picture_as_pdf 2022-02-22

MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


RESOLUCIÓN Nº 000018


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

31 ENE 2022


VISTO:

El Expediente Nº 01501-0105462-5 del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

que mediante las presentes actuaciones se propicia la modificación del “PROGRAMA RESIDENTES COMUNITARIOS”, aprobado -ad referéndum- del Poder Ejecutivo, por Resolución Nº 000014 del 27 de enero de 2021 de este Ministerio de Desarrollo Social, el cual como Anexo I en siete (7) fojas integró aquella norma, modificado por Resoluciones Nros. 000177 del 30 de marzo y 000311 del 14 de mayo, ambas del 2021;

que luego de una revisión de las disposiciones normativas que lo componen se estima conveniente y oportuno realizar algunos ajustes en sus previsiones a tenor de las siguientes consideraciones;

que el Artículo 17º del Anexo I de la Resolución Nº 000014/21 modificado por su similar Nº 000177/21, refiere al cálculo de las asignaciones estímulo por el servicio comunitario que brinden los residentes y a la cobertura de obra social y de riesgos de trabajo en favor de los mismos, estableciendo en el segundo párrafo: “Las horas asignadas a cada residente no podrán superar las ciento veinte (120) horas mensuales. En todos los casos, además de la asignación estímulo el Ministerio de Desarrollo Social garantizará la cobertura de la obra social de que gozan los agentes provinciales y del autoseguro provincial. La cobertura social deberá ser solicitada por el Residente”;

que teniendo en cuenta lo expuesto por la Subsecretaría de Riesgos del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que la misma da cobertura de riesgos de trabajo y enfermedades profesionales a todos los agentes del Estado Provincial según lo establecido por el Artículo 2º del Decreto Nº 4433/17, consecuencia de lo cual en el caso de los residentes comunitarios al no existir relación laboral, no corresponde dar cobertura a los siniestros laborales que puedan ocurrirles;

que por su parte, la Dirección Provincial de Programa de Riesgos y Seguros Generales del Ministerio de Economía, sugiere implementar la cobertura de accidentes personales, siendo que la misma cubre los riesgos de muerte e incapacidad total y/o parcial del asegurado y a su vez contempla la asistencia médico-farmacéutica, logrando así condiciones similares a las que prevé una cobertura de riesgos del trabajo;

que en virtud de lo expuesto, debe modificarse el mencionado Artículo 17º -segundo párrafo- en lo que respecta a la cobertura de riesgos de trabajo, debiendo quedar consignado de conformidad al Artículo 1º de esta resolución;

que la presente gestión se dicta ad referéndum del señor Gobernador, en el marco de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 0304/19 y modificatorios, la Ley 13920 y modificatoria y la Resolución Nº 00014/2021 y modificatorias de este Ministerio;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Modificar ad referéndum del Poder Ejecutivo el Artículo 17º -segundo párrafo- del Anexo I de la Resolución Nº 000014 del 27 de enero de 2021, aprobatoria del “PROGRAMA RESIDENTES COMUNITARIOS”, modificado por Resoluciones Nros. 000177 del 30 de marzo y 000311 del 14 de mayo, ambas del 2021, el cual en la parte correspondiente quedará redactado de la siguiente manera:

Las horas asignadas a cada residente no podrán superar las ciento veinte (120) horas mensuales. En todos los casos, además de la asignación estímulo, el Ministerio de Desarrollo Social garantizará la cobertura de la obra social de la que gozan los agentes provinciales y de accidentes personales. La cobertura social deberá ser solicitada en forma escrita por el Residente.”

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Fdo. Farm. Danilo Hugo Capitani. Ministro de Desarrollo Social. Provincia de Santa Fe.

S/C 35580 Feb. 22 Feb. 24

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RESOLUCIÓN Nº 001344


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

31 ENE 2022


VISTO:

El Expediente N° 01501-0109509-1 del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

que mediante las presentes actuaciones se gestiona ampliar la Resolución Nº 000045 del 9 de febrero de 2021;

que por dicha resolución se modificó parcialmente el Artículo 2º de la Resolución Nº 000118 del 26 de febrero de 2019, respecto del monto de aportes dinerarios que se autoriza a otorgar, incrementando los importes para los funcionarios que se desempeñan en los cargos que por el Artículo 1º de la misma se detallaron;

que por Resolución Nº 000118/19 se reglamentó el Decreto Nº 3503/17 que creó el “Programa de Ayudas Directas, Urgentes y/o Complementarias: ACCIONAR” en el ámbito de este Ministerio, y entre otras cuestiones, por el mencionado Artículo 2º, se autorizó a los funcionarios que allí se detallaron, el otorgamiento de los Componentes descriptos en el Punto 5 del Anexo Único del referido Decreto Nº 3503/17, por los montos y en favor de los beneficiarios que allí se precisaron;

que la gestión que se propicia es a los fines de incrementar los montos de aportes dinerarios que se autoriza a otorgar, unicamente para las Direcciones Provinciales dependientes de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y según el detalle descripto en el Artículo 1º de la presente resolución;

que las Subsecretarías de Administración y Recursos Humanos y Legal y Técnica avalan la continuidad de la gestión;

que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 16749 del 30 de diciembre de 2021, se ha expedido al respecto;

que por lo expuesto y lo estatuido en los Decretos Nros. 3503/17 y 0304/19 y ampliatorios, Resoluciones Nros. 000118/19 y modificatorias y las Leyes Nros. 13920 y modificatoria y 14017 de Presupuesto vigente;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Ampliar la Resolución Nº 00045 del 9 de febrero de 2021, respecto del monto de aportes dinerarios que se autoriza a otorgar, incrementando el importe únicamente para los funcionarios que se desempeñan en los siguientes cargos y según se detallan a continuación:

a) Aportes Dinerarios.

-AYUDA DIRECTA A LA PERSONA.

-Directores/as Provinciales de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -Santa Fe, Rosario e Interior-, hasta la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000,00).

- Director/a Provincial de Salud y Trayectorias Educativas, hasta la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000,00).

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Fdo. Farm. Danilo Hugo Capitani. Ministro de Desarrollo Social. Provincia de Santa Fe.

S/C 35579 Feb. 22 Feb. 24

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0077


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

18/02/2022


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTICULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: CORDOBA SILVIA ELIZABETH CUIT N° 27-21586131-2.

ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes

firmas: CIP TAMBOS S.R.L. CUIT N° 30-70812002-9; LC INSUMOS S.R.L. CUIT N° 30-71596719-3; MEDITON S.R.L. CUIT N° 30-60700823-6 y MYEEL MEDIDORES Y EQUIPOS ELECTRICOS S.A. CUIT N° 30-58053780-0.

ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 35581 Feb. 22 Feb. 23

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RESOLUCIÓN Nº 0078


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

18-02-2022


VISTO:

El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de tres (03) firmas; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que la misma ha cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCYGB N.º 170/19, quedando debidamente encuadrada en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AIRA JOAQUIN MODESTO CUIT N° 20-37774629-6; GONZALEZ CAROLINA MARIA CUIT N° 27-38376268-0 y GARCIA PINILLA EZEQUIEL CUIT N° 20-16795500-3.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 35582 Feb. 22 Feb. 23

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ADMINISTRACION

PROVINCIAL DE IMPUESTOS


TASA TESTIGO 2022


La Administración Provincial de Impuestos en cumplimiento de lo establecido en el Art. 1º de la Ley 12.306 (modificada por las leyes 13226 y 13875) y art. 2 de la Resolución General Nº 021/2019 – API, detalla a continuación la nómina de Municipalidades y Comunas que han optado por el incremento de hasta el 20% en el gravamen Patente Única sobre Vehículos para el año fiscal 2022, a los fines de su publicación en el Boletín Oficial, a saber:

LISTADO DE MUNICIPIOS


Código MUNICIPALIDAD % Incremento/

Municipio Descuento

1201 ARMSTRONG 10

295 ARROYO SECO 10

1180 CAÑADA DE GOMEZ 20

969 CAPITAN BERMUDEZ 20

903 CARCARAÑA 20

1378 CASILDA 20

786 CERES 20

884 CORONDA 20

607 EL TREBOL 10

588 ESPERANZA 20

906 FRAY LUIS BELTRAN 20

421 FRONTERA 20

210 FUNES 20

883 GALVEZ 20

268 GRANADERO BAIGORRIA 20

1203 LAS PAREJAS 20

1279 LAS ROSAS 20

270 PEREZ 20

108 RECREO 15

296 ROSARIO 20

392 RUFINO 10

785 SAN CRISTOBAL 10

1905 SAN JAVIER 20

687 SAN JORGE 20

112 SAN JOSE DEL RINCON 20

1774 SAN JUSTO 10

982 SAN LORENZO 20

199 SANTA FE 20

198 SANTO TOME 20

614 SASTRE-ORTIZ 20

1671 TOSTADO 20

391 VENADO TUERTO 10

327 VILLA CAÑAS 10

294 VILLA GDOR. GALVEZ 20


LISTADO DE COMUNAS



Código COMUNA % Incremento/

Comuna Descuento

201 ACEBAL 20

202 ALBARELLOS 20

1001 ALCORTA 20

901 ALDAO -DPTO SAN LORENZO 20

203 ALVAREZ 20

207 ALVEAR 20

702 AMBROSETTI 10

302 AMENABAR 20

402 ANGELICA 20

1301 AREQUITO 10

204 ARMINDA 20

101 ARROYO AGUIAR 20

703 ARRUFO 20

1302 ARTEAGA 10

403 ATALIVA 20

1303 BERABEVU 20

808 BERNARDO DE IRIGOYEN 20

1304 BIGAND - CASEROS 20

1002 BOMBAL 20

1202 BOUQUET 20

1101 BUSTINZA 20

303 CAFFERATA 20

109 CAMPO ANDINO 10

304 CAÑADA DEL UCLE 20

1003 CAÑADA RICA 20

601 CAÑADA ROSQUIN 20

602 CARLOS PELLEGRINI 20

305 CARMEN 20

205 CARMEN DEL SAUCE 20

306 CARRERAS 20

604 CASTELAR 10

409 CASTELLANOS 20

805 CENTENO 20

1014 CEPEDA 20

1305 CHABAS 20

1306 CHAÑAR LADEADO 20

308 CHAPUY 10

309 CHOVET 20

410 CLUCELLAS (PLAZA) 10

401 COLONIA ALDAO 20

605 COLONIA BELGRANO 20

708 COLONIA ROSA 20

905 CORONEL ARNOLD 20

217 CORONEL BOGADO 10

206 CORONEL DOMINGUEZ 20

1104 CORREA 20

806 DESVIO ARIJÓN 20

310 DIEGO DE ALVEAR 20

311 ELORTONDO 20

505 EMPALME SAN CARLOS 10

1004 EMPALME VILLA CONSTITUC. 20

417 ESMERALDA 10

1601 ESTEBAN RAMS 20

506 FELICIA 20

209 FIGHIERA 20

907 FUENTES 20

809 GABOTO 20

422 GALISTEO 10

1005 GENERAL GELLY 20

221 GENERAL LAGOS 10

810 GESSLER 10

1006 GODOY 20

508 GRUTLY 20

1802 HELVECIA 20

711 HERSILIA 20

313 HUGHES 20

425 HUMBERTO 1 20

510 HUMBOLDT 10

212 IBARLUCEA 20

811 IRIGOYEN -PUEBLO 20

908 JESUS MARIA 20

426 JOSEFINA 10

1007 JUAN B MOLINA 20

1008 JUNCAL 15

1906 LA BRAVA 20

1504 LA GALLARETA 20

1708 LA PENCA Y CARAGUATA 10

1009 LA VANGUARDIA 20

314 LABORDEBOY 20

615 LANDETA 20

427 LEHMANN 10

105 LLAMBI CAMPBELL 20

814 LOPEZ 20

610 LOS CARDOS 20

1308 LOS MOLINOS 20

1309 LOS QUIRQUINCHOS 20

722 LUIS PALACIOS 20

317 MAGGIOLO 20

429 MARIA JUANA 10

318 MARIA TERESA 10

1804 MASCIAS 20

1010 MAXIMO PAZ 20

319 MELINCUE 20

320 MIGUEL TORRES 10

816 MONJE 20

720 MONTE OSCURIDAD 20

1604 MONTE VERA 20

1204 MONTES DE OCA 20

312 MURPHY 20

106 NELSON 20

1012 PAVON ARRIBA 20

1710 PEDRO GOMEZ CELLO 20

1013 PEYRANO 20

612 PIAMONTE 20

518 PILAR 20

520 PROVIDENCIA 10

109 PUEBLO ANDINO 20

215 PUEBLO ESTHER 20

216 PUEBLO MUÑOZ 20

904 PUJATO 20

521 PUJATO NORTE 20

434 RAMONA 20

912 RICARDONE 20

1015 RUEDA 20

1105 SALTO GRANDE 10

523 SAN AGUSTIN 20

322 SAN EDUARDO 10

818 SAN FABIÁN 10

323 SAN FRANCISCO 20

324 SAN GREGORIO 20

724 SAN GUILLERMO 20

913 SAN JERONIMO SUD 20

1311 SAN JOSE DE LA ESQUINA 20

613 SAN MARTIN DE LAS ESCOBAS 20

438 SAN VICENTE 20

321 SANCTI SPIRITU 20

1310 SANFORD 20

530 SANTA CLARA DE BUENA VISTA 20

437 SANTA CLARA DE SAGUIER 20

325 SANTA ISABEL 10

1803 SANTA ROSA DE CALCHINES 15

1016 SANTA TERESA 20

533 SANTO DOMINGO 20

1017 SARGENTO CABRAL 20

110 SAUCE VIEJO 20

1110 SERODINO 20

218 SOLDINI 20

727 SUARDI 20

412 TACURAL 20

326 TEODELINA 20

1018 THEOBALD 20

1205 TORTUGAS 20

1715 VERA Y PINTADO 20

1111 VILLA ELOISA 20

914 VILLA MUGHETA 20

728 VILLA SARALEGUI 20

729 VILLA TRINIDAD 20

1312 VILLADA 20

443 VIRGINIA 20

328 WHEELWRIGHT 20

220 ZAVALLA 20

444 ZENON PEREYRA 20

S/C 35575 Feb. 22

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ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS - RES. GRAL 013/22