REGISTRADA BAJO EL Nº 14072
CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio Marco y su Compromiso de Trabajo Periódico, celebrados en fecha 28 de junio de 2018 entre el Ministerio de Salud de la Provincia y la Agencia Nacional de Discapacidad.
Dicho convenio y su compromiso fueron aprobados ad referéndum de esta Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 3121 del 07/11/18 e inscriptos en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 27 de agosto de 2018, al Folio 106, Tomo XVI, con los Nº 8598 y 8599, respectivamente, cuyos textos se agregan e integran la presente.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
PABLO GUSTAVO FARIAS
Presidente
Cámara de Diputados
Dra. ALEJANDRA S. RODENAS
Presidenta
Cámara de Senadores
Lic. GUSTAVO PUCCINI
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Dr. RAFAEL E. GUTIERREZ
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional
14 MAR 2022
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETIN OFICIAL.
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos 3 de Febrero 2649 2º Piso, oficina nº 227 – email: tecnicalegislativa@santafe.gov.ar
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