picture_as_pdf 2022-02-02

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por

LAURA ELVIRA BUZEY



Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la Décimo Tercera Nominación de Rosario, en autos “ROBERTO CICCIOLI Y ASOCIADOS S.R.L. s/ INCIDENTE DE REALIZACION DE BIENES” Expte.1448/06, C.U.I.J. 21-01515221-1; la perito Enajenadora LAURA ELVIRA BUZEY (CUIT 27-10865105-4), venderá en pública subasta en la Sala de Remates del Colegio de Martilleros de Rosario sito en calle Moreno N° 1546 de Rosario, el día 17 de Febrero de 2022 a las 15.00 horas, o el día hábil siguiente de resultar inhábil o feriado el propuesto, el siguiente inmueble perteneciente a la fallida: La UNIDAD 35 PARCELA 02-05 (2° piso) del edificio sito en calle SAN JUAN 1864 de Rosario. Tiene 20,87 m² de superficie exclusiva y 9,21 m² de superficie común, con un valor proporcional de 1,46 % en relación al conjunto. Informa el Registro General: Dominio inscripto en Matrícula 16-44075/35. Inhibición inscripta a Tomo 12 Letra IC Folio 902 de fecha 04/12/2002, sin monto, ordenada por este juzgado y para estos caratulados mediante Oficio 5038/2002. El inmueble se ofrecerá a la venta con la base de $ 5.300.000 (conforme valor de mercado), en caso de no haber postores saldrá nuevamente a la venta en la suma de $ 3.975.000 y si persistiere la falta de postores se ofrecerá con una última base de $ 2.650.000. Los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador desde la fecha de quiebra, así como los gastos e impuestos de transferencia, e IVA si correspondiere. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese, entre otros que corresponda, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación. Los importes adeudados serán informados por el martillero en el acto de remate. En el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos de identificación del comitente. Quien resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de subasta, con más el 3% de comisión, todo al martillero, en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000.-el comprador deberá abonar el mencionado 10 % del precio de compra en el acto de subasta, con la siguiente modalidad: hasta la suma de $ 30.000.- en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo restante para completar el 10 % deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia bancaria a la cuenta judicial abierta para estos autos con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, debiendo abonarse por el retraso, en concepto de intereses, la tasa activa promedio mensual que percibe el Banco Santa Fe SA, desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 CPCC y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5212 del BCRA por lo cual de superar el importe de $ 30.000.- deberá realizarse por transferencia bancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos del martillero, se deberá oficiar al Registro General, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes y asimismo, cumplimentarse con la información expresada en el párrafo anterior de ser menester. A los fines de obtener el título, el adquirente deberá acudir a escribano público, quedando excluidas, por lo tanto, las otras opciones previstas en el art. 505 CPCC. Toda cesión de los derechos y acciones que emerjan de la subasta, deberá efectuarse por escritura pública. Previo a la transferencia deberán estar abonados los impuestos que gravan el acto de subasta, así como las tasas y contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble. Edictos de ley publicados en el Boletín Oficial por cinco días hábiles (arts. 492 CPCC y 208 LCQ). El expediente permanece en Secretaría. Se fijan como días de exhibición del inmueble los dos días hábiles anteriores a la fecha de realización de la subasta (el 15/02/2022 y 16/02/2022) en el horario de 11.30 a 12.30 horas. Los títulos de propiedad se encuentran en Secretaría de este Tribunal para ser examinados por los interesados, no admitiéndose después de la subasta reclamación alguna. Comunicarse con la martillera: 0341-155416735. Fdo. Dr. LUCAS MENOSSI (Secretario)  -

S/C 469694 Feb 2 Feb 8

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