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CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral, sito en San Martin N° 1060 de Reconquista, Santa Fe,se hace saber en los autos: “LAZARO, JOSÉ FAUSTO C/ROSSO, ELDA OLINDA s/División de bienes”, CUIJ N. 21-24871498-8 se cita y emplaza a los herederos de la Sra. Elda Olinda Rosso, DNI N°. 2.033.0885 domiciliada en calle Ituzaingo Nº 2131 del B° Chapero de Reconquista, Santa Fe, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. (Art. 597 C.P.C.C.). Fdo: Dr. Dalla Fontana, Juez de Cámara - Dra. Alloa Casale Secretaria de Cámara. Reconquista, 16 de Febrero de 2022.

S/C 472551 Mar. 9 Mar. 15

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado N° 4, Dr. Gabriel Alejandro Scaglia, Segunda Secretaría a cargo del Dr. Héctor Ignacio Chiappero, sito en calle San Jerónimo N° 1551, 2° Piso, de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente a los fines de Notificar al Sr. Marcelo Adrián Sánchez, D.N.I. N° 25.781.104, a tenor de los proveídos que a continuación se transcriben, en los autos: SALAS, MARIO RICARDO c/SANCHEZ, MARCELO ADRIAN y Otros s/Daños y perjuicios (CUIJ N° 21-12155666-6). Se autoriza a intervenir en el diligenciamiento de la presente a los Dres. Ramiro Avilé Crespo y/o Gustavo Moreno y/o Alejandra Bettio y/o a quien estos autoricen. A continuación se transcriben los decretos que así lo ordenan: “Santa Fe, 18 de Diciembre de 2020. Desígnase Juez de Trámite en las presentes actuaciones al Dr. Gabriel A. Scaglia (art. 543 del C.P.C. y C.). Notifíquese por cédula.” Firmado. Dra. Nora G. Abelló, Jueza - Dr. Gabriel A. Scaglia, Juez - Dra. María G. Rodríguez, Jueza.-Otro Decreto: “Santa Fe, 18 de Diciembre de 2020. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial acompañado, acuérdasele la intervención legal correspondiente al apoderado de Mario Ricardo Salas. Atento a lo manifestado por el actor, lo preceptuado por el art. 333 del Código Procesal en lo Civil y Comercial, modificado por la Ley 13.615 de la Provincia de Santa Fe, declárase pobre para litigar sin gastos a Mario Ricardo Salas DNI 41.161.076 contra los accionados Marcelo Adrián Sánchez; Fabián Morata y Orbis Cía. Argentina de Seguros SA. Notifíquese por cédula a las partes y a la Administración Provincial de Impuestos. Notifíquese.” Firmado: Dr. Gabriel A. Scaglia, Juez - Dr. Héctor 1. Chiappero-Secretario. Otro Decreto: “Santa Fe, 03 de Septiembre de 2021. Proveyendo cargo nro 13028/21: Agréguese oficio diligenciado que se acompaña. Téngase presente el domicilio real denunciado del demandado Marcelo Adrián Sánchez. Notifíquese en el mismo. Notifíquese. Firmado: Dr. Héctor I. Chiappero Secretario. Dr. Gabriel A. Scaglia, Juez. Otro Decreto: Santa Fe, 04 de Octubre de 2021. Proveyendo cargo nro 16077/21: Agréguese cédula acompañada. De lo manifestado y como lo solicita publíquense Edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley, para que comparezca el demandado Sr. Marcelo Adrián Sánchez. Notifíquese. Firmado: Dr. Gabriel A. Scaglia, Juez - Dr. Héctor I. Chiappero - Secretario Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y en hall de Tribunales. La presente goza del beneficio de gratuidad. Art. 333 C.P.C.C..- “Leguizamón, Carlos Alberto c/Barrionuevo, Domingo Gerardo s/Declaratoria de Pobreza” (Expte. 732- año 2010) RES. 56/2012. Santa Fe,8 de Febrero de 2022.- Dr. Ignacio Chiappero, Secretario.

S/C 472602 Mar. 9 Mar.11

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Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia 2, Segunda Secretaría, en autos caratulados: PIERUCCIONI MELISA NATALÍ c/GAINZA ALBERTO DAVID s/Divorcio unilateral, CUIJ N° 21-10732956-8, la Sra. Jueza de trámite ha dispuesto lo siguiente: “Por interpuesta petición de DIVORCIO por parte de Melisa Natalí Pieruccioni. Hágase saber al Sr. Alberto David Gainza. Por formulada propuesta reguladora de la que se corre traslado a Alberto David Gainza por el término de diez días. Agréguese la documental acompañada. Dése intervención a Defensoría General (art. 103 inc. a) del CCC). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 10 de febrero de 2022. María Guadalupe Gon, Secretaria.

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Por disposición del Dr. Fabio Della Siega, Juez del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 Segunda Secretaría de la ciudad de Santa Fe y el Dr. Marcelo Albrecht, Secretario del mismo órgano, en autos caratulados: RUIZ DIAZ, MARIELA SOLEDAD c/GONZALEZ, ERMELINDA s/Alimentos Y Litis Expensas” CUIJ N° 21-10722349-2, se publica el presente edicto a los fines de notificar a la señora Ermelinda González, DNI N° 13.618.402 los siguientes decretos: Santa Fe, 04 de Febrero de 2022. Agréguese. De manifiesto la liquidación practicada, por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo: Dr. Albrecht Marcelo, Secretario. Santa Fe, 10 de Febrero de 2022.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Jueza Dra. Ana Rosa Alvarez , Secretaría a cargo de la Dra. Sandra S. Romero, cito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: ANACLERIO, GASTON GERONIMO s/Pedido de Quiebra CUIJ 21-01975451-8 , en Santa Fe, 2 de Noviembre de 2021: Autos y Vistos:

Considerando: Resuelvo: 1. Regular en la suma de $189.346,54 los honorarios profesionales de la Sindica interviniente en autos, CPN María del Pilar Piva y en la suma de $81.148,51 equivalentes a 9,48 unidades jus los correspondientes al abogado del fallido, doctor Gastón Nicolás Redondo. En caso de mora, los honorarios regulados devengarán un interés equivalente a la tasa activa que utiliza el Banco de la Nación Argentina. Córrase vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Publíquense edictos. 2.En vista de lo resuelto habrá de practicarse el proyecto de distribución conforme los honorarios regulados. 3. Regístrese, hágase saber. Firmado: (Jueza) Dra. Ana Rosa Alvarez, (Secretaría) Dra. Sandra S. Romero

S/C 472560 Mar. 9 Mar.10

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dra. Romina Botto, se ha dispuesto publicar el presente a fin de poner de manifiesto que en este Juzgado se tramitan los autos: “ZEIN, LUDMILA IVANA S/ Sumaria Información” (CUIJ 21-02030796-7). Y que Ludmila lvana Zein, argentina, abogada, notaria, D.N.I. N° 35.652.511, nacida el 27 de abril de 1991, hija de Miguel Angel Zein y Roxana Celia Marelli, soltera, domiciliada en calle Avenida López y Planes N° 4022 Piso 2 Dpto.4, de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, se encuentra tramitando los presentes a fin de solicitar inscripción en la Matrícula Profesional en la Primera Circunscripción del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe. A tal fin, se transcribe la parte pertinente del respectivo decreto que dice: “Santa Fe (...) Publíquense los edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (...) Notifíquese. Dra. Viviana E. Marín (Jueza); Dra. Ma. Romina Botto (Secretaria).

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: SORIA, JORGE ALBERTO S/Pedido De Quiebra; - CUIJ 21-02020020-8, que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que, se ha presentado Informe Final y Proyecto de distribución, regulándose los honorarios de los profesionales intervinientes. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: Santa Fe, 16 de Febrero de 2022. De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución efectuado por Sindicatura. Atento a lo provisto por el art. 218 LCQ, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana E. Marín (Jueza). Dra. María Romina Botto (Secretaria). Santa Fe, 23 de Febrero de 2022. Dra. Benzo, Prosecretaria.

S/C 472584 Mar. 9 Mar. 10

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, a cargo Dr. José Ignacio Lizasoain, Juez, Secretaría a cargo de la Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, en los autos caratulados: LOPEZ, ANALIA EDIT s/Pedido de Quiebra, (Expte. CUIJ 21-02030086-5), ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 28 de Diciembre de 2021 Autos y Vistos: Resulta: Considerando: Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Analía Edit López, apellido materno López, argentina, DNI N° 29.431.647, casada, mayor de edad, empleado del Ministerio de Educación de Santa Fe, domiciliado realmente en Regimiento 12 de Infantería 4285 Torre 9 Piso 9 A de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Gobernador Crespo 3350, Piso cuarto Departamento B de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Ordénase el cese de los códigos de descuento que recaen sobre los haberes de la fallida a excepción de los legales y previsionales, que sean de causa o titulo anterior a la declaración de quiebra. Asimismo procédase al embargo en proporción de ley de los mismos los que serán depositados en el NBSF SA agencia Tribunales para estos autos y a la orden del Juez con imputación a gastos del proceso. A tales efectos se oficiará. 11- Designar el día 29/12/21 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 4/3/22 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 12 - Fijar el día 18/3/22 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 20/4/21 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 2/6/22 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Firmado Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso (secretaria); cargo Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez).Santa fe, 14 de Febrero de 2022.

S/C 472586 Mar. 9 Mar. 15

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos: OSUNA MAXIMILIANO MATIAS ALEXIS S/Solicitud De Propia Quiebra - CUIJ 21-02020004-6, se hacer saber que el monto total de los honorarios regulados asciende a la suma total de $ 284.019,83 distribuidos en un 70% en favor de la Sindicatura CPN Diego Eduardo Brancatto esto es la suma de $ 198.813,88 y el 30% restante en favor del apoderado de la fallida Dr. Alejandro González, esto es la suma de $ 85.205,95 a lo que deberá adicionarse el 21% de IVA. Asimismo la Sindicatura ha formulado proyecto de Distribución de fondos y el mismo se encuentra de manifiesto por el término de ley ART. 218 LCQ). Fdo. Dr. Carlos Marcolin (juez) Dr. Pablo Silvestrini (Secretario).

S/C 472590 Mar. 9 Mar 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la cuidad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: LARDITO, SANDRO DANIEL s/quiebra; CUIJ N° 21-00994126-3 ha sido designada como Síndico la CPN Adriana Bonavia, con domicilio en calle Crespo 2419 de la ciudad de Santa Fe, con horario de atención de lunes a viernes de 8.30 a 11.30 hs y de lunes a jueves de 16.30 a 19.30 hs. Para mayor recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe 17 de Febrero de 2022. Téngase por designada sindica a la CPN Adriana Bonavia quién deberá comparecer a aceptar el cargo dentro del término, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese. Firmado Dra. Mariana Nelli, Secretaria.

S/C 472597 Mar. 9 Mar. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados GOMEZ, MÓNICA MARCELA s/solicitud propia quiebra - CUIJ Nº 21-02020019-4 se han reprogramado las fechas del proceso. El decreto que ordena esta publicación expresa: Santa Fe, 18 de Febrero de 2022. Atento a los motivos expresados, y siendo necesario preservar los derechos de los acreedores y la validez de los actos del proceso, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Concursos y Quiebras, se provee: Fijar el día 20 de abril de 2022 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). Fijar el día 05 de mayo de 2022, como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. Señalar el día 02 de junio de 2022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 14 de julio de 2022 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). Publíquense edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la ley 24522. Notifíquese por cédulas (art. 219 LCQ), si correspondiere. Notifíquese. Fdo. Dr. Iván Gustavo Di Chiazza (Juez) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria).

S/C 472600 Mar. 9 Mar. 15

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos GARCIA, MARIELA CECILIA S/Pedido de Quiebra; Expte. CUIJ N° 21-02030881-5 - año 2022, la siguiente resolución: Santa Fe, 23 de Febrero de 2022; Vistos: Resulta: Considerando: Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Mariela Cecilia García, DNI N° 22.584.856, con domicilio real en calle Padre Quiroga 2495 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y domicilio legal en calle Gobernador Crespo 3350 Piso 4 Departamento B de esta ciudad. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido para que los entreguen al Síndico. 6- Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, Inc. 2, LCQ). 7- Prohibir hacer pagos al fallido, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 23/02/22 a las 10.00 horas. 11- Fijar el día 20/04/22 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24522). 12- Fijar el día 05/05/22 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 02/06/22 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 14/07/22 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). 17- Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la Ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente -art. 279 Ley 24522- líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Dr. Chiazza Juez; Dra. María José Lusardi, prosecretaria.

S/C 472599 Mar.9 Mar. 15

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos: CUIJ 21-02020578-1, ESPINOSA, HORACIO ALBERTO s/Solicitud Propia Quiebra, se ha dispuesto publicar edictos (por dos 2 días, conforme a las normas vigentes), informando que se ha presentado el Proyecto de Distribución previsto en el art. 218 de la Ley N° 24.522 y que se han regulados los honorarios del Síndico C.P.N. Néstor Eduardo AMUT en la suma de $ 198.813,88 y de la Dra. Beatriz Viviana Bude en la suma de $ 85.205,95. Santa Fe, 19 de Febrero de 2022.

S/C 472601 Mar.9 Mar. 10

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Por disposición de la Sra. Jueza en lo Civil y Comercial 10ª Nom. de Santa Fe, se a dictado en BANCO HIPOTECARIO SA C/FEMENIA, MARCELO S/Juicio Ejecutivo; CUIJ 21-02030368-6, con fecha 1 de febrero de 2022 la siguiente resolución: Por cumplimentado lo requerido en fecha 22/12/21. Proveyendo escrito introductorio: Agréguense la boleta, y sellado acompañados. a) Por presentado, domiciliado, y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda, en mérito al poder especial que se adjunta a fs. 1/11. Por promovido Juicio Ejecutivo contra Marcelo Femenia, DNI 12.662.075, por la suma de $ 56.920,91, con más sus intereses y costas, a quien se cita y emplaza para que en el término de tres (3) días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. d) Anótese la inhibición general de bienes del demandado en cantidad suficiente a cubrir la suma de $ 56.920,91, con más la de $ 17.076,27 que se estima provisoriamente para intereses y costas. A sus fines, ofíciese al Registro General de la Propiedad y al Registro Nacional del Automotor. Autorizase a los propuestos a intervenir en su diligenciamiento. Notifíquese. Fdo. Dra. María Ester Noe de Ferro, (secretaria), Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza). Santa Fe, 18 de Febrero de 2022.

S/C 472607 Mar.9 Mar. 11

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Por disposición del Sr. Juez en lo Civil y Comercial 7ma Nom. de Santa Fe, se a dictado en BANCO HIPOTECARIO SA C/FEMENIA, MARCELO S/Demanda Ejecutiva CUIJ 21-02011487-5, con fecha 16 de diciembre 2021 la siguiente resolución: Agréguese la cédula acompañada. Haciendo efectivos los apercibimientos de ley oportunamente ordenados, declárese rebelde al accionado, Marcelo Femenia DNI 12.662.075. Publíquense edictos por el término de ley a los fines de practicar la notificación pertinente. Notifíquese. Fdo. Dr. Jorge Alberto Gómez (secretario), Lucio Alfredo Palacios (Juez). Santa Fe 17 de Febrero de 2022

S/C 472608 Mar.9 Mar. 11

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Autos: BOSSIO, MARIA LOURDES S/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02010537-9), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Síndico CPN Edgardo Pedro Moschitta: Pesos Ciento Ochenta y Nueve Mil Trescientos Cuarenta y Seis con 54/100 ($ 189.346,54) (con más aportes 10%); Honorarios Dra. Denise Lasso Pesos Ochenta y Un Mil Ciento Cuarenta y Ocho con 52/100 ($ 81.148,52) (con más aportes 13%); Santa Fe, Febrero de 2022. Ma. Alfonsina Pacor Alonso, secretaria.

S/C 472637 Mar.9 Mar 10

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito, en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: GIMENEZ, MARTIN MIGUEL s/solicitud propia quiebra; (21-011965576-5) de trámite por ante dicho Juzgado; Secretaria a cargo de la actuaria, se ha dispuesto tener por presentado el informe final y proyecto de distribución acompañado por la Sindicatura. A disposición de los interesados. Mediante Publicación de edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y lugar designado por la CSJ. Santa Fe, 25 de Febrero de 2022.

S/C 472636 Mar.9 Mar.10

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos CUIJ 21-02004482-6 - REZOLA, JUAN BAUTISTA s/Solicitud propia Quiebra, se ha dispuesto publicar edictos (por dos 2 días, conforme a las normas vigentes), informando que se ha presentado el Proyecto de Distribución previsto en el art. 218 de la Ley N° 24.522 y que se han regulados los honorarios del Síndico C.P.N. Néstor Eduardo AMUT en la suma de $ 198.813,88 y del Dr. Cristian David Bini en la suma de $ 85.205,95. Santa Fe, 25 de Febrero de 2022.

S/C 472635 Mar.9 Mar.10

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos CUIJ 21-02014866-4 - PIROLA, RAFAEL ALEJANDRO S/Quiebra, se ha dispuesto publicar edictos (por dos 2 días, conforme a las normas vigentes), informando que se ha presentado el Proyecto de Distribución previsto en el art. 218 de la Ley N° 24.522 y que se han regulado los honorarios del Sindico C.P.N. Néstor Eduardo Amut en la suma de $ 198.813,88 y del Dr. Rubén Gabriel Villanueva en la suma de $ 85.205,94. Santa Fe, 25 de Febrero de 2021.

S/C 472632 Mar. 9 Mar. 10

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito N° 1, en lo Civil y Comercial, de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y en los autos caratulados: DANIELIS, MARCELA ALEJANDRA S/Pedido De Quiebra; (C.U.I.J. N° 21-020141499) se ha presentado Reformulación del Proyecto de Distribución; disponiéndose la Publicación de edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe (Art. 218 de la Ley 24.522). Para mayor recaudo se transcribe la providencia que así lo ordena que dice: Santa Fe, 08 de Febrero de 2022. Por contestada la vista. Por presentado informe final y proyecto de distribución acompañado por la Sindicatura. A disposición de los interesados por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL y lugar designado por la CSJ. Notifíquese. Firmado: Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria); Juez a cargo.

S/C 472630 Mar. 9 Mar. 10

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados TABORDA, NEIDA ANTONIA s/Quiebra; (CUIJ 21-01982762-0), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 22/02/22. De manifiesto proyecto complementario por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo. María de los Angeles Ramos (pro secretaria).

S/C 472629 Mar.9 Mar. 10

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El Juzgado De Primera Instancia De Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, comunica por dos días que en los autos CAPPELLETTI, GERMÁN ALEJANDRO s/Concurso Preventivo; CUIJ 21-02022630-4, se han reformulado las fechas de la resolución de fecha 07/06/2021, fijando el día 07.04.22 inclusive como fecha hasta la cual la Sindicatura presente el informe general, el día 27.07.22 como fecha hasta la cual se podrá hacer pública la propuesta de acuerdo; el día 10.08.22 como fecha para que tenga lugar la junta informativa a las 11:00 horas; el día 17.08.22 como fecha de vencimiento del período de exclusividad. Lo que le publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por 5 días. Santa Fe, 23 de Febrero de 2022. María Alfonsina Pacor Alonso, secretaria.

S/C 472627 Mar.9 Mar. 15

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Jueza Dra. Ana Rosa Alvarez secretaría a cargo del Sandra Silvina Romero, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: CARBONEL, ROMINA ALEJANDRA S/Quiebra; 21-02008260-4, en Santa Fe, 8 de Febrero de 2022: se ha dispuesto el siguiente proveído: Por presentado proyecto de distribución readecuado. Pónganse de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. (Jueza) Ana Rosa Alvarez. Dra. Sandra Silvina Romero, (Secretaria).

S/C 472554 Mar. 9 Mar.10

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Jueza Dra. Ana Rosa Alvarez, Secretaría a cargo de la Dra. Sandra S. Romero, cito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: FERNANDEZ, ANGEL HERNAN s/solicitud propia quiebra; 21-01994831-2, en Santa Fe, 21 de Septiembre de 2021: Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: 1. Regular en la suma de $ 153.007,30 los honorarios profesionales de la Síndica interviniente en autos, CPN María del Pilar Piva y en la suma de $ 65.574,57 equivalentes a 9,48 unidades jus los correspondientes a la abogada del fallido, doctora Larisa Lilián Suzman. Córrase vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Publíquense edictos. En vista de lo resuelto habrá de practicarse el proyecto de distribución conforme los honorarios regulados. Regístrese, hágase saber. Firmado: (Jueza), Dra. Ana Rosa Alvarez, (Secretaría); Dra. Sandra S. Romero.

S/C 472552 Mar. 9 Mar. 10

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Por estar así ordenado en el juicio caratulado: PANSA, SERGIO FEDERICO RAMON c/DÍAZ, TERESA MARTINA y Otros s/Prescripción Adquisitiva; (Expte. N° 21-01959756-0) que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta Nominación de Santa Fe se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 24 de Noviembre de 2021. Vistos Resulta Considerando Resuelvo: 1) Rechazar la demanda. II) Imponer las costas a la parte actora vencida (art. 251 CPCC. Expídase copia. Insértese el original y hágase saber. Fdo. Dr. Abad (Juez); Dra. Tolosa Secretaria). Santa Fe, 22 de Febrero de 2022.

S/C 472663 Mar.9

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito N° 29 de San Vicente, Pcia. de Santa Fe, sito en Avda. San Martín 326, San Vicente, Santa Fe. En autos caratulados Expte. N° 21-23352715-4, Consumo S.A. c/Sequeira José María s/Apremio, hace saber que según resolución de fecha 01/11/2021 se ha resuelto lo siguiente: Como se solicita, publíquense edictos por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Firmado Dra. Telma Sánchez, Secretaria; Dr. Juan Carlos Marchese, Juez. Publíquese en BOLETÍN OFICIAL y en sede judicial por dos (2) días. art. 77 CPCC. de Santa Fe. San Vicente, 16 de Octubre de 2019. Por presentado, con domicilio procesal admitido y en el carácter invocado. Por interpuesta demanda de apremio por la suma de pesos veintitrés mil trescientos cincuenta y cinco con ochenta y seis centavos ($ 23.355,86) resultante de la liquidación que indica, con más intereses y costas, contra Sequeira, José Maria (Doc. Identidad N° 31994219), que se tramitará como incidente del juicio principal, los que se agregarán por cuerda a los presentes. Cítese de remate a la accionada con la prevención de que si dentro del término improrrogable de 3 (tres) días no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución (art. 473 del Código Procesal Civil y Comercial). Agréguese la documental acompañada. Notifíquese por cédula. Notifíquese con copia de planilla. Líbrese Mandamiento al Sr. Oficial de Justicia y/o quien correspondiere con competencia en el domicilio de la demandada a los fines de su notificación. De no ser hallado el notificado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o los vecinos informen si el mismo se domicilia en el lugar o desempeña laboralmente allí y, solamente en caso afirmativo, procederá a practicar la notificación, dejando constancia en el ejemplar a devolver en el Juzgado de lo actuado respecto y de los motivos por los cuales procedió a fijarla y en que lugar de la finca (art. 63 C.P.C.C). Notifíquese. Firmado: Telma Sánchez, secretaria, Juan Carlos Marchese, Juez. Firmado: Telma Sánchez, Secretaria, Juan Carlos Marchese, Juez. San Vicente, 01 de Diciembre de 2021.

$111 472559 Mar.9 Mar.10

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En los autos caratulados GAITAN, GONZALO HERNÁN s/Quiebra; (CUIJ 21-26185566-3) que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, se ha dispuesto en fecha 7 de febrero de 2022: Téngase presente la reformulación del Informe Final y Proyecto de Distribución. De manifiesto el mismo, por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense los edictos conforme a lo establecido en el art. 218 de la ley concursal. Notifíquese. Firmado: Dra. Leandro Carlos Buzzani (Secretario) - Dra. Laura M. Alesso (Jueza).

S/C 472374 Mar 9 Mar.10

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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 18 de la ciudad de San Justo (SF), se procede a declarar rebeldes al Sr. Marcelino Escalada, D.N.I. N° 3.786.340 y/o propietarios y/o sucesores y/o herederos del inmueble sito en zona urbana de la localidad de Marcelino Escalada, que se encuentra inscripto al Tomo 0077; Folio 00578; Número 058823; Año 1949; Lote P/MZ del Registro General de la Propiedad de Santa Fe, en el marco de los autos caratulados GROSSO, ALIDO VALENTIN C/Sucesores De Escalada, Marcelino S/Usucapión; CUIJ 21-26186959-1, todo conforme el proveído que en su parte pertinente reza lo siguiente: San Justo, 22 de Febrero de 2022 (...) Al punto II.-: Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebeldes a Marcelino Escalada y/o propietarios y/o sucesores y/o herederos de los lotes 1, 2, 5, 6, 7 y 9 de la manzana 67 del inmueble sito en zona urbana de la localidad de Marcelino Escalada, que se encuentra inscripto al Tomo 0077; Folio 00578; Número 058823; Año 1949; Lote P/MZ del Registro General de la Propiedad de Santa Fe. Publíquense edictos a los fines de su notificación. Notifíquese. Fdo. Dr. Buzzani. Secretario. Dra. Alessio. Jueza. San Justo (Sta. Fe), 24 de Febrero de 2022. Dr. Leandro Buzzani, Secretario.

$225 472644 Mar.9 Mar.15

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A los efectos previsto por la Ley 11867, se hace saber que el Sr. Lucas Oscar Poletti, DNI 29.579.896, domiciliado en calle Esperanza Nº 862 de La ciudad de Sunchales, (Santa Fe) transfiere a la Sra. Maria Fernanda Poletti, DNI Nº 31.832.077 domiciliada en calle Chubut Nº 1183, de Sunchales (Santa Fe), el fondo de comercio correspondiente a TRYPMAXI VIAJES empresa de viajes y turismo habilitada por la secretaria de turismo de la nación (Legajo Nº 16234), domiciliada en calle Crespo 864 de Sunchales Sunchales, diciembre de 2021.Rafaela, 07 de febrero de 2022. Julia Fascendini, Secretaria.

$45 Mar.9

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La Señora Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de SANTA FE, DRA. MARIA ROMINA KILGELMANN, hace saber que en los autos caratulados “MONTENEGRO, CIPRIANO RAFAEL S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA, CUIJ 21-02027509-7, ha sido designado Sindico el C. P. Cristian Daniel Escobar, correo electrónico: crisdiver@hotmail.com, contacto: 3415987097, con domicilio procesal en calle Corrientes 3521 de la ciudad de Santa Fe, con días y horarios de atención: Lunes, Miércoles y Viernes, de 9 a 12 hs, y 17 a 20 hs. Como recaudo se transcribe el decreto que textualmente dice en su parte pertinente: SANTA FE, 27 de Diciembre de 2021 Proveyendo escrito cargo N° 17804: Habiendo resultado sorteado como Síndico el CPN. Cristian Daniel ESCOBAR domiciliado en calle Corrientes N° 3521 desígnaselo en tal carácter quien deberá comparecer dentro del término de dos días a los efectos de aceptar el cargo, bajo apercibimientos de ley. Fecho, hágase saber que deberá publicar edictos comunicando la designación, dirección y horarios de atención. Proveyendo escrito cargo N° 17925: Téngase presente la aceptación al cargo de síndico en las presentes actuaciones. Notifíquese. Fdo.: DRA. MARIA ROMINA KILGELMANN, JUEZA; DRA. MARIA ESTER NOE DE FERRO, SECRETARIA.

S/C 470990 Mar. 09 Mar. 15

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: MARCHESI GRACIELA EVANGELINA s/Sucesorio; CUIJ 21-02021759-3, en tramite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos aquellos que se consideren con derecho sobre los bienes de la señora MARCHESI GRACIELA EVANGELINA, DNI 3.960.407, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Fdo: Dra. Claudia Sánchez, Secretaria.

$ 45 Mar. 09 Mar. 15

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación), en los autos caratulados: “GOMEZ, REYNALDO ADOLFO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" Expte. CUIJ 21-02026556-3”, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Doña REYNALDO ADOLFO GOMEZ, D.N.I. Nro. 6.224.297, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Fdo. Dra. DRA. CLAUDIA SÁNCHEZ (Secretaria).- Santa Fe, 5 de noviembre de 2021.-

$ 45 Mar. 9

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe , en los autos caratulados “ VULPETTI EDGAR JOSE s/sucesorio” expte nro. 21-02028363-4 , en trámite ante el Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la Ciudad de Santa fe se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del EDGAR JOSE VULPETTI argentino, viudo , mayor de edad, con domicilio en calle Aristóbulo del Valle km 10,5 s/n de la Localidad de Monte Vera de Santa Fe , DNI 6.228.743 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hallde Tribunales (arts. 592 y 67 mod. Ley 11.287 C.P.C.). Santa Fe,

$ 45 Mar. 09

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados: RAMAYO CLAUDIA CLOTILDE s/Declaratoria de Herederos – 21-02028340-5, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Ramayo Claudia Clotilde, DNI 6.107.726, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Claudia Sánchez – Secretaria. Santa Fe, Febrero de 2022.

$ 45 Mar. 9

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HAGO SABER A UD. QUE EN EL JUICIO SEGUIDO POR ANTE ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA 2 NOMINACION DEL DISTRITO JUDICIAL Nº 6, SECRETARIA AUTORIZANTE SE HA DICTADO LA SIGUIENTE PROVIDENCIA: “… ESTANDO ACREDITADO EL FALLECIMIENTO DEL SR. ADEMAR OSCAR ALBONICO CON EL TESTIMONIO DEL ACTA DE DEFUNCION ACOMPAÑADA, DECLARESE ABIERTO SU DECLARATORIA DE HEREDEROS. PUBLIQUENSE EDICTOS POR EL TERMINO DE LEY (1 DIA) EN EL BOLETIN OFICIAL Y CUMPLIMENTESE CON LO DISPUESTO POR EL ART. 67 CPCC MODIF. LEY 11287. QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS DEL DECRETO PRECEDENTE.-

$ 45 Mar. 9

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Por disposición de la Sra Jueza de Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 17 Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo Dr. María Isabel Arroyo, secretaría a cargo de la Dra. Marta Migueletto, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Don Salvador Velázquez, L.E.. N° 1.794.848 y de Doña Ramona Rufina Avalos, L.C. 6.440.887, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley en autos caratulados: "VELÁZQUEZ, Salvador y otros s/Sucesorio" CUIJ N° 21-26323596-4. Villa Ocampo, 07 de Marzo de 2022.Fdo.: Dra. María Isabel Arroyo – Jueza; Dr. Guillermo D. Angaramo – Secretario Subrogante.-

$ 45 Mar. 9

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San Jorge

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, en autos caratulados: “ROVERE JUAN DOMINGO s/ SUCESORIO” Expte. CUIJ N° 21-26262509-2, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JUAN DOMINGO ROVERE DNI 10.061.714, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos legales. Los que se publicarán a sus efectos legales en el Boletín Oficial y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge,

$ 45 Mar. 9

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 11, en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, en autos “LINGUA, ELEVIO ESTEBAN S/ SUCESORIO” (Expte. CUIJ 21-26262039-2), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios del causante ELEVIO ESTEBAN LINGUA, D.N.I. 6.284.643, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial por el término de cinco (5) días.- San Jorge, 17.12.2021

$ 45 Mar. 09

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia de Distrito Judicial N° 10 de Familia de la ciudad de San Cristóbal en los autos caratulados: ESPINDOLA, MARIA PATRICIA c/ALDERETE, JULIAN OSVALDO s/Alimentos; CUIJ 21-26135078-2, se notifica al Sr. Julián Osvaldo Alderete, DNI Nº 37.580.462, que se ha dispuesto lo siguiente: San Cristóbal, 30 de Junio de 2021. Téngase presente lo manifestado. En honor al principio de economía procesal y teniendo en cuenta la naturaleza de la pretensión objeto de autos, y atento a la variación de la circunstancias de hecho, readécuese la cuota alimentaria oportunamente ordenada, estableciéndose en la suma equivalente al treinta por ciento (30%) del salario mínimo, vital y móvil vigente, acorde a la Resolución 412021 (o normativa que lo modifique) dictado por el Concejo Nacional del Empleo, Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil de fecha 03/05/2021 y resoluciones complementarias (hoy equivalente a la suma en pesos $ 7.671,60). Intímese al accionado para que abone dicho monto, en el término y bajo apercibimientos de ley. A tales fines, líbrese el despacho que correspondiere. Notifíquese. Fdo. Dra. Vanina Andrea Montero (Secretaria) - Dra. Marisa Mónica Malvestiti (Jueza). San Cristóbal, 25 de Agosto de 2021. Por recibido. Agréguese a autos. Téngase presente lo informado por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Hágase saber al demandado los datos de la cuenta judicial abierta para estos autos a los fines del depósito de la cuota alimentaria definitiva dispuesta en las presentes actuaciones. Notifíquese. Fdo. Dra. Vanina Andrea Montero (Secretaria) - Dra. Marisa Mónica Malvestiti (Jueza). San Cristóbal, 29 de Septiembre de 2021. Téngase presente lo manifestado. A lo solicitado, oportunamente y de corresponder. Intímese al Sr. Julián Osvaldo Alderete para que en el término de tres (3) días abone la cuota alimentaria dispuesta en autos, bajo apercibimiento de proceder a la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Art. 40 Ley 11.945). Notifíquese. Fdo. Dra. Vanina Andrea Montero (Secretaria) - Dra. Marisa Mónica Malvestiti (Jueza). Datos cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe. S.A.: Nº 97802 - CBU: 3300539130000000978029. Se publica a efectos legales. San Cristóbal, 18 de Febrero de 2022. Dra. Vanina Andrea Montero (Secretaria).

S/C 472060 Mar. 9 Mar. 11

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral sito en Avda. de Los Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de ésta ciudad de San Cristóbal, departamento homónimo, de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTÓBAL c/DE LESIZA LEONTINA L. y Otros s/Apremio Municipal - Expte. C.U.I.J. N° 21-22867307-9 año 2021, que se tramitan por ante éste Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: San Cristóbal, 01 de Noviembre de 2021. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado en copia digitalizada, que se agrega a autos. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra Leontina L. de Lesiza y/o Nydia de Gamboa y/o quienes resulten propietarios y/o responsables del pago de la liquidación de deuda acompañada, correspondiente al inmueble ubicado en calle Islas Malvinas N° 946, de ésta ciudad, e identificado en el pto. III) Hechos del escrito de demanda, por cobro de la suma de pesos ciento veintinueve mil doscientos sesenta con ochenta y ocho centavos ($ 129.260,88) en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos, conforme la liquidación que se agrega a autos, con más intereses y costas. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en las puertas del Juzgado y el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (Art. 28 Ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Requiérase la información que solicita, oficiándose a tales fines a la Administración Provincial de Impuestos, delegación San Cristóbal y a la Dirección Provincial de Catastro, conforme el art. 25 CPCC, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Acompañe el profesional interviniente en la primera ocasión de constituirse en éste Juzgado, el original de la procura invocada y de la documental acompañada, para su cotejo por Secretaría. Hágase saber que toda documental y/o actuación procesal acompañada en formato digital, deberá ser resguardada por el presentante y exhibida y/o acompañada cuando el tribunal así lo requiera. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen Defagot y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo.: Dra. Claudia M. Gimpietri - Secretaria. Dr. Germán Ariel Vivas, Juez. San Cristóbal, 4 de Noviembre de 2021.

S/C 472347 Mar. 9 Mar. 11

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral sito en Avda. de Los Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de ésta ciudad de San Cristóbal, Departamento homónimo, de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTÓBAL c/SAN CRISTÓBAL S.R.L. s/Apremio Municipal; Expte. C.U.I.J. N° 21-22867292-8 Año 2021, que se tramitan por ante éste Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: San Cristóbal, 14 de Octubre de 2021. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado en copia digitalizada, que se agrega a autos. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra San Cristóbal S.R.L. y/o quienes resulten propietarios y/o responsables del pago de la liquidación de deuda acompañada, correspondiente al inmueble ubicado en calle Riobamba N° 1350, de ésta ciudad, e identificado en el pto. III) Hechos del escrito de demanda, por cobro de la suma de pesos ciento treinta y tres mil ciento noventa y uno con dieciséis centavos ($ 133.191,16) en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos, conforme la liquidación que se agrega a autos, con más intereses y costas. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en las puertas del Juzgado y el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 Ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Requiérase la información que solicita, oficiándose a tales fines a la Administración Provincial de Impuestos, delegación San Cristóbal y a la Dirección Provincial de Catastro, conforme el art. 25 CPCC, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Acompañe el profesional interviniente en la primera ocasión de constituirse en éste Juzgado, el original de la procura invocada y de la documental acompañada, para su cotejo por Secretaría. Hágase saber al profesional interviniente que toda documental y/o actuación procesal acompañada en formato digital, deberá ser resguardada por el presentante y exhibida y/o acompañada -cuando el tribunal así lo requiera. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen Defagot y/o la oficial notificadota. Notifíquese. Fdo. Dra. Claudia M Giampietri - Secretaria Dr. Germán Ariel Vivas — Juez.

S/C 472348 Mar. 9 Mar. 11

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Circuito Judicial N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: COMUNA DE HUANQUEROS c/IVIANI, LEONIDAS s/Apremio Municipal - Expte. C.U.I.J. N° 21-22867267-7 año 2021, se ha ordenado lo siguiente: San Cristóbal, 20 de septiembre de 2021. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado en copia digitalizada, que se agrega a autos. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra Leonidas Viviani, con domicilio en calle Lavaise N° 1721 de la ciudad de Santa Fe (Pcia. de Santa Fe) y/o quienes resulten propietarios y/o responsables del pago de la liquidación de deuda acompañada correspondiente al inmueble identificado en el pto. III) Hechos del escrito de demanda, por cobro de la suma de pesos veinticuatro mil ochocientos cincuenta con cincuenta centavos ($ 24.850,50) en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos, conforme la liquidación que se agrega a autos, con más intereses y costas. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Autorícese la notificación a la demandada mediante carta certificada con acuse de recibo (art. 66 CPCCSF). Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en las puertas del Juzgado y el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Requiérase la información que solicita, oficiándose a tales fines a la Administración Provincial de Impuestos, delegación San Cristóbal y a la Dirección Provincial de Catastro, conforme el art. 25 CPCC, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Acompañe el profesional interviniente en la primera ocasión de constituirse en éste Juzgado, el original de la procura invocada y de la documental acompañada, para su cotejo por Secretaría. Hágase saber al profesional interviniente que toda documental y/o actuación procesal acompañada en formato digital, deberá ser resguardada por el presentante y exhibida y/o acompañada cuando el tribunal así lo requiera. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifíquen. Defagot y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo.: Dra. Claudia Mariana Giampietri, Secretaria. Dr. Germán Ariel Vivas - Juez.

S/C 472349 Mar. 9 Mar. 11

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Circuito Judicial N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Cristóbal, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: COMUNA DE HUANQUEROS c/BAY, JOSÉ SANTIAGO y Otros s/Apremio Municipal - Expte. C.U.I.J. N° 21-22867344-4 año 2022, se ha ordenado lo siguiente: San Cristóbal, 02 de Febrero de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado en copia digitalizada, que se agrega a autos. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra José Santiago Bay, José María Bay y José Lucas Bay, domiciliados en calle 7 de marzo N° 1491, de la ciudad de Santo Tomé (Pcia. de Santa Fe) y/o quienes resulten propietarios y/o responsables del pago de la liquidación de deuda acompañada correspondiente al inmueble identificado en el pto. III) Hechos del escrito de demanda, por cobro de la suma de pesos cuarenta y siete mil cuatrocientos cincuenta con cuarenta y nueve centavos ($ 47.450,49) en concepto de Tasa General de Inmuebles Rurales, conforme la liquidación que se agrega a autos, con más intereses y costas. Cítese y emplácese a los accionados para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Autorícese la notificación a la demandada mediante carta certificada con acuse de recibo (art. 66 CPCCSF). Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese a los accionados mediante la publicación de edictos en las puertas del Juzgado y el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 Ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Requiérase la información que solicita, oficiándose a tales fines a la Administración Provincial de Impuestos, delegación San Cristóbal y a la Dirección Provincial de Catastro, conforme el art. 25 CPCC, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Acompañe el profesional interviniente en la primera ocasión de constituirse en éste Juzgado, el original de la procura invocada y de la documental acompañada, para su cotejo por Secretaría. Hágase saber al profesional interviniente que toda documental y/o actuación procesal acompañada en formato digital, deberá ser resguardada por el presentante y exhibida y/o acompañada cuando el tribunal así lo requiera. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen Defagot y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo.: Dra. Claudia Mariana Giampietri - Secretaria. Dr. Germán Ariel Vivas - Juez. San Cristóbal, 14 de Febrero de 2022.

S/C 472350 Mar. 9 Mar. 11

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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: GONZALEZ, YOLANDA INES s/Quiebra; (CUIJ 21-26134715-3), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 10 en lo Civil Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Cristóbal. Secretaria de la autorizante Dra. Cecilia Y. Tovar, se hace saber por 2 (dos) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución, de acuerdo a lo establecido por el art. 218 de la Ley 24.522. Asimismo que se han regulado los honorarios del CPN Reynaldo Alberto Mateo Síndico, en la suma de ($ 85.205,94). Los de la CPN María Elena de los M. Sabater Síndica Suplente) en la suma de ($ 85.205,94). Los del Dr. Guillermo José El Halli Obeid en la suma de ($ 52.310,34) (5,82 unidades jus). Los del Dr. Esteban Cattaneo en la suma de ($ 52.310,34) (5,82 unidades jus) y los del, Dr. Fernando Berlanga en la suma de ($ 8.987,23) (1 unidad ius). A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: San Cristóbal, 14 de Diciembre de 2021. Téngase presente el informe final y proyecto de distribución acompañado por la Sindicatura conforme a lo previsto por el art. 218 de la Ley de Concursos y Quiebras. Del cálculo de los topes mínimos regulables, 4% del activo (conformado con lo embargos de sueldo) y tres sueldos de Secretarios, como así también del monto máximo, 12% del activo (pautas establecidas por el Art. 267. Ley 24.522), se concluye que en el presente caso los tres sueldos de Secretario de Primera Instancia superan ampliamente el 12% del activo. Además la aplicación del tope de tres sueldos de secretario (284.019,83 x 3=852.059,49), arroja un monto que no guarda adecuada relación con el informe del Síndico respecto a la conformación del activo, por lo que los emolumentos no se adecuarían a la situación patrimonial denunciada. En consecuencia, atendiendo a lo establecido por el art. 271 de la LCQ. que determina claramente el modo de solucionar situaciones de inequidad derivadas de la desproporción entre los parámetros analizados y contemplando de modo equitativo todos los elementos que surgen de la causa. Estimo adecuado fijar como masa regulable un salario del Secretario de Primera Instancia. En consecuencia, regúlense los honorarios profesional del CPN Reynaldo Alberto Mateo en la suma de ochenta y cinco mil doscientos cinco pesos con noventa y cuatro centavos ($ 85.205.94). Regúlense los honorarios profesionales de la CPN María Elena de los M. Sabater en la suma de ochenta, y cinco mil doscientos cinco pesos con noventa y cuatro centavos ($ 85.205,94). Regúlense los honorarios profesionales de Dr. Guillermo José El Halli Obeid, en la suma de cincuenta y dos mil trescientos diez pesos con treinta y cuatro centavos ($ 52.310,34) (5.82 unidades ius). Regúlense los honorarios profesionales del Dr. Esteban Cattaneo en la suma de cincuenta y dos mil trescientos G101 pesos con treinta y cuatro centavos ($ 52.3 10,34) (5,82 unidades ius). Regúlense los honorario profesionales del Dr. Fernando Berlanga en la suma de ocho mil novecientos ochenta siete pesos con veintitrés centavos ($ 8,987,23) (1 unidad ius) Requiérase a los mencionados profesionales acompañen constancias de inscripción ante la AFIP. Córrase vista a las cajas respectivas. Hágase conocer el informe final y Proyecto de Distribución presentado, como así también el presente proveído, con transcripción integra de las mencionadas actuaciones. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de ley y bajo apercibimiento de ser aprobado, caso de corresponder y proceder conforme lo dispone el art.221, Ley 24522. Hágase saber que por tratarse de una quiebra sin activo liquidado, corresponde abonar las Tasas de Justicia y Actuación según art. 35, inc. A, Ap. a) de la Ley Impositiva anual. Agréguese la documental que obra reservada en Secretaría. Notifíquese. Fdo. Dra. Graciela V. Gutscher, Jueza. Dra. Cecilia V. Tovar. Secretaria.

INFORME FINAL Y DISTRIBUCION – ArT. 218 LCQ

En este informe, habré de destacar todas las actuaciones que pudieran dar debida cuenta del desempeño ejercido por la sindicatura anterior ( de acuerdo a lo que pudo constatarse en el Expte. original) y quien suscribe.

En ese sentido y siguiendo el mismo orden previsto por el ya citado dispositivo legal, procedo a informar lo siguiente:

1) RENDICION DE CUENTA DE LAS OPERACIONES EFECTUADAS:

Que habiendo sido designada Síndica por fallecimiento del C.P.N. Reynaldo A. Mateo, asumí la función el 03/09/2019, interiorizándome del estado en que se encontraba el proceso y las tareas pendientes de realización. Solo se hallo en el expte. el Informe General del art. 39, confeccionado por el Síndico Original. Por lo tanto, al no hallarse constancias de la confección y tramitación de los Oficios y exhortos ordenados en la resolución de quiebra, volvieron a confeccionarse y tramitarse los mismos, adjuntándose al Expte. el 17/03/2020; según el siguiente detalle:

*Oficios a las distintas MEU: DE Distrito Civil y Comercial, de Circuito, de

Responsabilidad Extracontractual y Laboral.

*Ídem exhortos al Juzgado Federal Nºs 1 y 2

*Ídem Oficio al Registro de Procesos universales

*Ídem oficio al Registro Público de Comercio

*Ídem Oficio al Correo Oficial de la República Argentina S.A.

*Ídem Oficio inhibición al Registro General.

*Ídem Oficio inhibición Registro Nacional de la Propiedad Automotor

*Ídem oficio al Ministerio de Educación para traba de embargo sobre los haberes de la fallida.

* En fecha 05/05/2021, se realizo el Acta de desapoderamiento en el domicilio de la Sra. González de calle Cristóbal Murrieta Nº 710 – Barrio San José – de la Ciudad de San Cristóbal, realizada en forma conjunta con el Oficial de Justicia del Juzgado. En el lugar solo se hallaron los bienes considerados imprescindibles para la subsistencia de la fallida y su grupo familiar, por lo que no hubo desapoderamiento. Las demás circunstancias del acto realizado obran adjuntas al expte. Ppal. (cargo 3284 del 06/05/2021)

* No hubo presentación de acreedores a verificar en la etapa tempestiva, por lo tanto no se confeccionó el Informe Individual que prevé el art. 35 de la L.C.Q. lo que consta en el Informe General presentado por el Síndico original.

* No hubo Incidentes de Verificación Tardía, a la fecha.

2- RESULTADO DE LA REALIZACIÓN DE BIENES

En el presente proceso no hubo realización de bienes. Los ingresos a distribuir provienen exclusivamente de los fondos retenidos del salario que percibe la fallida, en su carácter de empleada en relación de dependencia del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, los que se encuentran depositados en la cuenta judicial Nro. 95249 de la Sucursal 539 (San Cristóbal) del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.

3- ENUMERACION DE LOS BIENES NO ENAJENADOS Y CREDITOS NO COBRADOS

No existen.

4- PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN FINAL DE FONDOS

I- FONDOS DISPONIBLES PARA DISTRIBUIR

TOTAL DE FONDOS DEPOSITADOS EN LA CTA. JUDICIAL

Nº 95249 al 08/12/2021 (*) (**) …….$ 138.600,00

(*) Se adjunta saldo bancario y resumen de movimientos

(**) Ultimo depósitos fondos retenidos: 05/11/2021.

MENOS: sellado de reposición a Pagar

Según (Ley 3650 art. 35 inc. A, Ap. a))

100 modulos tributarios a $1,00 c/u …….$ (100,00)

Sub Total …….$ 138.500,00

II- RESERVAS ARTICULO 220 LEY 24.522

Sub-total. …….$ 138.500,00

III- GASTOS DE CONSERVACIÓN Y DE JUSTICIA

(Art. 240 LEY 24.522)

MENOS:

*** Reserva para Honorarios pendientes de regulación al Síndico original

C.P.N Reynaldo A. Mateo (Sucesión),a la CPN María Elena de los M. Sabater (sindica suplente); Apoderado de la fallida original Dr. Guillermo J. El Halli Obeid y nuevo apoderado Dr. Fernando Berlanga ($ 138,500.00)

*** Se consume el total disponible ya que es inferior a la Base regulatoria

(un sueldo de Secretario de Primera Instancia de Distrito), que a partir del 01/11/21 es de $284.019,83;a distribuir entre los profesionales intervinientes en la proporción que V.S. determine.

Sub. Total.…….$ ————

IV – ACREEDORES CON PRIVILEGIO ESPECIAL ART. 241 L.C.Q

-NO EXISTEN …….$ ————

V- ACREEDORES CON PRIV GENERAL ART. 246 L.C.Q.

- NO EXISTEN …….$ ————

V- ACREEDORES QUIROGRAFARIOS ART. 248 L.C.Q.

- NO EXISTEN …….$ ————

Sub- Total ……. $ ———-

Por lo expuesto, a V.S. solicito:

-Tenga por presentado el Informe Final y proyecto de Distribución que

Prevé el Art. 218 de la L.C.Q.

- Regule los honorarios de los profesionales intervinientes. Se acompaña al efecto las constancias de inscripción en la AFIP-DGI-, correspondientes a quien suscribe, el Dr. Guillermo El Halli Obeid y Dr. Fernando Berlanga. Respecto del Síndico fallecido se comunicará a sus causahabientes, a que comparezcan al Expte. Proveer de conformidad a lo solicitado. Será Justicia. Fdo. Dra. Cecilia Tovar, Secretaria. San Cristóbal.

S/C 472533 Mar. 9 Mar. 10

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10, en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres (Santa Fe), se cita a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causante Sr. Oscar Pedro Caravario, D.N.I. N° 6.297.087, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados: CARAVARIO, OSCAR PEDRO s/Sucesorio - CUIJ Nº 21-17429500-7, sucesorio iniciado por el Dr. Ariel Fioramonti, debiendo publicarse cinco veces en diez días. Ceres, de Febrero 2022. Firmado: Dr. Jorge A. Da Silva Catela, Juez; Dra. Viviana Gorosito Palacios, Secretaria Subrogante.

$45 Mar. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres, se cita, llama y emplaza en los autos caratulados ARMANDO ELSA MARIA s/sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-17429524-4, a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Sra. Elsa María Armando, DNI Nº 5.191.415, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en Puertas del Juzgado. Marzo de 2022.

$45 Mar. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Unica Secretaría de la ciudad de Ceres, dictada en autos: GALENGA BENITO JUAN s/Sucesorio; CUIJ N° 21-17429597-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derecho sobre los bienes de: Benito Juan Galenga, quien falleciera siendo argentino, mayor de edad, D.N.I. N° 6289825, fallecido el 11 de julio de 2013, siendo su último domicilio en la ciudad de San Guillermo, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publicará a esos efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la ciudad de Santa Fe.

$ 45 Mar. 9

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposiciones del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N°: 5 en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rafaela, en autos caratulados CUIJ N: 21-24200287-0 MOLINARO JUAN BENITO S/SUCESORIO” se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de JUAN BENITO MOLINARO, D.I. N°:6.268.422, con último domicilio en zona urbana de Susana (Sta. Fe), fallecido en fecha 22 de Febrero de 2000 en Rafaela, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley, los que se publican en el Boletín Oficial y el Hall de Tribunales. Rafaela, 7 de marzo de 2022.-

$ 45 Mar. 09

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