picture_as_pdf 2022-03-15

REGISTRADA BAJO EL Nº 14072


CAMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio Marco y su Compromiso de Trabajo Periódico, celebrados en fecha 28 de junio de 2018 entre el Ministerio de Salud de la Provincia y la Agencia Nacional de Discapacidad.

Dicho convenio y su compromiso fueron aprobados ad referéndum de esta Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 3121 del 07/11/18 e inscriptos en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 27 de agosto de 2018, al Folio 106, Tomo XVI, con los Nº 8598 y 8599, respectivamente, cuyos textos se agregan e integran la presente.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

PABLO GUSTAVO FARIAS

Presidente

Cámara de Diputados

Dra. ALEJANDRA S. RODENAS

Presidenta

Cámara de Senadores

Lic. GUSTAVO PUCCINI

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Dr. RAFAEL E. GUTIERREZ

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

14 MAR 2022


De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETIN OFICIAL.


La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos 3 de Febrero 2649 2º Piso, oficina nº 227 – email: tecnicalegislativa@santafe.gov.ar

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