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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Circuito de Ejecución en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Mariana Paula Martínez, Secretaría de la Dra. Silvina López Pereyra, dentro de los autos caratulados CONSORCIO DE COPROPIETARIOS EDIFICIO GUIA II c/PESSON, LEANDRO y otros s/Juicio ejecutivo; C.U.I.J. N°: 21-13912441-0, se han dictado los siguientes decretos: Rosario, 07 de Julio de 2021. Téngase por acompañado original del certificado de deuda y aprobación del consejo de propietarios del consorcio de la liquidación acompañada. Téngase por adecuado el monto inicial a reclamar. Atento haberse cumplimentado lo requerido, provéase el primer decreto de trámite: Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, a mérito del poder general certificado y acompañado en autos. Téngase presente el domicilio electrónico denunciado. Procédase a dejar constancia en el sistema informático del SISFE. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre inmueble propiedad del demandado, hasta cubrir la suma de $ 78.900 estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente. Téngase presente la reserva efectuada. Hágase saber que deberá acompañar el informe de dominio del inmueble denunciado. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Firmado: Dra. Mariana Paula Martínez (Juez), Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria). Rosario, 27 de Octubre de 2021. Encontrándose extraviado los autos en el ámbito del Juzgado y habiendo sido hallados en el día de la fecha; al escrito cargo N° 13681/2021: Atento a lo manifestado a fs. 36 respecto a que prosigue la presente acción contra Sr. Alberto Osvaldo Pesson, téngase por adecuada la demanda contra los herederos de la Sra. María del Carmen Paternó, Sres. Leandro Pesson DNI Nº 24.566.973 y Gabriel Pesson DNI Nº 29.782.560. Procédase por Secretaria del Juzgado, a modificar la carátula de los presentes en los registros informáticos del Libro de Cargos del SISFE, con la debida impresión. Notifíquese conjuntamente con el primer decreto trámite. Firmado: Dra. Mariana Paula Martínez (Juez), Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria). Rosario, 24 de Noviembre de 2021. Por denunciado nuevo domicilio del demandado. Téngase presente. Informando verbalmente en este acto el Actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde siguiendo el juicio sin SU participación. Designase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto 13 del Reglamento de Presentación electrónica de escritos en expedientes - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%20ELECTR%C3%93NICAS/Pautas%20PEE%20PEE%20a%20traves%20Autoconsulta%20-%20-%oct2021.pdf. Firmado: Dra. Mariana Paula Martínez (Juez), Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria). Rosario, 10 de Diciembre de 2021. Cítese de remate a la parte demandada por el término y bajo apercibimiento de ley. Vencido que fuere el plazo respectivo sin oposición de excepciones, se dictará sentencia conforme art. 473 y 474 C.P.C.C. Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de las cédulas originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto 13 del Reglamento de Presentación electrónica de escritos en expedientes – http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%20ELECTR%C3%93NICAS/Pautas%20PEE%20PEE%20a%20traves%20Autoconsulta%20-%20-%oct2021.pdf. Firmado: Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria). Rosario, 28 de Diciembre de 2021. Advirtiéndose en esta instancia que se omitió citar a los herederos conforme lo normado por el art. 597 C.P.C.C. y a fin de evitar futuras nulidades y afectar el derecho de defensa revóquese parcialmente el decreto de fecha 24/11/2021 (fs. 54) en cuanto dice informando verbalmente en este acto el Actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho decláresela rebelde siguiendo el juicio sin su participación y el decreto de fecha 10/12/2021 (fs. 59) en cuanto dice cítese de remate a la parte demandada por el término y bajo apercibimiento de ley. Vencido que fuere el plazo respectivo sin oposición de excepciones, se dictará sentencia conforme art. 473 y 474 C.P.C.C. Amplíese el decreto de fecha 27/10/21 (fs. 47) en el siguiente sentido: conforme lo dispuesto por el art. 597 del Código Procesal Civil y Comercial cítese y emplácese a los herederos de la Sra. María del Carmen Paternó Sres. Leandro Pesson y Paterno D.N.I. N° 24.566.973 y Gabriel Pesson y Paterno D.N.I. N° 29.782.560 a que comparezcan a estar a derecho por el término de tres (03) días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguir el juicio sin su representación. Notifíquese por Edictos (art. 597 C.P. C.C.). A los fines de su notificación por cédula. Ofíciese a la Secretaría Nacional Electoral a los fines de que informe el último domicilio de Sres. Leandro Pesson y Paterno D.N.I. N° 24.566.973 y Gabriel Pesson y Paterno D.N.I. N° 29.782.560 o cualquier otro dato de interés que obre en su poder. Hágase saber al presentante que deberá hacer uso de las facultades otorgadas en el art. 25 y ss del CPCC. Oflciese mediante sistema electrónico al Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 8va Nominación afin de que informe si existe convenio particionario o adjudicación de bienes dentro de la sucesión de Paterno, Maria del Carmen CUIJ N° 21-02864208-0. Notifíquese el presente conjuntamente con el decreto de fecha de fecha 27/10/21 y el primer decreto trámite. Firmado: Dra. Mariana Paula Martínez (Juez), Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria). Rosario, 29 de Diciembre de 2021. Advirtiéndose que el decreto de fecha 28112121 no consignó la totalidad de los nombres de los herederos que obran en el informe de fs. 39 aclárese el mismo en el sentido que donde dice Sres. Leandro Pesson y Paterno D.N.I. N° 24.566.973 y Gabriel Pesson y Paterno D.N.I. N° 29.782.560 debió decir Sres. Alberto Osvaldo Pesson D.N.I. Nº 6.073.446, Leandro Pesson y Paterno D.N.I. N° 24.566.973 y Gabriel Pesson y Paterno D.N.I. N° 29.782.560. Firmado: Dra. Mariana Paula Martínez (Juez), Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria). Rosario, 21 de Febrero de 2022. Agréguese las constancias acompañadas. Por ampliada la demanda por los períodos Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2021 y enero 2022 en la suma de $38.486,00, téngase presente. Notifíquese por cédula conjuntamente con el primer decreto de trámite.-Firmado: Dra. Mariana Paula Martínez (Juez), Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria). Rosario, 25 de Febrero de 2022. Por notificado, téngase presente. Trábese embargo sobre inmueble propiedad de la parte demandada, ubicado en la ciudad de Rosario e inscripto al Tº 757, Fº 143, N° 106744, hasta cubrir la suma de $ 39.457, estimada provisoriamente para cubrir capital, intereses y costas futuras. Líbrese oficio. Firmado: Dra. Mariana Paula Martínez (Juez), Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria).

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, y en autos: WALTER, UBALDO JOSE s/Concurso preventivo; Expte. Nº 453/32 (CUIJ Nº 21-02944633-1), se hace saber que por Resolución Nº 187 de fecha 03-03-2022 se ha declarado abierto el Concurso Preventivo de Walter, Ubaldo José, DNI Nº 28.999.511, con domicilio en calle Virasoro Nº 1031 Depto 8 A de Rosario, ordenándose la publicación de edictos por cinco días en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Jurista. Se hace saber que la resolución referida fue firmada por la Dra. Mónica Klebcar (Jueza) - Dra. Marianela Godoy (Secretaria). Asimismo se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: N° 309 Rosario 30-03-2022. Y vistos:... Y considerando: ... Resuelvo: 1. Fijar el 23-06-22 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico CPN Patricia Raquel Avansatti, con domicilio en Paraguay 777 Piso 9 de la ciudad de Rosario, horario de atención: todos los días hábiles judiciales en el horario de 8:00 a 17:00 hs. 2. Fijar el 12-08-22 para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2º Párr. L.C. 3. Fijar el 26-09-22 para la presentación del informe general por el Síndico. 4. Hacer saber que el período de exclusividad vencerá el 03-03-2023 y la audiencia informativa se celebrará en la Sala de Audiencia de este Juzgado el 24-02-2023 a las 10.30 hs. o al día siguiente hábil, y a la misma hora, si la fecha designada resultare feriado o inhábil. 5. Ordenar publicar haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL y El Forense. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mónica Klebcar (Jueza) - Dra. Marianela Godoy (Secretaria). Secretaría, 8 de Abril de 2022. Dra. Sabrina Rocci, secretaria en suplencia.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación, Dr. Carlos E. Cadierno, Secretaria Dra. María Eugenia Sapei, dentro de los autos caratulados DE CESARI, CLARISA s/Sumaria información; CUIJ Nº 21-02952716-1 se hace saber que la Sra. Clarisa De Cesan, argentina, mayor de edad, DNI Nº 32.651.405, nacida el 22 de Agosto de 1986, hija de Dario Rafael Jesús de Cesari DNI Nº 11.752.855 y de Griselda Edit Pescalana DNI Nº 12.282.261, con domicilio en calle Belgrano 14 bis de la localidad de Funes, Santa Fe, solicita su inscripción en la matricula de Escribanos de esta circunscripción judicial. Rosario, Marzo de 2022.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Decimoprimero Nominación de Rosario, Dr. Luciano Carbajo, en los autos caratulados: BARRETO, PABLO DANIEL s/Concurso preventivo; Expte. CUIJ Nº 21-02948266-4 se hace saber que por Resolución Nº 281 de fecha 11-03-2022 se ha declarado la apertura del concurso preventivo de Pablo Daniel Barreto, DNI Nº 24.586.177, CUIL Nº 20-24586177-0, con domicilio en calle Garay 4270 de Rosario. Y se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: N° 451 Rosario, 07-04-2022. Y vistos: ... Resuelvo: Ampliar la resolución Nº 281 de fecha 11-03-2022, en el sentido de: 1) Fijar el día 30 de Mayo de 2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificaciones de créditos ante el Síndico (art. 14 inc. 3) Ley 24.522). 2) Fijar el día 27 de Julio de 2022, para que la Sindicatura presente los informes individuales (art. 35 Ley 24.522). 3) Fijar el día 09 de Septiembre de 2022, para que la Sindicatura presente el informe general (art. 39 Ley 24.522). 4) Fijar el día 20 de Febrero de 2023, a fin de que la concursada goce del período de exclusividad (art. 43 ley 24.522). 5) Fijar el día 20 de Febrero de 2023 a las 10.00 Hs., para que tenga lugar la audiencia informativa prevista en el art. 45 de la ley 24.522. 6) Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y diario El Forense, conforme lo prescribe el art. 27 de la Ley 24.522 y haciendo constar el nombre y domicilio del síndico designado. Cópiese, insértese y hágase saber. Ambas resoluciones fueron firmadas por el Dr. Luciano Carbajo (Juez) - Dra. María Florencia Di Rienzo (Secretaria Subrogante). Por último se hace saber que el Síndico designado es el CPN Marcelo Ariel Clausen Bosio, con domicilio en calle Balcarce 1589 Piso 8 de Rosario, fijando como días de atención de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 Hs., quién aceptó el cargo en fecha 05-04-2022. Secretaria 8 de Abril de 2022. Dra. Sabrina Rocci, secretaria en suplencia.

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En los autos caratulados GARCÍA, MA. SUSANA c/GARCÍA, DOMINGO y ots. s/Apremio; (Expte N° 21-12626397-7). El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, Dra. María Fabiana Genesio (Juez), notifica lo declarado en autos: Rosario, 15 de Diciembre de 2021 Informada verbalmente la actuaria que las codemandadas Evelin María Itatí García y María del Carmen García no han comparecido a estar a derecho decláraselas rebeldes. Notifíquese por cédula. Asimismo, declárese rebeldes a los herederos de la codemandada Nélida Nicolasa Pintos y procédase al sorteo de un curador ad hoc de la herencia y defensor de los herederos rebeldes, por Secretaría y mediante correo electrónico. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Firmado: Verónica A. Accinelli, Secretaria. Dra. María Fabiana Genesio, Juez. 31 de Marzo de 2.022.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 5ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados TURENIEC, ANITA y otros c/CHIMENTO, IAN y otros s/Cobro de pesos; CUIJ Nº 21-12614394-7 se hace saber a Fabiana Griselda Baz, D.N.I. Nº 17.460.434, lo siguiente: Rosario, 28 de Septiembre de 2021. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Fdo.: Dra. Gabriela P. Almará (Secretario), Dr. Maximiliano N. Cossari (Juez).

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Por disposición del señor Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se notifica a los sucesores de la Sra. Luisa Petrona Tomasa Fabre, L.C. N° 6.111.001, en los autos caratulados: OSELLA, CLAUDIO ALBERTO, c/FAVRE DE FAVRE, LUISA P. T. y/o herederos de FABRE, LUISA P. s/Usucapión; Expte. N° CUIJ 21-01990948-1 - Año 2017, de la siguiente resolución recaída en autos: Santa Fe, 3 de Septiembre de 2021. Autos y vistos: Estos caratulados OSELLA, CLAUDIO ALBERTO c/FABRE LUISA PETRONA TOMASA s/Usucapión; CUIJ Nº 21-01990948-1, que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, de los que; Resulta: 1.- Que en fecha 3.11.2017, el Sr. Claudio Alberto Osella por intermedio de apoderado, promueve demanda ordinaria de Prescripción adquisitiva contra la Sra. Luisa Petrona Tomasa Fabre de Favre o sus herederos, sobre el inmueble designado como lotes 3 y4 de la Manzana J según plano inscripto en la División de catastro al N° 18827, del distrito de Colastiné, dominio inscrito bajo el Tomo 187I, Folio 2325, Nº 50711 del Registro General de la Propiedad Manifiesta que en fecha 11.4.2013 mediante contrato de cesión de derechos y arcones adquirió el inmueble de parte del Sr. Jorge Roldán, quien a su vez lo habría adquirido en el año 1977 de su titular dominial mediante boleto de compraventa, el cual se habría destruido por el desastre hídrico del año 2003. Agrega que desde la firma del boleto tiene la posesión del inmueble y a partir de allí viene realizando actos posesorios como colocación de alambrado, desmalezamiento, ha mantenido el fundo en las mejores condiciones posibles; ha plantado árboles, construyó una vivienda y una pileta de material, lo que acredita la exteriorización de actos materiales que demuestran la posesión. Además, expresa, se han realizado los pagos de los impuestos, tasas y contribuciones y se tramitó la conexión al servicio de energía eléctrica. Acompaña el plano de mensura, debidamente inscripto, solicita que se cite a Jorge Roldán como tercero y ofrece prueba (e. c 10.986 del 3.11.2017,). 2.- Luego de algunas vicisitudes procesales se tuvo por promovida demanda ordinaria de usucapión contra Luisa Petrona Tomasa Fabre (decreto de fecha 19.2.2018, fs. 64), se publicaron edictos .citatorios (y. fs. 71/77), se ofició al Registro de Procesos Universales a fin de que informe sobre la existencia de antecedentes respecto de la demandada (fs. 99) declarándose su rebeldía (dec. De fs. 105), lo que fue notificado por edictos (fs. 106), nombrándose luego un defensor de ausentes (fs. 109) que aceptó el cargo (fs. 110) y, al corrérsele traslado (fs. 112), contestó la demanda en los términos que surgen del escrito cargo nro. 6667 de fs. 114/119 (25.6.2019), donde cuestiona las afirmaciones realizadas por el actor, sosteniendo que el verdadero titular del inmueble es la Sra. Luisa Petrona Tomasa de Fabre y que no se puede acreditar “título suficiente” por cuanto no se acompaña el contrato por el cual el Sr. Roldán adquiere la posesión, como asimismo no se da en el caso la posesión con animus domini por el plazo de veinte años. Se le dio intervención a la Provincia de Santa Fe y la Municipalidad de la dudad de Santa Fe, manifestando ambas que no tienen interés en el inmueble objeto de autos. En fecha 13.11.2019 comparece con patrocinio letrado el Sr. Jorge Roldán quien fue citado como tercero. 3.- Abierta la causa a prueba (fs. 120), en fecha 2.9.2020 se celebró la audiencia de producción de pruebas, a la que concurrió el actor con su apoderado y la defensora de ausentes, no así el Sr. Roldán, clausurándose el período probatorio (fs. 183). Se corrió traslado a las partes para alegar (fs. 185), carga Que fue levantada por la actora a fs. 189/190 vta, y por la defensora de ausentes, a fs. 192/200. En tales condiciones; y habiéndose llamado los autos para sentencia, quedó la causa en condiciones de ser resuelta, y, Considerando: 1.- Que el 1.8.2015 entró en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación (aprobado mediante ley 26.994 ADIA 2014-E, 3554) (CCCN), por lo que corresponde indagar si las presentes actuaciones resultan alcanzadas por las normas allí contenidas. El art. 7 del nuevo digesto establece que las leyes no tienen efecto retroactivo, de manera que, si a estarse a los dichos de la demanda se cumplieron y agotaron todas las circunstancias y situaciones de hecho en las que la misma se funda durante la vigencia del Código Civil de Veloz Sarsfield y sus leyes complementadas, son estas normas las que dirimirá, la controversia. No obstante, el CCCN constituye una insoslayable herramienta de interpretación del sistema del Código Civil derogado (CSJP, 8.8.2017, Luque c/EPE; CUIJ Nº: 21-1965804-1, A. y S., T 276, págs. 347/353, cita 435/17, N° de SAIJ: 17090183) lo que, en el caso, hice especialmente relevante en atención a compatibilidad entre ambos regímenes en la materia que nos con vos. 2.- Sentado lo anterior, debo apresurarme a señalar un obstáculo a la procedencia de la demanda, que impide ingresar en el análisis de fondo propuesto, sin perjuicio de las referencias que se plasmarán en el punto 3. Se demanda a Luisa Petrona Tomasa Fabre de Favre como supuesta titular del inmueble a usucapir, sobre la base de un informe de dominio que da cuenta de que sobre el bien de titularidad de la demandada existe, innumerables marginales de venta sin poder determinar remanente del loteo, aunque advirtiendo que en el formulario no se aclara lote, manzana ni plano (y. fs. 58159 vta.) lo que, advertido por el oficio, intentó sanease con el informe que corre glosado a fs. 210/212 vta., donde se aclaró que refería a los lotes 3 y 4 de la manzana J pero el registro nuevamente indicó que si bien surge la titularidad de lote original en cabeza de la demandada, “constan numerosas marginales de deducción dé área sin poder determinar el remante (sic) del loteo” (y. ft. 212 vta.). Es decir, tales informes no echan luz sobre la titularidad registral del bien objeto del proceso, de manera que no se encuentra debidamente individualizado el sujeto pasivo de la acción, al menos en lo que refiere a los lotes 3 y 4 de la manzana J que se atribuyen a Fabre. Pero si bien ello podrán soslayarse en atención a la existencia de un informe catastral que indica que la titularidad de esos lotes reposa en cabeza de la demandada (y. fs. 209), la lectura del plano confeccionado a los fines de este juicio da cuenta de que el bien que se pretende se asienta sobre dichos lotes 3 y 4 (los que se atribuyen a Fabre) y sobre los individualizados como 5, 19 y 20, que allí se referencian como de titularidad de Ulises Sedrán, Sergio Rodríguez Choque y Marina A. Vázquez, respectivamente, quienes no tuvieron participación en autos, pese a ser Sujetos pasivas de la acción (si se corroborara la titularidad que allí se les atribuye), de conformidad con la norma del artículo 24, inciso a, de la ley 14.159, modificada por decreto ley 5756/1958. Es decir, la demanda no se dirigió contra quienes resultan legitimados pasivos de conformidad con la normativa de fondo, lo que impide dictar una sentencia válida sobre la pretensión del actor. A su vez, tampoco parece razonable, en el estado en que se encuentra la causa, retrotraer el trámite a su punto inicial a fin de integrar adecuadamente la litis y dar oportunidad de postulación y prueba a quienes hasta el momento fueron preteridos, toda vez que el trámite se encuentra agotado y se produjo abundante prueba sin su contralor, y ese vicio no Quedara saneado con la incorporación tardía de los interesados, ya que no pudieron ejercer el control en su producción, a lo que se suma que, por la forma en que se resuelve, nada impide al actor iniciar nuevamente la demanda acreditando la titularidad de los bienes e integrando debidamente la litis Por lo dicho hasta aquí, la demanda seca rechazada, y se impondrán las costas al actor en su condición de vencido, por aplicación del principio objetivo de la derrota consagrado en el artículo 251 del CPCC. 3.- No obstante, cuanto mas no sea como ejercicio de hipótesis y para una más acabada respuesta, estimo oportuno señalar que de los elementos arrimados a la causa no surgen los externos necesarios para tener por acreditada la adquisición del dominio Por prescripción adquisitiva. Veamos El actor acompañó un contrato de fecha 11.4.2013 mediante el cual el Sr. Jorge Roldan le cedió los derechos y acciones posesoras que dice haber tenido sobre el inmueble que se individualiza como lotes 3 y 4 de la manzana J del plano 18827 de Colastiné Norte, adjunto también el plano de mensura realizado el día 29.7.2016, un contrato de suministro de energía eléctrica de fecha 13.8.2011, recibos de pagos de impuestos y servicios que gravan el inmueble a nombre de diversos titulares y por diversos periodos, y en la etapa pertinente produjo prueba testimonial y constatación judicial A partir del contrato de cesión invoco la figura de unión de posesiones (por mas que no lo haya expresado), para sumar al tiempo de su posesión el del su antecesor, pero no logro acreditar como Roldán adquirió el inmueble, pues se invoca una escritura publica que no fue acompañada, ni acreditada por ningún medio Y si bien este ultimo fue atado como tercero y compareció en tal carácter, sus manifestaciones nada aportan a la pretensión del actor, en ausencia del mentado documento Y aunque se superara ese escollo, los actos invocados como demostrativos del nexo jurídico entre cedente y cesionario podrán acreditar el animas domini, pero no prueban el corpus posesorio (conf. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe, Sala III, 27.12.2017, Orue, Matías Waldino s/Prescripción adquisitiva; Res N° 378, Fº 327, Tº 018, espigado en http://bdj.camara.justiciasantafe.gov.ar, cita 252/2018). Y esto es así amén de que el cedente afirme en la cláusula tercera del instrumento analizado que mantiene la posesión que le ha sido entregada dado que el documento, incluso si se tratara de un instrumento público, nada [aporta] en orden a la acreditación del corpus posesorio (conf. CCC Concepción del Uruguay, elDial.com AT 850, Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe, Sala III, 13.3.2018, Bauza, Natalia c/Cabral de Bueno, Sofía y otros s/Usucapión; Res N° 39, Fº 023, Tº 019, espigado en http://bdj.camara.justiciasantafe.gov.ar, cita 380/18). Además, bien se sabe que quien pretende usucapir un inmueble a partir de la unión de su posesión con la de su cedente debe demostrar no solo el vinculo contractual, sino también la posesión ininterrumpida y pacifica por el termino de veinte años, mediante la justificación de los actos posesorios ejecutados por su antecesor y por el mismo, circunstancia que no ha operado en autos Ello pues, por un lado, ambos testigos manifiestan que no conocen al actor, y con respecto a Roldán dicen conocerlo desde aproximadamente el año 1994 o 1995, pero no brindan precisiones respecto de los actos posesorios que habría realizado, mas allá de decir que habría alambrado y plantado algunos árboles Por lo demás, esos testimonios son la unica prueba que abarca el período anterior al año 2002 (existen constancias del pago del impuesto inmobiliario de ese año), y es sabido que, a estarse a las exigencias de la ley 14.159, modificada por decreto ley 5756/1958, la posesión no puede acreditarse sólo por testigos. A ello se suma que la constatación agregada a fs. 173/176 da cuenta detestado actual del terreno y sus mejoras, pero no informa sobre el tiempo que tendrían las mismas y quien las habría realizado, pudiendo inferirse de las fotografías acompañadas que se trataría de una construcción reciente (lo que se condice con las liquidaciones del impuesto inmobiliario que recién en 2017 informan sobre la existencia de mejora) Además, del acta no surge quién atendió al oficial publico, ni quien estaría viviendo u ocupando la vivienda, lo que es ilustrativo del déficit probatorio respecto de los actos posesorios que se invocan. Por lo demás, la realización del plano de mensura no constituye un acto posesorio, ya que sólo se trata de un requisito de admisibilidad formal de la pretensión procesal, exigido para el art. 24 inc b) ley 14.159, sin el cual no puede interponerse eficazmente la demanda y que sirve para la delimitación clara del objeto litigioso, aunque ello tenga poca relevancia en el caso teniendo en cuenta que fue confeccionado el 29.7.2014 poco tiempo antes de iniciarse las presentes. Por ultimo, con respecto a las boletas de acompañadas (fs 32/48), cuyos pagos fueron realizados en los años 2002; 2003, 2007, 2012 y 2017, hay que decir que las mismas son relativamente escasas y no cubren todo el período de la posesión que se invoca, a demás de que fueron emitidas a nombre de los anteriores titulares. Y si bien no resulta exigible la acreditación del pago de los servicio por todo el periodo considerado, e incluso pueden admitirse boletas a nombre de personas distintas del actor, tiene dicho la jurisprudencia que hacerlo en forma no continua no constituye un aporte relevante para hacer lugar a la demanda por usucapión, pues es solo su pago constante lo que puede despejar todo atisbo de dudas de que se trate la presentación de un forzado intento por sustentar la acción (CCC de Santa Fe, Sala I, Scandroglio, 24.12.2007, Tomo 16, Folio 250, Res N° 55, citado en Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe Sala III, 27.12.2017, Orue Matías Waldino s/Prescripción adquisitiva, Res Nº 378, Fº 327, T° 018, espigado en http://bdj.camara.justiciasantafe.gov.ar, cita 252/2018). Además, el acompañamiento de comprobantes de pagos es insuficiente para probar la posesión en tanto acto material, esto es, el corpus posesorio, ya que el hecho de que el usucapiente acredite haber abonado los impuestos durante todo el lapso de la posesión, si no esta avalado por otras pruebas, carece de entidad suficiente para tener por demostrada dicha posesión, pues así simple tenedor, como un locatario pueden abonar los impuestos y ello por si solo no lo convierte en poseedor (CNCiv, Sala C, 22.6.2000, CCC de Santa Fe, sala I, 4.12.2012, Res 314, F° 143, T. 13, citado en Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe, Sala III, 13.3.2014 Bauza, Natalia c/Cabral de Bueno, Sofía y otros s/Usucapión, Res N° 39, Fº 023, T.º 019, espigado en http://bdj.camara.justiciasantafe.gov.ar, cita 380/18). En todo caso, igual resultaría dirimente que entre la fecha de la constancia mas antigua, que data del año 2002, y la promoción de la demanda (e incluso del dictado de esta sentencia), no transcurrió el plazo de veinte años que hace operativo el instituto en estudio. 4.- En definitiva, si bien la demanda no puede prosperar por la indebida integración de la litis, también surge de lo hasta aquí expuesto que no se ha logrado acreditar la posesión tanto del actor como de su antecesor con el grado de convicción, claridad y exactitud que se requiere en este tipo de procesos. Por ello, Lo dispuesto en la Ley 14.159 y los arts. 250, 387,,390, 540 y cc. Del Código Civil, Resuelvo: 1) Rechazar la demanda. 2) Imponer las costas al autor. 3) Diferir la regulación de honorarios para cuando se determine la base regulatoria. Insértese, agréguese, hágase saber y publíquense edictos por el plazo de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Néstor Antonio Tosolini (Secretario) - Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez). Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de dos días (art. 81 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe). Santa Fe, Marzo de 2022.

$ 630 475372 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, Dr. Fabián Bellizia, notifica al Sr. Santamaria, German Alexis, DNI N° 37.145.687, lo declarado en autos: CFN S.A. c/SANTAMARIA, GERMAN ALEXIS s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02934443-1): Rosario, 11 de Febrero de 2022. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde al demandado. Notifíquese por edictos. Dra. Agustina Filippini, Secretaria; Dr. Fabián E. D. Bellizia, Juez.

$ 33 475267 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, Dr. Fabián Bellizia, notifica al Sr. Velazquez, Ramón Alberto, DNI N° 25.616.063, lo declarado en autos: CFN S.A. c/VELAZQUEZ, RAMON ALBERTO s/Ejecutivo, (CUIJ N° 21-02906566-4): Rosario, 07 de Febrero de 2022. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde al demandado. Notifíquese por cédula. Dra. Agustina Filippini, Secretaria; Dr. Fabián E. D. Bellizia, Juez.

$ 33 475266 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Dr. Carlos Eduardo Cadierno, notifica al Sr. González, Carlos Antonio, DNI N° 13.307.354, lo declarado en autos: CFN S.A. c/GONZALEZ, CARLOS ANTONIO s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-13883010-9): N° 3037. Rosario, 11/12/2019. Y vistos: Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter acreditado a mérito del poder general acompañado que se agrega en autos y que deberá certificarse previamente por Secretaría. Por iniciada la acción que expresa. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo sobre los haberes del demandado, en proporción de ley, hasta cubrir la suma reclamada de $ 24.700 con más el 30% estimada provisoriamente para intereses y costas, librándose los despachos pertinentes en la forma y constancias peticionadas. Martes y Vierçs para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Firmado: Dr. Carlos Eduardo Cadierno (Juez), Dra. Ma. Eugenia Sapei (Sec.). 03 de Febrero de 2.022. Elisabet Carla Felippetti, secretaria subrogante.

$ 33 475265 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, Dr. Carlos Eduardo Cadierno, notifica al Sr. Piccini, Ana Rosa, DNI N° 10.644.878, lo declarado en autos: CFN S.A. c/PICCINI, ANA ROSA s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02941423-5): N° 898 Rosario 26/07/2021. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter invocado por parte a mérito del poder general acompañado que deberá certificar ante la Actuaria. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de ley, comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese el embargo solicitado sobre bienes libres de la demandada hasta cubrir la suma reclamada de $ 74.929,55 con más la del 30 % estimada provisoriamente para intereses y costas, librándose el despacho respectivo a esos fines con las facultades, recaudos y porcentajes de ley. Notifíquese. Dra. Elisabet Felippetti (Secretaria), Dr. Carlos e. Cadierno (Juez).

$ 33 475264 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martinez, notifica al Sr. Castagna, Irene Letizia (DNI N° 4.252.13 1) lo declarado en autos: CFN S.A. c/CASTAGNA, IRENE LETIZIA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13889523-5: Rosario, 01 de Marzo de 2019. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre bienes muebles libres de la parte demandada hasta cubrir la suma de $3 1.676.- estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente. Resérvese en Secretaría la documental acompañada en sobre. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. CUIJ N° 21-13889523-5 Firmado: Mariana Martinez (Juez), Mabel Fabbro (Sec.). Dra. Silvina López Pereyra, secretaria.

$ 33 475263 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martinez, notifica al Sr. Gómez, Mario Alfredo (DNI N° 18.220.941) lo declarado en autos: CFN S.A. c/GOMEZ, MARIO ALFREDO s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13888414-4: Rosario, 18 de Junio de 2019. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de diez (lO) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. A la cautelar solicitada, previamente denuncie entidad y domicilio de la empleadora a los fines del embargo peticionado. Resérvese en Secretaría la documental acompañada en sobre. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. CUIJ N° 21-13888414-4. Firmado: Mariana Martinez (Juez), Silvina López Pereyra (Sec.).

$ 33 475262 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de primera instancia de circuito N° 5, Dr. Maximiliano Cossari, notifica al Sr. Delgado Montenegro, Delia Catalina D.N.I. N° 11.696.394 lo declarado en autos: CFN S.A. c/DELGADO MONTENEGRO, DELIA CATALINA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-12623047-5: Rosario, 12 de Abril de 2021. Agréguese edicto acompañado. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Notifíquese por edictos. Firmado: Dr. Maximiliano Cossari (Juez), Dra. Gabriela Patricia Almara (Sec.).

$ 33 475261 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, DR. Mauro Bonato, notifica al Sr. Quintana, Aida Victorina, DNI N° 24.196.803, lo declarado en autos: CFN S.A. c/QUINTANA, AIDA VICTORINA s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02909758-2): Se ha declarado la rebeldía del demandado Quintana, Aida Victorina, DNI N° 24.196.803 conforme lo formado por el art. 77 del CPCC. Firmado: DR. Mauro Bonato (Juez), Dra. Maulión Marianela (Sec.).

$ 33 475259 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en Lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, juzgado vacante, notifica al Sr. Sánchez, Andy Gabriel, DNI N° 38.375.682, lo declarado en autos: CFN S.A. c/SANCHEZ, ANDY GABRIEL s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02906372-6): 1°) Ordenando llevar adelante la ejecución contra el Sr. Andy Gabriel Sánchez, hasta que la actora perciba el importe íntegro del capital reclamado con más los intereses fijados en los considerandos de la presente e I.V.A. sobre los mismos si correspondiere. 2°) Imponiendo las costas al demandado (art. 251 C.P.C.yC.). 3°) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique planilla de capital e intereses. Insértese y hágase saber. Firma: Dra. María Belén Baclini (Secretaria), Dr. Néstor Osvaldo García (Juez). Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S).

$ 33 475258 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martinez, notifica al Sr. Villalba, Hugo Baltazar (DNI N° 29.783.631) lo declarado en autos: CFN S.A. c/VILLALBA, HUGO BALTAZAR s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13897134-9: Rosario, 09 de Noviembre de 2021. Agréguese los edictos en copia acompañada. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Desígnase al/la peticionante como depositario/a judicial de los edictos originales que se hubieran acompañado en copia escaneada (art. 261 y 263 Código Penal), en las condiciones dispuestas por la C.S.J.S.F., punto 13 del Reglamento de Presentación electrónica de escritos en expedientes - http://www.justiciasantafe.gov.ar/PRESENTACIONES%20ELECTR%C3%93NICAS/Pautas%20PEE%20a%20traves%20Autoconsulta%20-%20TO%20oct2021.pdf Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria), Dra. Mariana Paula Martinez (Juez).

$ 33 475256 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Riquel, Elvira Beatriz (DNI N° 18.264.045) lo declarado en autos: CFN S.A. c/RIQUEL, ELVIRA BEATRIZ s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13880368-3): Rosario, 23 de Junio de 2020. Téngase por aclarado el nombre completo de la demandada. Agréguese documentación acompañada. Atento haberse cumplimentado lo requerido, provéase el primer decreto de trámite: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre bienes muebles libres de la parte demandada hasta cubrir la suma de $20.160.- estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente. Resérvese en Secretaría la documental original acompañada en sobre. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria) - Dra. Mariana Paula Martínez (Juez).

$ 33 475254 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo N. Quiroga, notifica al Sr. Herrera, Germán Andrés, DNI N° 32.735.359, lo declarado en autos: CFN S.A. c/HERRERA, GERMAN ANDRES s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02909593-8): Rosario, 07/07/20 formando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificada, declárasela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dr. Marcelo N. Quiroga (Juez); Dra. Lorena González (Sec.).

$ 33 475253 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, Dr. María Silvia Beduino, notifica al Sr. Cuevas, Juan Carlos, DNI N° 10.988.055, lo declarado en autos: CFN S.A. c/CUEVAS, JUAN CARLOS s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02935091-1): Rosario, 15/02/2022. No habiendo comparecido la parte demandada Cuevas Juan Carlos a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hp6erlo, decláresela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Firmado: Dr. María Silvia Beduino (Juez); Dra. Ma. Amalia Lantermo (Sec.). Dr. Aguzzi, Prosecretario.

$ 33 475252 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ra. Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Vega, Paola Valeria (DNI N° 30.891.895) lo declarado en autos: CFN S.A. c/VEGA, PAOLA VALERIA /Ejecutivo, CUIJ N° 21-13880347-0): Rosario, 27 de Septiembre de 2021 Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Dra. María Elvira Longhi (Secretaría Suplente) - Dra. Mariana Martínez (Juez). Dra. Pereyra, Secretaria.

$ 33 475257 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, notifico al Sr. Rodríguez, Vanina Fabiana, DNI N° 34.408.067, lo declarado en autos: CFN S.A. c/RODRIGUEZ, VANINA FABIANA s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02917695-4): Rosario, 9 de Febrero de 2022. Agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que la demandada Vanina Fabiana Rodríguez no ha comparecido a estar a derecho, declárasele rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Firmado: Dra. Verónica Gotlieb (Juez); Dr. Lucas Menossi (Sec.). Rosario, 24 de Febrero de 2022.

$ 33 475251 Abr. 18 Abr. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario a cargo de la Dr. Mauro Bonato, Secretaria Dra. Marianela Maulión, se hace saber que dentro de los autos: CFN S.A. c/AVILE, LUCAS DAMIAN s/Ejecutivo, CUIJ 21-02909885-6, se ha ordenado citar y emplazar a demandado Avile Lucas Damián (DNI: 27.858.606) a fin que comparezca atr derecho dentro del termino de ley, bajo apercibimientos de ser declarado rebelde, citándose por edictos conforme lo normado por el art. 67 y 73 del CPCC, publicándose tres veces venciendo el termino cinco días después de la última publicación. Rosario, 21/12/2018. Dra. Maulion, Secretaria.

$ 33 475242 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, notifico al Sr. Molina, Lorena Yolanda, DNI N° 25.161.005, lo declarado en autos: CFN S.A. c/MOLINA, LORENA YOLANDA s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02945491-1): “Rosario, 29 de Julio de 2021. Sin perjuicio de que deberá acompañar la caratular en la que funda su pretensión para su reserva en Secretaría, se provee: por presentada, con domicilio procesal constituido, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución de poder acompañada. Otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la pretensión que expresa. Cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los haberes que debo percibir la misma en la proporción establecida por el decreto reglamentario 484/1987, hasta cubrir la suma pretendida más treinta por ciento estimados para intereses y costas futuros. A tal fin, líbrese despacho al empleador denunciado haciéndole saber que deberá depositar el monto retenido en cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario, sucursal caja de abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos. Notifíquese por cédula. Firmado: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Dr. Lucas Menossi (Secretario). Otro: “Rosario, 11 de febrero de 2022. Agréguese y téngase presente. Procédase a efectuar la citación a comparecer a estar a derecho de la demandada Lorena Yolanda Molina mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el hall de Tribunales según dispone el art. 73 del CPCC. Fdo.: Dr. Lucas Menossi (Secretario). Rosario, 24 de Febrero de 2022.

$ 33 475250 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, notifico al Sr. Martínez, Víctor Hugo, DNI N° 28.933.350, lo declarado en autos: CFN S.A. c/MARTINEZ, VICTOR HUGO s/Ejecutivo (CUIJ Nº 21-02943448-1): Rosario, 4 de Junio de 2021. Sin perjuicio de que deberá acompañar la caratular fundante para su reserva en Secretaría, se provee: por presentada, con domicilio procesal constituido, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución de poder acompañada. Otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese al demandado a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los haberes que deba percibir el mismo en la proporción establecida por el decreto reglamentario 484/1987 hasta cubrir la suma pretendida más treinta por ciento estimados para intereses y costas futuros. A tal fin, líbrese despacho al empleador denunciado haciéndole saber que deberá depositar el monto retenido en cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario, sucursal caja de abogados, a nombre de este Juzgado y para estos autos. Notifíquese por cédula. Firmado: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Dr. Lucas Menossi (Secretario). Otro: Rosario, 14 de Febrero de 2022. Agréguense las constancias acompañadas. Procédase a efectuar la citación a comparecer a estar a derecho del demandado Víctor Hugo Martínez mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el hall de Tribunales según dispone el art. 73 del CPCC. Fdo.: Dr. Lucas Menossi (Secretario). Rosario, 25 de Febrero de 2022.

$ 33 475248 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. Leiva, Cristian Andrés (DNI N° 25.574.378) lo declarado en autos: CFN S.A. c/LEIVA, CRISTIAN ANDRES s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13887964-7): Nro.: 77 - Rosario, 17/02/2022. Y Vistos... Y Considerando... Fallo: 1- Ordenar llevar adelante la ejecución contra los bienes de Leiva, Cristian Andrés, hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de $16.331,79 (Dieciséis mil trescientos treinta y un pesos con 79/100 cent.) en concepto de capital, con más los intereses según la tasa fijada en la parte considerativa de la presente desde la mora hasta el efectivo pago y las costas.- II- Costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC).- III- Regular los honorarios del/la Dr./a. Knafel, Roxanna Noemí - CUIT -27-21307016-4 - I.V.A. INSCRIPTO - en la suma de $ 12.492,25 equivalentes a 1,39 Jus (arts. 7 inc. 2 B; 4 y 12 inc. 7 Ley Nro. 6.767 t.o. Ley Nº 12.851), más I.V.A., si correspondiere. Los honorarios se actualizarán de acuerdo al valor de la unidad Jus hasta el momento en que quedaren firmes; desde tal fecha y hasta el efectivo pago se aplicará un interés moratorio equivalente a la Tasa Activa Capitalizada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Intimase al profesional a que acompañe constancia de Condición Fiscal (AFIP) en el término de cinco días, si no lo hubiere cumplimentado. Oportunamente dese vista a Caja Forense. Insértese y notifíquese. Dra. María Elvira Longhi – Secretaria - Dr. Luciano A. Ballarini -Juez.

$ 33 475246 Abr. 18 Abr. 20

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Mauro Bonato, Secretaría Dra. Marianela Maulión, se hace saber que dentro de los autos CFN S.A. c/SIGURO, NELSON ESTEBAN s/Ejecutivo, CUIJ: 21-02894180-0 se ha ordenado citar y emplazar al demandado Siguro, Nelson Esteban (DNI: 36.879.643) a fin que comparezca a estar derecho dentro del termino de ley, bajo apercibimientos de ser declarado rebelde, citándose por edictos conforme lo formado por el art. 67 y 73 del CPCC, publicándose tres veces venciendo el termino cinco días después de la última publicación. Rosario, 25/10/2021. Dra. Maulion, Secretaria.

$ 33 475240 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Dr. María Fabiana Genesio, notifica al Sr. Díaz, Mario Alejandro, DNI N° 31.280.505, lo declarado en autos: CFN S.A. c/DIAZ, MARIO ALEJANDRO s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02896005-8): N° 1034. Rosario, 28/12/2021. Ordenando llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de Mario Alejandro Díaz (DNI 31.280.505), hasta que se pague a CFN S.A. la suma de $86.181,06.- con más intereses compensatorios a la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días e intereses moratorios y punitorios a una tasa del 9% nominal mensual entre ambos, todos desde el 05/05/2017, hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados, en caso de corresponder, y siempre que la suma de los tres tipos de intereses no supere la vez y media de la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días al momento de practicarse la correspondiente liquidación. Los intereses devengados desde la mora, ocurrida el 05/05/2017, hasta la fecha de la notificación de la demanda, que data del 19/09/2018, se capitalizarán por única vez, en los términos del art. 770 inc. b CCC. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. Firma: Dra. Verónica A. Accinelli (Secretaria); Dra. María Fabiana Genesio (Jueza). Rosario, 3 de Marzo de 2022.

$ 33 475244 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nominación de Rosario, Dr. María Fabiana Genesio, notifica al Sr. Lettich, Daniel Adolfo, DNI N° 21.907.508, lo declarado en autos: CFN S.A. c/LETTICH, DANIEL ADOLFO s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02885367-7): N° 802. Rosario, 19/10/2022. Ordenando llevar adelante la ejecución contra Daniel Adolfo Lettich (DNI 21.907.508), hasta que se pague a CFN S.A. la suma de $51.620,67.- con más intereses compensatorios a la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días e intereses moratorios y punitorios a una tasa del 9% nominal mensual entre ambos, todos desde el 05/03/16, hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados, en caso de corresponder, y siempre que la suma de los tres tipos de intereses no supere la vez y media de la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días al momento de practicarse la correspondiente liquidación. Los intereses devengados desde la mora, ocurrida el 05/03/16, hasta la fecha de la notificación de la demanda, que data del 05/09/2019, se capitalizarán por única vez, en los términos del art. 770 inc. b CCC. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. Firma: Dra. Salome Della Santina (Prosecretaria); Dra. María Fabiana Genesio (Jueza). Rosario, 3 de Marzo de 2022. Dra. Accinelli, Secretaria.

$ 33 475243 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. notifica al Sr. Ruga, Lucas Maximiliano, DNI N° 32.144.498, lo declarado en autos: CFN S.A. c/RUGA, LUCAS MAXIMILIANO s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-25438439-6): N° 1014. San Lorenzo, 20/10/2020. Por presentada, domiciliada en el carácter invocado a mérito del poder general que en copia simple acompaña. Por iniciada demanda ejecutiva. Cítese y emplácese al demandado a comparecer a estar a derecho en el término de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Agréguese la documental certificada. Notifíquese por cédula. Trábese embargo en proporción de ley sobre los haberes que percibe el demandado de su empleador, por la suma demandada con más el 30% estimados para intereses y costas. Los montos retenidos deberán depositarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., sucursal San Lorenzo en una cuenta para estos autos y a la orden del Juzgado. A tal efecto, ofíciese. Trabado el embargo deberá notificarse por cédula al domicilio real del embargado la medida cautelar ordenada, siendo carga y responsabilidad del embargante tal diligencia (art. 282 del CPCC). Firmado: Dra. Melisa V. Peretti () Dra. Stella Maris Bertune (Juez). San Lorenzo, 24 de Septiembre de 2021. Agréguese la constancia acompañada. Cítese de remate mediante edictos, que se publicarán en el boletín oficial y en los estrados del Tribunal por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación (art. 73 CPCC). Firmado: Dra. Melisas V. Peretti, Secretario - Dra. Stella Maris Bertune, Juez.

$ 33 475241 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, notifica al Sr. Leiva Eduardo Miguel, DNI N° 18.296.714, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/LEIVA, EDUARDO MIGUEL s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02909959-3): “N° 27. Rosario, 02/02/2022. Antecedentes:... Fundamentos:... Resuelvo: 1) Mandar a llevar adelante la ejecución contra el demandado, hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de $44.411,42 con más los intereses indicados en los considerandos precedentes e IVA si correspondiere. 2) Imponer las costas al demandado vencida (art. 251 CPCC). 3) Diferir la regulación de honorarios al momento de quedar firme la liquidación correspondiente. Insértese y hágase saber.” Firmado: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Dr. Lucas Menossi (Secretario). Rosario, 8 de Febrero de 2022.

$ 33 475238 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, Dr. Alejandro Marcos Andino, notifica al Sr. Micciche Magali Verónica, DNI N° 30.106.513, lo declarado en autos: Tº 77 F° 187 N° 1045. Sal Lorenzo, 5/8/19. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución de poder acompañado que deberá certificarse por ante el actuario. Por iniciada la presente demanda ejecutiva. Cítese y emplácese al demandado a comparecer a estar a derecho por el término de 3 días bajo apercibimientos de ley. A la cautelar: ordénase el embargo sobre bienes libres propiedad del demandado hasta cubrir la cantidad de $61.380,61 con más la de $18.414,18, estimados provisoriamente para intereses y costas, librándose el despacho respectivo, debiendo el peticionante de la cautelar una vez que la misma sea trabada notificar por cédula al cautelado dicha medida siendo carga del mismo el inmediato diligenciamiento de la cédula respectiva. Téngase presente la reserva formulada. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. Fdo.: Dra. Luz M. Gamst (Sec.) Dra. Stella Maris Bertune (Juez en suplencia). Otro: San Lorenzo, 22 de Junio de 2021. Téngase presente lo manifestado. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho dentro del término de cinco días y bajo apercibimientos de ley; notifíquese por edictos que se publicarán por tres días en el BOLETÍN OFICIAL (conforme art. 73 C.P.C.C), bajo apercibimiento de rebeldía. Firmado: Dra. Luz M. Gamst, Secretario. Dr. Alendro Marcos Andino, Juez.

$ 33 475236 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo N. Quiroga, notifica al Sr. Pinto, Pablo Daniel Alfredo, DNI N° 27.638.470, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/PINTO, PABLO DANIEL ALFREDO s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02879784-9): N° 519. Rosario, 07/05/2021. Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: 1. Ordenando seguir adelante la ejecución contra Pablo Daniel Alfredo Pinto, hasta tanto la parte actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada de pesos doce mil seiscientos treinta y seis ($ 12.636.00.-) con más los intereses fijados en los considerandos. Costas a la parte demandada. 2. Regulando los honorarios de la Dra. Rosanna Knafel -quien deberá acompañar constancia de inscripción en AFIP- en la suma de $5768.62.- (1.00 Jus) (cfm. art. 7, inc. 2, ap. b), Ley 6.767 y modif.). 3. Estableciendo que el ajuste por unidad JUS (cfm. Art. 32, Ley 6.767) será aplicable mientras la presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en una deuda dineraria y devengará un interés equivalente a la tasa activa capitalizada del N.B.S.F. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Marcelo N. Quiroga (Juez); Dra. Lorena González (Sec). Dra. Rossi, Prosecretaria.

$ 33 475230 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo N. Quiroga, notifica al Sr. Núñez, María Rocio, DNI N° 30.189.229, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/NUÑEZ, MARIA ROCIO s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02886008-8): N° 1018. Rosario, 31/05/19. Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: 1. Ordenando seguir adelante la ejecución contra María Rocío Núñez hasta tanto la parte actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada de pesos treinta y ocho mil seiscientos cuatro con sesenta y cinco centavos ($ 38604.65.-) con más los intereses fijados en los considerandos e IVA sobre intereses. Costas a la parte demandada. 2. Regulando los honorarios de la Dra. Rosanna Knafel -quien deberá acompañar constancia de inscripción en AFIP- en la suma de $15000.- (5.20 Jus) (cfm. art. 7, inc. 2, ap. b), Ley 6.767 y modif.). 3. Estableciendo que el ajuste por unidad JUS (cfm. Art. 32, Ley 6.767) será aplicable mientras la presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en una deuda dineraria y devengará un interés equivalente a la tasa activa capitalizada del N.B.S.F. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Marcelo N. Quiroga (Juez); Dra. Mariela Tucciariello (Sec). Dra. Rossi, Prosecretaria.

$ 33 475226 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 2 de la ciudad de Rosario, Dr. Eduardo Horacio Arichuluaga, notifica al Sr. Abregu, Juana del Carmen, DNI N° 26.736.329, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ABREGU, JUANA DEL CARMEN s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13888347-4): “ROSARIO, 23 de Septiembre de 2019. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Siga el proceso sin dársele representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Firmado: Dr. Javier Matías Chena (Secretario) - Dr. Eduardo H. Arichuluaga (Juez). Otro: Rosario, 22 de Diciembre de 2021. Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese al demandado mediante la publicación de edictos, por el término de ley. Agréguese. Firmado: Dr. Javier Matías Chena (Secretario) - Dr. Eduardo H. Arichuluaga (Juez). Rosario, 9 de Marzo de 2022.

$ 33 475218 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 18va. Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martínez, notifica al Sr. Rojas, Hector Fernando (DNI N° 36.005.090) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ROJAS, HECTOR FERNANDO s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13888359-8): Rosario, 24 de Febrero de 2021. Téngase por acompañada copia del DNI y por aclarado el nombre completo del demandado. Atento haberse cumplimentado lo requerido, provéase el primer decreto de trámite: Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo sobre bienes muebles libres propiedad de la parte demandada por el capital reclamado más un 50% estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria) - Dra. Mariana Paula Martínez (Juez).

$ 33 475217 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, Dr. María Fabiana Genesio, notifica al Sr. Ayala, Mercedes Natalia, DNI N° 36.197.827, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/AYALA, MERCEDES NATALIA s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02858222-3): N° 642. Rosario, 30/08/2021. Ordenando llevar adelante la ejecución contra Mercedes Natalia Ayala (DNI 36.197.827), hasta que se pague a Electrónica Megatone S.A. la suma de $13.153,83.- con más intereses moratorios a la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días y punitorios a una tasa del 9% nominal mensual, ambos desde el 06/05/15 para el pagaré N° 30-102943 y desde el 06/04/15 para el pageré N° 30-102944, hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados, todo siempre que la suma de los mismos no supere la vez y media de la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días al momento de practicarse la correspondiente liquidación. Los intereses devengados desde la mora, ocurrida el 06/05/15 para el primero (Nº 30-102943) y el 06/04/15 para el segundo (N° 30-102944), hasta la fecha de la notificación de la demanda, que data del 24/10/19, se capitalizarán por única vez, en los términos del art. 770 inc. b CCC. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. Firma: Dra. Verónica A. Accinelli (Secretaria); Dra. María Fabiana Genesio (Jueza). Rosario, 4 de Marzo de 2022.

$ 33 475216 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo N. Quiroga, notifica al Sr. Flores, Mirta Alejandra, DNI N° 30.624.891, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/FLORES, MIRTA ALEJANDRA s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02909191-6): Rosario, 26/04/2019. Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificada, declárasela rebelde y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Firmado: Dr. Marcelo N. Quiroga (juez), Dra. Lorena A. González (secretaria). Dra. Dulce Sofía Rossi, prosecretaria.

$ 33 475219 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en Lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, juzgado vacante, notifica al Sr. Leiva, Luis Alejandro, DNI N° 36.678.198, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/LEIVA, LUIS ALEJANDRO s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02892396-9): N° 2221. Rosario, 27/09/2019. Y vistos:... Y considerando:... Fallo: 1°) Ordenando llevar adelante la ejecución contra el Sr. Luis Alejandro Leiva, hasta que la actora percibe el importe íntegro del capital reclamado con más los intereses fijados en los considerandos de la presente, e I.V.A. sobre los mismos si correspondiere. 2°) Imponiendo las costas al demandado (art. 251 C.P.C.y C.). 3°) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique planilla de capital e intereses. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. María Belén Baclini (Sec.), Dr. Néstor Osvaldo García (Juez). Sabrina Mercedes Rocci, secretaria (S).

$ 33 475215 Abr. 18 Abr. 20

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Ejecución de Circuito de la 2ª Nominación de Rosario, secretaría autorizante, se cita, llama y emplaza al Sr. Sgarlata Jorge Gabriel DNI Nº 22.874.867, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos MONTESINOS, NORA MARGARITA CI SGARLATA, JORGE GABRIEL s/Juicio ejecutivo; 21-13902617-6, Conforme lo ordenado por decreto que a continuación se transcribe: Rosario, 21 de Mayo de 2019. Por presentado, domiciliado, en el carácter que expresa. Por parte, por iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada a que comparezca a estar a derecho por el término de tres (03) días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Resérvese en Secretaría la documental acompañada, glosándose copia en autos. Trábese embargo -previa reposición, si correspondiere- sobre bienes libres del ejecutado, siempre que no se tratare de haberes previsionales, hasta cubrir la suma de $ 28.600, estimada provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas, librándose el despacho correspondiente, con facultades de Ley, debiendo la Actora concurrir a la entidad bancaria a los fines de abrir cuenta para estos autos y a disposición de esta Juzgado, y comunicar el número de CBU en el oficio respectivo. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Maria Elvira Longhi, Secretaria; Dra. Mariana Martínez, Jueza en Suplencia. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.

$ 33 475325 Abr. 18 Abr. 20

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 2ª Nominación de Rosario, secretaría autorizante, se cita, llama y emplaza al Sr. Sgarlata Jorge Gabriel DNI Nº 22.874.867, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos MONTESINOS, NORA MARGARITA c/SGARLATA, JORGE GABRIEL s/Ejecutivo; 21-12631079-7, Conforme lo ordenado por decreto que a continuación se transcribe: Rosario, 23 de Diciembre de 2019. Por presentado/a, con domicilio procesal admitido y en el carácter invocado, désele la participación que en Derecho corresponde. Por promovido juicio ejecutivo. Emplácese a la demandada para que dentro del término de 3 días comparezca a estar a Derecho, bajo apercibimiento de declarársela en rebeldía y seguirse el juicio en su contra en la forma que corresponda. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. A la cautelar solicitada: auto. Acompañe copia del poder. Notifíquese por cédula. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. 31 de Marzo de 2.022. Dr. Javier M. Chena, secretaria.

$ 33 475324 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, Dr. Maria Silvia Beduino, notifica al Sr. Pérez, Paula Lorena, DNI N° 32.812.740, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/PEREZ, PAULA LORENA s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02928174-9): N° 37, Rosario, 09/02/2022. Fallo: 1) Ordenar llevar adelante la ejecución contra Paula Lorena Pérez, DNI N° 32.812.740, hasta tanto Electrónica Megatone S.A. se haga íntegro el cobro de la suma $42.206,08 con los intereses fijados en los considerandos precedentes. 2) Imponer las costas a la parte demandada (Art. 251 C.P.C.C.). Insértese, agréguese copia y hágase saber. Firmado: Dr. Maria Silvia Beduino (Juez), Dra. Ma. Amalia Lantermo (Sec.). Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.

$ 33 475294 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, Dr. Maria Silvia Beduino, notifica al Sr. Ricci, Laura Marina, DNI N° 25.176.041, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/RICCI, LAURA MARINA s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02908452-9): N° 35, Rosario, 09/02/2022. Fallo: 1) Ordenar llevar adelante la ejecución contra Laura Marina Ricci, DNI N° 25.176.041, hasta tanto Electrónica Megatone S.A. se haga íntegro el cobro de la suma $74.858,28 con los intereses fijados en los considerandos precedentes. 2) Imponer las costas a la parte demandada (Art. 251 C.P.C.C.). Insértese, agréguese copia y hágase saber. Firmado: Dr. Maria Silvia Beduino (Juez), Dra. Ma. Amalia Lantermo (Sec.). Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.

$ 33 475292 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, Dra. Maria Silvia Beduino, notifica al Sr. Gutiérrez Ferragut, Pablo Martín, DNI N° 32.059.159, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/GUTIERREZ FERRAGUT, PABLO MARTIN s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02919891-5): Rosario, 09/02/22. Fallo: 1) Ordenar llevar adelante la ejecución contra Pablo Martín Gutiérrez Ferragut, DNI Nº 32.059.159, hasta tanto Electrónica Megatone S.A. se haga íntegro el cobro de la suma $ 53.288,33 con los intereses fijados en los considerandos precedentes. 2) Imponer las costas a la parte demandada (Art. 251 C.P.C.C.). Insértese, agréguese copia y hágase saber. Firmado: DR. Maria Silvia Beduino (Juez), Dra. Ma. Amalia Lantermo (Sec.). Dr. Hernán Aguzzi, prosecretario.

$ 33 475291 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la .11ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano D. Carbajo, notifica al Sr. Peralta, Cristian Alejandro Javier, DNI N° 30.808.974, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE SA. c/PERALTA, CRISTIAN ALEJANDRO JAVIER s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02878222-2): Nº 1553. Rosario, 20/09/2021. Y vistos:... Y considerando:... Fallo: 1.- Tener por acreditada la existencia de un pagaré en ocasión de un vínculo causal de consumo, y en base a ello, hacer lugar parcialmente a la demanda, ordenando llevar adelante la ejecución contra la parte demandada, hasta que el actor se haga íntegro cobro de la suma de $ 4.616,05 con más los intereses determinados en los considerandos de la presente, aplicables desde la mora 06/07/2016, y hasta el efectivo pago, lo que se detallará por planilla que practicará la actora; 2.- Imponer las costas a la demandada vencida (art. 251 CPCC). 3.- Los honorarios se regularán en su oportunidad. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Luciano Carbajo (Juez), Dr. Sergio A. González (sec). 25 de Febrero de 2.022. Ma. Florencia Di Rienzo, secretaria subrogante.

$ 33 475290 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano D. Carbajo, notifica al Sr. Acosta, Anabela Elisabet, DNI N° 29.388.272, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ACOSTA, ANABELA ELISABET s/Ejecutivo; (Expte. N° 267/2019 CUIJ N° 21-02915467-5): Nº 1157. Rosario, 24/05/2019. Autos y vistos:... Resuelvo: Por presentado con domicilio legal constituido en el carácter invocado a mérito del poder general que en fotocopias se acompaña y que deberá certificar. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de tres días comparezca a estar a derecho bajo los apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre los bienes libres de propiedad del demandado hasta cubrir la suma de $ 35.194,31 en concepto de capital, con más el 30% estimado en concepto de intereses y costas. Líbrese los despachos con las constancias que se peticionan. Suscriba el profesional las constancias agregadas en autos (Art. 35 C.P.C.C. S.F.) Resérvese en secretaría la documental acompañada. Notifiquen los empleados autorizados. Martes y viernes para notificación en la oficina. Insértese hágase saber. Firmado: Dr. Néstor Osvaldo García (Juez), Dr. Sergio A. González (sec). Ma. Florencia Di Rienzo, secretaria subrogante. 25 de Febrero de 2.022.

$ 33 475289 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª Nominación de Rosario, Dr. Mariana Martinez, notifica al Sr. Calderon, Alexis Daniel (DNI N° 38.905.579) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/CALDERON, ALEXIS DANIEL s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13896080-0: Rosario, 04 de Septiembre de 2020. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito de la sustitución del poder general certificado y acompañado en autos. Por iniciada Demanda Ejecutiva. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre bienes muebles libres de la parte demandada hasta cubrir la suma de $ 15.806 estimados provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas futuras; previa reposición de ley si correspondiere. Líbrese el despacho pertinente. Resérvese en Secretaría la documental original acompañada en sobre. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria), Dra. Mariana Paula Martinez (Juez).

$ 33 475288 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, Dr. Fabián Bellizia, notifica al Sr. Alegre, Emilia, DNI N° 18.371.921, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ALEGRE, EMILIA s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02915753-4): Rosario, 08 de Febrero de 2022. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde al demandado. Notifíquese por edicto. Dra. Agustina Filippini Secretaria Dr. Fabián E. D. Bellizia Juez.

$ 33 475287 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 10ª Nominación de Rosario, Dr. Mauro Bonato, notifica al Sr. Gómez, Alfredo Santiago, DNI N° 29.574.891, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ GOMEZ, ALFREDO SANTIAGO s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02877168-9): N° 1005. Rosario, 30/08/2021. 1. Y vistos...y considerando.... Resuelvo: Ordenar seguir adelante la ejecución contra Alfredo Santiago Gómez hasta tanto el actor Electrónica Megatone S.A. (en su carácter de endosataria en procuración respecto de Banco de Valores S.A.) se haga íntegro cobro de la suma reclamada de pesos veintidós mil seiscientos cincuenta y nueve con nueve cvos. ($ 22.659,09), con más los intereses indicados en los considerandos de la presente e IVA si correspondiere. Costas a la accionada (art. 251 C.P.C.). Honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Firma: Dra. Marianela Maulión (Secretaria), Dr. Mauro R. Bonato (Juez).

$ 33 475286 Abr. 18 Abr. 20

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EL Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, Dr. Maria Fabiana Genesio, notifica al Sr. Vazquez, Ana Maria, DNI N° 12.404.528, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/VAZQUEZ, ANA MARIA s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02928572-9): Rosario. 17 de Febrero de 2020. Por presentada, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado, a mérito del poder que en copia acompaña y se agrega. Por iniciada demanda contra Ana María Vázquez (DNI N° 12.404.528) por cobro de la suma de $ 51.193.47 más intereses y costas, que tramitará por el procedimiento de juicio ejecutivo. Líbrese mandamiento de intimación de pago por la suma indicada con más la del 50% estimada provisoriamente para intereses y costas. En caso de no realizarse el pago, procederá a trabar embargo sobre los bienes libres propiedad del demandado hasta cubrir dichos importes, y a citarlo y emplazarlo para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarado rebelde y de continuar el juicio sin su representación. El actor podrá optar por realizar la citación y emplazamiento por cedula. Resérvese en Secretaria la documentación acompañada, dejándose copia digitalizada en el sistema informático y copia certificada en el expediente. Certifíquese la copia del poder acompañada. Manifieste la profesional su situación frente al IVA y acompañe constancia de inscripción en la AFIP. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la diligencia, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada La información obtenida. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http://iurix-online.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE_INTERNET/faces/internet/Inicio.jspx, con la clave: 6722. Firma: Dra. Verónica A. Accinelli (Secretaria). Dra. María Fabiana Genesio (Juez). 09 de Febrero de 2.022.

$ 33 475285 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Nominación de Rosario, Dr. Maria Fabiana Genesio, notifica al Sr. Rojas, Manuel Francisco, DNI N° 31.594.361, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/ROJAS. MANUEL FRANCISCO s/Ejecutivo; (CUIJ N° 2102860714-5): Rosario, 17 de Noviembre de 2021. Por practicada planilla. Póngase de manifiesto por el término de ley. Notifíquese por edicto, con indicación del monto (cf. art. 62 inc. 8 CPCC). Sustitúyase la medida cautelar oportunamente ordenada en autos en fecha 30/06/2016 (fs. 11) y en su lugar trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado como dependiente de Cavalli Mario Rubén en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10 % del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20 % del importe que exceda este último, hasta cubrir la suma de $ 37.267,99 con mas el 50% estimado provisoriamente para intereses y costas. Líbrese oficio al empleador y hágasele saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, a nombre de estos autos y a la orden del Juez. Firma: Dra. Verónica A. Accinelli (Secretaria), Dra. María Fabiana Genesio (Juez). Por lo tanto queda Ud. debidamente notificado de la planilla practicada que asciende a la suma de pesos $ 45.526,17. 20 de Diciembre de 2.021.

$ 33 475284 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario. Dr. Maria Fabiana Genesio, notifica al Sr. Molina, Raúl Severiano, DNI N° 28.548.246, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/MOLINA, RAUL SEVERIANO s/Ejecutivo; (Expte. N° 225/2013): Rosario, 9 de Noviembre de 2021. Agréguese. Se deja constancia que en el día de la fecha se procedió a corroborar en la página web del BOLETÍN OFICIAL la publicación de edictos cuya constancia obra agregada a fs. 100 de autos, procediéndose en este mismo acto a su certificación por la Actuaria. Por actualizada planilla. Póngase de manifiesto por el término de ley. Notifíquese por cédula, con expresión del monto (cf. art. 62 inc. 8 CPCC). Sustitúyase la medida cautelar oportunamente ordenada en autos en fecha 22/3/2013 (fs. 19) por el monto de $10.224,34- con más el 30% estimado provisoriamente para intereses y costas y en su lugar trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado como dependiente de Carnes de Campo Grande SRL en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10 % del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20 % del importe que exceda este último. Asimismo amplíese la medida ordenada por la suma de $ 62.120,64 con más el 30% estimado provisoriamente para intereses y costas. Líbrese oficio al empleador y hágasele saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, a nombre de estos autos y a la orden del Juez. Previo al libramiento del oficio, repóngase el sellado por la ampliación de la cautelar solicitada. Firma: Dr. Lucas Menossi (Secretario en suplencia), Dra. María Fabiana Genesio (Juez). Por lo tanto queda Ud. debidamente notificado de la planilla practicada que asciende a la suma de pesos setenta y cinco mil cuatrocientos doce con 29/100 ($ 75.412,29). 08 de Febrero de 2.022. Dra. Verónica A. Accinelli, secretaria.

$ 33 475281 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nominación de Rosario, Dr. Maria Fabiana Genesio, notifica al Sr. Ruiz, Emanuel Iván, DNI N° 31.967.411, lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/RUIZ. EMANUEL IVAN s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02855256-1): Rosario, 9 de Noviembre de 2021. Agréguese. Se deja constancia que en el día de la fecha se procedió a corroborar en la página web del BOLETÍN OFICIAL la publicación de edictos cuya constancia obra agregada a fs. 72 de autos, procediéndose en este mismo acto a su certificación por la Actuaria. Por actualizada planilla. Póngase de manifiesto por el término de ley. Notifíquese por cédula, con expresión del monto (cf. art. 62 inc. 8 CPCC). Amplíese la cautelar oportunamente ordenada en fecha 7/6/2018 (fs. 42) por la suma de $ 70.287,58 con más la de $ 21.086,27 estimada provisoriamente para intereses y costas. Líbrese el oficio correspondiente, con transcripción del presente decreto. Hágase saber que previo al libramiento del oficio, deberá reponer el sellado por la ampliación de la cautelar solicitada. Firma: Dr. Lucas Menossi (Secretario en suplencia), Dra. María Fabiana Genesio (Jueza). Por lo tanto queda Ud. debidamente notificado de la planilla practicada que asciende a la suma de pesos noventa y cinco mil ciento dos con 20/100 ($ 95.102,20). Dra. Verónica A. Accinelli, secretaria.

$ 33 475280 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. Valenzuela, Antonia Felipa (DNI N° 14.803.713) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/VALENZUELA, ANTONIA FELIPA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13896509-8: Rosario, 05 de Noviembre de 2020. Por presentado, domiciliado, en el carácter que expresa. Por parte, por iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada a que comparezca a estar a derecho por el término de tres (03) días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Resérvese en Secretaría la documental acompañada, glosándose copia en autos. Trábese embargo -previa reposición, si correspondiere- sobre bienes libres del ejecutado, siempre que no se tratare de haberes previsionales, hasta cubrir la suma de $ 27.000, estimada provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas, librándose el despacho correspondiente, con facultades de Ley, debiendo la Actora concurrir a la entidad bancaria a los fines de abrir cuenta para estos autos y a disposición de esta Juzgado, y comunicar el número de CBU en el oficio respectivo. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Dra. Maria Elvira Longhi (Secretaría), Dr. Luciano A. Ballarini (Juez).

Dra. Verónica A. Accinelli, secretaria.

$ 33 475279 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2ª Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. Perez, Maria Luisa (DNI N° 13.803.970) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/PEREZ, MARIA LUISA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-13877826-3: Rosario, 01/09/2017. Por presentado, domiciliado, en el carácter que expresa. Por parte, por iniciada demanda ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada a que comparezca a estar a derecho por el término de 03 días bajo apercibimiento de rebeldía y de seguirse el juicio sin su representación. Resérvese en Secretaría la documental acompañada, glosándose copia en autos. Trábese embargo, previa reposición -si correspondiere- en la forma solicitada, hasta cubrir la suma de $ 18.900 estimada provisoriamente en concepto de capital, intereses y costas, librándose el despacho correspondiente, con facultades de ley, debiendo la Actora concurrir a la entidad bancaria a los fines de abrir cuenta para éstos autos y a disposición de éste juzgado y comunicar el número de CBU en el Oficio respectivo. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Expt. CUIJ N° 21-13877826-3. Firmado: Dr. Sedita (Juez), Dra. Ma. Elvira Longhi (Sec.).

$ 33 475274 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, Dr. Marcelo N. Quiroga, notifica al Sr. Benítez, Juan Marcelo, DNI N° 26.645.082, lo declarado en autos: CFN S.A. c/BENITEZ, JUAN MARCELO s/Ejecutivo; (CUIJ N° 21-02934375-3): Rosario, 30/11/2020. 1. Asistiendo razón al peticionante, revóquese el decreto de fecha 13.10.20, en la parte pertinente a la incompetencia de este Juzgado. 2. Tener por iniciado Juicio Ejecutivo: citando y emplazando a la parte demandada para que comparezca estar a derecho dentro del término de tres días, bajo apercibimiento de rebeldía. 3. Oficiar al empleador denunciado para que informe si el demandado se desempeña en relación de dependencia y, en caso afirmativo, trabe embargo sobre sus haberes -siempre y cuando los mismos no sean inferiores al sueldo mínimo vital y móvil- hasta cubrir la suma de $ 97.500 por todo concepto, en la proporción establecida en el art. 1 del Dec. 48/187. Los montos que se retengan serán depositados en el Banco Municipal de Rosario, Suc. 80, Caja de Abogados, para estos autos y Juzgado, en una cuenta cuyos datos deberán incluirse en el oficio respectivo. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Marcelo Quiroga (Juez), Dra. Lorena A. González (Sec).

$ 33 475272 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Alberto Ballarini, notifica al Sr. Varela, Adan Gervasio (DNI N° 20.918.488) lo declarado en autos: ELECTRONICA MEGATONE S.A. c/VARELA, ADAN GERVASIO s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-13898904-3): Rosario, 15 de Febrero de 2022. Informando verbalmente el actuario que el demandado no compareció a estar a derecho, declárese, rebelde, Dra. Silvina López Pereyra, Secretaría en Suplencia - Dr. Luciano A. Ballarini, Juez.

$ 33 475273 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Dr. María Fabiana Genesio, notifica al Sr. Fernández, Brian Maximiliano, DNI N° 41.085.248, lo declarado en autos: CFN S.A. c/FERNANDEZ, BRIAN MAXIMILIANO s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02897099-1): Rosario, 03/12/2021. Agréguese. Se deja constancia que en el día de la fecha se procedió a corroborar en la página web del BOLETÍN OFICIAL la publicación de edictos cuya constancia obra agregada a fs. 43 de autos, procediéndose en este mismo acto a su certificación por la Actuaria. Informado verbalmente el actuario que la parte demandada (Brian Maximiliano Fernández) no ha comparecido a estar a derecho decláraselo rebelde. Notifíquese por edicto. Fdo.: Dra. María Fabiana Genesio (Juez). Rosario, 10 de Febrero de 2022. Dra. Accinelli, Secretaria.

$ 33 475271 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, Dr. —- notifica al Sr. NICOLINI, ELDA DE LAS MERCEDES, DNI Nº 4.973.944, lo declarado en autos: T° 84 F° 179 N° 1494. San Lorenzo, 16 de Octubre de 2019. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito del poder general en copia que deberá certificarse por Secretaría. Por iniciada demanda ejecutiva. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en el término de 3 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifíquese por cédula. Atento a lo solicitado, trábese embargo sobre los bienes libres del demandado hasta cubrir la sima de $172.865,20.- con más la del 30% estimados para intereses y costas. A tal efecto, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia. Fdo.: Dra. Melisa V. Peretti (Secretaria). Dra. Stella Maris Bertune (Juez). San Lorenzo, 14 de Diciembre de 2020. Por recibido, agréguese. Atento a lo manifestado, cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de 3 días comparezca a esta a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en los estrados del Tribunal por tres veces y cuyo término vencerá cinco días después de la última publicación (Art. 73 CPCC). Firmado: Dra. Melisa V. Peretti (Secretario) – Dra. Stella Maris Bertune (Juez).

$ 33 475270 Abr. 18 Abr. 20

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, Dr. Fabián Bellizia, notifica al Sr. Gimenez, Blanca Beatriz, DNI N° 16.486.103, lo declarado en autos: CFN S.A. c/GIMENEZ, BLANCA BEATRIZ s/Ejecutivo (CUIJ N° 21-02914354-1): Rosario, 11 de Febrero de 2022. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declarase rebelde al demandado. Publíquense edictos. Dra. Nancy B. López, Prosecretaria. Dra. Filippini, Secretaria.

$ 33 475268 Abr. 18 Abr. 20

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante DELGADO, RICARDO JULIO (DNI 6.162.054), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “DELGADO, RICARDO JULIO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02952231-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante CASTAÑO, CARLOS RAFAEL (DNI 12.110.801), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CASTAÑO, CARLOS RAFAEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02954477-5) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALICIA NORMA SORESSI (D.N.I. 12.524.754), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SORESSI, ALICIA NORMA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02953119-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Obdulia Antonia Esperanza Chiabrando (DNI 5.664.247) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: CHIABRANDO, OBDULIA ANTONIA ESPERANZ S/ SUCESORIO – 21-02940005-6.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO RUBEN LANCIOTTI D.N.I. 7.685.824 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “LANCIOTTI, RICARDO RUBEN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02953249-1)

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GUILLERMO LUIS PIANOSKI D.N.I. 26.015.794 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PIANOSKI, GUILLERMO LUIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02953566-0)

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante RENEE MARIA LABOURDETTE D.N.I. 3.580.358 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “LABOURDETTE, RENEE MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS MARIA LATTUCA D.N.I. 10.727.495 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “LATTUCA, LUIS MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02954590-9.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Maria Elena Macario (DNI 11.872.843) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MACARIO, MARIA ELENA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02952613-0.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 6° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSE ALBERTO RIO D.N.I. 6.013.023 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RIO, JOSE ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02954600-9). Fdo. Dra. Vanina Carla Grande, Secretaria. Rosario, de 2022.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Laura Silvana Iacono (DNI 20.409.330) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: IACONO, LAURA SILVANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02953946-1.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAUL LUIS EMILIO MASPERO (D.N.I. 6.044.582), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MASPERO, RAUL LUIS EMILIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02950827-2) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS DOMINGO CAPPARELLI (D.N.I.. 6.047.868) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PEREZ, MARINA LORENA S/ SUCESORIO - 21-02944316-2” Fdo.Virginia Arfeli, Prosecretaria. Rosario.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MIGUEL ANGEL GARAY (D.N.I. 10.986.480), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “GARAY, MIGUEL ANGEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-02942167-3) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MICHELETTI ANTONIO JOSE LUCIANO (LE 5.963.163 y LILIAN RAQUEL MAIER DNI 2.834.552), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: MICHELETTI ANTONIO JOSE LUCIANO Y OTROS S/ SUCESORIO (CUIJ Nº 21-02950494-3).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DAMIANI MIRTA LILIANA (DNI 11.750.177), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: DAMIANI MIRTA LILIANA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ Nº 21-02951935-5).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICCI MARTA VICTORIA (DNI 5.448.760), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: RICCI MARTA VICTORIA S/ SUCESIONES (CUIJ Nº 21-02952396-4).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante  POZA RUBEN ALBERTO  (DNI 6.076.016), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: POZA RUBEN ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ Nº 21-02949103-5).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PILO SALVADOR (DNI 93.788.903), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: PILO SALVADOR S/ SUCESORIO (CUIJ Nº 21-02911237-9).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROSENBERG MIRTA NOEMI (DNI 10.067.070), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: ROSENBERG MIRTA NOEMI S/ SUCESIONES (CUIJ Nº 21-02950967-8).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GUZZI EUGENIA, (DNI 93.573.080), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: GUZZI EUGENIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS (CUIJ Nº 21-02952673-4).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Josefa Laferrara, (DNI 5.555.775), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: Josefa Laferrara s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02932161-9).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LANCIOTTI RICARDO RUBEN (DNI 7.685.824 ), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: LANCIOTTI RICARDO RUBEN s/DECLARATORIA DE HEREDEROS ; (CUIJ Nº 21-02953249-1).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante APELAGIA GAUER Y/O PELAGIA BAUER Y/O APELAGIA BAUER  Y/O BAUER BARBARA   CI 0942881 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BAUER BARBARA  S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-01556885-9  .

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante STELLA MARIS FLORES D.N.I. 12.266.287 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FLORES, STELLA MARIS S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02952599-1). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria. Rosario, de 2022.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JUAN OSCAR RIOS D.N.I. 6.049.474 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RIOS, JUAN OSCAR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02925932-9). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria. Rosario, de 2022.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PABLO JAIME SARRA D.N.I. 10.629.543 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SARRA, PABLO JAIME S/ SUCESORIO” (CUIJ N°21-02950728-4). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria. Rosario, de 2022.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante QUIROGA, LUCIANA GISELA D.N.I. 27330330 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: QUIROGA, LUCIANA GISELA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS cuij 21-02947186-7. Fdo. María Alejandra Crespo (Secretaria).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ALEJANDRO JORGE RAMIREZ D.N.I. 6.053.584 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RAMIREZ, ALEJANDRO JORGE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02953617-9). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria. Rosario, de 2022.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS JOSE BRANCHESI D.N.I. 5.998.131 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BRANCHESI, LUIS JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-02954008-7 Fdo.María Alejandra Crespo (Secretaria)

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Hermelinda Gonzalez (DNI 10.659.601) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: GONZALEZ, HERMELINDA S/ SUCESORIO – 21-02950353-9.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante PAZ, CRISTINA DE JESUS D.N.I. 1.68.404 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados:PAZ, CRISTINA DE JESUS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS cuij 21-02939536-2. Fdo.María Alejandra Crespo (Secretaria)

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante PETRONIO, MARIA NELIDA D.N.I. 3.540.426 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: PETRONIO, MARIA NELIDA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS cuij 21-02951173-7 . Fdo. María Alejandra Crespo (Secretaria)

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ROBERTO TAMPLIN D.N.I. 17.413.473 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: TAMPLIN, ROBERTO S/ SUCESORIO cuij 21-02953333-1 Fdo.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Antonio Agustin Atienza (DNI 38.596.253) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ATIENZA, ATONIO AGUSTIN S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02953141-9.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante DELIA ASUNCION ACCUSANI DNI 4.841.339 y por el causante ROGELIO EDUARDO SASIA DNI 6.019.616 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ACCUSANI, DELIA ASUNCION Y OTROS S/ SUCESORIO cuij 21-02950326-2. Fdo.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante BERENSTAM, RAQUEL D.N.I. 5.537.110 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: BERENSTAM, RAQUEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS cuij 21-02948923-5 Fdo.María Alejandra Crespo (Secretaria)

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS PASTOR PARODY (D.N.I.. 8.412.487) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PARODY, LUIS PASTOR S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS - 21-02952985-7'” Fdo.Virginia Arfeli, Prosecretaria. Rosario, .-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Diego Alberto Maldonado (DNI 32.959.607) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MALDONADO, DIEGO ALBERTO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS – 21-02951361-6.-

$ 45 Abr. 18

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Se hace saber que en autos: GONZALEZ ISABEL HORTENCIA c/TORRES LORENZO s/Prescripción Adquisitiva; (Expte. Nº 1486/2013), CUIJ 21-26406045-9, en trámite por ante el Juzgado de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M. Barco, secretaría a cargo del Dr. Darío Loto, se ha dictado sentencia la cual declara adquirido el dominio, por prescripción veinteñal, por Isabel Hortencia González, D.N.I. 4.076.141, sobre el inmueble identificado como LOTE I, según plano de mensura para información posesoria inscripto en Servicio de Catastro e Información Territorial Registrado el 24/06/2004 en el Dpto. Topográfico de Rosario, bajo el N° Dupl. 000773 Ros., ubicado en el pueblo de Carreras, Departamento General López, Pcia. de Sta. Fe, en la manzana número 18. Dominio inscripto al Tomo 85 Folio 292. N° 56101. Dpto. General López. Impuesto inmobiliario 17-08-00-369880/0000-8. Firmat, 8 de Marzo de 2022. Dr. Loto, Secretario Subr.

$ 65 475315 Abr. 18 Abr. 20

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MARTA GLADYS CERRO L.C. 3.894.136 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "CERRO, MARTA GLADYS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N.º 21-02941378-6). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria. Rosario, de 2022.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MONSERRAT, NYDIA ZAIRA, D.N.I. 2.070.292 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: MONSERRAT, NYDIA ZAIRA S/DECLARATORIA DE HEREDEROS cuij 21-02953172-9. Fdo. María Alejandra Crespo (Secretaria).

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MERCEDES FRANCISCO PREGOT (DNI 6.180.146) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "PREGOT, MERCEDES FRANCISCO S/SUCESORIO" (CUIJ N°21-02948382-2). Fdo. María Alejandra Crespo Secretaria.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale se hace saber que en autos MAROTTO MARIA EMILIA s/Concurso Preventivo; CUIJ Nro. 21-02923836-4 - Expte. 908/19, se ha dictado la siguiente Resolución: N.º 164. 12/04/2022: “Y VISTOS: … Y CONSIDERANDO: … RESUELVO: Proclamar la existencia de acuerdo preventivo respecto de los acreedores quirografarios verificados o declarados admisibles.- Publíquense edictos de ley en el Boletín Oficial y El Jurista.” Fdo.: Dr Zabale (Juez) – Dra. Cossovich (Secretaria). Secretaría, … de Abril de 2022.

$ 33 475585 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PATRICIA NOEMI DIAZ (18.517.275), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "DIAZ, PATRICIA NOEMI S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N°21-02947890-9) . Fdo. Vanina C. Grande -Secretaria.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAMÓN EDUARDO GAITAN (DNI 25.900.743) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "GAITAN, RAMON EDUARDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N°21-02953806-6) . Fdo. María Alejandra Crespo- Secretaria.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SEIJAS RICARDO JOSE D.N.I. 5.984.108 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: "SEIJAS, RICARDO JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" (CUIJ N.º 21-02952286-0). Fdo. Dra. Maria Belen Moran, Secretaria. Rosario, de 2022.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª Nominación de la ciudad de Rosario y en autos VIGNATI, MARIO OSCAR c/COMAN, JULIO CESAR s/Juicio ejecutivo; 21-02927361-5 se hace saber que se dicto lo siguiente: N° 122 Rosario 10.03.22: Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de Julio César Coman (DNI Nº 13.752.992) hasta que se pague a Mario Oscar Vignati (DNI Nº 7.841.560) la suma de $ 130.923 con más intereses a la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a 30 días, desde la fecha de rechazo de cada uno de los cheques de pago diferido mencionadas en los considerandos, sobre el monto de cada uno de ellos y hasta el efectivo pago. Costas a la demandada. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. Verónica A. Accinelli, María Fabiana Genesio. Firmado Dra. Sabrina Rocci en suplencia.

S/C 475594 Abr. 18 Abr. 20

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Por disposición del juzgado de primera instancia en lo civil y comercial 13 de Rosario y en autos  CAMPORINI, ANDRES LISANDRO MARIA C/ SORTINO, JUAN MANUEL Y OTROS S/ DEMANDA EJECUTIVA 21-02946252-3 se hace saber a SORTINO JUAN MANUEL DNI 35.449.239que se dictó lo siguoente:Rosario, 27 de octubre de 2021.-Agréguese la constancia acompañada que deberá certificar. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que el demandado Rafael Antonio Galvez  no ha comparecido a estar a derecho, declárasele rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula.LUCAS MENOSSI Dra. VERÓNICA GOTLIEB.

S/C 475590 Abr. 18 Abr. 20

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Casilda Dr. Gerardo A. M. Marzi, Secretaría del autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña ELISA BUSO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, por el término de 1 día (Art. 2340 CC y C.). Casilda, Abril de 2022. Sandra González, Secretaria.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 7 de la Segunda Nominación de la ciudad de Casilda, Secretaría del autorizante, en los autos caratulados: ROMITTI ENRIQUETA BEATRIZ s/Sucesorio, Expte. Nº 43/2022, CUIJ: 21-25861601-1, se cita, llama y emplaza a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por fallecimiento de Enriqueta Beatriz Romitti, para que comparezcan a hacerlos valer en el término de treinta días y bajo los apercibimientos de ley. Publíquese por un día. Casilda. Dra. González, Secretaria.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº1 de la 1era. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaría de la autorizante Dra. Viviana Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MANUEL RUSCICA para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (ART. 2340 CCC) (Autos: “Ruscica Manuel s/ sucesorio”, Expte. CUIJ Nº21-25860989-9) Casilda, 13 de abril de 2022. Fdo. Lucía Belen Ciarpella (Prosecretaria)

$ 45 Abr. 18

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Jueza de Primera Instancia en lo Civil. Comercial y Laboral del Distrito Judicial bif 6 con asiento en Cañada de Gómez, 2da. Nominación, Secretaría Dr. Mariano J. Navarro, dentro de los autos "AMADIO, SEPTIMO JUSTO S/SUCESORIO", CUll 21-26027956-1; se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de SEPTIMO JUSTO AMADIO, Pata que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del tennino y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Dr. Mariano J. Navarro, Secretario.

$ 45 Abr. 18

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Hago saber a Uds. que en el Juicio seguidopor ante este Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la2da Nominación del Distrito Judicial Nº 6, Secretaría autorizante se hadictado la siguiente providencia: “Estando acreditado el fallecimiento de laSra. ZULMA ESTELA BERON, con la partida de defunción acompañada,declárese abierto su juicio de declaratoria de herederos. Publíquenseedictos por el término de Ley (1 día) en el boletín Oficial y cumpliméntesecon lo dispuesto por el Art. 67 C.P.C.C. Modif. Ley 11287.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de In JIIM de donado de Prim ra Inslancia de Distrito Civil. Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Canada de Carne; se h ordenado citar o los herederos. ..creedores y todos los que se consideren con derecho n los bienes dejados por la causante HARTOLINI ROSA MARIA, D.N.I. 2.8323E7 por un dial, para que lo acredita dentro de los treinta días. Auto. candubdos: "BARTOLINI, ROSA MARIA 9 DECLARATORIA DE HEREDEROS. 21-26027901-3. Pdo. DRA. MARIA LAURA AC HAYA- JUEZ. DR. IARIANO NAVARRO. Secretario

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de laSegunda Nominación de Cañada de Gómez, Secretaría del Dr. Mariano Navarro, se cita,llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de DELIO FRANCO ENRIQUEARCANGELI para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término ybajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETINOFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, 02.12.2021. Dr. MarianoNavarro, Secretario.

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Distrito No. 6 de la ciudad de Cañada de Gómez, Dra. María Laura Aguaya, secretaría del Dr. Mariano Jesús Navarro, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y demás, todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes MILATICH NICOLÁS VICTOR y FUNOY NILDA EDITH para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Se publica en el Boletín Oficial.

$ 45 Abr. 18

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POR DISPOSICION DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE DISTRITO JUDICIAL N° 6 DE LA 2 ° N . DE CAÑADA DE GOMEZ, A CARGO DE LA DRA. PATRICIA AGUAYA, SECRETARIA AUTORIZANTE, SE CITA LLAMA Y EMPLAZA HEREDEROS, ACREEDORES, LEGATARIOS DE JOSE ALBERTO LEGUIZAMON PARA QUE COMPAREZCAN A HACER VALER SUS DERECHOS DENTRO DEL TERMINO Y BAJO APERBICIMIENTOS LEGALES. LO QUE SE PUBLICA A SUS EFECTOS EN EL BOLETIN OFICIAL Y ESTRADOS DEL TRIBUNAL . CAÑADA DE GOMEZ, //22, DR. MARIANO JESUS NAVARRO ( SECRETARIO )

$ 45 Abr. 18

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de 1º Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1era. Nominación de la ciudad de Cañada de Gómez, Dra. Julieta Gentile, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Don GERMAN JORGE ETICHETTI para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, 08 de Marzo de 2022.-"

$ 45 Abr. 18

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 12 en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, Secretaría a cargo de la autorizante, hace saber a Gino Bastiani y Celia Rosa Centeno, que dentro de los autos: MUNICIPALIDAD DE PTO. GRAL. SAN MARTIN c/BASTIANI GINO y/u Ot. s/Apremio Fiscal - CUIJ N° 21-25438045-5, se ha dictado la siguiente resolución: San Lorenzo, de Marzo de 2022. Y Vistos:... Y Considerando:... Por lo expuesto; Resuelvo: 1) Hacer lugar a la demanda en todas sus partes mandando llevar adelante la ejecución contra la parte demandada hasta tanto la parte actora perciba la totalidad del crédito reclamado, con más los intereses antes especificados y las costas del presente. 2) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la correspondiente planilla. 3) Insértese y hágase saber. Publíquese sin cargo en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. San Lorenzo, 7 de de Abril de 2022. Dra. Aronne, Prosecretaria.

S/C 475357 Abr. 18 Abr. 20

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSÉ LUIS FERNANDEZ, DNI 17.234.881 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “FERNANDEZ JOSE LUIS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ 21-25438275-9). Fdo. Dra. Luz M. Gamst, Secretaria. San Lorenzo, de abril de 2022.-

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil yComercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, se ha ordenado citara los herederos, acreedores y todos los que consideren con derecho a losbienes dejados por la causante LIÑARES, CLAUDIO ROLANDO, DNI N°6.182.766 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días.Autos caratulados “LIÑARES, CLAUDIO ROLANDO s/ SUCESORIO”, (CUIJ N°21-25440074-9), Fdo. Dra. Stella Maris Bertune, Jueza; secretaria de la Dra.Melisa Peretti. San Lorenzo, de abril de 2.022.---

$ 45 Abr. 18

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VILLA CONSTITUCIÓN

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados: RODRIGUEZ, DARIO MIGUEL S/ SUCESORIO, CUIJ Nº 21-25657424-9, cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de DARIO MIGUEL RODRIGUEZ, DNI 5.410.203, por treinta (30) días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. -Dr. Alejandro Danino (secretario). - Villa Constitución, 13/04/2022

$ 45 Abr. 18

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito 14 Civil Y Comercial de la 1ra. Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. ORSARIA, Secretaría del Dr. DANINO en autos caratulados “BERTI JUAN S/DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25657056-1 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante JUAN BERTI, último domicilio SANTIAGO DEL ESTER N°183 de la localidad de Villa Constitución, hijo de OLIMPIO BERTI Y ROSA MARIA PITTORI, nacido en VILLA CONSTITUCION, Provincia de Santa Fe, en fecha 09 de julio de 1938 y fallecido en Villa Constitución el 27 de abril de 2017, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales y que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa fe y en el ESTRADO DEL TRIBUNAL POR TREINTA DIAS. Villa Constitución, 13 de Abril de 2022.-

$ 45 Abr. 18

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La Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 1 de Villa Constitución, a cargo de la Dra. AGUEDA ORSARIA, secretaría del Dr. ALEJANDRO DANINO, en los autos caratulados “SALDARI RUBEN OSVALDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" CUIJ 21-25657089-8, llama a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el Sr. RUBEN OSVALDO SALDARI DNI 06.143.860 por treinta días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos (art. 2340 CCC). Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Villa Constitución.

$ 45 Abr. 18

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, Distrito Nº 8 de Melincué, Tercera Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Alejandro Héctor Lanata, Secretaria de la Dra. Analía M. Irrazábal, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Tulian, José María, DNI: 17.604.503, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de ley. Conste. (CUIJ 21-26470974-9). Melincué, Febrero de 2022.

$ 45 Abr. 18

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1ª Nominación de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Jueza, Secretaría de la Dra. Jorgelina Y. Daneri, se hace saber al Sr. Urquiza Lautaro Ezequiel, DNI Nº 37.865.694, que en los autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/URQUIZA LAUTARO EZEQUIEL s/Demanda Ejecutiva; (CUIJ N° 21-24478366-7) en trámite por ante este Juzgado se ha dispuesto: Venado Tuerto, 28 de Octubre de 2020. Hágase saber al letrado que no acompaña constancia de publicación de edictos que invoca. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado como empleado de Héctor y Enrique Cubells S.R.L., suficiente a cubrir la suma de $ 21.714,53 con más la de $ 6.514,36 estimada provisoriamente para intereses y costas futuras, oficiándose a sus efectos y haciéndosele saber que deberá retener el porcentaje de ley y el importe retenido deberá ser depositado en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., sucursal Venado Tuerte, a la orden de éste juzgado y para éstos autos. Notifíquese el presente por edictos de conformidad con lo normado por el art. 73 del CPCC. Fdo.: Juez en Suplencia; Dra. Jorgelina V. Daneri, Secretaria. Venado Tuerto, 10 de Agosto de 2021.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Mateo Juan Eterovich, D.N.I. 22.003.824, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: ETEROVICH, MATEO JUAN s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-24616708-4. Fdo. Dr. Alejandro Walter Bournot, Secretario. Venado Tuerto, Febrero de 2022.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, 2ª Nom., Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlos Carlini, Secretaría Dr. Alejandro Walter Bournot, se cita, llama y empieza a los herederos, acreedores y legatarios de doña VIOLA ERMINDA, D.N.I. 5.836.941, fallecida el día 5 de Enero de 2011, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de la ley. Conste. (Expte. CUIJ Nº 21-24616977-9). Venado Tuerto, 27 de Diciembre 2022.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Walter Bournot, Secretario, Dr. Carlini Gabriel, Juez, dentro de los autos caratulados: DIAZ ROBERTO PRUDENCIO y Otros s/Declaratoria de herederos, Expte. Nº 21-24617512-5, se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de Betty Duver Cuetto, argentina, mayor de edad, hija de Felipe Cuetto y Enriqueta Guerini, casada y que falleciera por enfermedad el día 27/03/2020, L.E. 1.102.746, con último domicilio en calle Edison N°9 de Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe: para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley. Venado Tuerto, 22 de Febrero de 2022. Dr. Bournot, Secretario.

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Gabriel A. Carlini, Juez; Dr. Alejandro W. Bournot, Secretario, dentro de los autos caratulados: ANDRADE NESTOR ESNELDO s/Sucesorio, CUIJ Nº 21-24616998-2, se ha dispuesto emplazar a herederos, acreedores y legatarios de Osvaldo Florencio Andrade, DNI Nº 6.114.928, hijos de Juan Andrade; Orellano Isabel y que fallecieran en fecha 6/06/2019, para que comparezcan por ante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término de ley. Venado Tuerto, 29 de Diciembre de 2021. Dr. Bournot, Secretario.

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Venado Tuerto, Dra. Ma. Celeste Rosso, secretaría a cargo de la Dra. Jorgelina V. Daneri; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don BOLOGNA BENITO CARLOS DNI 6.102.773 para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezca a hacer valer sus derechos en los autos "BOLOGNA BENITO CARLOS S/SUCESORIO - 21-24617941-4". Venado Tuerto, 13 de Abril 2022.-

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia deDistrito Nº3 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominaciónde Venado Tuerto, DR.WALTER BOURNOUT, Secretario, DRA.GABRIEL CARLINI, Juez, dentro de los autos caratulados“DIAZ ROBERTO PRUDENCIO Y OTROS S/ DECLARATORIA DEHEREDEROS” CUIJ N° 21-24617512-5 se ha dispuesto emplazar aherederos, acreedores y legatarios de DIAZ ROBERTO PRUDENCIO,argentino, mayor de edad, hijo de GERVACIO DÍAZ E ISIDORA UGARTE,casado y que falleciera por enfermedad el día 21/08/2010, LE6.118.924, con último domicilio en calle Edison n°91 deVenado Tuerto, Pcia. de Santa Fe; para que comparezcan porante este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro deltérmino de ley. VENADO TUERTO, de de 2022.

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