SUBSECRETARIA DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESOLUCIÓN Nº 0059
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
11/02/2022
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 133/20, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTICULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: AREVALO MATIAS CUIT N° 20-27725201-6 y RUEDALITO S.R.L. CUIT N° 30-70978949-6.
ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente
firma: CONMIL S.R.L. CUIT N° 30-66115333-0.
ARTICULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de quince (15) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: IMAGEN SISTEMAS DE COPIADO S.R.L. CUIT N° 30-67455344-3.
ARTICULO 4: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: LA CASA DE AL LADO S.R.L. CUIT N° 30-71642800-8.
ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 35539 Feb. 15 Feb. 16
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RESOLUCIÓN Nº 0060
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
11-02-2022
VISTO:
El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de dos (02) firmas; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que la misma ha cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCYGB N.º 170/19, quedando debidamente encuadrada en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: COOPERATIVA DE TRABAJO EL JACARANDA LTDA. CUIT N° 30-71707113-8 y GUGLIELMI DANIEL ALBERTO CUIT N° 20-11874349-1.
ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 35540 Feb. 15 Feb. 16
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RESOLUCIÓN Nº 0061
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,
11 de Febrero de 2022
VISTO:
La presentación de la documentación efectuada por la firma unipersonal CAMPREGHER SUSANA BEATRIZ CUIT 27-20174328-7, ante el Registro de Beneficiarios de Pagos para Compras Menores o Excepciones, a los fines de solicitar la inscripción de sus antecedentes; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro informa que del proceso de análisis de la documental aportada por el Sra. Campregher Susana Beatriz, se observa que el mismo es dependiente de la Administración Pública Provincial;
Que en virtud de ello, remitió nota a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Economía, con el propósito de obtener datos fehacientes y a los fines de que se sirva indicar si la persona en cuestión se desenvuelve como agente dentro del ámbito provincial;
Que la Subdirección Gral. de Recursos Humanos informó mediante Nota N° 090/2022 que consultados los archivos de liquidación de haberes del mes de enero/2022 de los Agentes de la Administración Pública Provincial y organismos descentralizados, excepto EPE, ENRESS y Servicio Provincial de Enseñanza Privada; y, el Registro de Contratos y Pasantías- art. 158 inc. m) de la Ley Nº 12.510 y Dcto. Regalmentario Nº 2038/2013-, el agente CAMPREGHER SUSANA BEATRIZ revista como titular en un cargo nivel 2 en la Esc. N° 9347 – Dpto. Rosario - dependiente del Ministerio de Educación;
Que asimismo de la consulta efectuada en línea sobre el historial laboral, se corrobora lo indicado ut-supra;
Que en virtud de ello, debe tenerse presente lo establecido por el artículo 141° inc. b) de la Ley Nº 12510: “Pueden contratar con el Sector Público Provincial No Financiero todas las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse y que no se encuentren alcanzadas por las causales previstas a continuación: .. inc. b) los agentes y funcionarios del sector público provincial y las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social”;
Que por consiguiente el Registro aconseja rechazar el pedido de inscripción de la firma; sin perjuicio de autorizar los pagos por “facturación al cobro” que tuviere anteriores al dictado del presente acto, dado que no podría desconocerse el real cumplimiento de la prestación u ejecución de obra por parte de la firma unipersonal y su aceptación de conformidad por el organismo correspondiente;
Que la autorización indicada en el párrafo precedente, se extiende a los contratos suscriptos con la firma CAMPREGHER SUSANA BEATRIZ CUIT 27-20174328-7, los cuales deberán ser ejecutados conforme las cláusulas de los mismos y hasta el vencimiento estipulado en su caso;
Que de no reconocerse implicaría un enriquecimiento sin causa del Estado;
Que por los motivos expuestos corresponde dictar la norma administrativa que rechace el pedido de inscripción como proveedor a la empresa CAMPREGHER SUSANA BEATRIZ CUIT 27-20174328-7;
Que tomó intervención el Área Legal de esta Subsecretaría y aconsejó el dictado de la presente Resolución;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 170/19 Y Decretos N° 2479/09 y 0063/19;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Rechácese el pedido de inscripción como proveedor en el Registro de Beneficiarios Para Compras Menores y Excepciones a la firma CAMPREGHER SUSANA BEATRIZ CUIT 27-20174328-7, por aplicación de las normas citadas en los considerandos precedentemente, sin perjuicio de abonarse las facturas que hallaren pendientes de pago en el Estado Provincial; haciéndose extensiva la autorización para los contratos suscriptos a la fecha, los que deberán ser ejecutados conforme las cláusulas de los mismos y hasta el vencimiento estipulado en su caso.
ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 35541 Feb. 15 Feb. 16
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EMPRESA PROVINCIAL DE
LA ENERGIA DE SANTA FE
CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS
N.º 7030000604
OBJETO: Alquiler de un inmueble para oficinas comerciales, administrativas y operativas, que deberá reunir como mínimo las siguientes características:
UBICACIÓN: En la Ciudad de SANTA FE, el local comercial deberá estar situado en un radio comprendido entre las siguientes calles: Aristobulo del Valle (Oeste), República de Siria (Este), Castelli (Sur) y Espora (Norte). Deberá situarse en cercanías de una Sucursal del Nuevo Banco de Santa Fe, otras entidades bancarias o cualquier sistema de red de cobranzas de servicios, paradas de Colectivos y en inmediaciones del Sector Comercial.
Plazo de Locación: El plazo de la locación será de tres (3) años
Características del inmueble publicadas en la web www.epe.santafe.gov.ar
APERTURA DE PROPUESTAS: 10/03/2022 HORA: 11,30
LUGAR: FRANCISCO MIGUENS 260 – 5º PISO – SANTA FE
LEGAJO: TODO INTERESADO EN PARTICIPAR DE LA PRESENTE, DEBERA DESCARGAR GRATUITAMENTE EL PLIEGO PUBLICADO A TAL EFECTO EN EL PORTAL WEB OFICIAL DE LA EPESF
CONSULTAS E INFORMES: EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA Francisco Miguens 260 – 5º Piso – (3000) Santa Fe Tel: (0342) 4505856 – 4505874 - www.epe.santafe.gov.ar
S/C 35521 Feb. 15 Feb. 17
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