picture_as_pdf 2022-02-23

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: ROMERO CARINA GUADALUPE s/Solicitud propia quiebra, CUIJ N° 21-02030225-6, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Carina Guadalupe Romero DNI 22.361.1289 argentina mayor de edad, empleada, apellido materno MONZON, domiciliada realmente en calle Alto Verde, Manzana 6, y legalmente en calle San Jerónimo 3194, Of. 14 ambos de esta ciudad. Hágase saber al fallido que deberá denunciar un domicilio electrónico, y número de teléfono para mantener un contacto directo con el Juzgado. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (26/08/22). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 16/02/2022 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelación. Hágase saber a la Sindicatura que podrá efectuar la aceptación del cargo mediante escrito remitido a la casilla de correo electrónico del Juzgado civil6sfejusticiasantafe.gov.ar en el que deberá constituir domicilio electrónico y denunciar teléfono de contacto. 12) Fijar el día 27/04/22, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 27/05/22 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán realizarse de manera presencial o electrónica en el domicilio constituido a dichos fines.14) Señalar el día 26/07/22 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 26/08/22 para la presentación del Informe General. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) A fin de dar a conocer la apertura del presente proceso, encomíendase a la Sindicatura la notificación a cada uno de los acreedores denunciados por la fallida (que podrá realizarse por Carta o por correo electrónico).Asimismo, corresponderá al Síndico la publicación de edictos a fin de dar a conocer sus datos de identificación (domicilio, teléfono y correo electrónico) así como la posibilidad de que los pedidos de verificación se realicen por vía digital al correo electrónico denunciado por la Sindicatura. Se pone a disposición la clave del expediente para su consulta digital: CONTRASEÑA 5145 correspondiendo a la Sindicatura dar a conocer la misma en el caso de que los acreedores insinuantes así lo soliciten. Firmado: Dra. Verónica Toloza, Secretaria - Gabriel Abad, Juez. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 471646 Feb. 23 Mar. 3

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: ROMANO, SILVINA INÉS s/Solicitud propia quiebra, CUIJ 21-02025168-6, se ha dispuesto: Prorrogarlos plazos establecidos en la resolución de fecha 07/07/21 y fijar el día 13 de abril de 2022 para la presentación de las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes a la Sindicatura, el día 12/05/2022 las observaciones a los créditos, los informes individual y general, los días 23/06/2022 y 18/08/2022, respectivamente. Hacer saber que el CPN Ramiro Izquierdo, fija su domicilio a los efectos legales en calle 1ro. de Mayo 1941 PB y atenderá a los Sres. Acreedores los días hábiles en el horario de 8 a 14 hs. Téngase presente el correo electrónico denunciado, rodrigomizquierdohotmail.com y teléfono 342- 614 1342. (...). Firmado: Gabriel O. Abad Juez - Dra. Verónica G. Toloza- Secretaria.

S/C 471645 Feb. 23 Mar. 3

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: VERON, ZULMA ESTHER s/Quiebra (CUIJ 21-02029335-4), se ha dispuesto: Santa Fe, 15 de Febrero de 2022. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Zulma Esther Veron, D.N.I. 14.131.591, apellido materno Gauna, casada, con domicilio real en calle Bolivia 3965 de la ciudad de Santa Fe y legal en calle Gobernador Crespo 3350, Piso Cuarto, Depto. B de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 23 de febrero de 2022 a las 10.00 hs.. 13) Fijar el día 28 de marzo de 2022 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 11 de abril de 2022 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 11 de mayo de 2022 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 28 de junio de 2022 para la presentación del Informe General.- Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24.522. Fdo.: Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretaria) – Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 471747 Feb. 23 Mar. 3

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, se ha dispuesto en los autos caratulados: GUTIERREZ, ERICA PAMELA s/Quiebra (CUIJ. 21-02018792-9) de tramite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, Secretaría a cargo de la autorizante, mediante decreto de fecha 7 de Febrero de 2022... Por presentado informe final y proyecto de distribución (Art. 218 LCQ). Publíquense los edictos de ley. Notifíquese. Fdo. Dr. Gabriel Abad (Juez) - Dra. Verónica Gisela Toloza (Secretaria). Consecuentemente, dispongo considerar como monto total de honorarios profesionales el importe de $284.019,83.- equivalente a un sueldo de secretario de primera instancia. En cuanto a la proporción que dentro de dicha suma corresponde asignar al Síndico que intervino y al apoderado de la fallida, teniendo en cuenta la labor realizada, estimo equitativo y arreglado a derecho la siguiente distribución: 70% de dicho monto para la Sindicatura y el 30% restante para el apoderado de la fallida, en conjunto y proporción de ley. Atento las consideraciones precedentes, regúlanse los honorarios del Síndico María Nieves González Rueda en la suma de $198.813,88 y los honorarios de la Dra. María Carolina Bertona, en la suma de $85.205,95.- Córrase vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Se hace saber al profesional que a fin de que Caja Forense tome intervención y efectivice la vista oportunamente ordenada, ud. deberá enviar un correo electrónico a la casilla fiscalización@cajaforensesantafe.org.ar. Notifíquese.- Fdo. Dr. Gabriel Adad (Juez) - Dra. Verónica Toloza (Secretaria). Santa Fe, 16 de Febrero de 2022. Dra. Gerard, Prosecretaria.

S/C 471758 Feb. 23 Feb. 24

__________________________________________


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 10º Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: Expte. N° CUIJ 21-02020851-9, MARTINEZ RAUL ROBERTO s/Solicitud propia quiebra, se ha ordenado la publicación de edictos por el término de 2 días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe conforme lo dispone el artículo 218 de la Ley N° 24.522, haciendo conocer la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución. A tal fin, se transcriben la resolución y el proveído que lo ordenan: “Santa Fe, 15 de Febrero de 2022. Agréguese el informe de saldo de cuenta judicial que se acompaña. Por evacuada la vista por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Por presentado por la Sindicatura el Informe Final y Proyecto de Distribución de fondos que prescribe el art. 218 L.C.. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, debiendo exhibirse en el hall central de Planta Baja de estos Tribunales. Notifíquese. Dra. Maria Ester Noe de Ferro (Secretaria) - Dra. María Romina Kilgelmann

(Jueza). Santa Fe, 16 de Febrero de 2022.

S/C 471760 Feb. 23 Feb. 24

__________________________________________


Por estar dispuesto en los autos caratulados: ARIAS, MARIA DEL CARMEN s/Quiebra (legajo original) CUIJ 21-02012501-9, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia homónima, se ha ordenado publicar edicto haciendo saber que en autos se ha dictado el auto de conclusión por Art. 228 de la LCQ, cuyo contenido se transcribe a continuación: Santa Fe, 20 de Octubre de 2021: Vistos: (...) Considerando: (...) Resuelvo: 1.- Dar por concluido el proceso falencial de María del Carmen Arias D.N.I. N° 10. 715.625, argentina, mayor de edad, jubilada, con domicilio real en Hipólito Irigoyen N° 4142 y legal constituido en calle Primero de Mayo N° 3595 ambos de la ciudad de Santa Fe; ordenando el levantamiento de las interdicciones personales y patrimoniales del mismo, oficiándose a sus efectos a las distintas reparticiones. 2.- Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, debiendo exhibirse en el hall central de estos Tribunales. Insértese. Hágase saber. Fdo. Dra. María Esther Noé Ferro (Secretaria) - Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza). Santa Fe, 15 de Febrero de 2022.

S/C 471768 Feb. 23 Mar. 3

__________________________________________


Por encontrarse dispuesto, en los autos caratulados: PEREZ, DIEGO MAURICIO s/Solicitud Propia Quiebra (CUIJ 21-02026266-1), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación del Distrito Judicial N° 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Sr. Juez, Dr. Diego R. Aldao, y Secretaría de la Dra. Mercedes Dellamónica, se hace saber por cinco (05) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que ha sido designado como Síndico en autos el C.P.N. Víctor Hugo Fabrizio, con domicilio en calle Angel Cassanello N° 680 de Santa Fe, con atención al público de lunes a viernes en el horario de 14 hs. a 20 hs., Email: vhfabri59@gmail.com, quién recibirá las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 L.C.Q.), en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático. Fdo.: Dra. Mercedes Dellamónica, Secretaria. Santa Fe, 28 de Diciembre de 2021. Dra. Prado, Prosecretaria.

S/C 471801 Feb. 23 Mar. 3

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de esta ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos: ORTIZ, MARIA GUADALUPE s/Quiebra (CUIJ: 21-01998456-4) se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos conforme lo dispone el art. 218 LCyQ n° 24522 regulándose los honorarios de los profesionales intervinientes: Sindicatura CPN Juan arios Ledesma, en la suma de $ 98.1061 799 y apoderado del fallido Dr. Norberto R. Lisa en la suma de $ 42.045,771. Lo que se publica a los fines previstos en la norma mencionada. Santa Fe, 10 de Diciembre de 2021. Dra. Alina Prado, Prosecretaria.

S/C 471920 Feb. 23 Feb. 24

__________________________________________


Por haberse dispuesto en los autos caratulados: BORDIGA, RUBEN ALEJANDRO s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-02013343-8), que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha presentado el informe final y proyecto de distribución, regulándose los honorarios de los profesionales intervinientes. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe, 08 de Febrero de 2022. Proceda la requirente a la publicación de edictos como peticiona. Notifíquese. Fdo: Dr. Diego Raúl Aldao (Juez). Dra. Mercedes Dellamónica (Secretaria).

S/C 471859 Feb. 23 Feb. 24

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5º Nominación de Santa Fe, hace saber que en los autos: ESCARLON CARLOS MARCELO s/Quiebra - Expte. CUIJ 21-01987420-3, se ha presentado el informe final y proyecto de distribución previstos por el art. 218 de la LCyQ N° 24.522, regulándose los honorarios a la Sindicatura CPN Juan Carlos Ledesma en la suma de $ 198.813.88 y apoderado de la fallida Dra. Silvia Beatriz Basualdo $ 85.205,95. Lo que se publica a los efectos previstos por la norma mencionada. Santa Fe, Febrero de 2022.

S/C 472036 Feb. 23 Feb. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: CENTURION JUAN A. s/Quiebra (Expte. 21-02009667-2), se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer saber que se ha presentado informe, proyecto de distribución de fondos, y se han regulados honorarios, lo que será aprobado si no se formula oposición dentro del plazo de diez días a que se refiere el art. 218 de la Ley 24.522. El decreto que así lo ordena reza en su parte pertinente “Santa Fe, 09 de Febrero de 2022. Por presentado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria; Dra. Ana Rosa Alvarez, Jueza a/c.

S/C 471937 Feb. 23 Feb. 24

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10 O Nominación de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados: OJEDA, ADRIAN ANDRES s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-02014310-7), se ha presentado el informe final y proyecto de distribución previstos por el art. 218 de la LCyQ n° 24522, regulándose los honorarios a la Sindicatura CPN Juan Carlos Torresetti, en la suma de $ 198.814 y apoderado del fallido, Francisco Manzini $ 85.206,-. Lo que se publica a los efectos previstos por la norma mencionada. Santa Fe, Febrero de 2022.

S/C 472033 Feb. 23 Feb. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 7º Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: LEGUIZAMON DEBORA YAMILA s/Quiebra - CUIJ N° 21-01996613-2, se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer conocer la presentación del proyecto de distribución complementario de fondos a fin de cubrir los saldos insatisfechos de honorarios, costas y gastos. Los honorarios regulados al C.P.N. Ariel Pierella ascendieron a la suma de $15.000. Si no se formulare oposición dentro del plazo de diez días a que se refiere el art. 218 de la Ley 24.522, los mismos serán aprobados. Notifíquese conforme lo normado en el art. 218 L.C.Q.. Fdo. Dr. Jorge Gómez - Secretario - Dr. Lucio Palacios - Juez - Santa Fe, 16 de Febrero de 2022.

S/C 471726 Feb. 23 Feb. 24

__________________________________________


Autos: ABBET CARLOS HUGO s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-02019487-9); Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Tercera Nominación de Santa Fe. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la Ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: $198.813,88.-; Honorarios de los abogados de la fallida -en conjunto y proporción de ley: $ 85.205,95.- Santa Fe, 14 de Febrero de 2022. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 471821 Feb. 23 Feb. 24

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: CARABELLI, RUDY ANTONIO y Otros c/TROSSERO, CLAUDIO HORACIO s/Daños y Perjuicios (Expte. N° 21-12106201-9), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 04 de Agosto de 2021. Por recibido. Hágase saber la nueva radicación de la causa. Notifíquese. Fdo.: Dr. Gabriel Abad (Juez), Dra. Verónica Gisela Tolosa (Secretaria). Santa Fe, 23 de Noviembre de 2021. Atento a lo manifestado, imprímasele al presente el trámite de Juicio Ordinario. Cítese y emplácese a los herederos del Sr. Claudio Horacio Trossero a fin de que comparezcan a estar a derecho, en el término y bajo los apercibimientos previstos en el Art. 597 del C.P.C.C.. Notifíquese por cédula en el domicilio real a los que tuvieran domicilio conocido y por edictos a los restantes. Notifíquese. Fdo.: Dr. Gabriel Abad (Juez), Dra. Verónica Gisela Tolosa (Secretaria). En consecuencia, se cita y emplaza a los herederos y/o sucesores del Señor Claudio Horacio Trossero, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 20 de Diciembre de 2021. Dra. Gerard, Prosecretaria.

$ 110 471765 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: CIOTTI EMILIO EUDARDO c/LÓPEZ BERNARDINO y/u Otros s/Usucapión (Expte. N° 721 Año 2010), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 13 de Diciembre de 2021. Agréguese la publicación de edictos acompañada. Haciendo efectivos los apercibimientos de ley oportunamente ordenados, declárase rebeldes a los herederos de José Hilarión Córdoba, Silvio Riberto Córdoba, Eduardo López y Manuel López. Notifíquese - Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez), Dr. Tosolini (Secretario). En consecuencia, se declara rebelde a los herederos cita a los herederos de los Señores José Hilarión Córdoba, Silvio Riberto Córdoba, Eduardo López y Manuel López, prosiguiendo la presente causa sin dárseles representación. Santa Fe, 16 de Diciembre de 2021. Dr. Tosolini, Secretario.

$ 70 471764 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Décima Nominación, en los autos caratulados: DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD c/DIOMEDE, LUCAS ARIEL s/Juicio Ejecutivo (CUIJ 21-01977445-4) se ha ordenado notificar al Sr. Lucas Ariel Diomede (D.N.I. Nº 27.281.835), la siguiente sentencia: “//ta Fe, 9 de Agosto de 2021. Visto:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: Mandar llevar a adelante la ejecución hasta que la actora se haga integro cobro del capital reclamada con más los intereses y costas conforme lo expuesto en el considerando precedente. Costas a la vencida. Insértese el original. Agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza) Dra. Delfina Machado (Prosecretaria). Lo que s publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL a los 14 días del mes de Diciembre de 2021. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 471802 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Décima Nominación, en los autos caratulados: DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD c/VIERA ANTONIO OSCAR y Otros s/Ejecutivo (CUIJ 21-01056813-4), se ha ordenado notificar al Sr. Antonio Oscar Viera (D.N.I. Nro. 17.426.522), la siguiente sentencia: “//ta Fe, 15 de Octubre de 2020. Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución contra Antonio Oscar Viera y Agro Avícola Roskopf hasta que la actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses y costas conforme lo expuesto en el considerando precedente. Insértese el original. Agréguese copia y hágase saber. Fdo: Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza) Dra. Victoria Rodríguez (Prosecretaria). Otro Decreto:”// 27 de Agosto de 2021.- (...) Proveyendo escrito cargo N° 10023: Téngase presente lo manifestado. A los fines notificatorios solicitados, líbrese cédula ley N° 22.172. Autorízase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Notifíquese. Fdo: Dra Maña Romina Kilgelmann (Jueza) Dra. María Noe de Ferro (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL a los 14 días del mes de 2021.

S/C 471804 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de la. Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en relación con los autos caratulados: BARBERAN, IVANA LORENA c/ELIZALDE, CARLOS GREGORIO s/Ejecución hipotecaria, CUIJ. 20-02024540-6, se cita al deudor y terceros adquirentes silos hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo respectivo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, a fin de que, dentro de cinco días contados desde la última publicación paguen el importe del crédito, intereses y costas prudencialmente estimadas u opongan excepción legítima, bajo apercibimiento de dictarse sentencia en rebeldía sin más trámite y de darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior desde su fecha. El inmueble hipotecado se encuentra inscripto en División Dominio Departamento La Capital del Registro General el 21 de junio de 2016, en Matrícula 2864547. Firmado: Lucio Alfredo Palacios, Juez. María Nazaret Canale, Prosecretaria. Santa Fe, 14 de Febrero de 2022. Dr. Gómez, Secretario.

$ 165 471824 Feb. 23 Mar. 03

__________________________________________


Por disposición del Señor Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, Dr. Lucio Alfredo Palacios, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Alberto Gómez, se hace saber a la Sra. Jaquelina Betiana Pintos (D.N.I. 28.158.493) que en autos: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/PINTOS, JAQUELINA BETIANA s/Demanda Ejecutiva” (expediente número 21-01996175-0) se ha declarado su rebeldía. Santa Fe, 3 de Febrero de 2022. Dr. Gómez, Secretario.

$ 33 471927 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados: GODANO, MARIA ROSA y Otros c/OLIVO y/u OLIVA, MARIA s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ: 21-02012301-7, se cita y emplaza a doña María Olivo/A de Comar, por el término de tres días a comparecer a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Santa Fe. Fdo. Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez) – Dr. Jorge Alberto Gómez (Secretario). Santa Fe, 21 de Diciembre de 2021.

$ 45 471481 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


En los autos caratulados: PEVERENGO, MARTA TERISITA s/Quiebra, que tramitan por Expte. CUIJ 21-26182775-9 ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de San Justo, se hace saber que se ha puesto de manifiesto la distribución a prorrata de los fondos existentes en autos. Para recaudo se transcribe la providencia que ordena la medida: San Justo, 7 de febrero de 2022. Téngase presente. Por practicada la distribución a prorrata. Póngase la misma de manifiesto Por el término de ley. Publíquense edictos por el termino de ley Notifíquese. Firmado.: Alessio (Jueza); Buzzani (Secretario). San Justo, Febrero 2022.

S/C 472035 Feb. 23 Feb. 24

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 19 de la ciudad de Esperanza, provincia Santa Fe, en autos: ZUBER, NICOLAS EDGARDO s/Ausencia con presunción de fallecimiento, Expte. CUIJ 21-26300099-1, se notifica, cita y emplaza a don Nicolás Edgardo Zuber, D.N.I. N° 32.229.041, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezca a hacer valer sus derechos. Lo que se publica por el término legal en el BOLETÍN OFICIAL y en el diario El Litoral. Esperanza, de 2.022.

$ 45 471928 Feb. 23

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: ASOCIACION MUTUALISTA DEL CLUB CENTRAL SAN CARLOS C/ PISTONI EDUARDO ANTONIO y otros s/Juicios ejecutivos; (CUIJ N° 21-25108847-8), se hace saber al Sr. Eduardo Antonio Pistoni (D.N.I. N° 17.716.341), que con fecha 08.07.20 se tiene por entablada demanda de juicio ejecutivo contra los Sres. Eduardo Antonio Pistoni y José María Larenti, por cobro de la suma de $178.050.- (pesos ciento setenta y ocho mil cincuenta), con más sus intereses y costas. Cítese y emplácese a los demandados para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley... Notifíquese. Fdo.: Marini (Juez) - Simonetti (Secretaria). San Carlos Centro, 11 de Febrero de 2.022.

$ 33 471737 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: FERREYRA CAROLINA LORENA c/AGUIRRE DARÍO DANIEL y otros s/Juicios Ejecutivos; (CUIJ N° 21-25109512-1), se hace saber a los Sres. Darío Daniel Aguirre (D.N.I. N° 30.265.312) y Marcelino Aguirre (D.N.I. N° 6.653.904), que con fecha 30.07.21 se tiene por entablada en su contra demanda de Juicio Ejecutivo, por el cobro de la suma de $ 100.800 con más sus intereses y costas. Cítese y emplácese a los demandados para que dentro del término de diez días, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley... Notifíquese. Fdo.: Marini (Juez) - Simonetti (Secretaria). San Carlos Centro, 11 de Febrero de 2.022.

$ 33 471734 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: VIVALDA JUAN ESTEBAN c/RAMIREZ FABIOLA ELISABET s/Juicios ejecutivos; (CUIJ N° 21-25109514-8), se hace saber a la Sra. Teresa Beatriz Alarcón (D.N.I. N° 20.476.193), que con fecha 03.08.21 se tiene por entablada en su contra demanda de Juicio Ejecutivo, por el cobro de la suma de $ 80.000 con más sus intereses y costas. Cítese y emplácese a los demandados para que dentro del término de diez días, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley... Notifíquese. Fdo.: Marini (Juez) - Simonetti (Secretaria). San Carlos Centro, 11 de Febrero de 2.022.

$ 33 471730 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo, en autos: FAVATIER, SILVIO c/Suc. VAN DE VELDE, OSCAR AGUSTIN y otros s/Laboral; CUIJ Nº 21-26321082-1, se ha ordenado lo siguiente: Villa Ocampo, 16 de Diciembre de 2.021. Cítese y emplácese por medio de edictos, a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, conforme lo dispuesto por el art. 597 C.P.C. a los Herederos y/o Sucesores de Paula Mercedes Ruiz Díaz y David Ramon Van De Velde, para que, en el término de ley, comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dra. María Isabel Arroyo, Juez; Dra. Marta Migueletto, Secretaria. Se publicara por tres (3) días. Villa Ocampo, 03 de Diciembre de 2.021.

$ 45 471970 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo, en autos BOLL EUGENIO FEDERICO y otros c/CORGNIALI FABRICIO LISANDRO y otros s/Daños y perjuicios; CUIJ Nº 21-26323464-9 ha ordenado: Villa Ocampo, 30 de Septiembre de 2.021. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder acompañado, désele la intervención legal correspondiente. Por iniciado Juicio Ordinario de daños y perjuicios contra Fabricio Lisandro Corgniali, domiciliado donde se indica, y/o contra Rodrigo Daniel Torres, domiciliado donde se indica, y/o contra Maximiliano Ezequiel Corgniali, domiciliado donde se indica, y/o contra los sucesores de Miguel Alfredo Torres y/o contra el propietario del automotor marca Renault Fluence, dominio LIP566, y1 o contra el propietario de la motocicleta marca Honda XR Tornado 250 c.c. Dominio LEY 052, y/o contra Seguros Rivadavia Cooperativa Ltda.., domiciliada donde se indica, y/o contra Liderar Compañía General De Seguros S.A., domiciliada donde se indica, y/o contra Q.R.J.R. Cítese y emplácese a los demandados y citadas en garantía para que dentro del término de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Cítese a los herederos del Sr. Miguel Alfredo Torres a estar a derecho por medio de edictos á publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado por el término de ley y bajo apercibimiento de rebeldía: Téngase presente la prueba ofrecida. Agréguese la declaración jurada de declaratoria de pobreza acompañada y notifíquese al API. Por efectuadas reservas. Notifiquen los empleados Bosch, Fernández, Masin, Quiroz Martínez y/o Pierotti. Notifíquese. Fdo. Dra. María Isabel Arroyo, Juez; Dra. Marta Migueletto, Secretaria. 22 de Diciembre de 2.021.

$ 45 471968 Feb. 23 Mar. 03

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la QUINTA Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: "D ANGELO ANA GLADYS Y OTROS s/ SUCESORIO". cUiJ: 21-02025959-8-..Año 2021, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del señor VALENTIN NESTOR HAQUIN , D.N.I. M6.222.805, para que

comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletin Oficial. Fdo. Dra. Claudia B Sanchez. Secretaria.Santa Fe, de . de. Santa Fe, noviembre del 2021.

$45 Feb. 23

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia deDistrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación), en autos caratulados “ALEGRE,ANTENOR HERMENEGILDO S/ SUCESORIO” CUIJ: 21-02028956-9 Año 2021, se cita, llama yemplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de ALEGRE ANTENORHERMENEGILDO, D.N.I.: M7.874.593, para que comparezcan a hacer valer sus derechosdentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en elBOLETÍN OFICIAL. FDO: Dra. Marina Borsotti (SECRETARIA).-

$45 Feb. 23

__________________________________________


POR DISPOSICIÓN DE LA OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (JUZGADODE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LACUARTA NOMINACIÓN DE SANTA FE), EN LOS AUTOS CARATULADOS:“VIDELA, ADRIÁN Y OTROS S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ N° 21-02019012-1 Año 2020, SE CITA, SE LLAMA Y SE EMPLAZA A TODOS LOSHEREDEROS, ACREEDORES Y LEGATARIOS DE LOS CAUSANTES ADRIÁNVIDELA DNI N° M6.323.695. Y MARINA QUIROGA DNI N° F.6.466.787, PARA QUECOMPAREZCAN A HACER VALER SUS DERECHOS DENTRO DEL TÉRMINO YBAJO APERCIBIMIENTOS LEGALES. LO QUE SE PUBLICA A SUS EFECTOS EN ELBOLETÍN OFICIAL Y/O HALL DE TRIBUNALES. SANTA FE, DE FEBRERO DE2022. FDO. DRA. CLAUDIA B. SÁNCHEZ. SECRETARIA.

$45 Feb. 23

__________________________________________


SAN JORGE

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos “WASINGER JOSE FABIAN s. SUCESORIO” (CUIJ 21-26262470-3 - Año 2021), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante JOSE FABIAN WASINGER, D.N.I. N° 17.781.481, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

$45 Feb. 23

__________________________________________


or disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos “SCAGLIA, HELDER HERIBERTO s. SUCESORIO” (CUIJ 21-26263130-0 - Año 2021), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante HELDER HERIBERTO SCAGLIA, D.N.I. N° 6.297.481, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

$45 Feb. 23

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos “BIOLATTO, HUGO DANIEL s. SUCESORIO” (CUIJ 21-26263193- 9 - Año 2021), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante HUGO DANIEL BIOLATTO, D.N.I. N° 8.618.445, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial.

$45 Feb. 23

__________________________________________


La Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil yComercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos:Expte. Nº CUIJ: 21-24200675-2 “GRANEROS, Josué AntonioS/SUCESORIO”, cita y emplaza a los herederos, acreedores y a todos losque se consideren con derecho a los bienes dejados al fallecimiento delcausante Josué Antonio Graneros, DNI: 23.577.584, para que en el plazode treinta (30) días comparezcan a estar a derecho y tomar la participaciónque les corresponde, bajo apercibimientos de ley. A sus efectos se publicanedictos en el Boletín Oficial y en Sede Judicial por el término de ley.Sucesorio iniciado por los Dres. Daniel Alejandro Fruttero y Cecilia Pliauzer.-María José Álvarez Tremea – Juez – Agostina Silvestre – Secretaria.-Rafaela, 29 de septiembre de 2021.-

$45 Feb. 23

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos “WASINGER JOSE FABIAN s. SUCESORIO” (CUIJ 21-26262470-3 - Año 2021), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante JOSE FABIAN WASINGER, D.N.I. N° 17.781.481, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. San Jorge, 21 de febrero de 2022

$45 Feb. 23

__________________________________________


RAFAELA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 896 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ROSE LEONARDO MARTIN s/Apremio, se hace saber al demandado/da Sr/Sra. Leonardo Martín Rose, lo siguiente: Rafaela, 28 de Abril de 2.016. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Juan C Marchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2.021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.

S/C 471738 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 3295 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RIOS CLEMENTE RUBEN s/Apremio, se hace saber al demandado/da Sr/Sra. Clemente Rubén Rios, lo siguiente: “RAFAELA, 29 de julio de 2016. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Juan C Marchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2.021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.

S/C 471739 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. Nº 2546 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BURGOS HECTOR RAMON s/Apremio, se hace saber al demandado/da Sr/Sra. Héctor Ramón Burgos, lo siguiente: Rafaela, 29 de Junio de 2.016. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Juan C Marchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2.021. Dr. Rodrigo M. Succo, prosecretario.

S/C 471740 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 21-16502034-8 - Año 2018; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ZOCCHI DE RODRIGUEZ HILDA ANUNCIADA s/Apremio, se hace saber al demandado/da Hilda Anunciada Zocchi De Rodríguez, lo siguiente: Rafaela, 26 de Abril de 2.018. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución (...) Notifíquese. Firmado: Diego M Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471641 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 1624 - Año 2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/IGLESIAS EDGARDO DANIEL s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 26 de Octubre de 2.016. Y vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Dr. Juan Márchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471642 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 4071 Año 2016; - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CONTRERA LUCAS ADRIAN s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 07 de Junio de 2.018. Y vistos: ... Resulta: ... Y considerando: ... Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 2.693,30 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga integro cobro de la suma de $ 3.081,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerados precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Diego M. Genesio (Juez a/c); Gustavo Mié (Secretario). Otro decreto: Rafaela 17 de Junio de 2020. Por denunciado nuevo domicilio de la parte demandada. Notifíquese en el mismo. Notifíquese. Firmado: Dr. Diego M. Genesio (Juez); Dr. Gustavo F. Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 22 de Octubre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471714 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 1279 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RUGGERI DANIEL ERNESTO s/Apremio, se hace saber al demandado/da Sr/Sra. Daniel Ernesto Ruggeri, lo siguiente: Rafaela, 16 de Mayo de 2.016. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Juan C Márchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471715 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 3290 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RODRIGUEZ EDUARDO GUSTAVO s/Apremio, se hace saber al demandado/da Sr/Sra. Eduardo Gustavo Rodríguez, lo siguiente. Rafaela, 29 de Julio de 2.016. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Juan C Marchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471716 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 2769 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/FERNANDEZ JORGE s/Apremio, se hace saber al demandado/da Sr/Sra. Jorge Fernández, lo siguiente: Rafaela, 05 de Julio de 2.016. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese. Firmado: Juan C Marchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471717 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados Expte. N° 3326 - Año 2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GONGORA ISAIAS DANIEL s/Apremio, se hace saber al demandado/da Sr/Sra. Isaías Daniel Gongora, lo siguiente: Rafaela, 04 de Septiembre de 2.015. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese”.- Firmado: Juan C Marchese (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471718 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 2820 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GOMEZ BETIANA LORENA s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 18 de Diciembre de 2.019. Y vistos:..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 2.909,00 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 4.302,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 27 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471719 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 1638 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/DUARTE RAMON ANTONIO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 04 de Febrero de 2.020. Y vistos:..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 2.985,80 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 4.056,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese”. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 27 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471721 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 6532 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/DUARTE FRANCO ROMAN s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 03 de Marzo de 2.020. Y vistos:..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 688,30 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 1.015,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 27 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471723 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 4598 - Año 2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GAITÁN VAZQUEZ MARIA DE LOS MILAGROS s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 22 de Noviembre de 2.018. Y vistos:..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 262,90 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 515,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 27 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471724 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 3452 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BRAVO LUCIANO MARIO JESUS s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 16 de Marzo de 2.020. Y vistos:..., Resulta:..., Considerando: ..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 2.276,80 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 2.835.00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 27 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471725 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 6593 - Año 2012; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ROLDAN JAVIER REINALDO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 02 de Febrero de 2.015. Y vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan C Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471727 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 4647 Año 2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/FERNANDEZ MANUEL SEBASTIÁN s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 13 de Marzo de 2.017. Y vistos: ... Resulta: ... Y considerando: ... Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés igual al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada. Definir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Notifíquese. Fdo: Juan Marchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario).- Otro decreto: Rafaela 07 de Noviembre de 2.018. Dada la diversidad de domicilios del demandado denunciado en autos, cuyas notificaciones resultaron infructuosas, a los fines de evitar dispendios jurisdiccionales inútiles e innecesarios, requiérase informe a la Secretaria Electoral sobre el último domicilio registrado del ejecutado y todo otro dato que permita su ubicación. Ofíciese a tal efecto, autorizando al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Notifíquese. Fdo. Dr. Gustavo Mié (Secretario) - Dr. Diego Genesio (Juez). Otro decreto: Rafaela, 18 de Septiembre de 2.020. Por denunciado nuevo domicilio de la parte demandada. Notifíquese en el mismo. Notifíquese. Fdo: Dr. Diego M. Genesio (Juez) - Dr. Gustavo F Mie (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471728 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 2123 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BORDON OSCAR ALBERTO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 24 de Septiembre de 2.018. Y vistos:..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 2.497,20 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 2.061,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 27 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471729 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 2012 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GARRIOS ALBERTO ALFREDO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 05 de Octubre de 2.018. Y vistos:..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $ 3.365,00 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 4.026,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 27 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471732 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 2292 - Año 2016; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ARANDA RAFAEL RAUL s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 05 de Agosto de 2.020. Y vistos:..., Resulta:..., Y considerando:..., Resuelvo: Mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la multa impuesta por la resolución administrativa presentada en autos, en concepto de capital, con mas el interés fijado en los considerandos precedentes y rechazarla en lo demás. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99. Protocolícese el original, agréguese copia y hágase saber Firmado: Dr. Diego M Genesio (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 27 de Diciembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471735 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 605 - Año 2015; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/CAMPOS ROBERTO DANIEL s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente Rafaela, 07 de Septiembre de 2.016. Y vistos:…, Resulta:…, Y considerando:…, Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Dr. Juan Márchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471742 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados Expte. N° 1901 - Año 2014; MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SEGOVIA JUAN RAMON s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 21 de Junio de 2.016. Y vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la demandada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Dr. Juan Márchese (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 ley 5.066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3.456. Rafaela, 10 de Noviembre de 2.021. Gustavo Mié, prosecretario.

S/C 471744 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16508251-3 - Año 2019 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/GUZMAN RICARDO ANDRES s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 02 de marzo de 2021. Y Vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado (monto de la multa según resolución administrativa) con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99. Protocolícese el original, agréguese copia y hágase saber Firmado: Dr. Diego M. Genesio (Juez); Dr. Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 27 de Diciembre de 2021. Dr. Mié, Secretario.

S/C 471745 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16505742-9 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ZARATE JUAN RAMON s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 27 de Febrero de 2020. Y Vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al dos por ciento (2%) mensual desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 28 de Diciembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 471782 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16509485-6 - año 2019 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/TENORIO AGUSTIN s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 18 de febrero de 2021. Y Vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más el interés establecido en los considerandos precedentes, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese.”.- Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme Art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 28 de Diciembre de 2021.

S/C 471783 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 1325 - Año 2017 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ESPINDOLA BALBINO GONZALO MIGU s/Apremio, se hace saber al demandado/da GONZALO MIGU ESPINDOLA BALBINO, lo siguiente: “Rafaela, 24 de mayo de 2017. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución (....) Notifíquese”. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 9 de Noviembre de 2021. Dr. Mié, Secretario.

S/C 471784 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16502463-7 - año 2018 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/BORGOGNO FRANCO MANUEL s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 02 de diciembre de 2019.- Y Vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 3686,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego M. Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 9 de Noviembre de 2021. Dr. Mié, Secretario.

S/C 471785 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16501851-3 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/PEREYRA CARLOS FABIAN s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 02 de Agosto de 2019.- Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $1127,80 intereses y gastos administrativos liquidados y mandar que se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga integro cobro de la suma de $2550,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerados precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese”. Firmado: Diego M. Genesio (Juez a/c); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Octubre de 2021. Dr. Mié, Secretario.

S/C 471787 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16501086-5 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/ARTIGAS JESUS SEBASTIAN; RODRIGUEZ SABRINA EUGENIA s/Apremio, se cita por el presente al demandado Artigas Jesús Sebastián y Rodríguez Sabrina Eugenia, para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Firmado: Diego Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 25 de Octubre de 2021. Dr. Mié, Secretario.

S/C 471788 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16502222-7 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RAPP JUAN GUILLERMO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 26 de junio de 2019. Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $748,50 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro de la suma de $515,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese”. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 28 de Diciembre de 2021.

S/C 471790 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-46505302-5 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/SORIA JUAN RAMON s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 03 de febrero de 2020. Y Vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al dos por ciento (2%) mensual desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 28 de Diciembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 471791 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados: Expte. N° 21-46501063-6 - año 2017 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/PALMIERI SERGIO ANDRES s/Apremio, se hace saber al demandado,, lo siguiente: Rafaela, 04 de diciembre de 2017. Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ley oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. Notifíquese”.Firmado: Diago Genesio (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 471792 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16501560-3 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/NAGEL MARIS ROSA s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 29 de julio de 2019.- Y Vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $377,00 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro de la suma de $600,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa) con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese”. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2021.

S/C 471793 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16505166-9 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/TORTUL MARIANELA EDIT s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 03 de febrero de 2020.- Y Vistos:..., Resulta:..., Y Considerando: … Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al dos por ciento (2%) mensual desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 471794 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Expte. N° 21-16502054-2 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/RIBERI GERARDO RAUL s/Apremio, por el presente se e hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 14 de Junio de 2019. Y Vistos:..., Resulta:..., Considerando:..., Resuelvo: Rechazar la ejecución por la suma de $558,50 (intereses y gastos administrativos liquidados) y mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro de la suma de $565,00 en concepto de capital (multa resolución administrativa), con más el interés fijado en los considerandos precedentes. Costas a cargo de la ejecutada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se de cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución AFIP 689/99 y, en la liquidación respectiva, se determinen capital e intereses adeudados. Protocolícese el original, agréguese copia y notifíquese”. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Diego Genesio (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 29 de Diciembre de 2021. Gustavo Mié, Secretario.

S/C 471795 Feb. 23 Feb. 25

__________________________________________


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en loCivil y Comercial de la PRIMERA Nominación de la ciudad deRafaela, en autos caratulados : “21-24201073-3 - SUNIER CARLOSALBERTO S/ SUCESORIO “ se cita, llama y emplaza a los herederos,acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por el causante CARLOS ALBERTO SUNIER DNI N°20.727.912, con último domicilio en calle Paul Harris N° 508 de laciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, provincia de Santa Fe;fallecido en la localidad de Bella Italia en fecha 14 de Octubre de2021, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro deltérmino de 30 días y bajo apercibimiento de ley, que se publican en elHall de Tribunales.-Firmado: Dra. SANDRA INES CERLIANI - Secretaria / Dr. DUILIO M. FRANCISCOHAIL - Juez a CargoRafaela,

$45 Feb. 23

__________________________________________


Por disposición del Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación de la Ciudad de Rafaela,en autos caratulados “MALANO, OMAR ANTONIO Y OTROS S/ SUCESORIO” CUIJ 21-24201179-9, se llama, cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: OMAR ANTONIO MALANO, (LE2.454.755), con último en calle Tierra del Fuego Nro. 667 de la Ciudad de Sunchales, fallecido enSunchales, el día 22/06/2014, y DELIA MARIA MEOLANS, (LC 6.325.652), con último en calleTierra del Fuego Nro. 667 de la Ciudad de Sunchales, fallecida en Sunchales, el día 22/01/2018,para que comparezcan y hagan valer sus derechos dentro del término de 30 días bajoapercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, asus efectos. Sucesorio iniciado por la Abogada Malvina Scarafia. Fdo. Sandra Inés Cerliani(Secretaria) Ana Laura Mendoza (Juez a/c). Rafaela, 22 de Febrero de 2022

$45 Feb. 23

__________________________________________