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DINAMIC GRAND S.A.


ESTATUTO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la Ciudad de Santa Fe, a cargo del Registro Público, se ha ordenado la siguiente publicación en los autos caratulados: DINAMIC GRAND S.A. s/Constitución de sociedad; (CUIJ N° 21-05206528-0), por el cual se hace saber los señores Mariano Daniel Alonso, quien acredita su identidad personal con Documento Nacional de Identidad N° 25.089.335, argentino, con fecha de nacimiento el día 14 de Agosto de 1.974, 47 años de edad, sexo masculino, empresario, soltero, con domicilio en calle Juan B. Justo N° 824 de la localidad de San Carlos Centro, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, y Alexis Joel Klein, quien acredita su identidad personal con Documento Nacional de Identidad N° 31.386.433, argentino, con fecha de nacimiento el día 10 de Marzo de 1.985, 36 años de edad, sexo masculino, empresario, soltero, con domicilio en calle Roberto Weihmuller N° 583 de la localidad de San Carlos Centro, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, han resuelto constituir una sociedad anónima de propósito específico, la cual se regirá por la Ley General de Sociedades Comerciales y por las que a continuación se establecen en el siguiente estatuto: Denominación. Domicilio. Plazo y objeto. Artículo 1: La sociedad se denomina Dinamic Grand S.A. y tiene su domicilio legal en la ciudad de San Carlos Centro, Departamento Las Colonia, Provincia de Santa Fe. Artículo 2: Su duración es de 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Artículo 3: Tiene por objeto Industrial: Mediante la transformación de maderas y/o postes y/o durmientes en muebles y/o mobiliarios y/u objeto de decoración, a través de su armado con o sin mecanizado, su instalación y posterior servicio de posventa. Comerciales: mediante la compra, venta, permuta, importación, exportación, leasing y distribución de maderas, postes, durmientes y/o los productos fabricados y los insumos y maquinaría necesarios para la actividad industrial antes mencionada, y de artículos y bienes para la construcción, especialmente de cemento, hierros, áridos, aberturas, cañerías, madera, plástico y similares. Transporte: A) Transporte: Explotación comercial del negocio de transporte de cargas, mercaderías generales, fletes, acarreos, encomiendas y equipajes; nacionales o internacionales, por vía terrestre, mediante la utilización de vehículos propios o de terceros, y dentro de esa actividad, la de comisionistas y representantes de toda operación afín; B) Logística: almacenamiento, depósito, embalaje y distribución de dicha mercadería; C) Servicios: prestación integral de servicios de transporte general de mercadería, almacenamiento y distribución de stocks, facturación, cobro y gestiones administrativas, a personas físicas o jurídicas vinculadas al área de transporte en general; D) Asesoramiento: dirección técnica, instalación y toda otra prestación de servicios que se requiera en relación a las actividades expuestas. Importación y exportación: de cualquier tipo de bienes descriptos en los puntos que anteceden, o relacionados directa o indirectamente con las actividades comerciales, y/o industriales, precisadas precedentemente; actividades relacionadas directa o indirectamente, o anexas, a las precisadas en el objeto principal señalado en los puntos que anteceden. Licitaciones: Mediante representante, por si o en representación, podrá intervenir en licitaciones públicas de entes públicos o privados, nacionales o extranjeros. Podrá también intervenir en concursos de precios, sean estos públicos o privados. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Capital. Artículo 4: El capital social es de pesos un millón ($ 1.000.000,00), representado por acciones de pesos diez mil ($ 10.000,00), valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19550. Administración y representación. Artículo 9: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de dos y un máximo de tres, quienes durarán en sus funciones dos ejercicio/s. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente -en caso de pluralidad de miembros-; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del directorio. Artículo 10: Cada uno de los directores debe prestar la siguiente garantía $ 20.000 (Veinte mil pesos) en efectivo, que será depositada en la sociedad. Artículo 11: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquéllas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: entre ellos, operar con el Banco de la Nación Argentina, Hipotecario, Nuevo Banco de Santa Fe S.A., y demás instituciones de crédito oficiales o privados; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales -inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. Otorgar fianzas que se relacionen con el objeto y todo acto que no sea notoriamente extraño al objeto social La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente en caso de impedimento o ausencia del primero, en caso de estar designado. Fiscalización. Artículo 12: La fiscalización de la sociedad está a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la ley 19.550. Artículo 15: El ejercicio social cierra el 31 de Agosto de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. III. El capital se suscribe e integra de acuerdo con el siguiente cuadro: 1.-) Alexis Joel Klein y Daniel Mariano Alonso a cada uno: la cantidad de cincuenta (50) acciones ordinarias, nominativas no endosables, valor nominal de pesos diez mil ($ 10.000) cada una de ellas, de un (1) voto por acción, que se integran en un veinticinco (25%) en efectivo y el saldo dentro de los dos (2) años. IV. Se designa para integrar el Directorio: Presidente a: Daniel Mariano Alonso. Director titular: Daniel Mariano Alonso. Director suplente: Alexis Joel Klein. V. Se fija la sede social en calle Juan B. Justo N° 850, de la ciudad de San Carlos Centro, Provincia de Santa Fe. Lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 09 de Diciembre de 2.021. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 310 469398 Mar. 8

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ANCA AGRONEGOCIOS

CONSULTORES ASOCIADOS

S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Secretario Dr. Jorge Eduardo Freyre, en autos caratulados: ANCA AGRONEGOCIOS CONSULTORES ASOCIADOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA s/Modificación al contrato social, CUIJ Número 21-05207296-1, Expediente 16/2022, según decreto de fecha 04/02/2022, se ordena la siguiente publicación de edictos:

La firma ANCA AGRONEGOCIOS CONSULTORES ASOCIADOS S.R.L., con contrato social inscripto ante este Registro Público en fecha 15 de junio de 1993 bajo el Número 29, al Follo 8 del Libro 11 de S.R.L., habiéndose tomado razón del Texto Ordenado en fecha 29 de junio de 2017 bajo el Número 1909, al Folio 320 del Libro de 16 de S.R.L., Legajo 4269, por Acta de Asamblea de Socios N° 40 de fecha 23 de diciembre de 2021, ha resuelto prorrogar el plazo de duración de la sociedad, y, en consecuencia, modificar el artículo segundo del Contrato Social, el que queda redactado de la siguiente manera: “Segundo: El término de duración de la sociedad será de noventa y nueve (99) años contados a partir de la fecha de inscripción del contrato social en el Registro Público, acaecida el 15 de junio de 1993; y modificar la fecha de cierre del ejercicio social, modificando el artículo octavo del contrato social, que queda redactado de la siguiente manera: Octavo: El ejercicio social cierra los días 31 de agosto de cada año. A la precitada fecha se confeccionarán los estados contables exigidos por la Ley de Sociedades y otras reglamentaciones, los que serán aprobados por los socios dentro de los tres meses posteriores a la fecha de cierre de ejercicio. Los registros contables serán los exigidos por la ley y podrán ser fiscalizados por los socios o por los personas que estos designen al efecto, en cualquier momento de la vida social, pudiéndose exigir rendiciones de cuentas parciales y/o balances parciales cuando se considere necesario. Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Santa Fe, 14 de Febrero de 2022. Dr. Freyre, Secretario.

$ 60 471952 Mar. 8

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POLLO DE ORO S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por disposición del Registro Público de Santa Fe, en autos: POLLO DE ORO S.A. s/Designación de Autoridades, Expte. Nº 169, año 2022, se hace saber que en fecha 9 de Agosto de 2021, a los socios de Pollo de Oro S.A., han resuelto la designación de nuevo directorio atento al vencimiento del plazo de anterior, siendo las nuevas autoridades:

Director (Presidente) al Sr. Germán Oscar Serri, D.N.I. 21.578.245, comerciante, domiciliado en calle Carcarañá Nº 943, Gálvez, Santa Fe.

Director (Director Suplente) al Sr. Julián José Serri, D.N.I. 23.881.995, comerciante, domiciliado en calle 9 de Julio Nº 250, Gálvez, Santa Fe. Gálvez, 23 de Febrero de 2022.

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GALA S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: GALA S.R.L. s/Constitución de Sociedad (CUIJ: 21-05207241-4), de trámite por ante el Registro Público, hace saber que las Señoras Gabriela Iliana Misiac, argentina, D.N.I. Nº 24.876.951 mayor de edad, domiciliada en calle General López Nº 3681 – 2do. E. de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, casada apellido materno Gauna, CUIT:27-24876951-9, NACIDA EL 08/02/1976 y Laura Angélica Gabino, D.N.I. Nº 24.317.792, argentina, mayor de edad, domiciliada en Hipólito Irigoyen 3453 de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, soltera, de apellido materno Hirsch, CUIT: 27-24137792-3,nacida en el 04/08/75, acuerdan constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que regirá por las disposiciones de la Ley 19550 y por la cláusulas que a continuación se establecen:

Fecha de estatuto y del documento respectivo: 21 de Diciembre de 2021.

Denominación de la sociedad: Se constituye una sociedad comercial cuya denominación será GALA S.R.L..

Domicilio Social: en calle San Jerónimo Nº 2487, de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe.

Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociados a terceros con las limitaciones del articulo 31 de la Ley 19.550, a la elaboración, comercialización, distribución, importación y exportación de productos de panadería, confitería, pastelería y afines, elaboración y venta de comidas rápidas, pizzería, ensaladería, sandwichería, cafetería, despacho de bebidas, golosinas, heladería, para su retiro por el cliente, servicios de entrega o consumo en el local, prestar servicios terceros de operaciones referidas a su objeto. Al efecto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por los estatutos, pudiendo tomar parte de otras sociedades civiles o comerciales o asociaciones, para el desarrollo y cumplimiento de las actividades precedentemente enumeradas, afines o vinculadas y, en general, realizar toda clase de actos jurídicos o celebrar contratos que directa o indirectamente sean conducente al mejor logro de los intereses sociales.

Capital Social: El capital social se establece en la suma de pesos cien mil ($100.000) representado por cien (100) cuotas de pesos un mil ($1000) cada una

Dirección Y Administración: La dirección, administración y representación de la sociedad estará a cargo de dos socios gerentes: Se designa con tal carácter a las socias Gabriela Ileana Misiac y Laura Angélica Gabino quienes ejercerán en forma conjunta la representación legal y el uso de la firma social.

Ejercicio Económico: El ejercicio social cierra el día 31 de diciembre de cada año. Santa Fe, 15 de Febrero de 2022. Dr. Freyre, Secretario.

$ 130 471822 Mar. 8

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PRECISSION S.R.L.

A PRECISSION S.A.


TRANSFORMACIÓN


Para disposición del Registro Público de Santa Fe se ha ordenado la siguiente publicación:

1. Fecha del instrumento: 25 de Septiembre de 2021.

2. Socios: Pablo Ricardo García Flappo, argentino, CUIT 20-22233893-0, casado, de profesión Ingeniero, domiciliado en calle Los Grillos 2245 de la localidad de San José del Rincón, Provincia de Santa Fe; Fabiana Alejandra Cordo, argentina, CUIT 27-22715036-5, casada, de profesión comerciante, domiciliado en calle Los Grillos 2245 de la localidad de San José del Rincón, Provincia de Santa Fe; Y Franco Mauricio Novillo, argentino, CUIT 20-29348237-4, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en calle Riobamba 6615 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe

3. Denominación: "PRECISSION SA" continuadora de "PRECISSION SRL", por transformación de la Sociedad de Responsabilidad Limitada en Sociedad Anónima.

4. Domicilio: Los Grillos 2245 de la localidad de San José del Rincón, Provincia de Santa Fe.

5. Plazo de duración: noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público.

6. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) desarrollar por cuenta propia o de terceros, o asociados a terceros, ya sea en el país o en el extranjero todo tipo de software. Así como compra, venta, distribución, financiación, consignación, licencias, locación, asesoramiento, instalación, mantenimiento y toda otra operación afín con software desarrollados por terceros o propios, servicio de procesamiento de datos, participación en licitaciones públicas o privadas, realización de importaciones y exportaciones de todo tipo con productos afines; b) brindar servicios de consultoría en tecnología de la información. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean expresamente prohibidos por las leyes o este contrato.

7. Capital: El capital se fija en la suma de pesos doscientos mil ($200.000,00), representado por dos mil acciones de pesos diez ($100,00) nominal cada una.

8. Administración y representación: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelegidos.

Los accionistas fundadores designan para integrar el primer directorio: PRESIDENTE: PABLO RICARDO GARCIA FLAPPO, CUIT 20-22233893-0 y DIRECTOR SUPLENTE: FABIANA ALEJANDRA CORDO, CUIT 27-22715036-5.

9. Fiscalización: La fiscalización de la Sociedad estará a cargo de los Accionistas, prescindiéndose de la Sindicatura.

10. Fecha de cierre del ejercicio: 30 de Junio de cada año.

Santa fe, 1 de Febrero de 2022.Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 135 472051 Mar. 8

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TOKIORI S.A.S.


ESTATUTO


Por estar dispuesto en los autos caratulados “TOKIORI S.A.S.” EXPTE N° 86, F° AÑO 2022 que se tramitan por ante el registro publico del juzgado de la 1° instancia en lo civil y comercial de la 1° nominación de Santa Fe, se hace saber

Por instrumento de fecha de CONSTITUCION: 08/01/2022 1.- ANDRES ENRIQUE MARQUEZ, 12/09/1994, Soltero/a, Argentina, Estudiante, ALBERDI 7170 SANTA FE, SANTA FE, DNI Nº 37571493, CUIL/CUIT/CDI Nº 20375714931, AGUSTINA GAITAN, 20/08/1999, Soltero/a, Argentina, Estudiante, ARISTOBULO DEL VALLE 4821 SANTA FE, SANTA FE, DNI Nº 41976714, CUIL/CUIT/CDI Nº 27419767145 2.- DENOMINACION: “TOKIORI S.A.S.”. 3.- Domicilio de la Sociedad: ALBERDI 7170, SANTA FE, SANTA FE. 4.- La sociedad Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: Desarrollo de actividades gastronómicas en toda su extensión, en locales propios y/o de terceros con o sin delivery, fabricación, elaboración, fraccionamiento, distribución, compra, venta, consignación, importación y exportación de productos, subproductos o mercaderías vinculadas o conexas con esta actividad. Despacho de comidas y bebidas de todo tipo con y sin alcohol. Servicios de catering, servicios de fiestas empresariales, eventos especiales, servicio de lunch y cualquier actividad del rubro gastronómico, ya sea mediante su integración directa o mediante explotación de concesiones gastronómicas; bares, cervecerías, cafeterías, rotiserías, confiterías, restaurantes, parrillas, pizzerías y/o patios de comidas, distribución de comidas preelaboradas y elaboradas y demás actividades afines a la gastronomía. Organización y prestación de logística en eventos sociales, deportivos, culturales, musicales, comedores comerciales, industriales y estudiantiles. Y toda actividad anexa que derive directamente del objeto social. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. 5.- 99 años. 6.- Capital: MARQUEZ ANDRES ENRIQUE APORTA $32000 (pesos treinta y dos mil), GAITAN AGUSTINA APORTA $32000 (pesos treinta y dos mil), Capital total $ 64000 (sesenta y cuatro mil). 7.- Administrador titular: ANDREA LAURA BUSTAMANTE, CUIT 27-20621392-8, con domicilio especial en Argentina, Santa Fe, Santa Fe, ALBERDI 7170, CPA 3000 , Administrador suplente: AGUSTINA GAITAN, con domicilio especial en Argentina, Santa Fe, Santa Fe, ARISTOBULO DEL VALLE 4821, CPA 3000; todos por plazo de . 8.- Prescinde del órgano de fiscalización . 9.- Fecha del cierre del ejercicio económico: 31 de Diciembre de cada año. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 110 472318 Mar. 8

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COMPAÑÍA ARGENTINA

DE LIMPIEZA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los Autos Caratulados: COMPAÑÍA ARGENTINA DE LIMPIEZA S.R.L. S/Modificación de Contrato Social, Expediente N° 2146 Año 2.021, de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe; Osman Yamile Graciela, DNI 24.722.496, CUIT N° 27-24722496-4, domiciliada en calle Obispo Príncipe 958 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, manifestó que por Contrato de Cesión de Cuotas y modificación del Contrato Social de Compañía Argentina de Limpieza SRL de fecha 29-11-2006 bajo el N° 749 al Folio 100 del Libro 16 de S.R.L. (Legajo N° 6559) adquirió las 40 cuotas sociales a la Sra. Carina Daniela López N° 20.403.397, CUIT N° 27-20403397-3, domiciliada en calle Urquiza 3452 PB 2 de esta ciudad de Santa Fe, que en la cláusula segunda del referido contrato de cesión de cuotas se estableció el precio y forma de pago. Como consecuencia de dicha cesión la cláusula cuarta del contrato social dice: El capital social se fija en la suma de veinte mil pesos ($ 20.000), representado por doscientas (200) cuotas de capital de cien pesos ($100) cada una, suscriptas por los socios en la siguiente proporción: la señora Busaniche, María Silvia la cantidad de ciento sesenta (160) cuotas de capital por valor de dieciséis mil pesos ($ 16.000); y la señora Osman Yamile Graciela la cantidad de de cuarenta (40) cuotas de capital por valor de cuatro ($ 4.000). Las cuotas se integran el 25% en dinero efectivo en este acto obligándose los socios a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años contados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad. Santa Fe, 23 de Diciembre de 2021. Dr. Freyre, Secretario.

$ 70 470292 Mar. 8

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AGRIMAQ I. Y C. S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber que por disposición del Sr. Secretario del Registro Público de Santa fe, se ha ordenado la inscripción de la MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL:

1) Fecha del Acta de Reunión de Socios que decidió las reformas: 04 de febrero de 2022.

2) Prorroga de la sociedad quedando la cláusula SEGUNDA redactada como sigue: Su duración es de Cuarenta (40) años contados a partir de la inscripción en el Registro Público (27-02-1992).

3) La cláusula 3 queda redactada como sigue: TERCERA: El objeto de la sociedad es la realización de las actividades que a continuación se detallan y las cuales las podrá realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros I)a) Industriales: Fabricación de maquinarias agrícolas para el almacenaje, transporte y tratamiento de granos. b) Comerciales: Comercialización de las maquinas fabricadas y de repuestos y accesorios para maquinas agrícolas en general; c) Servicios: Taller de reparación de maquinarias agrícolas y construcciones metalúrgicas en general; d) Industrialización, comercialización, venta, compra, distribución, consignación, financiación de todo equipo, maquina, elementos o productos para la importación y exportación de todo elemento, producto o servicio relacionado con el objeto precedentemente enunciado. E) Construcción: compra, venta, distribución y representación de implementos agrícolas nuevos y usados, comercialización de repuestos y accesorios. II) a) Metalúrgica: Elaboración de metales ferrosos o no ferrosos y/o cualquier producto derivado de los mencionados, la fundición de maleables, de hierros, aceros especiales y de aleación; la forja y laminación de hierros, aceros y otros metales, la trafilación y rectificación de hierros y aceros. La mecanización, industrialización de todo producto elaborado, comercialización, fraccionamiento y distribución de productos siderúrgicos y plásticos y/o cualquier derivado de los mismos, b) Comerciales: compra, venta, importación y exportación de los productos mencionados en el presente inciso, pudiendo actuar como agente, representante o distribuidora de fabricantes, comerciantes o exportadores c) Industriales: procesos de sinterización y recubrimiento de elementos metálicos y no metálicos y otras técnicas afines. Microfusión de aleaciones metálicas, forja, soldadura, tratamientos termoquímicos, mecanizado y terminación superficial. III)a) Fabricación de implantes quirúrgicos, accesorios e instrumental utilizados en cirugía medica en general y ortopedia en particular. Fabricación de herramientas, conjuntos y subconjuntos y todo elemento destinado a la industria, b) Comerciales: mediante la compraventa, exportación, importación, distribución, representación, comisión, consignación y otras actividades por cuenta propia o de terceros de bienes en general relacionados con los objetos precedentemente enunciados. IV) a) Compraventa de combustibles líquidos y lubricantes, grasas, aceites y derivados del petróleo, como así también la elaboración y/o producción de productos derivados del petróleo. B) la construcción, explotación, administración, compra de estación de servicios y playa de estacionamiento y expendio de combustibles. c) Explotación del negocio de restaurante, kiosco, confitería y comercialización de productos para la alimentación humana. V) a) La compraventa, permuta, consignación y transformación de materias primas, productos y subproductos elaborados, propios o de terceros relacionados con productos alimenticios. B) La compraventa, producción y el acopio, acondicionamiento y comercialización de cereales y oleaginosos, productos químicos para el agro, nutrientes, fertilizantes, semillas. VI) a) Inmobiliaria: La sociedad tiene además por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: compra, venta, reforma, locación, administración, construcción, subdivisiones de loteo, urbanización de toda clase de bienes inmuebles urbanos o rurales, venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal, el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, pudiendo tomar la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. B) Ser contratista del Estado Nacional, Provincial o Municipal. Dar y tomar préstamos y financiaciones en general, Comprar y vender acciones y títulos públicos o privados. C) Dedicarse a negocios relacionados con la construcción de todo tipo de obras públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura. d) construcción de edificios, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado. c) Cualquier otra operación de renta inmobiliaria. VII) Financiera: a) compra, venta y todo tipo de operación con títulos, acciones, obligaciones, debentures, y cualquier otro valor mobiliario en general, sean nacionales o extranjeros con exclusión de operaciones comprendidas en la ley de Entidades Financieras u otras por las que se requiera el concurso publico de dinero. VIII) a) Importación y exportación: IX) Agropecuaria: la explotación en campos propios, de terceros y/o asociándose con terceros de actividades agrícolas, ganaderas, frutícolas, forestales, cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra, venta y acopio de cereales, incorporación y recuperación de tierras áridas, caza, pesca, fabricación, renovación y reconstrucción de maquinaria y equipo agrícola para la preparación del suelo, la siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, elaboración de productos lácteos o de ganadería y/o derivados de los mismos, o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos, así como la compra, venta distribución, importación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera

Se excluyen las actividades que puedan incluirla dentro de las previstas en el Art. 299 inc. 4 de la ley 19.550 o requieran recurrir al ahorro del público. En su caso y según el tema se recurrirá a profesionales de la matricula con incumbencia en la materia de que se trate. como también las previstas en los articulos1 y 9 de la ley 13154;

A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.

SANTA FE, 21 de FEBRERO DE 2022. DR. JORGE EDUARDO FREYRE, SECRETARIO.

$ 180 472244 Mar. 8

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LA MATUZA S.R.L.


MODIFICACION AL CONTRATO


Por estar así dispuesto en Autos: “LA MATUZA S.R.L. S/ MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL” – CUIJ 21-0520734-9 de trámite ante Registro Público de Santa Fe, se hace saber lo siguiente: Por disposición del Sr. Juez a cargo del R.P.C. de la ciudad de Santa Fe, se publica el presente edicto:

Por unanimidad, los Sres. socios resolvieron en fecha 2 de febrero de 2022:

I. Modificación del artículo quinto, quedando redactado como sigue: La Administración, uso de la firma social y representación de la sociedad será ejercida en forma indistinta por DOS GERENTES, quienes usarán su firma, precedida del sello social. Durarán en sus cargos por el término de diez ejercicios sociales, pudiendo ser reelectos por el voto de la mayoría. La firma tendrá todas las facultades para actuar ampliamente en todos los negocios sociales; pudiendo realizar cualquier acto o contrato para la adquisición de bienes muebles o inmuebles, enajenación, cesión, locación, gravarlos con derechos reales, efectuar todas las operaciones bancarias con instituciones bancarias oficiales o privadas, quedando prohibido comprometer a la sociedad en fianzas a favor de terceros.

II. Modificar el domicilio legal y administrativo de la sociedad a Zona Rural, de la localidad de Cululú, Código Postal 3023, Dpto. Las Colonias, Provincia de Santa Fe, quedando redactado el artículo el artículo primero: Dejase constituida por los firmantes una sociedad comercial bajo la denominación de LA MATUZA S.R.L., con domicilio legal y administrativo en Zona Rural, de la localidad de Cululú, Código postal 3023, Dpto. Las Colonias, Provincia. de Santa Fe, el cual podrá ser cambiado por acuerdo de los socios de acuerdo a lo previsto por los art. 159 y 160 de la Ley General de Sociedades. Dicho acto se transcribirá en el libro de actas de la sociedad y se comunicará a la autoridad de contralor e inscribirá sin configurar reforma estatutaria.

III. Designar como Gerentes por el término de diez ejercicios sociales a los socios: LAVINIA, GUSTAVO ALBERTO, de apellido materno BONTEMPI, DNI N° 22.715.373, CUIT N° 20-22715373-4, argentino, soltero, Ingeniero Agrónomo, domiciliado en Zona Rural de la localidad de Cululú, provincia de Santa Fe, nacido el 16 de agosto de 1972; LAVINIA, FABIO MIGUEL, de apellido materno BONTEMPI, DNI N° 23.926.430, CUIT N° 20-23926430-2, argentino, casado en primeras nupcias con Brigida María Ussher, Veterinario, domiciliado en Zona Rural de la localidad de Cululú, provincia de Santa Fe, nacido el 20 de abril de 1974.

Santa Fe, 18 de febrero de 2022. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

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