picture_as_pdf 2022-02-25

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 4, 2ª Secretaria de Santa Fe en autos caratulados: ORTIZ HUGO GUSTAVO c/OLIVARES RICARDO y otros s/Daños y perjuicios; Expte N° 215/2011, CUIJ N° 21-12102673-9 se cita a los sucesores de Olivarez, Ricardo Antonio, DNI N° 13.589.092, fallecido el 31/08/2018, con último domicilio en Azcuenaga Nº 5490, ciudad de Santa Fe, para que comparezcan en las presentes actuaciones a hacer valer sus derechos. Fdo Dr. Chiappero-Secretario, Dr. Scaglia-Juez. Santa Fe, 16 de Febrero de 2.022.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, en los autos caratulados: FERRETTO, ANGEL GABRIEL s/Solicitud propia quiebra; expte CUIJ Nº 21-02030200-0, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 23 de Diciembre de 2.021. Proveyendo escrito cargo Nº 16523/21: Téngase por designada sindica a la CPN Martino, Mónica Magalí quien deberá comparecer a aceptar el cargo dentro del término, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese. Fdo: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza – Juez; Dra. Mariana Nelli – Secretaria. Se deja expresa constancia que los horarios de atención en el domicilio constituido por la Sindicatura, sito en calle Facundo Zuviría Nº 3675, a los efectos de recibir las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 Ley 24.522) serán todos los días hábiles judiciales de lunes a viernes en el horario de 08:30 a 12:30 y de 16:00 a 20:00 horas. Asimismo, se informa que, dada la situación de emergencia sanitaria, los pedidos de verificación de créditos (art. 200 LCQ) podrán efectuar al siguiente correo electrónico: estudiotonetti@coopmail.com.ar y/o pmprono@pronoyasociados.com.ar y/o amdespachojuridico1@gmail.com. Santa Fe, 14 de Febrero de 2.022. Dra. Maria José Lusardi, prosecretaria.

S/C 471967 Feb. 25 Mar. 02

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Iván Di Chiazza, Secretaria Dra. Mariana Nelli, por decreto de fecha 17/11/2021 se hace saber que en los autos AQUINO, ADRIANA EDITH s/Solicitud de propia quiebra; CUIJ Nº 21-020118624-8, se ha puesto de manifiesto el proyecto final y de distribución del art. 218 LCQ y regulado los honorarios de los funcionarios y letrados actuantes en la suma de $ 270.495,06 distribuidos en la siguiente proporción 70% para la sindicatura, CPN María Inés Margherit ($ 189.346,54) y $ 30% para el letrado patrocinante del fallido, Dr. Mario Rosini ($ 81.148,52). Además se ha corrido vista a la Caja Forense y Consejo Profesional de Ciencias Económicas y ordenado la puesta de manifiesto a través de la publicación del siguiente edicto. Santa Fe, 10 de Febrero de 2.022. Dra. Maria Jose Lusardi, prosecretaria.

S/C 471966 Feb. 25 Mar. 02

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos GONZÁLEZ MARCOS NOE s/Solicitud de propia quiebra; CUIJ Nº 21-02022455-7, se hacer saber que el monto total de los honorarios regulados asciende a la suma total de $ 284.019,83 distribuidos en un 70% en favor de la Sindicatura CPN Néstor Amut esto es la suma de $ 198.813,88 y el 30% restante en favor del apoderado de la fallida Dr. Alejandro González, esto es la suma de $ 85.205,95 a lo que deberá adicionarse el 21% de IVA. Asimismo la Sindicatura ha formulado proyecto de Distribución de fondos y el mismo se encuentra de manifiesto por el termino de ley ART. 218 LCQ).Fdo. Dr. Iván Di Chiazza (juez), Dr. Mariana Nelli (Secretaria). Santa Fe, 14 de Febrero de 2.022.

S/C 471964 Feb. 25 Mar. 02

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, a cargo del Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez) y Secretaría a cargo de la Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria), sito en calle San Jerónimo N° 1.551 de la ciudad de Santa Fe, conforme a lo dispuesto en el Art. N° 218 de la Ley 24.522 (L. C. Q.) se hace saber, que en los autos caratulados: GUTIÉRREZ, DANIEL ALBERTO s/Quiebra; CUIJ Nº 21-01969048-9 se ha puesto de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución Readecuado presentado por la Sindicatura, y conforme está ordenado en el decreto de fecha 28 de Junio de 2.019, el que en la parte pertinente dice: ... ta Fe, 25 de Junio de 2.021. Téngase presente. De manifiesto el proyecto readecuado. Publíquense edictos. Notifíquese. Notifíquese. Fdo. Dra. María de los Ángeles Ramos-Prosecretaria / Dr. Claudio Alejandro Bermúdez – Juez.

S/C 472012 Feb. 25 Mar. 02

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados GONZALEZ, GABRIEL FABIAN s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-02001098-0), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 17/02/22 De manifiesto proyecto complementario por el término de ley. Pase a secretaría a los fines de publicar edictos. Notifíquese. Fdo. María de los Ángeles Ramos (prosecretaria).

S/C 472011 Feb. 25 Mar. 02

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se ha dictado en autos SAUCO, DANIEL RICARDO s/Solicitud propia quiebra; Expte. Nº 21-02014302-6, los siguientes decretos: Santa Fe, 10 de Febrero de 2.022. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo. Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria) - Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza A/C). Santa Fe, 15 de Febrero de 2.022. Téngase presente la rectificación formulada. Pónganse de manifiesto. Notifíquese. Fdo. Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria) – Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza).

S/C 472010 Feb. 25 Mar. 02

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados LEIVA MARIA ROSA s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº: 21-020293834) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 16 de Febrero de 2.022. ...autos y vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Maria Rosa Leiva, argentina, DNI N° 14.402.268, soltero, empleada de la Universidad Nacional del Litoral de la ciudad de Santa Fe, CUIL Nº: 27-14402268-3, apellido materno Murgado, domiciliado según dice en Gorriti N° 2.900 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle 4 de Enero N° 1.148 Depto 3 A de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Ordénase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora. 10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 16 de Febrero de 2.022 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. 12- Fijar el día miércoles 30 de Marzo de 2.022 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522).13- Señalar el día martes 10 de mayo de 2022 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día lunes 27 de Junio de 2.022 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1 .986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, 17 de Febrero de 2.022. Habiéndose realizado el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Síndico CPN Gurman Claudia Gabriela, domiciliada en calle Saavedra N° 2.015 a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Marcolim (Juez) – Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 472009 Feb. 25 Mar. 07

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Por así estar dispuesto en los autos IBAÑEZ, JAQUELINA JESICA s/Quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02025164-3) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 15 de Febrero de 2.022. Autos y vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Jaquelina Jesica Ibáñez, apellido materno Bermúdez, argentina, D.N.I. N° 39.630. 156, CUIL Nº 27-39630156-9, mayor de edad, pensionada, domiciliada realmente en Bv. Oroño s/n Barrio Los Paraísos de la ciudad de Coronda y legal en calle Córdoba 3499, de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 LCQ se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 16/02/2022 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos (códigos de descuentos) correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 12) Fijar el día 11/04/22, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción (a distancia, virtual o en forma presencial), así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos (en caso de requerimiento expreso por la sindicatura), firma (ológrafa o digital) del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente. 13) Fijar el día 28/04/22 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 30/05/22 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 27/07/22 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 -y por su remisión el art. 21-ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo.: Beatriz Forno: Jueza. Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en el sorteo realizado el día 16 de Febrero de 2022 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteado Síndico el C.P.N. Esteban A. Qüesta Rivas cuyo domicilio legal es calle Francia 1978 y su domicilio electrónico denunciado equesta@cpn.org.ar

S/C 471958 Feb. 25 Mar. 07

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos CABRAL SEBASTIAN ALCIDES s/Solicitud propia quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02030226-4 - Año 2.021), la siguiente resolución: Santa Fe, 14 de Febrero de 2.022. ...Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Sebastián Alcides Cabral, DNI N° 27.335.494, con domicilio real en calle 12 de Septiembre 1.635 1 04 de la ciudad de Santa Tomé, Provincia Santa Fe y domicilio legal en calle 25 de Mayo 2.589 Piso II Oficina III de esta Ciudad. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido para que los entreguen al Síndico. 6- Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 21 LCQ). 7- Prohibir hacer pagos al fallido, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10-Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría B para el día 16/02/22 a las 10.00 horas. 11- Fijar el día 11/04/22 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24522). 12- Fijar el día 28/04/22 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 26/05/22 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 07/07/22 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). 17- Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la ley 24.522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente -art. 279 Ley 24522- líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 22 de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo: Dr. Di Chiazza (Juez) Dra. Lusardi (Prosecretaria).

S/C 471960 Feb. 25 Mar. 07

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación, se hace saber que en los autos GALEANO, MIGUEL ANGEL s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-02024920-7) se ha dispuesto: Santa Fe, 01 de Diciembre de 2.021. Prorróganse la fechas en la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de crédito al Síndico hasta el día 22/02/2022, fijándose nueva fecha para que la Sindicatura presente el Informe Individual de los créditos para el 30/03/2022 y la del 28/04/2022 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el Informe General. Publíquense nuevamente edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales encomendando a la sindicatura su diligenciamiento. Proveyendo escrito cargo nro. 14433. Si estuvieran en forma, suscríbanse por Secretaría los oficios acompañados. Notifíquese. Fdo. Dr. Jorge Alberto Gómez (Secretario); Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez). El Síndico designado es el CPN Edgardo Manigameli, con domicilio constituido en Juan José Paso 3.248 de la ciudad de Santa Fe, fijando días y horarios de atención de lunes a viernes de 9.00 hs. a 12.00 hs y de 16.00 hs a 20.00 hs. Su correo es: edgardomangiameli@gurfinkelusandizagaabogados.com.ar. Santa Fe, 20 de Diciembre de 2.021. Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

S/C 472049 Feb. 25 Mar. 07

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Autos: MAMANI SILVA, ELIAS MAXIMILIANO s/Solicitud propia quiebra; (CUIJ Nº: 21-02019967-6) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Síndico CPN Gerardo Antonio Borda Bossana: Pesos Ciento Ochenta y Nueve Mil Trescientos Cuarenta y Seis con 50/100 ($ 189.346,50) (Con más aportes -10% - e IVA) y Honorarios apoderado del fallido, Dr. Agustín Lombard: Pesos Ochenta y Un Mil Ciento Cuarenta y Ocho con 51/100 ($ 81.148,51) (con más aportes - 13%). Santa Fe, 14 de Febrero de 2.022. Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

S/C 471969 Feb. 25 Mar. 02

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Dra. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: GODOY DIANA MONICA s/Quiebra; CUIJ Nº: 21-02030398-8; en fecha 07 de Febrero de 2.022 se ha procedido a declarar, a su propio pedido, la quiebra de Diana Mónica Godoy, DNI N° 17.516.001, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Marcial Candiotti 2.767 Torre 1 Piso 2 Dpto. 9 y con domicilio ad litem constituido en calle Monseñor Zaspe 2.670, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 8 Abril de 2.022 inclusive. Secretaría, 07 de Febrero de 2.022.

S/C 471973 Feb. 25 Mar. 07

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Jueza Dra. Ana Rosa Alvarez, Secretaría a cargo de la Dra. Sandra S. Romero, cito en calle San Jerónimo 1.551, hace saber que en los autos caratulados: RAMALLO, SERGIO GABRIEL s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-02002907-9, en Santa Fe, 29 de Diciembre de 2.021: Autos y vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1. Regular en la suma de $ 198.813,88 los honorarios profesionales de la Sindica interviniente en autos, CPN María del Pilar Piva y en la suma de $ 85.205,95 equivalentes a 9,48 unidades jus los correspondientes a la abogada del fallido, doctora María Clara Talamé. En caso de mora, los honorarios regulados devengarán un interés equivalente a la tasa activa que utiliza el Banco de la Nación Argentina. Córrase vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Publíquense edictos. 2. En vista de lo resuelto habrá de practicarse el proyecto de distribución conforme los honorarios regulados. 3. Regístrese, hágase saber. Sandra Silvina Romero (Secretaria), Ana Rosa Alvarez (Jueza). Publicación sin cargo. Magdalena Cabal, prosecretaria.

S/C 471979 Feb. 25 Mar. 02

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El juzgado de primera instancia de distrito en lo civil y comercial de la 11ª nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. Ana Rosa Alvarez, comunica por dos días que en los autos: ESCOBAR, EDUARDO ANTONIO s/Solicitud propia quiebra; (Expte. N° 21-01983031-1), que tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Santa Fe, se ha declarado la conclusión del procedimiento de quiebra al Tomo: 39 Folio: 74 Resolución: 357 de fecha 07/09/2021: Vistos... Considerando... Resuelvo: Disponer la conclusión de la quiebra. Regístrese y hágase saber. Fdo.: Marina A. Borsotti - Prosecretaria. Dra. Ana. R. Alvarez - Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe. Secretaria. Magdalena Cabal, prosecretaria.

S/C 471977 Feb. 25 Mar. 02

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Autos: VERGARA, MARTIN EMANUEL s/Quiebra (Legajo Original); 21-02017205-0, Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: $ 198.814; Honorarios del abogado de la fallida: $ 85.206. Santa Fe, 17 de Febrero de 2.022. Maria Ester Noé de Ferro, secretaria.

S/C 471975 Feb. 25 Mar. 02

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Ejecución de Circuito de Santa Fe Sec. 3, se hace saber que en los autos caratulados: FELCARO JORGE MIGUEL c/ASOCIACION MUTUAL PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS DE ENTRE RIOS s/Juicio ejecutivo; (CUIJ Nº 21-16241630-5) por decreto de fecha 07/02/2022 se ha dispuesto emplazar a la demandada a comparecer al juicio de referencia término de ley, bajo apercibimientos de ley. Conforme a lo requerido en dicho proveído se transcriben los siguientes decretos: Santa Fe, 19 de Diciembre de 2.019. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda ejecutiva contra la Asociación Mutual Productores Asesores de Seguros de Entre Ríos por $ 200.000 a quien se citará y emplazará para que dentro del término de veinte días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Trábese embargo sobre el 20% de la recaudación diaria de la entidad demandada, sita en calle Concordia 132 de la ciudad de Paraná, Entre Ríos, en cantidad suficiente a cubrir la suma de $ 200.000 con más la de $ 100.000 que se fijan provisoriamente para intereses y costas. Para que tenga lugar el sorteo de un interventor-recaudador, líbrese Oficio Ley 22.172 al Juzgado correspondiente, autorizándose al peticionante o a quien designe a intervenir en el diligenciamiento. Procédase al escaneo y posterior devolución de la documental acompañada por la parte actora conforme se establece en la Acordada de la CSJ, Acta N° 14, Acta Acuerdo Ordinario N° 17 del 24/04/2017 y con los alcances allí dispuestos, constituyendo al Dr. Furfaro y/o a quien éste proponga depositario judicial de la misma quien deberá constituir domicilio de depósito y presentar la documental ante el Juzgado cuando le sea requerido. A la habilitación de días y horas inhábiles solicitada: manifieste la concurrencia de los extremos requeridos en el art. 55 del C.P.C.C. Notifiquen: Abalos - Villalba - González - Ramírez - Lovera- Aranda - Gómez - Cepeda. Notifíquese por cédula y, en el caso de que el demandado se domicilie fuera del radio del Juzgado, cúrsense la totalidad de las notificaciones de la causa por medio de Juez competente del domicilio del mismo, oficiándose a sus efectos y autorizándose al apoderado de la actora y/o a quien éste designe a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Firmado Dra. Haquin de Beron (Juez), Dra. Formichelli (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, 13 de Octubre de 2.020. Téngase presente lo informado por Mesa de Entradas. Proveyendo escritos cargo 15.708 y 16.483: Téngase por ampliada la demanda de juicio ejecutivo decretada a fs. 9 contra la Asociación Mutual Productores Asesores de Seguros de Entre Ríos por la suma de $ 1.200.000, haciendo un total de $ 1.400.000. Notifíquese por cédula el presente proveído y el de fecha 19/12/19 (fs. 9). Notifíquese. Firmado Dr. Deud (Juez a/c) Dra. Prieu Mántaras (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos por el término y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 11 de Febrero de 2.022. Maria Julia Lovera (prosecretaria).

$ 330 472070 Feb. 25 Mar. 03

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MUTUAL DEL CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA c/DRACMA SA y otros s/ Demanda Ejecutiva; (CUIJ Nº: 21-01999458-6), se ha dispuesto la publicación de edictos para hacer saber la parte resolutiva de la Sentencia que se dictara en dichas actuaciones, que en su parte pertinente expresa: “Santa Fe, 29 de Septiembre de 2.021. Autos y vistos: ... Resulta: ... Considerando: ... Resuelvo: 1.- Admitir parcialmente la pretensión actora, y mandar llevar adelante la ejecución contra SUIPA SRL hasta que la Mutual del Club Atlético Juventud Unida se haga íntegro cobro del capital reclamado y gastos, con más los intereses establecidos en el Considerando precedente, desde la mora según se indicó, y hasta su efectivo pago. Con costas que se imponen a este codemandado. 2.- Estimar la excepción de falsedad articulada por Dracma S.A., rechazando la ejecución contra la misma, e imponer a su respecto las costas a la actora. 3.- Diferir la regulación de honorarios hasta que se practique liquidación. Insértese el original, agréguese copia, notifíquese y oportunamente archívese. Dr. Diego Raúl Aldao (Juez); Dra. Mercedes Dellamónica (secretaria). Lo que se publica a sus efectos legales por el término de le en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 08 de Febrero de 2.022. Dra. Alina Prado, prosecretaria.

$ 70 472013 Feb. 25 Mar. 03

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación Santa Fe, en autos caratulados: CHERÑENCO GRACIELA c/TREVIGNANI DE DOLINSKY VENECIA s/Usucapión; (CUIJ Nº 21-01966900-6) Agréguese el edicto publicado. Certifíquese el mismo por Secretaría. Conforme lo normado por el Art. 597 del CPCC, haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a la demandada Venecia Trevignani de Dolinsky. Notifíquese por edictos. Fecha, se fijará fecha para el sorteo de un defensor de ausentes. Notifíquese. Fdo. Iván Di Chiazza (Juez) - Mariana Nelli (Secretaria). Santa Fe, 10 de Febrero de 2.022. Dra. Maria José Lusardi, prosecretaria.

$ 33 472021 Feb. 25 Mar. 03

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El Señor Juez de Primera Instancia de de Circuito de la Tercera Nominación, Dr. Héctor Canteros, Secretaría a cargo de la Dra. Gabriela Suárez, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/TORRES CÉSAR RUBÉN s/Apremio; (Expte. N° 21-01979997-9) ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 17 de Junio de 2.021. Téngase presente lo manifestado. Por entablada demanda de apremio fiscal contra herederos de César Rubén Torres por cobro de la suma de $ 11.905,97 con más los recargos e intereses correspondientes. Líbrese mandamiento de intimación y embargo sobre bienes libres del demandado, por el capital reclamado con más el 50% que se presupuesta para intereses y costas. Téngase presente que conforme a la ley mencionada rige la duplicidad de términos. Cítase por edictos a los herederos por el término y bajo apercibimientos de ley, para que comparezcan por sí o por apoderado a tomar intervención en la presente causa, los que se publicarán por tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y cuyo término vencerá después del quinto día de su última publicación. Los mismos serán fijados en el lugar que al efecto ha habilitado la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en el panel de este Juzgado, conforme Acordada del 07/02/1996, Acta N° 3... Notifíquese. Fdo. Dra. Héctor Canteros Juez. Dra. Gabriela Suárez, Secretaria. A todo evento se aclara que el documento de identidad de César Rubén Torres es D.N.I. N° 16.073.220. Lo que se publica a sus efectos únicamente en el BOLETÍN OFICIAL por tres días. Santa Fe, 12/08/2.021. Dra. Ma. Alejandra Galiano, prosecretaria.

S/C 471941 Feb. 25 Mar. 03

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: PRIMO, NANCI MARÍA y otros c/ARGENSWEET S.R.L. y otros s/Juicio Ejecutivo; (CUIJ N° 21-01961444-9), se cita y emplaza a los herederos de Marcelo Osvaldo Brunetto (D.N.I. N° 16.561.887) para que en el término de 3 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. Fdo.: Lizasoain-Juez; Tosolini-Secretario. Santa Fe, Febrero de 2.022.

$ 33 471991 Feb. 25 Mar. 03

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 29 en lo Civil, Comercial y Laboral de San Vicente, Provincia de Santa Fe, en autos VIERA, HUGO NESTOR c/PANADERIA LA FRAGUA DE LILIANA PATRICIA SUÑER y WALTER SUNER SH y otros s/Cobro de pesos laboral; CUIJ Nº 21-23353001-5 se hace saber que se ha dictado lo siguiente: San Vicente, 16 de Febrero de 2.022. Visto: Lo solicitado y constancias obrantes; y Considerando: Que los herederos no comparecieron a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente citados mediante Edictos cuya constancia se encuentran glosada en autos y haciendo efectivos los apercibimientos de ley, Resuelvo Declarar rebelde a los herederos del demandado fallecido Walter Angel Suñer, DNI N° M6.280.359. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Insértese, agréguese y notifíquese. Fdo Dra. Telma S. Sánchez, Dr. Juan C. Marchese; secretaria, juez. Fdo. Dra. Telma Sánchez (Secretaria), Dr. Juan Carlos Marchese (Juez). San Vicente (SF), 21/02/2022.

$ 52,50 472352 Feb. 25 Mar. 02

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 19 de la ciudad de Esperanza, en los autos: BRONDETTA, LUIS ALCIDES c/BOLOGNA GILDO DOMINGO s/Juicios sumarios; (Expte. Nº 21-22694956-6) se hace saber a Bologna Gildo Domingo y/o titular actual y/ poseedores del inmueble empadronado bajo las partidas inmobiliarias N° 09-16-00 075852/0008-5 y 09-16-00 075852/0009-4, que en autos se ha dispuesto lo siguiente: Esperanza, Agosto 05 2021. Resuelvo: (...) b) Regular en la suma de $ 869.497,27 lo que a la fecha representa el equivalente a 125,71 JUS, los honorarios profesionales de la Dra. Cintia Ferezin, por su intervención en autos. c) Fijar, como tasa de interés moratorio - a adicionar a la suma dineraria indicada, desde que la presente regulación quede firme hasta que se concrete su pago- la tasa activa capitalizada prevista por el Nuevo Banco de Santa Fe para operaciones ordinarias de descuento de documento. d) Notifíquese el presente al accionante en su domicilio real con las formalidades previstas en el art. 24 de la ley provincial N° 12.851. Vista a la Caja Forense (Clave de acceso 7773). Agréguese copia, resérvese el original y notifíquese. Santa Fe, 30 de Agosto de 2.021. Resuelve: Regular los honorarios profesionales de conformidad a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley 6767 y su modificatoria 12.851, a los Doctores Leonel Gustavo Wilde y Cintia Ferezin, en el cincuenta por ciento (50%) de los honorarios que le fueron regulados por su actuación en la primera instancia (fs. 381 y vto), encontrándose firme dicha regulación. Vista a la Caja Forense; La presente notificación se cursa en los términos del art. 31 de la ley 12.851, el cual reza: Art. 31: Las regulaciones no se notificarán a domicilio real, salvo si el profesional pretendiere cobrar costas al propio cliente. En ese caso se observará lo preceptuado en el art. 24, a saber: Art. 24: Artículo 24°. El profesional interviniente podrá solicitar la regulación de sus honorarios ante el juez de primera instancia en lo Civil y Comercial en turno, del lugar donde se hubiere tramitado el asunto. Subsiguientemente, se procederá: a) El juez hará la estimación con vista a las actuaciones administrativas y sin substanciación. La regulación será notificada a la parte contra quien se hubiere solicitado, en su domicilio real y al mismo tiempo se la emplazará para que dentro del término ordinario, que a este efecto nunca será inferior a diez días, constituya domicilio legal, con apercibimiento de que si no lo hiciere, se considerará que lo ha constituido en la secretaría del juzgado y se lo tendrá por notificado de toda ulterior providencia o resolución en la forma y oportunidad establecida en el art. 61 del Código Procesal Civil y Comercial; b) El juez de la regulación será también competente para conocer del juicio por cobro de los honorarios, cualquiera que fuese su cuantía. El auto regulatorio, luego que quede firme constituirá título hábil para el apremio. La citación y emplazamiento del deudor se practicará en el domicilio legal que hubiese constituido, o en su defecto en la secretaría en la forma a establecida. c) Contra la regulación del juez procederá revocatoria y apelación en subsidio. El plazo para interponer los recursos correrá desde el siguiente día de vencer el del inc. a). Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres días. Esperanza, 21 de Diciembre de 2.021.

$ 33 472007 Feb. 25 Mar. 03

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 19 de la ciudad de Esperanza (Santa Fe), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Yossen Gustavo Raúl, DNI N° 24.571.954 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en los autos caratulados YOSSEN GUSTAVO RAUL s/Sucesorio; Expte. N° 21-26301705-3. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y conforme lo dispuesto en la Ley 11.287 y acuerdo del 07/02/96 Acta N° 3. Esperanza, 22 de Febrero de 2.022. Vanesa Isquierdo, prosecretaria.

$ 45 Feb. 25

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y laboral N° 18 de la Ciudad de San Justo, (Sta. Fe) en autos caratulados ROMITTI, MARIA DEL CARMEN s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-26187916-3), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de María del Carmen Romitti, documento de identificación L.C. N° 6.446.384, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se fija en el lugar designado por la Corte Suprema de Santa Fe. Fdo. Dr. Leandro Carlos Buzzani (Secretario). Cintia D. Lo Presti, prosecretaria subrogante.

$ 45 Feb. 25

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta ciudad), en los autos caratulados: ALVAREZ, GUSTAVO FABIAN s/Declaratoria de herederos; CUIJ Nº 21-02026460-5, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del causante don: Gustavo Fabián Alvarez, D.N.I. N° 23.394.511, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. (Fdo.: Dra. Claudia Bibiana Sánchez, Secretaria). Santa Fe. Secretaria.

$ 45 Feb. 25

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación de la ciudad de santa Fe), en autos caratulados IGLESIAS MARIA ANTONIA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02029580-1, año 2.021, se cita llama y emplaza a todas aquellas personas que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento Maria Antonia Iglesias, nacida el 29 de Mayo de 1.934 en el Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, titular del D.N.I. N° 3.241.036, fallecida el 10 de Noviembre de 2.016 en Santa Fe, ciudad, para hacerlo dentro del término de ley, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, Febrero de 2.022. Fdo. Dra. Claudia Sánchez, Secretaria.

$ 45 Feb. 25

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de Primera. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: FERNANDEZ, MARCELO ELOY s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-02026667-5, año 2.021, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Fernández, Marcelo Eloy, DNI Nº M6.246.030; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, Febrero de 2.022.

$ 45 Feb. 25

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Por disposición de la oficina de procesos sucesorios Juzgado 1ª Instancia Civil y Comercial de la 7º Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios y a todos los que se consideren con algún derecho por el fallecimiento de doña Liliana Beatriz Olivera DNI N° 18.723.508, para que dentro del término y bajo apercibimientos legales, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados OLIVERA, LILIANA BEATRIZ s/Declaratoria de herederos; (Expte. N° 21-02028079-4). Publíquense Los edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL. Firmado Dra. Marina A. Borsotti, Secretaria.

$ 45 Feb. 25

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo civil, Comercial de la 10ª Nominación de la ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados: HARTWING ELSA ALICIA s/Sucesorio (OTS); CUIJ Nº 21-02029545-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores de la causante: Elsa Alicia Hartwing DNI Nº 14.104.057, de apellido materno Rohner, para que se comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de tribunales. Fdo. Dra. Borsotti, secretaria. Santa Fe, Febrero de 2.022.

$ 45 Feb. 25

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzg.1ra. Inst. Civil y Comercial 3ra. Nom. ) en autos caratulados“WIDDER, GASPAR GUILLERMO S/ SUCESORIO" (CUIJ Nº 21-02029066-5), se cita, llama y emplaza a todos los herederos,acreedores y legatarios de GASPAR GUILLERMO WIDDER, D.N.I:6.216.609, para que comparezcan a hacer valer sus derechosdentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo quepublica a sus efectos en el Boletín Oficial.-

$ 45 Feb. 25

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios – Primera CircunscripciónJudicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil yComercial de la 1era. Nominación de esta ciudad); en autos caratulados“MOREYRA MIGUEL ANGEL S/ SUCESORIO” CUIJ N° 21-02028375-8 se cita,llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del Sr. MOREYRAMIGUEL ANGEL, D.N.I. Nº 12.399.200 para que comparezcan a hacer valer susderechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica asus efectos en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. Marina Borsotti.-Santa Fe, de Febrero de 2022.

$ 45 Feb. 25

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LA SEÑORA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL YLABORAL DEL DISTRITO JUDICIAL Nº 17 DE LA CIUDAD DE VILLAOCAMPO (SANTA FE), EN LOS AUTOS CARATULADOS: “SPERANZA,ALBERTO JOSE S/ SUCESORIO”, CUIJ N° 21-26323135-7, LLAMA CITA YEMPLAZA A LOS HEREDEROS, LEGATARIOS, ACREEDORES Y/O TODOSAQUELLOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LOS BIENES DE LAHERENCIA DEJADOS POR DON ALBERTO JOSE SPERANZA, DNI N°13.793.045, PARA QUE DENTRO DEL TERMINO DE LEY SE PRESENTEN AHACERLOS VALER. FDO. DRA.  MARTA MIGUELETTO -SECRETARIA-; DRA. MARIA ISABEL ARROYO -JUEZA-

$ 45 Feb. 25

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POR DISPOSICIÓN DE LA SEÑORA JUEZA DE PRIMERAINSTANCIA DE DISTRITO N° 17 EN LO CIVIL, COMERCIALY LABORAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO (Santa Fe),en los autos caratulados: “CARDOZO, BERNABE S/SUCESORIO” (CUIJ Nº 21-26323584-0), se cita, llama emplaza alos herederos, legatarios, acreedores, y/o todos aquellos que seconsideren con derecho a los bienes dejados por Don BERNABÉCARDOZO, D.N.I Nº 14.035.923, para que dentro del términode ley comparezcan a hacerlos valer. Fdo. Dra. Marta Migueletto -Secretaria-; Dra. María Isabel Arroyo -Jueza

$ 45 Feb. 25

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Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil,Comercial y Laboral de Villa Ocampo, se cita, llama y emplaza a los herederos,acreedores y/o legatarios de ALBA PATRICIA ULIANA (DNI 16613073) para que comparezcan a hacervaler sus derechos en el juicio sucesorio: “ULIANA, ALBA PATRICIA s/SUCESORIO” Cuij 21-26323354-6 de trámite por ante el mencionado Juzgado, dentrodel término y bajo apercibimientos de ley. Fdo. Dra. Marta Migueletto -Secretaria-; Dra. María Isabel Arroyo -Jueza-

$ 45 Feb. 25

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos “CHIAVAZZA, LUCIA ROSA s. SUCESORIO” (CUIJ 21-26263252-8 - Año 2021), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante LUCIA ROSA CHIAVAZZA, D.N.I. N° F3.782.153, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

$ 45 Feb. 25

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela, en los autos caratulados CLEMENS BLANCA ORQUIDEA c/SUAREZ CARLOS RAUL s/Daños y perjuicios; CUIJ Nº 21-239232 19-9, que se tramitan por ante dicho este Juzgado, se ha dispuesto citar a los herederos de Clemens Blanca Orquidea, DNI N° 18.312.804, a fines de comparezcan a estar a derecho, en la forma ordinaria, en los autos up-supra indicados, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. El trámite del presente es gratuito. Art. 335 del C.P.P.y C. de Santa Fe. ...El beneficio de pobreza comprende el derecho de actuar enjuicio libre de todo impuesto, lasa contribución de carácter fiscal, como también de obtener sin cargos testimonios o copias de instrumentos públicos y publicaciones de edictos en el BOLETÍN OFICIAL cuando fuere menester. Rafaela, 08 de Febrero de 2.022. Frana Guillermina, prosecretaria.

S/C 471956 Feb. 25 Mar. 03

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la Ciudad de Rafaela (Santa Fe), se hace saber que en los autos caratulados BESSONE FERNANDO JUAN s/Concurso preventivo - Hoy quiebra; (21-24063568-9), se ha resuelto lo siguiente: Rafaela, Diciembre veintiocho de dos mil veintiuno. Autos y vistos: ... Considerando: ... Resuelvo: 1. Previo cumplimiento de los recaudos previstos precedentemente, declarar la conclusión de la quiebra de Fernando Juan Bessone - hoy sucesión de Fernando Juan Bessone, con los efectos contenidos en el art. 226 y ss. de la ley 24.2522. 2. Fecho, disponer el cese de las restricciones previstas en los art. 15 y 16 de la ley 24.522. 3. Dar por concluida la intervención de la Sindicatura, salvo las obligaciones que legalmente continúen a su cargo. 4. Ordenar mantener la Inhibición General de Bienes del Fallido hasta tanto se deposite la suma correspondiente a honorarios regulados, con más aportes e IVA si correspondiente, y gastos o se constituyan, en el plazo de 60 días, garantías suficientes por la suma de $ 10.000.000,00 las que serán evaluadas al ser ofrecidas. 5. Ordenar la publicación de la presente resolución mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el diario La Opinión de esta ciudad, por el término de un día. Hágase saber, archívese el original y expídase copia. Agostina Silvestre, Abogada Secretaria. Ma. Alvarez Tremea, Jueza. Rafaela, 30 de Diciembre de 2.021.

$ 60 472008 Feb. 25 Mar. 07

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Por lo dispuesto por la Señora Jueza de primera instancia de Distrito N° 5 en los Civil y Comercial de la 3era Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita y emplaza a los que seconsideren con derecho a los bienes dejados por el causante CORONEL, JOSE REYNALDO DNI 14.633.629, argentino, fallecido en fecha 24/03/2018 en Rafaela - Santa Fe, conúltimo domicilio J. V GONZALEZ 1487 de Rafaela, para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos , a sus efectos sepublican edictos en el Boletín Oficial y en Sede Judicial por el término del ley en los autos: “CORONEL, JOSE REYNALDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-24200569-1”.Fdo. Carolina Castellano - Secretaria, Ana Laura Mendoza – Jueza a Cargo– Rafaela, 24 de febrero de 2022.-

$ 45 Feb. 25

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Por  disposición  del  Juzgado  de  1º Instancia  en  loCivil  y Comercial  de  la CUARTA Nominación   de   Rafaela,en   los autos   caratulados “ACTIS MILANESIO,  SILVIA  BEATRIZ  Y  OTROS S/  SUCESORIO  21-24200236-6”; se  cita,  llama  y  emplaza  a los  herederos,  acreedores  y  legatarios  y/o  quienes se consideren  con  mejor  derecho  a  los  bienes  dejados  por loscausante; SILVIA BEATRIZ ACTIS MILANESIO, DNI 16.972.195, y ROBERTO RICARDO BATAGLIA,  DNI  16.031.260,  para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y  bajo apercibimientos  de  ley.  Lo  que  publica  en  el  Boletín Oficial  y  Estrados del Juzgado.- RAFAELA, 24/02/2022

$ 45 Feb. 25

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Por  disposición  del  Juzgado  de  1º Instancia  en  loCivil  y Comercial  de  la CUARTA Nominación   de   Rafaela,en  los autos   caratulados “ACTIS MILANESIO,  SILVIA  BEATRIZ  Y  OTROS S/  SUCESORIO  21-24200236-6”; se  cita,  llama  y  emplaza  a los  herederos,  acreedores  y  legatarios  y/o  quienes se consideren  con  mejor  derecho  a  los  bienes  dejados  por loscausante; SILVIA BEATRIZ ACTIS MILANESIO, DNI 16.972.195, y ROBERTO RICARDO BATAGLIA,  DNI  16.031.260,  para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y  bajo apercibimientos  de  ley.  Lo  que  publica  en  el  Boletín Oficial  y  Estrados del Juzgado.- RAFAELA, 24/02/2022

$ 45 Feb. 25

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Por disposición del Sr. Juez de Primera  Instancia en lo Civil y Comercial de la Cuarta  Nominación  de  Rafaela,  en  los  autos "CUIJ  Nº  21-24201364-3 VIVAS,  Francisco  Lazaro  S/ Sucesorio",  se cita,  llama  y  emplaza  a  los herederos, legatarios, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los   bienes   dejados   por   la   causante   FRANCISCO LAZARO   VIVAS, D.N.I.7.102.174  ,  con  último  domicilio  en calle  José  Buffa  Nº  1410  de Rafaela,  fallecido  en  fecha 12  de  julio  de  2000 para  que  comparezcan  a hacer  valer sus  derechos  dentro  del  término  de  30  días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará  en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Fdo.: Dra. Alvarez Tremea-Juez;Dra. Silvestre -Secretaria. RAFAELA, 24/02/2022

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados el causante ELVIO ANGEL FENOGLIO, DNI 17.714.004, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “Expte. CUIJ. Nro. 21-24199723-2 FENOGLIO ELVIO ANGEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”.- Fdo. Fdo. Dra. Ana Laura Mendoza (Abogada- Jueza) Dra. Carolina Castellano (Abogada – Secretaria).- Rafaela, 24 de febrero de 2022.-

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Por lo dispuesto por la Señora Jueza de primera instancia de Distrito N° 5 en los Civil y Comercial de la 3era Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita y emplaza a los que seconsideren con derecho a los bienes dejados por el causante CORONEL, JOSE REYNALDO DNI 14.633.629, argentino, fallecido en fecha 24/03/2018 en Rafaela - Santa Fe, conúltimo domicilio J. V GONZALEZ 1487 de Rafaela, para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos , a sus efectos sepublican edictos en el Boletín Oficial y en Sede Judicial por el término del ley en los autos: “CORONEL, JOSE REYNALDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ 21-24200569-1”.Fdo. Carolina Castellano - Secretaria, Ana Laura Mendoza – Jueza a Cargo– Rafaela, 24 de febrero de 2022.-

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Reconquista (Sta. Fe), Tercera Nominación, se cita, llama y emplaza a los que se consideren herederos, acreedores y legatarios y/o tuvieren cualquier interés para que los hagan valer en el sucesorio de GRANCE IRIS BEATRIZ s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-25026773-5, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Art. 67 in fine CPCC. Reconquista, 2.021.

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