picture_as_pdf 2022-02-08

PARANA

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial N° 9, Dr. Angel Luís Moia, Secretaría N° 1 de la Dra. María Victoria Ardoy, sito en Santiago del Estero N° 382 de Paraná, comunica que en autos: BANCO DE ENTRE RIOS S.A. s/Quiebra (Expte. N° 1043 - Fecha de inicio: 20/03/06), se dispuso la publicación de edictos, haciendo saber que la Sindicatura designada solicitó autorización previa de los acreedores para promover acción de recomposición del patrimonio fallido: 1) Acción de Revocatoria Ordinaria - arts. 338 y ss. y ccs. del Código Civil y Comercial de la Nación, contra Banco Bisel S.A., C.U.I.T. N° 3068052896-5, y la fallida Banco de Entre Ríos S.A., C.U.I.T. NO 30-50000869-1, este último a fin de que ejerza su derecho de defensa, direccionada a la declaración de inoponibilidad a los acreedores de este universal del rescate anticipado de las obligaciones negociables emitidas por el B.E.R.S.A. en fecha 29/06/1999, suscriptas e integradas en su totalidad por Banco Bisel S.A. -sujeto pasivo como adquirente de las obligaciones-, por un monto de U$S 25 millones, cuyo capital debía ser cancelado en 5 (cinco) cuotas anuales, iguales y consecutivas, y fueron rescatadas con anterioridad al vencimiento de la primera cuota, con el objeto que dichos fondos sean reintegrados al patrimonio fallido, ocurrido ello en el período de sospecha fijado por el Juzgado. El Sr. Juez intima a los acreedores quirografarios para que emitan su conformidad o disconformidad a la promoción de la acción propuesta por el Síndico, haciendo saber que dicha conformidad o disconformidad deberá expresarse por escrito en el expediente del proceso falencial, en el plazo de cinco (5) días, para lo cual se formará por Secretaría un Anexo con las presentaciones que se efectuaran, haciendo saber a los acreedores que en caso de abstenerse de emitir opinión, su silencio será considerado como conformidad a la autorización sindical requerida. La presente intimación se notificará por edictos a publicarse por cinco (5) días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Entre Ríos, de la Nación, y Boletines Oficiales de la Provincia de Santa Fe, Corrientes y Chaco, y en El Diario de Paraná. El plazo para expresarse comenzará a correr para los acreedores a partir de la última publicación de edictos. Los Edictos deberán publicarse en los medios indicados, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos necesarios para oblar el costo de la publicación cuando los hubiere –art. 273 inc. 8 Ley 24.522. Paraná, 18 de marzo de 2021. Dra. María Victoria Arody, Secretaria.

S/C 470961 Feb. 8 Feb. 14

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