CRYPTOCAPITAL S.A.S.
ESTATUTO
Conste que por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se tramitan los autos caratulados “CRYPTOCAPITAL SAS S/ Constitución de Sociedad” Expediente CUIJ 21-05206622-8 Año: 2.021) en los que se pretende la inscripción registra de dicha sociedad.
Contrato Constitutivo:
SOCIO: Daniel Alejandro Aveille,argentino, casado en primeras nupcias con María Mercedes Troncoso, comerciante, D.N.I N° 32.701.877, C.U.I.T N° 23-32701877-9, nacido el 26 de noviembre de 1.986, con domicilio en Pueblos Originarios 5.450 de la localidad de San José del Rincón Tomé, provincia de Santa Fe.
Denominación: CRYPTOCAPITAL SAS-
Domicilio: Pueblos Originarios 5.450 de la localidad de San José del Rincón, provincia de Santa Fe. -
Duración: 20 años contados desde la inscripción en el Registro Público. -
Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: a) Software: Desarrollo, diseño, análisis, relevamiento, implementación, asesoramiento, consultoría, compraventa, alquiler, importación, exportación, licenciamiento, mantenimiento y prueba de software y aplicaciones informáticas; desarrollo de tecnologías, investigación e innovación; diseño, desarrollo, producción, mantenimiento y reparación de equipos y productos informáticos y de telecomunicaciones; diseño web; análisis, programación, preparación y aplicación de sistemas informáticos para toda clase de actividades, su suministro, implantación e integración, así como la formación y el asesoramiento; prestación de servicios de externalización de operaciones de sistemas, comunicaciones y relacionados con las tecnologías de la información; consultoría estratégica, tecnológica, organizativa, formativa y de procesos; b) Blockchain: comercialización e intermediación de bienes y servicios electrónicos tales como criptomonedas, y/o criptoactivos; procesamiento e intercambio electrónico de datos y cuentas vinculadas a dichas operaciones; servicios. de consultoría y asesoramiento; transferencia de activos digitales; programación e intermediación de Smart Contracts; desarrollo, implementación y diseño de plataformas colaborativas; auditoria de procesos mediante la utilización de la técnica referida; gestión de datos e identidades; servicios de prevención de fraude, almacenamiento de activos intangibles y protección de la propiedad intelectual; e) Financiera: efectuar toda clase de operaciones en todos los bancos y/o entidades financieras del país o del extranjero, celebrar contratos de compraventa de monedas extranjeras, divisas, activos financieros, metales y otras mercaderías que se comercialicen en los mercados; tomar y otorgar préstamos con o sin garantía a corto, mediano o largo plazo en el país y/o en el extranjero, efectuar inversiones o aportes de capital en sociedades. Las mencionadas actividades se harán exclusivamente con fondos propios y quedan excluidas aquellas abarcadas por la Ley de Entidades Financiera y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. -
Capital Social: El capital de la sociedad se fija en la suma de Pesos Un Millón Quinientos Mil ($1.500.000), dividido en un millón quinientos mil (1.500.000) cuotas partes de pesos uno (1) cada una, el que es suscripto e integrado del siguiente modo: el Sr. Daniel Aveille suscribe un millón quinientos (1.500.000) cuotas partes equivalentes a la suma de Pesos un Millón Quinientos Mil ($1.500.000) e integra en el momento del Quinientos Mil (500.000)
Administración: La administración estará a cargo de-uno a dos personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y en caso de que sea plural la administración podrá designarse vice representante quién reemplazará en caso de ausencia o impedimento del representante. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. -
Administrador Titular: Daniel Aveille, argentino, casado, comerciante, D.N.I. N° 32.701.877, C.U.I.L N° 23-32701877-9.-
Fiscalizacion: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del art. 55 LGS.
Cierre Del Ejercicio; El ejercicio social cierra el 31 de Diciembre de cada año. Fecha Contrato Social: 15 de Octubre de 2.021.
Santa Fe, 4 de Noviembre de 2.021. Dr. Jorge Freyre, Secretario.
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PISO 6 S.R.L.
CONTRATO
Conste que por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se tramitan los autos caratulados “PISO 6 SRL S S/Constitución de Sociedad” (Expediente CUIJ 21-05204518 2 Año: 2.021) en los que se pretende la inscripción registral de dicha sociedad. -
Contrato constitutivo:
Socios: Patricia Lujan Gómez, DNI N° 34.544.689, CUIT 27-34544689-9, nacida el 26 de Julio de 1989, argentina, soltera, de profesión arquitecta, con domicilio en calle Maipú N° 2007 Piso 6 - Dpto. “B”, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe; Cristian Javier Dovis, DNI N° 30792.097, CUIT 20-30792097-3, nacido el 9 de Julio de de 1984, argentino, soltero, de profesión empresario, con domicilio en calle Independencia N° 3539, de la ciudad de San Justo, ,departamento San Justo, provincia de Santa Fe.
Denominación: PISO 6 SRL
Domicilio: Ciudad de Santa , calle Maipú Nº 2007, piso 6, Departamento “B”.
Duración: 8 años contados desde la inscripción en el Registro Público.
objeto social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: 1) construcción de edificios, estructuras y todo tipo de obra de ingeniería y arquitectura, sean de carácter público o privado, sobre inmuebles propios, de terceros o públicos, como así también la representación técnica y/o dirección de obras públicas y privadas, el asesoramiento y la confección de proyectos, cálculos, planos y servicios de ingeniería civil, industrial y arquitectura; 2) venta por cuenta propia, de terceros o asociada a tercero dentro o fuera del país de materiales para la construcción, revestimiento, impermeabilización y herramientas para la aplicación de tales materiales; 3) compraventa, urbanización, subdivisiones y/o fraccionamiento de inmuebles urbanos y/o rurales y a la construcción y/o reparación de edificios en general inclusive los amparados en el régimen de propiedad horizontal y/o arrendar y alquilar inmuebles propios.
Capital Social: El capital de la sociedad se fija en la suma de pesos doscientos mil ($200.000), dividido en dos mil (2000) cuotas .de pesos cien ($100) valor nominal cada una. Las cuotas partes son suscriptas en las siguientes proporciones: El señor Cristian Javier Dovis, 1000 (mil) cuotas pares, 50% (cincuenta por ciento), por la suma de $100.000 (pesos cien mil), y la señora Patricia Lujan Gómez 1000 (mil) cuotas partes, 50% (cincuenta por ciento), por la suma de $100.000 (pesos cien mil).
administración: La administración, dirección y representación será ejercida por uno o mas gerentes, socios o no. A tal fin usaran sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, procedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualquiera de ellos. El plazo de duración será de 3 ejercicios, pudiendo ser reelectos indefinidamente. Gerente designado: Patricia Luján Gómez
Fiscalización: La fiscalización estará a cargo de todos los socios.
Cierre del ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de Diciembre de cada año.
Fecha Contrato Social: 21 de Enero de 2021
Santa Fe, 17 de Febrero de 2022. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.
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SERVICIOS Y TRANSPORTE SANTO TOME S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Por estar así dispuesto en los Autos Caratulados Servicios y Transporte Santo Tome S.R.L. s/ Modificación al Contrato Social, Expte. Nº 2651 Año 2021, de trámite por ante el Registro Público, se hace saber que: Por instrumento de fecha 06/12/2021, los Señores Lucia Graciela Bellini, DNI nro 14.772.307, Ricardo Emilio Tibussi, DNI nro 12.351.666, ceden, venden y transfieren a las Señoras Muller Veronica Evangelina, Argentina, nacida el 11 de febrero de 1984, DNI nro 30.482.533, comerciante, con domicilio en calle Alfredo Goiran 1124 de la ciudad San Francisco, provincia de Cordoba y Bolondrina Debora Ludmila, Argentina, nacida el 28 de Julio de 2001, DNI nro 42.559.922, comerciante, con domicilio en calle Antártida Argentina 452 – Plaza Clucellas – Castellanos, provincia de Santa Fe, el ciento por ciento de la participación social de Servicios y Transporte Santo Tome S.R.L., por todo lo expuesto la clausula cuarta del contrato social queda redactada de la siguiente manera: CUARTA: Capital: El capital de la sociedad se fija en la suma de Pesos Cincuenta Mil ($50.000,00) dividido en Quinientas (500) cuotas partes de Pesos Cien ($100.-) cada una, totalmente suscriptos e integrados por cada uno de los socios de acuerdo con el siguiente detalle: a) la señora Bolondrina Debora Ludmila suscribe e integra la cantidad de Doscientos Cincuenta ( 250) cuotas partes de Cien Pesos ( $ 100) cada una, totalizando la suma de Veinticinco Mil Pesos ( $ 25.000) y b) la señora Muller Verónica Evangelina suscribe e integra la cantidad de Doscientos Cincuenta ( 250) cuotas partes de Cien Pesos ( $ 100) cada una, totalizando la suma de Veinticinco Mil Pesos ( $ 25.000). La integración se efectua en dinero efectivo- Se decide por unanimidad de los nuevos socios modificar el domicilio social de esta, quedando redactado la cláusula Primera de la siguiente manera: PRIMERO: La sociedad se denominación “ SERVICIOS Y TRANSPORTE SANTO TOME” SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y tendrá como domicilio legal la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, sin perjuicio de las sucursales, agencias, filiales y/o representaciones que podrán establecer en cualquier punto de la República Argentina y/o del Exterior- Se establece nuevo domicilio social, designación de gerente y designación de autorizado para realizar tramite de inscripción, por todo lo expuesto la clausula desimosexta del contrato social queda redactada de la siguiente manera: DESIMOSEXTA: En este acto los socios acuerdan lo siguiente: a) establecer sede social en la calle Alberdi 4439, de la Ciudad Santa Fe, provincia de Santa Fe; b) Designar gerente de la Sociedad al señor socio Doña Bolondrina Debora Ludmila, quién acepta el cargo que se le otorga; c) autorizar al Dr. Abogado Sandoval Alejandro Gregorio, para tramitar la inscripción del presente contrato en el Registro Púbico, con las facultades de aceptar las modificaciones que este indique, otorgando los instrumentos que resulten necesarios acompañar y desglosar documentación y depositar y retirar fondos a que se refiere el art. 149 de la ley 19950.---
$ 132 472709 Mar. 9
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