picture_as_pdf 2022-05-05

JUZGADO LABORAL


Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: ESCOBAR DELMIRO CARLOS c/PREVENCION ART S.A. s/Sumarisimo Art. 136 21-04790370-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Delmiro Carlos Escobar, D.N.I.: 11.790.779, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Silvina Melchiori - Dra. Ma. Victoria Acosta, Secretario/a Juez/a.

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Por disposición de la Sra. Jueza Dra. MA. VICTORIA ACOSTA a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 1 en lo Laboral de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe se cita, llama y emplaza a los herederos del Sr. Hugo Ramón Nocione DNI N° 37.334.163, a efectos que comparezcan y tomen la debida intervención en el proceso conforme lo dispuesto por el art. 2340 del C.C.y C. en auto caratulado “IÑIGUEZ, AGUSTINA AYLEN Y OTROS S/ ACUERDO ESPONTÁNEO” -CUIJ: 21-04796480-3. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. Santa Fe, 28 ABR 2022. DRA. SILVINA MELCHIORI (Secretaria).

S/C 476838 May. 05 May. 09

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Por disposición de la Sra. Jueza Dra. PATRICIA DE PETRE a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 1 en lo Laboral de la QUINTA Nominación de la ciudad de Santa Fe se cita, llama y emplaza a todos aquellos que se crean con derecho a percibir LAS INDEMNIZACIÓN PREVISTA EN EL ART 248 DE LA LCT Y DEMÁS RUBROS LABORALES PENDIENTES DE PAGO, DERIVADAS DE LA MUERTE DEL TRABAJADOR LEONARDO JAVIER PERALTA DNI N° 29.206.780, para que dentro del término de tres (3) días después de la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos, en auto caratulado “PERALTA, DYLAN YOEL Y OTROS S/ ACUERDO ESPONTÁNEO” -CUIJ: 21-04796700-4. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. Santa Fe, 28.04.2022. Dra. CINTIA A. PORRECA (Secretaria).

S/C 476836 May. 05 May. 09

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Autos: ROJAS, MARIO OSCAR s/Pedido de Quiebra, CUIJ 21-02018686-8. Presentado el informe final y distribución previsto por el art. 218 de la LCyQ. El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial NQ 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, ha dispuesto lo siguiente: “... Santa Fe, 08 de Abril del 2022. Resuelvo: 1) Fijar los honorarios totales en la suma de $326.622,80, equivalente a un sueldo de Secretario de Primera Instancia, a distribuir como sigue $228.635,96 (70%) para la sindicatura de autos C.P.N. Fernando José Izquierdo y $97.986,84 (30% - 9,48 jus) para la Dra. Flavia Betiana Martín.... Notifíquese.-.” Fdo. Dra. Viviana E. Marin (Jueza) - Dra. Ma. Romina Botto (Secretaria). Santa Fe, 25 de Abril de 2022.

S/C 476516 May. 5 May. 6

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Por disposición de la Jueza a cargo de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: BARRIA, ELIANA MARISEL s/Solicitud propia quiebra (CUIJ N° 21-02031216-2), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 27 ABR 2022. Vistos:..., Considerando:..., Resuelvo: 1) Fijar el día 13 de Junio de 2022 inclusive o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado como nueva fecha para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación ante el Síndico. 2) Fijar el día 26 de Julio de 2022, como para que la Sindicatura presente su Informe Individual y el 06 de Septiembre de 2022, para la presentación del Informe General. 3) Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Fdo. Viviana Marín, Jueza a cargo. Sandra Romero, Secretaria. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 27 de Abril de 2022. Dra. Romero, Secretaria.

S/C 476557 May. 5 May. 11

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe se hace saber que en autos caratulados: MOSCIONI, VALENTINA s/Otras Diligencias (CUIJ N° 21-02032052-1), la Sra. Valentina Moscioni, argentina, soltera, hija de Hugo Orlando Moscioni y de María Alejandra Curti, D.N.I. Nº 37.300.605, nacida el 14/03/1993, con domicilio en calle 25 de Mayo 2764, P.4, Dpto. A, de la ciudad de Santa Fe, y egresada con título de Especialista en Derecho Notarial, Registral e Inmobiliario, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L., ha iniciado Sumaria Información tendiente a obtener su matriculación ante el Colegio de Escribanos de la Primera Circunscripción de Santa Fe. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 13 de Abril de 2022. Dr. Gómez, Secretario.

$ 33 476555 May. 5 May. 9

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito N° 1, en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: SUAREZ MARIA SOLEDAD s/Concurso Preventivo” (C.U.I.J. N° 21-02029288-9) se ha dispuesto la publicación de edictos por el termino de ley en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, a los efectos de hacer saber que la Síndica designada en autos, C.P.N. Mónica G. González, matricula del C.P.C.E. N° 6315, con domicilio en 25 de Mayo N° 3407 de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y con horarios de atención: 14 a 20 horas (días hábiles), ha aceptado el correspondiente cargo. Para mayor recaudo se transcribe la Providencia que así lo dispone, que dice: “Santa Fe, 25 de abril de 2022. Téngase por aceptado el cargo por la Sindica sorteada en autos. Publíquense edictos. Encomendándose a la Sindicatura su inmediata confección, puesta a la firma y diligenciamiento. Notifíquese. Firmado: Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario); Dr. Carlos Federico Marcolín (Juez). Santa Fe, 27 de Abril de 2022.

S/C 476505 May. 5 May. 6

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: GARCIA, PAMELA VANINA s/Solicitud propia quiebra, Expte. CUIJ N° 21-02031679-6, se ha declarado en fecha 26/04/2022, la quiebra de Pamela Vanina García, D.N.I. 23.646.657, mayor de edad, empleada, apellido materno Fernández, domiciliado realmente en calle Santa Rosa Nro. 2271, de la Ciudad de San José del Rincón, Provincia de Santa Fe y con domicilio ad lítem constituido en calle 4 de enero 1753 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 11 de mayo de 2022 a las 09:00 horas. Fijar el día 08 de junio de 2022 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edicto en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Dr. Palacios (Juez) - Dr. Gómez (Secretario).

S/C 476487 May. 5 May. 11

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Por disposición del- Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: BAUDUCCO, ARACELI ANA s/Solicitud Propia Quiebra, Expte. N° CUIJ 21-02030262-0. Se dispuso el día 18/05/2022 como nueva fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 29/07/2022. Fdo. Dr. Ignacio Lizasoain (Juez a/c) – Dr. Jorge Alberto Gómez (Secretario). Santa Fe, 26 de Abril de 2022.

S/C 476486 May. 5 May. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. Viviana E. Marin, Secretaría a cargo de la Dra. Ma. Romina Botto, se ha dispuesto publicar el presente a los fines de comunicar que por resolución de fecha 28/04/22 se ha ordenado la destrucción de la documental, pliegos, alegatos e interrogatorios presentados y reservados en Secretaría con anterioridad al 31/07/2011 correspondientes a expedientes sin movimiento. Asimismo, se hace saber a los posibles interesados en la misma -quienes pudieran acreditar interés legítimo- que podrán presentarse en el Juzgado a fin de efectuar el requerimiento pertinente de lunes a viernes en horario de 8 a 12 hasta el día 21 de Junio de 2022. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Santa Fe, de Abril de 2022. Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria.-

S/C 36223 May. 05 May. 09

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El Juez de 1ra. Instancia de Circuito N° 2, Primera Secretaria de la ciudad de Santa Fe, en los autos: CARABALLO SILVIA ROSA y Otros c/DIAZ REYNALDO ANTONIO s/Otras Diligencias (CUIJ N° 21-15794152-3), ha resuelto lo siguiente: “Santa Fe, 19 de Abril de 2022 Proveyendo escritos cargos N° 1559, 1795, 1623 y 1986: Téngase presente. Por presentadas, domiciliadas y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por iniciada demanda ordinaria de prescripción adquisitiva contra los herederos de Reynaldo Antonio Díaz, L.C. N° 5.999.892 y/o contra quienes se consideren con derechos sobre el inmueble sito en calle Sol 1166 de la ciudad de San José del Rincón (inscripto al N° 7924 E° 01174 T0298 P del departamento La Capital, partida inmobiliaria n° 101600-735047/0013-8) a quienes se cita y emplaza a estar a derecho por el término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía. La citación y emplazamiento se realizará por edictos, que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de estos Tribunales. (conf. Art. 73 y 597 CPCC se publican tres veces y vencerá 5 días después de la última publicación). En la publicación deberá constar la ubicación del inmueble y sus datos registrales. Asimismo cítese y emplácese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Santa Fe, para que dentro del término de ley manifiesten si existe interés fiscal comprometido. Previa fianza procédase a inscribir la anotación de litis sobre el inmueble que se pretende usucapir, oficiándose al Registro General, atento a lo normado por el art. 1.905 CCCN. Notifíquese. Fdo.: Dr. Javier E. Deud (Juez a/c) - Dra. Gabriela Suárez (Secretaria). Inmueble ubicado en calle del Sol 1166 de San José del Rincón, inscrito en el Registro de la Propiedad del Inmueble al Tomo 298 Par, Folio 01174, N° 7924 de fecha 1971, plano N° 60302 de 1971, cuya partida Inmobiliaria es N°: 101600-735047/001-8. Santa Fe, 25 de Abril de 2022. Dra. Dávalos, Prosecretaria.

$ 100 476431 May. 5 May. 9

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación, con asiento en la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto poner en conocimiento, a los efectos que pudieren corresponder, lo siguientes. “Santa Fe, 22 de abril de 2022. Y Vistos: Los inconvenientes que genera la acumulación en este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación, con asiento en la cuidad de Santa Fe, de documental de todo tipo correspondiente a causas que evidencian una prolongada falta de actividad procesal, resultando necesario adoptar medidas conducentes a un mejor aprovechamiento del espacio físico disponible, lo que redundará en una mejor y más adecuada prestación del servicio de Justicia, y, Considerando: Que a los fines enunciados precedentemente, resulta oportuno disponer la destrucción de documental, pliegos, alegatos, y cualquier otro tipo de documento que no está agregado al expediente físico propiamente dicho, y que se encuentren reservados en Secretaría, correspondientes a expedientes cuyo último movimiento sea anterior al 1ro. de abril de 2017, hecho éste que genera una fuerte presunción de que nadie mantiene interés alguno en esas causas. No obstante, y a fin de evitar posibles cuestionamientos futuros, más allá de lo señalado precedentemente se dará difusión al presente a través de la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, por tres veces en cinco días, dos avisos en el diario “El Litoral”, carteles informativos en el juzgado, una comunicación al Colegio de Abogados de esta Primera Circunscripción invitando a que se de a conocer la decisión a sus colegiados, y otra a la Oficina de Prensa de este Poder Judicial, solicitándole la difusión de lo aquí resuello, a fin de que Los posibles interesados - acreditando interés legítimo- se presenten al Juzgado, de lunes a viertes en horario de 8 a 12 para efectuar el requerimiento pertinente, pudiendo realizar dichos reclamos hasta el día 31 de mayo de 2022, inclusive. Por lo expuesto, Se Resuelve: 1) Disponer la destrucción de documental, pliegos, alegatos, y cualquier otro tipo de documento que no está agregado si expediente físico propiamente dicho, y que se encuentren reservados en Secretaría, correspondientes a expedientes cuyo último movimiento sea anterior al 1ro. de abril de 2017. 2) Hacer saber el presente decisorio, a fin de que los posibles interesados en la documental reservada -acreditando interés legitimo- se presenten al Juzgado, previa obtención de turno de ser necesario, de lunes a viernes en horario de 8 a 12 para de efectuar el requerimiento pertinente; pudiendo realizar dichos reclamos hasta el día 31 de mayo de 2022, inclusive. 3) Publicar edictos en el BOLETÍN OFICIAL por tres veces en cinco días y dos avisos en el diario “El Litoral”, un día miércoles y un domingo, hacer conocer lo resucito al Colegiado de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial y a la Oficina de Prensa de este Poder Judicial a los fines arriba indicados, y disponer la impresión de carteles informativos para colocar en la Mesa de Entradas del Juzgado hasta La fecha señalada. 4) Remitir copia de la presente a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial y a la Excma. Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, a sus efectos. Insértese y hágase saber. Fdo.: José I. Lizosain, Juez; Néstor A. Tosolini, Secretario.

S/C 36224 May. 5 May. 9

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: VILLA, LUIS ESTANISLAO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-02031873-9, se ha dispuesto: Santa Fe, 26 de Abril de 2022. 1) Declarar la quiebra de Luis Estanislao Villa, D.N.I. Nº 6.258.629, domiciliada realmente en calle San Luis sin, Desvío Arijón y legalmente en calle Gral. López 3162 de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (18/11/2022). 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 11) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 27/04/2022 a las 10.00 hs. A sus efectos, comuníquese a la Presidencia de la Cámara. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de el fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 24/06/2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial. A estos últimos fines la Sindicatura deberá publicar edictos notificando la posibilidad de que los pedidos se pudieran efectuar mediante el envió de solicitud y documentación por vía digital al correo denunciado por la propia Sindicatura. Además la Sindicatura deberá notificar por carta material o por correo electrónico a cada uno de los acreedores denunciados por el fallido. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 08/08/2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán hacerse por vía presencial o electrónica en el correo denunciado a dichos fines.- como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 20/09/2022 como fecha hasta la cual el Sindico deberá presentarlos informes individuales sobre cada crédito y el día 18/11/2022 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Difiérase su publicación hasta la aceptación del cargo del Síndico, encomendando al mismo la publicación dentro del plazo de 24 hs desde su aceptación. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Comuníquese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Firmado: Dr. Gabriel O. Abad – Juez; Dra. Verónica G. Toloza – Secretaria. Secretaría. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 476437 May. 05 May. 11

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos FASSI ELIA ANDREA ESTER s/Quiebra; CUIJ N° 21-02029652-3, 26 de Abril de 2022, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Andrea Ester Fassi Elia DNI Nº 23.201.284, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Crespo N° 3350 Segundo C y legalmente en calle 25 de Mayo 2589, Piso 2, oficina 3, ambos de esta ciudad. Hágase saber al fallido que deberá denunciar un domicilio electrónico, y número de teléfono para mantener un contacto directo con el Juzgado. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (03/11/2022). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 27/04/2022 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelación. Hágase saber a la Sindicatura que podrá efectuar la aceptación del cargo mediante escrito remitido a la casilla de correo electrónico del Juzgado civil6sfe@justiciasantafe.gov.ar en el que deberá constituir domicilio electrónico y denunciar teléfono de contacto. 12) Fijar el día 29/06/2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 28/07/2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines. 14) Señalar el día 08/09/2022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 03/11/2022 para la presentación del Informe General. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Firmado: Gabriel Abad- Juez; Dra. Verónica Gisela Toloza- Secretaria- Secretaría. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 476438 May. 05 May. 11

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: ROJAS, CRISTIAN GABRIEL s/Solicitud propia quiebra; CUIJ N° 21-02031871-3, 26 de Abril de 2022, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Cristian Gabriel Rojas, DNI Nº 39.629.172, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Santa Fe N° 4141 de la ciudad de Santo Tomé y legalmente en calle Amenábar 3066 Dpto. N° 1 de esta ciudad. Hágase saber al fallido que deberá denunciar un domicilio electrónico, y número de teléfono para mantener un contacto directo con el Juzgado. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (29/06/2022). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 27/04/2022 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelación. Hágase saber a la Sindicatura que podrá efectuar la aceptación del cargo mediante escrito remitido a la casilla de correo electrónico del Juzgado civil6sfe@justiciasantafe.gov.ar en el que deberá constituir domicilio electrónico y denunciar teléfono de contacto. 12) Fijar el día 29/06/2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 28/07/2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines. 14) Señalar el día 08/09/2022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 03/11/2022 para la presentación del Informe General. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Firmado: Gabriel Abad- Juez; Dra. Verónica Gisela Toloza- Secretaria- Secretaría. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 476439 May. 05 May. 11

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: FERREYRA, RODRIGO EZEQUIEL s/Solicitud de propia quiebra; (Expte. 21-02019601-4), el Sr. Síndico ha presentado el informe final y practicado Proyecto de Distribución previstos en el art. 218 de la Ley 24.522 y se han regulado los honorarios profesionales del Sindico CPN Carlos A. Sara en la suma de $ 228.635,96 y Dr. Adolfo Javier Wartburg en la suma de $ 97.986,84, lo que se publica a sus efectos legales. Santa Fe, 18 de Abril de 2022. Dra. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 476474 May. 05 May. 06

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Por disposición de la Dra. Virginia Ingaramo, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: SERRUDO OSVALDO RAUL s/Quiebras; CUIJ Nº 21-26301801-7 por resolución de fecha 26 de Abril de 2022 se ha resuelto: (...) RESUELVO: 1) Declarar la quiebra del Sr. Osvaldo Raúl Serrudo argentino mayor de edad de apellido materno Bianchotti, D.N.I. N° 16.861.344 CUIL Nº 20-16861344-0 con domicilio real en calle Corrientes 440 de la ciudad de Esperanza Dpto. Las Colonias con domicilio procesal en calle Rodríguez Peña 1643. 4) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél, quienes quedarán obligados a ponerlos a disposición del Juzgado en forma apta para que los funcionarios de la Quiebra puedan proceder a la incautación, previa descripción a inventario de los bienes con arreglo a lo dispuesto por el art. 88, inc. 100 y 177 L.C.Q. 5) Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido, so pena de ser considerados ineficaces... 9) Fijar el día 09 de Junio de 2022 como último plazo para que los acreedores por causa o título anterior a la presentación y sus garantes, formulen al Sindico los pedidos de verificación de sus créditos con arreglo a lo dispuesto por los art. 88 y 200 L.C.Q. 10) Fijar el 27 de Junio de 2022 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. Hágase saber, insértese, agréguese copia al legajo respectivo y notifíquese. Dra. Gisela Gatti, secretaria; Dra. Virginia Ingaramo, jueza. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Esperanza, 27 de Abril de 2022.

S/C 476426 May. 06 May. 11

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la DECIMA Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “BORQUE, FLORENCIO RAMON S/ SUCESORIO 21-02025144-9 “se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del señor FLORENCIO RAMON BORQUE, Argentino, viudo, con D.N.I. 7.513.032, con último domicilio en Calle Los Ceibos 1722 de la ciudad de San Jose del Rincon, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos bajo el término y apercibimientos legales. Prosecretaria. DRA. DELFINA MACHADO . DRA. MARÍA ROMINA KILGELMANN .Jueza. Santa Fe, de de 2021.-

$ 45 May. 05

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 11 de San Jorge, a cargo del Dr. Daniel Zoso, Juez - Dr Nicolás Pasero, Secretario, en autos: ALVAREZ PATRICIA FABIANA c/AUTOSERVICIO TITI y/u otro s/Laboral; (Expte. CUIJ N° 21-26256560-9, N° 156 - Año 2.018), se cita y emplaza por edicto a los herederos de la Sra. Maria Del Carmen Toledo, DNI Nº 12.266.756, CUIL/CUIT N° 27-05309837-7, para que comparezcan a estar a derecho, por el termino y bajo apercibimientos de ley, de conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 597 de CPCC. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. San Jorge, 18 de Marzo de 2022. Dr. Nicolás Pasero, secretario.

$ 33 476477 May. 05 May. 11

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría a cargo de la Dr. Cecilia V. Tovar, de la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MARTINEZ, GLADIS VANINA c/MENDIBURU, HECTOR FRANCISCO s/Prescripción adquisitiva; CUIJ Nº 21-26139485-2, la Sra. Jueza ha dispuesto lo siguiente: San Cristóbal, 15 de Diciembre de 2020. Agréguese constancias acompañadas. Por iniciada demanda de prescripción adquisitiva -trámite juicio ordinario- contra Héctor Francisco Mendiburo y/o contra quien resulte titular del inmueble descripto en la demanda. Previo a la citación del demandado, líbrese oficio al Registro de Procesos Sucesorios para que informe si existe juicio sucesorio abierto. Asimismo, ofíciese al Registro Nacional de las Personas y a la Secretaría Electoral de la Nación, para que informe el último domicilio conocido respecto del mismo. A tales efectos, autorícese a la compareciente y/o quien designe a intervenir en el diligenciamiento. Cítese y emplácese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de San Cristóbal para que comparezcan a estar a derecho en el término de 20 días y bajo apercibimientos de ley, si hubiere interés fiscal comprometido. En virtud de lo ordenado por el art. 1905 del CCC, con el objeto de preservar el estado de derecho o de hecho de la cosa litigiosa, dar conocimiento a los terceros de la existencia del presente proceso y de esa forma, evitar la realización de actos que alteren la situación planteada en autos e influyan en el resultado del presente proceso, ordenase la anotación de litis del inmueble inscripto al Tomo 105 Par, F° 244, N° 3996. Tómese razón de la medida en el Registro General de la Propiedad. Notifíquese. Cecilia V. Tovar. Secretaria. Graciela V. Gutscher. Jueza San Cristóbal, Diciembre de 2021. Fdo.: Dra. Cecilia V. Tovar. Otro decreto: San Cristóbal, 08 de Febrero de 2022. A los fines de la notificación de la demanda al accionado Héctor Francisco Mendiburu y/o sus herederos o legatarios, cíteselos por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe y Puertas del Juzgado, tres veces venciendo el término 5 días después de la última publicación (arts. 73, CPCC); autorizando a la peticionante y/o quien designe a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Cecilia V. Tovar, secretaria. Graciela V. Gutscher, Jueza.

$ 33 476501 May. 05 May. 09

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 7658 - Año 2012; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MEDINA RONARD HECTOR s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 02 de Febrero de 2015. Y vistos:..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuentos de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan Carlos Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme, art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476448 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 3127 - Año 2009; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/DÍAZ GERARDO DANIEL s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 8 de Septiembre de 2010. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Jorge Platini (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo formado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476444 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 2631 - Año 2013; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MACHIN WALTER s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 09 de Octubre de 2014. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuentos de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan Carlos Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo formado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476529 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 7421 - Año 2012; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ZABALA OSCAR HUMBERTO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 09 de Octubre de 2014. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuentos de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan C Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo formado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2.022. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.

S/C 476521 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 1841 - Año 2006; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ARTIGAS ANTONIO A. s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 24 de Febrero de 2009. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Jorge A Platini (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2.022. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.

S/C 476520 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 5341 - Año 2012; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MARTÍNEZ ANTONIO HERNAN s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 08 de Octubre de 2014. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuentos de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan Carlos Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2.022. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.

S/C 476532 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 6385 - Año 2012; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/LAFUENTE RUBEN DARIO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 8 de Septiembre de 2010. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuentos de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan C Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476574 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 6546 - Año 2012; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MUNDEL LUIS ALBERTO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 09 de Octubre de 2014. Y vistos:.., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuentos de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan Carlos Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo formado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476573 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 5790 - Año 2012 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ESCOBAR CARLOS ALBERTO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 06 de julio de 2015.- Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuentos de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan Carlos Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2022. Dr. Succo, Prosecretario.

S/C 476570 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 5492 - Año 2012 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/PALAVECINO EDUARDO GUILLERTMO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 02 de octubre de 2014.- Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuentos de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan Carlos Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial Nc. 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2022. Dr. Succo, Prosecretario.

S/C 476564 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 842 - año 2012 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/QUINTEROS CARLOS ALBERTO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 21 de junio de 2016. Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2022. Dr. Succo, Prosecretario.

S/C 476455 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 2869 - año 2012 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BARBA GLIA ANGEL PABLO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 11 de junio de 2014.- Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo.: Ana Laura Mendoza (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo formado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 11 de Marzo de 2022. Dr. Mié, Secretario.

S/C 476458 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 3886 - año 2015 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BLASCO CALIXTO DEL JESUS s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 13 de marzo de 2017. Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2022. Dr. Mié, Secretario.

S/C 476459 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 711 año 2012 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ARGENTO RICARDO FRANCISCO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 29 de setiembre de 2014. Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuentos de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan Carlos Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2022. Dr. Mié, Secretario.

S/C 476460 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-16510291-3 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SANCHEZ DIEGO SEBASTIAN s/Apremio. Rafaela, 21 de Septiembre de 2020. Por iniciada demanda de apremio, por el trámite de la Ley N° 5066 y modificatorias, contra Sánchez Diego Sebastián, DNI N° 33.722.512, por el cobro de la suma de $4.600, con más intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la Ley Provincial 7234. Notifíquese. Fdo.: Dra. Natalia Carinelli (Abogada - Secretaria) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456.

S/C 476416 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: “Expte. CUIJ N° 21-24195516-5 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SAAVEDRA, CRISTIAN CEFERINO s/Apremio. Rafaela, 26 de Febrero de 2020. Por iniciada demanda de apremio, por el trámite de la Ley N° 5066 y modificatorias, contra Cristian Ceferino Saavedra, DNI N° 26.003.740, por el cobro de la suma de $15.618, con más intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la Ley Provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dra. Natalia Carinelli (Abogada - Secretaria) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 2021. Dr. García, Prosecretario.

S/C 476418 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-24194835-5 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SOLIS, LUCAS DAMIAN s/Apremio. Rafaela, 05 de Diciembre de 2019. Por iniciada demanda de apremio, por el trámite de la Ley N° 5066 y modificatorias, contra Lucas Damián Solis, DNI N° 34.074.914, por el cobro de la suma de $9.453, con más intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la Ley Provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dr. Mauro García (Abogado - Prosecretario) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 2021. Dr. García, Prosecretario.

S/C 476420 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-16505493-5; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ROLDAN JULIO CESAR s/Apremio. Rafaela, 26 de Diciembre de 2018. Por iniciada demanda de apremio, por el trámite de la Ley N° 5066 y modificatorias, contra Julio Cesar Roldan DNI N° 24.066.446 por el cobro de la suma de $ 4.056 con más intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dr. Mauro García (Abogado - Prosecretario), Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 01 de Noviembre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476421 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-16508235-1; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GOROSITO EVANGELINA ROSA s/Apremio. Rafaela, 18 de Marzo de 2020. Por iniciada demanda de apremio, por el tramite de ley 5066 y sus modificatorias contra Evangelina Rosa Gorosito, DNI N° 22.054.600 por el cobro de la suma de $ 6.437 con mas intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dra. Natalia Carinelli (Secretaria) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Octubre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476402 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-24188533-7; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/HUMELER YANINA BEATRIZ s/Apremio. Rafaela, 12 de Noviembre de 2018. Por iniciada demanda de apremio, por el tramite de ley 5066 y sus modificatorias contra Yanina Beatriz Humeler, DNI N° 29.991.992 por el cobro de la suma de $ 11.518,20 con mas intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dra. Natalia Carinelli (Secretaria) - Dr. Ana Laura Mendoza (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Octubre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476397 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 1283 Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/OCAMPO JORGE OMAR y otros s/Apremio. Rafaela, 29 de Diciembre de 2016. Por iniciada demanda de apremio, por el trámite de la Ley 5066 y modificatorias, contra Nancy Noemí Ocampo DNI N° 26.976.945 por el cobro de la suma de $ 40.686,80 con más los intereses y costas. Cítese de remate a la parle accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dra. Natalia Carinelli (Abogada - Secretaria) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 01 de Noviembre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476470 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 843 Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MORALES SERGIO OMAR s/Apremio. Por el presente se le hace saber a Morales Sergio Omar DNI Nº: 28.047.494 que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 29 de Septiembre de 2017. Y vistos:... Resulta ... Y considerando: ... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la Municipalidad acreedora se cobre íntegramente el capital reclamado con más el interés que se fija a la tasa mensual activa en pesos, no acumulativa, que establece el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos, desde la fecha de la liquidación y hasta la del efectivo pago. Y costas. Diferir la regulación de honorarios hasta que se liquide el capital y los intereses. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Fdo: Natalia Carinelli (Abogada - Secretaria) - Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 01 de Noviembre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476468 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 154 Año 2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MANSILLA YANINA s/Apremio. Rafaela, 27 de Marzo de 2015. Por iniciada la presente demanda de APREMIO, por el trámite de la Ley 5066 y modificatorias, contra Yanina Mansilla DNI N° 37.451.526 por el cobro de la suma de $ 7.228,80 con más intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dra. Viviana Naveda Marcó (Abogada - Secretaria) - Dr. Ana Laura Mendoza (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 01 de Noviembre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476467 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-16504869-2; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MARTINEZ RICARDO s/Apremio. Rafaela, 17 de Diciembre de 2018. Por iniciada demanda de Apremio, por el trámite de la Ley N° 5066 y modificatorias, contra Ricardo Martínez DNI Nº 6.296.716 por el cobro de la suma de $ 6.752,00, con más intereses y costas. Cítese de remate a la parle accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dr. Mauro García (Abogado - Prosecretario) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 01 de Noviembre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476466 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-24194271-3; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/FASANO, FEDERICO MAXIMO s/Apremio. Rafaela, 11 de Noviembre de 2019. Por iniciada demanda de apremio, por el trámite de la Ley N° 5066 y modificatorias, contra Federico Máximo Fasano DNI N° 20.948.485 por el cobro de la suma de $ 52.679,10, con más intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dr. Mauro García (Abogado - Prosecretario) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 01 de Noviembre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476465 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-16507821-4; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GOMEZ RAMON ALEJANDRO s/Apremio. Rafaela, 17 de Diciembre de 2019. Por iniciada demanda de apremio, por el tramite de ley 5066 y sus modificatorias contra Ramón Alejandro Gómez, DNI N° 23.429.687 por el cobro de la suma de $ 3.867 con mas intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dr. Mauro García (Prosecretario) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Octubre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476464 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 255 AÑO 2017; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/IÑIGUEZ ANDRES NICOLAS s/Apremio. Rafaela, 24 de Abril de 2017. Por iniciada demanda de apremio, por el trámite de la Ley 5066 contra Andrés Nicolás Iñiguez DNI N° 32.059.825 por el cobro de la suma de $ 11.011,60 con más los intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dr. Mauro García (Abogado - Prosecretario) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 01 de Noviembre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476462 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 1184 Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/IBARRA DAVID ALEJANDRO s/Apremio. Rafaela, 21 de Marzo de 2018. Por iniciada demanda de apremio, por el trámite de la Ley 5066 contra David Alejandro Ibarra DNI N° 35.637.494 por el cobro de la suma de $ 8.204,00 con más los intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dr. Mauro García (Abogado - Prosecretario) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y SIN CARGO de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 01 de Noviembre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476461 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. CUIJ N° 21-24190122-7; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/JUNGES, SARA SOLEDAD s/Apremio. Rafaela, 28 de Diciembre de 2018. Por iniciada demanda de apremio, por el trámite de la Ley N° 5066 y modificatorias, contra Sara Soledad Junges DNI N° 30.977.897 por el cobro de la suma de $ 10.321,71 con más intereses y costas. Cítese de remate a la parte accionada para que en el término de ocho días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de llevar adelante la ejecución. Aplíquese la duplicidad de términos prevista en el art. 5 de la ley provincial 7234. Notifíquese. Fdo: Dr. Mauro García (Abogado - Prosecretario) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normad por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 01 de Noviembre de 2.021. Mauro García, prosecretario.

S/C 476457 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 2659 - Año 2014; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RUBEN MIRTHA GLADYS s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 31 de Mayo de 2018. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al Dos por Ciento (2%) mensual desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476531 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 6868 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/VICTOR SAVINO GOMEZ s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 28 de Agosto de 2019. Y vistos:..., resulta:..., y considerando:..., resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al Dos por Ciento (2%) mensual desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476549 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 3632 - Año 2014; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ROTTA CESAR ORLANDO s/Apremio, se hace saber a los demandados Cesar Orlando Rotta, lo siguiente: Rafaela, 10 de Noviembre de 2014. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Juan C Marchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2.022. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.

S/C 476572 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16499158-7 - Año 2017; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/PEREZLINDO SANDRA ELIZABET s/Apremio, se hace saber al demandado, Sandra Elizabet Perezlindo, lo siguiente: Rafaela, 23 de Mayo de 2017. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Diego M Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2.022. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.

S/C 476568 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 2221 - Año 2014; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/FIGUEROA HORACIO OSCAR s/Apremio, se hace saber al demandado, Sr. Horacio Oscar Figueroa lo siguiente: Rafaela, 26 de Agosto de 2014. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese. Firmado Juan C Marchese (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476456 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 1952 - Año 2013; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/NARI ELIDA MARGARITA s/Apremio, se hace saber al demandado Elida Margarita Nari, lo siguiente: Rafaela, 02 de Julio de 2013. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Jorge A Platini (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476453 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados “Expte. N° 21-16499815-8 - Año 2017 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ESPINDOLA SOLIS HECTOR EUSEBIO s/Apremio, hace saber al demandado, Espíndola Solís Héctor Eusebio, lo siguiente: Rafaela, 08 de marzo de 2019. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Diego M. Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario).

Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, de 2022. Dr. Mié, Secretario.

S/C 476450 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 1440 - año 2014 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MAGUL MARCOS GUILLERMO s/Apremio, se hace saber al demandado, Marcos Guillermo Magul lo siguiente: Rafaela, 27 de junio de 2014. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Ana Laura Mendoza (Jueza); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 22 de marzo de 2022. Rafaela, de 2022. Dr. Mié, Secretario.

S/C 476451 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 7925 - año 2012 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/OCAMPO JORGE LUIS s/Apremio, se hace saber al demandado, Sr. Jorge Luis Ocampo lo siguiente: “Rafaela, 21 de Diciembre de 2012. (...). Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese. Firmado Jorge Platini (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, de 2022. Dr. Mié, Secretario.

S/C 476571 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 582 - Año 2015 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BRUNA OMAR ANGEL s/Apremio, se hace saber al demandado, Sr. Omar Angel Bruna, lo siguiente: “Rafaela, 16 de marzo de 2015.( ... ) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese”. Firmado Juan C Marchese (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2022. Dr. Succo, Prosecretario.

S/C 476569 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16503577-9 - Año 2018 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ZABALA A. VELINO IGNACIO s/Apremio, se hace saber al demandado, Avelino Ignacio Zabala, lo siguiente: “Rafaela, 07 de agosto de 2018. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Diego M. Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2022. Dr. Succo, Prosecretario.

S/C 476563 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 3036 - Año 2011 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ROCCHIA PABLO MARTIN s/Apremio, se hace saber al demandado Pablo Martín Rocchia lo siguiente: Rafaela, 03 de mayo de 2011. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese”. Firmado: Jorge A Platini (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2022. Dr. Succo, Prosecretario.

S/C 476567 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 3238 - Año 2016 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RODRIGUEZ JOSE DANIEL s/Apremio, se hace saber demandado, Sr. José Daniel Rodríguez, lo siguiente: Rafaela, 29 de julio de 2016. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese”. Firmado Juan C. Marchese (Juez) - Gustavo Mie (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2022. Dr. Mié, Secretario. Rafaela, 22 de Marzo de 2022. Dr. Mié, Secretario.

S/C 476446 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 5844 - año 2012 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GRAZIADEI ROLDAN MARTIN NICOLAS s/Apremio, se hace saber al demandado, Sr. MARTIN NICOLAS GRAZIADEI ROLDAN, lo siguiente: Rafaela, 27 de Noviembre de 2012. (...). Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese. Firmado Jorge Platini (Juez) - Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2022. Dr. Mié, Secretario.

S/C 476447 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 2691 - año 2015 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MEDICI JOSE LUCIANO ADRIAN s/Apremio, se hace saber al demandado, José Luciano Adrián Medici, lo siguiente: “Rafaela, 06 de julio de 2015. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Juan C. Marchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2022. Dr. Succo, Prosecretario.

S/C 476517 May. 5 May. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16503328-8 - Año 2018; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MENDEZ GSPONER MARIANA ALICIA s/Apremio, se hace saber al demandado, Mariana Alicia Méndez Gsponer, lo siguiente: Rafaela, 06 de Julio de 2018. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 21 de Marzo de 2.022. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.

S/C 476518 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 3414 - Año 2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/AGUIRRE GRISELDA s/Apremio, se hace saber al demandado Griselda Aguirre, lo siguiente: “RAFAELA, 9 de septiembre de 2015. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Juan C Marchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476535 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 2889 - Año 2012; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BERTHOLT SUSANA MARIA TERESA s/Apremio, se hace saber al demandado Susana Maria Teresa Bertholt, lo siguiente: Rafaela, 13 de Julio de 2012. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Jorge Platini (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476527 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16501914-5 - Año 2018; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/LA VARONI RAFAEL JOSE s/Apremio, se hace saber al demandado, Rafael José Lavaroni, lo siguiente: Rafaela, 27 de Marzo de 2018. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Diego M Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476525 May. 05 May. 09

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16501285-9 - Año 2017; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/QUIROGA LILIANA GRACIELA s/Apremio, se hace saber al demandado, Liliana Graciela Quiroga, lo siguiente: Rafaela, 29 de Noviembre de 2017. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Diego M Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Marzo de 2.022. Gustavo Mié, secretario.

S/C 476522 May. 05 May. 09

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez a cargo de la Tercera Nominación del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial de Reconquista (SF), en autos: MONZON JUAN PABLO y otros c/CALVO BENJAMIN s/Usucapión; CUIJ N° 21-25027411-1, en virtud de lo dispuesto por el Art. 73 CPCyCSF se le hace saber a los Sres. CALVO BENJAMIN y/o FRANCISO LUIS FÉLIX VISINTINI y/o ZULEMA VENTURINI DE VISINTINI y/o VISINTINI HERMANOS y/o ALBERTO VISINTINI y/o TERCEROS OCUPANTES y/o quien resulte titular registral del inmueble sito en Iriondo N° 716 que se identifica con Partida Impuesto Inmobiliario N° 03-20-00-00979710006-3, que se ha dictado el siguiente decreto: Reconquista, 17 de Febrero de 2022. Téngase presente la publicación de edictos acompañada. Haciendo, efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a los demandados. Notifíquese. Fdo.: Dr. José María Zarza, Juez a/c - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF), 04 de Abril de 2022.

$ 280 476625 May. 05 May. 09

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El Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquiste (Santa Fe) en los autos caratulados LÁZARO, LEONARDO RAMON s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-25026982-7, llama, cita y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. Leonardo Ramón Lázaro, DNI N° 36.196.681, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Fdo.: Dr. José María Zarza— Juez a/c; Dra. Susana Carletti - Secretaria Subrogante. Reconquista, 02 de Mayo de 2022. Laura Cantero, secretaria.

$ 45 May. 05

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El Señor Juez a cargó del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados RAMUA, JULIO y otros s/Sucesorio; CUIJ N° 21-25027801-9, llama, cita y emplaza a Los herederos, legatarios y/o acreedores que se consideren con derechos a los bienes de la herencia dejada por el Sr. Julio Ramua, DNI N° 6.320.988 y la Sra. Nelly Erlinda Pérez, DNI N° F3.296.132, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley se presenten a hacerlos valer. Fdo.: Dr. José María Zarza— Juez a/c; Dra. Susana Carletti - Secretaria Subrogante. Reconquista, 02 de Mayo de 2022. Laura Cantero, secretaria.

$ 45 May. 05

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