picture_as_pdf 2022-02-04

DECRETO N° 0104


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

31 ENE 2022


VISTO:

El Expediente N° 00301-0072387-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes referidos a los montos vigentes del ejercicio 2022 para la afectación correspondiente al Financiamiento Educativo Ley Nacional N° 26.075 a fin de evitar ajustes abruptos en el Régimen de Coparticipación Federal a Municipios y Comunas; y

Que mediante La Ley Nacional N° 26.075 tanto el Gobierno Nacional como los Gobiernos Provinciales y La Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometieron a aumentar la Inversión en educación entre los años 2006 a 2010 con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, apoyar las politices de mejora en la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación científico tecnológica reafirmando el rol estratégico de la educación, la ciencia y la tecnología en el desarrollo económico y socio-cultural del país;

Que el artículo 7° de dicha ley estableció una asignación específica de recursos en los términos del artículo 75 –inciso 3º de la Constitución Nacional con el fin de coadyuvar a la disponibilidad de recursos previstos en el artículo 5° de la ley en cuestión;

Que mediante el artículo 9º de la Ley Nacional Nº 26.206 se dispuso que el Estado garantiza el financiamiento del Sistema Educativo Nacional conforme a las previsiones de la misma y que cumplidas las metas de financiamiento establecidas en La referida Ley Nº 26.075, el presupuesto consolidado del Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado exclusivamente a educación no será interior al 6% (seis por ciento) del Producto Interno Bruto (P.I.B.);

Que el artículo 14 de la Ley Nacional de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para la Administración Nacional para el ejercicio 2021 N° 27.591 establece la vigencia para el ejercicio fiscal 2021 del artículo 7° de la Ley Nº 28.075 en concordancia con lo dispuesto en los artículos 9° y 11 de la Ley N° 26.206 y sus modificatorias, teniendo en mira los fines, objetivos y metas de la política educativa nacional y asegurando el reparto automático de los recursos a los Ministerios de Educación u organismos equivalentes de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los Municipios para cubrir gastos estrictamente ligados a la finalidad y función formal y no formal de la educación;

Que el Ministerio de Educación de la Nación informó a través de la Resolución N° 2572/2020 y su modificatoria N° 2624/2020, por intermedio de la Coordinación General de Estudios de Costos del Sistema Educativo, el monto de la asignación específica de recursos coparticipables destinada a la finalidad educación para el año 2021, el que asciende para la Jurisdicción Provincial a $ 27.002.929.221,90 (PESOS VEINTISIETE MIL DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO CON NOVENTA CENTAVOS);

Que el Gobierno Nacional a través del Decreto N° 882/2021 prorrogó la vigencia para el año 2022 de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2021 N° 27.591;

Que es voluntad de este Poder Ejecutivo cumplir con los preceptos que fundamentan las Leyes Nacionales Nros. 26.075 y 26.206 incorporados en la Ley de Presupuesto para el ejercicio 2021 N° 14.017, cuya vigencia fue prorrogada por el Decreto Nº 0001/22 para el ejercicio 2022;

Que resulta fundamental continuar asegurando la disponibilidad de recursos en el sector educativo con el fin de sostener y capitalizar el esfuerzo presupuestario por la educación;

Que el presente acto administrativo se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas a este Poder Ejecutivo por el artículo 72 inciso 1º de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Dispónese que a los efectos del cálculo o de las cuotas de coparticipación quincenal de impuestos nacionales que a favor de las Municipalidades y Comunas son distribuidas en el marco de la Ley Nº 7457 y sus modificatorias la Contaduría General de la Provincia está autorizada a deducir del total percibido en concepto del Régimen Federal de Coparticipación Ley N° 23.548 un importe equivalente a los montos que en el marco del artículo 14 de la Ley de Presupuesto Nacional N° 27.591 en correspondencia con la Resolución del Ministerio de Educación de la Nación Nº 2572/2020 y su modificatoria N° 2624/2020, fueron establecidos en el ejercicio 2021 para la Provincia de Santa Fe en concepto de asignación específica de recursos por la Ley N° 26.075 en su artículo 7°.

Este mecanismo de deducción será de aplicación transitoria hasta tanto el Gobierno Nacional disponga la asignación específica en materia de Financiamiento Educativo correspondiente a la Provincia de Santa Fe para el ejercicio 2022, autorizando a la Contaduría General de la Provincia a realizar las adecuaciones presupuestarias y financieras que resulten necesarias en consecuencia.

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PEROTTI

C.P.N. Walter Alfredo Agosto

35462

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