picture_as_pdf 2022-03-10

SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0088


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

04-03-2022


VISTO:

El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de cinco (05) firmas; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que la misma ha cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCYGB N.º 170/19, quedando debidamente encuadrada en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ALBERTENGO & ASOCIADOS S.R.L. CUIT N° 30-71159615-8; AMOR SOLANGE YAEL CUIT N° 27-27121618-7; COOPERATIVA DE TRABAJO FRANCK LTDA. CUIT N° 33-71444278-9; RONDINA JUANA INES CUIT N° 23-41656331-4 y VIGNATTI VIOLETA CUIT N° 27-41940862-5.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 35661 Mar. 10 Mar. 11

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGÍA


RESOLUCIÓN N° 075


SANTA FE, 23-02-2022


VISTO: Expte. Nº 1-2019-919.193-EPE., (2 Cuerpos) a través de cuyas actuaciones se gestionan modificaciones al Régimen vigente de Ejecutores Externos para la gestión de acreencias de la EPE; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 317/20 (fs. 110) se aprobó el referido régimen, a la vez que se delegó en la Gerencia Comercial la supervisión del mismo y la coordinación y control de las tareas de los ejecutores externos, quedando reservada a la Gerencia de Asuntos Jurídicos la intervención en tareas normativas y en aquellas que por su relevancia así lo requieran durante el proceso;

Que implementado el mismo, la Gerencia Comercial pone de relieve la necesidad de efectuar modificaciones que reflejen aspectos no previstos en el proyecto original, a tenor de la situación pandémica y el rendimiento de los profesionales ejecutores (fs. 124);

Que las modificaciones incluyen: la comunicación digital mediante el empleo de la página Web empresaria; el uso intensivo de la oficina virtual; pautas respecto al proceso de inscripción, evaluación, selección y control posterior de la labor de los ejecutores; entre otros indicadores de eficiencia y gestión;

Que de fs. 198 a 207, corre agregado el nuevo Régimen de Ejecutores Externos y su Anexo I “Contrato de locación de Servicios”, el cual fue elaborado con la participación de la Unidad Auditoria Interna (fs. 162), la Asesoría legal y técnica de la Gerencia Comercial (fs. 166), y el Área Asesoramiento General de la Gerencia de Asuntos Jurídicos (fs. 141, 178 y 197);

Que el mencionado Órgano de asesoramiento emitió los Dictámenes N° 1149/21 (fs. 141), N° 133/22 (fs. 197) y N° 97/22 (fs. 178), en los cuales luego del análisis respectivo, otorgó el encuadre legal de la gestión en la Ley Orgánica;

Que el presente será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1° del Decreto 3321/1993;

Que la documental que forma parte integrante podrá consultarse en el sitio www.epe.santafe.gov.ar;

Que la Gerencia Ejecutiva de Desarrollo Organizacional interviene a fs. 213 prestando conformidad a lo actuado;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los Artículos 6º, m) y x), y 17º de la Ley Orgánica Nº 10.014;

EL DIRECTORIO DE LA

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

Resuelve:

ARTICULO 1°.- Aprobar el “Régimen de Ejecutores Externos para la Gestión de Acreencias de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe” y su Anexo I “Contrato de locación de servicios con ejecutor externo para la gestión de acreencias de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe”, los cuales forman parte integrante de la presente.-

ARTICULO 2°.- La Gerencia Comercial tendrá a su cargo coordinar y controlar las tareas de los ejecutores externos y supervisar la aplicación de la normativa y el otorgamiento de poderes de representación a los ejecutores externos previa comunicación al Directorio; quedando reservada a la Gerencia de Asuntos Jurídicos la intervención en tareas normativas y en aquellas que por su relevancia así lo requieran durante el procedimiento.

ARTICULO 3°.- Abrogar las Resoluciones N° 253/2007, N° 317/20 y sus modificatorias.-

ARTICULO 4°.- Derogar el Art. 1°, Punto 3, de la Resolución N° 200/2008.--

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese publíquese y archívese.--

Por consultas, contactar a secretaria@epe.santafe.gov.ar

Lic. Mauricio Roberto Caussi

Lic. Hugo Rafael Zin

Sra. Gisela Ivanna Wild

S/C 35657 Mar. 10

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