Circunscripción Judicial del Ministerio Público de la Acusación -categoría presupuestaria de Secretario de Cámara-, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones N° 3/12, 210/14 y 67/15 de este Ministerio Público de la Acusación, cuyas misiones y funciones – responsabilidades primarias se citan en el ANEXO I de la presente.

ARTÍCULO 2°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:

1. Ser mayor de 25 años de edad.

2. Poseer título de Abogado o Licenciado en Ciencia Política o Licenciado en Sociología o Licenciado en Criminología, y acreditar sólidos conocimientos en las funciones que le competen y, en especial, las referentes a investigación penal, atención a víctimas, criminología y criminalística.

3. Contar con no menos de 4 años de experiencia laboral en ámbitos de gestión y/o judiciales, asimilables de manera específica al de las funciones que le competen.

ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes objetivos, otros antecedentes, la oposición y la entrevista personal del aspirante.

La oposición consistirá en la presentación escrita, exposición y defensa oral de un Plan de Trabajo para la potencial gestión del cargo al que se postula (ver ANEXO III de la presente).

En la entrevista se abordarán, entre otros, los siguientes tópicos: el proyecto de Plan de Trabajo presentado, conocimiento de las Leyes 10.160, 12.734, 13.013, 13.018, 13.459, 13.579, Código Penal, Código Procesal Penal, Resoluciones e Instrucciones de la Fiscalía General y de la Fiscalía Regional de la 2da. Circunscripción, el Plan de Desarrollo Institucional 2017-2023 del Ministerio Público de la Acusación y el Documento Base de Política de Persecución Penal Democrática (Resolución FG Nº 58/14).

ARTÍCULO 4°: Intégrese el órgano de selección del presente concurso por:

Miembros titulares: María Eugenia Iribarren, D.N.I. N.º 20.298.003; Juan Andrés Sánchez, D.N.I. N.º 29.559.395 y González Gustavo D.N.I. N.º 23.017.682

Miembros suplentes: María Belén Torossi, D.N.I. N° 28.568.079, Luis Schiappa Pietra DNI N.º 23.938.885 y Augusto Montero DNI Nº 24.613.984.

ARTÍCULO 5°: Fíjese como sede de inscripción al presente concurso la Fiscalía Regional de la 2da. Circunscripción Judicial del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle Mitre N° 2801 (segundo piso/ ala Virasoro) de la ciudad de Rosario, durante los días 23, 24, 26, 27 y 30 de mayo de 2022, en el horario de 9 a 12 horas, mediante la presentación de un sobre que contenga la leyenda – “Expte N.º FG 000205/2022 - Proceso de Selección – Cargo: Subsecretario de Persecución Penal de la Fiscalía Regional de la 2da. Circunscripción Judicial del Ministerio Público de la Acusación – Sede Rosario”, e indique: I. Apellido; II. Nombre; y III. Tipo y número de documento.-

En el INTERIOR del sobre deberán incluirse:

1. Formulario de inscripción completo, que como ANEXO II forma parte de la presente y Curriculum Vitae. En ambos casos se presentará una (1) copia impresa y una (1) copia en formato ODF (LibreOffice) vía mail a la siguiente dirección de correo electrónico: fr2rrhh@mpa.santafe.gov.ar (colocando en el asunto del mail: concurso abierto para cubrir el cargo de Subsecretario de Persecución Penal de la Fiscalía Regional de la 2da. Circunscripción Judicial del Ministerio Público de la Acusación – Sede Rosario – Expte N.º FG 000205/2022).

2. El Plan de Trabajo establecido en el artículo 3 de la presente, cuya versión digital también deberá adjuntarse al correo electrónico arriba mencionado.

3. Una (1) fotocopia del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad.

4. Una (1) copia del título requerido.

5. Fotocopias de todas las constancias de los antecedentes consignados en el CV.

6. Certificado de antecedentes penales (RNR), Informe del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, Informe del Registro de Concursos y Quiebras, Certificado Policial de Conducta y Certificado de Vecindad.

La totalidad de las hojas deberán estar numeradas y cada una de ellas firmada, indicándose el total de páginas (por ejemplo: 1 de 10 o 1/10).

Todas las fotocopias presentadas deberán estar certificadas por Escribano Público o por la Oficina de Certificaciones del Poder Judicial, no reintegrándose las mismas a los concursantes, a la finalización del concurso.

La oficina receptora entregará una constancia firmada y sellada en la que consignará la fecha y hora de recepción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la presentación del formulario de inscripción.

ARTÍCULO 6°: Establézcase el día 16 de junio de 2022 como fecha de las pruebas de oposición y entrevista previstas en el Artículo 3° de la presente, a partir de las 9 horas, en la sede Fiscalía Regional de la 2da. Circunscripción Judicial del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle Mitre N.º 2801 (segundo piso/ ala Virasoro) de la ciudad de Rosario.

ARTÍCULO 7°: Determínase que las impugnaciones y recusaciones previstas en las Resoluciones Nº 3/12, 210/14 y 67/15 del Fiscal General deberán interponerse en la sede Fiscalía Regional de la 2da. Circunscripción Judicial del Ministerio Público de la Acusación, sita en calle Mitre N.º 2801 (segundo piso/ ala Virasoro) de la ciudad de Rosario, dentro del plazo previsto.

ARTÍCULO 8°: Publíquese la convocatoria por un (1) día en el Boletín Oficial y difúndase en la página oficial del Ministerio Público de la Acusación (www.mpa.santafe.gov.ar) durante cinco (5) días antes de la fecha de inicio de la inscripción.

ARTÍCULO 9°: Todas las notificaciones se realizarán a través del sitio web oficial del Ministerio Público de la Acusación. El modo de notificación referido será suficiente y válido.

ARTÍCULO 10°: EL concurso precedente se realizará de acuerdo a las prescripciones contenidas en el reglamento vigente para la provisión de Cargos de Funcionarios del Ministerio Público de la Acusación, disponiendo que el postulante que obtenga el cargo deberá cumplir con las reglamentaciones vigentes, especialmente las que refieran a horarios e incompatibilidades, como asimismo resoluciones que en su oportunidad reglamenten las funciones a cumplir.

ARTÍCULO 11°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

NOTA: Ver Anexo Nº I, II y III en la página web oficial del Ministerio Público de la Acusación: www.mpa.santafe.gov.ar - Administración - Recursos Humanos - Concursos Abiertos.

s/C 36324 May. 13

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SECRETARÍA DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA


NOTIFICACIÓN


Por Disposición de Graciela Beatriz Cereijo, Delegada Regional a cargo de la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia, Delegación Reconquista, en los autos caratulados: SECRETARÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA s/Medida de protección excepcional- LÓPEZ LEONOR LOREANA Y LÓPEZ ZANTINO SEBASTIÁ; Expediente Administrativo Nº: 01503-0008054-0, se notifica a la Sra. Cintia Gabriela Franco, DNI Nº 38.816.139, que se ha ordenado lo siguiente: Disposición ME-RE N° 0532 Reconquista, 26 de abril de 2022. Vistos... Considerando... Dispone: Artículo 1°: Adoptar una Medida de Protección Excepcional, conforme a la normativa legal establecida en la ley provincial 12.967 y su correlato en la Ley Nacional N° 26.061, respecto de López Leonor Loreana, DNI Nº 54.768.320, nacida el 27 de Marzo del 2015, de 7 años y López Zantino Sebastiá, DNI Nº 57.458.778, nacido el 14 de Marzo del 2019, de 3 años de edad, hijos de Cintia Gabriela Franco, DNI Nº 38.816.139, domiciliada legalmente en calle 118 N° 154 Barrio Cooperación Norte, de la ciudad de Avellaneda, actualmente paradero desconocido y de Diego Sebastián López, DNI Nº 35.770.950, domiciliado realmente en calle 109 N° 961, de la ciudad de Avellaneda. Artículo 2°: Adoptar la Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa (90) días, durante el cual los niños, permanecerán institucionalizados bajo el sistema protectorio de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia. Artículo 3°: Notificar la Medida de Protección Excepcional a los representantes legales y a las partes interesadas. Artículo 4°: Aprobar el plan de acción trazado a los fines de hacer cesar la vulneración y amenaza de los derechos de los niños, facultándose a este equipo interdisciplinario a modificarlo cuando varíen las condiciones de hecho que dieron origen a esta medida, o cuando las circunstancias y el interés superior de aquellos así lo requieran, en cuyo caso estas modificaciones serán comunicadas a los representantes legales y responsables y al Juzgado interviniente en el control de legalidad de la presente medida. Artículo 5°: Notificar la adopción de la Medida de Protección Excepcional y solicitar el control de legalidad de la misma al Juzgado competente una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el artículo 62 de la ley 12.967 y su decreto reglamentario n° 619/2010. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Reconquista, Abril de 2022.

S/C 477364 May. 13 May. 17

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ANEXO